ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL OPERADOR ZONAL DE LOS DEPARTAMENTOS DE NORTE DEL MAGDALENA, TOLIMA, HUILA, META, AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ,

August 16, 2018 | Author: Eva María Suárez Roldán | Category: N/A
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1 NORTE DEL MAGDALENA, TOLIMA, HUILA, META, AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ, CASANARE, GUAINÍA, GUAVIARE, PUTUMA...

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ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL OPERADOR ZONAL DE LOS DEPARTAMENTOS DE NORTE DEL MAGDALENA, TOLIMA, HUILA, META, AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ, CASANARE, GUAINÍA, GUAVIARE, PUTUMAYO Y VAUPÉS, EN EL MARCO DEL “PROGRAMA NACIONAL DE REUBICACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA LA ATENCIÓN DE HOGARES DAMNIFICADOS Y/O LOCALIZADOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE AFECTADOS POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011”

Marzo de 2013

ESTUDIOS PREVIOS PARA LA CONTRATACIÓN DEL OPERADOR ZONAL DE LOS DEPARTAMENTOS DE NORTE DEL MAGDALENA, TOLIMA, HUILA, META, AMAZONAS, ARAUCA, CAQUETÁ, CASANARE, GUAINÍA, GUAVIARE, PUTUMAYO Y VAUPÉS, EN EL MARCO DEL “PROGRAMA NACIONAL DE REUBICACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA LA ATENCIÓN DE HOGARES DAMNIFICADOS Y/O LOCALIZADOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE AFECTADOS POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011”

1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN Mediante el Decreto 4819 del 29 de diciembre de 2010, se creó el Fondo Adaptación, cuyo objeto es la recuperación, construcción y reconstrucción de las zonas afectadas por el fenómeno de "La Niña", con personería jurídica, autonomía presupuestal y financiera, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Según el Decreto 4819 de 2010, este Fondo tiene como finalidad la identificación, estructuración y gestión de proyectos, ejecución de procesos contractuales, disposición y transferencia de recursos para la recuperación, construcción y reconstrucción de la infraestructura de transporte, telecomunicaciones, ambiente, agricultura, servicios públicos, vivienda, educación, salud, acueductos y alcantarillados, humedales, zonas inundables estratégicas, rehabilitación económica de sectores agrícolas, ganaderos y pecuarios afectados por la ola invernal y demás acciones que se requieran con ocasión del fenómeno de "La Niña", así como para impedir definitivamente la prolongación de sus efectos, tendientes a la mitigación y prevención de riesgos y a la protección en lo sucesivo, de la población de las amenazas económicas, sociales y ambientales que están sucediendo. El pasado 24 de noviembre de 2011, el Consejo Directivo del FONDO ADAPTACIÓN priorizó la postulación del proyecto “PROGRAMA NACIONAL DE REUBICACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA LA ATENCIÓN DE HOGARES DAMNIFICADOS Y/O LOCALIZADOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE AFECTADAS POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011”. Dicho proyecto, postulado por el FONDO ADAPTACIÓN, tiene como propósito proveer soluciones de vivienda a: (i) propietarios, poseedores u ocupantes que se encuentren reportados en el Registro Único de Damnificados –REUNIDOS- con viviendas destruidas y (ii) comunidades afectadas localizadas en zonas de alto riesgo no mitigable. Para el primer caso (reportados en REUNIDOS), se definió que el Fondo apoyaría dos modalidades de intervención: (i) Reubicación -urbana o rural- a través de oferta existente o generada y (ii) Reconstrucción de vivienda en sitio (casco urbano, centro poblado o rural). Lo anterior, sujeto a la evaluación del riesgo y a la identificación de las acciones necesarias para su reducción. 2. ANÁLISIS DE LAS ALTERNATIVAS DE SATISFACCIÓN DE LA NECESIDAD Dada la experiencia obtenida a través de los verificadores piloto de los departamentos de Valle, Antioquia y Atlántico, el Fondo Adaptación decidió realizar la intervención en vivienda, tanto para la fase de verificación como para la de ejecución, a través de Operadores Zonales de Vivienda con la capacidad suficiente de atender la afectación de vivienda en las diferentes zonas del país. Esto permitirá descentralizar el esquema de intervención del sector, actuar con mayor rapidez y tener presencia en cada una de las regiones. 3. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD Teniendo en cuenta el alcance de la intervención en vivienda, el Fondo Adaptación requiere contratar una persona jurídica que le preste las funciones de Operador Zonal, para: (i) la verificación del Registro Único de Damnificados (Reunidos) y la identificación de Oferta existente; (ii) la definición del plan de intervención; (iii) el acompañamiento social y socialización; (iv) la ejecución, incluida la supervisión y el control de la misma.

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En su sesión número 11 del 29 de marzo de 2012, el Consejo Directivo del Fondo Adaptación aprobó la contratación directa de los operadores zonales, dada la urgencia y la especificidad de los servicios requeridos. Con base en dicha aprobación, el Fondo Adaptación contrató ocho operadores zonales (Comfenalco Valle, Comfandi, Comfama, Colsubsidio, Comfacesar, Comfenalco Cartagena; Comfenalco Santander y Comfaguajira) para atender los departamentos de Atlántico, Cauca, Nariño, Valle del Cauca, Risaralda, Quindío, Caldas, Boyacá, Cundinamarca y Bogotá, Cesar y Sur del Magdalena, Norte de Bolivar, Santander, Norte de Santander y Sur de Bolivar y Guajira. El proceso adelantado con dichos operadores, sumado a la experiencia obtenida a partir de los contratos de verificación piloto en Valle, Antioquia y Atlántico, ha permitido al Fondo recoger experiencias y realizar los ajustes necesarios para una mejor implementación del programa de vivienda. El presente contrato se sumará a los contratos de Operadores Zonales vigentes, interviniendo en los municipios de Algarrobo, Aracataca, Cerro San Antonio, Chivolo, Ciénaga, Concordia, El Piñón, El Retén, Fundación, Pedraza, Pivijay, Puebloviejo, Remolino, Sabanas De San Ángel, Salamina, Santa Marta, Sitionuevo, Tenerife, Zapayán y Zona Bananera, en el norte del departamento de Magdalena y los departamentos de Tolima, Huila, Meta, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés. 4. AFECTACIÓN EN VIVIENDA A partir del mandato que se le estableció al DANE y de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional (Parágrafo 2° del artículo 5° del Decreto 4702/10 y artículo 3° del Decreto 4830/10), se efectuó el Registro Único de Damnificados – REUNIDOS-, fuente que debe utilizar el Fondo Adaptación para dimensionar la afectación generada por los eventos derivados del Fenómeno de La Niña 2010-2011 y para guiar su intervención. Según este registro, 568.438 personas reportaron afectación en sus viviendas, de las cuales 109.361 registraron destrucción total de las mismas. De estas últimas, 35% corresponde a vivienda en casco urbano, 27% a vivienda en centro poblado (rural) y 36% a vivienda rural dispersa. Sobre el 2% restante no se tiene información de localización. 5. ALCANCE DE LA INTERVENCIÓN EN VIVIENDA De acuerdo con lo establecido por el PROGRAMA NACIONAL DE REUBICACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA LA ATENCIÓN DE HOGARES DAMNIFICADOS Y/O LOCALIZADOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE AFECTADAS POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011, la reconstrucción de las viviendas destruidas o que requieren ser reubicadas dada su localización en zonas de riesgo no mitigable, se llevará a cabo a partir de un esquema institucional en el que se desarrollarán actividades en cuatro fases: Fase I: Verificación de la Demanda (validación de REUNIDOS) e identificación de Oferta; Fase II: Definición del Plan de Intervención; Fase III: Acompañamiento Social y Socialización; y Fase IV: Ejecución (incluye supervisión y control). Fase I – Verificación de la Demanda e Identificación de Oferta (i) Realizar para cada reporte de vivienda destruida en el Registro Único de Damnificados una visita de campo y recoger la información pertinente en una ficha técnica (registro inmobiliario de la afectación) con la siguiente información:  Valoración de la afectación del inmueble.  Recopilación y análisis de la información jurídica que identifique la calidad del tenedor del inmueble (propietario, poseedor, ocupante, bien fiscal, etc.) FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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  

Información y documentación del núcleo familiar. Registro fotográfico. Otros definidos en el Manual Operativo del programa.

Para ello, además de la información entregada por el Fondo podrá analizar y procesar cualquier otra información producida por las diferentes entidades públicas del orden nacional o local, relacionadas con la afectación en vivienda destruida por el Fenómeno de La Niña en los municipios a intervenir en virtud del presente contrato. (ii) Realizar un análisis de riesgos de los predios visitados y de los municipios afectados con base en información secundaria obtenida. (iii) Identificar la oferta de vivienda existente para cada uno de los municipios a cargo. Fase II - Definición del Plan de Intervención (i) Consolidar el número real de beneficiarios a atender en cada municipio, después de la verificación del registro, sin incluir las soluciones de vivienda atendidas por un tercero (i.e. Sena, Banco Agrario, Colombia Humanitaria, etc.) (ii) Vincular la demanda efectiva de vivienda destruida por el fenómeno de La Niña 2010–2011 con la oferta identificada, de acuerdo con los criterios de asignación de vivienda definidos por el Fondo Adaptación. (iii) Definir el tipo de soluciones de vivienda a proveer en cada caso, a partir de los lineamientos de gestión de riesgos establecidos por el Fondo Adaptación. Fase III – Acompañamiento Social (i) Realizar un acompañamiento social a los beneficiarios de la intervención del Fondo y promover su satisfacción frente al resultado de la misma, así como el acceso a mecanismos financieros, subsidios, asesoría legal y cualquier otro tipo de acompañamiento que se considere necesario. Fase IV - Ejecución (i) Proveer las soluciones de vivienda requeridas con la más alta calidad y eficiencia en el uso de los recursos financieros y humanos. Para alcanzar el cumplimiento de este objeto se prevé, entre otras, las siguientes tipologías de la intervención: a. En casos donde la vivienda destruida esté ubicada en zonas seguras o de riesgo mitigable, se adelantará un proceso de reconstrucción en sitio, a través de alguna de las siguientes alternativas u otra que el operador zonal considere viable:  Reconstrucción convencional. A través de este tipo de intervención se reconstruirá la vivienda mediante la contratación del personal idóneo para llevar a cabo esta tarea.  Reconstrucción no convencional. En los casos en los que ésta sea una solución viable, se podrán proveer viviendas no convencionales que cumplan con los requerimientos de la normativa técnica vigente. Esto incluye el diseño, construcción, ensamblaje y garantía de este tipo de viviendas. FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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Cualquiera de los casos anteriores puede realizarse mediante esquemas de Reconstrucción asistida y/o Mitigación de riesgo a través de adaptaciones en la estructura de la vivienda. La primera consiste en proveer la asistencia técnica y los materiales necesarios para la reconstrucción en sitio. Esto incluye, capacitación, supervisión y gestión de materiales, entre otros. La segunda, permite, por medio de adaptaciones de la vivienda, mitigar las amenazas del lugar (viviendas palafíticas, flotantes, etc). b. En casos donde la vivienda destruida esté ubicada en zonas de amenaza o riesgo no mitigable o de limitaciones normativas, se adelantará un proceso de reubicación, a través de alguna de las siguientes tipologías, o alguna otra que el Operador Zonal considere viable:  Adquisición de vivienda: Se podrá adquirir vivienda (nueva o usada), siempre y cuando ésta cumpla con las especificaciones técnicas y de calidad establecidas en la normativa vigente. Esto incluye la gestión inmobiliaria que se encargue de la identificación, negociación y adquisición de los inmuebles, así como la verificación del cumplimiento de la normatividad técnica vigente en términos de la calidad de los inmuebles adquiridos.  Desarrollo de nuevos proyectos: En caso de no existir oferta, se podrán desarrollar proyectos de vivienda nueva en suelos disponible para tal fin. Esto incluye estudios de riesgo, técnicos, diseños, construcción de obras de urbanismo y de viviendas, gestión de mano de obra, materiales y cualquier otra actividad propia de este tipo de intervención, cumpliendo siempre con lo dispuesto por la normativa vigente. Adicionalmente, y con el fin de garantizar la calidad y eficiencia en la generación de soluciones de vivienda, se prevé la contratación de proveedores y/o contratistas especializados en, por lo menos, las siguientes áreas: 

Interventorías especializadas: Encargadas, para cada uno de los casos, de verificar que la ejecución del proyecto cumpla con todos los requerimientos contractuales, así como la normatividad vigente que aplique al objeto del contrato y al desarrollo de la actividad.

El gráfico siguiente detalla el esquema de operación que se deriva de lo anteriormente descrito.

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Fase III: Acomp. Social

Caracterización del núcleo familiar

Fase I: Verificación de la Demanda e identificación de Oferta Estudio de Verificación de riesgo para: registros de Verificación de • Predios viviendas verificados destruidas en la tenencia del • Total potencial Reunidos municipio beneficiario

Fase II: Definición del Plan de Intervención Promover el acceso de los beneficiarios a otros servicios del Estado

Número real de beneficiarios: • Datos Fase I Estudios de • Soluciones riesgo provistas por un tercero

Reubicaciones Reconstrucciones

Identificación de Oferta existente en cada municipio

Plan de Intervención: • Cruce de OO y DD • Definición de la solución en cada caso

Reubicaciones

Vivienda no convencional

Adaptación de vivienda

Vivienda convencional

Reconstrucción asistida

Adelantar trámites de escrituración individual y registro

Reconstrucción en sitio

Fase IV: Ejecución Adquisición de oferta existente Desarrollo de nuevos proyectos

6. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR El Fondo Adaptación requiere contratar a una persona jurídica que desarrolle las funciones de Operador Zonal del “PROGRAMA NACIONAL DE REUBICACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PARA LA ATENCIÓN DE HOGARES DAMNIFICADOS Y/O LOCALIZADOS EN ZONAS DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE AFECTADAS POR LOS EVENTOS DERIVADOS DEL FENÓMENO DE LA NIÑA 2010-2011” en los Departamentos de Norte del Magdalena, Tolima, Huila, Meta, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés. 7. ALCANCE DEL OBJETO A CONTRATAR Y ESPECIFICACIONES El Operador será responsable de proveer soluciones de vivienda a los damnificados, identificados como elegibles durante el proceso de verificación del registro y que no serán atendidos por otras entidades o por el Fondo a través de otros contratos. Los municipios a atender, el número de viviendas reportadas como destruidas según el Registro Único de Damnificados, el número de registros verificados y atendidos por un tercero y las viviendas proyectadas para verificar y atender por el Operador Zonal son:

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DEPARTAMENTO / MUNICIPIO AMAZONAS EL ENCANTO LETICIA MIRITI - PARANÁ PUERTO ALEGRÍA ARAUCA ARAUCA ARAUQUITA CRAVO NORTE FORTUL PUERTO RONDÓN SARAVENA TAME CAQUETÁ ALBANIA BELÉN DE LOS ANDAQUÍES EL DONCELLO EL PAUJIL FLORENCIA LA MONTAÑITA MILÁN MORELIA PUERTO RICO SAN JOSÉ DEL FRAGUA SAN VICENTE DEL CAGUÁN SOLANO SOLITA

Viviendas reportadas como destruidas

Registros verificados / atendidos por un tercero

20 11 5 2 2 111 18 49 1 1 4 27 11 428 26 15 3 2 251 23 4 4 25 10 18 21 26

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28

28

Por Verificar/ atender Operador 20 11 5 2 2 111 18 49 1 1 4 27 11 400 26 15 3 2 223 23 4 4 25 10 18 21 26

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DEPARTAMENTO / MUNICIPIO CASANARE AGUAZUL HATO COROZAL LA SALINA MANÍ OROCUÉ PORE RECETOR SABANALARGA SAN LUIS DE PALENQUE TÁMARA TAURAMENA VILLANUEVA YOPAL GUAINÍA BARRANCO MINAS GUAVIARE SAN JOSÉ DEL GUAVIARE HUILA ACEVEDO AGRADO AIPE ALGECIRAS ALTAMIRA BARAYA CAMPOALEGRE COLOMBIA ELÍAS GARZÓN GIGANTE GUADALUPE HOBO IQUIRA ISNOS LA ARGENTINA LA PLATA NÁTAGA NEIVA OPORAPA PALERMO PALESTINA PITAL PITALITO

Viviendas reportadas como destruidas

Registros verificados / atendidos por un tercero

228 2 27 2 31 26 78 6 3 5 9 2 8 29 5 5 5 5 672 9 10 79 33 2 17 16 27 1 37 2 24 1 9 2 6 56 4 126 2 16 8 35 15

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22

5 8 3

2

Por Verificar/ atender Operador 228 2 27 2 31 26 78 6 3 5 9 2 8 29 5 5 5 5 650 9 10 74 25 2 14 16 27 1 37 2 24 1 9 2 6 56 2 126 2 16 8 35 15

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DEPARTAMENTO / MUNICIPIO RIVERA SALADOBLANCO SAN AGUSTÍN SANTA MARÍA SUAZA TARQUI TELLO TERUEL TESALIA TIMANÁ VILLAVIEJA YAGUARÁ META ACACÍAS BARRANCA DE UPÍA CABUYARO CASTILLA LA NUEVA CUMARAL EL CASTILLO FUENTE DE ORO GRANADA GUAMAL LEJANÍAS MESETAS PUERTO CONCORDIA PUERTO GAITÁN PUERTO LÓPEZ PUERTO RICO RESTREPO SAN JUAN DE ARAMA SAN JUANITO SAN MARTÍN URIBE VILLAVICENCIO VISTAHERMOSA NORTE DE MAGDALENA ALGARROBO ARACATACA CERRO SAN ANTONIO CHIVOLO CIÉNAGA CONCORDIA EL PIÑON EL RETÉN FUNDACIÓN

Viviendas reportadas como destruidas

Registros verificados / atendidos por un tercero

25 6 9 2 2 12 23 18 15 8 10 5 330 14 12 7 2 4 37 28 74 2 6 1 16 9 12 15 7 4 8 3 10 26 33 4577 93 127 183 17 570 151 289 75 185 FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

4

623 4 27 4 3 31 11 43 9 5

Por Verificar/ atender Operador 25 6 9 2 2 12 23 18 15 4 10 5 330 14 12 7 2 4 37 28 74 2 6 1 16 9 12 15 7 4 8 3 10 26 33 3954 89 100 179 14 539 140 246 66 180 Página 9

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DEPARTAMENTO / MUNICIPIO PEDRAZA PIVIJAY PUEBLOVIEJO REMOLINO SABANAS DE SAN ANGEL SALAMINA SANTA MARTA SITIONUEVO TENERIFE ZAPAYÁN ZONA BANANERA PUTUMAYO COLÓN MOCOA ORITO PUERTO ASÍS PUERTO CAICEDO PUERTO GUZMÁN PUERTO LEGUÍZAMO SAN FRANCISCO SAN MIGUEL VILLAGARZÓN TOLIMA ALPUJARRA ALVARADO AMBALEMA ANZOÁTEGUI ARMERO ATACO CAJAMARCA CARMEN DE APICALÁ CASABIANCA CHAPARRAL COELLO COYAIMA CUNDAY DOLORES ESPINAL FALAN FLANDES FRESNO GUAMO HERVEO HONDA IBAGUÉ

Viviendas reportadas como destruidas

Registros verificados / atendidos por un tercero

389 44 257 161 74 392 362 388 393 207 220 312 3 45 18 68 29 35 97 1 12 4 2822 27 4 191 24 30 187 37 32 37 175 69 13 42 18 38 14 513 66 38 51 383 27 FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

40 20 43 54 82 39 30 17 43 118

410 1

8 12

3 53

41

3 24 1 15 7

Por Verificar/ atender Operador 389 4 237 118 20 310 323 358 376 164 102 312 3 45 18 68 29 35 97 1 12 4 2412 26 4 191 16 30 175 37 32 34 122 69 13 1 18 38 11 489 65 23 44 383 27 Página 10

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DEPARTAMENTO / MUNICIPIO

Viviendas reportadas como destruidas

ICONONZO LÍBANO MELGAR MURILLO NATAGAIMA ORTEGA PALOCABILDO PIEDRAS PLANADAS PRADO PURIFICACIÓN RIOBLANCO RONCESVALLES ROVIRA SALDAÑA SAN ANTONIO SAN LUIS SAN SEBASTIÁN DE MARIQUITA SANTA ISABEL SUÁREZ VALLE DE SAN JUAN VENADILLO VILLAHERMOSA VILLARRICA VAUPÉS CARURU Total general

Registros verificados / atendidos por un tercero

17 54 36 10 19 83 10 17 19 101 72 78 30 31 8 47 33 25 25 9 42 1 30 9 1 1 9511

6 51 7

4 1 2 99 1 9 16 13 7 8 1 10 5 1 1

1083

Por Verificar/ atender Operador 11 3 36 3 19 83 6 16 17 2 71 69 14 18 8 40 25 24 15 9 37 0 29 9 1 1 8428

El Operador Zonal, debe tener en cuenta lo siguiente: b. El proceso de verificación del Registro Único de Damnificados se realizará sobre la totalidad de los registros suministrados por el Fondo a la Corporación El Minuto de Dios como registros por verificar para los departamentos de

de Norte del Magdalena, Tolima, Huila, Meta, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés. c.

El plan de intervención de la Corporación El Minuto de Dios se realizará a partir de los resultados, parciales y/o totales, de la verificación del Registro Único de Damnificados

(iv) Otras intervenciones asociadas al marco de acción del contrato a celebrar: con el fin de preparar la intervención, el Fondo Adaptación ha adelantado actividades en el área de influencia del operador zonal requerido, las cuales se entienden como excluidas del margen de acción del presente Operador Zonal y se presentan en el cuadro anterior como registros verificados /atendidos por un tercero. En particular se destacan:

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Convenio Derivado No. 1 del Convenio Marco 003 de 2012 Celebrado entre el Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA y el Fondo Adaptación. El objeto de dicho convenio es la construcción, reconstrucción y recuperación integral de vivienda destruida y sus respectivas obras complementarias y redes, urbanismo, equipamientos sociales y comunitarios cuando aplique, en las zonas rurales de los 89 municipios que el Fondo Adaptación ha priorizado, a través de la formación profesional integral de aprendices y comunidad en general utilizando la estrategia de formación por proyectos, para implementar con las comunidades afectadas procesos de autoconstrucción.



Otras entidades o programas que atienden población relacionada con el marco de acción del contrato a celebrar. En cumplimiento de sus funciones, Colombia Humanitaria atiende población damnificada por el Fenómeno de La Niña a través de reparaciones de vivienda en los diferentes municipios del país.

(v) Es responsable por la ejecución y entrega de las soluciones de vivienda con la calidad esperada y en el tiempo acordado, gestionando y coordinando a los distintos subcontratistas, interventores de obra contratados por él, bancos de materiales y desarrollando los mecanismos de planificación, gestión de riesgos y toma de decisiones pertinentes. Dada la complejidad y magnitud del proyecto, se espera que este Operador Zonal tenga capacidad de garantizar el cumplimiento de manera presencial, mediante personal en terreno y visitas periódicas, el estado del proyecto y el desempeño de los distintos contratistas e interventores. 8. OBLIGACIONES Para alcanzar este objetivo, el Operador Zonal debe realizar las siguientes actividades: (a) Obligaciones Generales 1. Desarrollar el objeto del contrato dentro del término y en los sitios señalados en el presente documento. 2. Aplicar y disponer de todas las acciones necesarias que se requieran para lograr la efectividad en la ejecución de los

recursos entregados.

3. Prestar el apoyo necesario para el logro y cumplimiento de los propósitos y obligaciones establecidas en el Contrato.

4. 5.

6. 7. 8.

Lo anterior sin perjuicio de los informes que deban entregarse por solicitud, en dicho sentido, de cualquier Autoridad Administrativa u Órgano de Control del Estado. Aportar la infraestructura técnica, operativa y administrativa (recursos humanos y tecnológicos) necesaria para la ejecución del presente contrato. Almacenar, custodiar y mantener memorias, archivos y, en general, todos los documentos que se produzcan durante la ejecución del contrato, los cuales podrán ser solicitados durante la ejecución del mismo o aun después de que haya culminado su vigencia. Suscribir las Actas de Inicio, Terminación, Liquidación y demás que sean oportunas dentro del desarrollo del contrato. Hacer entrega al Fondo, al momento de la liquidación del presente contrato, de los documentos originales y de la totalidad de la información recaudada en medio físico y magnético. Dar cumplimiento a las obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social (salud, pensiones y riesgos profesionales) y aportes parafiscales (Caja de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con las normas vigentes que regulan la materia. FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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9. Constituir las pólizas requeridas en el presente contrato y solicitar la ampliación de la vigencia y cobertura de las

mismas en caso de ser necesario.

10. Defender en todas sus actuaciones los intereses de la comunidad, de los municipios y del Fondo Adaptación. 11. Obrar con lealtad y buena fe, en las distintas etapas contractuales, evitando siempre dilaciones y entrabamientos que

puedan presentarse durante la ejecución del contrato.

12. Mantener indemne al Fondo de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa sus

actuaciones en desarrollo y ejecución del contrato, incluida la responsabilidad por concepto de estabilidad de obra.

13. Las demás actividades que se requieran para el adecuado desarrollo y ejecución del contrato.

(b) Obligaciones Especiales VERIFICACIÓN DE VIVIENDA: Verificar los reportes de vivienda destruida registrados en el Registro Único de Damnificados a partir de la información entregada por el Fondo Adaptación 2. Realizar para cada vivienda objeto de intervención una visita de campo y recoger la información pertinente de acuerdo con los parámetros definidos por el Fondo para tal fin. 3. Identificar los beneficiarios del programa, de acuerdo con los criterios de elegibilidad definidos por el Fondo de Adaptación, y una vez realizadas las visitas de campo. 4. Identificar las viviendas objeto de intervención que deben ser reubicadas o reconstruidas, en virtud de un análisis de amenaza o riesgo. 1.

DEFINICIÓN DEL PLAN DE INTERVENCIÓN 1.

Presentar para aprobación del Fondo Adaptación, el Plan de Intervención, en el cual se deberá establecer el número de potenciales beneficiarios del Fondo y de éstos determinar el número de viviendas que pueden ser reconstruidas en sitio y aquellas que deberán ser reubicadas. Esta obligación incluye, sin limitarse a ello, las siguientes actividades: a. Reubicación: (i) Identificación de la oferta existente de vivienda de interés social y prioritario; (ii) De no existir oferta u oferta insuficiente, identificación de los predios para construcción, incluidas todas las actividades pertinentes para determinar su uso y habitabilidad; y (iii) Definir el tipo de viviendas a construir. b. Reconstrucción en sitio: (i) Determinar el nivel de riesgo del predio donde se realizará la reconstrucción; (ii) Identificar las acciones de mitigación de riesgo que deben adelantarse en caso de ser necesario; (iii) Definir el tipo de viviendas a construir.

2.

Presentar para aprobación del Fondo Adaptación el plan de inversiones correspondiente al Plan de Intervención, que corresponde a la periodicidad de los giros (transferencias) y las actividades o hitos asociados a los mismos. Este plan deberá tener como insumo el programa de ejecución de gastos, documento que deberá presentase conjuntamente con el plan de inversión.

3.

Presentar el cronograma general de ejecución del Plan de Intervención y realizar informes mensuales de seguimiento. Cualquier cambio en dicho cronograma deberá ser comunicado por escrito al supervisor del contrato y deberá contar con la aprobación del Fondo Adaptación.

ACOMPAÑAMIENTO SOCIAL

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1. Caracterizar los núcleos familiares de los beneficiarios en, por lo menos, los siguientes aspectos: composición,

actividad económica, nivel de satisfacción de necesidades básicas y acceso a otros beneficios de los programas del Estado, y los demás definidos en el Manual Operativo. 2. Promover el acceso de los beneficiarios del Fondo Adaptación a mecanismos financieros, subsidios, asesoría legal, y a la oferta institucional de servicios sociales del Estado. 3. Adelantar los trámites de escrituración individual y registro correspondientes. Los costos que se generen por estos procesos, de acuerdo con la normatividad vigente, deben ser asumidos por el Operador Zonal con cargo a los recursos administrativos del presente contrato. EJECUCIÓN

1. Proveer soluciones de vivienda para los beneficiarios que corresponden a la zona asignada al Operador Zonal, a

través de, entre otras, las siguientes modalidades: reconstrucción de vivienda en sitio, reconstrucción asistida; reconstrucción convencional o no convencional; mitigación del riesgo a través de adaptaciones en la estructura de la vivienda; adquisición de vivienda nueva o usada y construcción de vivienda nueva. Lo anterior incluye, sin limitarse a ello, los siguientes aspectos: (i) Adquisición, distribución y control de materiales; (ii) Contratación de mano de obra; (iii) Gestión contractual, pólizas, supervisión, interventorías y pago de las intervenciones que realice el Operador para proveer soluciones de vivienda a los beneficiarios del Fondo Adaptación.

SUPERVISIÓN Y CONTROL 1. Otorgar la información requerida por el Fondo para realizar seguimiento, en los formatos y a través de los

instrumentos definidos por éste para tal fin.

2. Monitorear el cumplimiento de la gestión del riesgo, de acuerdo con la normatividad vigente en la materia y el

manual operativo. El Operador Zonal deberá garantizar el cumplimiento de la adecuada gestión de riesgos ante fenómenos similares al Fenómeno de La Niña 2010-2011. 3. Atender en debida forma los derechos de petición, tutelas, demandas, acciones populares y de grupo, y requerimientos de los órganos de control, que tengan relación con las actividades y funciones derivadas de este contrato como Operador Zonal. Adicionalmente deberá atender los requerimientos de la Auditoría Externa del Fondo Adaptación. 4. Llevar la contabilidad general del proyecto de acuerdo a los lineamientos generales de contabilidad y al nivel de detalle que defina el Fondo. CON RESPECTO AL CONVENIO FIRMADO CON EL SENA 1. Establecer, para los casos en que el SENA no pueda atender beneficiarios inicialmente asignados a él, el tipo de soluciones de vivienda a proveer y el plan de intervención a seguir, e implementarlo de conformidad con el objeto y alcance de este contrato A través del Manual Operativo el Fondo definirá en detalle los lineamientos para el cabal cumplimiento de las obligaciones contractuales y los requerimientos técnicos asociados a éstas. 9. PERFIL DEL CONTRATISTA El Contratista requerido debe ser una persona jurídica con experiencia general en gerencia, de al menos, cinco (5) proyectos sociales que involucren diseño, construcción y urbanismo, así como gestión social. FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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Para ello deberá proveer un equipo asignado al proyecto que también cuente con experiencia en proyectos similares. Se identifica que, como mínimo, se requieren personas jurídicas que cumplan con los siguientes requisitos:

El cuadro a continuación, resume las fortalezas de La Corporación El Minuto de Dios como Operador Zonal para las zonas: Experiencia en diseño, construcción y reconstrucción e interventoría de vivienda y obras de urbanismo -

1.995, 1,996, 1997 y 1998, BP Exploration Company (Colombia) construcción de las instalaciones de Ecoparque en inmediaciones de la Sierra Morena, Ciudad Bolivar y desarrolló programas ecológicos, recreativos, culturales y deportivos, así como capacitación para el trabajo y formación del crecimiento personal, por valor de $1.700.000.000.00.

-

2001. Orden de Servicios No. 50581 y Contrato de Obra No. C.O. 60/2001 con BP Exploration Compani, Consultoría para la gerencia del proyecto para la construcción de obras civiles para la Reubicación de la Bocatoma del Acueducto del Municipio de Aguazul (Casanare). $2.596.196.928

-

2004. Gestión en la promoción, organización comunitaria, capacitación de aspectos técnicos, asesoría social, gestión de recursos que permitiera el desarrollo del proyecto de vivienda denominado Urb. La Hojarasca, de 227 unidades habitacionales en Jamundi - Valle del Cauca. $3.809.955.576

-

2004. Convenio de Cooperación No. 109 de 2003 con la Alcaldía Municipal de Iguazú, Departamento de FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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Casanare, cuyo objeto Proyecto de 130 mejoramientos de vivienda urbana y rural, $469.931.833 -

2006. Contrato No. 4700024128 de mayo 16 de 2006, cuyo objeto fue Operar el Convenio Administrativo No. 136 de 2005, celebrado entre la Agencia Presidencia para la Acción Social, la Cooperación Internacional Acción Social y la Alcaldía de Medellín, dirigida a Programa de Mejoramiento de vivienda, vivienda nueva y usada, proyectos productivos en Medellín y proyectos productivos en otros municipios. 161 familias por mejoramiento de vivienda, 195 familias por vivienda nueva y usada, 278 familias por proyectos productivos y 120 familias por proyectos productivos en otros municipios. $579.737.892

-

2007 Convenio No. 644 de 2007. Adecuación sede regional, centro zonal y hogar infantil Huapango, Municipio de Quibdó. $278.000.000

-

2007. Contrato con el Municipio de Manaure del Departamento del Cesar para la Construcción del saneamiento básico al programa de vivienda de interés social denominado Las Marías del tanque de compensación. Extensión de la cobertura de acueducto y conexiones al sistema de alcantarillado en Manaure, Guajira. $ 394.230.769

-

2007. Convenio de Cooperación No. 253 de 2007, Procesos de formación, capacitación y asistencia ténica en la remodelación o mejoramiento de los hogares centro de los Hogares comunitarios de Bienestar Familiar. $5.000.000.000

-

2008.- Convenio No. 021 de 2008, entrega de 893 Mejoramientos, 210 en Barrancabermeja, 353 en Cartagena, 45 en Itsmina, 14 Tado, 8 en bahía Solano, 4 en Lloro (Boraudo), 100 en Guapí, 153 en Tumaco, 6 en Solita.

-

2011 Gerencia Integral para administrar los recursos asignados para atender las vivienda de interés social rural afectadas en el departamento del Magdalena, producto del fenómeno de la niña 2010 – 2011, bajo la modalidad de reparación conforme a las reglas establecidas de Colombia Humanitaria, $19.083.041.581.00.

-

2011 Gerencia Integral para administrar los recursos asignados para atender las vivienda de interés social rural afectadas en el departamento de La Guajira, producto del fenómeno de la niña 2010 – 2011, bajo la modalidad de reparación conforme a las reglas establecidas de Colombia Humanitaria, $4.500.000.000.00.

-

2011 Gerencia Integral para administrar los recursos asignados para atender las vivienda de interés social rural afectadas en el departamento del Cauca, producto del fenómeno de la niña 2010 – 2011, bajo la modalidad de reparación conforme a las reglas establecidas de Colombia Humanitaria, $997.497.966.00.

-

2011 Gerencia Integral para administrar los recursos asignados para atender las vivienda de interés social rural afectadas en el departamento de Boyacá, producto del fenómeno de la niña 2010 – 2011, bajo la modalidad de reparación conforme a las reglas establecidas de Colombia Humanitaria, $6.000.000.000.00.

-

2011 Gerencia Integral para administrar los recursos asignados para atender las vivienda de interés social rural afectadas en el departamento de Nariño, producto del fenómeno de la niña 2010 – 2011, bajo la

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modalidad de reparación conforme a las reglas establecidas de Colombia Humanitaria, $5.661.000.000.00. -

2011 Realización de diagnóstico y reparación de 5.452 viviendas afectadas por el fenómeno de la niña 2010–2011 ocasionado por la ola invernal, en los municipios ubicados en todas las provincias del departamento de Boyacá, ejecutando todos los recursos otorgados por el Fondo Nacional de Calamidades sub-cuenta Colombia Humanitaria, $13.739.040.000.00.

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2011 Construcción de 1.935 Reparaciones de Vivienda, en los municipios de: El Tambo, Florencia, La Vega y Rosas y construcción de Albergues Temporales en los municipios de El Tambo, Caldono, La Sierra, Morales, Patía, Rosas y Toribio (451) afectados por la ola invernal, para un total de 2.386 viviendas a reparar y albergues a construir, $6.012.720.000.00.

-

2011 Aunar esfuerzos entre el Departamento y La Corporación para la construcción de Albergues Temporales y Reparación de Vivienda, en los municipios afectados por la Ola Invernal, en el departamento del Magdalena, %5.680.080.000.00.

-

2011 Contrato de Mandato para prestar los servicios técnicos , financieros, administrativos , logístico y control de los recursos entregados para atender el gasto destinado a la reparación de las viviendas debido a afectaciones causadas por el fenómeno de la Niña 2010 – 2011, para la reparación de hasta 296 viviendas en los municipios de Consaca, Contadero, Funes, El Tambo y Gualtaman, del departamento de Nariño, $745.920.000.00.

-

2011 Contrato de Mandato para prestar los servicios técnicos , financieros, administrativos , logístico y control de los recursos entregados para atender el gasto destinado a la reparación de las viviendas debido a afectaciones causadas por el fenómeno de la Niña 2010 – 2011, para la reparación de hasta 3.692 viviendas en los municipios de Ancuya, Rosario, Belen, Buesaco, Chachagui, Colón, Consaca, Francisco Pizarro, Ospina, Pupiales, Resguardo Indigena Carlosama, Resguardo Indigena Gran Cumbal, Ricaurte, Samaniego, San Lorenzo, San Pablo del Departamento de Nariño, $9.303.840.000.00.

Experiencia en Programas de Acompañamiento Social -

2000.- Contrato de prestación de servicios sobre apoyo y desarrollo la atención Humanitaria de emergencia a la población desplazada por la violencia con cobertura en las ciudades de Bucaramanga, Cali, Cucuta, Medellín, Monteria y Santa Maertha por valor de $2.707.035.240.00.

-

2001. Atención humanitaria de emergencia a 1600 familias desplazadas por la violencia, Cali, Cúcuta, Montería, Medellín, Santa Marta y Cartagena. $1.591.904.361

-

2003. Brindar atención integral a niños, niñas y adolescentes en desplazamiento forzado y alta vulnerabilidad a través del desarrollo de componentes: nutrición y salud sociofamiliar, gestión y apoyo cultural y educativo, organización y participación comunitaria, capacitación ocupacional y habilitación, en Soacha, C/marca. $128.824.000

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2003.- Convenio con la Fundación para la vivienda Cooperativa para atender un mínimo de 1.850 familias desplazadas por la violencia en Colombia, para el programa de asistencia humanitaria por valor de $1.457.967.218.00.

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2003. Brindar atención integral a niños, niñas y adolescentes en desplazamiento forzado y alta vulnerabilidad a través del desarrollo de componentes: nutrición y salud sociofamiliar, gestión y apoyo cultural y educativo, organización y participación comunitaria, capacitación ocupacional y habilitación, en Soacha, C/marca. $128.824.000

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2004.- Convenio con la Fundación para la vivienda Cooperativa para atender un mínimo de 1.727 familias desplazadas por la violencia en Colombia, para el programa de asistencia humanitaria por valor de $1.645.440.614.00

-

2005.- Convenio con la Fundación para la vivienda Cooperativa para atender un mínimo de 3.485 familias desplazadas por la violencia en Colombia en santa Marta, Cartagena, Cali, Bucaramanga, para el programa de asistencia humanitaria de Emergencia y apoyo de recursos para el mejoramiento de ingresos, por valor de $5.696.096.124.00

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Cali, para una cobertura de 400 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 1.000.000.000

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Santa Marta, para una cobertura de 1.000 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 2.434.966.113

-

2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Cartagena, para una cobertura de 400 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 959.506.396

-

2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Bogotá, para una cobertura de 2.400 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 5.880.495.451.00

-

2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Soacha, para una cobertura de 300 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 750.000.000.00

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Casanare, para una cobertura de 300 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 720.261.884

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Chocó, para una cobertura de 500 hogares a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 1.250.000.000.00.

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Medellín, para una cobertura de 1.000 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 2.500.000.000.00.

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Sincelejo, para una cobertura de 500 hogares, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 1.250.000.000.00.

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2007. Contribuir a la estabilización socioeconómica de la población en situación de desplazamiento en Sincelejo, para una cobertura de 400 hogares en Montería, Cordoba, a través de la atención integral y el desarrollo de proyectos de generación de ingresos en las modalidades de vinculación laboral, creación de emprendimientos y fortalecimiento de unidades económicas existentes. $ 1.000.000.000.00.

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2007. Convenio No. 000003 de marzo 30 de 2007 con Sena Regional Sucre cuyo objeto fue la ampliación de cobertura en capacitación, orientada a los trabajadores y desempleados para mejorar su desempeño en actividades productivas, en poblaciones vulnerables del departamento de Sucre, por valor de $26.396.200.00

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2008. Contrato No. 931 de Noviembre 23 de 2007 para que Contactar, orientar, hacer seguimiento y acompañamiento técnico, jurídico, social y financiero a 197 familias desplazadas por la violencia que retornan a sus municipios de origen o se reubican en el municipio de Medellín para la adquisición de vivienda nueva o usada.$89.788.924.00

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2010. Atención psicosocial y terapéutica que se brinda a través de sesiones a NNA o familias que presentan problemas en el manejo de relaciones familiares o que experimentan crisis o dificultades, en Soacha, C/marca. $33.990.000.

Otras experiencias -

2003. Formar y capacitar a 80 jóvenes des escolarizados, con edades comprendidas entre 18 y 29 años, habitantes de Medellín y de su área metropolitana, de los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, por valor de $109.760.000.00.

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2005. Formar y capacitar a 60 jóvenes des escolarizados, con edades comprendidas entre 18 y 29 años, habitantes de Medellín y de su área metropolitana, de los estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, por valor de $117.256.700.00.

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2005. Articular acciones de formación ocupacional semicalificada en el sector rural a jóvenes entre los 16 y 22 años, marginados de alto riesgo, que faciliten su inserción laboral y social a través de cursos teóricos prácticos en distintas regiones del país con San Cayetano, Salazar de las Palmas, Chinacota, Ragonvalia, Pamplona en Norte de Santander, Yopal, Aguazul y aturamena en Casanera y lerida Tolima, por valor de $433.047.615.00

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2007. Formar y Capacitar a 1.556 jóvenes, en el marco del programa "Jóvenes con Futuro", que no han estado vinculados al conflicto armado y que residan en zonas con problemas de exclusión social y generación de ingresos, en Medellín.

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2009. Programa de financiamiento para los empresarios de la microempresa dedicados al comercio de alimentos de Bogotá D.C., a través del proyecto Banca Capital, por valor de $3.140.000.000.

Sostenibilidad financiera para resolver incertidumbres asociadas a la intervención La Corporación El Minuto de Dios anexa los Estados Financieros del período 2011 – 2012, en los que se evidencia la capacidad administrativa y financiera lo que permite concluir que cuenta con la sostenibilidad financiera requerida para la intervención. Reconocimientos sociales y prestigio nacional - A lo largo de sus 54 años de servicio, la Corporación El Minuto de Dios, a través de sus programas ha logrado: - Beneficiar más de 53.000 familias con vivienda - Atender más de 100.000 familias en situación de desplazamiento - Atender a 73.695 hogares en programas de seguridad alimentaria - Apadrinar 652 niños para adelantar sus estudios en básica primaria y secundaria -

PREMIOS Y CONDECORACIONES– EL MINUTO DE DIOS

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1996: Premio Nacional de Solidaridad Alejandro Ángel Escobar, de la Fundación Alejandro Ángel Escobar: 1997: Premio “Alianza estratégica para la superación de la pobreza”, a la “Experiencia más exitosa de Colombia”: Colegio Minuto de Dios de Itagüí; otorgado por El Banco Mundial 1999: Premio Mercurio, otorgado por Fenalco, seccional Bogotá 1999: Premio Portafolio, otorgado por PORTAFOLIO y EL TIEMPO 2000: Premio Sociedad de Mejoras Públicas 2012: Reconocimiento por su Liderazgo y Compromiso en el Desarrollo y Competitividad del Departamento de Córdoba, SENA, 21 de junio. 2012: Reconocimiento por la gestión social en la provisión de vivienda en la construcción responsable del futuro urbano en Colombia. ONU HABITAT. 15 de junio.

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10. PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución será de 24 meses contados desde la suscripción del Acta de Inicio, previo cumplimiento de los requisitos del perfeccionamiento. 11. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Con los supuestos presentados anteriormente, se estima que el valor total del contrato sea por veinte mil treinta y siete millones setecientos noventa y nueve mil trescientos noventa y dos pesos ($20.037.799.392) más tres mil doscientos seis millones cuarenta y siete mil novecientos dos pesos ($3.206.047.902) por concepto de IVA, de los cuales los costos de verificación ascienden a tres mil un millones quinientos treinta y seis mil ochocientos seis pesos ($3.001.536.806) más cuatrocientos ochenta millones doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($480.245.889) por concepto de IVA. Los gastos administrativos y honorarios serán hasta por la suma de diecisiete mil treinta y seis millones doscientos sesenta y dos mil quinientos ochenta y seis pesos ($17.036.262.586) más dos mil setecientos veinticinco millones ochocientos dos mil catorce pesos ($2.725.802.014) por concepto de IVA. El valor de los Costos Administrativos y Honorarios se ajustará cuando el Operador Zonal presente el Plan de Intervención, ajustado al resultado definitivo de la verificación, y al momento de la liquidación del contrato, teniendo en cuenta la siguiente fórmula: Valor Contrato = CV + CA En donde: CV (Costo Verificación) = (N- Registros verificados por un tercero) *Coeficiente DANE * Precio Base Verificación + IVA CA (Costos Administrativos y Honorarios) = CS * %A (Cuadro I) + IVA N = Número de registros de vivienda destruida en Reunidos Registros verificados por un tercero = número de registros para los cuales el Fondo entregará la información de verificación Coeficiente DANE = Coeficiente construido a partir de información suministrada por el DANE, mediante el cual se clasifican los departamentos en cuartiles de acuerdo a su complejidad de desplazamiento Precio Base por Verificación = Valor unitario de verificación para el cuartil de más fácil acceso ($224.859,48) CS = (Ver punto correspondiente a Transferencias para las soluciones de vivienda) El Fondo Adaptación ha realizado un ejercicio técnico para diferenciar los porcentajes de los costos administrativos y honorarios de los distintos Operadores Zonales. Para ello, se construyó un índice que tiene en cuenta 4 variables diferentes: i) Dispersión (incluyendo tanto la cantidad de municipios como la extensión del territorio en el que el Operador tendrá que trabajar); ii) Tamaño de la operación (qué tantos registros se asocian a la intervención del operador); iii) Porcentaje de ruralidad (qué tantos registros se encuentran ubicados en zonas rurales) y iv) Índice de dificultad de transporte (construido con base en los datos del DANE a este respecto). Este índice incluye todos los aspectos que pueden diferenciar la intervención de unos Operadores frente a otros y por ello el Fondo se ha basado en él para establecer los costos de cada Operador. Sin embargo, existen 2 grupos de departamentos con características diferentes, como es el caso del grupo conformado por los departamentos de Norte del Magdalena, Tolima, Huila, Meta (7.346) y por otra parte el conformado por los departamentos de los Territorio Nacionales, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés (1.082), el cual

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por su dispersión y bajo número de registros que intervendrá el proponente, amerita un tratamiento diferente en la liquidación de los costos administrativos. En consecuencia, el siguiente cuadro muestra los porcentajes de los costos administrativos y honorarios que El Fondo Adaptación reconocerá a la Corporación El Minuto de Dios, según el porcentaje de registros efectivamente atendidos con solución de vivienda. Cuadro 1 Cuadro 1

% DE ADMINISTRACION

% de registros a atender Operador

% de Costos Administrativos y Honorarios% de Costos Administrativos y Territorios Nacionales -Amazonas, Arauca, Honorarios -Norte de Magdalena, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Tolima, Huila y MetaPutumayo y Vaupés-

85% - 100% 70% - 84% 60% - 69% 50% - 59%

6,50% 6,80 % 7,08 % 7,30 %

7,00 % 7,80 % 8,00 % 8,89 %

Si el número definitivo de viviendas a intervenir es inferior al cincuenta por ciento (50%) de lo inicialmente proyectado (8.428), será necesario modificar los costos administrativos y de honorarios a un valor global que será acordado entre las partes mediante documento adicional que se incorporará al contrato. 12. FORMA DE PAGO El valor del contrato será pagado a la Corporación El Minuto de Dios de la siguiente manera:  COSTOS DE VERIFICACIÓN: como se mencionó anteriormente, el valor definido para este concepto es de tres mil un millones quinientos treinta y seis mil ochocientos seis pesos ($3.001.536.806) más cuatrocientos ochenta millones doscientos cuarenta y cinco mil ochocientos ochenta y nueve pesos ($480.245.889) por concepto de IVA, el cual se pagará al Operador Zonal de la siguiente manera: a. Un pago anticipado equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor total de la verificación, contra aprobación del cronograma de verificación. b. Un pago correspondiente al 25% del valor de la verificación, contra la entrega del 75% de avance del proceso de verificación. c. Un último pago correspondiente al 25% del valor de la verificación, al final del proceso de verificación.  COSTOS ADMINISTRATIVOS Y HONORARIOS: como se mencionó anteriormente, el valor definido por este concepto es de hasta por la suma de diecisiete mil treinta y seis millones doscientos sesenta y dos mil quinientos ochenta y seis pesos ($17.036.262.586) más dos mil setecientos veinticinco millones ochocientos dos mil catorce pesos ($2.725.802.014) por concepto de IVA, el cual se pagará de la siguiente manera: FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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a. Un pago anticipado por dos mil quinientos cincuenta y cinco millones cuatrocientos treinta y nueve mil trescientos ochenta y ocho pesos ($2.555.439.388) más cuatrocientos ocho millones ochocientos setenta mil trescientos dos pesos ($408.870.302) por concepto de IVA, previa presentación y aprobación del cronograma de ejecución. b. Una vez agotado el pago anticipado, el Fondo Adaptación pagará a la Corporación El Minuto de Dios, mediante informes trimestrales de avance, lo correspondiente a los costos administrativos y honorarios de las soluciones de vivienda efectivamente provistas durante el período. En caso de que el nivel de ejecución así lo amerite, se podrán hacer pagos intermedios durante algunos trimestres. Nota1: El Operador Zonal debe acreditar el agotamiento del pago anticipado contra las viviendas efectivamente provistas durante el periodo de utilización de dicho pago. Nota2: Para el cálculo del uso del pago anticipado se empleará la tasa correspondiente a los gastos administrativos y honorarios, después de finalizado el proceso de verificación (Cuadro I), y se aplicará la fórmula descrita anteriormente para los Costos Administrativos (CA). El último pago, correspondiente al acta final de ejecución del contrato, se hará al momento de la liquidación final y definitiva del contrato y corresponderá al monto que haga falta por pagar al Operador, de acuerdo con el cálculo realizado al momento de la liquidación del contrato. Este pago deberá estar acompañado por el informe consolidado de la intervención en los departamentos de los Departamentos de Norte del Magdalena, Tolima, Huila, Meta, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés. Como se mencionó anteriormente, el valor de los costos administrativos y honorarios se recalculará cuando el Operador Zonal presente el Plan de Intervención, ajustado a los resultados definitivos del proceso de verificación, y al momento de la liquidación del contrato, cuando se tenga claridad sobre las viviendas efectivamente atendidas. 13. GASTOS REEMBOLSABLES Se consideran gastos reembolsables del contrato los siguientes: a. Estudios complementarios a la información suministrada por el Fondo y demás autoridades competentes, que incluye, sin limitarse a estos, los gastos para determinar la viabilidad de lotes para ser construidos, cuando se concluya que los mismos no son aptos para esta actividad. b. Costos de estudios de riesgo, así como diseños y estudios para mitigación del riesgo cuando sea necesario adelantarlos. Dichos costos incluirán la verificación de sismo resistencia de viviendas usadas. c. Estudios necesarios para la elaboración de Planes Parciales, PIDU´S o Macroproyectos, en aquellas zonas o municipios donde la definición vigente del uso del suelo no permita el desarrollo de nuevos proyectos de vivienda. d. Costos fijos y variables en que incurra el Operador Zonal en la estructuración de proyectos de vivienda que, por caso fortuito o fuerza mayor, no puedan llevarse a cabo. e. Costos asociados a las publicaciones que se requiera efectuar durante el proceso 14. TRANSFERENCIAS PARA LAS SOLUCIONES DE VIVIENDA Para la construcción, reconstrucción o adquisición de soluciones de vivienda, bien sea que se trate de vivienda nueva o usada, o cualquiera otra que se considere pertinente y se ajuste a los requerimientos legales, el Fondo Adaptación transferirá los recursos al Operador Zonal o a quien este determine, teniendo en cuenta la siguiente fórmula y según lo establecido en el Plan de Inversión: FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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CS (Costo soluciones de vivienda) = SP (Soluciones Provistas) = (N – No Elegibles – Soluciones Provistas por un tercero) N = Número de registros de vivienda destruida en Reunidos No Elegibles = Número de registros identificados como no elegibles durante la fase de verificación. Al momento del cálculo del valor máximo del contrato equivale a cero (0) Soluciones provistas por un tercero = viviendas adquiridas, construidas o reconstruidas por otro operador (i.e. Sena, Banco Agrario, Colombia Humanitaria, FA directamente, etc.) Valor Vivienda = Al momento de calcular el valor máximo del contrato se toma un valor promedio de $30.794.177,08. Este valor se ajustará según el valor definitivo de la solución de vivienda provista. En todo caso, la vivienda no podrá superar los siguientes topes de acuerdo con la tipología de cada vivienda y lo establecido en el artículo 14 de la Ley 1537 de 2012 reglamentado por el Decreto 2490 del mismo año del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. TIPOLOGÍA SMMLV Reconstrucción urbana Hasta 43 Reconstrucción rural Hasta 47 Reubicación en vivienda nueva o usada Hasta 70 Reubicación en el departamento de Hasta 80 Putumayo Reubicación en los departamentos de Hasta 100 Amazonas, Guainía, Vaupés y Vichada Nota 1: Estos valores incluyen los costos directos e indirectos de los proyectos. En los casos de reconstrucción, ya sea urbana o rural, y previa aprobación del Interventor Contractual, se podrá aumentar el valor aquí estipulado en, máximo, un 20% para cubrir los costos asociados a la provisión de servicios públicos básicos, donde éstos no existan. Nota 2: Para establecer el valor de la vivienda, se aplicará el salario mínimo mensual legal vigente de la vigencia fiscal sobre la cual se ejecute la solución de vivienda. Adicionalmente se debe tener en cuenta que: a. El número de soluciones de vivienda que la Corporación El Minuto de Dios, en su calidad de Operador Zonal, deberá proveer, será el número total de hogares que arroje la verificación de los departamentos de Norte del Magdalena, Tolima, Huila, Meta, Amazonas, Arauca, Caquetá, Casanare, Guainía, Guaviare, Putumayo y Vaupés como beneficiarios elegibles del Fondo Adaptación, menos las soluciones de vivienda provistas por un tercero, y debidamente informadas a la Corporación El Minuto de Dios. b. La Corporación El Minuto de Dios debe garantizar el cumplimiento de la normatividad vigente en materia de construcción, interventoría, asentamientos de vivienda, prevención y mitigación de riesgos y amenazas y demás normas aplicables. 15. SUPERVISIÓN El Fondo Adaptación, a través del Interventor Contractual de los Operadores Zonales, ejercerá las funciones de supervisión técnica, legal y financiera y vigilará el cumplimiento de las actividades contempladas en el presente contrato o la persona designada mediante oficio por la Ordenadora del Gasto. FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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El gráfico a continuación describe la relación entre el Fondo Adaptación, el Interventor Contractual y los Operadores Zonales.

16. ASPECTOS JURÍDICOS Y MODALIDAD DE CONTRATACIÓN La presente contratación tiene como fundamento jurídico lo consagrado en el artículo 7° del Decreto 4819 de 2010 y el Decreto 2962 de 2011: Artículo 7° Decreto 4819 de 2010, el cual establece: “Régimen Contractual. Los contratos que celebre el Fondo para el cumplimiento de su objeto, cualquiera sea su índole o cuantía, se regirán por el derecho privado y estarán sujetos a las disposiciones contenidas en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, dando aplicación a los artículos 14 a 18 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007. Parágrafo. El Gobierno Nacional reglamentará todas las condiciones para la contratación del Fondo que permitan mayor eficiencia en la recuperación, construcción y reconstrucción por el fenómeno de "La Niña", garantizando el cumplimiento de los principios constitucionales y legales citados en el presente artículo.” Artículo 4° Decreto 2962 de 2011, modificado por el Decreto 4808 de 2011, el cual establece: “Procedimientos de Selección. EL FONDO ADAPTACIÓN adelantará la contratación necesaria para el cumplimiento eficiente y eficaz de su objeto, con observancia de los principios consagrados en el artículo 1° del presente decreto y haciendo uso de los siguientes procedimientos de selección, previa invitación a contratar:

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Selección Directa. Procedimiento mediante el cual se selecciona de manera directa a una persona natural o jurídica, atendiendo los precios de mercado y considerando criterios que aseguren la satisfacción de las necesidades de EL FONDO ADAPTACIÓN y la selección objetiva. (…)”. Parágrafo. La Selección Directa solo podrá ser autorizada por el Consejo Directivo cuando la cuantía de lo que se pretenda contratar sea igual o inferior a sesenta y seis mil salarios mínimos mensuales legales vigentes y excepcionalmente, sin importar la cuantía, cuando se trate de una situación de especial emergencia o apremio a juicio del Consejo Directivo, o cuando de los estudios previos se concluya que existe alguna de las siguientes causales: 1. Contratos que se celebren en consideración a las calidades de la persona natural o jurídica que se debe contratar. 2. Cuando una vez surtido el trámite del estudio de mercado, sólo resulte un proponente posible, o una vez surtido el concurso cerrado o abierto el mismo sea declarado fallido. 3. Compra a fabricantes, distribuidores o a representantes exclusivos de materiales, equipos, servicios o insumos a nivel nacional. 4. Contrataciones sujetas a listas de precios unitarios adoptadas por el Fondo Adaptación. 5. Contratos interadministrativos. 6. Contratos de arrendamiento, comodato o adquisición de bienes inmuebles. 7. Contratos para el desarrollo de actividades científicas o tecnológicas. En cualquier caso, la aplicación de la modalidad de selección directa deberá ser autorizada con anterioridad por el Consejo Directivo, previa justificación del Gerente. 17. ANÁLISIS QUE SUSTENTA LA EXIGENCIA DE MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTICEN LAS OBLIGACIONES DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y DEL CONTRATO 17.1. Tipos de riesgos En el presente proceso de contratación se tipifican riesgos legales y operacionales que surgen en el momento en que se presenta incumplimiento de parte del contratista, de los parámetros de ejecución especificados en el contrato, calidad de los productos y servicios, interrupción de la ejecución de los objetos contractuales por acción u omisión del contratista. Estos riesgos se estimaron proporcionalmente conforme a los porcentajes por los cuales el contratista deberá cubrir los amparos de cumplimiento y calidad del servicio, si los hubiere. Estos riesgos tipificados se asignarán al contratista. Con el fin de establecer la distribución definitiva de los riesgos conforme a lo estipulado en el artículo 4° de la Ley 1150 de 2007 a continuación se establece la estimación, tipificación, y asignación de los riesgos previsibles involucrados en el presente proceso.

TIPIFICACIÓN

ASIGNACIÓN DEL RIESGO FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

ESTIMACIÓN DEL RIESGO PROBABILIDAD DE OCURRENCIA/IMPACTO VALORACIÓN Página 26

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Situaciones de orden público o desastres naturales dificultan la visita a campo y la consecución de los objetivos del Contrato La calidad del trabajo desarrollado por el CONTRATISTA es baja El CONTRATISTA se retrasa en el desarrollo de las actividades a su cargo

Fondo Adaptación

Media/Alto

4%

Contratista

Baja/Altísima

4%

Contratista

Baja/Medio

4%

La falta de coordinación institucional genera dificultades para la consecución de los objetivos del contrato Retrasos en la toma de decisiones y definiciones por parte del FA, limitan la capacidad de análisis e intervención del contratista

Fondo Adaptación

Baja/Alto

3%

Fondo Adaptación

Bajo/Alta

3%

Cambios en las prioridades del Fondo

Fondo Adaptación

Bajo/Alta

3%

 Tipificación del riesgo: Es la definición que se hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que se puedan presentar en la ejecución del contrato. En otras palabras consiste en señalar los hechos de la humanidad o de la naturaleza que en un futuro pueden ocasionar daño para la estructura económica del contrato.  Asignación del riesgo: Una vez descrito y valorado el riesgo, se debe proceder a señalar a la parte contractual que debe afrontar, superar y financiar los efectos de la ocurrencia del riesgo. Es decir, es la distribución que se hace del riesgo y la manera en que se debe asumir el costo, por parte del contratista y la entidad contratante.  Calificación del Riesgo: Es un análisis que se realiza del riesgo frente a la probabilidad de que ocurra o no y el impacto que este puede generar  Cuantificación del Riesgo: La cuantificación es la valoración que se hace por la asunción misma de los riegos por las partes.

IMPACTO

 Para calificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

Altisima

4%

5%

5%

5%

Alto

3%

4%

4%

5%

Medio

2%

2%

4%

5%

Bajo

1%

2%

3%

4%

Bajo

Medio

Alto

Altisima

FRECUENCIA O PROBABILIDAD DE OCURRENCIA

 Para cuantificar el riesgo se debe tener en cuenta la siguiente tabla:

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PROBABILIDAD BAJO ALTÍSIMA

ALTA

MEDIA BAJA

Se espera que ocurra en la mayoría de las circunstancias Probablemente ocurra en la mayoría de las circuntancias Es posible que ocurra algunas veces Podria ocurrir algunas veces

Pequeñas pérdidas financieras

IMPACTO MEDIO ALTO

Medianas pérdidas financieras

Alta pérdida financiera

ALTÍSIMO

Enorme pérdida financiera

17.2. Mecanismos de Cobertura Para efectos de iniciar la ejecución del contrato, el contratista deberá, dentro del término establecido para la legalización del mismo, constituir a favor del FONDO ADAPTACIÓN y a satisfacción del mismo, de conformidad con el artículo 7º de la ley 1150 de 2007 y el Decreto 4828 de 2008, una Garantía Única cuyo objeto será respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del contrato, en las cuantías y términos que se determinan a continuación: 1. Cumplimiento: El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. Su cuantía será equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y cubrirá el plazo del mismo y cuatro (4) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. 2. Pago de salarios y prestaciones sociales: El amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones laborales a que esté obligado el CONTRATISTA garantizado, derivadas de la contratación del personal utilizado para la ejecución del contrato amparado. Dicho amparo deberá constituirse por el veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. 3. Calidad de los trabajos: El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados con ocasión de un contrato de consultoría o (ii) de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. Deberá constituirse por el veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, con una vigencia igual al plazo del contrato, contada a partir de la fecha de suscripción del contrato y dos años a partir de la entrega del informe final. 4. Devolución del pago anticipado. El amparo de devolución de pago anticipado cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios sufridos por la no devolución total o parcial, por parte del contratista, de los dineros que FONDO ADAPTACIÓN Calle 75 N° 5 – 88 Piso 4° www.fondoadaptcion.gov.co

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le fueron entregados a título de pago anticipado, cuando a ello hubiere lugar, en una cuantía igual al cien por ciento (100%) del valor total del pago anticipado. Tendrá vigencia durante el plazo del contrato y cuatro (4) meses más. De ser necesario su vigencia deberá extenderse hasta la liquidación del contrato. 5. Estabilidad y calidad de la obra. El amparo de estabilidad y calidad de la obra cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios que se le ocasionen como consecuencia de cualquier tipo de daño o deterioro, independientemente de su causa, sufridos por la obra entregada, imputables al contratista, por una cuantía igual al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y una vigencia de cinco (5) años contados a partir de la entrega a satisfacción en los casos en que el operador realice la obra de manera directa. 6. Seguro de responsabilidad civil extracontractual: Asimismo, para amparar la responsabilidad extracontractual del CONTRATISTA, y de sus subcontratistas, por los daños que, con ocasión de la ejecución de las obras objeto del contrato, puedan causar a terceros o al FONDO, EL CONTRATISTA se obliga a constituir un seguro por cuantía equivalente al veinte por diez (10%) del valor del contrato y vigencia igual a la del plazo del contrato. 18. EVALUACIÓN DE ESTUDIOS PREVIOS La evaluación del estudio previo fue realizada de conformidad con las normas y procedimientos del FONDO ADAPTACIÓN. Firma:

(Original Firmado)

Nombre: Cargo: Fecha:

Carmen Arévalo Gerente, Fondo Adaptación Marzo 15 de 2013

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