$ millones se pagan por riesgos laborales

December 29, 2017 | Author: María Luz Medina Padilla | Category: N/A
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1 LUNES 19 MAYO 2014 PRIMERA EDICIÓN - HORA DE CIERRE 17:38 - EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: páginas N&...

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PRIMERA EDICIÓN - HORA DE CIERRE 17:38 - EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 24.056 - 80 páginas | Nº 47.138 | Ecuador

Djokovic se adjudica el título número 44 de su carrera

Artistas proyectan la gestión de la Secretaria de Cultura

Once millones de personas volaron en el país en 2013

El tenista serbio derrotó a Rafael Nadal en la final del Abierto de Roma. Ahora ambos apuntan a Roland Garros. [18]

La gestión de Mariana Andrade en Ochoymedio deja precedentes de lo que sería su trabajo desde el Municipio de Quito. [27]

Cómo funciona el mercado del transporte aéreo en Ecuador, cómo impactan los nuevos aeropuertos... y más.

EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN EVALÚA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS EMPRESAS

$ 6.687 millones se pagan por riesgos laborales La Organización Internacional de Trabajo estima que Ecuador cumple apenas el 2% de lo que debería en materia de seguridad y salud. Los accidentes y enfermedades cuestan el 10% del PIB al país, que en 2013 fue de $ 66.879 millones. [7]

ORGANIZACIÓN ESCOGIÓ A SU NUEVO PRESIDENTE

Herrera se estrenará en la Conaie con una movilización

Jorge Herrera (izquierda) es felicitado por la asambleísta Lourdes Tibán.

Justicia [33]

El Orión va en busca de nuevos territorios [10] KARLY TORRES | EL TELEGRAFO

El buque reunirá pruebas para extender la plataforma marítima de Ecuador.

Los conductores infractores sirven a la comunidad

24 días

faltan para el Mundial

Índice

La ceremonia de despedida del buque, que lleva a bordo marinos, estudiantes de la Politécnica del Litoral y científicos, se realizó la semana pasada en la Base Naval Sur de Guayaquil.

02 Página Dos 03 - 04 - 05 Política 06 - 07 Economía 08 Guayaquil 09 Quito 10- 11 Actualidad 12 - 13 Opinión 14 - 15 - 16 Mundo Cuerpo B 17 - 18 - 19 - 20 Fanático 21 - 22 Sociedad 26 - 27 Cultura 23 Tecnología Cuerpo C 33 - 34 - 35 - 36 Justicia Gaceta Judicial Telemix

EN LA WEB Escanee el código en su teléfono inteligente y navegue en EL TELÉGRAFO edición web. www.telegrafo.com.ec

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ROBERTO CHAVEZ | EL TELÉGRAFO

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PRIMERA EDICIÓN - HORA DE CIERRE 17:38 - EJEMPLARES EN CIRCULACIÓN: 24.056 - 80 páginas | Nº 47.138 | Ecuador

Djokovic se adjudica el título número 44 de su carrera

Artistas proyectan la gestión de la Secretaria de Cultura

Once millones de personas volaron en el país en 2013

El tenista serbio derrotó a Rafael Nadal en la final del Abierto de Roma. Ahora ambos apuntan a Roland Garros. [18]

La gestión de Mariana Andrade en Ochoymedio deja precedentes de lo que sería su trabajo desde el Municipio de Quito. [27]

Cómo funciona el mercado del transporte aéreo en Ecuador, cómo impactan los nuevos aeropuertos... y más.

EL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN EVALÚA LA SITUACIÓN ACTUAL DE LAS EMPRESAS

$ 6.687 millones se pagan por riesgos laborales La Organización Internacional de Trabajo estima que Ecuador cumple apenas el 2% de lo que debería en materia de seguridad y salud. Los accidentes y enfermedades cuestan el 10% del PIB al país, que en 2013 fue de $ 66.879 millones. [7]

ORGANIZACIÓN ESCOGIÓ A SU NUEVO PRESIDENTE

Herrera se estrenará en la Conaie con una movilización

Jorge Herrera (izquierda) es felicitado por la asambleísta Lourdes Tibán.

Justicia [33]

El Orión va en busca de nuevos territorios [10] KARLY TORRES | EL TELEGRAFO

El buque reunirá pruebas para extender la plataforma marítima de Ecuador.

Los conductores infractores sirven a la comunidad

24 días

faltan para el Mundial

Índice

La ceremonia de despedida del buque, que lleva a bordo marinos, estudiantes de la Politécnica del Litoral y científicos, se realizó la semana pasada en la Base Naval Sur de Guayaquil.

02 Página Dos 03 - 04 - 05 Política 06 - 07 Economía 08 Guayaquil 09 Quito 10- 11 Actualidad 12 - 13 Opinión 14 - 15 - 16 Mundo Cuerpo B 17 - 18 - 19 - 20 Fanático 21 - 22 Sociedad 26 - 27 Cultura 23 Tecnología Cuerpo C 33 - 34 - 35 - 36 Justicia Gaceta Judicial Telemix

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ROBERTO CHAVEZ | EL TELÉGRAFO

LUNES 19 MAYO 2014

02

PÁGINA DOS

“Esta edición se hizo con el mayor esfuerzo y responsabilidad. Mañana será mucho mejor”

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL RINCÓN DE REP NUBES CEBOLLAS

EN CORTO AFP

LA IMAGEN DEL DÍA

Candidato colombiano en video con ‘saboteador’ La revista colombiana Semana reveló un video en el que se ve al candidato presidencial Óscar Iván Zuluaga conversando con el pirata informático Andrés Sepúlveda, quien confiesa sus infiltraciones en servicios de inteligencia colombianos y estadounidenses. En las imágenes aparece Sepúlveda, quien fue detenido el pasado 6 de mayo por la Fiscalía por supuesto sabotaje al proceso de paz del Gobierno con las FARC.

Preparativos para comicios. Trabajadores y funcionarios almacenan urnas antiguas en la sede de la Comisión Electoral de Malaui, en Blantyre, antes de la votación, prevista para hoy, para elegir a Presidente, parlamentarios y dignatarios municipales. La gobernante Joyce Banda, quien busca la reelección, enfrenta un escándalo luego de que una auditoría revelara el robo de 30 millones de dólares de fondos públicos.

LA FRASE DEL DÍA

UN DÍA COMO HOY

“No podemos convivir con una derecha que no sabe perder elecciones, que responde al direccionamiento de un gobierno extranjero y de funcionarios, incluso, de tercer nivel del Departamento de Estado de EE.UU.”.

Elías Jaua Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Venezuela

Más de 100 menores de edad en fiesta ilegal La Policía y la Dinapen sorprendieron a más de 100 menores, la noche del sábado, en dos fiestas clandestinas en Cuenca, informó el Ministerio del Interior. Los jóvenes fueron trasladados a las oficinas de la Dinapen, donde fueron entregados a sus padres o representantes. En los locales allanados se encontraron gomitas de dulce rellenas con alcohol, para lo cual se utilizaron jeringas hipodérmicas.

Restricción de inmigrantes. En 1921, en EE.UU. se promulga la primera Ley de Cuotas de Emergencia (también llamada la Ley de Johnson-Reed), que temporalmente restringe la inmigración anual a 350.000 europeos.

Fallece ‘Jackie’ Onassis. En 1994, Jacqueline Kennedy Onassis, viuda del presidente John F. Kennedy, muere de un cáncer linfático en su apartamento de la 5ª avenida, en Nueva York.

TOMADO DEL TWITTER @el_telegrafo Seguidores: 140.520

@gorkacastillo (Gorka Castillo) Este fin de semana publico un amplio reportaje en @el_telegrafo sobre la vida de gente como @ivallejo14x8000. Lujo escribirlo.

@LUCERORAMIREZOS (L. RAMÍREZ) Defensores de animales exigen sanciones a la venta ilegal de cachorros, vía @el_telegrafo ---> No más crueldad contra animales.

@EDROPAAR (ROBERTO PAZMIÑO A.) Chevron deberá pagar $ 875.000 por derrame petrolero en Utah, vía @el_telegrafo ---> Allá estos sí pagan porque pagan.

@ELECCIONBasica (Elección Básica) El derecho de admisión rige en balneario (GALERÍA) ---> Lleven estadísticas de cuánta gente se enfermará allí.

@AceroFMA (Daniel Flores) @el_telegrafo: Rapero puertorriqueño Tempo ofrecerá su primer concierto tras 11 años preso -> Bien, arriba Tempo.

POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA VIUDA DE VERA PERMANECE CON SEGURIDAD EN ESMERALDAS

BREVES

Jijón: “En diciembre fuimos víctimas de un atentado”

Los comerciantes minoritarios acudirán a la Asamblea

ÁLVARO PÉREZ | EL TELÉGRAFO

La esposa del asesinado alcalde de Muisne asegura que la agresión que sufrieron ministros de Estado en ese cantón fue una primera señal. Cuenta que Walquer Vera, luego de su triunfo, recibió llamadas de proveedores que exigían el pago de deudas atrasadas. Geovanna Melendres [email protected]

Su casa permanece con custodia policial y en la calle aún se comenta sobre el asesinato del alcalde de Muisne. Italia Jijón no ha vuelto a dormir en la quinta que compartía con Walquer Vera desde hace 5 años. El crimen ocurrió al frente de esa propiedad. Las investigaciones preliminares, la mayoría basadas en las denuncias del propio Vera y en las imágenes captadas por las cámaras de su domicilio, permitieron la detención de Paúl Vélez, exalcalde de Muisne, como presunto autor intelectual. Acompañada de uno de sus hijos y de la seguridad que le asignó el Ministerio del Interior, Italia llega a la heladería que administra en el centro de Esmeraldas. Su voz es más serena y en su conversación se revela la admiración que sentía por su esposo: “Él era un revolucionario que a los 16 años empezó a vincularse con los problemas de su cantón. Uno de sus formadores fue Raúl Patiño. Walquer era inflexible con los corruptos”. Y fue así que se convirtió en el alcalde más votado de la historia de Muisne y de la provincia, si se calcula porcentualmente.

En su última entrevista, Walquer Vera denunció que gente le exigía pagos por supuestas obras que no se ven en Muisne. ¿Cuánta gente acudió a él por eso? Una vez que Walquer ganó se acercó una gran cantidad de proveedores durante la administración de Paúl Vélez (quien en 2009 llegó cobijado por el MPD y este año quería la reelección por Avanza). Decían que le habían entregado $ 250.000, $ 500.000, $ 700.000 en materiales de construcción y productos. Walquer les preguntaba por las obras que demostraran esas compras y, solo así, una vez que asumiera el Municipio, haría el pago. Es que en realidad en Muisne no hay obras.

¿Esos proveedores eran de Muisne, de Esmeraldas? Llegaban de Quito, de Pedernales (Manabí), de Esmeraldas. Una señora de Pedernales decía que le entregó a Vélez acondicionadores de aire y que todo estaba documentado. Y como ella llegaron muchos. Era una situación difícil, además de los casi 1.200 juicios entablados en contra del Municipio de Muisne durante décadas por pagos pendientes, obras mal hechas, etc.

¿Usted sabía que la vida de su esposo estaba en riesgo? Corríamos riesgo. La noche previa al asesinato, el sábado, le dije a Walquer que una amiga me llamó para decirme que lo vio solo por el sector de La Tolita -un barrio inseguro de Esmeradas- y que no era correcto, que debía cuidarse. Él solo sonrió y luego fue a la farmacia a comprarme una pastilla. Después se quedó conversando como hasta las 23:00 con una

¿Quién es?

Nombre completo: Italia Jijón Buendía Profesión: Contadora y tiene su negocio propio Edad: 45 años Cargo: Asambleísta alterna de Gabriel Rivera. Milita en PAIS desde hace 5 años.

vecina en el portón de la casa. El domingo, Walquer le dio el día libre a su seguridad personal para que acompañara a sus madres y esposas, así que salió muy temprano de la casa y me dijo que no demoraba más de 40 minutos. Yo sabía que iría a comprar flores o que haría el desayuno. Y así fue, todo eso traía cuando lo mataron. Aún recuerdo la ráfaga de metralleta que escuché mientras barría. Le marqué a su celular y ya estaba apagado. Y no pasaron ni cinco minutos cuando la gente empezó a gritar que mataron al alcalde.

¿Su esposo sabía de dónde provenían las amenazas?

DESTACADO

“Walquer entregó al Ministro del Interior y a su hermana una lista de quienes querían hacerle daño”. de esos temas y siempre que la prensa lo abordaba decía que solo el Ministerio del Interior podía pronunciarse al respecto. Él combatía a funcionarios corruptos.

un funcionario en Esmeraldas estaba vinculado a ese círculo de corrupción en Muisne, pero son las investigaciones las que determinarán si tenía razón. Es que convirtieron a Muisne en un fortín y Walquer se indignaba, por eso nombró a Roberto Corozo y Homero Cervantes, gente vinculada a Paúl Vélez. Imagínese que a 10 días de la posesión de Walquer, él pidió al Ministerio de Finanzas que no depositen una alícuota de $ 850.000 a la administración saliente -encargada por Vélez a Carlos Acevedo, hoy concejal reelecto- porque se llevarían la plata, pero no sé qué influencias hubo para que el desembolso se realizara y ahora esos recursos no existen. Ese acto indignó a Walquer.

Sí, Walquer los tenía identificados, por eso le entregó al Ministro del Interior (José Serrano) y a su hermana una lista de quienes querían hacerle daño. Y (Paúl) Vélez siempre estuvo en su mente porque Walquer denunció que a los trabajadores de Muisne no les pagaban más de 9 meses y cuando los ministros vinieron (Fausto Herrera, de Finanzas; y Francisco Vacas, de Relaciones Laborales) a constatar que la clase obrera era aplastada, este individuo (Vélez) ordenó a un grupo de revoltosos que los atacaran. Si Walquer no hubiera tenido la protección de 12 hombres, ese día lo habrían matado a palos y botellazos. Esa fue la primera advertencia de que su vida estaba en peligro.

En la última entrevista radial que ofreció, su esposo nombró a dos personas de apellido Cervantes y Corozo, y adelantó que su vida estaba en riesgo. ¿Quiénes son esas personas? ¿Estaban vinculadas a Vélez? Cuando Walquer es oficializado como candidato a alcalde de Muisne por Alianza PAIS, no pasaron más de 15 días y el 26 de diciembre de 2013 fuimos víctimas de un atentado en la quinta. Nos colocaron un paquete con droga (15 kilos entre marihuana y base de cocaína), pero rápidamente el Ministro de Interior hizo las investigaciones y se determinó que la droga fue implantada. Sé que el informe lo hará público el Ministro.

El concejal electo Ferrari Zambrano cree que detrás de la muerte de Walquer estuvo el crimen organizado e hizo declaraciones muy fuertes que podrían ponerlo en riesgo. Le hemos llamado la atención por eso, tememos por su seguridad, pero él dijo estar dispuesto a todo. Mi familia es pacífica y ahora estoy inmersa en este proceso porque me enamoré de un revolucionario. Ahora ando con personal de seguridad y la casa tiene resguardo policial, en realidad nunca pensé verme con guardaespaldas.

¿Las amenazas siempre estuvieron ligadas al aspecto político?

Apenas se supo del asesinato de su esposo, usted declaró a la prensa que habría funcionarios del Gobierno involucrados en actos de corrupción...

EN LA WEB

Diría que sí porque Walquer iba a ser la piedra en el zapato de esas personas. Por eso se escuchaba en Muisne y Esmeraldas que no iban a dejar que se posesionara.

También se dijo que el asesinato podría tener vínculos con el narcotráfico... Nunca escuché a Walquer hablar

Esa entrevista me la hicieron una hora después de la muerte de Walquer, aún estaba conmocionada. No supe expresarme adecuadamente. Yo simplemente hice escuchar la voz de Walquer porque él presumía que

03 03

¿Cree que su vida o la del vicealcalde electo, Eduardo Proaño, están en riesgo?

Ingrese a la sección Política a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés www.telegrafo.com.ec/politica.html

El miércoles, la Comisión de Desarrollo Económico trabajará en doble jornada. A las 10:00 recibirá a un grupo de comerciantes minoristas de Guayaquil y a las 15:30 continuará el análisis del proyecto de Ley del Servicio Público de Electricidad. Los comerciantes expondrán sus observaciones a los proyectos de Ley sobre Fomento al Emprendimiento y de Defensa de Emprendedores Urbanos. La ponente de estas iniciativas legales es la asambleísta Mae Montaño, de CREO.

El libro escrito por Rafael Correa es traducido al farsí

Ecuador: De Banana Republic a la No República, el libro escrito por el presidente Rafael Correa, fue traducido al farsí. En el enlace ciudadano, el Jefe de Estado mostró la versión en el idioma oficial de Irán. La obra ya tiene su versión en francés y próximamente será publicada en chino.

Ecuador se solidariza con Turquía por accidente minero

Ecuador expresó sus condolencias al Gobierno y pueblo de Turquía por el accidente ocurrido el martes pasado en una mina de carbón que dejó un saldo de más de 300 muertos. El comunicado divulgado por la Cancillería ecuatoriana hace extensivo su pesar y solidaridad a los familiares de las víctimas. PL

Los legisladores participan en una reunión sobre infancia

El presidente de la Comisión del Derecho a la Salud, Carlos Velasco (foto); la titular de la Mesa de Educación, Ximena Ponce; y los asambleístas Mary Verduga y Gastón Gagliardo, participaron en la IV Reunión Internacional de la Red Hemisférica de Parlamentarios y ex-Parlamentarios por la Primera Infancia, en Managua.

04

POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CNE BUSCA REFORMAS AL CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA

CANTONES SUFREN PROBLEMAS EN TRANSICIÓN

Alcaldesa Arce declarará la emergencia en Municipio ARCHIVO

1 de 4 autoridades electas en comicios seccionales es mujer Las últimas votaciones registraron una mayor participación electoral de ellas. En los sufragios del pasado 23 de febrero el 42% de candidatos fue de mujeres y el 58% de hombres. Distribución de género de candidatos y autoridades 2014 Los aspirantes de las elecciones seccionales fueron 42% mujeres y 58% hombres. En los resultados oficiales se observa una disparidad importante: 1 de cada 4 autoridades electas es mujer.

AUTORIDADES ELECTAS Total nacional 5.584

POR SEXO En las dignidades de alcaldes y prefectos, el 9% es representada por mujeres, mientras que en concejales urbanos hay mayor participación: el 33,5%.

4.168 74,60%

16.317 57,90%

Mujeres Mujeres

11.863 42,10%

Candidatos 2014

Dignidad

Mujeres

Hombres

Alcaldes municipales

147 12,2%

1.054 87,8%

16 7,3%

204 92,7%

Prefecto y viceprefecto

16 13,8%

100 86,2%

2 8,7%

21 91,3%

Concejales urbanos

2.608 45,4%

3.137 54,6%

287 33,5%

570 66,5%

Concejales rurales

1055 42,80%

1410 57,20%

105 24,4%

326 75,6%

Vocales de juntas parroquiales

8.037 43,1%

10.616 56,9%

1.006 24,8%

3.047 75,2%

Total general

11.863 42,1%

16.317 57,9%

1.416 25,4%

4.168 74,6%

Hombres

CANDIDATAS/OS EN ELECCIONES Total nacional 28.180 Hombres

 

1.416 25,40% Redacción Política

Fuente: CNE / Gráfico: El Telégrafo / [email protected]

DATOS

[email protected]

La participación política electoral de las mujeres ha tomado fuerza en los últimos procesos, tanto para las presidenciales y legislativas de 2013, como en las seccionales de este año. En el último caso, la distribución de los candidatos fue de 42% mujeres frente al 58% hombres. Pero en los resultados oficiales se observa una disparidad importante: solo 1 de cada 4 autoridades electas es fémina. Desde la semana pasada solamente dos prefecturas, de un total de 23, son manejadas por mujeres. Apenas hay 16 alcaldesas frente a los 204 burgomaestres varones. Hay 287 concejales urbanos mujeres y 565 ediles hombres. En las concejalías rurales y las juntas parroquiales se mantiene la misma disparidad. El artículo 116 de la Constitución establece que en las elecciones pluripersonales se establecerá un sistema electoral conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres. Por eso el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene, entre sus ejes de acción, la promoción de la paridad de género por lo que exige la conformación paritaria y alternada de las listas de candidaturas. Esta obligación también se basa en el artículo 99 del Código de la Democracia, que ordena que hombres y mujeres parten en las mismas condiciones en un proceso electoral. La consejera Roxana Silva, explicó que, si bien existen distancias significativas entre los ganadores, las mujeres están cada vez más interesadas en ser parte de la vida política nacional. “Los resultados de las elecciones del 23 de febrero de-

Electos 2014 Mujeres Hombres

En Ecuador se registra que entre 1979 y 1996 hubo 514 diputados y, de ellos, apenas 26 fueron mujeres. Las mujeres en los parlamentos de América Latina tienen una participación de 22,2% y los hombres el 78,8% Argentina, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guayana, México y Nicaragua han superado el 30% de representación femenina en la Cámara Baja. Belice, Haití, Panamá, Brasil y Saint Kitts y Nevis tienen menos de 10% de mujeres en el Legislativo. Bolivia es el único país con dos presidentas del Congreso.

muestran una brecha sustancial entre las dignidades políticas alcanzadas por hombres y mujeres”, destacó. La consejera participó a finales de marzo del foro internacional ‘Mujeres, política y democracia’, realizado en España, donde expuso que la actual Carta Magna ecuatoriana abre un abanico de posibilidades para promover la inclusión de las féminas en la arena política e institucional. La legislación nacional también obliga a que las directivas de las organizaciones políticas sean paritarias y alternadas. Esta exigencia legal aún no es acogida en todos los países de Latinoamérica, aunque existen cambios en la región. El Salvador aprobó en 2013 una cuota de género del 30% en la ley de partidos políticos. Esta medida se estrenará recién en las elecciones de 2015, cuando haya comicios municipales y legislativos. En la actualidad, Bolivia es uno de los países más avanzados de la

región con el manejo de listas cerradas, mientras en Colombia la participación mínima de la mujer es del 30% en el parlamento. Si bien la paridad de género amparada en la legislación electoral contribuye a crear espacios de participación política en la conformación de listas, los resultados electorales dan cuenta que este mecanismo no es suficiente para conseguir la plena incorporación de la mujer en el campo político-institucional, añadió la consejera. Natalia Sierra, socióloga y docente universitaria, destacó que las mujeres han ganado un espacio significativo en la política formal. Aclaró que cuando la mujer accede a una institucionalidad patriarcal, es decir a un estado profundamente masculino, tiene que atravesar un proceso de masculinidad para ser aceptada. Sierra insistió que en el imaginario de la ciudadanía está la figura masculina para la dirección política. Estas estructuras mentales se evidencian más en ciudades pequeñas, a pesar de que las normas legales sean a favor de las mujeres. “El mundo público tiene aún la presencia fuerte de un hombre”, lamentó. Silva coincide en que se necesita abrir un debate nacional para diseñar políticas electorales que permitan a la mujer tener mayores recursos de participación política, con miras a ocupar cargos de elección popular. El año anterior, el CNE anunció que realizará una propuesta para reformar la Ley Electoral que permita profundizar y mejorar los procesos en igualdad de género, con el fin de aumentar la participación real de la mujer en los sitios de poder. De hecho, la semana pasada, Domingo Paredes, presidente del CNE, anunció que pronto se enviará a la Asamblea una propuesta con reformas al Código de la Democracia.

La alcaldesa Alexandra Arce, de PAIS, fue asambleísta de la provincia del Guayas.

Los empleados del Cabildo de Durán están impagos desde hace dos meses. La burgomaestre denunció el débito automático de los recursos. Durán se sumará hoy a la lista de municipios de Guayas con problemas, tras producirse el relevo de alcaldes la semana pasada. La recientemente posesionada alcaldesa, Alexandra Arce, declarará la emergencia durante una rueda de prensa para informar “el grave estado administrativo financiero situación del personal y procesos judiciales de los múltiples juicios y demandas instauradas en contra de la institución”. Al evento, se informó en un comunicado, se ha invitado a todo el personal que labora en el Cabildo. Arce habría detectado varias irregularidades durante el recorrido de entrega-recepción de los diferentes departamentos municipales hecho la semana pasada. A esa situación se suma “la total iliquidez de la entidad, el compromiso del 50% de sus ingresos mensuales en varios fideicomisos para pago de obras mal realizadas o incompletas, un saldo en bancos de 106 dólares y más de 9 millones de dólares de pagos inmediatos sin mayor referencia de contratación preexistente”. El otro problema que heredó Arce es el atraso salarial de dos meses. El comunicado culpa de esa situación a los “débitos automáticos de cientos de miles de dólares comprometidos en los fideicomisos”. “Esta delicada situación requiere la inmediata intervención del Muni-

cipio, por lo que la Alcaldesa lo declarará en emergencia a efectos que se realicen de inmediato varias acciones de tipo legal para defender las finanzas públicas, y que se inicien los procesos de investigación y auditoría para determinar responsabilidades”, culmina el boletín de prensa. Arce, quien fue concejala de ese cantón y asambleísta provincial, asumió el Municipio luego de casi 15 años de administración del Partido Social Cristiano (PSC). Al frente de ese Cabildo estaban Mariana Mendieta, quien enfrentó varios procesos legales por corrupción; y luego su hijo, Dalton Narváez. Este último perdió la reelección en los comicios del pasado 23 de febrero. Durán es el segundo cantón más

DESTACADO

Durán es el segundo cantón más poblado del Guayas y está entre los 10 más populosos del país. poblado de Guayas y está entre los 10 más populosos del país. En esta provincia han surgido problemas en la transición. En Milagro, la alcaldesa Denisse Robles descubrió la quema de documentos municipales; en Jujan, el burgomaestre saliente fue detenido; y en Naranjito la maquinaria está embargada.

PAÍS OBTUVO EL 0,43% DE LOS SUFRAGIOS

Para internautas, Ecuador es el país menos corrupto El portal Infobae realizó una encuesta en la que participaron 6.000 personas. Argentina, Venezuela y México fueron los más votados. Una encuesta realizada por el medio digital argentino Infobae.com determinó que Ecuador es el país menos corrupto. El portal consultó a los internautas qué país considera es el más corrupto de América Latina y solo el

0,43% votó por Ecuador. El sondeo ubicó en primer lugar a Argentina, que alcanzó el 43,6% de los votos. Venezuela obtuvo el segundo lugar en la tabla con el 26,88% de la votación. Y el podio se completó con México, con el 11,13. El balance fue parejo para el resto de las opciones del sondeo, al ubicarse Paraguay (4,89%) sobre Colombia (3,19%), los Estados de América Central (2,28%), Brasil (1,66%), Uruguay (1,46%), Bolivia (1,40%) y Chile (1,05%).

POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CONSEJO DE GOBIERNO TAMBIÉN FUE RENOVADO

DATOS Jorge Herrera fue el candidato de consenso de la Ecuarunari, la rama de la Sierra de la Conaie. Sus miembros lo eligieron durante una asamblea celebrada la semana pasada en Quito.

Dirigente de Cotopaxi liderará Conaie por 3 años

La Conaie es considerada la mayor organización indígena de Ecuador. Fue fundada el 16 de noviembre de 1986. Ha tenido momentos de gran influencia política, sobre todo cuando propició el derrocamiento de Jamil Mahuad en 2001. Humberto Cholango, el presidente saliente de la Conaie, no buscó la reelección y respaldó la designación de Herrera como candidato para sucederlo.

ROBERTO CHAVEZ | EL TELÉGRAFO

Jorge Herrera se impuso a sus rivales Mónica Chuji y Olindo Nastacuaz durante el congreso de la organización celebrado en Ambato. El nuevo presidente insistió en la necesidad de mantener la unidad y defender los derechos de la naturaleza. Redacción Política [email protected]

Al final del sábado, después de una intensa jornada de trabajo en el coliseo de la Universidad Técnica de Ambato (UTA), los participantes del V Congreso de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) eligieron a Jorge Herrera como el nuevo presidente de la organización, que a nivel nacional agrupa 14 nacionalidades y 18 pueblos autóctonos. Herrera consiguió 526 votos a favor, seguido de Olindo Nastacuaz, candidato postulado por la Confederación de Nacionalidades y Pueblos Indígenas de la Región Costa (Conaice), quien obtuvo 175 sufragios. Mónica Chuji, representante de los pueblos indígenas de la región amazónica, consiguió 112 voluntades. A las 20:30 los tres candidatos formularon sus respectivas propuestas de trabajo, una hora antes de efectuar la votación. En las intervenciones destacaron sus compromisos con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, de la naturaleza y apoyo al pueblo Sarayaku. “Hay que recuperar el protagonismo que la Conaie siempre tuvo. A nivel regional y continental, siempre nos hemos caracterizado por ser movilizadores y plantear cambios positivos en la sociedad”, expresó Mónica Chuji en su alocución. Rómulo Acacho, cuarto aspirante a la presidencia de la Conaie y representante del Gobierno de las Naciones Originarias de la Amazonía Ecuatoriana (Gonoae) se retiró de la contienda electoral al apoyar a Jorge Herrera. Los casi 2 mil asistentes del Congreso exigieron a la mesa directiva, formada por delegados y observadores chilenos y argentinos, que dé comienzo el sufragio, ya que la elección del sucesor de Humberto Cho-

Jorge Herrera saluda a los asistentes al Congreso de la Conaie luego de conocer los resultados que le dieron la presidencia de la organización.

lango se había retrasado una hora. Justamente el presidente saliente de la Conaie fue el primero en votar. Después de que los 987 delegados sufragaron y depositaron sus papeletas de votación en cuatro urnas, se anunció a Herrera como ganador. En medio de un aplauso prolongado y al grito de “El pueblo unido, jamás será vencido”, los dos asistentes aprobaron la designación de Herrera. “Estamos preparados para dirigir la Conaie, con firmeza y decisión. Con la ayuda de todos los líderes de las nacionalidades debemos inculcar a los más jóvenes que la unidad es la clave, pero no una unidad de discurso sino de hecho. Fortaleceremos, además, las bases para hacer respetar las decisiones que aquí hemos tomado”, dijo Herrera. Tanto Chuji como Nastacuaz felicitaron al ganador y mostraron su apoyo a una administración que será para los próximos tres años.

DESTACADO

Una de las primeras acciones fue convocar una movilización por la Ley de Aguas y la Reforma Agraria. Los representantes de comunidades como Pilahuín, Chibuleo, Tomabela, Guamote y Otavalo mostraron su respeto al nuevo dirigente e instaron a continuar en la unidad del organismo. “Creo que si nuestros jóvenes no entienden el significado de la unidad y fraternidad, nunca lograremos hacernos respetar con el Gobierno. He ahí la importancia de ser tan unidos como las hojas y frutos de un

árbol, que pese a tener su espacio y ocupar diferentes partes de una planta, reciben la savia que produce un solo tronco”, expresó Ernesto Guamantaqui, de la etnia chibuleo, en Tungurahua. El nuevo presidente de la Conaie es oriundo de Toacaso, Cotopaxi, tiene 43 años y es tecnólogo ambiental. En su provincia se destacó como líder y fue funcionario en el gobierno de Lucio Gutiérrez, en el tiempo que la Conaie y Pachakutik respaldaban su gestión.

Movilización Una de las resoluciones a las que se llegó durante el encuentro es realizar una movilización que reunirá nuevamente a los líderes indígenas para protestar, entre otras cosas, por la Ley de Aguas y Reforma Agraria. “Pese a que aún no se ha fijado fecha, acabamos de aprobar un es-

crito, con doce puntos, de los cuales el primero es realizar una marcha en defensa de nuestro territorio, del agua y otros recursos naturales. No habrá diálogo con el Gobierno mientras existan perseguidos políticos, asambleístas destituidos y pueblos considerados como paramilitares, un ejemplo de ello es Sarayaku”, manifestó la legisladora Lourdes Tibán. Herrera y su Consejo de Gobierno deberán fijar la fecha para esta marcha, además de organizarla y convocar a los líderes que deseen participar en esta clase de actividades. Tibán aseguró, además, que existen ciertas comunidades indígenas de Chimborazo que están a favor de la actual administración gubernamental y que cuando se cristalice dicha movilización, deberán decidir si están a favor de la Conaie o del Gobierno. En esa provincia, los dirigentes locales de Pachakutik, liderados por el prefecto Mariano Curicama, mantienen una alianza con PAIS. Jorge Herrera dirigirá al movimiento indígena acompañado por Rómulo Acacho como su vicepresidente, Floresmilo Simbaña estará encargado de Fortalecimiento y Política; Severino Sharupi estará como dirigente de Territorio, Recursos Naturales, Ambiente y Desarrollo; y Adolfo Chapiro, como representante de Educación, Ciencia y Tecnología. Durante los dos días del Congreso, otros temas que se trataron en las cinco mesas de trabajo fueron: el cambio de matriz productiva, la transición de cocinas a gas al sistema eléctrico, explotación de recursos naturales, entre otros. El evento finalizó a la 01:30 de ayer, hora en que los dirigentes de cada etnia organizaron el viaje de retorno a sus comunidades, con la ayuda de la Policía Nacional, que vigiló la seguridad en las afueras del coliseo de deportes de la Universidad Técnica de Ambato.

ARCHIVO

MINERA INFORMÓ SOBRE PRESENCIA DE PERSONAS AJENAS A LA COMPAÑÍA

Trabajadores toman campamento El hecho habría ocurrido el sábado en las instalaciones de la empresa EcuaCorriente, que opera el proyecto Mirador, en la provincia de Zamora Chinchipe. La minera china EcuaCorriente (ECSA) denunció ayer que trabajadores ocuparon el campamento de un proyecto con 2,9 millones de toneladas de cobre que tiene a cargo en la Amazonia ecuatoriana. “El sábado, un grupo de trabajadores se tomó las instalaciones del campamento del proyecto Mirador,

de la compañía EcuaCorriente S.A., adoptando medidas de hecho ilegales y paralizando las actividades regulares”, indicó la firma en un comunicado. Agregó que las instalaciones fueron ocupadas por unos 150 trabajadores y que allí también “han ingresado personas ajenas a la compañía”. “Lamentamos que intereses particulares provoquen el caos e insistan en retrasar el avance del proyecto Mirador y de la minería metálica en el Ecuador”, anotó ECSA. En marzo de 2012, Ecuador se abrió a la explotación minera a gran

escala al firmar un contrato con ECSA, el primero de una serie de proyectos que podrían aportarle hasta 185.000 millones de dólares, según autoridades ecuatorianas. El proyecto minero Mirador está ubicado en la provincia de Zamora Chinchipe (sureste), en la frontera amazónica con Perú, y tendrá una duración de 25 años. Generará unos 20.000 millones de dólares, de los cuales 5.400 millones recibirá el Estado, mientras que la compañía, que iniciará la producción a finales de 2014, desembolsará 100 millones en regalías anticipadas. (AFP)

05

El proyecto minero Mirador tiene previsto empezar la producción a finales de este año.

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ECONOMÍA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA INYECCIÓN DE DINERO DE EMPRESAS NACIONALES FUE MÁS DE $ 441,7 MILLONES

ENTREVISTA CON MARIE NOELLE LANDÁZURI

“Los turistas que llegan resaltan el desarrollo turístico y vial del país” CORTESÍA / EL TELEGRAFO

Inversión extranjera en cuatro meses supera los $ 200 millones Inversión autorizada en compañías nacionales PARA CONSTITUCIÓN Y AUMENTO DE CAPITAL POR ACTIVIDAD ECONÓMICA Y ORIGEN DE LA INVERSIÓN AL MES DE ABRIL 2014*

(Capital en dólares) * Datos provisionales Fuente: Superintendencia de Compañías. Elaboración: Intendencia Nacional de Gestión Estratégica, Dirección Nacional de Investigación y Estudios.

$

.

En los sectores que destinaron más recursos son el de industrias con $ 103’561.338, minas y canteras $ 38’029.798 y el comercio $ 25’296.284. Actividad ecónomica Agricultura y pesca Minas y canteras Industrias Electricidad Agua y saneamiento Construcción Comercio Transporte Alojamiento Información y comunicación Actividades financieras Actividades inmobiliarias Actividades profesionales Servicios administrativos Administración pública Enseñanza Salud y asistencia social Artes y recreación Otros servicios Hogares Org. estraterrritoriales Total

Inversión nacional 10’956.478 90’735.353 86’958.884 24’455.529 645.616 23’735.435 101’996.317 7’848.028 369.470 13’024.542 55’835.934 1’681.124 6’974.895 3’765.941 125.600 76.466 8’772.345 79.201 3’756.800 800 800

Inversión extranjera 4’454.352 38’029.798 103’561.338 830.180 307.233 482.076 25’296.284 1’484.481 259.330 4’747.035 7’163.568 5’897.703 5’744.410 1’678.878 510 734 281.004 799 400 0 0

441’795.558

200’220.114

Gráfico: El Telégrafo / [email protected]

Redacción Economía

DESTACADO

[email protected]

El monto total de la inversión societaria en los primeros 4 meses del año asciende a $ 647’754.663: $ 62’189.725 por constitución y domiciliación de 2.365 compañías, y $ 585’564.938 por aumentos de capital en 599 empresas que existen. Un total de 2.964 empresas invirtió entre enero y abril del presente año. Según la Superintendencia de Compañías (SC), la inversión nacional en el período analizado fue de $ 441,7 millones y la extranjera directa llegó a $ 200’220.114. Mientras que en el mismo período del año pasado la nacional fue de $ 391’356.515 y la extranjera alcanzó $ 126’170.941. La inversión nacional creció el 12,8% en los primeros 4 meses del año con respecto al mismo período de 2013. Mientras que la inversión extranjera directa (IED) aumentó 60,2%. En lo que respecta a la inversión nacional, los sectores a donde se destinaron más recursos fueron el de comercio con $ 101’996.317, minas y canteras $ 90’735.353 y las industrias $ 86’958.884. Los recursos fueron inyectados por 2.789 empresas. La inversión foránea, realizada por 306 compañías, fue destinada al área de industrias, con un total de

ÍNDICES ECONÓMICOS Precio de venta

Vivienda

€ 1 = $ 1,3703

10,64%

16.491,31 valor 0,27% variación

$ 103’561.338, minas y canteras $ 38’029.798 y el comercio $ 25’296.284. La IED en Ecuador el año pasado fue de $ 549’398.633, que significó un 63,5% con relación a 2012 ($ 335’875.050). En el país se crearon 8.380 empresas en 2013, 59 más que en 2012 (8.321). Varios analistas económicos critican la poca inversión extranjera que capta Ecuador en comparación con otros países de la región. Sin embargo, para el Ejecutivo más que receptar IED lo que se busca es transferencia de tecnología. A inicios de año, el presidente de la República, Rafael Correa, manifestó que en los 3 años que le restan a su Gobierno se empeñará en buscar la transferencia de tecnología más que hipotecar el país con inversión extranjera. “Quién ha dicho que más inver-

EN LA WEB Ingrese a la sección Economía a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés www.telegrafo.com.ec/economia.html

Nombre completo: Marie Noelle Landázuri Cargo actual: Gerenta general de KLM Ecuador Profesión: Ingeniera en Administración de Empresas Nacionalidad: Ecuatoriana Educación: Universidad Católica de Quito Experiencia laboral: Fue profesora de inglés por un año en un colegio de la capital

Redacción Economía [email protected]

KLM, Compañía Real Holandesa de Aviación, el 17 de julio cumplirá 60 años de servir al país sin interrupciones. Su gerenta en Ecuador, Marie Noelle Landázuri, en entrevista con EL TELÉGRAFO, destaca la importancia del mercado ecuatoriano y la infraestructura aeroportuaria y vial del país.

¿Cómo le va a la aerolínea en el mercado ecuatoriano? La prueba de lo bien que nos va es que ya llevamos 60 años en el país. Tenemos el privilegio de servir y conectar a Ecuador con Europa y el mundo. La contribución de Guayaquil es ahora más importante que nunca, a raíz de la implementación del vuelo directo a Ámsterdam (Holanda) -que fue hace 2 años-. En Guayaquil es donde mayor crecimiento tenemos.

¿Cuántos pasajeros movilizaron en 2013? El año pasado se movilizaron alrededor de 120.000 pasajeros, en el presente año esperamos transportar a más personas. El 2013 iniciamos con 5 vuelos, en junio pasamos a 6 y en noviembre a 7.

¿Cuántas aeronaves operan en Ecuador? El avión que opera en Ecuador es un 777-200ER y KLM cuenta con 15 aviones de ese tipo. Nosotros volamos a diario con ese avión que tiene capacidad para 318 personas. Esperamos consolidar este vuelo y en función de la demanda adaptaremos la oferta en caso de que sea necesaria. Hemos contribuido no solamente con la conectividad del país, sino también con la generación de empleo. Como empleados directos de

KLM tenemos 75 personas. También se ha generado trabajo para otras personas, como las que preparan las comidas.

¿Cuál es la ruta más utilizada? Tenemos mucho movimiento hacia Alemania porque servimos a más de 15 destinos en ese país. También a Inglaterra, no solo a Londres sino a muchas ciudades. La ventaja de KLM es que desde Ámsterdam se puede conectar a todo el mundo, a 236 destinos.

¿Qué opina de la infraestructura aeroportuaria que tiene el país? Se ha trabajado mucho en el área aeroportuaria, tanto en Quito como en Guayaquil, que son los únicos aeropuertos que puedo juzgar porque son a los que servimos. Por el momento Quito tiene su aeropuerto alejado de la ciudad. Digo por el momento porque la ciudad está creciendo y pronto la terminal será parte de la misma.

¿La conectividad a través de las carreteras también es importante para el desarrollo del sector? Los turistas que hemos transportado son muy gratos con el país. Resaltan el desarrollo turístico, las vías y, además, la gente. Lo que más resaltan son las carreteras que en los últimos años han mejorado y facilitan la movilización de un lugar a otro.

¿Qué perspectivas tiene la empresa este año? Queremos consolidar el vuelo directo Guayaquil-Ámsterdam, que sea rentable, que estemos en el top de la prioridad de nuestros clientes, lo cual estamos cerca de conseguirlo. La empresa realiza promociones que se dan en función de la oferta y la demanda.

Fuentes: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) / Banco Central del Ecuador (BCE) / Bolsa de Valores de Guayaquil (BVG)

Tasas de interés efectivas

Moneda Euro

Bolsas mundiales Dow Jones

La inversión de empresas nacionales creció el 12,8% en los primeros 4 meses del año.

sión extranjera es la que trae beneficios al país, eso es un mito. Hay inversión extranjera que quita más de lo que pone, por eso buscamos una inversión de calidad. No voy a hipotecar el país, pues para nosotros lo principal es la transferencia de tecnología”, destacó. Para el analista Juan Pablo Jaramillo, la inyección de recursos extranjeros es bueno siempre y cuando contribuya a incrementar el capital tecnológico, la infraestructura, la producción de un país y, por lo tanto, genere empleo. “¿Es bueno o es malo que los extranjeros sean los dueños del aparato productivo de un país en vías de desarrollo? La respuesta es simple, sería perjudicial si la inversión extranjera directa se constituye en un mecanismo de dominación para extraer riqueza de una economía cuyas instituciones políticas son fácilmente manipulables”, resaltó Jaramillo.

¿Quién es?

Inflación

Mensual al mes de Abril 2014

0.30% Consumo Normal

15,91%

Tendencia

Costos de víveres, por libra

Petróleo

Papa

Arroz

Carne

Tomate

Azúcar

Pescado

Cebolla

Lenteja

$ 0,35

$ 0,42

$ 3,00

$ 0,70

$ 0,45

$ 5,50

$ 0,70

$ 1,00

(de res)

Precio por barril

(picudo)

WTI Precio referenciales de mercado

$ 102,02

Precios de las canastas

Banano

Arroz

Azúcar

Soya

Cacao

$6

$ 0, 45

$ 33,06

$ 30

cada caja

Quintal en cáscara

Quintal

Quintal

$ 124,04

Básica Familiar nacional

Vital nacional

Salario básico Unificado

Brent

Quintal

$ 633,61

$ 453,63

$ 340

$ 109,75

ECONOMÍA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LOS EMPRESARIOS PUEDEN AUTOEVALUARSE POR MEDIO DE LA PÁGINA WEB DEL IESS

MINISTRO VISITÓ PLANTA

Sertecpet contrata a profesionales que se gradúan en el país

Hasta 10% del PIB se paga por riesgos de trabajo

La empresa tiene convenios de cooperación técnica, tecnológica y educativa con las mejores universidades del país y capacita a sus colaboradores.

ARCHIVO / EL TELÉGRAFO.

De las 3.940 empresas auditadas entre enero y abril más de 35 cumplen con el 80% de las normas de seguridad, 150 superan el 90%, pero otras que no llegan ni al 40%. El 6 de junio próximo se iniciarán los controles.

El trabajo en el sector eléctrico, petrolero y metalmecánico son los de más alto riesgo, según datos de la Dirección del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Redacción Economía

DESTACADOS

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Para disminuir el porcentaje de siniestralidad en las 550.000 empresas, entre pequeñas, medianas y grandes que funcionan en el país, las autoridades del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y del Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) han implementado el Sistema Nacional de Gestión para evaluar la situación actual de las compañías. El presidente del directorio del IESS, Hugo Villacrés, explicó que desde enero, cuando se firmó el convenio de cooperación con el MRL, se lleva adelante un muestreo en más de 3.000 empresas, que consiste en una autoevaluación por parte de las industrias, para conocer en qué estado se encuentra la aplicación de las normas de seguridad y salud en favor de los empleados. La muestra ha superado las expectativas, ya que hasta el 28 de abril se contabilizaron 3.940 compañías que se sometieron a la evaluación. “Es mejor prevenir que lamentar”, dijo el funcionario, al señalar que según las cifras entregadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hasta el 10% del Producto Interno Bruto (PIB) de los países en vías de desarrollo puede gastarse por siniestralidad en lo que respecta a trabajo. “En Ecuador existen alrededor de 6.000 empresas, que son consideradas entre medianas y grandes, que tienen más de 50 trabajadores y tienen la obligación de auditarse. De este número más de 3.800 han sido auditadas y esperamos que todo el universo de empresas del país que es de 550.000 puedan auditarse en los próximos días”, acotó. El funcionario indicó que para

Más de 13.000 afiliados cobran pensión por accidentes laborales en el IESS. En Ecuador se cumple apenas el 2% de lo que se debería en esta materia, según la OIT. que las industrias puedan llevar adelante la autoevaluación deben ingresar a la página web de la entidad (www.iess.gob.ec), entrar a riesgos de trabajo con su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y responder las interrogantes que se presentan, lo cual tomará unos 30 minutos.

Proceso de auditoría Villacrés señaló que el MRL y el IESS entrarán en un proceso de auditoría presenciales a parir del 6 de junio, utilizando tecnología de punta, que le permitirá saber, en tiempo real, dónde está la gente auditando, cómo está la relación de los auditados con sus trabajadores, corregir procedimientos que permitan proteger protocolos para reducir la siniestralidad laboral, así como que la empresa sepa qué es lo que le falta por cumplir. En el IESS existen más de 13.000 pensionistas por riesgos de trabajo, personas que por falta de preven-

ción tuvieron accidentes y se acogieron al sistema de pensión.

Seguridad y salud El director de Riesgos de Trabajo del IESS, Luis Vásquez, quien elaboró el programa para las auditorias, señaló que la OIT estima que Ecuador cumple apenas el 2% de lo que debería en materia de seguridad y salud. Vásquez aseveró que los accidentes y enfermedades le cuesta el 10% del PIB al país. El PIB del Ecuador en 2013 fue de $ 66.879 millones, lo que equivaldría a un pago de alrededor de $ 6.687,9 millones, solo por riesgos de trabajo. Según la muestra, más de 350 empresas cumplen el 80% de las normas de seguridad (que es óptimo), más de 150 han acatado el 90% y otras han incumplido las normas de seguridad o no pasan del 40%. “Las enfermedades ocupacionales de cada 4 jornadas que se pierde, 3 son por enfermedad y una por accidente. Si se le diagnostica una enfermedad ocupacional, el 40% es crónica, el 10% por discapacidad y el 1% por fallecimiento”, acotó el técnico. Recalcó que es importante la prevención en los trabajos, ya que de los reportes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la OIT, si hay el cuidado y el cumplimiento de las normas de seguridad se podría incrementar en 10% la productividad de una empresa. Indicó que una vez que se inspeccionen las empresas se les dará un plazo de 6 a 9 meses, depende de la situación de la industria, para que cumplan las normas de seguridad.

Normas de seguridad Para el ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, es

una obligación del Estado velar por la seguridad y salud de los trabajadores, por lo cual es necesario que las compañías cumplan con lo que determinan las normas de seguridad para evitar accidentes. “El MRL ha trabajado conjuntamente con el IESS, en una materia que ha estado postergada y no se la ha tomado en cuenta para la importancia que le corresponde. Hay estudios internacionales que demuestran que es mejor prevenir que lamentar”, sentenció. Sin embargo, aún hay críticas de parte de trabajadores que consideran que las autoridades se enfocan en las empresas, pero se han olvidado de talleres y mecánicas en donde ocurren accidentes a diario.

Riesgos en trabajos Pedro Osorio, mecánico de profesión, trabaja en un taller en el sector Amaguaña, en el sureste de Quito, sostuvo que en su trabajo el riesgo es eminente a diario, porque es manual y en el que menos hay normas de seguridad. “Todos los días estamos en riesgo, hacemos trabajos manuales, puesto que siempre estamos trabajando con gasolina, diésel, soldamos, desmontamos motores de manera rústica, cargamos llantas, entre otras. Sin embargo, de este tipo de trabajo nadie se acuerda”, aseveró Osorio. Un pronunciamiento similar tiene Guadalupe, operaria de costura en un taller en el sur de la capital, al señalar que labora en un sitio pequeño donde hay algunas trabajadoras y no hay ventilación necesaria, por lo que siempre están con gripe o afecciones en la garganta por el polvo de las telas. “Sería bueno que se evalúen estos sitios de trabajo, que no cumplen con ninguna norma de seguridad y afecta a la salud”, manifestó.

07

El titular del Ministerio Coordinador de la Producción Empleo y Competitividad (Mcpec), Richard Espinosa, visitó las plantas de Servicios Técnicos Petroleros (Sertecpet S.A.), en la provincia de Orellana. La finalidad fue conocer la producción actual y analizar su potencial con miras a la sustitución selectiva de importaciones en suministros petroleros. Esta industria ecuatoriana direcciona su trabajo a una gran variedad de segmentos de las diversas industrias energéticas, como la petrolera, minera y de gas. Producen partes y piezas para la industria hidrocarburífera nacional e internacional. Espinosa indicó que el Gobierno apoya a empresas como Sertecpet, que tiene un gran número de colaboradores, la mayoría es de profesionales de las universidades del país. El crecimiento en inversión de Sertecpet ha sido 5 veces en el período 2008-2013. Los activos fijos han pasado de $ 6 millones a $ 28 millones, de 224 trabajadores actualmente cuenta con 1.800 empleados, de los cuales el 80% es de técnicos egresados de la Escuela Superior Politécnica del Chimborazo (Espoch).

BREVES Ecuador fomenta el desarrollo de las exportaciones

El Banco Internacional patrocinó la VI Convención de Exportadores ‘Tendencias del consumo mundial’, con el objetivo de fomentar el desarrollo de las exportaciones de Ecuador. El banco busca fomentar espacios de diálogo y reflexión sobre temas de actualidad, que permitan a empresarios y profesionales expandir sus conocimientos e insertarse en el mercado nacional e internacional.

El Salón del Cacao y Chocolate se realizará el próximo 22 de julio El Salón Internacional del Cacao y Chocolate Ecuatoriano abrirá sus puertas en su tercera edición, entre el 22 y 27 de julio de este año, en el Centro Cultural Simón Bolívar (MACC), en Guayaquil. El evento es organizado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, la Internacional Salpa FranciaEcuador, el Museo de EstrasburgoFrancia, Proyectos e Inversiones (PeI) y la Agroindustria Chocolatera Artesanal Chucululu. Participarán 50 expositores.

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GUAYAQUIL

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL NIVEL DE AGUA LLEGÓ HASTA 5 METROS EL DÍA DE LA TORMENTA

LOS INFRACTORES SON MULTADOS HASTA CON $ 3.400

Propaganda electoral aún no es retirada de las calles LYLIBETH COLOMA | EL TELÉGRAFO

Menor desaparecido se busca en un tramo de 500 m dentro de canal LYLIBETH COLOMA | EL TELÉGRAFO

La madre del pequeño Félix solicita ayuda a la Gobernación y el Cabildo para ampliar el perímetro de las investigaciones. La zanja se extiende por cerca de 2 km, aproximadamente. En el km 12,5 de la vía a Daule hay letreros de candidatos del PSC-Madera de Guerrero.

El 23 de marzo pasado concluyó el plazo de una ordenanza municipal que estipula que los partidos tienen 30 días para retirar sus rótulos. Los carteles de los candidatos que participaron de las elecciones del pasado 23 de febrero aún permanecen en postes y paredes de las calles de la ciudad. Las avenidas 25 de Julio, Francisco de Orellana, Isidro Ayora, Carlos Julio Arosemena, vía a Daule y calles del sector centro son los puntos donde aún se observan rótulos, la mayoría, del PSC-Madera de Guerrero.

La ordenanza municipal que regula la propaganda electoral establece que los partidos tienen 30 días para retirar la publicidad a partir del día de las elecciones, plazo que concluyó el 23 de marzo. En caso de que las organizaciones políticas no retiren sus letreros, el Municipio contratará una compañía de limpieza y los costos serán imputados a los infractores. Según los artículos 12 y 13 del estatuto, los sujetos políticos que incumplan con los parámetros permitidos para colocar la propaganda electoral se exponen a multas de 10 salarios básicos unificados ($ 3.400) y los propietarios de los bienes inmuebles a una multa de 5 salarios básicos unificados ($ 1.700).

La familia Venegas-Cordovilla colocó una cruz en el sitio que encontraron el cuerpo de uno de sus hijos en El Fortín.

[email protected]

La búsqueda del pequeño de 6 meses que desapareció, en la tormenta del pasado 7 de mayo, en un canal de El Fortín aún no tiene resultados positivos. Miembros de la Infantería de Marina, el Grupo de Operaciones Especiales (GOE) de la Policía y del Grupo Especial de Ayuda Humanitaria (GEAH) hasta ayer recorrieron un tramo de 500 metros de la zanja. Se especula que Félix, hijo de Norma Cordovilla y Jhonny Venegas, podría estar en ese trayecto. La investigación de los hechos, realizada por las autoridades, señala que Norma, al ser golpeada por un árbol cuando era arrastrada por una corriente de agua, perdió contacto con sus 2 hijos a pocos metros de su vivienda, en el bloque 1 de El Fortín. Ariana, de 2 años, fue encontrada, aún consciente, cerca de 180 metros de distancia del lugar que cayó su casa por la fuerza de la lluvia. Posteriormente falleció en una casa de salud, mientras que Félix desapareció. El canal abierto, en el que Jhonny y Norma perdieron a sus vástagos, comienza a pocos metros de la av. Casuarina y termina en la av. Modesto Luque cubriendo un tramo, aproximadamente, de 2 kilómetros. La búsqueda se realiza desde el lugar que Norma vio por última vez a sus hijos hasta unos túneles ubicados cerca de la cooperativa Lincoln Salcedo. Hamilton Córdova, miembro de la Infantería de Marina a cargo de las labores de ayer, manifestó que es poco probable que el cuerpo del menor esté más lejos. Explicó que el nivel de agua, el día de la tormenta, alcanzó los 5 metros por sobre el fondo del canal. También hay señales de que una gran cantidad de basura llegó hasta

BREVES

Ubicación Vía a Daule

El Fortín Parque Samanes

Perimetral Espol

Urdesa ESTADIO

MODELO

Vía a la Costa PJ

Porte te

Av. Q uito

Redacción Guayaquil

DATOS La fuerte lluvia que cayó el pasado 7 de mayo en la ciudad dejó como saldo 5 personas fallecidas: 3 ahogadas y 2 electrocutadas por rayos. La Subsecretaría de Educación de Guayaquil suspendió las actividades escolares en los distritos educativos 7 (Los Vergeles) y 8 (Monte Sinaí) por las anegaciones presentadas en sectores del noroeste. La Secretaría de Gestión de Riesgos (SGR) informó que el pasado 2 de mayo entregó al Municipio porteño un informe en el que se advertía sobre los peligros por los asentamientos en zonas de riesgo.

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los túneles “y difícilmente el cuerpo del infante pudo atravesar ese obstáculo”. Sin embargo, Norma considera que el cuerpo de su hijo puede que haya llegado hasta la cooperativa Belo Horizonte, cerca de donde termina el canal abierto. Para ello, solicita ayuda a la Gobernación del Guayas y al Municipio para que faciliten maquinaria que permita extender la búsqueda hasta 1 km. “Si ya no lo hallan por aquí cerca, debe haber llegado más lejos”. Tanto Norma como Jhonny anhelan poder sepultar al menor de su prole. Hasta que llegue ese momento establecieron una tumba simbólica en honor a los pequeños desaparecidos. Una cruz fue ubicada en el mismo lugar que hallaron a Ariana, a casi 180 metros de la casa donde vivía y que fue destruida a causa de la corriente de agua. La familia afectada agradece la ayuda del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), de la el Gobernación y Cabildo por los kits de alimentación y limpieza, y enseres entregados para reponer las pertenencias perdidas. Mientras que, la vivienda que antes habitaba la familia VenegasCordovilla permanece destruida al pie del canal. La joven pareja ha manifestado que no la reconstruirán porque está en una zona de riesgo. Por el momento, tampoco contemplan demandar a los responsables de que la zanja fuera ampliada de 3 a 6 metros de ancho. Aquello, especulan los vecinos del sector, debilitó las bases de varias casas del sector. Jhonny también solicitó ayuda para poder costear los tratamientos de epilepsia que padece su esposa. Las personas que deseen contribuir pueden llamar al teléfono 0999487265.

Cabildo termina el cronograma de entrega de textos en colegios

Veinte barrios inscritos en concurso ‘Mejoremos nuestra cuadra’

El Municipio de Guayaquil concluye hoy, en los colegios Unión Nacional de Educadores y Vicente Rocafuerte, el cronograma de entrega de textos gratuitos para bachillerato. Los padres de familia deben acercarse con su cédula y copia del certificado de matrícula del estudiante a un local ubicado en la Av. San Jorge 127 y calle Primera Oeste, en la ciudadela Kennedy. La atención es desde las 08:00 hasta las 20:00. Se entregarán 230.000 textos a cerca de 83.000 estudiantes.

Veinte barrios de la ciudad, hasta el viernes pasado, se inscribieron para el concurso ‘Mejoremos nuestra cuadra’. Las inscripciones se receptan hasta hoy, las 17:00, en el Departamento de Proyectos Específicos del Municipio de Guayaquil (10 de Agosto y Malecón). Entre los barrios participantes se escogerá a 9 ganadores, entre los cuales se distribuirán $ 120.000. A los 4 primeros ganadores se les otorgará $ 20.000 a cada uno y habrá 3 premios de $ 10.000 y 2 de $ 5.000.

Continúan denuncias de invasión de autos en ciclovía de vía a la Costa

Comité de Riesgo en Posorja recibirá equipo de primeros auxilios

La Comisión de Tránsito del Ecuador, vía Twitter, receptó ayer nuevas denuncias de invasión del carril exclusivo para ciclistas, en el km 11,5 de la vía a la Costa, a la altura de la urbanización Belohorizonte. La infracción está considerada como contravención grave de primera clase y las personas que circulen por la ciclovía serán sancionadas con $ 102 de multa y menos 6 puntos en la licencia de conducir.

Al Comité de Gestión de Riesgo en Playa Varadero de Posorja se le entregará hoy, a las 11:00, el equipamiento necesario para responder ante eventuales emergencias que se presenten en la zona. Se le entregará camillas, botiquines y fijadores de cuello para primeros auxilios, también banderas con indicativos de emergencia en la playa y áreas de señalización para seguridad.

QUITO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ESTÁ PREVISTO QUE EL CUERPO DE EDILES SE VUELVA A REUNIR DE MANERA EXTRAORDINARIA ESTA SEMANA

BREVES

El Concejo subdividirá 4 comisiones y creará 3 más

El Gobierno garantiza normal abastecimiento de gas en la ciudad

JOHN GUEVARA/ EL TELÉGRAFO

La mesa creada la tarde del viernes pasado, tras la fallida sesión del órgano legislativo local, deberá definir quién dirigirá cada entidad, así como ajustar las competencias de cada una de ellas. Redacción Quito [email protected]

La reorganización del Concejo Metropolitano de Quito para adecuar su funcionamiento al aumento de 15 a 21 ediles tiene acuerdos básicos entre el bloque mayoritario de Alianza PAIS (11) y los de SUMAVive (9) y CREO (1). El primero de ellos es el de constituir 21 comisiones en reemplazo de las 15 anteriores, a fin de que cada representante presida uno de dichos organismos. La segunda determinación tiene que ver con el procedimiento que se seguirá para la reestructuración del órgano legislativo local. Así, la comisión interbloques que trabajó el tema antes de la posesión del alcalde Mauricio Rodas estableció la creación de 3 nuevos estamentos: Vivienda y Hábitat, Turismo y Fiestas y Relaciones Internacionales e interinstitucionales. Hay el acuerdo para que 4 comisiones preexistentes se subdividan, dando paso, por ejemplo, a la existencia del órgano de Educación y Cultura, por un lado, y de Deporte y Recreación, por el otro. De Planificación Estratégica, por una parte, y de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, por la otra. De Uso del Suelo y de Ordenamiento Territorial. En tanto que la Comisión de Conectividad y Competitividad se dividirá entre la primera, al tiempo que la segunda área será absorbida por Desarrollo Económico y Productivo. Estas se sumarán a Comercialización; Salud; Igualdad, Género e Inclusión social; Seguridad, Convivencia Ciudadana y Gestión de Riesgos; Desarrollo Parroquial; Presupuesto, Finanzas y Tributación; Áreas Históricas y Patrimonio; Propiedad y Espacio Público; Movilidad y, finalmente, Ambiente. Algo que aún está sujeto a negociación es quién presidirá cada área y cuáles de sus colegas lo acompa-

Los concejales Karen Sánchez, Patricio Ubidia (de espaldas), Jorge Albán (d) y Edy Sánchez, de AP, conversan durante la sesión del viernes.

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El bloque de AP busca que la Comisión de Desarrollo se ocupe de la economía popular y solidaria. ñarán en la tarea. Adicionalmente, hasta la mañana de viernes no existía acuerdo total sobre las funciones específicas de cada comisión. De acuerdo con el concejal Mario Guayasamín (Alianza PAIS), por ejemplo, su bloque buscaba que la entidad de Desarrollo Económico, Productivo y Competitividad se ocupe, de manera preferente, del sector de la economía popular y so-

lidaria. Y recordó que el 10 de abril pasado, el anterior Concejo Metropolitano estableció una ordenanza destinada al fomento de organizaciones tales como cooperativas, cajas de ahorro, emprendimientos productivos y asociaciones. Para ello, los ediles establecieron aquel día que todas la entidades que conforman el Municipio de Quito deben contratar bienes y servicios con este tipo de agrupaciones populares por al menos el 5% de sus presupuestos. Estaba previsto que este tipo de temas fuera abordado durante la sesión extraordinaria convocada por Rodas para la tarde del viernes, pero que debió ser suspendida debido a la existencia de errores de fondo y forma en la convocatoria. Entre los segundos, según hizo notar el concejal Carlos Páez (AP), estaba la ausencia de exposición de motivos para la convocatoria y las reformas propuestas por el nuevo

burgomaestre capitalino. Adicionalmente, habría errores en la redacción de los cambios propuestos, tanto en la parte jurídica como en temas de sintaxis. Por ello, tras la fallida sesión, el Alcalde y los jefes de bloque establecieron una nueva comisión para depurar estos detalles. Ese fue el segundo equívoco jurídico de la autoridad, que el jueves pretendió que los ediles designaran administrador general y procurador, contraviniendo al Cootad.

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El Ministerio de Recursos Naturales No Renovables y de la Agencia de Regulación de Control Hidrocarburífero desmintieron que no haya gas. Según dichas entidades, los problemas de distribución presentados en días pasados se debieron a las dificultades causadas por los deslaves registrados en las rutas de acceso a la ciudad. Precisamente para contrarrestar aquello, las autoridades dispusieron aumentar en 7.000 cilindros los despachos para la capital.

El Centro de Gestión de Movilidad cuenta con 49 parqueaderos

El Cabildo señalizó la zona periférica y los parqueaderos del Centro de Gestión de la Movilidad (CGM), ubicado al norte de Quito. En total, son 47 plazas comunes de estacionamiento y 2 espacios para personas con discapacidades y mujeres embarazadas los que fueron configurados.

Rodas asumió el poder simbólicamente en un evento popular

El nuevo alcalde de Quito, Mauricio Rodas, asistió la noche del viernes a un evento de carácter popular en la tribuna del sur. Dos dirigentes indígenas entregaron a Rodas un bastón de mando y un poncho, a nombre de las organizaciones populares.

FERNANDO SANDOVAL/EL TELÉGRAFO

EL MUNICIPIO DE QUITO INTENSIFICA EL MANTENIMIENTO EN 15 SECTORES

Lluvias exigen más obras viales La calle Humberto Albornoz permanecerá cerrada durante 75 días para cambio de asfalto. Las autoridades recomiendan el uso de rutas alternas. El Municipio ha intensificado su trabajo durante la temporada de lluvias. Desde el lunes 12 hasta el domingo 18 de mayo estaban programadas varias intervenciones en sectores como La Ecuatoriana, Conocoto, Alangasí, La Carolina, Cotocollao, entre otras zonas de la ciudad. En tanto que en el sector de Pam-

bachupa (Seminario Mayor), en el centro norte de Quito, la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) realiza trabajos de repavimentación en la calle Humberto Albornoz. El tramo intervenido se extiende desde la avenida Mariscal Sucre hasta la calle La Isla, lo que representa una inversión estimada de $ 270.000. El tiempo de la intervención en esa vía está calculado en 75 días, aunque puede variar de acuerdo con las condiciones climáticas. La rehabilitación consiste en el cambio de la carpeta asfáltica existente, trabajos de agua potable y al-

cantarillado y señalización horizontal y vertical. La Epmmop explicó que debido a las condiciones de la calle Humberto Albornoz, es necesario el cierre total de la vía. Las obras se ejecutarán en 2 partes. El tramo 1 se realizará desde la calle La Isla, hasta la calle Domingo Espinar. Como alternativa se puede circular por las calles Fray Gaspar de Carvajal, Selva Alegre, Domingo Espinar y continuar por la calle Humberto Albornoz. El tramo 2 empieza desde la calle Domingo Espinar, hasta la av. Mariscal Sucre. En este caso, las autoridades recomiendan usar la av. La Gasca.

La intervención en la calle Humberto Albornoz se extiende hasta la avenida Mariscal Sucre.

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ACTUALIDAD

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

CIENTÍFICOS Y ESTUDIANTES POLITÉCNICOS PARTICIPARÁN EN LA INVESTIGACIÓN DEL FONDO MARINO

El Orión emprende travesía para ampliar límites marítimos KARLY TORRES | EL TELEGRAFO

La información obtenida por los tripulantes del buque abrirá un nuevas oportunidades para el país. Durante 25 días permanecerán en alta mar, entre las islas Galápagos y la costa continental. Los miembros del equipo fueron despedidos con una ceremonia en la Base Naval Sur, en Guayaquil. Víctor Haz [email protected]

En el muelle de la Base Naval Sur en Guayaquil se alista un acto solemne. Son las 08:00 del martes 13 de mayo y bajo un sol abrasador, que penetra en la piel, personal de la Marina y un equipo de científicos esperan en formación el inicio de la ceremonia. Se trata del zarpe del buque científico Orión, con una trayectoria de 33 años, que permanecerá 25 días entre las islas Galápagos y la costa continental con el fin de levantar información sobre la extensión de la plataforma continental. El equipo científico está compuesto por personal del Instituto Oceanográfico de la Armada (Inocar) con experiencia en investigación del fondo marino y de la Secretaría Técnica del Mar (Setemar). Junto con ellos también va un grupo de estudiantes de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (Espol). Para los jóvenes, como Mishell Muthre y Enrique Colmont, es la primera vez que se embarcan en un navío. Una aparente calma se dibuja en sus rostros, pese a la incomodidad causada por los rayos solares que caen con fuerza sobre ellos y casi que calcinan el pavimento. Ellos también están en formación con camisetas, gorras y jeans de color azul. El silencio y la espera aumenta la ansiedad de los muchachos, que empiezan a moverse de un lado a otro. Se acentúa el olor salobre que proviene del Estero Salado, a unos diez metros detrás de ellos. La selección del equipo científico y de estudiantes no fue al azar. Para esta travesía se capacitaron en Salinas -desde febrero- para el trabajo que harán en alta mar. Conocieron, de manera especial, el uso de un equipo llamado multihaz de aguas profundas, diseñado para un mapeo más preciso del fondo marino que permitirá estudiar en detalle la plataforma continental, más allá de las 200 millas náuticas. Ahora están listos para poner en práctica, en el mismo sitio, los conocimientos que adquirieron. Transcurren cerca de veinte minutos y al fin la espera termina. Empiezan a llegar al acto oficiales de la Armada, con sus impecables uniformes blancos; autoridades civiles, entre ellas el gobernador del Guayas, Rolando Panchana; e invitados especiales, todos con traje formal, como lo establece el protocolo. Toman su lugar frente a la formación de marinos y científicos, cobijados por carpas previamente colocadas en el sitio. Aunque no están a la intemperie, el calor en el interior de los toldos es potente. Esto se evidencia en los invitados, algunos usan folletos, que previamente se les entregó, como abanicos. Ni siquiera corre una tenue brisa. Se da la orden para el inicio de la ceremonia. Ingresan al recinto los portaestandartes del Pabellón Nacional y de la Armada acompañados por los acordes del Himno a la Ban-

El martes 13 de mayo, personal de la Marina, científicos y un grupo de estudiantes zarparon a bordo del buque Orión, que permanecerá 25 días en alta mar para el estudio del fondo marino.

dera, a cargo de la banda de la Marina, y se ubican entre dos escuadras de uniformados. A estos últimos, en cambio, parece que la inclemencia del tiempo no les hace mella. Se mantienen en posición firme y con fusil al hombro, siguiendo paso a paso el acto, como si sus cuerpos ya estuvieran curtidos por los años de entrenamiento militar. Toma la palabra el comandante general de la Marina, Luis Jaramillo Arias. Él explica el motivo de la expedición, la primera de cinco que realizará el Orión; cuatro en este año y una el próximo. Dice que la misión es de gran importancia para el país, ya que el territorio marítimo de Ecuador comprende una gran extensión de aguas interiores y aguas oceánicas. Con la información que se obtendrá se quiere demostrar ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que Ecuador puede extender sus fronteras marítimas. Con esto, actividades como la pesca, el turismo y el transporte marítimo serán las más beneficiadas. Pone énfasis en su discurso al señalar que el mar es una importante fuente de riqueza y por eso el Estado tiene la responsabilidad de conservarlo y protegerlo. Finalmente, hace una reseña de las actividades que la Armada ha realizado a través del buque científico, desde hace 33 años. El navío permanece acoderado en el muelle, listo para albergar a los tripulantes. No es de gran tamaño. Tiene 70 metros de eslora (longitud) y algo más de 10 metros

DATOS Se trata de la expedición 133 del buque científico, desde que fue adquirido por la Armada Nacional. En su trayectoria se han realizado tres expediciones a la Antártida (en 1988, en 1990 y en 1998), lo que contribuyó a la adhesión de Ecuador al Tratado Antártico. Participó con el buque alemán Sonne en un proyecto de investigación de nódulos de manganeso y sulfuros polimetálicos, en el área de Galápagos en 1983. Desde 1998 participa en cruceros oceanográficos regionales con buques de Colombia, Chile y Brasil. En septiembre de 2002 se efectuó un fondeo de las primeras boyas oceánicas en mar ecuatoriano para vigilar las condiciones oceánicas y atmosféricas del Pacífico.

de manga (ancho), pero es reconocido por su capacidad para navegar en condiciones difíciles, como las misiones en la Antártida, y por su tecnología. La ceremonia culmina. Duró algo menos de media hora, pero el protocolo continúa. Es el momento en que el comandante General de la Marina, que encabeza el grupo de oficiales y funcionarios, despide al equipo. Les estrechan las manos y les desean éxitos en la travesía. La ansiedad aumenta en los civiles, pero mantienen su formación. Apenas se inmutan por la presencia de cáma-

ras y fotógrafos. Solo leves sonrisas se les aprecia. No es una despedida emotiva. No hay familiares ni amigos que abrazar, ni lágrimas o melancolía. Es un acto solemne, con esa rigidez propia de los actos castrenses. El protocolo continúa, ahora sí, con el embarque del personal. Uno por uno suben al navío en cuyo interior cuenta con equipo de última tecnología, como el ecosonda multihaz, que permitirá realizar el levantamiento de información batimétrica en un ancho de 4 kilómetros del fondo marino. Los científicos y estudiantes, una vez a bordo del Orión, se dirigen hasta el puente de mando, que es donde el capitán dirigirá el navío. Allí permanecen mientras un grupo de tripulantes suelta las amarras del muelle. El astro rey atenúa un poco su fuerza, como si quisiera dar una tregua a los viajeros. Empieza a correr algo de viento y, lentamente, la nave se aleja del muelle. Se encienden los motores. La embarcación abre surcos en el ramal del Estero Salado. La oceanógrafa Sonia Recalde, el hidrógrafo Joel de la Rosa, entre otros miembros del equipo científico, levantan sus manos y las agitan en señal de despedida y son correspondidos por el personal del Inocar que los observa desde el muelle. La nave se desliza por las calmadas aguas del estero. Un último adiós es el que les ofrece la banda de la Armada Nacional al entonar el pasillo ‘Romance de mi destino’. Mientras el barco empieza a alejarse, el director del Inocar, capitán Juan Carlo Proaño, explica en deta-

lle que la expedición busca información sobre la morfología de la plataforma continental, concretamente en las cordilleras de Carnegie, de Cocos y de Colón, relieves que están en el fondo marino. “Es la primera campaña de extensión de la plataforma para poner ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) nuestras pretensiones de ampliar la jurisdicción ecuatoriana en el mar”, insiste el uniformado. Finalmente, la nave toma velocidad. Desde el muelle, ya casi no se observa a la tripulación. Surca todo el estrecho ramal, rumbo al Sur, para buscar finalmente la salida hacia el Golfo de Guayaquil, que la lleva a mar abierto. En la base, los invitados se retiran. José Centanaro, secretario técnico del Mar (Setemar), hace unas últimas puntualizaciones: en total son 30 científicos -22 hombres y 8 mujeres- los que participan en la expedición y existen muchas expectativas sobre la información que recogerán. Aguardarán el retorno de la expedición para conocer los primeros datos de nuestro suelo marino y ver si el territorio marítimo de Ecuador se expande.

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ACTUALIDAD

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA ORDEN REGIRÁ MIENTRAS ESTÉ ACTIVA LA EMERGENCIA

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LA PRIMERA REUNIÓN FUE SOLO INFORMATIVA

El Estado analiza audiencia ante CorteIDH por Sarayaku CORTESÍA | MINISTERIO DE JUSTICIA

PNG suspende visitas a 2 playas de Galápagos EFE

La medida se aplica por el varamiento de un buque de carga en la isla San Cristóbal. El objetivo es precautelar la seguridad de los turistas y la comunidad local.

Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, afirmó que el Estado ecuatoriano es único e indivisible.

El refugio otorgado a tres prófugos en la comunidad retrasó el cumplimiento de la resolución otorgada por la Corte en 2012.

Trabajadores retiran la carga contaminante del barco Galapaface I que hoy cumple una semana de permanecer encallado.

Redacción Actualidad y Agencia EFE

DESTACADO

[email protected]

Las autoridades ecuatorianas han suspendido las actividades turísticas en dos playas de la isla San Cristóbal, en el archipiélago de Galápagos, ante el riesgo que supone un buque carguero que encalló en esa zona el pasado 9 de mayo. La Dirección del Parque Nacional Galápagos (PNG), que administra la reserva marina y terrestre de la región, decidió suspender de manera temporal el acceso a Punta Carola y Cerro Tijeretas, de San Cristóbal, por considerar que se encuentran en la zona de influencia de eventual riesgo. El buque Galapaface I encalló en una zona cercana a Puerto Baquerizo Moreno, capital de San Cristóbal y de la provincia insular de Galápagos. Al momento, las autoridades realizan acciones para reflotarlo y sacarlo de la reserva marina. Pese a que se ha logrado evacuar el combustible y parte de la carga, la embarcación aún podría alojar remanentes de carburante en su tubería, lo que supondría una si-

Las autoridades quieren mantener a flote el barco Galapaface I y remolcarlo. tuación de riesgo en esa región protegida por el Estado. Ante el accidente del barco, las autoridades ecuatorianas declararon una situación de emergencia en todo el archipiélago como medida para proteger su frágil ecosistema. El PNG, que depende del Ministerio de Ambiente, precisó que Punta Carola y Cerro Tijeretas están próximos a Puerto Baquerizo Moreno y que son sitios de alta concurrencia de turistas y de la comunidad local. Además, a unos 150 metros de la playa de Punta Carola está varado

el Galapaface I, apunta el PNG en un informe. “La medida tomada por las autoridades ambientales busca prevenir cualquier tipo de riesgo sobre la seguridad humana, dado que la zona está intervenida para las labores de salvataje de la embarcación varada”, argumentó el texto. La suspensión de las actividades en esas dos playas -precisa el comunicado- se mantendrá hasta que la situación de emergencia decretada por el Ministerio del Ambiente haya sido superada. El pasado viernes, el director del PNG, Arturo Izurieta, informó que todos los esfuerzos se centran en reflotar la embarcación para que sea remolcada fuera del área protegida que abarca 132.000 kilómetros cuadrados de reserva marina y terrestre. “Se mantienen puestas las barreras flotantes de contención de hidrocarburos alrededor de la zona afectada y las barreras absorbentes para recolección de cualquier tipo de agente contaminante, en caso de que sea vertido por la embarcación”, añadió Izurieta.

Luego de la visita la semana pasada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), en Costa Rica, Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, analiza la posibilidad de solicitar una audiencia para hacer un seguimiento a la resolución a favor de la comunidad Sarayaku, que fue emitida en 2012 por ese tribunal. La funcionaria se reunió con Humberto Sierra, presidente de la CorteIDH; José Figueredo, su vicepresidente; y Pablo Saavedra, secretario ejecutivo del organismo. En la cita también estuvo Diego García, procurador general del Estado. La ministra lamentó que el cronograma de cumplimiento de la sentencia se suspendiera temporalmente, por la decisión del pueblo Sarayaku de dar refugio a tres personas (Jiménez, Villavicencio y Figueroa) sentenciadas por la justicia ecuatoriana. “Ya habíamos solicitado el proceso de extracción de la pentolita en la zona y las disculpas públicas que forman parte de la resolución”, dijo. Explicó que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos solo refiere a la explotación y extracción petrolera en ese sector, pero en ningún momento menciona sobre la jurisdicción territorial. “Las autoridades tienen que velar por el orden público en todo el territorio ecuatoriano, y fuimos a defender el estado de derecho”. Por ello, en la reunión que mantuvo con los miembros de la CorteIDH, se proporcionó información sobre la situación actual del pueblo Sarayaku, así como material audiovi-

sual y notas periodísticas sobre el intento de la Policía de ingresar al pueblo Sarayaku, en el que se aprecia a sus miembros portando armas en actitud de custodia a los sentenciados. Indicó que hubo una tergiversación sobre el alcance de la sentencia de 2012, pues los sarayakus creyeron que se prohibía el ingreso a su territorio de cualquier autoridad. Para la ministra, la decisión de la comunidad indígena de acoger a los tres sentenciados deslegitima la lucha que tuvieron por tantos años para la reivindicación de sus derechos. “Ellos no pueden tomar deci-

DESTACADO

“Nuestra posición en la Corte fue en defensa del estado de derecho”, dijo Ledy Zúñiga. siones al margen del país, pues forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible”. En ese sentido, alertó que los falsos nacionalismos ponen en riesgo la convivencia pacífica en Ecuador. El último viernes, la Policía Nacional logró ingresar al territorio sarayaku para confirmar la presencia de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, actualmente prófugos de la justicia. Sin embargo, sus dirigentes dijeron que ya no se encontraban en el sitio. Este fin de semana el liderazgo de los sarayakus fue renovado, lo que podría abrir las puertas del diálogo.

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OPINIÓN

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Editorial La responsabilidad histórica y política de la Conaie ahora

Nuevo Código Laboral (II) a propuesta de nuevo Código Orgánico de Relaciones Laborales da continuidad a 2 instrumentos jurídicos anteriores: la Constitución de 1929, pionera en recoger principios sociales, y el primer Código del Trabajo expedido en 1938, que concretó y amplió los principios de aquella Constitución. Estos 2 cuerpos legales reflejaron una época de necesaria lucha por superar al sistema oligárquico-terrateniente. El proyecto actual reconoce “todas las modalidades de trabajo, sea este autónomo o subordinado”, a las que señala en varios artículos (4 al 12); pero anuncia que regula “únicamente” al “trabajo bajo subordinación laboral y las relaciones laborales derivadas de este” (Art. 3). Apreciado de manera global, el nuevo proyecto reproduce los principios fundamentales ya conocidos: libertad de contratación, orientación pro-operario (las leyes se inclinan a favor de los trabajadores, algo que el empresariado tradicional aún no logra entender), salario mínimo, jornada máxima, extensión de la jornada, descansos obligatorios, protección a la mujer, prohibición al trabajo infantil y adolescente, derecho a la organización, huelgas, paros, contrato colectivo, conflicto colectivo, terminación del contrato, despido e indemnizaciones, riesgos laborales, seguridad y salud; además de afiliación obligatoria al seguro social, reparto de utilidades, fondo de reserva, jubilación, 13ª y 14ª remuneraciones. Además, incorpora, aunque bajo los principios ya conocidos, el trabajo agropecuario,

L Juan J. Paz y Miño C.

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La elección de Jorge Herrera advierte una continuidad en la dirección política del mayor movimiento indígena del Ecuador. En la conducción de Humberto Cholango hubo más sensatez y aperturas, cerrando ciertos fundamentalismos, lo que dio lugar a críticas desde algunos dirigentes que esperan que la única conducta sea la oposición radical. La Conaie es vital para darle ‘proteínas’ al tejido social, en la defensa de la Constitución y en el proyecto del

El reto mayor de ahora es trabajar, dialogar, debatir y proponer un proyecto de cambio con todo el país, sin sectarismos.

Por Calvin

acuícola; a domicilio, teletrabajo, doméstico; de la construcción; marítimo, lacustre y fluvial, a bordo de buques y embarcaciones, pescadores, tripulaciones aeronáuticas; artesanal, minero, maquila; de personas privadas de la libertad; sindicato por rama de actividad, sindicalización en el sector público. Como también ya se tenía, fija procedimientos, mediación laboral especializada, sanciones; operadores de justicia, procesos laborales, tribunales de conciliación y arbitraje. Sin embargo, más que de ‘Relaciones Laborales’ es un nuevo Código del Trabajo,

El proyecto actual anuncia que regula “únicamente” al “trabajo bajo subordinación laboral y las relaciones laborales derivadas de este” (Art. 3). que en esencia regula únicamente las relaciones de tipo capitalista, es decir, aquellas que están basadas en el trabajo asalariado. Solo que lo hace desde la óptica del capitalismo social, que en la esfera estrictamente económica, es un ‘modelo’ que está caracterizando a los gobiernos radicales de la Nueva Izquierda en América Latina (Ecuador, Bolivia y Venezuela), que unen a ello un Estado popular o ciudadano.

Más información en: http://bit.ly/10XUIWR

Buen Vivir. Su trabajo con el sector más excluido es neurálgico para generar un bienestar colectivo. Sus aportes no pueden pasar solo por oponerse a todo, sino por la plena construcción de una verdadera democracia. El reto mayor de ahora es trabajar, dialogar, debatir y proponer un proyecto de cambio con todo el país, sin sectarismos. EN LA WEB Ingrese a la sección Opinión a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés www.telegrafo.com.ec/opinion.html

El retorno de los independientes ada uno tendrá que hacerse responsable por los resultados electorales del pasado 23 de febrero. Ya las primeras sorpresas vienen con declaraciones de ser ‘independientes’; todo ese rollo discursivo de los años ochenta y noventa del siglo pasado. Recordemos cuántas veces los políticos neoliberales se autoproclamaWerner Vásquez Von Schoettler [email protected] ban independientes para forjar una opinión pública —en contubernio mediático privado— para parecer personas eminentemente técnicas, de buen corazón, preocupadas por los más pobres. El discurso de ser independiente es aquel que separa la lógica económica del de la política. Proclamarse independiente es la aspiración a que un ente superior dirija los destinos de la sociedad; ente que mágicamente distribuirá y redistribuirá lo que a bien tenga. ¿Cuál ha sido ese ente misterioso? El libre mercado. Aquella falacia conceptual-ideológica que vendieron a muchos países y que lo pagaron bien caro, endeudándose y privatizando lo que más pudieron. Esos viejos

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modos de hacer política aparecen con nuevos rostros jóvenes que a lo que más tienen miedo es al control a un enriquecimiento sin límites; que busca que el Estado en su modo central o territorial se contenga, se achique y que restrinja su capacidad de redistribución de la riqueza. Gramsci usaba un concepto: revolución pasiva, para dar cuenta de la dialéctica de restitución del viejo orden de la dominación. Esa restauración pasa por reivindicar el pasado moral, al cual siempre consideran que fue mejor que el presente; que hoy se vive en permanente pecado económico y hay que santificar el virtuosismo mercantil monetario. Con ese discurso ‘convencen’ a funcionarios a quedarse con la nueva autoridad… Lo central con la restauración es extirpar toda idea y praxis de radicalidad. Por eso llegan a hablar de justicia social, de inclusión, de participación, de respeto, de bajar impuestos… en fin, de ser independientes. Y ¿cómo es posible que esto aún suceda? porque el sistema capita-

lista imperante lo es en medida en que puede innovarse como tal y genera las condiciones para que aquellos independientes surjan. El sector de mayor disputa sigue siendo la clase media y sus estratos, que quieren una nueva sociedad, pero no modificar su patrón de consumo, sino consumir más, y si es importado, mejor. Si quieren redistribución de la riqueza es para que les toque más dinero para gastarlo, pero quieren pagar menos impuestos y, si es posible, evitarlos. Están de acuerdo con la disminución de la pobreza, pero que eso no implique ningún tipo de subsidios a los pobres. Sueñan con que el país firme rápido tratados de libre comercio para no tener que sacar visa y viajar por el Viejo Continente. No quieren que haya control sobre la especulación de bienes raíces para engordar sus propiedades, etc. Ya veremos si la disputa política está en bajar las multas o hacer de las ciudades los lugares de la restauración neoliberal.

OPINIÓN

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Nuevo Código de Trabajo (II) n cuanto al Fondo de Reserva (FR), se mantiene que el pago se realice mensualmente directamente por el patrono y queda a discreción del trabajador solicitar que se lo deposite en el IESS mensual o anualmente. Con la mensualización de la décima tercera y cuarta remuneraciones y del Fondo de Reserva se generarán varios efectos. En caso de un empleado privado con salario mínimo que mensualice, en el primer año, recibirá $ 396,66 al mes (340 más 56,66) y, en el segundo año, con la mensualización del FR cobraría $ 425 en total al mes. Aparentemente hubo un aumento del sueldo, pero realmente es un incremento del ingreso mensual y no del ingreso total. Sin embargo, en este caso, el salario real será mayor. Si la mayoría de empleados del sector privado mensualizara, el efecto sobre la economía será aumentar el gasto mensual de las familias y el nivel de actividad económica mensual. Si se mantiene, en el sector privado, el pago de dichas remuneraciones en diciembre, estos efectos serían más fuertes en el último trimestre. Respecto a remuneraciones, se define el salario digno como el costo de la canasta básica dividido por el número de perceptores del hogar. Según el INEC, el costo de dicha canasta, a marzo/2014, era de 632,19 dólares que dividido para 1,6 perceptores, generó un salario digno de $ 395,11. Para establecer dicho salario, por el lado de los ingresos, al sueldo mensual hay que aumentarle los décimos sueldos (total $ 396,66) y las utilidades. Esto es importante, pues, en el artículo anterior, mencionamos que no se pueden repartir utilidades si no se cumple con el pago de salario digno, lo cual sería obligatorio cuando entre en vigencia el nuevo código. Entre las nuevas figuras jurídicas que se introducen están el trabajo a domicilio que se entiende por aquella situación en que en una empresa le entrega

E Ec. Luis Rosero M.

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a una persona materias primas para que produzca un bien final y se los vende al trabajador; se reconoce, además, al teletrabajo como trabajo a domicilio. Las remuneraciones de estos tipos de trabajo serán fijadas por las comisiones sectoriales; también se norma la actividad de más de veinte tipos de trabajos específicos (agrícola, piscícola, de transporte, etc.). Si hay un cambio importante para el trabajador de la construcción es que antes estaba desprotegido y ahora tendrá cubiertos los derechos laborales y de seguridad social. Respecto a los artesanos, se incluye al maestro de taller, operario y aprendices como trabajadores que están sujetos al pago de las todas las obligaciones

Respecto a remuneraciones, se define el salario digno como el costo de la canasta básica dividido por el número de perceptores del hogar. contempladas en este proyecto de Código de Trabajo, con lo que se eliminan algunos de los beneficios y excepciones que tenían en Ley de Artesanos. ¿Pero qué pasará con los trabajadores del sector informal? Un aspecto importante de este proyecto es la protección laboral a la mujer embarazada que, si tiene contrato, no podrá se despedida y tendrá derecho al pago de la remuneración completa. Estos son los principales cambios hasta el Cap. I, Título IV.

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Cartas al Director Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva el derecho de editarlas.

Países andinos están a un paso de erradicar la fiebre aftosa Los países andinos pasaron de tener 120 focos de fiebre aftosa en 2009 a cero desde 2012 en adelante, lo que los lleva a estar a un paso de erradicar completamente la enfermedad y más cerca de la seguridad alimentaria, señaló hoy la FAO. Durante el acto de cierre del proyecto de la FAO que apoyó a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú en alcanzar estos logros, el viceministro de Agricultura del Perú, César Sotomayor, señaló: “La experiencia de este proyecto nos ha servido para fortalecer las instancias de integración andina en beneficio último de los pequeños productores que verán incrementados sus ingresos y su calidad de vida”. Tito Díaz, oficial de Desarrollo Ganadero de la FAO, explicó que dicha organización apoyó a los países a consolidar sus zonas libres de la enfermedad y avanzar hacia el reconocimiento de nuevos territorios en los que se ha erradicado su presencia: “Los avances son contundentes. Se ha roto la presencia endémica de la enfermedad”. Según la FAO, estos resultados no solo contribuyen a mejorar el estatus sanitario de los países, sino que, además, fortalecen la seguridad alimentaria mediante una mayor disponibilidad de alimentos nutritivos, más ingresos para los pequeños productores y nuevas oportunidades para fortalecer el desarrollo rural. España, a través de Agencia Española para la Cooperación Internacional y el Desarrollo (Aecid), e Italia, a través de la Cooperación Italiana al Desarrollo, aportaron $ 7,2 millones de dólares al proyecto. José Hermoza, responsable de acción humanitaria de la Aecid, recalcó que los buenos resultados a nivel de los países también abren oportunidades de mercado a quienes se dedican a la exportación. María Santacreu

Boaventura de Sousa Santos, el intelectual que ‘defiende’ l texto ‘¿La Revolución ciudadana tiene quien la defienda?’, que circulara en días recientes, de autoría del intelectual de la democracia participativa más cercano a los movimientos sociales latinoamericanos, no ha dejado de causar cierta conmoción en los círculos intelectuales y políticos del Ecuador, no por la crítica en sí misma que ya había sido dada desde académicos criollos, sino por la autoridad de la que procede. El intelectual portugués, desde una posición “solidaria comprometida”, parte por calificar a estos gobiernos como “notables” porque se enfrentan al neoliberalismo y no exigen un sacrificio. Se centra en el Gobierno ecuatoriano calificándolo como el “caso más complejo”. De entrada manifiesta que este no puede ser considerado un gobierno de derecha, y destaca su afán redistribuidor y la estabilidad política que ha traído al país. Señala que el gobierno de Correa es “el gran modernizador del capitalismo ecuatoriano” por la centralidad que tiene el Estado, por el impulso de la soberanía, por su política social que trata de construir una sociedad “más moderna y equitativa”. Por ello, dice, no se construye un socialismo del siglo xxi, sino más bien un “capitalismo del siglo XXI”. No obstante, plantea que la concepción del gobierno es la de una sociedad “subdesarrollada”, inmadura diríamos, la cual no está preparada para “altos niveles de participación democrática y ciudadanía activa”. Todo este programa del Gobierno ecuatoriano, nos dice Boaventura de Sousa, choca con la Constitución de Montecristi. Para el Presidente y su gobierno, “la política tiene que asumir un carácter sacrificial, dejando de

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Mónica Mancero Acosta

[email protected] @MonicaMancero

lado lo que más valora para que un día pueda rescatarlo”, con esto se refiere al Yasuní. Los pueblos indígenas opuestos a esta explotación son vistos como “obstáculos al desarrollo” y los jóvenes ecologistas como “manipulados o inconsecuentes”. Esto explica que la participación ciudadana sea funcionalizada al Gobierno y sus intereses, y los adversarios políticos sean vistos como enemigos con el riesgo de que se quiera eliminarlos, todo lo cual lleva a una “demonización de la política”. Así la “sociedad civil es buena, siempre que no esté organizada”, entonces se “corre el riesgo de hacer la Revolución Ciudadana sin ciudadanos”. A pesar de esta implacable aunque lúcida argumentación, el intelectual de forma optimista cree que aún es posible que el Presidente pueda “rescatar la gran oportunidad histórica de llevar a cabo la Revolución Ciudadana que se propuso”, aunque con escaso margen de maniobra, puesto que “los verdaderos enemigos de la Revolución parecen estar cada vez más cerca del Presidente”. Señala tres medidas a ser implementadas de forma inmediata: “democratizar más la democracia”, lo que significa dialogar con los movimientos sociales, entre los cuales se encuentran los “infantiles” Yasunidos; “desmercantilizar la vida social” a través de fortalecer las formas diversas de economías alternativas, puesto que “la transición al postextractivismo se hace con cierto postextractivismo y no con la intensificación del extractivismo”; y la descolonización de lo público, es decir un Estado que promueva la interculturalidad y que elimine la injusticia originaria que pervive frente a los grupos indígenas. He ahí una ruta de acción que no sabremos si va a tener eco.

Director: Orlando Pérez Jefe de Editores: Karla Pesantes Editores Jefes: Néstor Espinosa Omar Jaén Elías Vinueza Editor Gráfico: Xavier Peña Merchán Editora Regional Quito: Geovanna Melendres Coordinador Regional Sur: Rodrigo Matute Coordinador Regional Centro: José Miguel Castillo Gerente General: Santiago León Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena km 1,5. PBX 2595700 Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX 022522331 Cuenca: Av. José Peralta 1-111 y Cornelio Merchán. Edificio Onix planta baja. PBX: 07-4104021 / 07-4104020 Ambato: Avenida Los Shyris s/n e Imbabura, a dos cuadras del colegio Natalia Vaca. Telf. 03-2416036

Para información, sugerencias y suscripciones llámenos: 1800-TELÉGRAFO (1800-835347) [email protected]

Por su boca muere el pez l retorno de Crimea a Rusia se ve desde diferentes ángulos. “Hemos regresado al seno de la patria después de 23 años de ocupación, ahora somos soberanos”, dice un poblador de ese lugar, que ve en la primera visita de Putin a Sebastópol algo que ratifica dicha soberanía. Allí, Putin presidió una exhibición militar sin precedente en conmemoración del 69 aniversario del Día de la Victoria sobre la Alemania nazi y el 70 aniversario de la liberación de este importante puerto de Crimea de la ocupación nazi. El mandatario ruso, ante una entusiasmada multitud, pidió a los países del mundo respeto a la justicia histórica y al derecho de autodeterminación de los rusos. Su visita provocó las reacciones airadas de Jennifer Psaki, del D.E. de EE.UU., y de Rasmussen, S.G. de la OTAN, que la catalogaron de “provocadora e innecesaria”. Laura L. Magnuson, del Consejo de

E

Rodolfo Bueno

[email protected]

Seguridad Nacional de EE.UU., declaró: “Nosotros no aceptamos la anexión ilegal de Crimea por Rusia”. Y uno se pregunta, ¿por qué tanta animadversión? Si todo este galimatías fue provocado por un acto ilegal de Jruchev, cuya real motivación se llevó a la tumba. La respuesta se puede leer en el artículo ‘Cómo Occidente presiona a Putin’, de la revista Newsweek 4.5.14, donde se detallan las consecuencias que las sanciones norteamericanas van a tener sobre la economía rusa. Dice que, según el Departamento del Tesoro, “estas sanciones no están diseñadas para obligarlo a salir de Crimea (se refieren a Putin), la cual casi hemos perdido, sino para actuar como profiláctico contra una futura agresión”. ¡Vaya, vaya! O sea que Crimea, ¡óigase bien!, casi la ha perdido EE.UU., o sea que todavía es casi de ellos. ¿Intentarán recuperarla?

En vano se desgañita la junta nazi de Kiev amenazando con la reconquista, disparando contra manifestantes pacíficos y quemando vivos en Odesa a los partidarios de un referéndum si Crimea no va a ser para ellos sino para sus amos. También se quedará sin pan ni pedazo la pobre Merkel, que se creía heredera de Hitler, no hay que olvidar que, para este líder alemán, Crimea era el origen de la Alemania aria y quería pasar allí sus últimos días luego de jubilarse de dictador. Otros que se quedaron con las narices largas fueron los judíos que allí quisieron construir Israel. Todos se equivocan de cabo a rabo, pues el verdadero dueño es quien tiene la plata, aunque sea falsa. No olviden que a ellos no les cuesta fabricar los dólares que necesitan, con ese dinero pueden comprar el mundo, no se diga Crimea que, por importante que sea, debe tener precio.

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MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

POCAS SON LAS INICIATIVAS PARA REVERTIR EL PROCESO

Punto de vista

El aire de Lima es el más contaminado de América

Maximiliano Pedranzini Ensayista, integrante del Centro de Estudios Históricos, Políticos y Sociales Felipe Varela de Argentina.

Review de la crisis venezolana

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Estudio de la OMS advierte sobre peligros en la capital peruana. En los sectores más pobres de la ciudad la situación es crítica, mientras que en San Isidro y Miraflores la contaminación disminuye por las áreas verdes y porque está frente al mar. Ubicación Ecuador

Detalle

PERÚ Océano Pacífico

Brasil

Lima Bolivia

Víctor Vimos Corresponsal en Perú

Según recientes cifras reveladas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de los 7 mil millones de personas que aproximadamente conforman la población mundial, apenas el 12% respira aire puro. El resto –la mayoría– se las tiene que ver a diario con un sinnúmero de problemas causados por los altos índices de contaminación. Claro que unos más que en otros: los pobladores de Nueva Delhi, Daca, Ulán Bator, Beijing, Ancara, entre otras, deben cargar con la preocupación de vivir en algunas de las ciudades más contaminadas del mundo. El problema sin embargo no es tan lejano: en la lista detallada por la OMS se remarca a la ciudad de Lima como la más contaminada de Latinoamérica. Este informe, que analiza a 1.600 ciudades en 91 países, utiliza como medida referencia el nivel de las partículas contaminantes PM 2,5 presentes en el aire, pues este tipo de moléculas afecta de forma directa a los pulmones. Su presencia de hasta 10 microgramos por metro cúbico de aire se considera “razonable”, siendo las medidas mayores a esta vistas como indicadores de contaminación. En el norte de Lima, uno de los segmentos de la ciudad con mayor presencia de industrias, los niveles de contaminación alcanzaron los 58 microgramos de estas partículas, es decir, superaron cerca de 6 veces el nivel “razonable” para la supervivencia humana, según la OMS. No es una noticia que sorprenda a muchos. La ciudad, poblada por cerca de 10 millones de habitantes,

En Lima, capital de Perú, la población es de 10 millones de habitantes y el gran sector industrial aumenta la contaminación.

DESTACADO

El Consejo Nacional de Ambiente reveló que cada año 6.000 personas mueren por males respiratorios. ostenta un promedio de vida de entre 69 y 79 años de edad, un número que parece garantizar la indiferencia ante este tema. Quizá por ello, en 2013, cuando las alarmas por una posible contaminación creciente se hacían escuchar en algunos espacios de la sociedad, las iniciativas para combatir estos problemas todavía eran escasas. En 2010, el índice de contaminación por Dióxido de Azufre (SO2) – producido por automotores–, se encontraba en 3,7 microgramos; 2 años después, alrededor de 21,2 mi-

crogramos por metro cúbico de aire reflejaba un incremento del 472,97% en su presencia atmosférica. Diariamente en Lima circulan alrededor de 2 millones de vehículos, cuyo promedio de antigüedad se establece en 14 años. La cifra explica en parte el aumento progresivo de la contaminación ambiental, la misma que, de acuerdo a la OMS, refleja también una serie de fallas en las medidas adoptadas para su mitigación. En un intento inicial por hacerle frente a este problema, en 2010, se aprobó la norma mediante la cual se prohíbe el expendio de diésel cuyas cantidades de SO2 superen las 50 partes por millón. Hasta hoy, cerca de 4 años después de emitido este mandato, las voces de expertos no se cansan de señalar que esta normativa no se cumple: la elección sigue siendo el diésel de pésima calidad, el más barato. Pero así como en el mundo, no todos los países cargan con partes iguales del problema, también en

Lima la situación es semejante: Santa Anita y Ate, 2 distritos fundados en los proceso de migración poblacional de fines del siglo pasado, son los lugares cuya contaminación es totalmente grave. Miraflores y San Isidro, en cambio, distritos cercanos al mar y considerados los más acomodados, muestran niveles de contaminación bajos, absorbidos en parte por la amplia presencia de vegetación. En 2006, el Consejo Nacional del Ambiente señaló que, aproximadamente unas 6 mil muertes anuales se justifican por problemas de índoles respiratorio-pulmonar.

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La crisis política que atraviesa Venezuela ha pasado a punto intermedio después del importante encuentro entre el Gobierno bolivariano y la oposición para mantener la paz social del país. Pero bien sabemos que todo lo acontecido en estos últimos tiempos no ha sido un fenómeno de la naturaleza ni del azar, sino que fue perpetrado desde los cuarteles del poder mediático en connivencia con el cónclave opositor al presidente Maduro, creando un clima de conspiración que habita en todo el territorio venezolano y que obedece a una multiplicidad de factores, tanto internos como externos. Este último espera apacible en el norte imperial esperando el momento para arrojarse a una hipotética invasión bélica. No obstante, la derecha ha demostrado históricamente no tener ese poder de movilización que caracteriza a los sectores populares, pero intenta captar la lógica de estos circuitos de movilización y para ello es necesario apropiarse de los símbolos de los sectores más progresistas. Disputar sus símbolos para incorporarse plenamente a las protestas organizadas por el establishment. Sin embargo, pese a observar muchos avances cualitativos en casi 15 años de Revolución Bolivariana, hay cuestiones estructurales que evidentemente no han sido atendidas y que mellan en la

La derecha ha demostrado históricamente no tener ese poder de movilización. realidad política actual. La contradicción latente con la oligarquía pro-imperialista en este contexto democrático ha impedido profundizar aspectos claves como la diversificación de su economía, el control estatal del mercado interno y la producción de bienes de consumo, pese a seguir manteniendo el monopolio del petróleo como principal recurso estratégico y sosteniéndose en dos pilares fundamentales: la política estatal y el amplio apoyo popular. Los desafíos de la democracia venezolana parecen franquear nuevamente los senderos oscuros de la sospecha y los “fiscales de la libertad de expresión” bajan los lineamientos procedimentales para desgastar a un gobierno legitimado por la voluntad popular desde 1999 con el comandante Hugo Chávez como líder y conductor. En este sentido, el poder económico confronta con el Estado y genera las condiciones para la ejecución de un “golpe suave”, sacando ventaja de las debilidades del Gobierno bolivariano. Pero como decía Simón Bolívar en su discurso a los pueblos del Río de la Plata el 12 de junio de 1818: “La República de Venezuela, cuando, cubierta de laureles, haya extinguido los últimos tiranos que profanan su suelo, entonces os convidará a una sola sociedad, para que nuestra divisa sea unidad en la América Meridional”. Una máxima que en estos tiempos ha sido interpretada de manera extraordinaria por el gran ‘Comandante de Nuestra América’.

MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ELLOS RECOGERÁN FIRMAS

BREVES

El MST hará campaña por Julian Assange ARCHIVO

El dirigente del Movimiento Sin Tierra de Brasil, Joao Paulo Rodrigues, visitó al fundador de WikiLeaks en Londres.

El australiano Julian Assange está próximo a cumplir dos años en la embajada de Ecuador.

Ubicación

Detalle

Colombia

BRASIL Perú

Brasilia Bolívia

Océano Atlántico

Paraguay Uruguay

Por Pablo Giuliano corresponsal en Brasil

El Movimiento Sin Tierra de Brasil (MST) organizará una campaña mundial para reclamar a Suecia y a Gran Bretaña la concesión de un salvoconducto para que Julian Assange, fundador de WikiLeaks, pueda viajar a Ecuador. Así lo anunció a EL TELÉGRAFO uno de los coordinadores del MST, Joao Paulo Rodrigues, quien el miércoles visitó a Assange en la sede diplomática de Ecuador en Londres, donde está refugiado hace cerca de 2 años. “A Assange se lo ve bien, activo intelectualmente. Lo que más me llamó la atención fueron los 5 policías británicos que están en la puerta de la embajada. Assange es un luchador contra el imperialismo y nos unimos a su causa”, indicó Rodrigues. El MST es el movimiento social más grande e influyente de Brasil, en reclamo de la reforma agraria y de la producción alimentaria a partir de la agricultura familiar, con el objetivo de reducir el impacto económico del monopolio de las empresas multinacionales de granos en el campo brasileño. Rodrigues estuvo 2 horas en la embajada ecuatoriana en Londres conversando con Assange. El australiano, fundador de WikiLeaks que el 19 de junio completará 2 años viviendo en el departamento diplomático ecuatoriano en Londres, garantizó que su salida pasa por Ecuador y no por ganar inmunidad con la posibilidad de obtener un escaño en el Parlamento de su país, Australia. “Él quiere ir a Ecuador, a ningún

otro lugar. Necesita que presionemos para lograr el salvoconducto”, detalló Rodrigues. El dirigente contó que el gran temor de Assange es ser detenido en Londres a pedido de la justicia de Suecia y ser extraditado a Estados Unidos para ser juzgado por la masiva revelación de documentos. Suecia pidió la extradición de Assange en el auge de las revelaciones de WikiLeaks por una denuncia de abuso sexual, que este niega y a la que vincula con una supuesta estrategia de Washington para lograr llevarlo ante la justicia norteamericana, una vez que pise las calles londinenses. Con WikiLeaks, 7 años atrás, Assange diseminó millones de documentos confidenciales de la diplomacia estadounidense, en el que revelaban escándalos de espionaje e injerencia en asuntos internos a nivel global por parte de Washington, incluso entre sus aliados más cercanos. El enviado del MST le entregó a Assange un póster firmado por los movimientos sociales de la Alianza Bolivariana de las Américas (Alba) con la frase ‘toda la solidaridad a los que combaten al imperio’ y con las fotografías de Assange, de Edward Snowden, asilado en Rusia tras revelar el espionaje de la Agencia Nacional de Seguridad, y de Chelsea Manning, condenada a 35 años de prisión por revelar datos confidenciales del Gobierno norteamericano. “Lo que haremos desde ahora a partir del MST, de Vía Campesina y de todos los movimientos sociales que actúen en forma internacional es presionar a nuestros gobiernos para que presionen a Suecia y Gran Bretaña y permitan el salvoconducto para que Assange se mude a Ecuador”, dijo Rodrígues. En forma simbólica, el MST ofreció a Assange uno de sus asentamientos en el campo brasileño como posible lugar de residencia. El objetivo a corto plazo es buscar una recolección de firmas para presentarla al Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU. Assange ofreció al MST el acceso a los millones de documentos de WikiLeaks.

Colombianos en Ecuador podrán escoger a su gobernante desde hoy

Combates se intensifican en la ciudad rebelde de Slaviansk en Ucrania

Milicia ocupa la sede del Legislativo en Libia tras enfrentamiento

Entre el 19 y 25 de este mes los colombianos que residen en Ecuador podrán votar en las elecciones presidenciales de ese país. Será la primera vez que dichas votaciones durarán una semana, únicamente en el exterior. Las votaciones en Ecuador se realizarán en los consulados de Quito, Nueva Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Tulcán y Guayaquil, además de una oficina en Cuenca.

Tropas ucranianas y milicias insurgentes combatieron en los accesos a la ciudad de Slaviansk, bastión de la rebelión prorrusa en el sureste de Ucrania . La nueva ofensiva del Ejército ucraniano contra los rebeldes empezó en la madrugada del sábado y continuó hasta la primera hora de ayer, aseguró a las agencias rusas el copresidente de la república de Donetsk, Miroslav Rudenko.

Una milicia de la ciudad libia de Zintán, situada en el suroeste de la capital, ha tomado el control de la sede del Parlamento, luego de enfrentamientos armados con las fuerzas de seguridad que protegen el edificio. Según fuentes de seguridad, los asaltantes pertenecen a la milicia Al Qaqaa, considerada contraria a la corriente islamita de la Asamblea Legislativa.

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MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

DIPLOMÁTICO IRÁ TAMBIÉN A LA CELAC, ONU Y OEA

BREVES Vietnam lanza operativo de seguridad para controlar ataques

Suizos rechazan salario básico y renovación de su flota aérea de guerra

Zona de los Balcanes sufre las peores inundaciones

Las principales ciudades de Vietnam amanecieron con un fuerte despliegue policial para controlar las manifestaciones antichinas, en las que han muerto 2 trabajadores chinos. Pekín ha evacuado a 3.000 nacionales.

En referendo, los suizos negaron el derecho a un sueldo mínimo legal y bloquearon una importante compra para renovar parcialmente la flota aérea de combate. Los suizos rechazaron un sueldo básico de 3.470 euros.

Serbia, Bosnia y Croacia sufrieron las peores inundaciones en un siglo, en las que han muerto 40 personas. La región balcánica vivió una situación de emergencia por la persistente subida de las aguas. Sus vecinos enviaron ayuda humanitaria.

Venezuela llevará su caso a la Unasur El canciller Elías Jaua denunciará ante este organismo la intervención de Estados Unidos en su país. EFE

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Elías Jaua (derecha) recibe al presidente palestino, Mahmud Abás, en Caracas.

Ubicación Caracas

Detalle

VENEZUELA Colombia

Guyana

Brasil

Agencia Prensa Latina Caracas

El Gobierno de Venezuela denunciará en la reunión ordinaria de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), las declaraciones injerencistas de voceros de Estados Unidos contra la nación suramericana. Así lo anunció el canciller, Elías Jaua. “Lo denunciaremos en la reunión de la Unasur, la semana próxima, en Ecuador, pero también ante la ONU, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) y la Organización de Estados Americanos (OEA)”, explicó en entrevista televisiva. “Ante la Unasur demostraré con un expediente todas sus acciones injerencistas”, añadió el ministro de Relaciones Exteriores.

Para el funcionario es preocupante los acontecimientos internacionales de los últimos 3 años, que calificó de nueva estrategia de intervención sin aparecer, solo cuando todo parece inevitable. “Estados Unidos y la OTAN aparecen en países con situaciones extremas para dar a demostrar que van a salvar el país, por eso hay que intervenir”, indicó Jaua. “Es la llamada guerra de perros, injertar un conflicto entre los ciudadanos para después justificar la intervención”, añadió. Lo otro, agregó, es dirigir desde atrás o desde un tercer país un proceso de desestabilización, de derrocamiento y desintegración de un gobierno. En el caso de Venezuela, explicó, la nación suramericana está bajo una cobertura mediática en busca de justificaciones para una intervención. Venezuela, acotó, forma parte de esa búsqueda de perturbar todos los países emergentes, con un desarrollo propio independiente. “Lo vemos en Brasil, Argentina, ataques a su economía para neutralizar a los países que comenzaron a emerger”, subrayó.

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Fanático

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DJOKOVIC El serbio suma su 19° título Masters 1.000 en Roma. [18]

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KWESI APPIAH, EL PRIMER DT NEGRO QUE DIRIGE A GHANA [19] EN BOSNIA-HERZEGOVINA EL FÚTBOL DIVIDE AL PAÍS [20] FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO

COMPITIERON 570 DEPORTISTAS

Colombia, en la élite del BMX El Sudamericano de bicicross que se realizó en Quito tuvo aroma a café. Pajón y Oquendo se llevaron el oro. Redacción Fanático [email protected]

Karla Carrera fue la mejor deportista ecuatoriana que participó en el Campeonato Sudamericano de BMX que se disputó en la pista de la Universidad Internacional de Quito. Ella finalizó en la cuarta ubicación en la categoría junior damas, detrás de las ciclistas colombianas que ocuparon el podio. “Durante la etapa de clasificación traté de dar el máximo para sumar puntos, pero las competidoras de Colombia anduvieron muy bien y se posicionaron en los primeros lugares”. El triunfo fue para Andrea Escobar, del vecino país del norte. La ecuatoriana Doménica Azuero, quien es la mejor posicionada del mundo en junior damas, sufrió una caída y se golpeó la muñeca, lo que le impidió competir. No se sintió cómoda en la pista quiteña y decidió retirarse del Sudamericano, pese a ser la favorita para conseguir el oro. En la categoría élite varones, Emilio Falla fue el mejor ubicado de la delegación local. Participó en la final con los ocho mejores de Sudamérica y estuvo a punto de subir al podio. Hasta la última curva estaba en el tercer lugar, pero tropezó y no pudo ganar una presea.

Mariana Pajón, medallista de oro olímpica, se impuso en su categoría. La colombiana finalizó primera en las tres mangas clasificatorias y obtuvo la medalla dorada en la final de élite damas, como lo había hecho un día antes en el Latinoamericano. El oro sudamericano en élite varones también se lo llevó un ‘cafetero’: Carlos Oquendo. Este triunfo lo peleó hasta el final contra el brasileño Rogerio Dos Reis. La tercera y cuarta posición las ocuparon Gonzalo Medina y Sergio Salazar. Eduardo Falla, representante de la Federación Ecuatoriana de Ciclismo (FEC), dijo que durante el fin de semana concursaron 570 ciclistas de ocho países. “Este evento superó nuestras expectativas. Participaron bicicrosistas de la élite mundial. El gran nivel técnico mostrado brindó realce a las competencias”, afirmó.

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La colombiana Mariana Pajón se eleva con su bicicleta durante el Campeonato Sudamericano realizado el fin de semana en Quito.

Ecuador no pudo subirse al podio en balonmano

Jaramillo consigue 3ª dorada en Preolímpico de Atletismo en Cali

Equipo nacional y Guyana pelearán por tercer lugar en rugby

Veleristas afinan detalles para su estreno en Vargas

Los combinados de balonmano de Ecuador (damas y varones) no pudieron colgarse la medalla de bronce en la última jornada de esta disciplina, en los III Juegos Suramericanos de Playa que se efectúan en Vargas, Venezuela. Ambos cayeron ante Paraguay y Argentina, respectivamente.

La ecuatoriana Karla Jaramillo le dio una de las tres medallas de oro al país en el Campeonato Preolímpico de Atletismo en Cali, Colombia. Fue primera en los 5.000 metros marcha y continuó con la cosecha de preseas de la delegación nacional, que llevó 29 atletas al certamen. Las otras dos doradas las obtuvieron Kevin Jimbo y Stalin Rodríguez, en los 3.000 m y lanzamiento de martillo, respectivamente. Ecuador acumula -además de las tres de oro- una de plata y tres de bronce en el torneo. La plateada se la llevó Carlos Zumbana en lanzamiento de martillo, mientras que las de bronce fueron para Maribel Caicedo (3.000 m), Andrea Cornejo (1.500 m) e Inara Cortez (100 m vallas).

El seleccionado ecuatoriano de rugby masculino debutó con dos derrotas en los III Suramericanos de Playa en Vargas. Los dirigidos por Nicolás di Napoli cayeron 11-3 ante Venezuela y 11-2 frente al cuadro de Argentina. A pesar de las caídas, la ‘Tri’ luchará hoy por el bronce ante Guyana.

Los ecuatorianos Juan José Ferreti (izq.) y Jonathan Martinetti iniciarán hoy su participación en los III Juegos Suramericanos de Playa en Vargas (Venezuela). Los veleristas adecuaron sus embarcaciones de cara al estreno en el torneo, donde Ecuador es quinto con 1 de oro y 2 de plata.

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FANÁTICO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CAMPEÓN ES EL ACTUAL NÚMERO 2 DEL MUNDO

Desde los pits

Djokovic destrona a Nadal en el Masters 1.000 de Roma

Julio Moreno, @JulioMorenoGP

Las imparables ‘flechas plateadas’

EFE

‘Nole’ se impuso por 4-6, 6-3 y 6-3 al español en la final del torneo italiano. Es la cuarta vez consecutiva que el serbio derrota a ‘Rafa’ y la tercera ocasión que gana este certamen.

La nueva generación de Fórmula 1 ciertamente trajo un nuevo dominador, Mercedes GP. Claro que los cuatro títulos de Sebastian Vettel han sido criticados por muchos porque su dominio y Red Bull Racing ha sido tan abrumador como la llave Michael Schumacher/Ferrari, pero para eso es que salimos a competir, para ganar. Ahora es el turno de Mercedes GP y, principalmente, de Hamilton. Actualmente compito en la Fórmula Renault 2.0 del Norte de Europa con Manor MP Motorsport, el mismo equipo que formó a Lewis en sus primeros tres años en el automovilismo, por lo que les puedo comentar que no solo es un tipo ganador y veloz, sino muy inteligente en competencia, madurez que alcanzó luego de algunas temporadas caóticas en McLaren, mayormente por ansiedad. Van cinco carreras, en todas la pole position y la victoria han quedado en poder de pilotos de Mercedes GP. Nico Rosberg ha sido el más constante, con una victoria y cuatro segundos lugares, pero los cuatro triunfos de Hamilton – que podrían ser cinco si el motor no se vuela en la segunda vuelta en Australia– lo colocan por delante en la general por apenas tres puntos. Hablando de esos triunfos, el GP de España fue hasta la fecha la mayor superioridad de Mercedes ante sus rivales. Tanta fue la ventaja que en las tres prácticas libres y en la clasificación que el rival más cercano estuvo a ocho décimas de las ‘flechas plateadas’, eso se llama aplastar a los demás. Si nos enfocamos en la carrera, Hamilton dobló hasta el séptimo lugar; además, le sacó 49 segundos a Daniel Ricciardo.

Todos estos datos los comento por la complejidad del Circuito de BarcelonaCatalunya. He probado ahí en varias ocasiones y es uno de los más complejos que existen. Conseguir un balance ideal del auto es difícil, porque se debe ser rápido en la curva 3 (a fondo en un F-1) y en la 16, que es entrando a la recta principal, pero la 5 y la 10 son muy técnicas y lentas, así que hay que llegar a un punto medio para no perder en ninguna parte. Si eso no es suficiente, el asfalto del circuito come llantas, las destruye si el balance es errado, por lo que tantos detalles y la cercanía a la perfección que muestran los Mercedes es de aplaudir. El resto de los equipos los ven a lo lejos y esa superioridad no debe durar mucho tiempo, aunque podría ser demasiado tarde. Red Bull y Renault poco a poco mejoran y creo que Ricciardo puede sorprender a Vettel. Dirán, ¿lo dijo en serio? Pues sí. El cuatro veces campeón nunca había sido presionado por un compañero de la forma que lo hace Daniel. Esto puede motivarlo y llevarlos a mejorar rápidamente. De nuestra parte, seguimos trabajando. Recientemente probamos en Silverstone, el mismo circuito donde corren los F-1, y mejoramos mucho. Terminamos segundos en ese test, donde será la próxima carrera del campeonato en poco más de una semana. No me quiero despedir sin agradecer a diario EL TELÉGRAFO por este espacio y poder compartir con todos ustedes, los fanáticos del mundo tuerca, lo que vive un piloto en la búsqueda del sueño de llevar a Ecuador a la Fórmula 1.

Djokovic celebra con champaña tras ganar el título; antes dibujó con su raqueta un corazón sobre la pista central, agradeciendo al público.

DESTACADO

El serbio Novak Djokovic, que se impuso ayer en la final del Masters 1.000 de Roma al español Rafael Nadal (4-6, 6-3 y 6-3) en dos horas y 19 minutos, consiguió su tercer título en el Foro Itálico, antesala de Roland Garros, el Grand Slam de la temporada sobre tierra batida. El serbio, número dos del mundo, que con el de ayer se apuntó su tercer título de la temporada (Indian Wells y Miami), se vio frente a Nadal por cuarta vez en la final de Roma. Nadal, que ha ganado siete veces el Masters capitalino, recibió un serio aviso a solo siete días del Abierto de Francia donde ‘Rafa’ ha ganado ocho veces, y el tenista de Belgrado aspira a conquistarlo por primera vez. Además, este es el cuarto triunfo consecutivo de ‘Nole’ sobre Nadal y el segundo del año. En los últimos meses del año pasado lo venció en Beijing y en el Torneo de Maestros, mientras en 2014 lo superó en el Masters 1.000 de Miami y ayer. Así, ‘Nole’ ya acortó la diferencia de enfrentamientos directos donde

El Abierto romano 2014 es también el título número 19 de Masters 1.000 para Djokovic. aún Nadal lo supera con 22 victorias a 19. El torneo de Roma 2014 es también el título 19 de Masters 1.000 para Djokovic en su carrera y el 44 en total, con el que iguala al austriaco Thomas Muster. El serbio ha vencido a Nadal en 2 de las 4 finales que han disputado entre ellos en el Foro Itálico (2011 y 2014), mientras que el español se impuso en las ediciones de 2009 y 2012. Por primera vez desde 2004 Nadal llegará a París con tres derrotas en la temporada de tierra batida europea (Montecarlo, Barcelona y Roma), eso sí, con 650 puntos de ventaja sobre el jugador serbio, que

en Roland Garros tendrá de nuevo opciones reales de desbancarle del número uno. Tras ganar el título, Djokovic dibujó con su raqueta un corazón sobre la pista central, tal y como hizo el brasileño Gustavo Kuerten en París al ganar la edición de 2001 agradeciendo al público su apoyo. “Este corazón es por vosotros y por mi país que sufre tanto en estos momentos”, señaló ‘Nole’ después. Luego estampó la clásica firma sobre la cámara, que en esta ocasión fue una dedicatoria para su país y también para Croacia y para BosniaHerzegovina, en alusión a las inundaciones de los últimos días que, por el momento, se han saldado con entre 30 y 40 muertos, según los últimos datos. Durante la ceremonia de entrega de trofeos, el serbio tuvo de nuevo palabras para su país y, además, afirmó que en Roma se siente “como en casa”. Por su parte, Nadal felicitó a Djokovic por haber ganado “uno de los torneos más bonitos del mundo” y aseguró que, de la misma manera que el serbio, volverá a estar presente en la próxima edición.

FOTO HISTORIA EFE

Agencia EFE [email protected]

Alrededor de 40 hinchas heridos fue el resultado de una avalancha ayer en el estadio El Sadar en Pamplona, Navarra (España), durante el encuentro Osasuna-Betis, cuando cedieron las vallas del sector sur del escenario.

FANÁTICO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

DEBUTARÁ EN UNA COPA DEL MUNDO DE MAYORES

KWESI APPIAH

En la línea del fútbol ofensivo Es el primer técnico de raza negra que dirige a su país natal, Ghana. Esta es la tercera incursión mundialista de los denominados ‘brasileños africanos’.

Redacción Fanático [email protected]

El fútbol vistoso, de gran habilidad y eficacia, mostrado en las Copas de África, le valió a Ghana el calificativo de los ‘brasileños africanos’. En abril de 2012, James Kwesi Appiah se convirtió en el primer técnico de raza negra en dirigir al seleccionado mayor de Ghana. Él tomó el mando en las eliminatorias africanas para Brasil 2014 luego de ser asistente técnico del serbio Milvan Rajevac en la Copa de África realizada en 2011. Los especialistas dan cuenta que Appiah es un técnico metódico y sencillo. Es un apasionado por el fútbol ofensivo, de ahí que el 4-4-2 es el módulo táctico al que rinde culto desde que comenzó en la dirección técnica hace 10 años. Lo catalogan como un hombre calmado, sin poses, pero con gran confianza en sus dirigidos. Su metodología tiene una combinación de trabajo constante y disciplina, enmarcados en el respeto mutuo. Cuando no logra esta amalgama, especialmente con jugadores indisciplinados, su reacción se refleja en la aplicación de la ‘ley del hielo’ que, incluso, le valió el apodo de ‘Matador silencioso’, por su forma de tratar a quienes no se ajustaron a sus reglas. La razón de aquel apodo obedece al respeto total que siente por ellos. “Pero siempre me aseguro de que todos y cada uno de ellos hagan lo correcto en el momento justo”, ha explicado el entrenador. Esa filosofía la experimentó desde su época de jugador como lateral izquierdo del club Asante Koptoko, donde jugó diez años, y más tarde en el seleccionado de su país, por el lapso de un lustro. El estratega vive el presente y no se detiene para mirar el pasado, por más doloroso que haya sido, como cuando Ghana dejó escapar la posibilidad de llegar a semifinales en el Mundial de 2010, en aquella tanda de lanzamientos penales frente a los uruguayos.

Ahora pretende escribir otra página de la historia del fútbol ghanés. Dice contar con determinados jugadores que le aportan calidad y experiencia; su retribución es la confianza y estímulos necesarios para ponerlos a tono de las circunstancias. Dada la calidad de los jugadores del seleccionado, lo determinante es la preparación mental con la exigencia de esfuerzo y superación para luchar por los colores del país. Fue muy inteligente y sutil al pedir la reincorporación de los jugadores Michael Essien y Kevin Prince Boateng, máximos referentes, exteriorizando una gran dosis de humildad al reconocer que los necesitaba cuando -por diversos motivos- ellos declinaron su participación en el combinado de su país y admitir que lo más difícil para el entrenador es manejar los egos de los grandes futbolistas. No oculta su satisfacción por haber encomendado al delantero central Asamoah Gyan la capitanía del elenco nacional, porque luego de tres años de haber estado con ellos, supo reconocer en el atacante a una persona apreciada en el grupo, que irradia un gran ánimo cuando la desmoralización hace presa de sus compañeros, además de ser uno de los mejores delanteros del mundo. Está convencido de que Ghana puede dar una agradable sorpresa, porque cuenta con excelentes jugadores y un banco de primera línea, animados por un país que, apartado de la politiquería, cuando se trata de fútbol, se olvida de ambiciones personales y se dedica a seguir al equipo. Porque el balompié es lo único capaz de unir a todos.

Datos PERSONALES Nombre y apellido James Kwesi Appiah Apodo Matador silencioso Nacionalidad Ghanés Fecha de nacimiento 30 de junio de 1960 Edad 54 años Lugar de nacimiento Kumani

PROFESIONALES

1

título como entrenador

DIRIGE A Selección de Ghana

PARTICIPACIÓN DE GHANA EN MUNDIALES Alemania 2006

Campeón All Africa Games 2011

Ghana

0

mundiales dirigidos

Selecciones nacionales que ha entrenado: Ghana Trayectoria (Entrenador) Black Stars 2008 Selección Sub-23 de Ghana 2011

Sudáfrica 2010

1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º 15º 16º 17º 18º 19º 20º 21º 22º 23º 24º 25º 26º 27º 28º 29º 30º 31º 32º

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FANÁTICO

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LA JOVEN NACIÓN BALCÁNICA DISPUTARÁ POR PRIMERA VEZ EL CERTAMEN MÁS IMPORTANTE DE LA FIFA

El Mundial de Brasil tiene una cara oculta en Bosnia TOMADO DE HTTP://FUTBOLDECAFE.COM/

A diferencia del resto del planeta, en este país europeo la selección no une a la gente sino que la enfrenta. Musulmanes, serbios y croatas están confrontados en el aspecto político y el fútbol agudiza la situación de estos tres sectores que viven en el mismo espacio geográfico.

Alba Muñoz Tomado de Playground Magazine

Safet Sušić es para muchos el mejor futbolista bosnio de la historia, y el gol que marcó con el París Saint-Germain es un hito que muchos aficionados compatriotas recuerdan con orgullo. Sušić está hoy al frente de la selección de Bosnia-Herzegovina y acaba de cumplir otro sueño futbolístico: el equipo disputará su primer mundial en Brasil. El entrenador no oculta su emoción y cree que la Copa del Mundo significará mucho más que un éxito deportivo para su país, que sufrió la guerra civil más sangrienta de Europa desde el Holocausto: “Hace pocos años no podíamos imaginar a musulmanes, serbios y croatas apoyando al equipo, pero eso podría cambiar ahora”, le dijo recientemente a AP. Pero no es así. Durante las protestas de la ‘Primavera Bosnia’ en Sarajevo, en febrero pudieron verse banderas de las 3 etnias unidas contra la corrupción política: aquello prometía un paso adelante en la cohesión social del país. Sin embargo, este hecho histórico no volvería a repetirse en las celebraciones por clasificación al Mundial. Entonces la capital se llenó de banderas y cánticos propios de la comunidad musulmana.

Los hinchas bosnios apoyan fervientemente a su selección, pero cada etnia lo hace a su manera y lejos de las demás.

Ni rastro de hinchas serbios o croatas. A diferencia del resto del mundo, en Bosnia el fútbol es una de las herramientas que mantiene lejos la reconciliación entre las tres comunidades.

En Yugoslavia se jugaba mejor El sentimiento de Sušić es compartido por muchos bosnios de cierta edad que, como él, vivieron en la Yugoslavia comunista. De aquella época, además de la hermandad que se quebró por los nacionalistas que provocaron la guerra civil en la década de los 90, se recuerdan también los éxitos deportivos: cuando estaban uni-

dos, los yugoslavos eran imparables en los deportes de equipo. De hecho, la selección yugoslava de baloncesto es considerada la tercera mejor de la historia por el número de medallas conseguidas en Juegos Olímpicos, mundiales y campeonatos de Europa, tan solo por detrás de las selecciones de Estados Unidos y la Unión Soviética. Con cinco medallas de oro, fue el equipo que más veces conquistó el Mundial. Hoy los bosnios imaginan lo temible que sería la selección de fútbol si la República Federal no se hubiera disuelto en seis países balcánicos. Pero Bosnia-Herzegovina está muy

lejos de ser el país multiétnico y democrático que Occidente espera. Los acuerdos de paz de Dayton supusieron el fin de las hostilidades, pero afianzaron un sistema político rotativo que no hace más que legitimar la división territorial y los partidos de índole nacionalista. La guerra destruyó la industria, la economía no funciona y las fronteras que la limpieza étnica dibujó durante el conflicto ya son oficiales sobre el mapa: en la Federación ‘conviven’ musulmanes y croatas, y en la República Srpska viven los serbobosnios que ven a Serbia y no a Bosnia como su patria.

La disolución de su deporte ante el Mundial es una buena metáfora de todo lo que sucede allí.

Fútbol en clave nacionalista Bosnia-Herzegovina es un país donde la mitad de la población ondea las banderas de estados y equipos vecinos, Serbia y Croacia (de religión cristiana ortodoxa y católica, respectivamente). Por eso no es de extrañar que estas comunidades no vean en la selección nacional un equipo que las identifique y por eso tildan al equipo de Sušić como una formación islámica. De hecho, casi toda la plantilla, y su estrella Edin Dzeko (que juega para el Manchester City), es de bosnios musulmanes. Aunque muchos son los que dicen que las generaciones más jóvenes, que no vivieron la guerra directamente, no son tan reacias a la integración con otras etnias, lo cierto es que la educación diferenciada, los medios de comunicación en clave nacionalista y las vivencias familiares aún dificultan que esa idea tome fuerza. Si el desencanto político de los jóvenes podría ser una vía rápida para soluciones políticas multiétnicas en el futuro, el fútbol, que sí atrae a los hinchas más jóvenes, es más bien un freno. Cuando hay victorias, Banja Luka (la capital de la República Srpska) se llena de hinchas proserbios, las poblaciones croatas de Herzegovina celebran con motos de gran cilindrada y los ‘hooligans’ de Sarajevo causan destrozos en los tranvías de la ciudad. Todos gritan bien fuerte para que sus contrincantes políticos sepan de su pequeña victoria. Así es el fútbol.

LA SELECCIÓN YA SE ENCUENTRA EN QUITO

La ‘Tri’ respira por Caicedo y espera a Armando Wila Ambos salieron lesionados el sábado contra Holanda. ‘Felipao’ podrá jugar frente a México a fines de mayo. El otro atacante aguardará la ecografía. Las imágenes de los delanteros Felipe Caicedo y Armando Wila, tendidos en el suelo y retirados en camilla durante el empate 1-1 de la selección ecuatoriana contra Holanda el sábado pasado, preocuparon a todo el país a 24 días para el comienzo de la Copa del Mundo. Pero el médico de la Tricolor, Patricio Maldonado, confirmó que ‘Felipao’ sufrió una contusión a la altura del hueso iliaco junto a la cadera y que se recuperará en los próximos días. El problema del ariete de Universidad Católica es más complicado.

“Tenemos que ver qué pasa con el examen de ecografía porque es un problema muscular en los tibiales de la pierna derecha”, informó el galeno del ‘equipo de todos’. Ayer la ‘Tri’ regresó a Quito y los jugadores tendrán dos días de descanso antes de retornar a las prácticas en la Casa de la Selección. Desde el miércoles se empezará con el trabajo de preparación para los amistosos contra México e Inglaterra, ya con la nómina completa, con los arribos de Énner Valencia y Walter Ayoví, que ayer disputaban el título del Torneo Clausura mexicano. El presidente de la Ecuafútbol, el ingeniero Luis Chiriboga, destacó la labor realizada por la ‘Tri’. “Ecuador es un equipo maduro, con mucha experiencia y velocidad. Estos juegos nos sirven para tener claro quiénes serán los 23 futbolistas que llevaremos al Mundial”, dijo el dirigente.

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EL INFORME DE HUMAN RIGHTS WATCH ‘LOS NIÑOS OCULTOS DEL TABACO’ REVELA DATOS RELEVANTES SOBRE TRABAJO INFANTIL

Miles de niños desde los 7 años trabajan en plantaciones de tabaco en EE.UU. WWW.DIARIOPALMBEACH.COM

La mayoría de los menores sufre de dolores de cabeza y mareos por intoxicación con la nicotina y los pesticidas. Incluso tienen afectaciones en la piel, pues no cuentan con herramientas ni vestuario adecuados. Muchos se protegen con bolsas de plástico. Agencia EFE

Miles de niños, la mayoría hijos de inmigrantes latinoamericanos, trabajan hasta 50 y 60 horas semanales en las plantaciones de tabaco de EE.UU., expuestos a la nicotina y los plaguicidas, así lo contempla el informe ‘Los niños ocultos del tabaco’ del grupo Human Rights Watch (HRW). El documento relata que a la mayoría de los pequeños se le paga el salario mínimo nacional de $ 7,50 la hora, que en una semana puede representar entre $ 375 y $ 400. Los menores sufren de vómitos, náuseas, dolores de cabeza y mareos mientras trabajan en las plantaciones. Estos síntomas están vinculados con la intoxicación por nicotina. El informe señala que los niños también sufren heridas con el uso de herramientas cortantes o maquinaria pesada cuando realizan sus labores diarias en las plantaciones. “Trabajamos casi todo el año”,

El 90% de plantaciones de tabaco se encuentra en Carolina del Norte, Virginia y Kentucky.

dijo Celia, quien empezó a laborar en plantaciones de Carolina del Norte cuando tenía 12 años y que tras muchos esfuerzos se graduó en la escuela secundaria. Ahora tiene 20 y trabaja en un banco. La Ley de Trabajo de EE.UU. li-

BREVES Conadis presenta hoy un diccionario de señas en formato digital

Chicos acuden con falda al colegio como medida de rechazo al sexismo

El Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades (Conadis) y la Federación Nacional de Sordos del Ecuador (Fenasec) presentan el Diccionario la Lengua de Señas Ecuatoriana en formato web. La idea es promover el acceso a la comunicación e información de personas que tienen problemas auditivos. El lenguaje de señas tiene una configuración gesto-espacial y percepción visual. La cita es hoy, a las 10:00, en el Conadis (Quito).

Un centenar de chicos jóvenes acudieron en falda al colegio en la ciudad de Nantes (oeste de Francia). Esta fue una original forma de protestar simbólicamente contra el sexismo. La manifestación fue apoyada por las autoridades educativas, pero criticada en las redes sociales, especialmente por miembros de organizaciones que se oponen al matrimonio homosexual, que fue legalizado en Francia desde mayo de 2013.

Casi 300 personas se sometieron a exámenes de audiometría

Estudios recomiendan un fármaco para reducir los contagios con VIH

El hospital León Becerra Camacho de Milagro (Guayas) realizó exámenes de audiometría a cerca de 300 personas, entre niños y adultos, quienes podrán obtener el carné de discapacidad. Consiste en un análisis acústico que se efectúa en pacientes que presentan disminución auditiva. El hospital, además, ha entregado audífonos para mejorar su calidad de vida de pacientes con deficiencia acústica elevada. En los últimos meses se han beneficiado 201 personas.

El Centro para el Control de las Enfermedades de EE.UU. aconseja a la población que tome el fármaco conocido por el nombre comercial de Truvada para disminuir las posibilidades de infectarse con el virus del VIH. Esto se concluyó luego de varios estudios realizados en los últimos años. La organización recomienda que sean medicados los gays y bisexuales que practican sexo sin preservativo, y los heterosexuales con parejas de alto riesgo de contraer la enfermedad.

mita la participación infantil en el trabajo, pero esta medida no se aplica en el sector de la agricultura. En 2011, el Departamento de Trabajo emitió regulaciones que buscaban restringir la labor infantil en la agricultura, pero las presiones

DESTACADO

Human Rights envió cartas a 10 compañías de tabaco para consultarles sobre el trabajo con menores. del sector privado llevaron en 2012 a la anulación de esas regulaciones. La legislación prohíbe comprar tabaco a menores de edad, pero sí permite que trabajen en este. Human Rights Watch envió cartas a 10 compañías tabacaleras estadounidenses e internacionales consultándoles sobre el trabajo con menores. Todas respondieron que en sus plantaciones cumplen con las leyes sobre trabajo infantil. El 90% del tabaco de EE.UU. se cultiva en Carolina del Norte, Ken-

tucky, Tennessee y Virginia. Los investigadores entrevistaron en estas ciudades a 141 menores de entre 7 y 17 años que trabajan para una industria que en 2012 tuvo una producción valorada aproximadamente en $ 1.500 millones. Los niños entrevistados por investigadores de HRW afirmaron que los dueños de las plantaciones no les dan vestuario ni herramientas de trabajo. Ellos deben protegerse con bolsas de plástico y guantes que no siempre evitan que la nicotina y los pesticidas causen daño en su piel.

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SOCIEDAD

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CAMPAÑA SUMA MÁS DE MIL PERSONAS

EL OBJETO DE ESTUDIO FUE EL AVE ‘PARAGUAS’ EN PELIGRO DE EXTINCIÓN

Jóvenes latinos debaten el uso responsable de internet TOMADO DE WWW.UAA.MX/

“Si la gente no conoce la naturaleza no la puede cuidar” CORTESÍA MÓNICA GONZÁLEZ

Por primera vez una ecuatoriana se hizo acreedora a un Oscar Verde otorgado por la Organización Whitley Fund For Nature, con sede en Londres. Mónica González comenta los pormenores del proyecto.

¿Quién es?

Nombre completo: Mónica González Profesión: Bióloga Educación: Universidad Central Edad: 53 Experiencia laboral: Directora de la Fundación para la Conservación de los Andes Tropicales

Redacción Sociedad

DESTACADO

[email protected]

Es una apasionada por la conservación y eso lo demuestra cuando habla de la naturaleza. Mónica González se convirtió en la primera ecuatoriana en recibir el premio Whitley Award, de la organización Whitley Fund For Nature (WFN), luego de presentar un proyecto de conservación del pájaro ‘paraguas’ que regenera y mantiene el bosque ligado a una fuerte propuesta de educación ambiental. Los días para Mónica transcurren entre el trabajo de oficina para conseguir recursos que financien sus proyectos ambientales y su exposición en el campo, al que dedica al menos 18 días al mes. Es la directora de la Fundación para la Conservación de los Andes Tropicales (FCAT). Y desde esa trinchera se ha convertido en una luchadora por la conservación.

¿Cómo nace la idea de potenciar un proyecto sobre el ave ‘paraguas’? Empecé a trabajar en la reserva ecológica Mache Chindul (Esmeraldas) hace 9 años en un proyecto ambiental con 8 comunidades. Luego conocí a Jordan Karubian, es un científico que estaba interesado en investigar el pájaro paraguas y formamos desde ahí un equipo fuerte. Él en investigación y yo en educación ambiental sobre esta especie. Así nos involucramos en este maravilloso tema.

¿Cuál es la realidad de esta ave en el país, es una especie en peligro de extinción? Lamentablemente está en peligro de extinción en la zona del Chocó,

La iniciativa fue escogida entre 170 trabajos presentados por varios países del mundo. una de las más húmedas del mundo que viene desde Colombia hasta Ecuador. El Chocó forma parte de los 17 sitios en el mundo que son los más críticos para conservación. Trabajamos en esta zona con educación ambiental, desarrollo comunitario, investigación y conservación.

¿En qué consiste el proyecto que presentó y ganó un Oscar Verde? El proyecto tiene 4 objetivos. Nosotros trabajamos con bosque primario donde habita el ave ‘paraguas’ en más o menos 3.500 hectáreas. Nos hemos dado cuenta que hay fragmentos de bosque donde se han detectado estos pájaros. Planteamos hacer un mapa de esos fragmentos y un inventario de estas aves y otras. El segundo objetivo es trabajar en educación ambiental, dictar talleres a maestros, niños y adultos y promover una feria ambiental. Como tercer punto capacitaremos a 30 jóvenes de la zona en ecoturismo. Estamos pensando en capacitarlos para que reciban en sus casas a los turistas. También se los apoyará con huertos orgánicos a pequeña escala para que saquen los productos a la venta a las zonas más cercanas,

que son Quinindé o Santo Domingo. Finalmente, se promoverá la conservación para que la gente conozca su fragmento y cómo puede manejarlo para mejorar las plantaciones, la mayoría de cacao y banano.

¿A cuántas personas beneficiarán con este proyecto? Depende del objetivo. En el primero creemos que a unas 500 personas. En educación ambiental a 1.200 y en ecoturismo y conservación a unas 200.

¿Cuándo se cristalizará este proyecto? Este año. En este momento ya trabajamos, hemos buscado algo de financiamiento para empezar a hacer algunas actividades con el proyecto. Oficialmente empezaremos en un mes y en 6 meses presento mi primer informe. Se extenderá hasta junio de 2015.

El premio fue de $ 59 mil, ¿lo invertirá en el proyecto?

Un 32,5% de muchachos usa frecuentemente las nuevas tecnologías en América Latina.

El sitio web todoa1clic.com reúne opiniones sobre el resultado del uso de las nuevas tecnologías. Se aborda también la privacidad y el ciberbullying. La campaña ‘Todo a 1 clic’, lanzada por organizaciones de Latinoamérica y Google, hace un llamado a los jóvenes a reflexionar y compartir sus experiencias sobre el uso seguro y responsable de las tecnologías, informó la agencia EFE. Según la consultora comScore, los jóvenes entre 13 y 18 años representan el mayor porcentaje de usuarios de internet en América Latina (32,5%). Como parte de esta campaña se habilitó el sitio web (www.todoa1clic.com), en el que hay video y un sitio de foros. La campaña aborda temas que frecuentemente le ocurren a los jóvenes, como la publicación abierta de datos personales o imágenes, el ciberbullying y el grooming (chatear con adultos desconocidos). “El sitio es colaborativo, donde además de presentar el video que corresponde a la parte de concientización, incluye una parte donde los chicos puedan compartir sus experiencias, subir videos o comentarios”, explicó Florencia Bianco, gerenta de Comunicaciones Corporativas y Asuntos Públicos para Google Hispanoamérica. Cerca de mil jóvenes de Argentina, Colombia, Costa Rica, México, Perú, Paraguay y Uruguay, han participado de los foros ‘Todo a 1 clic’ entre abril y mayo de este año para intercambiar experiencias del uso de internet con responsabilidad. “La idea es mostrar las diferentes

situaciones a las que los jóvenes se enfrentan a diario, y como en cada una de estas ejercen su derecho a tomar decisiones por la que son responsables”, explicó Bianco. También aclaró que el modelo de campaña es participativa y, por ende, los discursos de prohibiciones o controles excesivos en internet no siempre son efectivos. El sitio web de la campaña es muy interactivo. En este consta un manifiesto escrito por varios jóvenes latinoamericanos en el que exponen algunas visiones. Por ejemplo, la creación de un código de ética del uso de internet, la protección de la imagen personal, el

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La campaña aborda temas que le ocurren a los jóvenes, como la publicación abierta de datos personales. uso de la tecnología para la investigación, la eliminación de mensajes violentos en las redes sociales, y la privacidad en red. El sitio web también abrió una página en Facebook y promociona su Twitter. La agencia de noticias informó que varias organizaciones de América Latina participan en esta iniciativa. Entre estas se encuentran la Asociación Chicos.net en Argentina, RedNATIC, Save the Children y la coordinación de la Fundación Paniamor, ubicada en Costa Rica.

BREVES El dinosaurio más grande del mundo vivió en zona de la Patagonia

La plataforma de Facebook se lanzará en lengua aymara

En la Patagonia (Argentina) varios paleontólogos descubrieron el dinosaurio más grande del mundo. Mide 40 metros de largo por 20 de alto. Según la medición de su fémur, el animal pesaba 77 toneladas que equivalen a 15 elefantes africanos.

Jaqi Aru, una comunidad virtual boliviana, pidió a Facebook que lance la red social en aymara. La petición fue aceptada con la condición de que se traduzca el 90% de contenidos. Quince voluntarios realizan la tarea.

Este valor es el presupuesto del proyecto, no es para la fundación, ni para mí, solo para el proyecto.

¿Qué significa este premio para usted? Es una oportunidad enorme. Estuve muy feliz porque nunca pensé en un premio personal, siempre quise que se reconozca el trabajo de tanta gente de la fundación y de la comunidad.

¿Hace falta educación ambiental? Es importante que la gente conozca, si la gente no conoce la naturaleza no la puede cuidar. Las campañas de educación ambiental las necesitamos a todo nivel.

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FILME GANADOR EN LA PRIMERA EDICIÓN DE LOS PREMIOS PLATINO Y EN LA CATEGORÍA MEJOR ACTRIZ EN FESTIVAL DE LA BERLINALE

Gloria, una analogía de la libertad Redacción Cultura [email protected]

Gloria (Paulina García) está buscando su escena principal en la vida, luego de que su familia la dejó como coprotagonista de las que fecundó. A sus 58 años intenta vencer la soledad que le quedó de su matrimonio roto hace 12, quizá antes, junto a todas las ganas de explorar su libertad con cada una de las situaciones que se le presentan. Gloria vive sola, tiene un trabajo de oficina, una señora que la ayuda con la limpieza y la mira con asombro cada que avanza en su cotidiana forma de salir de la rutina, y completa su tiempo rodeada de gente. Frecuenta un salón de baile para adultos. Ahí, en medio de la perorata de los conocidos, conoce a Rodolfo (Sergio Hernández), un hombre jubilado, mayor que ella. La seduce la idea de atraer a alguien y se deja seducir. Luego de pasar una noche juntos retoman las conversaciones. Gloria intenta completar con Rodolfo esa vida amorosa que había perdido y que el resto de su familia consolidaba de alguna manera. Aprovecha una reunión familiar para presentar a Rodolfo como su

Paulina García protagoniza a Gloria. Aquí en una de las escenas del filme.

pareja, reencontrarse con su exesposo, su nueva compañera y sus hijos. Recapitulan el pasado, se cuestionan las posibilidades de haberlo enfrentado de una manera distinta. Esa misma noche, sin aviso, Rodolfo desaparece, no contesta las llamadas y ella, indecisa, intenta dejar de lado su romance pero no puede hacerlo con su insistencia. Lo vuelven a intentar, pero esta vez Gloria se hace más cuestionamientos sobre su vida y las posibili-

dades que tiene de hacer la suya con él y sacarlo de sus propias ataduras. A pesar de todos los cambios que Rodolfo busca luego de haberse sometido a una gastroplastía no puede ser distinto. Rodolfo está atado a su pasado como uniformado de la dictadura que vivió Chile bajo el mando de Augusto Pinochet (1973-1990). No puede desviarse, de la forma lineal en la que ha estado acostumbrado a manejar su vida, a pesar de que reco-

DESTACADO

Rodolfo está atado a su pasado como uniformado de la dictadura que vivió Chile con Pinochet. noce sus problemas matrimoniales, y dice que está divorciado, no concibe dejar de proteger a su familia para estar con otros, por estar con Gloria. Sus hijas, aún dependen de “papá” y él está imposibilitado de cambiarlo. Es distinta, la dictadura dejó en ella secuelas de independencia, de una juventud que experimentó los límites y que a su edad, ya no existen y quiere arriesgarse a sobrepasarlos. Ahora ve las nuevas luchas de la juventud que la sucede, pero no deja la suya. Gloria es la analogía de la libertad, es un monólogo en la que una mujer que siguió las reglas se descubre a sí misma. El personaje de Gloria es eficaz

para otorgarle luz a las habilidades y formas de ser que no había descubierto, el espectador la acompaña en ese trayecto. Al final aprende que no solo a los hombres les gusta jugar a la guerra y busca su propia victoria. La trama de la película de Sebastián Lelio, que está en las carteleras de Quito y Guayaquil, no se escapa de encapsular la política chilena y sus secuelas. Va más allá de abordar la vida de una mujer madura y de presentar los miedos que llegan. Gloria, a pesar de la soledad que le queda y que es la opción por la que se decide, no termina siendo un personaje triste. Es más bien un personaje de poder, guiado por afrontar, y a la vez, eludir la realidad. Gloria es un experimento de la independencia que se rebasa a sí misma.

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UN JUEZ PUBLICA NUEVA OBRA LITERARIA

De Cataldo: El mal es más seductor que narrar el bien FOTO TOMADA DE SILVIAPASTORE.IT

FOTO TOMADA DE RODANDOCINE.COM

La película dirigida por el chileno Sebastián Lelio está en las salas comerciales de Quito y Guayaquil. Su trama apuesta por darle luz a una mujer que ha quedado en segundo plano por su familia y que experimenta rebasar los límites y hacer lo que no pudo por la represión con la vivió en su juventud.

El novelista compagina su vida en los tribunales con la producción de novelas.

La nueva novela del autor italiano se sitúa en Roma a principios de la década del 70 y retoma el papel del Libanés, personaje de su ópera prima. El juez y novelista Giancarlo de Cataldo, que retoma en su nueva novela, Roma criminal, el personaje del Libanés, protagonista de su aclamada ópera prima, Una novela criminal, explica en una entrevista que “contar el mal es más seductor que narrar el bien”. “La Roma de los años 70 es un escenario mítico y puedo decir con orgullo que en cierta medida lo inventé yo, porque se hizo popular con Una novela criminal, pues antes todos

pensaban que lo que sucedió en Roma en aquellos años eran historias del pasado, sin interés para ser contadas”, señala De Cataldo. Roma criminal (Roca Editorial) se sitúa en la capital italiana, a principios de la década del 70, donde Petro Proietti, El Libanés, protagonista de Una novela criminal, tiene 25 años y está en la cárcel. Todavía es un niño de la calle, pero ya empieza a pergeñar su gran plan: convertirse en el rey de la Roma oculta. De Cataldo escribe su novela desde el punto de vista del criminal: “Los malos me salen mejor, porque les puedo entregar a ellos todo mi lado oscuro. Al final de las novelas se sienten muy mal, pero yo me quedo muy bien y me ahorro mucho en psicoanálisis”, bromea el autor. (EFE)

CULTURA

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LA AHORA FUNCIONARIA DIRIGIÓ DURANTE 13 AÑOS EL ESPACIO OCHOYMEDIO

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Dirigir la cultura más allá del arte, el reto de Andrade

Paul McCartney anula conciertos en Japón por motivos de salud

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Artistas y productores dan a conocer sus posturas respecto a los desafíos y expectativas que generan el nombramiento de la nueva Secretaria de Cultura del Municipio de Quito, nombrada por el alcalde en funciones, Mauricio Rodas.

El exbeatle Paul McCartney canceló un concierto previsto en Tokio, por segunda noche consecutiva, este domingo por culpa de un virus. El cantante británico, de 71 años, ya había tenido que anular su actuación programada en el estadio nacional para el sábado, al día siguiente de haber contraído el virus no especificado. McCartney había decidido actuar el domingo y el lunes para compensar la cancelación del sábado. Pero finalmente anuló todo tras no recuperarse de la dolencia. (AFP)

Dos filmes nacionales se proyectan hoy en Ochoymedio

Hoy en la cartelera de Ochoymedio se encuentran dos estrenos nacionales: Feriado y Saudade, de Diego Araujo y Juan Carlos Donoso, respectivamente. Ambas películas coinciden en tener como telón de fondo la crisis que enfrentó Ecuador en 1999. Las funciones se iniciarán a las 19:00.

Redacción Cultura

DATOS

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Tras la designación de Mariana Andrade como nueva secretaria de Cultura del Municipio de Quito, artistas y gestores culturales no han tardado en pronunciarse al respecto. Muchos consideran que a pesar de su larga trayectoria dentro de la administración, la creación artística y la gestión independiente, Andrade debe establecer un circuito entre la ciudadanía y los actores culturales. Valeria Andrade, subsecretaria de Arte y Creatividad del Ministerio de Cultura y Patrimonio, cree que uno de los mayores desafíos será articular su gestión con el Gobierno Central en busca de políticas culturales comunes que a la vez tengan un eco en el país. “Mariana viene del medio, conoce a sus protagonistas y tiene la oportunidad de establecer propuestas y proyectos que respondan a sus propias críticas. Ella siempre ha sido muy vocal con sus opiniones respecto a las instituciones públicas. Es el momento en el que puede actuar e incidir más allá de la crítica”, explica la subsecretaria. Por su parte, Cristian León, profesor investigador de la Universidad Andina Simón Bolívar, asegura que las virtudes y destrezas de Andrade en diferentes campos de las artes suplirán su falta de experiencia en la política pública; además de contar con un reconocimiento y respaldo del gremio artístico cultural. “Se vienen varias cosas complejas -afirma León-. En principio, hay todo un tema de repensar la estructura institucional. En el Gobierno Central se ha intentado hacer una reforma de todos los ministerios y algo de ese estilo no se ha hecho en el Municipio. Entonces poner la casa en orden es un gran reto. También hay una serie de procesos que están

Tras aceptar la invitación del alcalde electo, Mariana Andrade renunció a la dirección general del Cine Ochoymedio, que fundó en 2001 con un grupo de productores, realizadores y artistas. Entre sus planes está construir una ordenanza cultural que facilite la relación entre las instituciones y los gestores; y reactivar la infraestructura desplegada en la ciudad como los centros de desarrollo comunitario. El presupuesto de este año es $ 21 millones y tiene alrededor de 100 funcionarios, una cifra que se propone revisar una vez que asuma el despacho.

pasando en la ciudad, que van más allá de las artes. En los barrios, la producción de cultura comunitaria hay que atenderla y estimularla”. En la misma línea, Paulina Simon, programadora de Flacsocine, reconoce la labor de Mariana Andrade en la gestión cultural, producción y programación del medio, y apuesta por un desempeño beneficioso para la ciudadanía. “Quito está en un momento que demanda mucha gestión cultural porque se han desarrollado muchísimos espacios nuevos, se han recuperado algunos y se han fortalecido otros, como los centros de desarrollo comunitario, el teatro Capitol, el Museo de la Ciudad, Yaku, el Centro de Arte Contemporáneo, el mismo Qmandá, entre otros”, comenta Simon y agrega que el mayor reto de la nueva secretaria de cultura será “que estos espacios tengan mucha vida y programación de calidad y que estén aliados, funcionando como una red”.

Una apuesta por la continuidad Una de las mayores expectativas del sector cultural es que, además de impulsar nuevos proyectos, Andrade le dé continuidad a aquellos ya consolidados, potenciando sus ejes de acción. Eduardo Carrera Léon, co-director del programa de residencias artísticas y galerías de arte contemporáneo No-Lugar, considera que el cargo implica una responsabilidad directa con el modelo de gestión que la ciudad manejará en temas culturales, pero involucra un trabajo con el que ha tenido hasta hoy. “Mariana conoce el mundo de la cultura por dentro -dice Carrera-, las necesidades del medio, sus carencias y urgencias. Es importante que los modelos de gestión autónoma empiecen a ser considerados y reconocidos por las instituciones y autoridades. También es importante que esté en disposición de continuar procesos como los de las fundaciones Museos de la Ciudad y Teatro Sucre ya que han iniciado un trabajo responsable con los distintos actores y públicos”. Fernando Falconí (más conocido como Falco), artista, docente y coordinador de la plataforma autónoma de arte contemporáneo Cuarto Aparte, cree que la trayectoria de 20 años de Andrade demuestra su capacidad en el área cultural y su ‘espíritu emprendedor’. “Nuestro referente más cercano es el cine Ochoymedio, que ha sido un modelo no solo bueno sino necesario dentro de los circuitos de producción cinematográfica, más allá de los formatos comerciales; es decir estamos hablando de una visión y de una incidencia social”. Falconí considera que la designación es un aliciente luego de que no se haya visualizado un programa claro durante la campaña de Rodas.

“Si bien no teníamos claro si había un plan de cultura, ahora nos hace pensar que sí ha estado tomando en cuenta los procesos que se han venido dando en el plano artístico cultural. Esperemos también se dé una buena relación con otras instituciones como el Ministerio de Cultura. Creo que Mariana tiene la capacidad del diálogo y la escucha”.

Exposición de trabajos y premiación del concurso Paleta Propia

De lo privado a lo público Paola de la Vega, directora de Gescultura, considera que el gran reto de Andrade es saber manejar la cultura desde lo público, integrando voces distintas y optimizando los recursos, para lo cual será necesario generar debates democráticos, horizontales y colaborativos. “Lo primero que espero de la nueva administración es que las políticas culturales se concreten, que sean pensadas no solamente desde los artistas -que no son los únicos sujetos de derechos culturales- sino que implique a toda la ciudadanía. Hay que pensar a la cultura como algo muy amplio, que va más allá de un determinado espectáculo, con lo objetual, con el arte”. Los colectivos y organizaciones culturales independientes también dan su opinión sobre la designación de Andrade, más allá de las ideologías políticas. Esteban Ruiz, artista escénico, titiritero y miembro de La Karakola, Kasa de Konvivencia Artística, dice que a pesar de haber mantenido líneas distintas de trabajo (pues ellos trabajan desde lo comunitario) están abiertos a cualquier iniciativa en beneficio de la ciudadanía. “Tenemos nuestras propuestas claras. Más allá de la ideología lo que debe primar es la gente que recibe nuestro trabajo cultural. Estaremos pendientes de lo que se vaya dando en la secretaría, dejando un tiempo prudencial para que se pueda desarrollar el trabajo”.

El IEPI premia a los participantes del concurso Paleta Propia, una forma de introducir a colegiales en sus derechos y obligaciones en el campo de la Propiedad Intelectual. La exposición y premiación de trabajos será mañana en el loby bajo del Teatro Nacional, en Quito, a partir de las 08:00.

Martes de cine en la Alianza Francesa de Guayaquil

Mañana, a partir de las 19:00, se proyectará en la Alianza Francesa de Guayaquil (sede centro) La jugadora de ajedrez. Esta película, de Caroline Bottaro, aborda la vida de Hélène, quien un día observa a una pareja jugando ajedrez y queda fascinada. Aprende a jugarlo y se convierte en una de las jugadoras del momento.

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TECNOLOGÍA

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TODA LA INFORMACIÓN RECABADA ES PROCESADA POR COMPUTADORAS QUE SIMULAN LO QUE UN CONDUCTOR RESPONSABLE HARÍA

Google presume su smartcar AFP

El vehículo, que viene con piloto automático, funciona con un sistema que le permite detenerse inmediatamente ante la presencia de los peatones frente a él. Uno de sus mayores problemas es que no puede circular en lugares que no hayan sido mapeados por su empresa fabricante. Agencia AFP

DESTACADO

Estados Unidos

El gigante Google ultima los detalles de su nueva creación: un coche que se detiene para que los peatones crucen, respeta el semáforo y conduce en medio de un tránsito pesado. Todo sin nadie tras el volante. “Las computadoras tienen buenos tiempos de reacción. No se distraen, no tienen somnolencia, no se duermen y no conducen ebrias”, afirmó Dmitri Dolgov, uno de los responsables del proyecto, durante una presentación de prototipos para la prensa en el Computer History Museum de Mountain View (California, oeste). El Lexus blanco que se conduce solo realizó todas estas peripecias luego de que la empresa le ‘enseñara’ cómo conducen las personas, en un proyecto que comenzó hace cinco años. Así, gracias a un dispositivo colocado en el techo que utiliza tecnologías de radar y láser, el coche registra todo a su alrededor. Mientras que una cámara al frente del vehículo observa todo lo que está adelante. Toda la información recabada es procesada por computadoras a

Finalmente, pero no menos importante, es que el coche de Google estará conectado a internet.

El coche automático de Google fue presentado esta semana en Mountain View, California. El Lexus color blanco anduvo a lo largo de una vía cercana a las instalaciones de la empresa.

bordo del auto que están programadas para simular lo que un conductor responsable haría, pero a velocidades superhumanas. Finalmente, pero no menos importante, es que el coche de Google estará conectado a internet. Durante una prueba, en la que un periodista de la AFP viajó en el asiento trasero, uno de los parti-

cipantes del proyecto ocupó el asiento del conductor para asumir el control en caso de que fuera necesario tomar una repentina decisión durante su recorrido por Mountain View.

Respetar las señales y evitar accidentes El coche funciona utilizando

AUSTRONAUTAS YA FUERON ELEGIDOS PARA MISIÓN

INTERNET

NASA quiere remolcar un asteroide hasta la Luna

Los asteroides son rocas gigantes que viajan por el espacio sin rumbo fijo.

La agencia ya prepara -en ambientes simulados- a los dos escogidos para que en 2020 puedan aterrizar en la formación rocosa espacial. La NASA anunció que preparará a dos astronautas para que vivan en un pequeño asteroide que orbitará alrededor de la Luna, como parte de un experimento para que hagan tareas de exploración, perforen y recojan muestras que luego serán analizadas en la Tierra. Los científicos consideran que la roca podría revelar los secretos del universo, tales como la edad en la que se formó el sistema solar y sus orígenes.

La misión se llevará a cabo en 2020 y los astronautas Steve Bowen y Stan Love fueron designados para viajar, por lo que la semana pasada comenzaron a practicar en una piscina de 40 metros de profundidad en el Centro Espacial de Houston. Los astronautas no solo se están adaptando a la falta de gravedad, sino que también ensayaron con una maqueta de lo que será la cápsula Orión, que los trasladará a destino. Según los planes de la agencia espacial estadounidense, se ‘capturará’ un pequeño asteroide para remolcarlo y ponerlo sobre la órbita de la Luna. “Estamos trabajando en las técnicas y herramientas que podríamos utilizar algún día para explorar un pequeño asteroide”, explicó Love.

detalles de mapas digitales que muestran cómo supuestamente deben lucir las calles, para luego agregar variables del mundo real, como el tráfico. Así, el auto no puede funcionar en lugares que no hayan sido mapeados por Google y, por lo tanto, no disponga de detalles, tales como el límite de velocidad o la ubicación de las señales de tránsito, según el responsable del grupo de mapeo Andrew Chatham. “Google le dice al auto cómo luce el mundo vacío, luego el trabajo del programa es dilucidar qué es lo que está sucediendo”, explicó Chatham.

Los coches prototipo de Google han recorrido más de 100.000 millas en calles públicas, siempre con alguien listo para tomar el volante en caso de necesidad. Hasta el momento estos autos protagonizaron solo dos accidentes mientras se trasladaban en piloto automático. Sin embargo, en ambas oportunidades fue por haber sido embestidos desde atrás cuando se detuvieron ante señales de tránsito, según el director del proyecto Chris Urmson. “Estamos realmente convencidos de que hemos resuelto la mayor parte de este tema y podemos hacerlo funcionar”, manifestó Urmson respecto a su absoluta confianza en estos vehículos.

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El Telégrafo I Lunes 19 de mayo del 2014

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SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

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SE NECESITA ABOGADO ADUANERO EN LA CIUDAD DE HUAQUILLAS SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-7737

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BOLÍVAR

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GUAYAS > AUTOMOTRIZ SE BUSCA OPERADOR DE MAQUINA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7841

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EL ORO > SECTOR PÚBLICO

LOJA > ACTIVIDADES DE SALUD

SE NECESITA MEDICO EN LA CIUDAD DE GUARANDA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7704

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ESMERALDAS

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> ACTIVIDADES DE SALUD SE BUSCA TRAUMATOLOGO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8045

> FARMACÉUTICO Y QUÍMICO SE NECESITA TECNICO EN MANTENIMIENTO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7960

SE BUSCA ANALISTA DE TALENTO HUMANO 1 EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8273

SE REQUIERE OPERARIO DE PRODUCCION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7727

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LOS RÍOS

SE REQUIERE SUPERVISORES PARA EMPRESA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8050

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MANABÍ > SERVICIOS SE REQUIERE ASESOR MÉDICO/ SALUD PAD EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8150

> PESCA ACUACULTURA Y MAR

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SE BUSCA OPERADOR DE MONTACARGAS EN CAMARA DE FRIO EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8118

SE BUSCA PROFESIONALES EN EL ÁREA DE LA SALUD EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-8053

SE REQUIERE SUPERVISOR DE LINEA DE PRODUCCION EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8116

MORONA SANTIAGO > SERVICIOS SE REQUIERE CAJERO/A EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7972

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SE BUSCA TECNICO ELECTRICO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7163

SE BUSCA TÉCNICO DE REGISTRO Y CEDULACIÓN 2 (ABOGADO) EN LA CIUDAD DE TENA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7985

SE BUSCA INGENIERO ELECTRICO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7161

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ORELLANA > METALMECÁNICA SE NECESITA COORDINADOR DE CALIDAD EN LA CIUDAD DE ORELLANA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7815

> SECTOR PÚBLICO SE NECESITA JEFE DE SERVICIOS GENERALES EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7877

SE NECESITA ANALISTA DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8271 SE REQUIERE ANALISTA DE REMUNERACIONES E INGRESOS COMPLEMENTARIOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8270

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Los clasificados con este símbolo

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El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Justicia [email protected]

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AUDIENCIA El fiscal Galo Chiriboga en juicio de caso Carrión. [35]

DOS PROGRAMAS APOYAN A MÁS DE 5.000 EXCONSUMIDORES [34] COIP SANCIONA ADULTERACIÓN DE BEBIDAS Y ALIMENTOS [36] EN LA LEY DE TRÁNSITO NO SE ESTABLECE UN LÍMITE DE TIEMPO, POR ESO VARIOS CONDUCTORES CUMPLEN HASTA 1.800 HORAS DE TRABAJOS

Choferes infractores en labores comunitarias WILLIAM ORELLANA | EL TELÉGRAFO-

Desde 2011, unos 200 conductores han sido sancionados con el cumplimiento de horas de trabajo no remunerado, que incluye practicar manualidades, ayudar a controlar el tránsito vehicular, ofrecer capacitaciones en escuelas, colegios e instituciones educativas, como en repartos militares. Redacción Justicia [email protected]

“Cuando frené fue tarde, el señor se cayó, se pegó en la cabeza y unas horas más tarde murió de un derrame interno”, narró Carlos, quien cumple una sentencia de 240 horas de labor comunitaria en la Escuela de Educación Vial de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE). El ciudadano de 32 años recuerda con exactitud que eran las 07:10 del domingo 12 de junio de 2011 cuando ocurrió el accidente. Él conducía un bus de la línea 75A y el pasajero se bajó rápido, como si se hubiera quedado dormido y pasado del lugar que debía quedarse. “Ya no quiero saber nada de los buses, aunque en eso trabajé durante 12 años. Ahora laboro en una cooperativa de taxis. Valoro más la vida, nosotros solemos pensar que como vamos al volante somos dueño de la calle y no es así. Es una responsabilidad compartida entre conductores y peatones”, agregó. Carlos reveló que fue detenido 2 años después y llegó a un acuerdo con la familia de la víctima, pues reconoció que la culpa la había tenido su pariente y, por eso, el juez dictó la medida comunitaria. El conductor asiste de miércoles a domingo a cumplir con su sanción y eso le ha ayudado a tener más conciencia. “Hacemos trabajos manuales, los vigilantes nos enseñan las leyes de tránsito, muestran videos de las consecuencia de infringirlas, salimos a la calle a trabajar con los peatones, entre otras actividades”, contó Franklin B., quien fue detenido en marzo durante un patrullaje. Aquella vez este señor salió de su casa para lavar su carro y aprovechó para tomarse 4 cervezas. Cuando regresaba a su domicilio los uniformados lo detuvieron porque su aliento a licor. La sanción que le impuso el juez fue de 16 horas de labor comunitaria, aparte de los puntos menos en su licencia y la multa económica. “Ahora comprendo el peligro, no se puede beber si se va a conducir”, remarca. Alejandro Guaranda, subjefe encargado del curso de conductores comunitarios, indicó que desde 2011 han recibido a 200 choferes. No depende de ellos acogerse al recurso, sino de la decisión de un juez de Tránsito. La labor se cumple de acuerdo a

DESTACADO

Los conductores pueden cumplir su sentencia en horarios que no perjudiquen su trabajo o estudio. sus habilidades y horarios para que no afecten su subsistencia. La Ley de Tránsito, en su artículo 123, estipula que las penas aplicables a los delitos y contravenciones de tránsito son: reclusión, prisión, multa, revocatoria, suspensión temporal o definitiva de la licencia o autorización para conducir vehículos, reducción de puntos y trabajos comunitarios. No existe un límite en la cantidad de horas que se debe cumplir, ni mínimas, ni máximas. Por eso hay choferes que cumplen penas hasta de 1.800 horas por haber causado la muerte de su víctima. En el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) ya se establece que el servicio comunitario consiste en e1 trabajo personal no remunerado que se realiza en cumplimiento de una sentencia y que en ningún caso superará las 240 horas. En caso de infracciones sancionadas con penas de hasta 6 meses de restricción de libertad, el servicio comunitario no se realizará por más de 180 horas; en caso de contravenciones, no más de 120 horas. Michel Doumet, director ejecutivo de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), indicó que la labor de los conductores comunitarios es positiva, porque ayudan en los programas de educación vial. “Más allá de permanecer encerrados, son concienciados del riesgo de cometer infracciones. A fin del día nos ayudan a reducir los accidentes de tránsito en los que se pierden muchas vidas”, dijo el funcionario.

EN LA WEB Ingrese a la sección Justicia a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés

Personal de Educación Vial dicta charlas a los conductores para que conozcan los peligros de infringir la ley.

www.telegrafo.com.ec/Justicia.html

JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ABUELA OFRECE TESTIMONIO SOBRE EL CAMBIO EN SU NIETO DE 16 AÑOS

2 programas apoyan a más de 5.000 exconsumidores Un proyecto nacional y otro local se enfocan en la recuperación de las personas que por su dependencia a las drogas perdieron la tranquilidad de vivir en familia y hasta la libertad. Hoy buscan recuperarse con estas iniciativas. EDUARDO ESCOBAR | EL TELÉGRAFO

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Redacción Justicia [email protected]

Durante 2013, ‘Alexandra’ vio transcurrir la vida de su nieto Érick, de 16 años, como un zigzag: bueno-malobueno, debido al uso de drogas. “Era un niño ejemplar, pero empezó a desobedecer y a estar enojado. Cuando me enteré de que consumía drogas lo engañé para llevarlo a un centro de rehabilitación, ahora es nuevamente un joven amoroso. Por eso le doy gracias a Dios”, dijo. Sobre las posibles causas que llevaron a Érick a consumir drogas, cree que, a más de la falta de control de los padres, influyeron las malas amistades. “Vivimos en la cooperativa Ficoa de Montalvo (norte de Guayaquil) y ahí venden eso (alucinógenos) por todas partes”. Del ingreso de Érick a la fundación Gosen, ubicada en la ciudadela Guayacanes, contó que en octubre de 2013, antes de que cumpliera 16 años, le dijo que iban a comprar ropa, pero lo llevó al lugar de rehabilitación. La psicóloga Jenny Díaz, directora del centro, reveló que hay casos de niños de 8 años que ya consumen drogas, lo que ocasiona daños en el sistema nervioso y producto de ello hay bajo rendimiento estudiantil y mal comportamiento. Ahora trabaja con 17 jóvenes de entre 12 y 18 años. Todos pasan por un diagnóstico y, de ser necesario, son internados con el consentimiento de un juez de la Niñez. Luego sigue el proceso de desintoxicación, el tratamiento médico y psicológico. Cuando están listos, inicia la fase ambulatoria, siempre con la participación de su familia. A esta tarea se han sumado los policías del Circuito Guayacanes, quienes periódicamente conversan con los chicos sobre las consecuencias legales que implica tener droga en sus manos, pues, dependiendo de la cantidad que porten, podrían ser procesados por tenencia ilegal de

La psicóloga clínica Jenny Díaz (centro) y el capitán Édison Quezada participan en una de las actividades de integración.

sustancias ilícitas. Como una estrategia de integración, los gendarmes practican deportes con los chicos, los domingos en la cancha del barrio y los martes en el parque Samanes. El jefe del Circuito, capitán Édison Quezada, informó que también colaboran en tareas preventivas y de capacitación con 14 unidades educativas representadas por unos 400 estudiantes.

DESTACADO

El proyecto de integración social del Consep acoge a beneficiarios en ocho ciudades.

Programa a nivel nacional También el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) comenzó este año el Programa de Integración Social, que trabaja con personas en recuperación tras el consumo de drogas o que son vulnerables a su uso, es decir, pequeños vendedores, algunos de los cuales estuvieron privados de la libertad. Sofía Vasco, gerente del proyecto, explicó que el fin es promocionar nuevas oportunidades para estas

personas. Dentro del paln hay 3 etapas: la primera trata los métodos a seguir; luego viene el trabajo con el personal de los centros de tratamiento y con los beneficiarios; y finalmente el acercamiento con asociaciones urbanas. “El objetivo es que las personas sean consideradas como tales, pero se requiere corresponsabilidad social. Brindamos capacitación, apoyamos a que terminen los estudios,

que conozcan cómo funciona el microemprendimiento, esto incluye la participación de hijos y cónyuges”, detalló Vasco. En Ecuador hay unos 5.000 beneficiarios en Guayaquil, Quito, Cuenca, Ibarra, Tena, Loja, Lago Agrio y Coca. El personal fijo de apoyo es de 7 especialistas, más unos 400 profesionales del Consep que están a disposición. Vasco indicó que el plan acoge también a expandilleros, trabajadoras sexuales y personas privadas de libertad sin agravantes. Todos trabajan en la parte académica, de formación, de relación familiar y de mejora de capacidades, para que, al momento de conseguir un trabajo, compitan como cualquier ciudadano. “El concepto de integración social no es meterlos a la sociedad, es brindar herramientas a todos sus miembros para que puedan coexistir”, definió Vasco.

DESDE 28 DE MAYO INICIARÁ EL PROCESO DE FORMACIÓN UNO DE LOS DETENIDOS FUE LIBERADO EN ENERO

Ministerio de Justicia brinda Juez dicta prisión preventiva capacitación sobre el COIP contra 2 presuntos usureros El Consejo de la Judicatura firmó un convenio para la educación del personal de los centros penitenciarios respecto al nuevo cuerpo legal. El Ministerio de Justicia y la Universidad Católica de Cuenca, sede Azogues, organizan el seminario ‘El Nuevo Código Orgánico Integral Penal’, dirigido a estudiantes y operadores de justicia. La capacitación se realizará el miércoles 28 y jueves 29

de mayo de 2014, de 17:00 a 20:30, en el paraninfo Marco Vicuña Domínguez, de la Universidad Católica de Cuenca. El objetivo es que los operadores de justicia conozcan el contenido del Código Orgánico Integral Penal. Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, indicó que también se firmó un convenio con el Consejo de la Judicatura para la capacitación del personal administrativo de los centros penitenciarios, para que dominen a fondo la nueva normativa en el tratamiento a las personas privadas de la libertad.

Es el segundo proceso que se abre contra el colombiano W.C.M.C. En el primero fue sobreseído por la Jueza de Garantías Penales del Guayas. El sospechoso W.C.M.C., de nacionalidad colombiana y detenido junto a otros individuos por el presunto delito de usura, estuvo anteriormente acusado por la misma causa, pero fue liberado en enero de este año. Los dos aprehendidos guardan pri-

sión en la Regional Guayas. La captura de W.C.M.C. y D.F.G.R. se registró en instantes que supuestamente cobraban un préstamo al propietario de un local de reparación de equipos electrónicos. Tras la libertad de 39 presuntos usureros, en enero de 2014, la Fiscalía apeló la resolución de la magistrada alegando que no se valoraron los elementos de convicción. La Segunda Sala de lo Penal del Guayas deberá resolver el recurso presentado en la audiencia convocada para hoy, 19 de mayo.

JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO SE REINSTALA HOY EN CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

Punto de vista Paúl Córdova

Fiscal daría hoy alegato final en caso Carrión

¿Puede un reglamento suspender un derecho constitucional?

SANTIAGO AGUIRRE | EL TELÉGRAFO

Irregularidades en las contrataciones de obras originaron una acción penal, en la que están implicados 3 exfuncionarios del Ministerio del Deporte. En esta semana se tendría el fallo.

Exministro de Deportes, Raúl Carrión, antes de una de las audiencias realizadas en la Corte Nacional de Justicia.

Redacción Justicia [email protected]

La audiencia de juzgamiento por el presunto delito de peculado contra Raúl C., exministro de Deporte; el exasesor Fernando M. y Patricio C., exdirector de Gestión de Infraestructura Deportiva encargado, se reinstalará hoy, a las 08:30, en la Corte Nacional de Justicia, con la presencia del fiscal general de la Nación, Galo Chiriboga, quien presentaría su alegato final de esta causa. En los 2 días de audiencia, la Fiscalía presentó 11 testigos y 44 pruebas documentales que se anexaron al juicio. En la jornada judicial estuvo presente el ministro de De-

porte, José Francisco Cevallos. Hoy se continuarán receptando los últimos testimonios del Ministerio Público.

Antecedentes Un examen especial de la Contraloría practicado en la Secretaría Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación (Senader) y en el Ministerio del Deporte en los años 2006, 2007 y 2008, determinó indicios de responsabilidad penal en las contrataciones. A base del informe con indicios de responsabilidad penal se iniciaron las investigaciones de la Fiscalía que llevaron a la sindicación de los 3 exfuncionarios del Ministerio de Deporte.

Para Chiriboga, el presunto peculado estaría en el incumplimiento de la Ley de Contratación Pública por la subdivisión de contratos de menor cuantía para construir obras deportivas en Morona Santiago e Imbabura en 2006 y 2008, cuando Raúl C. se desempeñaba como ministro del Deporte. La subdivisión de contratos se refiere a las obras estadio Tito Navarrete en Macas, Centro de Formación y Desarrollo de Deportes Colectivos en Carpuela, gimnasio de deportes de contacto en Sucúa y estadio Eddy Coello en Sucúa. Edwin Blum, defensa del procesado Raúl C., también presentará en el juicio las pruebas a favor de su cliente.

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Todo reglamento y cualquier acto normativo debe adecuarse, de manera formal y material, a la Constitución. Por ello, una de las responsabilidades del servidor público es velar por cumplir con ese propósito al momento de su aprobación. La dimensión éticasustantiva del servidor (a) está en asumir su carácter transitorio en toda entidad pública, para comprender que su razón social está en crear condiciones de servicio a la comunidad con la finalidad de que puedan acceder a sus derechos. Los actos administrativos y normativos están obligados a profundizar el valor normativo del texto constitucional, no a reducir ese valor. Los reglamentos deben crear los ámbitos, requisitos y procedimientos necesarios para impregnar a todo el ordenamiento jurídico de los principios, valores y derechos constitucionales; deben dotar de los mecanismos más eficaces para hacer posibles esos derechos, no para suspenderlos. La producción legal de los organismos públicos debe ser complementada con las prácticas hermenéuticas y argumentativas de sus servidores con el interés de que permitan superar las interpretaciones formalistas y normativistas que reducen los reglamentos a esquemas culturales positivistas que no contribuyen para que el Estado cumpla con su verdadera misión constitucional: respetar y garantizar los derechos fundamentales. Hace falta la construcción de otras prácticas administrativas para que ciertos servidores entiendan que los derechos no surgen con una ley, ni tampoco nacen con el estricto cumplimiento de los requisitos de forma de un reglamento, menos aún en la observancia rigurosa de formalidades o aspectos de forma que no se encuentran contemplados en el texto constitucional. El constitucionalismo de los derechos exige que las entidades públicas revisen sus comportamientos en la perspectiva de que una norma no puede ser válida solamente por el hecho de estar vigente, sino porque realmente es justa en su aplicación,

esto es, que se corresponda con aquellos valores que la sociedad necesita, no aquellos que le parecen al servidor que cuenta con un poder temporal para decidir sobre una disposición específica. Ese constitucionalismo es también aquel que requiere de la razonabilidad y racionalidad de los funcionarios administrativos y judiciales para justificar y explicar una resolución al amparo de lo que los preceptos constitucionales, como mandatos de jerarquía superior, permiten o prohíben para la sociedad, más no necesariamente lo que un reglamento es capaz de exigir –de manera literal- desconociendo que puede estar en juego la afectación o profundización de un derecho. La aplicación de las fuentes del Derecho no consiste en la defensa institucional de los intereses o de los pareceres que le convienen a una entidad pública, o para incluir en un reglamento o informe jurídico aquellas justificaciones que no encontraríamos en las normas de jerarquía superior. El compromiso que adquiere un servidor público cuando ingresa a esa función está en obrar para profundizar la vigencia de los derechos y garantías, no en aprobar o utilizar reglamentos que los restrinjan, limiten o anulen. Todo el conjunto de fenómenos que se produce en las distintas materias del derecho requiere de nuevas metodologías, culturas y prácticas de las y los servidores para que su comportamiento no se agote en el entendimiento legalista de las normas, sino que cuenten con las capacidades para interpretar, aplicar y explicar las disposiciones legales hacia aquellas orientaciones que más favorezcan a los sujetos de derechos. Necesitamos racionalizar la aplicación del Derecho para que se convierta en una estrategia al servicio de las y los ciudadanos, no al servicio del poder. La argumentación y motivación jurídica de la administración pública deben enfocar hacia un mejor desarrollo de las complejas relaciones entre pluralismo, respeto a las libertades y autoridad para la organización de una sociedad democrática.

JUDICATURA DESTITUYE A 5 OPERADORES DE JUSTICIA

RECIBEN 6 HORAS DIARIAS DE CLASES EN PORTOVIEJO

Combate a la usura en Los Ríos

27 mujeres estudian la primaria dentro de cárcel

Los funcionarios judiciales de la provincia fluminense fueron separados de sus cargos por, presuntamente, estar vinculados en el delito de usura. El pleno del Consejo Nacional de la Judicatura destituyó a 5 funcionarios judiciales por estar, presuntamente, vinculados a actividades relacionadas con el delito de usura. El hecho, según un comunicado de la institución, fue notificado a la Fiscalía. La notaria Primera del cantón Ventanas, provincia de Los Ríos, Su-

lay Astoria Morante Centeno, fue sancionada por la simulación de una escritura, infracción determinada en el artículo 20, numeral 4 de la Ley Notarial. El pleno destituyó al juez Sexto de Garantías Penales de Ventanas, Jimmy Nicolás Iza Barahona, por error inexcusable, al haber sustituido la prisión preventiva en un delito de falsificación de documento público reprimido con reclusión. También fue removido el juez Noveno de lo Civil y Mercantil del cantón Ventanas, Manuel Antonio Calderón Salazar, y los jueces de la Segunda Sala Multicompetente de la

Corte Provincial de Los Ríos, Vilma Marcela Andrade Gavilánez y Jorge Luis Euvin Villacrés, por haber resuelto en contra de normas expresas en el mismo procedimiento. Los funcionarios destituidos serán reemplazados. Estas acciones se toman en la lucha que el Consejo de la Judicatura ha emprendido en contra de la usura. El Consejo de la Judicatura puso en marcha desde julio de 2013 el Plan de Combate contra la Usura. Por ello, las autoridades mantienen constantes investigaciones y operativos a escala nacional para erradicar esta práctica.

El proceso de enseñanza se basa en 4 módulos de las materias de Ciencias Naturales, Estudios Sociales, Matemáticas e Inserción de valores. Carmen E. no sabía leer ni escribir. Ahora ella aprende con otras 27 internas en la escuela José Ingeniero que funciona en el Centro de Rehabilitación Social Femenino de Portoviejo. Las reclusas están matriculadas en

el Programa Nacional de Educación Básica para jóvenes y adultos (EBJA), del Ministerio de Educación. El proceso de enseñanza se basa en 4 módulos que incluyen las asignaturas de Estudios Sociales, Ciencias Naturales, Matemáticas e Inserción de valores. “Las internas cumplen 6 horas de clases diarias, 3 en la mañana y 3 en la tarde. A través de esta modalidad contribuimos en su proceso de rehabilitación”, manfiesta Pilar Vera, directora de la escuela.

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JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA NUEVA NORMATIVA TIPIFICA LOS DELITOS CONTRA EL DERECHO A LA SALUD

TAMBIÉN LO CAPTURARON

COIP sanciona adulteración de bebidas y alimentos El nuevo Código Integral Penal endurece las penas para quienes participen en la cadena de producción, distribución o venta de productos para consumo humano adulterados y que hayan puesto en riesgo la salud o provocado muerte. COIP 71

Días

Para entrar en VIGENCIA Redacción Justicia [email protected] Adulterado

El 15 de julio de 2011 se declaró una emergencia nacional por consumo de licor adulterado con metano lo que causó la intoxicación de varias personas y que solo en la provincia de Los Ríos causó la muerte de 20. Hasta el 19 de septiembre de ese año fallecieron 51 personas en varias provincias, especialmente de la Sierra. Incluso durante la emergencia se atendieron a 771 personas por intoxicación de alcohol, de las cuales 306 fueron confirmadas que ingirieron licor adulterado y 14 perdieron la visión. Esto provocó además, de activar la emergencia sanitaria, una investigación que finalmente el 27 de septiembre de ese año logró la detención de Jaime U., supuesto propietario de la fábrica de licor donde se adulteró y causó las muertes. El acusado era el supuesto propietario de la fábrica de vinos Tentador, en la provincia de Tungurahua, quien fue detenido en el norte de Quito, en el sector la Ofelia, en las calles José Pérez Concha y De los Eucaliptos. El ministro del Interior, José Serrano, manifestó aquella ocasión que el hombre sería el responsable de 11 muertes suscitadas en Tungurahua. “En la fábrica clandestina que él tenía se habría mezclado el licor con metano”, aseguró. El funcionario, además, dijo que se indagó a 12 personas involucradas en esos casos que al final ocasionaron las 51 muertes. Este caso conmocionó al país y evidenció falencias de ley ya que a pesar de que el artículo 428 del Código Penal vigente, tipifica la adulteración de alimentos y productos destinados al consumo humano la pena fijada es de 3 meses a un año,

además para el agravante de muerte se tiene que recurrir a la figura de homicidio preterintencional. En el caso del sindicado finalmente fue sentenciado en mayo de 2013 a 5 meses de cárcel lo cual provocó la indignación de los familiares de las víctimas. El fiscal de Pichincha, José Luis Jaramillo, señaló que ahora esta norma en el COIP, que entrará en vigencia el 10 de agosto próximo, es completa “el verbo rector es claro, además de que castiga a todos quienes intervienen en la cadena de producción, distribución y venta de cualquier producto que haya sufrido adulteraciones o cambios en su estructura original de manera dolosa o cause la muerte o daño permanente a la salud”. El artículo 216 tipifica la Contaminación de sustancias destinadas al consumo humano “la persona que altere poniendo en riesgo, la vida o la salud, materias o produc-

DESTACADO

Ley sanciona incluso a quien no intervino adulterando pero tampoco verificó estado del producto. CIFRA

3a5

años impone el COIP como pena a quien dolosamente altere la composición de alimentos o licores.

tos alimenticios o bebidas alcohólicas destinadas al consumo humano, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”. “Con la misma pena será sancionada la persona que, conociendo de la alteración, participe en la cadena de producción, distribución, y venta o, en la no observancia de las normas respectivas en lo referente al control de alimentos”. “La comisión de esta infracción de manera culposa será sancionada con pena privativa de libertad de dos a seis meses”. El abogado Stalin López considera que esta norma es más específica en cuanto a la participación directa e indirecta de las personas que tengan responsabilidad en este tipo de infracciones, “la norma penal no se presta para confusiones porque establece el tipo penal encasillado en el tema del daño a la salud y por ende del derecho al buen vivir”.

Escolta de ‘El Chapo’ perteneció a grupo élite del Ejército Alias ‘El Cóndor’, era un hombre adiestrado en supervivencia, patrullaje, combate y dominaba el uso de armas especiales dentro del agua. El único escolta que acompañaba a Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán cuando lo capturaron, era un hombre adiestrado por fuerzas especiales del Ejército mexicano y dominaba el uso de armas especiales dentro del agua. Carlos Manuel Hoo Ramírez, alias ‘El Cóndor’, permaneció 3 años y 3 meses en en la institución militar, pero en ese lapso logró entrar al equipo élite del 209 Grupo Anfibio de Fuerzas Especiales (GANFE), con sede en Culiacán, Sinaloa. Hoo Ramírez no desertó del Ejército, solo pidió su baja, y durante el período que perteneció a las fuerzas castrenses fue castigado en 4 ocasiones. Los miembros del Grupo Anfibio de Fuerzas Especiales, que fue creado en la década del 90 con la intención de contrarrestar el terrorismo y el narcotráfico, recibieron adiestramiento en selvas, aprendieron patrullaje y supervivencia, y conocieron de navegación marítima básica y avanzada. Fueron entrenados en reconocimiento y combate en áreas inhóspitas y climas extremos bajo cualquier situación y terreno, se informa en un video institucional de las Fuerzas Especiales de la Sedena. Con el entrenamiento que ‘El Cóndor’ recibió en el Ejército es natural que al salir de las fuerzas militares fuera reclutado por algún cartel del narcotráfico, en este caso el de Sinaloa, llegando a convertirse en un hombre de confianza para el narcotraficante más buscado por México y Estados Unidos.

Carlos Manuel Hoo Ramírez, alias ‘El Cóndor’, era escolta de ‘El Chapo’.

CORTESÍA

MUJER PRESUNTAMENTE LIDERABA BANDA QUE LLEVABA MIGRANTES A BRASIL

12 presos por trata de personas La banda formada por nacionales y extranjeros cobraba entre $ 5.000 y $ 10.000 por persona y trasladaba al mes cerca de de 220 migrantes. El juez de Flagrancia, Ismael Figueroa, dictó prisión preventiva contra 8 ecuatorianos y 3 haitianos, y medida cautelar de arresto domiciliario a un procesado haitiano, quien padece de una capacidad especial. Los individuos fueron detenidos en el operativo ‘Ilusiones’, realizado la noche del viernes 16 de mayo, en

Quito, Guayaquil, Durán y Huaquillas y procesados por el delito de tráfico ilegal de migrantes. La banda internacional cobraba entre $ 5.000 y $ 10.000 a personas principalmente originarias de Senegal, Haití y Cuba a quienes ofrecían llevarlas a Brasil usando a Ecuador como país de paso. De acuerdo a las investigaciones policiales, trasladaban mensualmente alrededor de 220 migrantes. La líder de la agrupación delictiva sería Silvia P.S. Ella traía al país a ciudadanos extranjeros que eran contactados vía internet, quienes ingresaban vía aérea por las

ciudades de Guayaquil y Quito. Eran hospedados en hoteles y hostales, para posteriormente trasladarlos a Huaquillas, provincia de El Oro, y llevarlos a Aguas Verdes, en la frontera de Perú, y finalmente trasladarlos a Brasil vía terrestre. Leonidas Lema, de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) presentó como evidencias más de $ 15.000, pasaportes de ciudadanos de Haití y Senegal, libretas de ahorros de bancos locales, 2 computadoras, 1 pendrive, cartas de invitación de países y un vehículo.

El operativo se ejecutó en hoteles y viviendas de las provincias de Guayas, Pichincha y El Oro.

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

EXTRACTO

EXTRACTO DE LAS ESCRITURAS PUBLICAS DE CAMBIO DE DOMICILIO DEL CANTON RUMIÑAHUI AL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA EMPACMACHINE CIA. LTDA. 1. ANTECEDENTES.- La compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 13/12/2011, aprobada mediante Resolución No. 381 de 25/01/2012, e inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Rumiñahui el 21/3/2012. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- Las escrituras públicas de cambio de domicilio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito, aumento de capital y reforma de estatutos de la compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. otorgadas el 5 de noviembre del 2013 ante el Notario Público del Cantón Rumiñahui y el 11 de abril del 2014 ante el Notario Primero del Cantón Rumiñahui, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el Señor JOSE LUIS PAZMIÑO ARMENDARIZ en su calidad de gerente general, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltero, domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito. 4. CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO DE CAPITAL, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745 de 6 de mayo de 2014 aprobó el cambio de domicilio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito; aumento de capital en USD 18.080.00, reforma de estatutos de la compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. y ordenó la publicación del extracto de las referidas escrituras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de EMPACMACHINE CIA. LTDA., del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escrituras públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

1. ANTECEDENTES.- La compañía CONSULSUAIDT S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Titular del cantón Nobol, el 7 de enero de 2013, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.13.0001123 de 23 de febrero de 2013, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 21 de marzo del 2013. 2. CELEBRACION Y APROBACION.- La escritura pública de cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y reforma del estatuto, fue otorgada el 14 de abril de 2014, ante el Notario Trigésimo Séptimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASDSAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014. 3. CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014, aprobó el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 4. AVISO PARA OPOSICION.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- La compañía se denominará "ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA" la misma que se regirá por las leyes del Ecuador, los presentes Estatutos Sociales y los Reglamentos que se expidieren";

Guayaquil, 9 de mayo de 2014

AB. MARIO BARBERÁN VERA ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

May. 19-20-21 (146253)

"ARTÍCULO TERCERO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO: La compañía tiene la nacionalidad ecuatoriana y su domicilio principal en la Provincia de Pichincha, cantón y ciudad de Quito, sin embargo podrá establecer sucursales o agencias en otros lugares del país y en el exterior con sujeción a las disposiciones legales" "ARTÍCULO SEXTO.- CAPITAL SUSCRITO.- El capital suscrito es de 18.480,00 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS) dividido en DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA (18.480) participaciones de un dólar americano cada una." Quito, 6 de mayo de 2014. Ab. Álvaro Guivernau Becker DIRECTOR REGIONAL DE ACTOS SOCIETARIOS Y DISOLUCION

May. 19-20-21 (146095)

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA LABMARSA LABORATORIOS MARINOS S.A. La compañía LABMARSA LABORATORIOS MARINOS S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 14/05/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003183 el 14 de mayo de 2014. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

EXTRACTO DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE CAMBIO DE NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. POR EL DE TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. Y REFORMA DE ESTATUTOS 1. ANTECEDENTES.- La compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 2 de Octubre de 2007, aprobada mediante Resolución No.07.Q.IJ.004098 de 10 de Octubre de 2007, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito el 17 de Octubre de 2007. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. otorgada el 1 de agosto de 2013 ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito y la aclaratoria y rectificatoria otorgada el 19 de marzo de 2014 en la misma notaría actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD. SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el señor DIEGO FERNANDO SANTOS BURBANO DE LARA en su calidad de Gerente General. 4. CAMBIO DE NOMBRE, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD. SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014 aprobó el cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A., la reforma de estatutos y ordenó la publicación del extracto de las referidas escrituras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO.A LA ACTIVIDAD PESQUERA EN TODAS SUS FASES TALES COMO: CAPTURA, EXTRACCIÓN, PROCESAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE ESPECIES BIOACUATICAS EN LOS MERCADOS INTERNOS Y EXTERNOS. Guayaquil, 14 de mayo de 2014 Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

En virtud de las mencionadas escrituras se reforma el artículo primero del Estatuto Social, referente a al nombre de la compañía, de la siguiente manera: "ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La denominación de la compañía es TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A... " En el artículo cuarto del Estatuto Social de la compañía, respecto de la actividad: "comercialización inmobiliaria de terceros" se entenderán incorporadas las disposiciones del Reglamento de Funcionamiento de Compañías que Realizan Actividades Inmobiliarias constantes en la Resolución de la Superintendencia de Compañías 14, Registro Oficial 146 de 18 de diciembre 2013, modificada el 28 de febrero de 2014. Quito, 29 de abril de 2014.

La compañía JUBILUSTRAVEL CIA. LTDA. se constituyó por escrituras públicas otorgadas ante el Notario Vigésimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el 13/03/2014 y el 24/04/2014, fueron aprobadas por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001845 de 12/ Mayo/2014. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) A LA INTERMEDIACIÓN EN LA RESERVA DE PLAZAS Y VENTA DE BOLETOS DE TODA CLASE DE MEDIOS DE TRANSPORTE LOCALES E INTERNACIONALES; B) LA RESERVA, ADQUISICIÓN Y/O VENTAS DE ALOJAMIENTOS Y SERVICIOS TURÍSTICOS, BOLETOS O ENTRADAS A TODO TIPO DE MUSEOS…”

May. 19-20-21 (146185)

La compañía IMPORTADORA EIROS ANTON CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo del Cantón GUAYAQUIL, el 24/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14-0003143 de 13 de Mayo de 2014. 1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Participaciones 800 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO.- LA ACTIVIDAD MERCANTIL COMO IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ACEITE DE OLIVA, VINOS EN TODAS SUS VARIEDADES, EMBUTIDOS EN TODAS SU VARIEDADES Y MARCAS.... Guayaquil, 13 de Mayo de 2014 Ab. Mario Barberán Vera ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146275)

Quito, 12/Mayo/2014

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146259)

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA CONFICON S.A. DEL CANTÓN SAMBORONDÓN AL CANTÓN VINCES, PROVINCIA DE LOS RÍOS Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1. ANTECEDENTES.- La compañía CONFICON S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Suplente del cantón Guayaquil, el 18 de febrero de 2008, aprobada mediante Resolución No. 08.G.IJ.0001338 el 13 de marzo de 2008, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 10 de abril de 2008. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, y reforma del estatuto, otorgada el 7 de abril de 2014, ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0002966 el 6 de mayo de 2014. 3. CAMBIO DE DOMICILIO, Y REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASDSAS-14- 0002966 el 6 de mayo de 2014, aprobó el cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, y reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 4. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma de estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- NOMBRE, NACIONALIDAD, DOMICILIO.- La compañía se denomina CONFICON S.A., es de nacionalidad ecuatoriana, y tiene su domicilio principal en el cantón Vinces, provincia de Los Ríos." Guayaquil, 6 de mayo de 2014 AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA NUEVOS SISTEMAS, IMPORTACIONES Y MAQUINARIAS NSIM CIA. LTDA. Se comunica al público que la compañía NUEVOS SISTEMAS, IMPORTACIONES Y MAQUINARIAS NSIM CIA. LTDA., aumentó su capital social por CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dividido en CINCUENTA MIL participaciones de UN DÓLAR cada una de ellas y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Quinto del cantón Loja, el 14 de febrero de 2014. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14-0002894 el 2 de mayo de 2014. El capital social actual es CINCUENTA Y DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dividido en CINCUENTA Y DOS MIL participaciones de UN DÓLAR cada una de ellas. Guayaquil, 2 de Mayo de 2014 AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

May. 18-19-20 (146316)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

(146300)

EXTRACTO

CASILLERO JUDICIAL No. 302

EXTRACTO

AVISO DE INSOLVENCIA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

LE HAGO SABER: Que dentro del juicio de Concurso de Acreedores No. 18563-2014, seguido por José Vicente Herrera Molina, se encuentra lo siguiente: Guayaquil, martes 16 de julio del 2013, las 16h53.VISTOS: Dr. José Sotomayor Terán, en mi calidad de Juez, avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la Acción de Personal No. 8549-DNP, que empieza a regir a partir del 1 de julio del 2013.- La demanda presentada por el Sr. JOSE VICENTE HERRERA MOLINA, se la califica de clara y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio de insolvencia.- En consecuencia, como de las copias certificadas acompañadas se desprende que el demandado, señor LUIS ENRIQUE PILAMUNGA TENESACA, no ha cumplido con lo ordenado en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Sexto de lo Civil de Guayaquil, dentro del juicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se declara que se presume la insolvencia del demandado y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- El fallido, dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al Síndico de Quiebra que se designará oportunamente.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de mayor circulación de esta localidad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para el efecto a los señores Jueces de lo Civil, de Inquilinato y del Trabajo de esta jurisdicción.- Remítanse las copias correspondientes a al Ministerio Público, para que, por sorteo, se determine al Agente Fiscal de lo Penal del Guayas que iniciará la indagación correspondiente, para cumplir con lo dispuesto en el Art. 509 del Código Civil, relativo a la calificación de la insolvencia del fallido.Oportunamente se convocará a junta de acreedores.- De conformidad con el Art. 510 del citado Código Procesal, se prohibe al fallido ausentarse del país sin autorización de esta Judicatura, para lo cual se oficiará al señor Jefe de Migración y Extranjería del Guayas.- Conforme al Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria, si dentro del término de tres días paga la deuda o dimite bienes suficientes, para lo cual, cítese al demandado en la dirección indicada en la demanda.Guayaquil, miércoles 26 de febrero del 2014, las 8h47 Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual suprime los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que su causa que anteriormente correspondía al Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil, actualmente le corresponde al Juez "O", DR. JOSE SOTOMAYOR TERAN, y la signatura del expediente que antes era 2013-0407, actualmente le corresponde el No. 2014-18563.

CAUSA No: CUANTIA: TRAMITE: ACTOR: DEMANDADO: CITACIÓN JUDICIAL A:

56797-2013-IE. INDETERMINADA VERBAL SUMARIO SUAREZ MERINO FERNANDO LENIN (PROCURADOR JUDICIAL DE CUEVA PACHECO DENNYS RAUL) HUG HUG GABRIELA HUG HUG GABRIELA

Quito, 16 de Abril del 2013, las 15h54 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 16 de Abril del 2013, las 15h54.- Agréguese el escrito que antecede presentado por la parte accionante.- En lo principal, la demanda y el alcance a la demanda presentada por el Dr. FERNANDO LENIN SUAREZ MERINO en calidad de Procurador Judicial del señor DENNYS RAUL CUEVA PACHECHO, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se acepta al trámite verbal sumario contenido en sección 23a, Art. 828 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil. Atendiendo a la demanda, y la documentación que adjunta; acorde con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la parte accionante, bajo juramento realizado ante la Judicatura declara que le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio actual o residencia habitual de la parte demandada y acompaña documentos de sus gestiones, se dispone que la citación al demandado, con el auto de calificación y la demanda, se haga por medio de la prensa, lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediante término de ocho días por lo menos, entre la una y otra publicación, de conformidad con los Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, en uno de los medios de prensa de mayor circulación del país. Por Secretaria se conferirá el extracto para la publicación de la citación a la parte demandada. En el extracto de citación se advertirá al demandado, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial o correo electrónico en esta ciudad de Quito para sus notificaciones, así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgada o declarada en rebeldía.- Tómese en casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte accionante.Actúe la Abg. Ivonne Espinoza, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE. Lo que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, al tenor de lo dispuesto en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.-

Guayaquil, 8 de abril del 2014 Ab. Roberto Rodriguez Larrea Secretario (E)

Abr. 17; May. 5-19 (144038)

DIVORCIO POR CAUSAL NO. 2014-2084 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO- DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR: MAYORGA OÑA NELSON MARCELO DEMANDADA: AGUILERA PINA LAURA NOELIA CITACION JUDICIAL A: AGUILERA PINA LAURA NOELIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se dispone lo siguiente: 1) Que el actor en el término de 72h00 de estricto cumplimiento con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, bajo las prevenciones del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFÍQUESE.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito de la Provincia de Pichincha; previo el sorteo de Ley correspondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura y habiendo cumplido con lo dispuesto en decreto que antecede, AVOCO conocimiento de la demanda presentada por el señor NELSON MARCELO MAYORGA OÑA, la misma que por ser clara, completa y reunir los requisitos establecidos en la ley se admite a trámite en juicio verbal sumario contemplado en los Arts. 118 del Código Civil y 828 del Código de Procedimiento Civil.- De conformidad con lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y la afirmación bajo juramento del actor de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada, en concordancia con lo previsto en el Art. 119 del Código Civil, cítese a la demandada señora LAURA NOELIA AGUILERA PINA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito y mediando por lo menos un término de ocho días entre la una y la otra publicación.- Agréguese al proceso el escrito y la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente, para recibir las notificaciones que le corresponda.- NOTIFIQUESE.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden y que en ésta fecha me ha sido puesto a mi despacho, proveyendo los mismos dispongo: 1) Por secretaría, confiérase el extracto que solicita el actor a fin de que se procesa a realizar las publicaciones en la prensa, para los fines de ley.- NOTIFIQUESE.NOTIFIQUESE.- NOTIFIQUESE.- JUEZ/DR. GERMAN ALIRIO GRANDES ANALUISA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

CERTIFICO.

Dr. Oswaldo Noboa León SUBDIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIOS

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA IMPORTADORA EIROS ANTON CIA. LTDA.

(146283)

AL PÚBLICO:

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A.; a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escrituras públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA JUBILUSTRAVEL CIA. LTDA.

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURIDICO SOCIETARIO

En virtud de las escrituras públicas la compañía reforma los artículos segundo, tercero y sexto del estatuto social, de la siguiente manera: "ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL: ...j) Fabricación, ensamble y comercialización de sistemas industriales a gas, eléctricas y a inducción; k) comercialización de ollas, sartenes y elementos para uso en cocinas de gas, eléctricas e inducción..."

EXTRACTO

EXTRACTO

DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACION DE LA COMPAÑIA CONSULSUAIDT S.A., POR LA DE ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA Y REFORMA DEL ESTATUTO.

37

Ab. Ivonne Espinoza Hidalgo SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL

Mayo. 5-19; Jun. 2 (145106)

DRA. XIMENA ESPINOSA BARRERA SECRETARIA

May. 5-19; Jun. 2 (145108)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

38

EXTRACTO

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN

EXTRACTO

EXTRACTO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ECARTECOM S. A.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA NEGOSELDI S. A.

La compañía ECARTECOM S. A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el 15/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003114 el 12 de mayo de 2014.

La compañía NEGOSELDI S. A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el 25/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003113 el 12 de mayo de 2014. 1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

2.-

CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

2.-

CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.-

OBJETO: El objeto de la compañía es: A) AL ALQUILER, FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA, DISTRIBUCIÓN, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, ASESORÍA, CONSULTORÍA, FRANQUICIAMIENTO, REPRESENTACIÓN, ENSAMBLAJE, MAQUILA, ALMACENAMIENTO, DE TODA CLASE DE MAQUINARIAS (...)

3.-

OBJETO: El objeto de la compañía es: A) LA FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, REPRESENTACIÓN, CONSIGNACIÓN, ASESORÍA (...)

Guayaquil, 12 de mayo de 2014

Guayaquil, 12 de mayo de 2014

Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146317-2)

(146317-1)

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA PRENURCORP CIA. LTDA... La compañía PRENURCORP CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Quinto del Distrito Metropolitano de Quito, el 14/03/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASDSAS-14-001812 de 09/Mayo/2014 con la siguiente modificación: En el artículo 8 del Estatuto se suprime la frase: "La Junta General podrá también ser convocada" y en lugar de ésta deberá decir: "La Junta Universal".- En el lit. g) del artículo 12 del Estatuto se reemplaza el artículo 48 y se lo sustituye por el artículo 44.- En el artículo 20 del Estatuto se reemplaza "aporte en especie" por "aporte en numerario". 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00.

INMOSAMPIETRO S.A., EN LIQUIDACIÓN, De conformidad a lo establecido en los Arts. 393 de la Ley de Compañías, literal h) del Art. 27 del Reglamento pertinente, les convoco públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que quienes se consideren como tal presenten ante el suscrito liquidador, en la oficina ubicada en la Av. 18 de Septiembre No. E 4-76 y Av. Amazonas, Edificio Alamo, Oficina 603, sexto piso, de esta ciudad de Quito, en el término de veinte días contados desde la última publicación de este Aviso los documentos que acrediten sus derechos, previniéndoles que de no hacerlo se tomarán en cuenta solamente a los Acreedores que hayan presentado su reclamación y los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía. Quito, 9 de mayo del 2014 Consuelo Sampedro López LIQUIDADOR May. 19-20-21 (146025)

REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec

EXTRACTO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: ACTOR: DEMANDADO: TRÁMITE: CAUSAL: CUANTÍA: Defensor del actor: Iniciado: Juicio No: Resp:

AL SRA. LEON TORRES MARIA DEL PILAR JACQUELINE CASTRO RUIZ OSCAR FIDEL SRA. LEON TORRES MARIA DEL PILAR JACQUELINE DIVORCIO Art. 110, nral. 11 inciso 2do del Código Civil INDETERMINADA DR. RICHARD SCHETINI LIMONGI El 5 DE DICIEMBRE DEL 2013 17203-2013-54788 KARLA BRIGIDA VIÑA CASTILLO

LA REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: BUENO MIRANDA JULIO CESAR DEMANDADO: BUENIO MIRANDA JULIO CESAR JUICIO ESPECIAL (INSOLVENCIA) No. 30-2014-OER ACTOR: MICHELENA GORDILLO MARCELO MANUEL AURELIO CUANTIA: INDETERMINADA JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, VIERNES 4 DE ABRIL DEL 2014, LAS 09H43 VISTOS: En lo principal y una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial se califica a la demanda que antecede de clara, precisa, completa y reúne los requisitos ley. Dese el trámite Especial. De la documentación aparejada por la parte actora se desprende que el demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR portador de la cédula de ciudadanía No. 1703023703 se halla inmerso en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores. En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Dr. Enrique Guayasamin, quien será notificado y posesionado en legal forma. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado. Se prohibe ausentarse del lugar del juicio, sin la autorización del Juez que conoce la causa. Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días. Por Secretaria oficiese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Agentes Fiscales investigue el presente estado de Insolvencia del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado. El demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular a: la Superintendencia de Bancos y Seguros, Central de Riesgos, Dirección General de Migración, al Ministerios de Relaciones Exteriores y a la Oficina de Pasaportes, a los señores Registradores de la Propiedad y Mercantil del cantón Quito, Contralor General del Estado, al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a los Notarios Públicos, al Ministerio de Relaciones Laborales, a la Cámara de Comercio de Quito, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado. Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad. Atento el juramento rendido por el accionante y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone citar al demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan es esta ciudad de Quito. El demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citado. Agréguese a los autos la documentación adjunta. Téngase en cuenta la autorización conferida a su Abogado Patrocinador, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Cítese y Notifíquese y Cítese F) Dr. Paúl Narváez Narváez -Juez. Lo que comunico y CITO para los respectivos fines de ley, previniéndole la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL DE PICHINCHA

May. 15-16-19 (146072)

Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de las obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. KARLA VIÑA CASTILLO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

Abr. 21; May. 6-19 (144127)

TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PRIMERA SALA CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA La práctica de la diligencia a los demandados AMPARO DE LOS ANGELES CANTUÑA ESPÍN, EDWIN MARIO TIPÁN ANDRANGO, JUAN BENITO MOROCHO YANCHAPAXI, JUAN CARLOS REAL ESPINOSA, JAIRO EFRÉN COLLAGUAZO PAILACHO, SEGUNDO VÍCTOR ARELLANO MOROCHO Y ALEX PATRICIO TIPÁN QUISAGUANO, dentro del juicio contencioso administrativo propuesto por el Carlos Andrade Faini, en contra del Director Regional del Trabajo, Ministerio de Relaciones Laborales y Procurador General del Estado, entre lo cual se ha dictado la providencia que se transcribe a continuación y el extracto de la demanda: EXTRACTO DE DEMANDA ACTOR: CARLOS ANDRADE FAINI DEMANDADO: Director Nacional de Trabajo y Ministro de Relaciones Laborales JUICIO: Contencioso Administrativo No. 17801-2009-20371-MP OBJETO: Impugnación CUANTÍA: Indeterminada DOMICILIO DE ACTOR: Casilla Judicial No. 540 del Palacio de Justicia de Quito PROVIDENCIA: TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- PRIMERA SALA.- Quito, 01 de diciembre del 2009.- Las 10h05.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.- La demanda presentada por el señor CARLOS ANDRADE FAINI, en calidad de gerente general y representante legal de la Empresa Eléctrica Quito S.A., en contra de la DIRECTORA REGIONAL DEL TRABAJO Y MEDIACIÓN LABORAL DE QUITO DEL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES, Dra. María Belén Jaramillo Álvarez. MINISTRO DE RELACIONES LABORALES, Richard Espinoza Guzmán y PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, por reunir los requisitos formales previstos en los Arts. 30 y 31 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se la acepta al trámite establecido en el Capítulo Cuarto ibídem.- En consecuencia, se ordena citar a los demandados con el contenido de esta demanda y providencia recaída en ella, en el lugar señalado para el efecto en la demanda, a fin de que, en el término de veinte días la contesten y propongan las excepciones de las que se crean asistidos.- Dentro del mismo término la autoridad administrativa correspondiente, remita a esta Sala el expediente administrativo debidamente foliado y enumerado.- Por manifestar bajo juramento el actor desconocer el domicilio de los señores Amparo de los Angeles Cantuña Espín, Edwin Mario Tipán Andrango, Juan Benito Morocho Yanchapaxi, Juan Carlos Real Espinoza, Carlos Efrén Collahuazo Paillacho, Segundo Víctor Arellano Morocho y Alex Patricio Tipán Quisaguano, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cíteseles por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, por tres días en fechas distintas, para lo cual por Secretaría se entregará al interesado el extracto correspondiente en la forma legal, se les concede el término de quince días para que contesten la demanda y propongan las excepciones de que se crean asistidos, de conformidad con lo que establece la ley de la materia.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor para futuras notificaciones.- Cítese y notifíquese. f) Dr. Jaime Enríquez Yépez, Juez de la Primera Sala.

Dentro del Juicio De DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL, recaída por sorteo en esta judicatura, presentada por ADELA ELIZABETH CAURITONGO VILLALOBOS en contra de ALFREDO CEPEDA USHCA, SE LE HACE SABER -SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: Guayaquil, 25 de Febrero del 2.014 a las 12H21. VISTOS: En mi calidad de juez segundo adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por disposición de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, legalmente posesionada y en virtud del sorteo que antecede y puesta en mi despacho el día de hoy; avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL, recaída por sorteo en esta judicatura, presentada por ADELA ELIZABETH CAURITONGO VILLALOBOS en contra de ALFREDO CEPEDA USHCA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil por completa, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales se la admite al tramite de juicio verbal sumario.- En virtud a la afirmación efectuada por la actora se dispone que se cite al demandado señor ALFREDO CEPEDA USHCA, por la prensa por medio de tres publicaciones que se harán en un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, mediando ocho días entre una y otra publicación, así como en uno de la capital de la provincia donde se celebro el matrimonio advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer o juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación y la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será declarado rebelde.- elabórese los respectivos extractos de publicación.- Agréguese a los autos los documentos que presenta.- Téngase en cuente la casilla judicial y el correo electrónico que señala para sus futuras notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.Abg. Mary Esther Arévalo S. SECRETARIA JUZGADO SEGUNDO ADJUNTO NIÑEZ y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

JUICIO: Verbal Sumario No. 36670-2014, (número anterior 219-2012) ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A. CUANTÍA: $ 9.000 dolares.

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146320)

EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA GALAPAGOS BEST OPTION S.A. GABEOPSA. La compañía GALAPAGOS BEST OPTION S.A. GABEOPSA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Público del Cantón SANTA CRUZ, el 13/03/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASDSAS-14-0002810 el 29 de abril de 2014.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA TENDRÁ POR OBJETO DEDICARSE A: A) AL FOMENTO Y DESARROLLO DEL TURISMO NACIONAL E INTERNACIONAL, MEDIANTE LA INSTALACIÓN Y/O ADMINISTRACIÓN Y/O REPRESENTACIÓN DE AGENCIAS DE VIAJES, OPERADORAS DE VIAJES Y TURISMOS, RESTAURANTES, CAFETERÍAS, CLUBES O CUALQUIER OTRA MODALIDAD PERMITIDA POR LA LEY. (...) Guayaquil, 29 de abril de 2014. Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

Ab. 22; May. 6-19 (144280)

(146322)

Función Judicial República del Ecuador UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA CUIJ: 240162014000766 NUMERO DE CAUSA: 776/2014 JUEZ: VICTOR ECHEVERRIA [UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA EXTRACTO DE CITACIÓN

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA EXTRACTO: CAUSA: INCIDENTE DE REBAJA DE PENSION DE ALIMENTOS Nro. DE JUICIO: 2013-1323-MZ ACTOR: ALEXIS XAVIER VERNAZA RAMOS DEMANDADA: SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZA: DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA, JUEZA ENCARGADA

Atentamente, DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

EXTRACTO DE LA PROVIDENCIA: Mediante auto inicial de fecha 17 de abril del 2014, a las 08h39, dictado por el señor DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO, Juez de la Unidad Judicial Especializada Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Provincia de Santa Elena, AVOCO CONOCIMIENTO de la presente causa de TENENCIA, propuesta por el señor VERA FLORES JOSE MANUEL, en contra de BARRETO PAZ VENECIA BELEN, la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio contencioso General de Tenencia.- En lo principal, Por haber declarado la actora el desconocimiento del domicilio del demandado y la imposibilidad de determinar su lugar de residencia, bajo juramento y apercibimiento de las penas de perjurio ante este despacho, se dispone citar por la prensa a BARRETO PAZ VENECIA BELEN, de conformidad al art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones y que de no hacerlo, podrá ser considerado o declarado rebelde. Santa Elena, a 17 de abril del 2014

PROVIDENCIA DEL 25 DE MARZO DEL 2014: ".. VISTOS: En cumplimiento a la Resolución No.0199-2013 publicada en el S.R.O. No. 195 de 05 de Marzo de 2014, expedida por el Peno del Consejo de la Judicatura, DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA, en mi calidad de Jueza de ésta Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito: avoco conocimiento de la presente causa, agréguese al proceso los escritos e informe de liquidación que anteceden, despachando los mismos dispongo: 1) Tómese en cuenta las nuevas designaciones de abogado defensor y casilla judicial señaladas por Alexis Xavier Vernaza Ramos para recibir futuras notificaciones. 2) Hágase conocer de esta providencia al anterior abogado defensor. 3) Previo a proveer lo que en Derecho corresponda, póngase en disposición de la parte contraria lo adjuntado por el Dr. Washington Casame, a fin que se pronuncie jurídicamente en el término de 72 horas. 4) Póngase en conocimiento de las partes procesales la liquidación efectuada por el Liquidador asignado a este Despacho que antecede por el término de 48h00 horas, a fin de que las partes realicen las observaciones matemáticas pertinentes. 5) Se conmina al demandado a realizar el pago por concepto de pensiones alimenticias exclusivamente en la cuenta virtual del Banco de Guayaquil asignada a la actora en la presente causa. 6) Se recuerda al demandado que debe pagar los 5 primeros días de cada mes, de conformidad con el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 7) La demandad de incidente de rebaja de pensión alimenticia es clara y reúne los demás requisitos legales, en tal virtud, se la acepta a trámite, conforme lo dispuesto en el Art. Innumerado 42 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 8) CÍTESE en legal y debida forma con el contenido de la demanda y auto recaído a la demandada SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil vigente se dispone citar por la prensa, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito ya que con juramento declara el actor que le es imposible determinar la residencia actual de la demandada y de sus hijos en común. 9) Se previene a SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-" f) DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA. JUEZA ENCARGADA.Lo que comunico a usted. Para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro de ley.

DRA. EUGENIA GARCIA FERNANDEZ SECRETARIA RELATORA (E)

AB. PININA NIEVE MOREIRA CORNEJO SECRETARIA]

Dra. MIRIAN RODRIGUEZ NOGALES SECRETARIA

TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- PRIMERA SALA.- Quito, martes 29 de noviembre del 2011, las 14h55. En virtud de la Acción de Personal No. 3382-DP-DPP de 14 de noviembre de 2011, emitida por el Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura y por licencia de la Jueza Titular Dra. Raquel Lobato de Sancho, actúa y avoca conocimiento de la presente causa No. 20371-S.O, el Dr. Nelson Oswaldo Troya Pazmiño, Conjuez de la Primera Sala como Juez Encargado.- En lo principal téngase en cuenta la petición de rectificación, en la demanda consta como demandado el señor “Carlos Efrén Collaguazo Pailacho”, siendo el nombre correcto del demandado Jairo Efrén Collaguazo Pailacho.- La defensa se ha sustituido por fallecimiento del doctor Ernesto López Freire y tómese en cuenta al nuevo defensor doctor Alfredo Mila Dután.- Notifíquese. f) Dr. Nelson Troya Pazmiño, Conjuez de la Primera Sala. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio para futuras notificaciones dentro del perímetro legal de esta ciudad de Quito.

May. 15-16-19 (146082)

A: BARRETO PAZ VENECIA BELEN, se le hace saber lo siguiente: ACTOR: VERA FLORES JOSE MANUEL DEMANDADA: BARRETO PAZ VENECIA BELEN JUICIO: No. 0776-2014 CONTENCIOSO GENERAL TENENCIA CUANTIA: INDETERMINADA JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA JUEZ: DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO EXTRACTO DE LA DEMANDA: El actor fundamentada en el Art. 110 numeral 11 inciso segundo del Código Civil Ecuatoriano, acude mediante demanda, para que su autoridad, declare con lugar la demanda de Juicio Contencioso General de Tenencia, que en razón de que declara bajo juramento que me es imposible determinar la individualidad o residencia, se sirva disponer se lo cite, tal como se determina en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

May. 6-19-30 (145258)

(144287)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO CE CITACIÓN A: ALFREDO CEPEDA USHCA

AB. BELGICA VIZUETA TOMALA SECRETARIA

Quito, 09/Mayo/2014.

1.- DOMICILIO: Cantón SAN CRISTÓBAL, provincia de GALÁPAGOS.

PROVIDENCIA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 9 de abril del 2014, las 15h18.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en decreto inmediato anterior: En mérito al juramento rendido por el accionante OSCAR FIDEL CASTRO RUIZ, de la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de la señora MARIA DEL PILAR JACQUELINE LEÓN, pese a sus investigaciones, averiguaciones y de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÍTESE, a la señora MARIA DEL PILAR JACQUELINE LEÓN; por medio de la prensa en uno de los diarios de amplia circulación de la ciudad de Quito y de la ciudad de Guayaquil (lugar celebración del matrimonio), para lo cual confiérase extracto correspondiente.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f).- DRA. DELICIA DE LOS ANGELES GARCES ABAD, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA ESPECIALIZADA DE FAMILIA.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "UNO. ALQUILER DE ESPACIOS FÍSICOS, ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TODO TIPO DE EVENTOS. DOS. IMPORTACIÓN, COMPRA, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO..."

A: JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio DE DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA No. 2014-3018, presentada por CAROLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE, en contra del señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO. ACTOR: CAROLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE.- DEMANDADO: JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO.- OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante resolución declare la paternidad y fije pensión alimenticia a favor del menor materia de esta causa.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, viernes 28 de marzo del 2014, las 13h01. En mérito de la declaración juramentada que antecede realizado por la accionante, dando cumplimiento a lo ordenado en decreto de fecha 25 de marzo del 2014; a las 13H23.- La demanda de Declaratoria de Paternidad y Fijación de Pensión Alimenticia, propuesta por la señora CARLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE por los Derechos que representa de sus hija KIMBERLY ARIANNA NIVELO LANCHE, de 3 años de edad, en contra del señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO, la misma que por ser clara, precisa, completa, reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite Contencioso Oral.- Se fija provisionalmente la Pensión Alimenticia, en la cantidad de $92.48, correspondiente al 1er Nivel, 27.20 % del S.B.U., más los beneficios de Ley, a favor de la niña KIMBERLY ARIANNA NIVELO LANCHE, pensión que deberá ser cancelada por el demandado, los cinco primeros días de cada mes mediante depósitos realizados en Banco de Guayaquil en una cuenta que se asignará por medio de tarjeta en la Oficina de apertura de cuentas, debiendo la señorita pagadora de esta unidad judicial, aplicar estrictamente la indexación legal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos innumerados 31 y 43 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Dando así cumplimiento conforme a lo previsto en el innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Título V , libro segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia publicado Código de la Niñez y Adolescencia, publicado en el Registro Oficial Nª 643 del Martes 28 de Julio del 2009.- En lo principal Cítese al demandado señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional (El Telégrafo), de conformidad con lo que señala el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta, advirtiéndole de la obligación que tiene el demandado de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Que la actuaria del despacho proceda a elaborar el extracto de citación de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los recaudos que acompaña.- Atendiendo el anuncio de pruebas de la parte actora, ofíciese en el sentido solicitado en el literal c) , d) del numeral 13 del formulario de demanda.- La prueba de ADN, se ordenará una vez que el demandado haya sido citado en legal y debida forma.- Como medida cautelar se dispone oficiar al Jefe de Migración del Guayas, a fin de se le prohíba la salida del país al demandado señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO portador de la cédula de ciudadanía No. 120717890-4, debiéndose comunicar de esta prohibición a todos los puestos fronterizos del país.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado N° 399, y el correo electrónico señalado en la demanda, así como la autorización que le confiere a su Abogado patrocinador.- Intervenga la Ab. Bélgica Vizueta Tómala, en calidad de secretaria del despacho.- Que la actuaria del despacho elabore el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE. OFÍCIESE Y CÍTESE.- CUANTIA: Dos mil cuatrocientos dólares. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Hugo Leonel Menéndez Guillen, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS Y AB. Bélgica Vizueta Tomala SECRETARIA QUE CERTIFICA. Guayaquil, 2 de Abril del 2014.-

May. 16-19-20 (146169)

OBJETO DE LA DEMANDA: Demanda el pago de los siguientes valores: la suma de los 7.06,90 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del director del Banco Central, las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios del abogado que patrocine. AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, martes 3 de abril del 2012, las 08h07. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el ABOGADO GERSON VLADIMIR HARO MERINO, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con el instrumento que acompaña, legitimándose su intervención en la presente causa, por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por lo que se la admite al trámite del Juicio Verbal Sumario.- En consecuencia se dispone citar con el contenido del escrito de demanda y auto en ella recaído a ZOILA OROZCO CALDERON, en el lugar indicado para el efecto.- Agréguense al proceso los anexos presentados.- Cítese a la demandada en el lugar indicado en la demanda y al actor por los derechos que representa en la casilla judicial No. 2259.- HÁGASE SABER.- F) AB. CARLOS SALMON MORGNER, JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, lunes 1 de abril del 2013. El escrito que antecede, presentado por el actor, agréguese a los autos.- Atendiendo lo solicitado en el escrito presentado el 21 de Agosto del 2012, a las 14h40, se ordena citar por la prensa en el Diario El Telégrafo a la demandada ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil ya que el actor declara bajo juramento que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada.- Entréguese el extracto correspondiente.Notifiquese. F) JUAN LOPEZ MALDONADO JUEZ TEMPORAL.- A continuación.- Guayaquil, lunes 5 de mayo del 2014, las 11h30. Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. 85510-DNP, del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual suprime los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado Octavo de lo Civil, actualmente le corresponde al Juez H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 219-2012, actualmente le corresponde el No. 36670-2014, por lo que en adelante deberá dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H, con el nuevo número de expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos los escritos presentados por el accionante.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 y correo electrónico [email protected] que señala para futuras notificaciones.- En lo principal se dispone se elabore y entregue el extracto de citación como se encuentra ordenado en providencia que antecede.- Notifíquese.- F) VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, JUEZA H DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declarará en rebeldía. Guayaquil, 5 de Mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146193)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A.- CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE Se le hace saber: Que en esta Unida Judicial Civil con sede en la ciudad de Guayaquil, antes Juzgado 9 de lo Civil de Guayaquil, mediante sorteo de ley, le ha tocado conocer la causa Nº 30456/A/2014 (antes 787/A/2013) Verbal Sumario, seguido en su contra por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, en su calidad de Procurador Judicial, extracto es el siguiente. OBJETO DE LA DEMANDA: que el deudor pague la suma de $.14.297,71, más los intereses, las expensas y las costas procesales. CUANTÍA DE LA DEMANDA: $.25.000 JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. AUTO RECAÍDO EN LA DEMANDA: GUAYAQUIL VIERNES 20 DE DICIEMBRE DEL 2013, LAS 14H59. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO, en su calidad de Procurador Judicial, tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara legitimada su intervención, en contra de CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE, se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio VERBAL SUMARIO.- En tal virtud cítese al demandado en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados, los que mediante secretaria podrán ser desglosados dejando copias certificadas en el expediente.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559, la dirección de correo electrónico [email protected] señalada para futuras notificaciones, así como la autorización que le concede a sus Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese...- f.) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- GUAYAQUIL, JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2014, LAS 14H51.- Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder determinar la residencia y ha realizado todas las averiguaciones para determinar la residencia de la parte demandada, cítesela por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- .) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- Lo que comunico para los fines de ley consiguientes, indicándole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil debe señalar casilla judicial en esta ciudad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Comercio Electrónico debe señalar correo electrónico, para las correspondientes notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario se sustanciará la causa en rebeldía. Lo que comunico para los fines consiguientes. Guayaquil, de Mayo del 2014.Abg. Ana Cárdenas Veloz Secretaria Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146193-4)

Se pone en conocimiento del público, que se han extraviado los títulos en sucres correspondientes a 10.907 acciones Tipo B, emitidos por la compañía CEPSA S.A. a nombre del señor Diego Hernán León Guarderas. (146260)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

SE VENDE LOTE DOBLE Parque de la Paz, incluye beneficios, excelente ubicación $ 6.000,00, cel. 0999949340 (146209)

BANCO D-MIRO: LIBRETA extraviada # 49608 cta. ahorros Banco D-MIRO, pertenece al Sr. CEME SANCHEZ YANNI WILLINGTON. Particular que se comunica para los fines de ley. (146374)

CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. informa al público en general que los Comprobantes Provisionales de Depósito "CPD", de la siguiente numeración, quedan anulados por haberse extraviado: 1.269163 CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. no se responsabiliza del uso que las personas pudieran darle a los documentos antes señalados.

(146304)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: VICTOR GUERRERO PROAÑO JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 21.196.2014, (número anterior (823-2012) ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO. CUANTÍA: USD. $ 5.060.34

JUZGADO SÉPTIMO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declararán en rebeldía. Guayaquil, 26 de marzo de 2014. AB. ABEL UNDA FRANCO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL COR II PROVINCIA DEL GUAYAS

May. 19-20-21 (146193-2)

VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el decreto que antecede se procede a la calificación de la demanda.- En lo principal la demanda que antecede, presentada DORA FRANCISCA SUAREZ GOMEZ en contra de JOSÉ DANILO MAYORGA SUAREZ y LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA, la misma que por ser clara, precisa y completa, se la admite al trámite en juicio especial de Tutela, conforme a lo establecido en los Art. 370 del Código Civil y 106 numeral, 6 del Código de la Niñez y Adolescencia, pues reúne los requisitos contemplados en los Art. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a los demandados José Danilo Mayorga Suarez, mediante exhorto o cartas rogatorias, en el lugar que se indica en la demanda; y, a Leticia Verónica Mora Consuegra, por la prensa, toda vez que bajo juramento la actora declara desconocer la individualidad y residencia de la demanda, y así lo ha declarado en acta bajo juramento; consecuentemente cítesela en uno de los diarios de amplia circulación nacional (Universo, Expreso ó Telégrafo) que se editan en esta ciudad de Guayaquil, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; advirtiéndole a la demandada de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y señalar casillero judicial en esta ciudad de Guayaquil, dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación, y en caso de no comparecer al proceso será declarada en rebeldía.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 1112 y el correo electrónico [email protected], que señala la actora para sus notificaciones.- Agréguese la documentación que adjunta para que formen parte del proceso.- Notifíquese.- (f) Ab. Juan López Maldonado, juez (e) del Juzgado Séptimo Adjunta de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Guayaquil, 25 de abril del 2014 Ab. Rubén Núñez Pineda SECRETARIO ADJUNTO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ V ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

May. 6-19-30 (145269)

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA LES HAGO SABER: Que a esta judicatura ha tocado conocer el juicio que mediante resorteo ha sido signado con el No. 51101-2014 (Antes 654-2008), seguido por CARLOS JHONNY ARBELAEZ DOMÍNGUEZ contra los herederos de la señora MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA, se encuentra lo siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Se declare en sentencia la PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble que se demanda. AUTO INICIAL: Guayaquil, 19 de septiembre de 2008, a las 16h03. VISTOS. Avoco conocimiento en el presente juicio en mérito de la acción de personal No. 1262- OPD del 02-09-08 emitida por la delegación del Consejo Nacional de la Judicatura. En lo principal, la demanda que antecede presentada por CARLOS JHONNY ARBELAEZ DOMÍNGUEZ contra los herederos de la señora MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA, reúne los requisitos determinados en artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en Juicio Ordinario. En mérito a la afirmación que bajo juramento hace la parte actora de desconocer la individualidad o residencia de los demandados se ordena citarlos por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Guayaquil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para que dentro del término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos las mismas que se resolverán en sentencia. Inscríbase la demanda en el registro de la Propiedad conforme lo determina el artículo 1.000 del antes citado cuerpo legal. Cuéntese con el señor Alcalde ABG. JAIME NEBOT SAADI y el y Procurador Síndico Municipal DR. MIGUEL HERNÁNDEZ TERAN. Hágase Saber f) AB. CARLOS SALMON MORGNER JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL, ENCARGADO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- SIGUE LA PROVIDENCIA.- Guayaquil, miércoles 23 de abril del 2014, las 12h01. El escrito presentado por la parte actora agréguese a los autos. Por secretaria confiérase el extracto de citación por la prensa conforme se solicita en el escrito que se manada a agregar.- Notifíquese.- f) AB. CENTENO RODRIGUEZ RAFAEL LUIS, JUEZ. JUEZ: AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ E (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL Lo que comunico a usted para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar Casilla Judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será considerado o declarado en rebeldía. Guayaquil, 30 de abril de 2014 Ab. Gonzalo Córdova Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR

(145489)

SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio de insolvencia N° 2014-12041, seguido por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se encuentra lo siguiente.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Danilo Terán Caicedo Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en Guayaquil.CUANTÍA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar la insolvencia del demandado y como consecuencia de ello disponer el concurso de acreedores. AUTO INICIAL.- Guayaquil, martes 24 de septiembre del 2013, a las 13h55.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora con el cual ratifica las gestiones realizadas por la Abogada Andrea Duque Moreno, en el escrito de fecha 22 de agosto del 2013, a las 15h43.- En virtud de lo anterior la demanda, presentada por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, personería que se declara legítima en virtud de la escritura pública adjunta, por reunir los requisitos de los Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente.- En mérito de los recaudos adjuntos a la demanda, se viene en conocimiento que en el juicio Verbal Sumario, seguido en el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayas, No. 2011-A-357, seguido por PACIFICARD S.A., contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, por sus propios derechos, librado el mandamiento de ejecución, esta no ha pagado el valor de USD 10.658,55 ( diez mil seiscientos cincuenta y ocho 55/100 dólares de los Estados Unidos de América), ni han dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados.- En tal virtud, al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del cuerpo de leyes antes citado, se presume la insolvencia del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR y como consecuencia de ello, se declara haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose que el demandado dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y más documentos del concursado y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguido contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que los bienes del concursado sean entregados al Abogado Washington Cabrera Valencia, en su calidad de Síndico de Quiebra. Por el estado del concursado, éste se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Notarios, a las Instituciones del Sistema Financiero, Cooperativas de Ahorro y Crédito de esta ciudad y los Juzgados de Inquilinato, Laborales y Penales. Oportunamente se señalará día y hora para la junta de Acreedores. Se advierte a la demandada que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Dirección de Migración y Extranjería la prohibición de salida del país de la demandada. En virtud de la declaración bajo juramento que hace el actor donde manifiesta que le es imposible determinar el actual domicilio del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se dispone citarlo por la prensa de conformidad con lo establecido en el Art. 82 de Código de Procedimiento Civil. El Secretario del Despacho elabore el extracto respectivo a fin de que sea citado el accionado y que sea en los siguientes diarios El Universo, El Telégrafo y/o Expreso de esta ciudad de Guayaquil (...).- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DEL JUZGADO UNDÉCIMO DE LO CIVIL.- SIGUE.-Guayaquil, viernes 17 de enero del 2014, las 11h12.- En virtud de la Resolución No. 167 de fecha 30 de Octubre del 2013, emitida por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, pongo en conocimiento de las partes, que la presente causa 09311-2013-526 ha sido reasignada, siendo el nuevo número para su consiguiente tramitación en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, el 09332-2014-12041.Intervenga la abogada Bonnie Alexandra Carrión Zamora, Secretaria del Despacho designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura según comunicación electrónica remitida por la Jefe de Personal de fecha 17 de Octubre del 2013.- Hágase saber.- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.- Lo que cito a Usted, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de que tiene que señalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores dentro del término correspondiente.Guayaquil, viernes 11 de abril del 2014 Ab. Bonnie Alexandra Carrión Zamora SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL (K)

May. 19-20-21 (146193-3)

JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN ACTORA: DEMANDADO: CAUSA: TRAMITE: CUANTÍA: JUEZ:

MARÍA ELIZABETH MORA SABANDO EMIGDIO OSEALDO RIASCO BAQUE 225-2014 DIVORCIO LITIGIOSO VERBAL SUMARIO INDETERMINADA AB. ERIKA MEDINA AGUILERA

La presente demanda por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de Ley CALIFÍCASE SE CLARA Y COMPLETA de conformidad a lo determinado en el Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado por cuanto la actora declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 tercer inciso y Art. 119 inciso dos y tres del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso, caso contrario será considerado o declarado rebelde. Guayaquil, 28 de Abril del 2014 AB. MARIA TERESA MOLINA MAZZINI Secretaria del Juzgado Tercero de la Familia, Niñez y Adolescencia del Guayas May. 6-19-30 (145241)

EXTRACTO

A: LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA Le Hago Saber: En mérito del sorteo de ley, este Juzgado avocó conocimiento de la demanda de Tutela No. 1184-2013, cuyo extracto es el siguiente. ACTORA: DORA FRANCISCA SUAREZ GOMEZ DEMANDADOS: JOSÉ DANILO MAYORGA SUAREZ y LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA. OBJETO DE LA DEMANDA: Tutela AUTO INICIAL: 27 de Marzo del 2014, las 08h14

OBJETO DE LA DEMANDA: Señor VICTOR GUERRERO PROAÑO en calidad de deudor, para que mediante sentencia, sea condenado a pagar a mi representada PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO las siguientes valores: La suma de USD. $ 5.060.34 (CINCO MIL SESENTA 34/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; Las expensas judiciales de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberán incluir los honorarios del abogado que patrocine. AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h49. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra GUERRERO PROAÑO VICTOR, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acompañados agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.- f) Ab. Eduardo Seminario Vinueza, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, 12 de agosto del 2013 las 10h44. Agréguese a los autos el escrito presentado. En mérito de la afirmación bajo juramento del actor de desconocer el domicilio actual del demandado, se ordena citarlo por la prensa de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en el Diario EL TELEGRAFO de esta ciudad. Notifíquese f) DR. JULIO MIGUEL AREVALO RIVERA JUEZ QUINTO DE LO CIVIL, Guayaquil, jueves 20 de marzo del 2014, las 16h48. VISTOS: VISTOS.- En virtud de la resolución número 167-2013, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura el treinta de octubre del dos mil trece, mediante el cual se suprime los Juzgados Civiles del cantón Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, la misma que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que su causa que anteriormente correspondía al JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CANTÓN GUAYAQUIL, actualmente le corresponde al número 09332-2014-211.196, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ "E" con su nuevo número de expediente y solo como dato adicional de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención. En lo principal, agréguese a los autos el escrito de fecha 13 de marzo del 2014, a las 08h48 presentado por el Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, proveyendo lo solicitado se dispone que el Extracto de Citación para publicar por la prensa la citación al demandado Víctor Guerrero Proaño, sea enviada a la casilla judicial 2259. Tómese en consideración el correo electrónico señalado [email protected]. Notifíquese.- f) LUIS RAFAEL CENTENO RODRIGUEZ, JUEZ "E" (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

EXTRACTO DE CITACIÓN

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURAN

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ANSELMO SANCHEZ GOMEZ Y BLANCA JANETH JARAMILLO CASTRO.SE LE HACE SABER: Dentro del Juicio Ordinario de (P.E.A.D.) No. 709-2013, seguido por BOSCO JOEL IDROVO FERNANDEZ en contra de ANSELMO SANCHEZ GOMEZ Y BLANCO JANETH JARAMILLO CASTRO, cuyo extracto de citación y auto recaído en ella es del tenor siguiente:Durán, Lunes 10 de Marzo del 2014, las 10h53.- VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio presentada por BOSCO JOEL IDROVO FERNANDEZ, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta al trámite de Juicio ordinario. Cítese a los demandados ANSELMO SÁNCHEZ GÓMEZ y BLANCA JANETH JARAMILLO CASTRO, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto recaído, por la prensa, en un periódico de amplia circulación que se editen en la ciudad de Guayaquil, (El Universo, El Telégrafo y Expreso), por no existir diarios en esta localidad, de Conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para que dentro del término de quince días proponga las excepciones dilatorias y perentorias de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el art. 1000 del Código de Procedimiento Civil. Cítese y notifíquese. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Esp. Luis Argudo Romero.CUANTÍA: USD$ 15.213,17 Lo que comunico a Uds., previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán tenidos o declarados rebeldes.- Duran, 08 de Mayo del 2014.Ab. José Sotomayor Coronel Secretario (E) del Juzgado 30º de lo Civil y Mercantil de Durán

May. 15-16-19 (146069)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO ESPECIAL DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL No. 424-2014-A.C.H.L., PROPUESTO POR EL SEÑOR AB. JORGE LUIS ALARCON CORDOVA, REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL MALPASO S.C.C. EXTRACTO ACTOR: JUICIO: CAUSA: CUANTÍA: TRAMITE: ABOGADO:

ABG. JORGE LUIS ALARCON CORDOVA, REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL MALPASO S.C.C. ESPECIAL DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL No. 424-2014-A.CH.L. INDETERMINADA ESPECIAL JORGE LUIS ALARCON CORDOVA

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 13 de mayo del 2014, las 10h16.- VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud de la acción de personal N° 2953-DNP de 25 de Julio del 2012; y posesionada el 01 de Agosto del 2012. En lo principal, la petición que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite especial, en consecuencia, hágase saber al público mediante la publicación de un extracto de la escritura de constitución de la Sociedad Civil y Comercial denominada MALPASO S.C.C., petición y este Auto por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación de este Cantón.- Téngase en cuenta el casillero señalado.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Actúe el Dr. Patricio Calderón como Secretario Encargado en virtud de la Acción de Personal No. 875-DP-DPP del 12 de Febrero de 2014. NOTIFIQUESE. f).- DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO, JUEZA SEGUNDA DE LO CIVIL DE PICHINCHA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- CERTIFICO.DR. PATRICIO CALDERON TOAPANTA SECRETARIO ENCARGADO

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JUICIO N. 422-2014 LR DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA TOLAS S.C.C. DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N.751 DR. JORGE ALARCON CORDOVA CUANTÍA: INDETERMINADA PRIMERA: COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración de la presente escritura de constitución de sociedad civil y comercial, denominada TOLAS S.C.C.", todos por sus propios derechos, los señores, José Ribadeneira Fernández Salvador, casado, y, Juan José Ribadeneira Terán, casado, mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en está ciudad de Quito, hábiles para contratar y obligarse y manifiestan su voluntad de constituir como en efecto lo hacen, una sociedad civil que se denominará TOLAS S.C.C. SEGUNDA: CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL TOLAS S.C.C. Los comparecientes, todos por sus propios derechos, constituyen la sociedad civil comercial denominada "TOLAS S.C.C. la misma que se regirá por lo establecido en la presente escritura pública, las disposiciones pertinentes del título XXVI, del libro IV del Código Civil Ecuatoriano y supletoriamente por la Ley de Compañías, en lo que fuere aplicable.- TERCERA.- DURACIÓN.- La sociedad que se constituye tendrá una duración de diez años, a partir de la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro Mercantil del cantón Quito, pudiendo ser disuelta o prorrogada de conformidad con lo establecido en la cláusula décima sexta de estos estatutos y por lo dispuesto en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil.- CUARTA: OBJETO DE LA SOCIEDAD.- El objeto principal de la sociedad será la promoción, construcción, comercialización y venta de departamentos, oficinas, locales comerciales, en general al negocio inmobiliario. Además la sociedad tendrá la capacidad amplia y suficiente de que gozan los sujetos de derecho de conformidad con las leyes, pudiendo ejecutar cualquier operación, acto o negocio jurídico.- En general podrá celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, asociarse con otras personas cuya actividad sea similar o complementaria a la suya, pudiendo incluso participar como accionista en sociedades anónimas o como socia de compañías de responsabilidad limitada.- QUINTA.- NACIONALIDAD DOMICILIO.- La sociedad que se constituye es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio principal estará ubicado en el Distrito Metropolitano de Quito, pudiendo abrir sucursales o agencias en cualquier lugar del Ecuador o del exterior, por resolución de la Asamblea General de Socios.- SEXTA DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital social de la sociedad es de diez mil dólares pagados en numerario, dividido en diez mil participaciones de un dólar cada una, capital que ha sido suscrito y pagado en su totalidad.- SÉPTIMA: DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS FRENTE A TERCEROS Y A LA SOCIEDAD.- En cuanto no hayan sido expresamente modificados por esta escritura de constitución, los derechos, obligaciones y responsabilidad de los socios frente a Terceros y la Sociedad, se regulará por lo establecido en el Título XXVI, libro IV del Código Civil, además de los derechos, obligaciones y responsabilidades de los socios que constan en otras cláusulas de esta escritura, se estipulan unánimemente los siguientes: a) Los socios pueden intervenir en la administración de la sociedad, sea desempeñando la Presidencia, la Gerencia General o cualesquier otra función establecidas, cuando sean elegidos para dichas funciones por la Asamblea General de Socios o por medio de su participación en dicha Asamblea General de Socios, en la que gozarán de derecho al voto a prorrata de sus participaciones en el capital de la sociedad.- b) La responsabilidad de los socios frente a terceros por actos o contratos de la sociedad, será exclusivamente a prorrata de su interés social y limitado al monto de su aportación social.- c). El fallecimiento de uno de los socios no será causa de disolución de la sociedad.- Los sucesores nombrarán un mandatario común que ejercerá los derechos y obligaciones de todos ellos en la Sociedad.- Si no hicieren este nombramiento en el plazo de sesenta días contados a partir del fallecimiento del socio, los administradores de la Sociedad podrán pedir a un Juez de lo Civil del respectivo cantón, el que con anuencia de los sucesores procederá al nombramiento una persona de su libre elección.- d). Los socios quedan privados de su derecho a renunciar a la Sociedad, excepto ceder sus aportaciones en la forma prevista en la Ley y estos Estatutos.- e). Los socios quedan facultados para ceder sus participaciones mediante el simple endoso de las mismas, pero siguiendo el procedimiento señalado en el literal f) siguiente, hecho éste que será notificado al Gerente General de la sociedad, a fin de que anote la razón de la cesión en el Libro de Participaciones de la Sociedad.- Se considerará como legítimo portador de las a quien aparezca como tal en el Libro de Participaciones y tendrá en consecuencia derecho a participar en las Asambleas Generales con todos los derechos y obligaciones que se establecen para los socios.- f) Solo por mayoría de los socios se podrá aumentar el capital social, en cuyo caso, cada uno de los socios tendrá derecho preferencial, a prorrata de sus participaciones sociales.- Este derecho de preferencia deberá ejercerlo dentro de los sesenta días posteriores a la resolución de aumento, caso contrario revertirá a los otros socios automáticamente.- De igual manera, la cesión de las participaciones de los socios será conocida en Asamblea General y tendrán derecho preferencial en la cesión, los socios de la sociedad, a prorrata de sus participaciones; pero si en sesenta días consecutivos el o los socios no ejercen este derecho, el cedente podrá ofrecer a terceros aceptados por unanimidad de la Asamblea General.- g) Cualesquiera de los socios podrá impugnar en el plazo de treinta días de la fecha del acuerdo o resolución, que no haya sido tomado por unanimidad, las decisiones de los organismos administrativos de la Sociedad; si tales decisiones fueren contrarias a lo estipulado en esta escritura o a la legislación vigente o lesionare los intereses de la sociedad en beneficio de uno o mas socios.- En estos casos el recurrente se presentará ante uno de los jueces de lo civil del respectivo cantón donde se domicilie la sociedad, acreditando no haber participado en la decisión materia de la impugnación y precisando la cláusula contractual o disposición legal infringida.- La tramitación de este litigio se hará por la vía verbal sumaria y siempre quedarán a salvo los derechos adquiridos por terceros de buena fe en virtud de actos o contratos realizados en ejecución de la decisión materia de la litis.- Los acuerdos tomados por unanimidad podrán ser reveidos por la Asamblea General a petición de cualquiera de los socios, siempre que tales acuerdos hayan infringido la Ley o estos Estatutos.- Pero no podrán reveer decisiones que afecten a la sociedad de una u otra manera.- h). Las pérdidas y beneficios de los negocios sociales corresponden a los socios a prorrata de su contribución al capital social de la Sociedad y limitado a dicho aporte.- OCTAVA: Administración de la Sociedad, Representación Legal.- La administración de la Sociedad se llevará a cabo por la Asamblea General de Socios, por el Presidente y por el Gerente General.- El Presidente y el Gerente General, separadamente, tendrá la representación legal de la Sociedad.- NOVENA: de la Asamblea General de Socios.- La Asamblea General de Socios es el órgano supremo y sus decisiones tomadas de conformidad con lo estipulado en esta escritura son obligatorias para la Sociedad y los socios.- Los socios podrán concurrir por si mismos o por intermedio de un mandatario a las Asambleas.- El mandato por una Asamblea se otorgará

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por instrumento privado dirigido al representante legal de la sociedad, excepto cuando haya otorgado poder general o especial mediante escritura pública.- Cada año, dentro de los tres primeros meses, deberá reunirse la Asamblea General Ordinaria de Socios, a fin de aprobar el balance y escuchar el informe del Gerente General correspondiente al ejercicio que finalizó y de Comisario.- La Asamblea General Extraordinaria se reunirá en cualquier momento cuando fuere debidamente convocada y a fin de tratar los aspectos señalados para dicha Asamblea.- La Asamblea General Extraordinaria o la Universal de socios se entenderá convocada y válidamente constituida en cualquier lugar dentro del territorio nacional para tratar cualquier asunto, siempre y cuando estén presentes la totalidad de los socios y por unanimidad decidan instalarse en Asamblea, así como tratar los aspectos señalados por el Presidente de la Asamblea y, una vez concluida la misma, todos los socios suscriban la respectiva acta.- DÉCIMA: CONVOCATORIAS.- La convocatoria para Asamblea General podrá hacerse por intermedio del Presidente o del Gerente General, actuando conjuntamente o por separado.- Las convocatorias se harán en forma verbal y personal a cada socio.- Solo por imposibilidad de convocar así, se hará comunicación escrita dirigida a cada socio o por intermedio de la prensa, por un aviso en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad del domicilio de la Sociedad con una anticipación, en ambos casos, de por lo menos diez días a la fecha fijada para la celebración de la Asamblea.- UNDÉCIMA: Decisiones de la Asamblea.- Quórum para la Asamblea General.- Para que una decisión de la Asamblea General sea obligatoria se requerirá el voto afirmativo de un número de socios que represente, el cincuenta y uno por ciento del capital social de la Sociedad concurrente a la Asamblea.- Para que pueda constituirse válidamente la Asamblea General, deberá hallarse presente o estar debidamente representados el número de socios que representen en cincuenta y uno por ciento del capital social.- DUODÉCIMA: Autoridades de la Asamblea.- Actas.- La Asamblea será presidida por el Presidente de la Sociedad y actuará como secretario el Gerente General de la misma o la persona que en cada caso designare la Asamblea.- En caso de ausencia de uno o ambos funcionarios, los concurrentes designarán un Presidente y un Secretario ocasionales.- Corresponderá a las autoridades que hayan actuado, formar y legalizar un expediente de cada Asamblea, en la que deberá incluirse copia de la convocatoria, lista de socios asistentes, minutas de las deliberaciones y todos los documentos que hayan sido conocidos por los socios de la Sociedad así como los aspectos que fueron tratados y aprobados.- DÉCIMA TERCERA: Atribuciones de la Asamblea General.- La Asamblea General ejercerá las atribuciones conferidas en estos Estatutos y además las siguientes: a). Conocer y resolver todo asunto relativo a las actividades de la Sociedad.- Sin embargo, sus resoluciones respecto a asuntos que correspondan al Presidente y al Gerente General, podrá referirse únicamente al examen de la conducta de estos funcionarios de la Sociedad y no perjudicaran en ningún caso a terceras personas.- b). Nombrar, reemplazar y remover al Presidente, Gerente General y otros administradores, señalará la función que desempeñarán, sus atribuciones y el periodo para el que son elegidos.- c) Conocer y aprobar cuentas, balances, e informes anuales que deben presentar los administradores o cuando así lo requiera la Asamblea.d) Resolver acerca de la distribución de beneficios sociales e) La Asamblea General solo podrá conocer y resolver de los asuntos que hayan constado en la convocatoria correspondiente o que se hayan aprobado tratar cuando fuere una Asamblea Universal.- DECIMA CUARTA: Del Presidente. El Presidente, quien durará cinco años en su cargo, ejercerá la representación legal de la compañía en forma individual al Gerente General, tendrá por atribuciones y responsabilidades las que se señalan en los Estatutos o las que le confíe la Asamblea General de Socios; DECIMA QUINTA: Del Gerente General.- El Gerente General, quien durará cinco años en su cargo, ejercerá la administración y representación legal de la Sociedad en forma individual al Presidente, para cuyo efecto debe ceñirse a lo estipulado en estos Estatutos, al Código Civil y, supletoriamente a la Ley de Compañías.- El Gerente General, en especial, tiene las siguientes atribuciones y deberes: a) Es responsable de la buena administración y gestión de los negocios sociales y del inmediato y exacto cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General.- b) Le corresponde todo acto de gestión administrativa, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación económica alguna.- c) Puede decidir, bajo su exclusiva responsabilidad, sobre la realización y ejecución de todo acto o contrato por el cual la Sociedad adquiera derechos u obligaciones, así como otorgar garantías y vender e hipotecar inmuebles libremente.- d). Dentro de los primeros sesenta días del año presentará, suscrito conjuntamente con el Contador de la Sociedad, los informes, balances, cuentas e inventarios anuales o en cualquier momento, cuando así lo solicitare la Asamblea General.- DÉCIMA SEXTA: Disolución y Liquidación de la Sociedad.- Además de lo estipulado en otras cláusulas de esta escritura y lo determinado en el Código Civil, la sociedad se disolverá, sea al vencimiento de su plazo o (y) por resolución unánime de la Asamblea General.- DÉCIMA SÉPTIMA: Integración y pago del capital.- El cuadro de integración y pago del capital social queda como a continuación se detalla: Nombre de los Socios José Ribadeneira F. Juan Ribadeneira T. TOTAL:

Capital Suscrito 5.000 5.000 10.000

Capital Pagado 5.000 5.000 10.000

Número de Particip. 5.000 5.000 10.000

Disposición Transitoria.- Se autoriza al abogado Jorge Luis Alarcón Córdova con matrícula profesional 17-2003-226 del Foro de Abogados para que efectúe todos los trámites tendientes al perfeccionamiento de la constitución de la Sociedad, quedando facultado para suscribir y presentar la petición de aprobación de esta escritura de constitución ante uno de los Jueces de lo Civil de Pichincha, y suscriba todo cuanto documento sea necesario en el trámite. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de mayo del 2014, las 15h41. VISTOS: La competencia de la presente causa se ha radicado en esta Judicatura, según consta de la razón de sorteos que antecede, por lo que avoco conocimiento de la misma, en calidad de Juez Encargado, en virtud de la Acción de Personal N. 703 DP-DPP de 4 de febrero del 2014. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. En consecuencia publíquese por una sola vez el extracto de la escritura de Constitución de Sociedad Civil y Comercial denominada TOLAS S.C.C., y esta providencia en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se edita en esta ciudad de Quito. Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados. Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad de Secretario, encargado en virtud del oficio N. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de marzo del 2007.NOTIFÍQUESE. f) Juez. Lo que ponga en su conocimiento para los fines de Ley. Dr. Luis Ron Villavicencio SECRETARIO (E)

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AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA METAL MANCHENO S.A. METALMANSA “EN LIQUIDACION”

AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA Y AGRICOLA ANTENOR ALEJANDRO S.A. INMOANTEAGRO "EN LIQUIDACIÓN"

En atención a lo que dispone el Art. 393 de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los acreedores de la Compañía en mención, a fin de que quienes se consideren con tal derecho, presenten ante el suscrito Liquidador, en la calle Baquerizo Moreno No. 916 y Víctor Manuel Rendón, 3er. Piso, Of. 3-A, en esta ciudad de Guayaquil, en el termino de VEINTE DIAS contados desde la última publicación de este aviso, los documentos que acrediten su derecho, previniéndoseles que de no hacerlo, se tomaran en cuenta solamente a los acreedores que hayan presentado su reclamación y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la Compañía.

En atención a lo que dispone el artículo trescientos noventa y tres de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que, quienes se consideren como tales, presenten los documentos que acrediten sus derechos, ante el suscrito Liquidador en el local social de la compañía ubicado en la Urbanización Ciudad Celeste, S1.12, Mz. 5, Conjunto La Ría, de esta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, previniéndoles que de no hacerlo, no se los tomará en cuenta en la liquidación pues sólo se considerará a los acreedores que hayan probado su calidad; y, a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación.

Guayaquil, Mayo 15 del 2014

Guayaquil, 15 de Mayo de 2.014

KAIFO CRISTOBAL MANCHENO LAINES C.C.No. 1708037708 LIQUIDADOR PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA

May. 17-18-19 (146287)

ANTENOR AVILÉS ESPINOZA LIQUIDADOR PRINCIPAL

May. 19-20-21 (146297)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN DEMANDADO: CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET. LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer el Juicio Verbal Sumario No. 40732-2014. ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S. A., COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO. TRAMITE DE JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 40732-2014. OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con el Arts. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio; artículo 828 del Código de Procedimiento Civil y disposiciones del Código Civil a fin de que sea condenada al pago de lo adeudado. JUEZA DE LA CAUSA: AB. MARIA ISABEL VALDIVIEZO DE LUCCA, JUEZA “H” DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 30 de agosto del 2012, las 16h14. VISTOS: En virtud de al acción de personal N° 4163-UARH-KZF de fecha 8 de agosto del 2012, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda que antecede presentada por el Abg. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO en su calidad de Procurador Judicial, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- En consecuencia cítese con la demanda y el auto inicial a la demandada CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET en el lugar señalado en la demanda. Agréguese a los autos los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución, luego de la citación a la demandada, dejando fotocopia certificada en autos, los mismos que luego de la citación del demandado.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señala, esto es la N° 1513 NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Omar Aguiar Pérez Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, martes 18 de junio del 2013, las 18h42. Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 6303 UARH-KZF del 21 de Noviembre del 2012.- Póngase en conocimiento de la parte actora la razón sentada por el citador judicial Jhon Roberto Carchi Artieda.- Notifíquese.- f) Ab. Juan López Maldonado Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP del 1 de julio del 2013.- Agréguense a los autos el escrito que antecede por cuanto el accionate, bajo juramento declara que le es imposible determinar la individualidad y residencia de la señora CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET, se dispone citarla por la prensa, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo hacerse las publicaciones en EL DIARIO de mayor circulación.- Tómese en cuenta el correo electrónico para futuras notificaciones patrocinio_consultoria_legal@ hotmaiI.com.- Cítese y Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez.- A continuación CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 15h58. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP de fecha 26 de junio del 2013, que rige a partir del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el “Centro Judicial Florida Norte”, se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 4182012, actualmente le corresponde el No. 40732-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo Número de Expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos el escrito presentado por el Ab. Gerson Haro Merino por los derechos que representa de la compañía PACIFICARD S.A., en calidad de Procurador Judicial.- Cúmplase con lo ordenado en providencia de fecha jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40.- Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez de la Unidad Judicial Civil.CUANTÍA: USD 8,000.00 Lo que comunico a usted para los fines de ley consiguiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se la declarara rebelde, la casilla deberá ser señalada en esta ciudad de Guayaquil.Guayaquil, 8 de mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146196-1)

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS SE LES HACE SABER: Qué en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sustanciar el juicio VERBAL SUMARIO Nº 4367-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador Judicial de Banco del Pacífico S.A., contra Geovanny Fernando Mariscal Cárdenas, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador judicial de Banco del Pacífico S.A. DEMANDADO: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

CITACIÓN - EXTRACTO

CITACIÓN - EXTRACTO

A: ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ.SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Verbal Sumario N° 31034-2014, seguido por PACIFICARD S. A., contra ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ se encuentra lo siguiente: CUANTÍA: $10.000,00.FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y fundamenta su demanda en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, miércoles 19 de febrero del 2014, las 17h31.- La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino en calidad de procurador judicial de Pacificard S.A., en virtud del poder adjunto y por el cual se declara legitimada su intervención, se la califica de clara, precisa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Cítese a Andrea María Lapentti Menéndez, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se remitirán las boletas a la Oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. SIGUE LA PROVIDENCIA.- Guayaquil miércoles 9 de abril del 2014, las 15h35.- En vista de la declaración bajo juramento, que hace la parte actora, quien manifiesta mediante escrito de fecha 4 de abril del 2014, que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ, cítese por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. La Secretaria elabore y entregue -a través de la casilla judicial- el correspondiente extracto de citación para su publicación en uno de los periódicos de amplia circulación de este lugar.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-MLo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 10 del 2014. -

A: MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO.SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio Verbal Sumario N° 29903-2014, seguido por BANCO DEL PACIFICO S. A., contra MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO se encuentra lo siguiente: CUANTIA: Indeterminada. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y fundamenta su demanda en el numeral 828 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, martes 18 de febrero del 2014, las 14h26.VISTOS: La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de procurador judicial de BANCO DEL PACIFICO S.A., se la califica de clara, precisa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Téngase por legitimada su intervención.- Cítese a Marcia Jannet Cervantes Romero, para lo cual remítanse las boletas a la oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización, a su abogado defensor. Desglósese... SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 08h56.- Agréguese a los autos la razón sentada por el citador judicial y escrito que antecede.- En vista de las diligencias investigativas que se han hecho para tratar de ubicar el domicilio o residencia de la demandada y la declaración bajo juramento que hace la parte accionante, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO, cítese a ésta por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-MLo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 14 del 2014. -

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZO SECRETARIA (E)

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZO SECRETARIA (E)

May. 19-20-21 (146195-2)

May. 19-20-21 (146195-1)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO Se le hace saber que este despacho le ha tocado conocer el juicio de INSOLVENCIA N° 12769- 2014 seguido por PACIFICARD S. A. contra Wilson Efren Orellana Astudillo, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR. PACIFICARD S.A. DEMANDADO. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO FUNDAMENTO DE LA DEMANDA. La parte actora fundamenta su demanda de conformidad al Art. 519 del Código de Procedimiento Civil. AUTO INICIAL.- Guayaquil, 2 de diciembre del 2013, las 15h22 VISTOS: La demanda presentada por PACIFICARD S.A., contra WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite correspondiente.- De las copias acompañadas se desprende que el ejecutado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, no ha pagado el crédito ni ha dimitido bienes, por la que fue requerido en el mandamiento de ejecución, se presume la insolvencia del demandado al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara que ha lugar el concurso de acreedores en contra del demandado, se ordena que el fallido dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; la ocupación y depósito de sus bienes, libros correspondencia y documentación que deberán ser entregados al Síndico de Quiebras que se acumulen los pleitos que se siguen en contra del fallido.- Se concede al fallido el término de tres días conforme el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, para que pueda oponerse a la insolvencia.- Cítese al demandado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por la prensa de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio del demandado.JUEZ DE LA CAUSA. AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ "L" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.Lo que comunico a usted para fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 17 del 2014

A: MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 09332-2014-9474, seguido por PACIFICARD S.A. contra MlRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, cuyo extracto es el siguiente: Guayaquil, lunes 13 de agosto del 2012, las 10h52. VISTOS:- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 3786-UARH-KZF, de fecha 24 de Julio del 2012.- La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A., en su calidad de Procurador Judicial, la misma que la justifica con el instrumento público que acompaña, contra HOJAS CABRERA MIRNA CRISTINA, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley.- Consecuentemente, se la admite para sustanciarla en juicio verbal sumario y se ordena citar a la accionada en el domicilio señalado para el efecto, entregándole copias certificadas de la demanda y auto recaído en la misma.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 que señala para recibir sus notificaciones; así como la autorización profesional que le concede a su abogado patrocinador.- Hágase saber.- f) AB. BECKER SALINAS BUENAÑO, JUEZ TEMPORAL ENCARGADO DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 17 de abril del 2014, las 08h25.- Atendiendo lo requerido por el actor en su escrito de fecha 26 de julio del 2013, de las 13h12, y en virtud al reconocimiento de firma que antecede.- Se ordena citar por la prensa a la demandada MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de la accionada.- Hágase saber.- F) AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ L - DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario será considerado rebelde. Guayaquil, 17 de Abril del 2014

Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.CUANTÍA: US $7.500,oo (SIETE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez "P" de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía.Guayaquil, Abril 30 del 2014 Ab. Roberto Rodríguez Larrea SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146193-5)

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. AVISO DE REMATE LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 25 de Abril de 2014; Las 9h59, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-228-2002, se ha señalado para el día MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que tenga lugar el remate del bien inmueble consistente en un solar ubicado en la calle 14, entre la avenida 1 y avenida 2 de la ciudad de Manta, Cantón Manta, Provincia de Manabí.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. UBICACIÓN El inmueble se encuentra dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL FRENTE Calle Eugenio Espejo, con once metros, POR ATRÁS con propiedad del Sr. Dr. Jorge Cevallos Murillo con nueve metros, POR EL LADO DERECHO con propiedad de los herederos de don Aquiles Rodríguez con diecinueve metros y POR EL LADO IZQUIERDO con la parte del solar y casa que se adjudica mediante sentencia de Partición Extrajudicial al coheredero Cristóbal Ricardo Carrera Santana con veintidós metros, con un área total de 201,30 m².2. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN DEMANDADO: MAXIMO OSWALDO GARCIA PINARGOTE. LE HAGO HABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer el juicio Verbal Sumario No. 536822014. ACTOR: JUAN CARLOS LOPEZ BUENAÑO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S. A. TRAMITE DE JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 53682-2014 OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con el Arts. 1 y 3 numeral noveno del Código de Comercio y disposiciones contenidas en el Código Civil Arts. 1561 y 1567 a fin de que sea condenado al pago de lo adeudado. JUEZA DE LA CAUSA AB. MARIA ISABEL VALDIVIESO DE LUCCA JUEZA "H" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, miércoles 6 de enero del 2010, las 09h38. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el señor Abg. JUAN CARLOS LOPEZ BUENAÑO, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- En consecuencia cítese con la demanda y al auto inicial al demandado MAXIMO OSWALDO GARCIA PINARGOTE en calidad de deudor y THOMAS HANISCH RAMOS en el lugar señalado en la misma.- Agréguese a los autos los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución, dejando fotocopia certificada en autos.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señala esto es la N° 1928.- Hágase saber f) Dr. Carlos Salmon Juez.- A continuación CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 16h44. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP de fecha 26 de junio del 2013 que rige a partir del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte'', se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 1117-2009, actualmente le corresponde el No. 53682-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo número de Expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión señalar el que no cause confusión señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos la razón sentada por Gabriel Alejandro Rios Salazar.- RAZON: Siento como tal que no procedo a citar a GARCIA PINARGOTE MAXIMO OSWALDO, por cuanto CDLA ALAMOS NORTE MZ 01 BLOQUE PORTON DEL ALAMO BL "E" DPTO E 1 PLANTA BAJA, ME INDICARON NO CONOCER AL DEMANDADO MOTIVO POR EL CUAL NO SE CITO. Guayaquil, a veinte y nueve de octubre del dos mil trece.- Agréguese a los autos el escrito Procuración Judicial y anexos presentados por Sandra de la Rosa Romero en calidad de Procuradora Judicial del Banco del Austro S. A.- En virtud de la procuración judicial presentada téngase por legitimada su intervención dentro de la presente causa.- Proveyéndolo se dispone citar por la prensa al demandado señor García Pinargote Maximo Oswaldo para lo cual elabórese el respectivo extracto de citación, mismo que deberá, ser publicado en unos de los diarios de mayor circulación de la ciudad, ya sea Diario EL TELEGRAFO; EXPRESO O UNIVERSO de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la autorización que la confiere a los Abogados se mencionan que el escrito que se provee a fin de que presenten cuantos escritos sean necesarios para su defensa.- Sígase notificando en la casilla judicial No. 1928 que señala, para el efecto.- Notifíquese.- f) Ab. Maria Isabel Valdiviezo De Lucca Juez de la Unidad Judicial Civil.CUANTÍA: USD 2,728.82. Lo que comunico a usted para los fines de ley consiguiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se lo declarara rebelde, la casilla deberá ser señalada en esta ciudad de Guayaquil.Guayaquil, 8 de mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 16-19-20 (146226)

Características generales del terreno: Es un solar medianero, su forma irregular, la topografía es plana, sobre el se implanta una edificación tipo bodega de construcción inconclusa. La construcción se encuentra adosada hacia el lindero derecho y tiene cerramiento parte del lindero derecho y el lindero posterior. En la parte frontal hay una puerta con perfiles metálicos y malla galvanizada, en la parte lateral izquierda tiene patio pavimentado y en la parte posterior derecha el piso es tierra rellenada. El lindero izquierdo es abierto con acceso al otro 50% de la propiedad adjunta. 3. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN Este solar tiene en su interior una construcción tipo bodega, la misma que tiene una parte con cubierta y el resto no tiene. La parte cubierta esta cercada con paredes de ladrillo y mampara de madera. 4. INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR Tiene todos los servicios básicos como: agua potable, alcantarillado sanitario y fluvial, energía eléctrica, servicio telefónico, tvcable, recolección de basura; las calles y avenidas del sector son pavimentadas en buen estado con aceras y bordillos. 5. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR Es el centro de la ciudad de Manta, caso comercial, financiero, comercial y turístico de la urbe, esta el precio a una cuadra del Malecón Jaime Chávez Gutiérrez. En el sector encontramos los principales bancos, además la Plaza Cívica, El parque de la Madre, Municipio de Manta, Palacio de Justicia, Empresa de Agua Potable, CNT, CFN y colegios. 6. RESUMEN DEL AVALÚO: Terreno Bodega Patio pavimentado Valor Avalúo Total

201,30 m2 89,60 m2 72,80 m2

Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146195-4)

May. 19-20-21 (146195-3)

OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi representada los siguientes valores: a) El capital adeudado de US $5,297,53; b) Los intereses estipulados en el contrato de tarjeta de crédito y los de mora que se ocasione hasta el momento del pago; c) La restitución de los gastos que van a ser efectuados por Banco del Pacífico S.A. acorde a lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil: y, d) Las costas judiciales, donde se deberán incluir los honorarios correspondientes a nuestros patrocinadores por la defensa brindada a mi representada en la presente causa. AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 28 de marzo del 2013, las 11h14.- VISTOS: La demanda propuesta por BANCO DEL PACÍFICO S.A., debidamente representada por su Procurador Judicial Abg. GERSON HARO MERINO, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS.- En lo principal la demanda precedente, por ser clara, precisa y completa, y reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- Cítese al demandado con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 4087 así como el correo electrónico [email protected] que señala la parte actora y la autorización que da a sus abogados defensores.- Cítese y Notifíquese.Guayaquil martes 29 de abril del 2014, las 14h16.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora de fecha 23 de abril del 2014, las 15h52 y vista el acta de declaración Juramentada y por cuanto el accionante bajo el juramento de ley indica que es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado Geovanny Mariscal Cárdenas, se dispone citarlo por la prensa en el diario El Telégrafo de esta ciudad, conforme determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hágase saber.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

$ 367,85 $ 120,00 $ 15,00

$ 74,048.21 $ 10,752.00 $ 1,092.00 $ 85.892,21

7. VALORACIÓN TOTAL: OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS 21/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por las dos terceras

partes del valor del avalúo del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada publicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Aníbal Vallejo Espinel, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2335. y 2359, CELULAR 0991543935.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.- Los postores deberán presentar acompañando a su solicitud de calificación los siguientes documentos en originales o copias certificadas por notario: 1.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del Registro Único de Contribuyentes; 2.- Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de Vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; 3.- Certificado actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, acerca de que el encontrarse el postor al día en el cumplimiento de obligaciones y deberes como contribuyentes; 4.- Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en el punto 2; 5.- Certificado de referencias crediticias actualizado; 6.- Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP) en donde conste que el postor ni sus representantes legales se encuentran en la base de datos reservada de esa institución; y, 7.- Ultima planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, o, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el remate en particular, de conformidad con la Resolución número JB-2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva.- El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 11 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.- Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 25 de Abril de 2014.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA Mayo. 6-19-30 (145225)

EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARCO POLO VALENCIA CALDERON ACTOR: NELY ELENA CALDERON ALVAREZ DEMANDADO: MARCO POLO VALENCIA CALDERON y DRA. MARIANA DURAN SALGADO JUICIO: ORDINARIO No. 26-2013-HCH. TRAMITE: ORDINARIO OBJETO: Demanda se declare la falsedad de la Escritura Pública de Compraventa. CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIAS: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, jueves 21 de febrero del 2013, las 16h10.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.Cuéntese en la presente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Cuéntese con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Alvarez, a quien se le hará conocer a través de la Oficina de Citaciones, para lo cual remítase las copias respectivas.- Incorpórense al proceso la documentación acompañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, viernes 18 de octubre del 2013, las 15h50.- VISTOS: Agréguese al proceso las razones de citaciones y escritos presentados.- Atenta la petición que antecede y de conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda en el sentido que se deja de contar como accionada con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Álvarez, en consecuencia: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede y reforma son completas, claras, precisas y reúnen los demás requisitos de ley, por lo que declarándoselas procedente se las admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda, reforma y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.- Cuéntese en la presente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda y reforma mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Incorpórense al proceso la documentación acompañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, martes 29 de abril del 2014, las 09h19.- En lo principal, en mérito del juramento rendido por la actora, sobre la imposibilidad de determinar la residencia, paradero o domicilio del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial, reforma y presente providencia al demandado señor Marco Polo Valencia Calderón, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.Certifico.ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E)

May. 19-20-21 (146258)

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ECUA-KIPS IMPORTADORA CIA. LTDA. La compañía ECUA-KIPS IMPORTADORA CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el 17 de Abril de 2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASDSAS-14-001855 de 13 de Mayo de 2014. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de Participaciones 10.000 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "EL OBJETO DE LA COMPAÑÍA ES LA IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AL POR MAYOR Y MENOR DE MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA INDUSTRIA PETROLERA, PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES BÁSICOS Y RESINAS SINTÉTICAS, ASÍ COMO SOFTWARE..." Quito, 13 de Mayo de 2014 Dr. Román Barrios Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146263)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL.LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 30942-2014, seguido por AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, cuyo extracto es el siguiente: GUAYAQUIL, 26 de Junio del 2009, a las 15h26. VISTOS:- La demanda con el escrito complementario y documentos acompañados que antecede presentada por la AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO, la misma que la justifica con el instrumento público que adjunta, contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL; es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por cuanto el Contrato de Prestamos con Amortización Gradual presentado así como la obligación que éste contiene prestan mérito ejecutivo, se la admite al trámite del juicio ejecutivo y consecuentemente se ordena que ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL cumplan la obligación reclamada o proponga excepciones dentro del término de tres días.- f) AB. PEDRO IRIARTE SUAREZ JUEZ DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 29 de abril del 2014, las 10h12.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013 mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y se crea la "Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil", que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", a la causa No. 572-2009-Y que correspondía al Juzgado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se le ha reasignado el No. 09332-201430942, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, por lo tanto, en lo posterior las partes litigantes deberán dirigir sus escritos al Juez _L. Abg. Roberto Napoleón Angulo Lugo de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignado.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 10766-DNTH-SAF de fecha 27 de septiembre del 2013 que rige a partir del 02 de Octubre del 2013, suscrita por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- Se ordena citar por la prensa a los demandados ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de los accionados.- Intervenga como Secretaria encargada del juzgado la Abogada Magali Hidalgo Sánchez, mediante acción de personal No. UAR-3111 que rige a partir del 27 de marzo del 2014.- Hágase saber.- f) AB. ROBERTO ANGULO LUGO JUEZ L_ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario serán considerados rebeldes. Guayaquil, 08 de Mayo del 2014. Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146257)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

CASILLA # 4087 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

EXTRACTO DE CITACIÓN A: RONALD SALVATIERRA VITERI. LE HAGO SABER: Que en el Juicio Especial de Insolvencia # 2014- 43956, seguido por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A.-, se encuentra lo siguiente: JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Gustavo Sánchez Cárdenas Juez de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil. OBJETO DE LA DEMANDA: Por sentencia se declare la Insolvencia del fallido.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, viernes 4 de abril de 2014, las 17h00.- VISTOS: A).- Avoco conocimiento de la causa, en fundamento de la Acción de Personal No. 1421-DNTH-SAF del 26 de febrero del 2014, como JUEZ CIVIL-G de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, de la Corte Provincial del Guayas. B).- Agréguese a los autos el escrito así como los anexos que adjunta.- La demanda que antecede presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con los documentos que acompaña, se la califica de clara, precisa y por reunir los requisitos de los Arts. 67, 68 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de Juicio de Insolvencia. C).- En consecuencia, y por cuanto de las copias certificadas que se presentan, se desprende que RONALD PAUL SALVATIERRA VITERI, en adelante "El fallido", requerido que ha sido por el Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, en la ejecución que se le siguiera para que pague o dimita bienes equivalentes al crédito adeudado que asciende a la cantidad de $ 7,672,70USD. no lo ha hecho dentro del término que se le concedió para el efecto, presúmase su insolvencia, y por lo mismo declarase haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos, conforme el Art. 509 del C.P.C. D).- Previo a ordenar citar al El fallido por la prensa, la parte actora en cualquier día y hora hábil, comparezca a rendir juramento conforme el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en el deber de garantizar la Tutela Judicial Efectiva de los derechos de legítima defensa del mismo, conforme al Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial. E).- Una vez citado el demandado, la Actuaria sentará la razón correspondiente sobre su oposición o no conforme el Art. 521 del C.P.C., que en caso de ser negativa se continuará con el procedimiento de: e1) hacer saber al público por medio de una publicación que se hará en uno de los diarios matutinos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, la declaratoria precedente, para lo cual la actuaria elaborará y entregaré el extracto correspondiente.- e2) Intervendrá el Ab. Washington Cabrera V., en calidad de Sindico de Quiebras de este Cantón, a quien se notificará la demanda y esta providencia en el casillero judicial No. 614, a fin de que dentro de 72 horas exprese si acepta o no el cargo en referencia y presentará su informe en el término de 15 días luego de citado el demandado, a quien las partes podrán contactar al celular 0985046560.- e3) Se acumularán los pleitos que se sigan contra El fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil.- e4) Se oficiará al señor Ministro Fiscal de esta localidad, para que designe un Agente Fiscal que indague sobre la insolvencia, conforme el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil y si corresponde el enjuiciamiento Penal.- e5) Se hará conocer el contenido de esta providencia a Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador.- e6) Se notificará al Sr. Registrador Mercantil y de la Propiedad de este cantón para que anote el inicio de la acción de insolvencia contra el fallido en el Registro de Interdicciones a su cargo.- e7) Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores. F).- Como medida cautelar, previo a la citación del demandado, se ordena que El fallido no podrá ausentarse del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería, así como a la Policía Nacional, a fin de que se sirvan auxiliar en el cumplimiento de esta medida conforme el principio de colaboración con la Función Judicial, determinado en el Art. 30 del C.O.F.J. G).- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 4087 y correo [email protected], que señala la parte actora, así como la designación de los Abogados que formula. H).- Sin perjuicio de lo anterior, en el término de 3 días la parte actora cumpla con lo dispuesto en el último inciso del Art. 327 del C.O.F.J. I).- Actúe la Ab. Jenny Pizarro Tapia, secretaria encargada mediante acción de personal No.3198UARH-KZ. J).- Cúmplase y notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 6 de mayo del 2014, las 17h16.- Agréguese a los autos los escritos presentados por la parte actora, así como los anexos que adjunta, en atención a los mismos y por cuanto la parte actora, declara bajo la gravedad del juramento que le es imposible determinar la residencia e individualidad del demandado RONALD SALVATIERRA VITERI, cíteselo por medio de uno de los Diarios de mayor circulación que se editen en el País, acorde con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual la Actuaria del despacho, confiera el respectivo extracto de publicación por la prensa.- Notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene que señalar domicilio judicial para sus futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará en rebeldía. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. GUAYAQUIL, 07 DE MAYO DEL 2014.Ab. Jenny Pizarro Tapia Secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-2)

A: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer a esta Judicatura el Juicio de Insolvencia # 24696-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: PACIFICARD S.A. DEMANDADA: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR CUANTÍA: INDETERMINADA AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 5 de febrero del 2014, las 10h36. VISTOS.- En mérito de la razón actuarial, avoco conocimiento de la presente causa.- Por la Resolución Del Consejo de la Judicatura N° 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la presente causa N° 0748-2013 que correspondía al Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante resorteo que consta en foja 26 de los autos, se le ha reasignado con el N° 24696-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo en lo posterior las partes dirigir sus solicitudes al Juez “D” Ab. Rafael Centeno Rodríguez, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil con el nuevo número reasignado. La demanda que antecede, presentada por PACIFICARD S.A., debidamente representado por su Procurador Judicial, Abogado Gerson Haro Merino, conforme lo acredita con el instrumento público que acompaña y se declara legitimada su intervención, la misma que por reunir los requisitos legales, previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto se la admite al trámite.- Como de la xerocopias certificadas acompañadas se desprende que la demandada JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR, no ha pagado la suma de $ 10,743.62, requerida con el mandamiento de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se presume la insolvencia de la indicada demandada al tenor de lo establecido en el numeral primero del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil (Codificado: R.O.-S No. 58 12-VII-2005) y, por lo mismo hay lugar al Concurso de Acreedores. Consecuentemente, se dispone que la demandada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con indicación del activo y pasivo; y que se ocupen y depositen sus bienes del fallido, así como sus libros documentos y correspondencia, debiendo hacerse cargo de los mismos uno de los Síndicos de Quiebra, a quien se notificará la demanda y esta providencia, a fin de que dentro de veinticuatro horas, exprese si acepta o no el cargo en referencia; que se acumulen los pleitos que se sigan contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil, Trabajo e Inquilinato y que se oficie a uno de los señores Jueces de lo Penal de esta provincia, para que se califique la insolvencia; se advierte al demandado que no puede ausentarse del lugar del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería. Que se publique esta providencia una vez ejecutoriada, en el en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; mediante oficios. Hágase conocer el contenido de esta providencia a Servicios Civil y Desarrollo Institucional y Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Seguros. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón para que anote el estado de insolvencia de la demandada en el Registro de Interdicciones a su cargo.- Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores.- Previo a citar a la demandada, JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR conforme lo solicitado, el actor o su Procurador Judicial justifique el agotamiento de las diligencias emprendidas, para poder declarar bajo juramento la afirmación de que es imposible determinar la individualidad o residencia de quien deba ser citado, de conformidad con la resolución No. 020-10-SEP-CC, del registro oficial No. 228 del 5 de julio del 2010, expedida por la Corte Constitucional. La demandada dentro del tercer día después de haber sido citado de cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 4087 y correo electrónico señalado, así como las autorizaciones que le confiere a sus Abogados Patrocinadores. Notifíquese.- Otra providencia. Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 09h07. Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden. Se reforma y se amplía el auto inicial, en los siguiente puntos: 1.- Que la suma requerida con el mandamiento de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil es de $ 25,369.94. 2.- Que además de los oficios ordenados en el auto inicial, se oficie también con la declaratoria de fallida a la Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador y al Registro Mercantil de Guayaquil. En mérito de los documentos adjuntos, en los cuales la parte accionante justifica el agotamiento de las diligencias emprendidas, se dispone citar a la demandada Josie Katherine Flores Villamar, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (Universo, Expreso o Telégrafo), de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Elabórese el respectivo extracto de citación. Notifíquese. f.-) Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil. JUEZ DE LA CAUSA:- Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil.Ab. Jhonny Coppiano Zambrano Secretario Guayaquil, abril 15 del 2014

May. 19-20-21 (146196-3) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: GISELLA MARIA LEONOR GOMEZ BOLOÑA. SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sustanciar el juicio VERBAL SUMARIO N° 8488-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en calidad de Procurador Judicial, contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en calidad de Procurador Judicial. DEMANDADO: Gisella Maria Leonor Gomez Boloña. OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi representada los siguientes valores a) La suma de US $10.881,79 (Diez Mil Ochocientos Ochenta y Uno 79/100 Dólares de los Estados Unidos de América); b) Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; c) Las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil; y d) Las costas procesales en la que se deberán incluir los honorarios de mi abogado patrocinador.AUTO INICIAL: Guayaquil, lunes 5 de marzo del 2012, las 11h11.- VISTOS: La demanda que antecede presentada por Gerson Vladimir Haro Merino en su calidad de Procurador Judicial de Pacificard S.A., conforme lo justifica con el poder acompañado contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, por reunir los requisitos determinados en los Art. 67 y 1013 del Código Procesal Civil, se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite de ley en la vía verbal sumaria. Cítese al demandado con el contenido, de la demanda y este auto en el lugar señalado en la demanda, debiendo remitirse el expediente a la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación acompañada al libelo. Cuéntese con la casilla judicial No 2259 que señala para sus notificaciones y la autorización que otorga a su patrocinador.- Notifíquese.- Guayaquil, martes 18 de marzo del 2014, las 11h43.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 103-A-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 32 de los autos, de fecha 10 de enero del 2014, se le ha reasignado el N° 8488-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Forme parte del proceso el escrito que presenta la parte actora el 13 de marzo del 2014, las 16h30; atendiendo lo solicitado en el escrito que antecede, el accionante Gerson Vladimir Haro Merino por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, comparezca a este despacho judicial el día 27 de marzo del 2014, a las 11h00 para que declare ante esta autoridad, bajo juramento y con las advertencias respecto al delito de perjurio, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la demandada Gisella María Leonor Gomez Boloña, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Por vacaciones del Secretario Abg. Roberto Rodríguez Larrea, actué el Abg. CHRISTIAN OSWALDO CRIOLLO ESCALANTE Secretario del JUEZ “O” en mérito al MEMORANDO N° 0004-UJC-LPAP-2014.- Notifíquese.- Guayaquil, jueves 24 de abril del 2014, las 16h46.- Agréguese a los autos el escrito precedente.- Atendiendo lo solicitado, Cítese a la parte demandada por la prensa, publicaciones que se realizarán en el diario El Telégrafo, acorde lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado la afirmación bajo juramento que hace el accionante que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada Gisella María Leonor Gómez Boloña.- Notifíquese.FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio y Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.CUANTÍA: US $12.500.oo (DOCE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía. Guayaquil, Abril 28 del 2014 Ab. Roberto Rodríguez Larrea Secretario (e) de la Unidad Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-4)

EXTRACTO DE CITACIÓN A: NANCY SALDARRIAGA CORONEL. HAGO SABER: Que mediante sorteo de Ley le ha tocado conocer a esta Unidad Judicial Civil el juicio de Insolvencia N° 28065-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacífico DEMANDADA: NANCY SALDARRIAGA CORONEL. OBJETO DE LA DEMANDA: Se sirva declarar la Insolvencia de la Nancy Saldarriaga Coronel, y que consecuentemente hay lugar al concurso de acreedores.AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 17 de octubre del 2012, las 17h12.- VISTOS: La demanda que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra NANCY SALDARRIAGA CORONEL por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite al trámite de juicio de Concurso de Acreedores.- En consecuencia, como de las fotocopias certificadas acompañadas conferidas por la secretaria del Juzgado Primero de lo Civil de Guayaquil, se desprende que la demandada antes nombrada, no ha cumplido con pagar los valores determinados en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Primero de lo Civil de Guayaquil, dentro del inicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se declara que se presume la insolvencia de la demandada y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- La fallida dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al sindico de quiebra Abogado Washington Cabrera.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta dudad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para tal efecto a los señores jueces de lo Civil, Inquilinato y Trabajo de este Cantón.- Remítanse las copias correspondientes a la Oficina de Sorteos del Ministerio Fiscal a fin de que uno de los señores Agentes Fiscales califique la insolvencia de la fallida.- Oportunamente se convocará a Junta de Acreedores. Prohíbase a la fallida señora Nancy Saldarriaga Coronel, ausentarse de este lugar sin permiso del Juzgado, para lo cual se manda a oficiar a las Autoridades de Migración correspondiente.- Notifíquese a los señores notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, haciéndoles conocer el estado de insolvencia de la fallida.- Conforme al articulo 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes.Cítese a la accionada en la dirección señalada en la demanda para el efecto.- Agréguense los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559 que señala el accionante para sus notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Cítese y notifíquese.- Guayaquil, miércoles 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Incorpórese al proceso el escrito, así como los anexos que en copia simple presenta GERON VLADIMIR HARO MERINO, p. l. d. q. r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico. Dada la afirmación que hace bajo el juramento de ley la parte actora, en la que manifiesta que le es imposible determinar la residencia de la demandada Nancy Saldarriaga Coronel cítesela por la prensa, de conformidad con lo que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es mediante tres publicaciones, las mismas que se efectuara en el Diario El Telégrafo, que se edita en esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.- Guayaquil, miércoles 7 de mayo del 2014, las 17h02.- VISTOS: En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 565-B-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 35 de los autos, de fecha 10 de Febrero del 2014, se le ha reasignado el N° 28065-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes por el momento al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Agréguese a los autos los escritos presentados el 23 de julio del 2013 y 27 de marzo del 2014 por el Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico.- Por cuanto de una revisión minuciosa del proceso se constata que no se ha citado a la demandada Nancy Saldarriaga Coronel, pues lo que se ha elaborado y publicado en el diario El Telégrafo es un aviso al público, con el que se pretende justificar que se ha citado a la demandada, dejándosela en estado de indefensión, en mérito de lo cual se declara la nulidad de todo lo actuado a partir de la foja 23 del expediente, disponiendo que el señor Actuario elabore y confiera el debido extracto de citación por la prensa tal como está ordenado en providencia de fecha 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Notifíquese.FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: De conformidad con lo establecido en el Art. 519, N° 1 del Código de Procedimiento Civil CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía. Guayaquil, Mayo 8 del 2014 Abg. Roberto Rodríguez Larrea Secretario (e) de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-5)

EXTRACTO DE CITACIÓN JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN EL CANTÓN DAULE Juicio No. 949-2013 A: MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil de Daule, le correspondió conocer el Juicio de Nulidad de Escritura No. 0949-2013 seguido por LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME contra MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS y JENNY DEL PILAR CAMPOZANO FIGUEROA, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME. DEMANDADO: MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS y JENNY DEL PILAR CAMPOZANO FIGUEROA. DEMANDA: El actor demanda que en sentencia se declare la nulidad de la escritura de compraventa y el contrato que la contiene. AUTO RECAIDO: Daule, 26 de Febrero del 2014, las 12h17. VISTOS: La demanda que antecede, presentada por LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio ordinario.- Por cuanto el accionante, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la residencia de la demandada MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS, se ordena citarla por la prensa en la forma establecida en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, las mismas que se harán en un diario de amplia circulación de los que se editan en la ciudad de Guayaquil (El Universo, El Telégrafo o Expreso), por no existir diarios que se editen en esta localidad. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Carlos Enrique Eras Vela. TRÁMITE: Ordinario. Cuantía: Indeterminada. Lo que cito a usted para los fines de Ley y le prevengo la obligación de señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o tenido rebelde. Daule, 25 de Marzo del 2014 Ab. Olger Coronel Ibarra Secretario del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil del cantón Daule

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EXTRACTO JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIAL DE PICHINCHA

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE ENCUENTRA TRAMITÁNDOSE LA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA SOLICITADA POR EL SEÑOR JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS. JUICIO: INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA NO. 2014-0220-PP ACTOR: SEÑOR JORGE ANÍBAL YANEZ VARGAS. DOMICILIO JUDICIAL: 3277 DR. EDISON REYES REYES CUANTÍA: INDETERMINADA OBJETO: CONCURRO ANTE USTED SEÑOR JUEZ Y SOLICITO SE ORDENE LA INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA DE FECHA 18 DE JULIO DEL 2012, ANTE EL DR. FERNANDO POLO ELMIR, NOTARIO VIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO.En el Distrito Metropolitano de Quito, capital de la República del Ecuador, hoy día miércoles dieciocho de Julio del año dos mil doce, ante mi, doctor FERNANDO POLO ELMIR, Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito, comparecen; por una parte y en calidad de adjudicador el Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, representado por los señores ALDO FRUCTUOSO HERAS SEGARRA, de estado civil casado en su calidad de Presidente; EDISON GUSTAVO REYES REYES, de estado civil casado en su calidad de Vicepresidente; y, SEGUNDO ALFREDO LLANO TOAPANTA, de estado civil casado en su calidad de Tesorero, conforme consta del nombramiento otorgado por el Ministerio de Bienestar Social antes, hoy Ministerio de Inclusión Económica y social y de la autorización conferida por la Asamblea General del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche que se adjunta como documentos habilitantes; y, por la otra parte y en calidad de adjudicatario los cónyuges señores: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, casado con la señora Celia Isabel Navarrete Flores, por sus propios derechos. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Quito, legalmente capaces para contratar y obligarse, a quienes de conocerlos doy fe, bien instruidos por mí el Notario en el objeto y resultados de esta escritura pública, a la que proceden de conformidad con la minuta que me presentan para que eleve a escritura publica, cuyo tenor literal es el siguiente: SEÑOR NOTARIO.- En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar en su protocolo, una de ADJUDICACIÓN, al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA: COMPARECIENTES.- Comparecen al otorgamiento del presente instrumento público por una parte y en calidad de adjudicador el Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, representado por los señores ALDO FRUCTUOSO HERAS SEGARRA, de estado civil casado en su calidad de Presidente; EDISON GUSTAVO REYES REYES, de estado civil casado en su calidad de Vicepresidente; y, SEGUNDO ALFREDO LLANO TOAPANTA, de estado civil casado en su calidad de Tesorero, conforme consta del nombramiento otorgado por el Ministerio de Bienestar Social antes, hoy Ministerio de Inclusión Económica y social y de la autorización conferida por la Asamblea General del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche que se adjunta como documentos habilitantes; y, por la otra parte y en calidad de adjudicatario los cónyuges señores: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, casado con la señora Celia Isabel Navarrete Flores, por sus propios derechos. Todos los comparecientes son mayores: de edad y domiciliados en esta ciudad de Quito, SEGUNDA: ANTECEDENTES.- a).- Mediante escritura pública celebrado el dos de Julio de mil novecientos ochenta y uno ante el Doctor Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del Cantón Quito, e inscrita el treinta de julio de mil novecientos ochenta y uno, donde los señores Víctor Julio Herrera y Ana María Proaño dieron en venta al señor; Jorge Anibal Yánez Vargas quien adquirió en estado civil soltero y noventa y tres personas más un predio situado en la ex hacienda El Besterio de la Parroquia de ChiIlogallo, del Distrito Metropolitano de Quito Provincia de Pichincha, b).- El Concejo Metropolitano de Quito el catorce de mayo de mil novecientos noventa y siete, expidió la Ordenanza Municipal número tres dos tres dos, de Reconocimiento Legal y celebración de escrituras individuales a favor de los posesionarios de los lotes Virgen del Quinche, la misma que se halla protocolizada el diez de julio de mil novecientos noventa y siete ante el Notario Vigésimo Segundo del Cantón Quito, inscrito en el registro de la Propiedad el uno de Noviembre del dos mil uno: c).- Los compradores al integrar a los noventa y cuatro compradores del predio antes descrito, conforman el Comité Barrial Pro mejoras Virgen Quinche, el mismo que fue aprobado por el Ministerio de Bienestar Social y mediante aprobación de Asamblea General Extraordinaria de cuatro de marzo del dos mil uno, la misma que se halla protocolizada el veinte y uno de noviembre del dos mil uno, ante el Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito Dr. Fernando Polo Elmir, autorizaron al Presidente, Vicepresidente y Tesorero para que otorguen escritura individuales de fraccionamiento y adjudicación a favor de los socios del Comité, aclarando que el predio total tiene una superficie de treinta u cinco mil cuatrocientos noventa y tres metros cuadrados, un área útil de veinte y cinco metros cuadrados área comunal mil seiscientos doce metros cuadrados y área afectada por el oleoducto de cinco mil trescientos cuarenta metros cuadrados; d).- la Directiva del Comité Barrial Virgen del Quinche de conformidad con la autorización conferida por la Asamblea General, la Ordenanza Municipal número tres mil doscientos treinta y dos, el plano aprobado y el certificado otorgado por el señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito que les acredita ser propietarios de derechos y acciones, por medio del presente instrumento legalizan el fraccionamiento en noventa y cuatro lotes. Los linderos generales del predio son los siguientes: NORTE.- Con predios del Barrio Virgen del Quinche número Dos: SUR: Propiedad de la familia Camacho. ESTE.- Barrio el Beaterio Alto y, OESTE.- Barrio Beaterio Bajo. TERCERA.- ADJUDICACIÓN.El adjudicatario señor: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, por sus derechos y acciones equivalentes a la noventa y cuatroava parte del predio total se le adjudica el lote de terreno signado con el número CINCUENTA de la parcelación del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, con todos sus usos costumbres, entradas, salidas, así como las construcciones de vivienda, conexiones de agua potable, luz eléctrica, canalización y más servidumbres anexas que fueron realizadas con el dinero de su propio peculio, sin reserva de clase alguna, QUINTA: LINDEROS.- los linderos del lote de terreno número CINCUENTA son los siguientes.- POR EL NORTE.- en una extensión de veinte metros con lote de Franklin Mejía: AL SUR.- en una extensión de veinte metros, con lote de Angela Luz Banda: AL ESTE.- en una extensión de once punto dieciséis metros con calle C; y, AL OESTE.- en diez punto setenta metros, con Zona de Protección del Oleoducto, Con una superficie total de DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS. SEXTA: CUANTIA La presente adjudicación del lote de terreno número CINCUENTA, se la fija en TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES DOLARES, SEPTIMA: GASTOS.- Los gastos de la presente escritura y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, corren a cuenta de los adjudicatarios. OCTAVA AUTORIZACIÓN.- Se autoriza a los adjudicatarios para que inscriban la presente escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente, NOVENO: ACEPTACIÓN.- Los comparecientes acepten la presente escritura por ser hecha a su propio beneficio. Usted señor Notario se servirá ordenar que se agregue las demás cláusulas de estilo para la plena valides del instrumento público, HASTA AQUÍ LA MINUTA, que queda elevada a escritura Pública, la misma que se encuentra firmada por el doctor Edison Reyes con matricula profesional numero seis mil seiscientos doce del Colegio de Abogados de Pichincha.- Para la celebración de la presente escritura publica, se observaron todos los preceptos legales del caso: y, leída que les fue a los comparecientes integramente por mi el Notario, se ratifican en ella y firman conmigo en unidad de acto, de todo lo cual doy fe.JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de marzo del 2014, las 14h19. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No. 5501-DP-DPP, de 01 de Noviembre del 2013. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Publíquese por una sola vez un extracto de la escritura pública que se pretende inscribir, de la petición y esta providencia por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo previsto por el Art. 11 de la Ley de Registro e Inscripciones. Cítese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFÍQUESE. DR. LUIS EDUARDO TAIPE GUANOLUISA JUEZ ENCARGADO

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL SE PONE EN CONOCIMIENTO Y POR ÚNICA VEZ LO SIGUIENTE: ACTORA MONICA TERESITA TOPON JADAN. DEMANDADO: JEFE PROVINCIAL DE REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE PICHINCHA. JUICIO DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA No. 291-2014. TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: indeterminada. FUNDAMENTO LEGAL: Art. 89 DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN ABOGADO DEFENSOR: LUIS ALFONSO LUCERO CASILLA JUDICIAL No. 1123 JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de abril del 2014, las 15h35. VISTOS: La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, declarándosela procedente se la acepta al trámite especial.- Publíquese el extracto de la demanda y de esta providencia por la prensa, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito. Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Cítese en legal y debida forma al señor Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación, en el lugar que se señala para el efecto.- Cuéntese con la opinión del señor Agente Fiscal Distrital de Pichincha.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones; así como la autorización conferida a su abogado defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DRA. LIZBETH RON CADENA JUEZA. DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO E

RESOLUCIÓN EXTRACTO CAUSA: No. DE JUICIO: ACTORA: CUANTÍA: JUEZA:

INTERDICCIÓN 2013-45879 DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA INDETERMINADA DRA. LUCY JACQUELINE ESTUPIÑAN SANCHEZ

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de abril del 2014, las 16h49.- VISTOS: La señora Dra. SILVANA LILIAN MASSON PUMA, comparece ante esta UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA del Cantón Quito; y manifiesta: Mi hermano MASSON PUMA WALTER PATRICIO, sufre actualmente una enfermedad que le incapacita totalmente para realizar sus actos y contrato, pues los facultativos que le han examinado han manifestado "Se ha establecido un diagnóstico de Esquizofrenia Paranoide, que le imposibilita en sus funciones y facultades psíquicas y físicas..." Adjunto en una foja útil el certificado médico psiquiátrico, otorgado por el Director Dr. Edison Toscano, de conformidad a lo presupuesto en los arts. 752 y 753 del Código de Procedimiento Civil.- Con el antecedente mencionado y por cuanto es indispensable designar una persona para que lo represente en todos sus actos solicitamos se proceda a declararle en INTERDICCIÓN, para lo cual se designará un curador interino, insinuando para el efecto a su hermana DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA.- Solicita se nombre facultativos para que informen de la realidad y naturaleza de la incapacidad, y en fin se cumplan con todas las exigencias del caso determinados en la citada disposición legal, de lo cual se sentará en acta y por existir justo motivo, se ordenará la interdicción provisional; para lo cual se contará previamente con la vista de uno de los señores Agentes fiscales del Distrito de Pichincha.- Solicita que la demanda se publique en la prensa.Siendo el estado de la causa el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO.- A la presente causa se le ha dado el trámite inherente a la misma, sin advertir omisión de solemnidad sustancial, por lo que se declara su validez procesal.- SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, se ha llevado a cabo el examen psicosomático, en la persona del señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO Audiencia que consta a fs. 138 del Expediente.- A fs. 140 a 142 el informe Único que presentan las facultativas Dra. Elizabeth Goyburo, médica y la Psicóloga Silvia García, peritos acreditadas por el Consejo de la Judicatura y servidoras judiciales de la Unidad Técnica de la Unidad Judicial Tercera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito; informe que en sus conclusiones dice que: "1. Que al tener el señor Masson una enfermedad mental de tipo progresivo, como la esquizofrenia paranoide, con presencia de ansiedad e ira no focalizada, requiere del cuidado de terceros y de medicación continua"; el mismo informe sugiere: "Que la entidad de atención Instituto Psiquiátrico Sagrado Corazón de Jesús mantenga el manejo y tratamiento que se viene realizando con el paciente.- TERCERO.- La señora DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA parte actora en la presente causa ha solicitado la interdicción de su hermano señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO, acción que ampara el Art. 481 del Código Civil en concordancia con el artículo 464 de la ley sustantiva civil.- CUARTO.- Del informe medico legal y del análisis realizado por esta Judicatura, se desprende que en efecto el señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO tiene una enfermedad mental de tipo progresivo, esquizofrenia paranoide, con presencia de ansiedad e ira no focalizada, y que por tanto, requiere del cuidado de terceros y de medicación continua.- Esta discapacidad limita significativamente el funcionamiento intelectual y la conducta adaptativa. Por tanto, no es capaz de valerse por sí mismo, vivir independientemente, razonar y emitir juicios; tampoco puede manejar sus bienes.- Por estas consideraciones y fundamentado en los artículos 367, 478 del Código Civil y 752 y 753 del Código de Procedimiento Civil, LA SUSCRITA JUEZA RESUELVE: SE DECLARA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO; y, conforme el Art. 484 numeral cuarto del Código Civil, nombrase Curadora Interina a su hermana señora SILVANA LILIAN MASSON PUMA, quien de aceptar el cargo se posesionará previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, para lo que oportunamente se señalará día y hora; de conformidad con los artículos 483 y 468 del Código Civil y Art. 754 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que esta resolución se la inscriba en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito y se la publique por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Confiérase copias suficientes para el efecto.Notifíquese.- f) Dra. Lucy Jacqueline Estupiñan Sánchez, Jueza de la Unidad Judicial. Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. ABG. JACQUELINE VINUEZA GARZÓN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

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Gobierno Provincial del Guayas

CONVOCATORIA PÚBLICA El Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr) y la empresa IMPORTADORA INDUSTRIAL AGRÍCOLA DEL MONTE S.A. INMONTE, en cumplimiento con lo establecido en la Legislación Ambiental Ecuatoriana contenido en la Disposición Final Segunda, del Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332, del 08 de mayo de 2008, invitan al público en general y en especial a los moradores ubicados en el área de influencia a la revisión del Borrador del Estudio de Impacto Ex - Post y Plan de Manejo Ambiental para la "Operación, mantenimiento y abandono de la empresa IMPORTADORA INDUSTRIAL AGRÍCOLA DEL MONTE S.A. INMONTE", ubicado en la urbanización Las Brisas, manzana C1, solar No 1 en la vía Durán Babahoyo, Cantón Durán, Provincia del Guayas, que estará a disposición de la comunidad en la siguiente página web institucional del Gobierno Provincial del Guayas www.guayas.gob.ec/medioambiente, y en la página web institucional de la empresa importadora industrial Agrícola Del Monte S.A. Inmonte, www.delmontecuador.com, desde el lunes 19 de mayo hasta el jueves 29 de mayo de 2014. Observaciones, inquietudes y/o comentarios serán receptados hasta el jueves 29 de mayo del 2014, al correo electrónico [email protected] de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas. Ing. Pedro Idrovo Triviño Representante Legal Importadora Industrial Agrícola Del Monte S.A. Inmonte

Ing. Roberto Urquizo Calderón Director de Medio Ambiente GOBIERNO PROVINCIAL DEL GUAYAS

May. 19-22 (146175)

SUC. EL EMPALME

JUZGADO PRIMERO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO, SUCURSAL EL EMPALME CITACIÓN JUDICIAL

Lo que comunico a Uds. para los fines de legales: y, de la obligación que tiene de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal, en la forma establecida por la Ley. ATENTAMENTE, DR. MARIO ENRIQUE YANEZ URBANO SECRETARIO JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL

(146240)

PERDIDA DE CERTIFICADO Certificado de Inversión Extraviado No. 5925501253490 emitido por Banco Solidario perteneciente a Darío Xavier Pérez Gallegos telf. 3228484. Comunico para Fines Legales. Ab. 7-28; May. 19 (143235)

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Juicio Coactivo No. 278-2010 ACTOR: BANCO NACIONAL DE FOMENTO, SUCURSAL EL EMPALME DEMANDADO: RAMON HECTOR FARIAS ROSADO (FALLECIDO) y su apoderado especial ANGEL ARTIDORO FARIAS SANCHEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: VALORES VENCIDOS DEL PAGARE 271363032309 CUANTÍA: US$ 12.000,00 (DOCE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). De conformidad a lo dispuesto en providencia con fecha 16 de Abril del 2014; a las 11H40, en la que se ordena citar a los herederos y presuntos herederos del fallecido señor RAMON HECTOR FARIAS ROSADO, con el objeto de hacer valer sus derechos, por desconocer sus domicilios y de conformidad a lo que establece el Art. 82 tercer inciso, del Código de procedimiento Civil, ordeno que se cite por la prensa por tres ocasiones distintas en uno de los periódicos de mayor circulación de la Capital de la provincia del Guayas. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Diomedes Zambrano Choez, Juez Delegado de Coactivas. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, a fin de prevenirles de la obligación de señalar domicilio judicial para sus notificaciones, así como la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso. El Empalme, 06 de Mayo de 2014 Ab. Mayra Cielo Salazar Zambrano SECRETARIA AD-HOC

May. 9-14-19 (145631)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABI MONTECRISTI

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general en esta Judicatura se tramita el juicio de Rectificación de la Partida de Nacimiento. Actora: Marco Tulio Nieto Cabrera Demandado: Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha Juicio: Especial No. 191-2014-CVM Objeto: Rectificación la partida de nacimiento del actor Cuantía: Indeterminada Fundamento Legal: Arts. 61 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación Fecha de Inicio: 28 de abril del 2014 PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 28 de Abril del 2014, las 13h36. VISTOS: Agréguense al proceso los escritos y anexos que anteceden. En lo principal, una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, se califica la demanda presentada por Marco Tulio Nieto Cabrera de clara, precisa y de reunir los demás requisitos establecidos por Ley, por lo que se la admite al trámite sumario.- Consecuentemente, en virtud de lo que dispone el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, con el contenido de la demanda y este auto, córrase traslado al Director Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha, quien deberá ser citado en la dirección indicada por el demandante en el libelo inicial, debiendo para el efecto enviar las boletas respectivas a la oficina de citaciones. Publíquese un extracto de la demanda presentada y éste auto en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito conforme dispone la norma legal invocada.- Hecho que sea, con todo lo actuado, óigase al señor Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha. Téngase en cuenta el casillero judicial para que reciban sus notificaciones.- Notifíquese.- Ab. Oscar Lanata Alava, Juez (E) Lo que comunico al público en general para fines de Ley. Quito, 13 de Mayo del 2014 DR. RODRIGO ESCOBAR HERRERA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

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CASILLA JUDICIAL No. 3902 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: PÚBLICO EN GENERAL. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de APERTURA DE SUCESION HEREDITARIA No. 09201-2013-12673 (con numeración anterior 09207-2013-3928; y numeración vieja de Juzgado 23 de lo Civil No. 09323-2012-0316, que por resorteo le ha tocado conocer a este despacho en esta Unidad Judicial Norte de FMNA de Guayaquil, proceso seguido por TOVAR OCHOA WILSON GIOVANNY en contra de MORALES AGUIRRE ELENA GARDENIA.ACTOR OFENDIDO: ACURIO BRITO FABIAN HUMBERTO. AUTO: Juicio No. 2012-0316 JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, lunes 8 de abril de 2013 las 08h57. VISTOS: Atenta la acción de personal No. 379-UARM-NVP, de fecha 17 de enero de 2013, avoco conocimiento de la presente causa.- Habiéndose cumplido con lo ordenado en providencias anteriores, la demanda que antecede presentada por WILSON GEOVANNY TOVAR OCHOA, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite a trámite.- En mérito de la acta de inscripción de defunción que en consta inserta en la posesión efectiva acompañada en copia certificada, se ha acreditado el fallecimiento del que en vida fuera su padre, señores PEDRO ENRIQUE TOVAR AGUIRRE, hechos ocurridos en esta ciudad de Guayaquil.- el 21 de Agosto 2006, por lo que se declara abierta la sucesión intestada desde la fecha de su fallecimiento, debiendo publicarse esta declaratoria en uno de los diarios de amplia circulación. Procédase a la facción del inventario y avalúo de los bienes dejados por el causante.- En vista de la declaración bajo juramento, que hace el actor, quien manifiesta que desconoce y le ha sido imposible determinar la individualidad y lugar de residencia de los los herederos conocidos y desconocidos del causante por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo el Secretario encargado del Despacho, elaborar y entregar el correspondiente extracto de citación.- Agréguense a los autos los documentos acompañados.- Tómese en cuenta el casillero judicial que señalan los accionante y la autorización que da a su abogada defensora.- Actúe el Ab. Christian Criollo Escalante, en su calidad de secretario encargado del Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayaquil, en mérito de la Acción de Personal No. 2666-UARH-AOR Notifíquese.-Juicio No. 2012-0316 JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Martes 10 de septiembre de 2013 las 11h24. Vistos: Conforme lo determina la resolución No. 058-2.013 del Pleno del consejo de la judicatura de fecha mayo 18 del 2.013. ARTÍCULO UNICO.- Todas las causas activas y pasivas, en materia de Familia Niñez y Adolescencia que se iniciaron con anterioridad a la creación de las Unidades Judiciales o Juzgados Únicos de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, conocidas por los jueces de lo Civil de la Función Judicial, pasaran previo sorteo, a conocimiento de las y los jueces de la Familia Niñez y Adolescencia, en concordancia con la ampliación expedida en la resolución 80-2013 y la ampliación de lo dispuesto en los mismos establecidos en la Resolución DPCJ-60602013 de fecha 18 de agosto del 2013, me inhibo de seguir sustanciando la presente causa, por lo tanto el señor secretario de la judicatura envié el proceso Al módulo de resorteo respectivo para que se dé cumplimiento con lo dispuesto en dicho artículo. Hágase saber y Cúmplase. Juicio No. 2013-12673. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, lunes 14 de abril del 2014, las 10h22. Agréguese a los autos el escrito presentado por el actor Sr. WILSON TOVAR OCHOA, proveyendo lo solicitado se dispone que intervenga la actuaria del despacho a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 82 de Código de procedimiento Civil.- CÚMPLASE Y HÁGASE SABER.Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada.- Particular que comunico a Ud., para los fines de Ley.Guayaquil, miércoles 16 de abril del 2014.Ab. Viviana M. Segura Ronquillo SECRETARIA ENCARGADA

(146272)

Al desaparecido MARCO IVAN CHINGA MERO, se le hace saber que en este Juzgado por sorteo de ley ha correspondido el conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA, cuyo extracto y auto inicial es el siguiente: ACTOR: SRA. JESSENIA DEL ROCIO MANZANO ZAMORA. DEMANDADO: MARCO IVAN CHINGA MERO. TRAMITE: ESPECIAL JUICIO No. 238-2013 ABOGADO DEFENSOR: ABG. ROBERTH LOOR NIETO Y JORGE VILLACRESES GUILLEN OBJETO DE LA DEMANDA: Que el día 17 de marzo del año 2012 mi cónyuge que corresponde al nombre de MARCO IVAN CHINGA MERO, por su trabajo como pescador zarpo en el barco denominado “TUNA 1” DESDE Puerto Atún de Punta Blanca de Jaramijó con destino a varios lugares en la costa Ecuatoriana. Como es de conocimiento público señor Juez, el día 3 de abril del 2012 aproximadamente a las 23H50, dicha embarcación barco denominado "TUNA 1" sufrió un naufrago a 180 milla de las costas de las Islas Galápagos y después de las gestiones de búsqueda, solo fueron rescatados vivos 14 tripulantes 4 fallecidos y declarados como únicos desparecido mi esposo MARCO IVAN CHINGA MERO.- Tanto la Marina, la FAE del ejercito emprendieron continuar búsqueda durante el lapso de una semana consecutiva, sin lograr localizar a mi cónyuge de nombres MARCO IVAN CHINGA MERO, esto es desde el 17 de marzo del 2012 hasta la fecha, se desconoce el paradero de mi cónyuge. Tripulante de la embarcación denominada "TUNA 1" de tal modo que ha transcurrido más de un año desaparecido.- Con los documentos que adjunto justifico ser esposa del señor MARCO IVAN CHINGA MERO.- Habiendo transcurrido más de un año a la fecha y no haber sido encontrado mi cónyuge MARCO IVAN CHINGA MERO pese a las continuas búsquedas que se ha realizado en forma privada y con la ayuda de los Entes Estatales que he mencionado ni existir dato alguno, se estime que mi cónyuge antes mencionado a fallecido. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. FABRICIO MENENDEZ MACIAS, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL MANABI-MONTECRISTI, Quien en providencia de fecha Montecristi, 19 de junio del 2013, las 15h15... En esta virtud como de la documentación que se acompaña se ha justificado que se desconoce el paradero del señor MARCO IVAN CHINGA MERO, habiendo realizado las diligencias posibles para averiguarlo: y, luego de haber transcurrido más de 6 meses desde que tuvo la noticia de la existencia del desaparecido se dispone citar al señor MARCO IVAN CHINGA MERO, en la forma prevista en el numeral 2 del Artículo 67 del Código Civil esto es por 3 veces en el Registro Oficial y en uno de los Diarios de mayor circulación nacional por intervalo de un mes entre cada dos citaciones.- Ofíciese al señor Director del Registro Oficial de la ciudad de Quito, haciéndole conocer que se ha ordenado la publicación de la demanda de muerte presunta del señor MARCO IVAN CHINGA MERO, a fin de que ordene a quien corresponda se proceda a realizar la misma, en el Órgano oficial para los efectos de ley.- Cuéntese en la presente causa con el señor Agente Fiscal cantonal, quien deberá ser notificado por el señor citador que cuenta esta judicatura... Se la hace saber que de no comparecer al proceso dentro del término de veinte días contados desde la tercera y última publicación, podrá ser declarado en rebeldía. Cúmplase y Notifíquese.- fdo.) ABG. FABRICIO MENENDEZ MACIAS, JUEZ DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABIMONTECRISTI. Montecristi, 26 de junio del 2013 AB. YONSI PARRALES PIVAQUE SECRETARIA (E) JUZGADO XII DE LO CIVIL DE MANABI-MONTECRISTI

(146290)

EXTRACTO DE CITACIÓN

"La compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGIA E INFORMATICA ECUASETI S. A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 27 de marzo de 2014".

Dr. Oswaldo Noboa León SUBDIRECTOR REGIONAL DE ACTOS SOCIETARIOS DE LA INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO (146328)

AB. ANGELITA MEJIA VILLACRES SECRETARIA

May. 19-30; Jun. 12 (146277)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA - ECUADOR - SACHA

EXTRACTO - JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ENMA LUCELINA MACIAS CEDEÑO ACCIONANTE: EBARISTO BIENVENIDO CEVALLOS MENDOZA DEMANDADA: ENMA LUCELINA MACIAS CEDEÑO CAUSA: DIVORCIO CONTENCIOSO TRAMITE: VERBAL SUMARIO PROCESO: No. 488-2013 JUEZ: DR. JAIME ESPIN FERNANDEZ DEMANDA: CEVALLOS MENDOZA EBARISTO BIENVENIDO, ecuatoriano, 49 años de edad, cedula 080123387-5 casado, c.c. 140020379-8, domiciliado en el Cantón Joya de los Sachas, Provincia Orellana, comparezco y demando el Divorcio: Fundamento de Hechos, soy Casado, con MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA, en el Cantón Orellana, Provincia de Orellana, el 12 de diciembre del 2008. Es mi deseo de no vivir con la prenombrada señora, he sido objeto de continuos malos tratos he injurias graves. Mi vida conyugal es imposible. Los fundamentos de derecho en que baso mi demanda son los artículos 110, numeral tercero, del Código Civil. El trámite es VERBAL SUMARIO. La cuantía es indeterminada. Me ha sido imposible determinar la residencia de la demandada por lo que conforme al juramento rendido sobre la imposibilidad de determinar la residencia, pido a su Autoridad se sirva citar a MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA, por medio de la prensa, conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, notificaciones que me correspondan las recibiré en la casilla judicial N° 27 y autorizo al Ab. Roberto Chang Franco. PROVIDENCIA.JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA.- La Joya de los Sachas, a miércoles 19 de febrero del 2014, a las 08h50.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mí calidad de Juez Titular de esta Judicatura.- En lo principal, la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO presentada por el señor, CEVALLOS MENDOZA EBARISTO BIENVENIDO, es clara, completa y reúne las demás requisitos exigidos por la Ley, en consecuencia se la admite a trámite en la vía de juicio Verbal Sumario.- Se dispone citar a la señora MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA en el lugar que el actor indica, entregándole copia de la demanda, auto de calificación recaído en la misma y advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad Joya de los Sachas para que reciba posteriores notificaciones que le correspondan, en caso de no comparecer continuará el trámite de la causa y se la declarará en rebeldía.- Tómese en cuenta la procreación NO hijos y la inexistencia de bienes susceptibles de partición.- Téngase en cuenta el casillero judicial N° 27 señalado por el actor para recibir posteriores notificaciones que le correspondan y la autorización concedida a su Defensor Abogado Roberto Chang Franco.- Agréguense a los autos los documentos anexos a la demanda. PROVIDENCIA.JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA. La Joya de los Sachas, jueves 8 de mayo del 2014, a las 11H57.--.... en el auto de calificación de la demanda no se mandó a publicar por la prensa enmendado el error se dispone que el extracto de la demanda y el auto de calificación de la misma sea publicado en el Diario El Telégrafo que se edita en la ciudad de Quito, conforme establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, citando a la demandada Enma Lucelina Macías Cedeño.- CUMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. Abg. Oscar Goya Macías SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA

CASILLA: 4040 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN A: LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 20137331, presentado por KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO, en contra de LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA. ACTOR: KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO DEMANDADO: LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA OBJETO DE LA DEMANDA: Concurro ante usted señor Juez y demando a mi cónyuge el señor LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA, el divorcio a fin de que en sentencia, aceptando mi demanda, se declare disuelto el vinculo matrimonial que me une a él y a la vez disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva en el Registro Civil, debiendo oficiarse para el efecto al señor Director del Registro Civil de la ciudad de Guayaquil. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, lunes 01 de abril del 2013, las 09h11.- VISTOS: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SANCHEZ, en mi calidad de Jueza de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, de la Unidad Judicial 4 de la Ciudad de Guayaquil, por disposición del Consejo de la Judicatura de Transición; y, en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, el respectivo sorteo que antecede AVOCO, conocimiento de la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO, contra de su cónyuge LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA, con sus respectivos anexos. Conforme a lo manifestado por la parte actora y previo a proveer conforme a derecho, se dispone que, de acuerdo a las advertencias sentadas por la ex Corte Suprema de Justicia en el Prontuario de Resoluciones N° 2, página 129, cuanto por la Corte Constitucional en su resolución publicada en el Suplemento del Registro Oficial N°228 del lunes 5 de julio del 2010, con las prevenciones de orden legal, comparezca a una de las Salas de la Unidad Judicial especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia No. 4 del cantón de Guayaquil, ubicado en Córdova y Mendiburo, el 08 de abril del 2013 a las 13H45, a fin de que SE elabore la respectiva acta en LA QUE LA PARTE ACTORA, bajo juramento y conociendo sobre la penas de perjuro y falso testimonio, EXPRESARA que diligencias, investigaciones o averiguaciones ha hecho en orden DE DETERMINAR el actual domicilio o residencia de la parte demandada, PUNTUALIZANDO ADEMAS, que a pesar de dichas diligencias HA SIDO IMPOSIBLE determinar el domicilio o residencia de la parte demandada.- Tómese en cuenta el casillero 4040 y correo electrónico [email protected] señalado por la parte accionante y la autorización concedida a su abogada patrocinadora.- Intervenga en calidad de actuario de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el abogado Juan Javier Fajardo.- NOTIFÍQUESE.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la actora de fecha 3 de Abril del 2014 a las 09h52.- En lo principal, una vez cumplida la diligencia que antecede y por ser el estado de la causa, cúmplase con la diligencia d citación a la demanda de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de procedimiento Civil, para el efecto elabórese el correspondiente extracto a fin que se pueda cumplir con la diligencia.- Continúese con la casilla judicial y el correo señalados para las notificaciones.- NOTIFIQUESE, CUMPLASE Y CITESE.CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SANCHEZ, UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y EL ABG. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO, QUE CERTIFICA.Guayaquil, 08 de mayo del 2014

Señalamiento que se publicará por tres veces, en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la Parroquia en que esté situado el bien.- La publicación de los avisos se hará mediando ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate.- De conformidad con lo establecido en el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, las posturas se presentarán ante el Secretario del Juez que ordenó el remate, desde las trece horas hasta las diecisiete horas del día señalado para el remate, y deberán estar firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión.- De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio; para lo cual, las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a ésta Judicatura hasta treinta días antes del remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos el día MIERCOLES 21 DE MAYO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.-No se aceptarán ofertas a plazo por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución.- En mérito a lo establecido en los Artículos 466 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos, del 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US $ 10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos, entregados por el secretario y un certificado en el que conste que el oferente no está registrado por delitos de narcotráfico emitido por el CONSEP, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.- Conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar, por ser SEGUNDO SEÑALAMIENTO de remate. En virtud de la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, en su parte pertinente indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen a plazos de hasta ocho años para el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo.- La Adjudicación se la realizara se la realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil, y el bien inmueble se entregara en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble materia del remate, serán de cuenta del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación.- De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono serán con cargo de los coactivados.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del Distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia de División Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Quito, al teléfono 2562360- 560888 ext. 4478, Departamento de Coactiva.

Abg.Fabricio Terán Dávila SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL Abr. 15-30; May. 19 (143694)

AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 8 de abril del 2014; por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 036-2013, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día JUEVES 19 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles Juan León Mera N19 y Av. Patria, piso 17, de la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano. vehículo automotor con chasis cabinado de 7.5 toneladas de capacidad de carga, motor a diesel 5.307 c.c. Euro 2 Norma INEN NTE 2207:98, marca HINO, modelo: FC4JJUA, año 2008, motor JO5CTF19206, chasis: VIN:9F3FC4JJU9XX14423, color amarillo y negro, RAMV: T00804144, clase Omnibus, placas PUK-0936. AVALUO: $ 65.751,75 SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO 75/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día JUEVES 19 DE JUNIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, segundo piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día LUNES 2 DE JUNIO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso que el día del remate, la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos, las tasas, servicios y demás serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional o al teléfono 256 4900 ext. 4493, Departamento de Coactiva.- Quito, 8 de abril del 2014.Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Dr. Eduardo Sandoya Sánchez SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL

Abr. 21; May. 06-19 (143962)

AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 31 de marzo del 2014; a las 08h25, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 52-2012, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día JUEVES 12 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito.

Ab. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO

(146335)

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD Nº 2014-2231 seguido por SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO en contra de JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ ACTOR: SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO DEMANDADO: JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare LA SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD al DEMANDADO JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL.: VISTOS: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SÁNCHEZ de conformidad con lo que prescribe el artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez la de la Unidad Judicial sur Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.- En lo principal, la demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD presentada por SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de admisibilidad que establece la Ley, por lo que se la admite al trámite establecido en el procedimiento contencioso general oral de conformidad con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- CITESE con la copia de la demanda y esta providencia a la parte demandada, JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ, en el lugar que se indica en libelo de demanda, para lo cual, se remitirá los folios a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial.- Previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para sus notificaciones, bajo prevenciones de tramitar la causa en rebeldía.- Hecho que sea, realícese la audiencia de Conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal, o por Procuración Judicial que contenga poder amplio y suficiente, y que contenga cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el artículo 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentará prueba instrumental y otros medios de pruebas.- Téngase en cuenta la casilla judicial # 1822 señalada por la parte accionante así como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Notifíquese.CUANTÍA: Indeterminada JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SÁNCHEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADO ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA, SECRETARIO.- QUE CERTIFICA. GUAYAQUIL, 25 DE MARZO DEL 2014.AB. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO (E)

May. 19-30; Jun. 12 (146289)

AVALÚO: CUATROCIENTOS DIEZ Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON23/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $ 418.654,23), las características podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo.

En el extracto de la escritura constitutiva de la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGIA E INFORMATICA ECUASETI S. A., publicado en el Diario El Telégrafo el 8 de Mayo de 2014, se ha deslizado un error en cuanto al número de Notaría donde se otorgó la escritura pública de constitución, siendo lo correcto:

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 2014-2288, seguido por GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES en contra de YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE, se encuentra lo siguiente:

AUTO INICIAL: Forme parte del expediente, el Acta de Declaración Juramentada, y en mérito de la razón Actuarial que antecede y por sorteo de ley, puesta en mi despacho en la presente fecha; Abg. VICTORIA TOTOY CEVALLOS Jueza Titular, de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Norte, antes Unidad Judicial, tercera, por el traspaso de esta unidad, mediante resolución, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, N.- 118-2013, del 13 de septiembre del 2013, y legalmente nombrada, mediante acción de personal n.- 10791-DNTH-SBS, del 27 de septiembre del 2013.- En lo Principal.- Avoco conocimiento de la demanda que antecede de DIVORCIO POR CAUSAL, presentada por el señor, GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES, contra su cónyuge de su cónyugue señora YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario, (divorcio).- En consecuencia, cítese, por la prensa toda vez que el actor ha declarado bajo juramento ante el suscrito desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio o residencia de la parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82 del C.P.C. en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso. La actuaria del despacho elabore los extractos de citación.- Téngase en consideración que el accionante declara que dentro del matrimonio, no han procreado hijos, así como tampoco han adquirido bienes de ninguna naturaleza.- Cumplida la citación ordenada se le hace saber a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guayaquil para futuras notificaciones, en un término de 72 horas, de realizada la última citación, bajo prevenciones de Ley que de no comparecer se procederá en rebeldía.- Adviértase la casilla judicial y correo electrónico, señalado para el efecto, así como la autorización judicial conferida al profesional del derecho mencionado.- Agréguese los documentos que acompaña.- Que intervenga la abogada Angelita Mejía Villacrés, en su calidad de actuaria del despacho, de esta Unidad Judicial Norte.- Hágase saber.- Notifíquese, Cítese.

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE A REMATARSE: Lote de terreno numero 1, producto de la partición de un lote de terreno rural ubicado en el sector río Alpayacu y río Tigre, parroquia y cantón Mera, provincia de Pastaza cuyos linderos y dimensiones con los siguientes; NORTE: en cuatrocientos cinco metros con César Quiroz; SUR: en cuatrocientos cuatro metros con ochenta y siete centímetros con camino de ingreso de cinco metros de ancho; ESTE: en cincuenta metros con cero tres centímetros con vía Mera-río Anzu; OESTE: en ciento veinte y seis metros con trece centímetros con el señor César Camino.- La superficie total aproximada del lote de terreno es de treinta y cinco mil cuarenta metros cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados (35.040,32m2).

Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

FE DE ERRATAS

A: YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE

OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE con el señor GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES.- De conformidad a lo establecido en el Art. 110, segundo inciso, numeral 11 del Código Civil vigente.

Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 4 de abril del 2014, a las 11h55, por el señor Juez Delegado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 219-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el VIERNES 20 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, de la ciudad de Quito .

Quito D.M., 10 de abril del 2014.

Quito, 15 de Mayo de 2014 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL

AVISO DE REMATE

May. 19-30: Jun. 12 (146336)

Complejo turístico ubicado en un solar conformado por varios lotes que forman un solo cuerpo y edificación situado en el punto denominado “Pititig el Salado”, en el camino que lleva a las aguas termales del Salado, de la jurisdicción urbana de la parroquia Matriz, cantón Baños de Agua Santa, provincia de Tungurahua, con una superficie de nueve mil doscientos metros cuadrados; cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: NORTE: Propiedad del señor Cicerón Pérez, en ciento veinte y siete metros sesenta centímetros; SUR: Varios propietarios en dos linderos, uno de ciento nueve metros y el otro de sesenta y dos metros; ESTE: Avenida El Salado, en cuarenta y cuatro metros sesenta centímetros y otra alineación a varios propietarios con sesenta y dos metros; y, OESTE: Borde de acequia en dos alineaciones una con cincuenta y dos metros cuarenta centímetros y otra con cincuenta metros veinte centímetros. ÁREA TOTAL DE: NUEVE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS 9.200 m² AVALUO: USD. USD $ 2.378. 232,65 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 65/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día JUEVES 12 DE JUNIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de esta ciudad de Quito. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día VIERNES 16 DE MAYO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso que el día del remate, la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, oficina principal Quito, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito, o al teléfono 2564900 ext. 2470, Departamento de Coactiva.- Quito, 18 de abril del 2014. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Ab. Francisco Alvear Montalvo SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL

Abr. 21; May. 6-19 (144246)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

REPÚBLICA DEL ECUADOR AVISO JUDICIAL DE REMATE JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Se pone en conocimiento del Público en general que el día 19 de junio del dos mil catorce, desde las trece horas (13h00), hasta las (17h00), diecisiete horas en la Secretaria del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Pichincha, se procederá al remate del bien inmueble embargado, dentro de la causa cuyas característica y demás especificaciones se detallan a continuación. JUICIO EJECUTIVO 464-2009- L.A 1. UBICACIÓN POLÍTICA DEL BIEN INMUEBLE. • Provincia: Pichincha • Cantón: Rumiñahui • Parroquia: San Rafael. • Sector El Triángulo • Calles: Av. General Enríquez e Isla San Cristóbal No. 229 • Edificio: "El Prado" • Oficina: Cuatro. 2. ÁREA Y LINDEROS DEL TERRENO Y OFICINA NÚMERO CUATRO. ÁREA Y LINDEROS GENERALES EDIFICIO EL PRADO NORTE: Con la carretera Quito - Sangolquí, en cuarenta y cuatro metros, treinta centímetros. SUR: Con el lote número once de la Lotización San Rafael, en treinta y nueve metros treinta centímetros. ESTE: Con calle Quinta Transversal, en treinta y siete metros diez centímetros. OESTE: cuarenta centímetros. SUPERFICIE: Mil quinientos veinte metros cuadrados ÁREA Y LINDEROS DE LA OFICINA CUATRO, N+ 6.12 En siete metros noventa y cinco centímetros, cielo banda; circulación peatonal y estacionamientos comercio veinte veinte y seis y veinte y siete. SUR: En cinco metros sesenta y cinco centímetros, con losa inaccesible y departamento número tres. ESTE: En diez y nueve metros ochenta y dos centímetros, con cielo losa inaccesible, estacionamientos comercio, porch acceso dos y banda de circulación peatonal. OESTE: En diez y nueve metros cuadrados setenta decímetros cuadrados, pozo de luz, oficina dos, hall privado y departamento tres. ARRIBA: En una superficie de ciento diez y seis metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, con terraza comunal. ABAJO: En una superficie de ciento diez y seis metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, local comercial siete - B y circulación peatonal. SUPERFICIE: Ochenta y siete punto cuarenta y cinco metros cuadrados. NORTE:

DESCRIPCIÓN: ÁREA

ESTACIONAMIENTO NÚMERO QUINCE N+ 0.00 Trece punto cuarenta y nueve metros cuadrado

DESCRIPCIÓN: ÁREA:

LAVADO Y SECADO NÚMERO ONCE N+ 9.00 Dieciséis punto doce metros cuadrados

enlucido, un lado con cerramiento de malla, con una lavandería pequeña en hormigón. Obras del conjunto: El conjunto cuenta con cerramiento en los cuatro lados, tiene puerta eléctrica, centralina de gas y cuenta también con una cisterna y equipo de bombeo de agua. 5. REDES DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA URBANA. Cuenta con todos los servicios, agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, tv por cable y teléfono. 6. CÁLCULO DEL AVALÚO. Calculo del lote: CÁLCULO DEL M2 DEL LOTE EN ESTUDIO Valor del metro cuadrado 132.19 Producto de factores de influencia 1.04 Valor del metro cuadrado del lote en estudio 137.86

DESCRIPCIÓN LOTE

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. AVISO DE REMATE AL PÚBLICO LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 23 de Abril de 2014; las 11h28, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-008-2013, se ha señalado para el día LUNES 23 DE JUNIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble consistente en un lote de terreno signado con el número sesenta y uno, matricula numero CUMBA0002677, situado en la Parroquia Cumbayá, Cantón de Quito, de la Urbanización Cooperativa de Vivienda del Colegio Médicos de Pichincha, que se encuentra embargado dentro de esta causa.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. LINDEROS Y MESURAS El bien inmueble se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: cuyos linderos del lote de terreno número sesenta y uno son los siguientes: NORTE: Calle A con 22.50 ml; SUR: Propiedad de la familia Barahona con 26.50ml; ESTE: con lote # 62 con 28,85ml; OESTE: Con Lote Comunal con 24,70ml, con 25.00 mts, con una superficie total de seiscientos treinta y dos metros cuadrados. 2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Se trata de una vivienda de dos plantas, tiene una edad de vida de la construcción de 20 años aproximadamente, con acabados de materiales de construcción tipo medio-alto, es de hormigón armado, piso de mármol colores blanco y negro, alfombra y cerámica importada, paredes de mampostería, recubrimiento con cerámica importada, losa de entrepiso, puertas de madera tamboreada, closet madera panelada, anaqueles panelada, ventanas de aluminio y vidrio bronce, cubierta de losa plana sobre tejas tipo artesanales, instalaciones eléctricas y sanitarias empotradas, piezas sanitarias marca American Estándar y grifería American Estándar, pintura interior y exterior de caucho, mesón de cocina mármol, piezas eléctricas marca Veto, calentador de agua, jacuzzi. 3. CONFIGURACIÓN Y TOPOGRAFÍA El solar tiene forma irregular y es de topografía con pendiente positiva con relación a la calle, Ubicación Esquinero. 4. CUADRO DE ÁREAS

Terreno Condominio: Planta Baja Planta Alta Patio Terraza Garaje Cuarto de Servicio

632.00 m2 290.00 m2 238.00 m2 233.00 m2 157.00 m2 80.00 m2 12.50 m2

5. INFRAESTRUCTURA URBANA La infraestructura urbana que posee este inmueble son los siguientes: energía eléctrica, telefónica, agua potable, alcantarillado, Calles, Seguridad privada, Aceras y bordillos, transporte Urbano. 6. DISTRIBUCIÓN DE AMBIENTES El inmueble materia de la presente valoración tiene la siguiente distribución: PLANTA BAJA: Hall recibidor, sala principal, sala familiar, bar, baño para visitas, comedor, cocina, comedor diario, despensa, cuarto de lavandería, estudio, salón de juegos, baños sauna, hidromasaje, baño; PRIMER PISO: Hall, dormitorio principal con área de antesala, vestidor y baño, 3 dormitorios con baño y vestidor cada uno. ÁREA EXTERIOR: Garaje y terraza, bodega, cuarto para empleada con baño, patio posterior. 7. RESUMEN DEL AVALÚO:

P. TOTAL 209542.28

COSTO DEL LOTE DE ACUERDO A PORCENTAJE DE ALÍCUOTA DE LA OFICINA NÚMERO CUATRO DESCRIPCIÓN U CANTIDAD P. UNITARIO P. TOTAL LOTE m2 61.28 137.86 8447.86

Calculo del costo de la construcción: Valoración construcción usada Oficina Cuatro 87.45 m2 Vida útil 65 Costo directo 300 $ Edad 10 F. Multiplicador 1.3 E. Conservación Intermedia Costo Construcción 390 V. Residual 0.10 Área útil 87.45 m2 E% 15.38 Factor K 0.9 Valor D 0.1602 Área Construida 97.1666667 Depreciación 0.85582 32431 Valor nuevo 37895 Valor Actual Valoración construcción nueva

13.49 m2 Vida útil 80 Edad 1.3 E. Conservación 104 V. Residual 13.49 E% 0.9 Valor D 14.99 Depreciación 1558.84 Valor Actual

Estacionamiento 15 Costo directo F. Multiplicador Costo Construcción Área útil Factor K Área Construida Valor nuevo Lavado y secado 11 Costo directo F. Multiplicador Costo Construcción Área útil Factor K Área Construida Valor nuevo

16.12 m2 Vida útil 100 Edad 1.3 E. Conservación 130 V. Residual 16.12 E% 0.9 Valor D 17.91 Depreciación 2328.44 Valor Actual

65 10 Intermedia 0.1 15.38 0.1602 0.85582 1334 65 10 Intermedia 0.1 15.38 0.1602 0.85582 1993

Cisterna, sistema de bombeo, centralina de gas, puerta eléctrica Valor de nuevo 15000 gbl 604.76

AVISO DE REMATE LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 25 de Abril de 2014; las 14h10, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-011-2012, se ha señalado para el día LUNES 7 DE JULIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que tenga lugar el remate del bien inmueble consistente en un terreno que se encuentra ubicado en las calles Aguilera y Simon Bolívar de la ciudad Bahía de Caráquez del Cantón Sucre, Provincia de Manabí, que se encuentra embargado dentro de esta causa.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. TIPO DE INMUEBLE El inmueble objeto del presente remate es un solar esquinero sin numero, con cerramiento, puerta metálica de ingreso peatonal, en su interior tiene una construcción hacia la parte Suroeste, con un patio en estado natural y otra parte con piso de hormigón simple, dos paredes que circundan las dos calles del inmuebles, su ingreso por cualquiera de las dos calles, esta ubicado a una cuadra del Malecón – tras el Museo del Banco Central del Ecuador, y cerca de la Capitanía del Puerto de Bahía. 2. LINDEROS Y DIMENSIONES Se encuentra dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE O FRENTE: la calle Aguilera con 34.14 metros.- POR EL FONDO O ATRÁS: con propiedades del Banco Central con 30.50 metros.- COSTADO IZQUIERDO: calle Bolívar con 18.41 metros.- POR EL COSTADO DERECHO: con propiedad de la señora Bessy Santos de Calvert con 16.83 metros.- Con una superficie de 569.25 metros cuadrados. 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR Es un predio urbano, ubicado en sector residencial y comercial, de clase media, frente a las calles Aguilera y Simon Bolívar, tras el Museo del Banco Central del Ecuador, y cerca de la Capitanía del Puerto de Bahía, frente al parque Nejares y donde termina la Ave. Simon Bolívar. 4. INFRAESTRUCTURA URBANA Cuenta con los servicios básicos: Agua potable, red de energía eléctrica, red de alcantarillado y fluviales, alumbrado público, red telefónica, calles asfaltadas, aceras y bordillos, recolección de basura, trasporte publico. 5. RESUMEN DEL AVALÚO:

Valor Físico

4. CARACTERÍSTICAS MATERIALES DEL INMUEBLE. La oficina número Cuatro: ESTRUCTURA: la estructura es en pórticos en hormigón armado. CUBIERTA: Losa en hormigón armado. ENTREPISO: Losa de hormigón armado. PAREDES: En bloque, enlucidas y pintadas. CIELO RASO: Estucado y pintura. PISOS: Parquet en madera de Teca, lacado. PISO EN BAÑOS y COCINA: En cerámica nacional. PUERTAS: En madera y lacadas. VENTANAS: De aluminio y vidrio, con protección de puertas de madera. PIEZAS SANITARIAS: Inodoro y lavamos tipo nacional color blanco, con grifería. Estacionamiento Número quince, es cubierto, ubicado en el N+- 0.00, el piso es en cemento y en dos de sus lados tiene cerramiento de muro. Lavado y secado Número once, ubicado en el N+ 9.00, piso losa de hormigón armado, cerramiento tres lados con mampostería de bloque

COSTO DEL LOTE CANTIDAD P. UNITARIO 1520.00 137.86

U m2

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A.

44810.74

FACTOR DE COMERCIALIZACIÓN VALOR AVALÚO

1.01

45231.51

VALOR DEL AVALÚO OFICINA NÚMERO CUATRO: CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO 51/100 DÓLARES.

Resumen del Avalúo CONCEPTO ÁREA M2 VALOR M2 SOLAR S/N 569,25 M2 151.93 CONSTRUCCIÓN UNA PLANTA 64,32 M2 84.33 PARED FRONTAL ESQUINERA 44,14 M2 GLOBAL VALOR TOTAL

TOTAL $ 86,486.16 $ 5,424.11 $ 1,540.98 $93,451.25

6. VALORACIÓN TOTAL:

Por tratarse del primer señalamiento se receptarán posturas desde aquellas que cubran por lo menos la dos tercera parte del Avalúo pericial Aprobado; y, con ellas se consignarán el diez por ciento de ley, en efectivo o en cheque certificado a órdenes del Juzgado. Lo que comunico a usted para los fines de ley. DRA. MERCY CRIOLLO BENAVIDES SECRETARIA

May. 6-19; Jun. 6 (145195)

Concepto Terreno Solar # 61 Construcción Planta Baja Planta Alta Terraza Garaje Cuarto Servicio Patio Cerramiento VALOR TOTAL

Resumen del Avalúo Dimensiones/Unidad V/Unitario

NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO 25/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada pu-

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blicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Néstor Fernández García, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2335. y 2359, CELULAR 0994633983.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.Los postores deberán presentar acompañando a su solicitud de calificación los siguientes documentos en originales o copias certificadas por notario: 1.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del Registro Único de Contribuyentes; 2.- Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de Vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; 3.- Certificado actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, acerca de que el encontrarse el postor al día en el cumplimiento de obligaciones y deberes como contribuyentes; 4.- Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en el punto 2; 5.- Certificado de referencias crediticias actualizado; 6.- Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP) en donde conste que el postor ni sus representantes legales se encuentran en la base de datos reservada de esa institución; y, 7.- Ultima planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, o, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el remate en particular, de conformidad con la Resolución número JB-2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva.- El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 16 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.-Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 25 de Abril de 2014.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA Mayo. 6-19-30 (145215)

P. Total

632.00 m2

165,00

104.280,00

290.00 m2 238,00 m2 157.00 m2 80.00 m2 12.50 m2 233.00 m2 76.00 m2

484.68 479.57 25.51 183.67 224.48 20.41 81.63

140.557,20 114.137,66 4.005,07 14.693,60 2.806,00 4.755,53 6.203,88 $ 391.438,94

8. VALORACIÓN TOTAL:

TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO 94/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada publicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Gonzalo Beltrán Torres, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2367. y 2359, CELULAR 0991279157.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.- Los postores deberán acercarse al Juzgado de Coactiva del Banco del Pacifico S.A., ubicado en la calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo, a efecto de solicitar los requisitos necesarios para postular a la diligencia de remate, de conformidad con la Resolución número JB2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva, indicando dentro del mismo, el domicilio judicial del postor (casilla judicial).El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 2 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.-Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 23 de Abril de 2013.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA

Mayo. 6-19-30 (145214)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

REPÚBLICA DEL ECUADOR CASILLA No. 2259 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL E CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

A: JUAN GAVILANES JIMENEZ. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el Proceso JUICIO 222-2012-A VERBAL SUMARIO seguido por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A., EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL en contra de GAVILANES JIMENEZ JUAN, cuyo extracto as el siguiente: ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. DEMANDADO: GAVILANES JIMENEZ JUAN. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, Juez Noveno de lo Civil de Guayaquil.OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare con lugar la demanda por vía verbal sumario. Guayaquil, miércoles 25 de abril del 2012, las 16h26. VISTOS: Atento a la Acción de Personal N° 4239-UARH-KZF de fecha 8 de Agosto del 2011, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa del BANCO DEL PACIFICO S.A., en su calidad de Procurador Judicial tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara Legitimada su intervención, contra JUAN GAVILANES JIMENEZ se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio verbal sumario.- En tal virtud cítese a la demandada en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada así como la autorización que le concede a su Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Guayaquil, viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01. Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder individualizar o determinar la residencia de JUAN GAVILANEZ JIMENEZ, cíteselo por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 20 de febrero del 2013, las 15h46. Se aclara la providencia de viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01, en el sentido que el nombre correcto del demandado es JUAN GAVILANES JIMENEZ, en lo demás estese a lo ordenado.- Notifíquese.- f.- ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a Juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado rebelde. Guayaquil, 6 de marzo del 2014

A: VITERI CARVAJAL CARLOS SE LE HACE SABER: Que ha correspondido conocer a esta judicatura el Juicio que por resorteo ha sido signado con el No. 21197-2014 (antes 81-2012) que sigue AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, contra VITERI CARVAJAL CARLOS, se ha dispuesto lo siguiente. OBJETO DE LA DEMANDA: En sentencia se condene al pago del valor adeudado, mas los intereses legales, intereses de mora expensas judiciales y costas procesales. JUEZ DE LA CAUSA: AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E) AUTO INICIAL: "Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h51. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra VITERI CARVAJAL CARLOS, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acompañados agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.-. f) AB. EDUARDO SEMINARIO VINUEZA JUEZ TEMPORAL.- SIGUE LA PROVIDENCIA.- "Guayaquil, miércoles 7 de mayo del 2014, las 14h07. "VISTOS: Avoco conocimiento en el presente juicio en mérito de la acción de personal No. 4334 UARH MCM de abril 30 del 2.014.- En mérito a la afirmación que bajo juramento hizo la parte accionante de desconocer la individualidad o residencia del demandado CARLOS AUGUSTO VITERI CARVAJAL, se ordena citarlo por la prensa en la forma prevista en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, citación que deberá realizarse en el diario El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.-" F.) AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E) Lo que comunico a usted para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar Casilla Judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será considerado o declarado en rebeldía.Guayaquil, 12 de mayo del 2014

Dra. Leticia Ortega López Msc. SECRETARIA (E) JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

Ab. Gonzalo Córdova Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

May. 19-20-21 (146195-5)

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Juicio No: 17203-2014-8040

Casilla No: 5482

EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA ACTOR: JULIO ENRIQUE VALLEJO MALDONADO DEMANDADA: JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA TRÁMITE: DIVORCIO POR CAUSAL NO. 17203-2014-8040 CUANTÍA: INDETERMINADA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de mayo del 2014, las 16h10. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 810 de 16 de octubre de 2012. La demanda de divorcio presentada por Julio Enrique Vallejo Maldonado, se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario.- CÍTESE a JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante tres publicaciones mediando ocho días por lo menos entre la una y la otra, en un periódico del lugar del juicio y de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio con un extracto de la demanda y este auto, conforme señala el Art. 119 del Código Civil. Si contados 20 días desde la ultima publicación la parte demandada no compareciere se sustanciará la causa en rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Carlos Villacís Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa el Dr. Rene Barba en calidad de Secretario.- Cítese y notifíquese.- f). Dra. Gyna Solís Viscarra JUEZA. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD DE QUITO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES. Dr. Rene Barba SECRETARIO JUDICIAL

May. 19-30; Jun. 12 (146242)

May. 19-20-21 (146195-5)

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCIA EXTRACTO CAUSA: DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL No. DE JUICIO 2013-53403 DEMANDADO/A SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCIA ACTOR/A INES DOLORES AZA MORILLO CUANTÍA INDETERMINADA JUEZ/A DR. CARLOS AREVALO ESTRADA JUEZ DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- “...Quito, miércoles 23 de abril del 2014, las 11h26.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, provincia de Pichincha, amén del sorteo electrónico de Ley, habiendo dado cumplimiento a la providencia inmediata anterior, en lo principal.- (i) La demanda presentada por la señora Inés Dolores Aza Morillo, es clara y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se lo admite al trámite legal correspondiente, (ii) De conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y al juramento rendido por la actora de la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio, se dispone citar al demandado señor SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCÍA, por la prensa en uno de los diarios mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días entre cada publicación. La parte demandada dará cumplimiento al art. 814 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, se advierte la obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, con fundamento en el art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, art. 75 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, señale domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un-a abogado-a-, para futuras notificaciones.- (iii) Cuéntese con la actora en el domicilio señalado, casilla judicial, así como la autorización dada a su abogada patrocinadora.- (iv) Agréguese los documentos adjuntos.- (v) Actúe la Doctora Jesica Alexandra Von Lippke Navarrete, en su calidad de Secretaria.- [Disolución de la Sociedad Conyugal No. 2013-53403-CAE].- Cítese y Notifíquese...." f).- DR. CARLOS AREVALO ESTRADA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. Atentamente: DRA. JESICA ALEXANDRA VON LIPPKE NAVARRETE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

May. 19-30; Jun. 12 (146252)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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BANCO DEL PACIFICO MATRIZ BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011517891; Beneficiario: VACA WATSON GUILLERMO ROBERTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-1)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027188035; Beneficiario: MOLINA TORRES CESAR ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-2)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042240883; Beneficiario: GUZMAN ANTEPARA MARIA KARINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-3)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039003361; Beneficiario: MAXIMI SALTOS MARIA DOLORES. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-4)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010618031; Beneficiario: QUINONEZ ACOSTA ASTERIA AURORA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-5)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038315750; Beneficiario: HUNGRIA VALLEJO EUDOCIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-6)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041855256; Beneficiario: MORAN VITERI GEORGINA ESTHER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-7)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038957345; Beneficiario: MIELES BRAVO ANA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-8)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039379396; Beneficiario: ARGUELLO PENAFIEL EDUARDO EFRAIN O CUEVA ALTAMIRANO ERICKA ESTEFANIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039373983; Beneficiario: SOTOMAYOR LINCH RICARDO GABRIEL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040037762; Beneficiario: BARZOLA OLVERA SIMON BOLIVAR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-14)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042101147; Beneficiario: HARO PROAÑO PRISCILA JAZMIN. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-13)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038610655; Beneficiario: TORRES MARCIAL SUSANA ELVIRA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-12)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LA LIBERTAD

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1019194412; Beneficiario: QUIMI REYES WILBERTO EUSEBIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040410536; Beneficiario: VERA CEVALLOS DOLORES MARTHA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-10)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040673464; Beneficiario: CAMPOZANO ARIAS LUIS ALBERTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-9)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039203597; Beneficiario: SOLEDISPA ALVAREZ IVAN ERNESTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-20)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010674764; Beneficiario: TORRES CASTILLO MARJORIE MARISOL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-21)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1007967527; Beneficiario: LARA GUAMAN ELIZABET. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-22)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011754133; Beneficiario: ROSALES ESCOBAR MATILDE DEL CARMEN O/ DELIA MARIA ESCOBAR MALAVE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040332144; Beneficiario: ARRIOLA BAJAÑA CARLOS EDUARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-24)

(146155-16)

(146155-11)

(146155-15) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010678042; Beneficiario: CAAMANO PERROTTA RODRIGO REP. CAAMANO PEREZ MARIA CECILIA MNR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

(146155-17)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040055248; Beneficiario: YUGCHA QUISATASIG LEONIDAS BASILIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

(146155-18)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027419037; Beneficiario: ORTEGA ROSINES FRIDA NORA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-19)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027363678; Beneficiario: RAMIREZ HERRERA BERTHA CATALINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-32)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1008825033; Beneficiario: YVONNE STIG VISHART GUZMAN. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-31)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041010108; Beneficiario: MERA ESPINOZA SOFIA GUADALUPE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-30)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041215915; Beneficiario: SUAREZ CHANABA JUAN EMILIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-29)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040571327; Beneficiario: JARRIN LOPEZ JONATHAN ALEXIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-28)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010763848; Beneficiario: ORTEGA FREIRE KARLA ALEXANDRA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-27)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039750337; Beneficiario: VITE CASTILLO JANETH DEL ROCIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-26)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039571378; Beneficiario: ARAUJO BAYONA MARITZA LUCIANA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-25)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1001977768; Beneficiario: MUNOZ ESPIN CARLOS RICHARD. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-33)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039531767; Beneficiario: CASTILLO JARRIN JAIME EDUARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-34)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011874988; Beneficiario: CHINGA GONZALEZ JEFFREY ARMANDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-35)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042006120; Beneficiario: ROMERO LOPEZ OMAR XAVIER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-36)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041913116; Beneficiario: PIMENTEL ANDRADE ANA CRISTINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-37)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1026911687; Beneficiario: CRESPO VIVAR LUCIA MARIETA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-38)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027526895; Beneficiario: OBANDO MONTENEGRO JOSE ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-39)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042677750; Beneficiario: LEON TOALA STEVEN ORLANDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-40)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LA LIBERTAD

(146155-48)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011511818; Beneficiario: PINCAY CEVALLOS LUIS GEOVANNY. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-47)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041534905; Beneficiario: NIVELO ALVARADO BRUNO RENATO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-46)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038637901; Beneficiario: ALBINO GARCIA BEATRIZ ANA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-45)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040341089; Beneficiario: CANESSA ECHANIQUE VICENTE ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-44)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1001244752; Beneficiario: SALAZAR MAGALI MARTILLO DE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-43)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010857559; Beneficiario: PINEDA CALDERON JACQUELINE LUISA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-42)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041397290; Beneficiario: VELASTEGUI SANTILLAN JORGE LUIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-41)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042140250; Beneficiario: RONQUILLO MITE ADRIANA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-49)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040325008; Beneficiario: GONZALEZ MORAN KATHERINE PAOLA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-50)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010972358; Beneficiario: PEREZ CHIRIGUAYA WILSON TIBURCIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-51)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038238977; Beneficiario: MOSQUERA LAMILLA VANESSA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-52)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040245802; Beneficiario: MONTIEL VASCONES LILIANA ELIZABETH. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-53)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027312305; Beneficiario: PENA PILLIGUA JOSE LUIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-54)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038799014; Beneficiario: CANTOS ARTEAGA JAVIER LEONARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-55)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040023583; Beneficiario: ARANA MACIAS CARLOS MNR / MACIAS FRANCO ANA NOEMI RPTE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL PLAYAS

(146155-63)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040868648; Beneficiario: RANGEL MARURI MARLENE DEL PILAR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-62)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038733048; Beneficiario: ESPANA CETRE ALBERTO AMERICO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-61)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011983698; Beneficiario: KUSIJANOVIC LOOR OLIVIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-60)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041998146; Beneficiario: ESTEVES RIVADENEIRA KATHERINE ELIZABETH. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-59)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027376303; Beneficiario: PACHECO ALVARADO LENIN MANUEL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-58)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041906683; Beneficiario: SANTOS TORRES OSWALDO JAVIER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-57)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 8796 A 8796; Cta. Cte. No. 1474839; Girador: LLAGUNO ZEA CESAR ING. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-1)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1618 A 1618; Cta. Cte. No. 7367279; Girador: LEON VARGAS ZULLY SUGEY. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-2)

BANCO DEL PACIFICO QUEVEDO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 539 A 541; Cta. Cte. No. 7341822; Girador: VALENCIA ROBLES EDISON O BUSTAMANTE PALACIO KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 5032 A 5032; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-16)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4903 A 4919; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-15)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4940 A 4944; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-17)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4952 A 4962; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-18)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 3021 A 3320; Cta. Cte. No. 7340974; Girador: PEROMUN S A. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-32)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1724 A 1724; Cta. Cte. No. 4853695; Girador: MUNIVE PALMA TAMARA MELINA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-31)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 169 A 169; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-33)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 168 A 168; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-34)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 143 A 143; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-35)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 153 A 153; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-36)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 150 A 150; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-37)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2786 A 2786; Cta. Cte. No. 872245; Girador: HURTADO MARIN GIL BLAS. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-38)

BANCO DEL PACIFICO BABAHOYO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 197 A 220; Cta. Cte. No. 5042992; Girador: SUCRE MARTINEZ KATTY KARINA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 3772 A 3772; Cta. Cte. No. 2495187; Girador: YCAZA ISABEL GOMEZ BEJARANO DE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-39)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 22716 A 22717; Cta. Cte. No. 2757931; Girador: MEJIA GIRALDO JORGE FEDERICO O/ JESSIE MARIUXI ROMERO ZEA -J.M.G.. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-40)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1779 A 1779; Cta. Cte. No. 6495117; Girador: COOP. DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXIS GLENDA ALCIVAR DE BUCARAM. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-41)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040890058; Beneficiario: GONZALEZ FIGUEROA TANIA GISELLA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1019242786; Beneficiario: POZO GUALE SARA JUOY. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL QUEVEDO

(146155-23)

(146155-56)

BANCO DEL PACIFICO MATRIZ

May. 19 (146158-42)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 255 A 255; Cta. Cte. No. 2698285; Girador: HERRERA YANEZ ELSA MARIA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-4)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 163 A 171; Cta. Cte. No. 7439938; Girador: CORONEL CEDENO NUBE JAZMIN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-5)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 183 A 183; Cta. Cte. No. 7439938; Girador: CORONEL CEDENO NUBE JAZMIN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-6)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 56 A 56; Cta. Cte. No. 7498284; Girador: CASTRO CEDENO CARLOS FERNANDO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-7)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 11961 A 11965; Cta. Cte. No. 1010147; Girador: MENESES GALLARDO MARIA ANTONIETA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-8)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4924 A 4925; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-14)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 681 A 681; Cta. Cte. No. 2819503; Girador: RODRIGUEZ CASSANELLO MANUEL MARIO O/MALDONADO ESPINOZA MADIL MARYORI. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-13)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2532 A 2532; Cta. Cte. No. 2120542; Girador: JARRIN RIVADENEIRA FRANCISCO ANTONIO O/ SUBIA ROSERO ANA CRISTI. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-12)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 25 A 25; Cta. Cte. No. 7527276; Girador: GUERRERO DUARTE VICTOR GUSTAVO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-11)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1253 A 1260; Cta. Cte. No. 2208547; Girador: MANZANO CAMPOS GLENDA BEATRIZ. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-10)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 11968 A 12010; Cta. Cte. No. 1010147; Girador: MENESES GALLARDO MARIA ANTONIETA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-9)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4758 A 4764; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-19)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4938 A 4938; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-20)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 506 A 506; Cta. Cte. No. 7443218; Girador: BIEDMA RAUL ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-21)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 503 A 504; Cta. Cte. No. 7443218; Girador: BIEDMA RAUL ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-22)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2375 A 2400; Cta. Cte. No. 4915194; Girador: JARRIN DUENAS OCTAVIO FRANCISCO O ARAUZ VARGAS MARIA PIA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-23)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1233 A 1233; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-24)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 813 A 815; Cta. Cte. No. 7522142; Girador: FERTIAGRACORP S.A.. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-29)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 316 A 316; Cta. Cte. No. 7480377; Girador: AGUINO BOCCANEDES JOSE ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-28)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 50 A 51; Cta. Cte. No. 7338643; Girador: VARGAS BOCCANEDES ALEX GABRIEL. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-27)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1263 A 1264; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-26)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1225 A 1225; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-25)

May. 19 (146158-3)

BANCO DEL PACIFICO QUEVEDO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 612 A 612; Cta. Cte. No. 7247664; Girador: SOLEDISPA FRANCO GENNY ALEXANDRA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

May. 19 (146158-30)

02

PÁGINA DOS

“Esta edición se hizo con el mayor esfuerzo y responsabilidad. Mañana será mucho mejor”

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL RINCÓN DE REP NUBES CEBOLLAS

EN CORTO AFP

LA IMAGEN DEL DÍA

Candidato colombiano en video con ‘saboteador’ La revista colombiana Semana reveló un video en el que se ve al candidato presidencial Óscar Iván Zuluaga conversando con el pirata informático Andrés Sepúlveda, quien confiesa sus infiltraciones en servicios de inteligencia colombianos y estadounidenses. En las imágenes aparece Sepúlveda, quien fue detenido el pasado 6 de mayo por la Fiscalía por supuesto sabotaje al proceso de paz del Gobierno con las FARC.

Preparativos para comicios. Trabajadores y funcionarios almacenan urnas antiguas en la sede de la Comisión Electoral de Malaui, en Blantyre, antes de la votación, prevista para hoy, para elegir a Presidente, parlamentarios y dignatarios municipales. La gobernante Joyce Banda, quien busca la reelección, enfrenta un escándalo luego de que una auditoría revelara el robo de 30 millones de dólares de fondos públicos.

LA FRASE DEL DÍA

UN DÍA COMO HOY

“No podemos convivir con una derecha que no sabe perder elecciones, que responde al direccionamiento de un gobierno extranjero y de funcionarios, incluso, de tercer nivel del Departamento de Estado de EE.UU.”.

Elías Jaua Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Venezuela

Más de 100 menores de edad en fiesta ilegal La Policía y la Dinapen sorprendieron a más de 100 menores, la noche del sábado, en dos fiestas clandestinas en Cuenca, informó el Ministerio del Interior. Los jóvenes fueron trasladados a las oficinas de la Dinapen, donde fueron entregados a sus padres o representantes. En los locales allanados se encontraron gomitas de dulce rellenas con alcohol, para lo cual se utilizaron jeringas hipodérmicas.

Restricción de inmigrantes. En 1921, en EE.UU. se promulga la primera Ley de Cuotas de Emergencia (también llamada la Ley de Johnson-Reed), que temporalmente restringe la inmigración anual a 350.000 europeos.

Fallece ‘Jackie’ Onassis. En 1994, Jacqueline Kennedy Onassis, viuda del presidente John F. Kennedy, muere de un cáncer linfático en su apartamento de la 5ª avenida, en Nueva York.

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@gorkacastillo (Gorka Castillo) Este fin de semana publico un amplio reportaje en @el_telegrafo sobre la vida de gente como @ivallejo14x8000. Lujo escribirlo.

@LUCERORAMIREZOS (L. RAMÍREZ) Defensores de animales exigen sanciones a la venta ilegal de cachorros, vía @el_telegrafo ---> No más crueldad contra animales.

@EDROPAAR (ROBERTO PAZMIÑO A.) Chevron deberá pagar $ 875.000 por derrame petrolero en Utah, vía @el_telegrafo ---> Allá estos sí pagan porque pagan.

@ELECCIONBasica (Elección Básica) El derecho de admisión rige en balneario (GALERÍA) ---> Lleven estadísticas de cuánta gente se enfermará allí.

@AceroFMA (Daniel Flores) @el_telegrafo: Rapero puertorriqueño Tempo ofrecerá su primer concierto tras 11 años preso -> Bien, arriba Tempo.

POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA VIUDA DE VERA PERMANECE CON SEGURIDAD EN ESMERALDAS

BREVES

Jijón: “En diciembre fuimos víctimas de un atentado”

Los comerciantes minoritarios acudirán a la Asamblea

ÁLVARO PÉREZ | EL TELÉGRAFO

La esposa del asesinado alcalde de Muisne asegura que la agresión que sufrieron ministros de Estado en ese cantón fue una primera señal. Cuenta que Walquer Vera, luego de su triunfo, recibió llamadas de proveedores que exigían el pago de deudas atrasadas. Geovanna Melendres [email protected]

Su casa permanece con custodia policial y en la calle aún se comenta sobre el asesinato del alcalde de Muisne. Italia Jijón no ha vuelto a dormir en la quinta que compartía con Walquer Vera desde hace 5 años. El crimen ocurrió al frente de esa propiedad. Las investigaciones preliminares, la mayoría basadas en las denuncias del propio Vera y en las imágenes captadas por las cámaras de su domicilio, permitieron la detención de Paúl Vélez, exalcalde de Muisne, como presunto autor intelectual. Acompañada de uno de sus hijos y de la seguridad que le asignó el Ministerio del Interior, Italia llega a la heladería que administra en el centro de Esmeraldas. Su voz es más serena y en su conversación se revela la admiración que sentía por su esposo: “Él era un revolucionario que a los 16 años empezó a vincularse con los problemas de su cantón. Uno de sus formadores fue Raúl Patiño. Walquer era inflexible con los corruptos”. Y fue así que se convirtió en el alcalde más votado de la historia de Muisne y de la provincia, si se calcula porcentualmente.

En su última entrevista, Walquer Vera denunció que gente le exigía pagos por supuestas obras que no se ven en Muisne. ¿Cuánta gente acudió a él por eso? Una vez que Walquer ganó se acercó una gran cantidad de proveedores durante la administración de Paúl Vélez (quien en 2009 llegó cobijado por el MPD y este año quería la reelección por Avanza). Decían que le habían entregado $ 250.000, $ 500.000, $ 700.000 en materiales de construcción y productos. Walquer les preguntaba por las obras que demostraran esas compras y, solo así, una vez que asumiera el Municipio, haría el pago. Es que en realidad en Muisne no hay obras.

¿Esos proveedores eran de Muisne, de Esmeraldas? Llegaban de Quito, de Pedernales (Manabí), de Esmeraldas. Una señora de Pedernales decía que le entregó a Vélez acondicionadores de aire y que todo estaba documentado. Y como ella llegaron muchos. Era una situación difícil, además de los casi 1.200 juicios entablados en contra del Municipio de Muisne durante décadas por pagos pendientes, obras mal hechas, etc.

¿Usted sabía que la vida de su esposo estaba en riesgo? Corríamos riesgo. La noche previa al asesinato, el sábado, le dije a Walquer que una amiga me llamó para decirme que lo vio solo por el sector de La Tolita -un barrio inseguro de Esmeradas- y que no era correcto, que debía cuidarse. Él solo sonrió y luego fue a la farmacia a comprarme una pastilla. Después se quedó conversando como hasta las 23:00 con una

¿Quién es?

Nombre completo: Italia Jijón Buendía Profesión: Contadora y tiene su negocio propio Edad: 45 años Cargo: Asambleísta alterna de Gabriel Rivera. Milita en PAIS desde hace 5 años.

vecina en el portón de la casa. El domingo, Walquer le dio el día libre a su seguridad personal para que acompañara a sus madres y esposas, así que salió muy temprano de la casa y me dijo que no demoraba más de 40 minutos. Yo sabía que iría a comprar flores o que haría el desayuno. Y así fue, todo eso traía cuando lo mataron. Aún recuerdo la ráfaga de metralleta que escuché mientras barría. Le marqué a su celular y ya estaba apagado. Y no pasaron ni cinco minutos cuando la gente empezó a gritar que mataron al alcalde.

¿Su esposo sabía de dónde provenían las amenazas?

DESTACADO

“Walquer entregó al Ministro del Interior y a su hermana una lista de quienes querían hacerle daño”. de esos temas y siempre que la prensa lo abordaba decía que solo el Ministerio del Interior podía pronunciarse al respecto. Él combatía a funcionarios corruptos.

un funcionario en Esmeraldas estaba vinculado a ese círculo de corrupción en Muisne, pero son las investigaciones las que determinarán si tenía razón. Es que convirtieron a Muisne en un fortín y Walquer se indignaba, por eso nombró a Roberto Corozo y Homero Cervantes, gente vinculada a Paúl Vélez. Imagínese que a 10 días de la posesión de Walquer, él pidió al Ministerio de Finanzas que no depositen una alícuota de $ 850.000 a la administración saliente -encargada por Vélez a Carlos Acevedo, hoy concejal reelecto- porque se llevarían la plata, pero no sé qué influencias hubo para que el desembolso se realizara y ahora esos recursos no existen. Ese acto indignó a Walquer.

Sí, Walquer los tenía identificados, por eso le entregó al Ministro del Interior (José Serrano) y a su hermana una lista de quienes querían hacerle daño. Y (Paúl) Vélez siempre estuvo en su mente porque Walquer denunció que a los trabajadores de Muisne no les pagaban más de 9 meses y cuando los ministros vinieron (Fausto Herrera, de Finanzas; y Francisco Vacas, de Relaciones Laborales) a constatar que la clase obrera era aplastada, este individuo (Vélez) ordenó a un grupo de revoltosos que los atacaran. Si Walquer no hubiera tenido la protección de 12 hombres, ese día lo habrían matado a palos y botellazos. Esa fue la primera advertencia de que su vida estaba en peligro.

En la última entrevista radial que ofreció, su esposo nombró a dos personas de apellido Cervantes y Corozo, y adelantó que su vida estaba en riesgo. ¿Quiénes son esas personas? ¿Estaban vinculadas a Vélez? Cuando Walquer es oficializado como candidato a alcalde de Muisne por Alianza PAIS, no pasaron más de 15 días y el 26 de diciembre de 2013 fuimos víctimas de un atentado en la quinta. Nos colocaron un paquete con droga (15 kilos entre marihuana y base de cocaína), pero rápidamente el Ministro de Interior hizo las investigaciones y se determinó que la droga fue implantada. Sé que el informe lo hará público el Ministro.

El concejal electo Ferrari Zambrano cree que detrás de la muerte de Walquer estuvo el crimen organizado e hizo declaraciones muy fuertes que podrían ponerlo en riesgo. Le hemos llamado la atención por eso, tememos por su seguridad, pero él dijo estar dispuesto a todo. Mi familia es pacífica y ahora estoy inmersa en este proceso porque me enamoré de un revolucionario. Ahora ando con personal de seguridad y la casa tiene resguardo policial, en realidad nunca pensé verme con guardaespaldas.

¿Las amenazas siempre estuvieron ligadas al aspecto político?

Apenas se supo del asesinato de su esposo, usted declaró a la prensa que habría funcionarios del Gobierno involucrados en actos de corrupción...

EN LA WEB

Diría que sí porque Walquer iba a ser la piedra en el zapato de esas personas. Por eso se escuchaba en Muisne y Esmeraldas que no iban a dejar que se posesionara.

También se dijo que el asesinato podría tener vínculos con el narcotráfico... Nunca escuché a Walquer hablar

Esa entrevista me la hicieron una hora después de la muerte de Walquer, aún estaba conmocionada. No supe expresarme adecuadamente. Yo simplemente hice escuchar la voz de Walquer porque él presumía que

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¿Cree que su vida o la del vicealcalde electo, Eduardo Proaño, están en riesgo?

Ingrese a la sección Política a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés www.telegrafo.com.ec/politica.html

El miércoles, la Comisión de Desarrollo Económico trabajará en doble jornada. A las 10:00 recibirá a un grupo de comerciantes minoristas de Guayaquil y a las 15:30 continuará el análisis del proyecto de Ley del Servicio Público de Electricidad. Los comerciantes expondrán sus observaciones a los proyectos de Ley sobre Fomento al Emprendimiento y de Defensa de Emprendedores Urbanos. La ponente de estas iniciativas legales es la asambleísta Mae Montaño, de CREO.

El libro escrito por Rafael Correa es traducido al farsí

Ecuador: De Banana Republic a la No República, el libro escrito por el presidente Rafael Correa, fue traducido al farsí. En el enlace ciudadano, el Jefe de Estado mostró la versión en el idioma oficial de Irán. La obra ya tiene su versión en francés y próximamente será publicada en chino.

Ecuador se solidariza con Turquía por accidente minero

Ecuador expresó sus condolencias al Gobierno y pueblo de Turquía por el accidente ocurrido el martes pasado en una mina de carbón que dejó un saldo de más de 300 muertos. El comunicado divulgado por la Cancillería ecuatoriana hace extensivo su pesar y solidaridad a los familiares de las víctimas. PL

Los legisladores participan en una reunión sobre infancia

El presidente de la Comisión del Derecho a la Salud, Carlos Velasco (foto); la titular de la Mesa de Educación, Ximena Ponce; y los asambleístas Mary Verduga y Gastón Gagliardo, participaron en la IV Reunión Internacional de la Red Hemisférica de Parlamentarios y ex-Parlamentarios por la Primera Infancia, en Managua.

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POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CNE BUSCA REFORMAS AL CÓDIGO DE LA DEMOCRACIA

CANTONES SUFREN PROBLEMAS EN TRANSICIÓN

Alcaldesa Arce declarará la emergencia en Municipio ARCHIVO

1 de 4 autoridades electas en comicios seccionales es mujer Las últimas votaciones registraron una mayor participación electoral de ellas. En los sufragios del pasado 23 de febrero el 42% de candidatos fue de mujeres y el 58% de hombres. Distribución de género de candidatos y autoridades 2014 Los aspirantes de las elecciones seccionales fueron 42% mujeres y 58% hombres. En los resultados oficiales se observa una disparidad importante: 1 de cada 4 autoridades electas es mujer.

AUTORIDADES ELECTAS Total nacional 5.584

POR SEXO En las dignidades de alcaldes y prefectos, el 9% es representada por mujeres, mientras que en concejales urbanos hay mayor participación: el 33,5%.

4.168 74,60%

16.317 57,90%

Mujeres Mujeres

11.863 42,10%

Candidatos 2014

Dignidad

Mujeres

Hombres

Alcaldes municipales

147 12,2%

1.054 87,8%

16 7,3%

204 92,7%

Prefecto y viceprefecto

16 13,8%

100 86,2%

2 8,7%

21 91,3%

Concejales urbanos

2.608 45,4%

3.137 54,6%

287 33,5%

570 66,5%

Concejales rurales

1055 42,80%

1410 57,20%

105 24,4%

326 75,6%

Vocales de juntas parroquiales

8.037 43,1%

10.616 56,9%

1.006 24,8%

3.047 75,2%

Total general

11.863 42,1%

16.317 57,9%

1.416 25,4%

4.168 74,6%

Hombres

CANDIDATAS/OS EN ELECCIONES Total nacional 28.180 Hombres

 

1.416 25,40% Redacción Política

Fuente: CNE / Gráfico: El Telégrafo / [email protected]

DATOS

[email protected]

La participación política electoral de las mujeres ha tomado fuerza en los últimos procesos, tanto para las presidenciales y legislativas de 2013, como en las seccionales de este año. En el último caso, la distribución de los candidatos fue de 42% mujeres frente al 58% hombres. Pero en los resultados oficiales se observa una disparidad importante: solo 1 de cada 4 autoridades electas es fémina. Desde la semana pasada solamente dos prefecturas, de un total de 23, son manejadas por mujeres. Apenas hay 16 alcaldesas frente a los 204 burgomaestres varones. Hay 287 concejales urbanos mujeres y 565 ediles hombres. En las concejalías rurales y las juntas parroquiales se mantiene la misma disparidad. El artículo 116 de la Constitución establece que en las elecciones pluripersonales se establecerá un sistema electoral conforme a los principios de proporcionalidad, igualdad del voto, equidad, paridad y alternabilidad entre mujeres y hombres. Por eso el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene, entre sus ejes de acción, la promoción de la paridad de género por lo que exige la conformación paritaria y alternada de las listas de candidaturas. Esta obligación también se basa en el artículo 99 del Código de la Democracia, que ordena que hombres y mujeres parten en las mismas condiciones en un proceso electoral. La consejera Roxana Silva, explicó que, si bien existen distancias significativas entre los ganadores, las mujeres están cada vez más interesadas en ser parte de la vida política nacional. “Los resultados de las elecciones del 23 de febrero de-

Electos 2014 Mujeres Hombres

En Ecuador se registra que entre 1979 y 1996 hubo 514 diputados y, de ellos, apenas 26 fueron mujeres. Las mujeres en los parlamentos de América Latina tienen una participación de 22,2% y los hombres el 78,8% Argentina, Costa Rica, Cuba, Ecuador, Guayana, México y Nicaragua han superado el 30% de representación femenina en la Cámara Baja. Belice, Haití, Panamá, Brasil y Saint Kitts y Nevis tienen menos de 10% de mujeres en el Legislativo. Bolivia es el único país con dos presidentas del Congreso.

muestran una brecha sustancial entre las dignidades políticas alcanzadas por hombres y mujeres”, destacó. La consejera participó a finales de marzo del foro internacional ‘Mujeres, política y democracia’, realizado en España, donde expuso que la actual Carta Magna ecuatoriana abre un abanico de posibilidades para promover la inclusión de las féminas en la arena política e institucional. La legislación nacional también obliga a que las directivas de las organizaciones políticas sean paritarias y alternadas. Esta exigencia legal aún no es acogida en todos los países de Latinoamérica, aunque existen cambios en la región. El Salvador aprobó en 2013 una cuota de género del 30% en la ley de partidos políticos. Esta medida se estrenará recién en las elecciones de 2015, cuando haya comicios municipales y legislativos. En la actualidad, Bolivia es uno de los países más avanzados de la

región con el manejo de listas cerradas, mientras en Colombia la participación mínima de la mujer es del 30% en el parlamento. Si bien la paridad de género amparada en la legislación electoral contribuye a crear espacios de participación política en la conformación de listas, los resultados electorales dan cuenta que este mecanismo no es suficiente para conseguir la plena incorporación de la mujer en el campo político-institucional, añadió la consejera. Natalia Sierra, socióloga y docente universitaria, destacó que las mujeres han ganado un espacio significativo en la política formal. Aclaró que cuando la mujer accede a una institucionalidad patriarcal, es decir a un estado profundamente masculino, tiene que atravesar un proceso de masculinidad para ser aceptada. Sierra insistió que en el imaginario de la ciudadanía está la figura masculina para la dirección política. Estas estructuras mentales se evidencian más en ciudades pequeñas, a pesar de que las normas legales sean a favor de las mujeres. “El mundo público tiene aún la presencia fuerte de un hombre”, lamentó. Silva coincide en que se necesita abrir un debate nacional para diseñar políticas electorales que permitan a la mujer tener mayores recursos de participación política, con miras a ocupar cargos de elección popular. El año anterior, el CNE anunció que realizará una propuesta para reformar la Ley Electoral que permita profundizar y mejorar los procesos en igualdad de género, con el fin de aumentar la participación real de la mujer en los sitios de poder. De hecho, la semana pasada, Domingo Paredes, presidente del CNE, anunció que pronto se enviará a la Asamblea una propuesta con reformas al Código de la Democracia.

La alcaldesa Alexandra Arce, de PAIS, fue asambleísta de la provincia del Guayas.

Los empleados del Cabildo de Durán están impagos desde hace dos meses. La burgomaestre denunció el débito automático de los recursos. Durán se sumará hoy a la lista de municipios de Guayas con problemas, tras producirse el relevo de alcaldes la semana pasada. La recientemente posesionada alcaldesa, Alexandra Arce, declarará la emergencia durante una rueda de prensa para informar “el grave estado administrativo financiero situación del personal y procesos judiciales de los múltiples juicios y demandas instauradas en contra de la institución”. Al evento, se informó en un comunicado, se ha invitado a todo el personal que labora en el Cabildo. Arce habría detectado varias irregularidades durante el recorrido de entrega-recepción de los diferentes departamentos municipales hecho la semana pasada. A esa situación se suma “la total iliquidez de la entidad, el compromiso del 50% de sus ingresos mensuales en varios fideicomisos para pago de obras mal realizadas o incompletas, un saldo en bancos de 106 dólares y más de 9 millones de dólares de pagos inmediatos sin mayor referencia de contratación preexistente”. El otro problema que heredó Arce es el atraso salarial de dos meses. El comunicado culpa de esa situación a los “débitos automáticos de cientos de miles de dólares comprometidos en los fideicomisos”. “Esta delicada situación requiere la inmediata intervención del Muni-

cipio, por lo que la Alcaldesa lo declarará en emergencia a efectos que se realicen de inmediato varias acciones de tipo legal para defender las finanzas públicas, y que se inicien los procesos de investigación y auditoría para determinar responsabilidades”, culmina el boletín de prensa. Arce, quien fue concejala de ese cantón y asambleísta provincial, asumió el Municipio luego de casi 15 años de administración del Partido Social Cristiano (PSC). Al frente de ese Cabildo estaban Mariana Mendieta, quien enfrentó varios procesos legales por corrupción; y luego su hijo, Dalton Narváez. Este último perdió la reelección en los comicios del pasado 23 de febrero. Durán es el segundo cantón más

DESTACADO

Durán es el segundo cantón más poblado del Guayas y está entre los 10 más populosos del país. poblado de Guayas y está entre los 10 más populosos del país. En esta provincia han surgido problemas en la transición. En Milagro, la alcaldesa Denisse Robles descubrió la quema de documentos municipales; en Jujan, el burgomaestre saliente fue detenido; y en Naranjito la maquinaria está embargada.

PAÍS OBTUVO EL 0,43% DE LOS SUFRAGIOS

Para internautas, Ecuador es el país menos corrupto El portal Infobae realizó una encuesta en la que participaron 6.000 personas. Argentina, Venezuela y México fueron los más votados. Una encuesta realizada por el medio digital argentino Infobae.com determinó que Ecuador es el país menos corrupto. El portal consultó a los internautas qué país considera es el más corrupto de América Latina y solo el

0,43% votó por Ecuador. El sondeo ubicó en primer lugar a Argentina, que alcanzó el 43,6% de los votos. Venezuela obtuvo el segundo lugar en la tabla con el 26,88% de la votación. Y el podio se completó con México, con el 11,13. El balance fue parejo para el resto de las opciones del sondeo, al ubicarse Paraguay (4,89%) sobre Colombia (3,19%), los Estados de América Central (2,28%), Brasil (1,66%), Uruguay (1,46%), Bolivia (1,40%) y Chile (1,05%).

POLÍTICA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CONSEJO DE GOBIERNO TAMBIÉN FUE RENOVADO

DATOS Jorge Herrera fue el candidato de consenso de la Ecuarunari, la rama de la Sierra de la Conaie. Sus miembros lo eligieron durante una asamblea celebrada la semana pasada en Quito.

Dirigente de Cotopaxi liderará Conaie por 3 años

La Conaie es considerada la mayor organización indígena de Ecuador. Fue fundada el 16 de noviembre de 1986. Ha tenido momentos de gran influencia política, sobre todo cuando propició el derrocamiento de Jamil Mahuad en 2001. Humberto Cholango, el presidente saliente de la Conaie, no buscó la reelección y respaldó la designación de Herrera como candidato para sucederlo.

ROBERTO CHAVEZ | EL TELÉGRAFO

Jorge Herrera se impuso a sus rivales Mónica Chuji y Olindo Nastacuaz durante el congreso de la organización celebrado en Ambato. El nuevo presidente insistió en la necesidad de mantener la unidad y defender los derechos de la naturaleza. Redacción Política [email protected]

Al final del sábado, después de una intensa jornada de trabajo en el coliseo de la Universidad Técnica de Ambato (UTA), los participantes del V Congreso de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (Conaie) eligieron a Jorge Herrera como el nuevo presidente de la organización, que a nivel nacional agrupa 14 nacionalidades y 18 pueblos autóctonos. Herrera consiguió 526 votos a favor, seguido de Olindo Nastacuaz, candidato postulado por la Confederación de Nacionalidades y Pueblos Indígenas de la Región Costa (Conaice), quien obtuvo 175 sufragios. Mónica Chuji, representante de los pueblos indígenas de la región amazónica, consiguió 112 voluntades. A las 20:30 los tres candidatos formularon sus respectivas propuestas de trabajo, una hora antes de efectuar la votación. En las intervenciones destacaron sus compromisos con la defensa de los derechos de los pueblos indígenas, de la naturaleza y apoyo al pueblo Sarayaku. “Hay que recuperar el protagonismo que la Conaie siempre tuvo. A nivel regional y continental, siempre nos hemos caracterizado por ser movilizadores y plantear cambios positivos en la sociedad”, expresó Mónica Chuji en su alocución. Rómulo Acacho, cuarto aspirante a la presidencia de la Conaie y representante del Gobierno de las Naciones Originarias de la Amazonía Ecuatoriana (Gonoae) se retiró de la contienda electoral al apoyar a Jorge Herrera. Los casi 2 mil asistentes del Congreso exigieron a la mesa directiva, formada por delegados y observadores chilenos y argentinos, que dé comienzo el sufragio, ya que la elección del sucesor de Humberto Cho-

Jorge Herrera saluda a los asistentes al Congreso de la Conaie luego de conocer los resultados que le dieron la presidencia de la organización.

lango se había retrasado una hora. Justamente el presidente saliente de la Conaie fue el primero en votar. Después de que los 987 delegados sufragaron y depositaron sus papeletas de votación en cuatro urnas, se anunció a Herrera como ganador. En medio de un aplauso prolongado y al grito de “El pueblo unido, jamás será vencido”, los dos asistentes aprobaron la designación de Herrera. “Estamos preparados para dirigir la Conaie, con firmeza y decisión. Con la ayuda de todos los líderes de las nacionalidades debemos inculcar a los más jóvenes que la unidad es la clave, pero no una unidad de discurso sino de hecho. Fortaleceremos, además, las bases para hacer respetar las decisiones que aquí hemos tomado”, dijo Herrera. Tanto Chuji como Nastacuaz felicitaron al ganador y mostraron su apoyo a una administración que será para los próximos tres años.

DESTACADO

Una de las primeras acciones fue convocar una movilización por la Ley de Aguas y la Reforma Agraria. Los representantes de comunidades como Pilahuín, Chibuleo, Tomabela, Guamote y Otavalo mostraron su respeto al nuevo dirigente e instaron a continuar en la unidad del organismo. “Creo que si nuestros jóvenes no entienden el significado de la unidad y fraternidad, nunca lograremos hacernos respetar con el Gobierno. He ahí la importancia de ser tan unidos como las hojas y frutos de un

árbol, que pese a tener su espacio y ocupar diferentes partes de una planta, reciben la savia que produce un solo tronco”, expresó Ernesto Guamantaqui, de la etnia chibuleo, en Tungurahua. El nuevo presidente de la Conaie es oriundo de Toacaso, Cotopaxi, tiene 43 años y es tecnólogo ambiental. En su provincia se destacó como líder y fue funcionario en el gobierno de Lucio Gutiérrez, en el tiempo que la Conaie y Pachakutik respaldaban su gestión.

Movilización Una de las resoluciones a las que se llegó durante el encuentro es realizar una movilización que reunirá nuevamente a los líderes indígenas para protestar, entre otras cosas, por la Ley de Aguas y Reforma Agraria. “Pese a que aún no se ha fijado fecha, acabamos de aprobar un es-

crito, con doce puntos, de los cuales el primero es realizar una marcha en defensa de nuestro territorio, del agua y otros recursos naturales. No habrá diálogo con el Gobierno mientras existan perseguidos políticos, asambleístas destituidos y pueblos considerados como paramilitares, un ejemplo de ello es Sarayaku”, manifestó la legisladora Lourdes Tibán. Herrera y su Consejo de Gobierno deberán fijar la fecha para esta marcha, además de organizarla y convocar a los líderes que deseen participar en esta clase de actividades. Tibán aseguró, además, que existen ciertas comunidades indígenas de Chimborazo que están a favor de la actual administración gubernamental y que cuando se cristalice dicha movilización, deberán decidir si están a favor de la Conaie o del Gobierno. En esa provincia, los dirigentes locales de Pachakutik, liderados por el prefecto Mariano Curicama, mantienen una alianza con PAIS. Jorge Herrera dirigirá al movimiento indígena acompañado por Rómulo Acacho como su vicepresidente, Floresmilo Simbaña estará encargado de Fortalecimiento y Política; Severino Sharupi estará como dirigente de Territorio, Recursos Naturales, Ambiente y Desarrollo; y Adolfo Chapiro, como representante de Educación, Ciencia y Tecnología. Durante los dos días del Congreso, otros temas que se trataron en las cinco mesas de trabajo fueron: el cambio de matriz productiva, la transición de cocinas a gas al sistema eléctrico, explotación de recursos naturales, entre otros. El evento finalizó a la 01:30 de ayer, hora en que los dirigentes de cada etnia organizaron el viaje de retorno a sus comunidades, con la ayuda de la Policía Nacional, que vigiló la seguridad en las afueras del coliseo de deportes de la Universidad Técnica de Ambato.

ARCHIVO

MINERA INFORMÓ SOBRE PRESENCIA DE PERSONAS AJENAS A LA COMPAÑÍA

Trabajadores toman campamento El hecho habría ocurrido el sábado en las instalaciones de la empresa EcuaCorriente, que opera el proyecto Mirador, en la provincia de Zamora Chinchipe. La minera china EcuaCorriente (ECSA) denunció ayer que trabajadores ocuparon el campamento de un proyecto con 2,9 millones de toneladas de cobre que tiene a cargo en la Amazonia ecuatoriana. “El sábado, un grupo de trabajadores se tomó las instalaciones del campamento del proyecto Mirador,

de la compañía EcuaCorriente S.A., adoptando medidas de hecho ilegales y paralizando las actividades regulares”, indicó la firma en un comunicado. Agregó que las instalaciones fueron ocupadas por unos 150 trabajadores y que allí también “han ingresado personas ajenas a la compañía”. “Lamentamos que intereses particulares provoquen el caos e insistan en retrasar el avance del proyecto Mirador y de la minería metálica en el Ecuador”, anotó ECSA. En marzo de 2012, Ecuador se abrió a la explotación minera a gran

escala al firmar un contrato con ECSA, el primero de una serie de proyectos que podrían aportarle hasta 185.000 millones de dólares, según autoridades ecuatorianas. El proyecto minero Mirador está ubicado en la provincia de Zamora Chinchipe (sureste), en la frontera amazónica con Perú, y tendrá una duración de 25 años. Generará unos 20.000 millones de dólares, de los cuales 5.400 millones recibirá el Estado, mientras que la compañía, que iniciará la producción a finales de 2014, desembolsará 100 millones en regalías anticipadas. (AFP)

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El proyecto minero Mirador tiene previsto empezar la producción a finales de este año.

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ECONOMÍA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA INYECCIÓN DE DINERO DE EMPRESAS NACIONALES FUE MÁS DE $ 441,7 MILLONES

ENTREVISTA CON MARIE NOELLE LANDÁZURI

“Los turistas que llegan resaltan el desarrollo turístico y vial del país” CORTESÍA / EL TELEGRAFO

Inversión extranjera en cuatro meses supera los $ 200 millones Inversión autorizada en compañías nacionales PARA CONSTITUCIÓN Y AUMENTO DE CAPITAL POR ACTIVIDAD ECONÓMICA Y ORIGEN DE LA INVERSIÓN AL MES DE ABRIL 2014*

(Capital en dólares) * Datos provisionales Fuente: Superintendencia de Compañías. Elaboración: Intendencia Nacional de Gestión Estratégica, Dirección Nacional de Investigación y Estudios.

$

.

En los sectores que destinaron más recursos son el de industrias con $ 103’561.338, minas y canteras $ 38’029.798 y el comercio $ 25’296.284. Actividad ecónomica Agricultura y pesca Minas y canteras Industrias Electricidad Agua y saneamiento Construcción Comercio Transporte Alojamiento Información y comunicación Actividades financieras Actividades inmobiliarias Actividades profesionales Servicios administrativos Administración pública Enseñanza Salud y asistencia social Artes y recreación Otros servicios Hogares Org. estraterrritoriales Total

Inversión nacional 10’956.478 90’735.353 86’958.884 24’455.529 645.616 23’735.435 101’996.317 7’848.028 369.470 13’024.542 55’835.934 1’681.124 6’974.895 3’765.941 125.600 76.466 8’772.345 79.201 3’756.800 800 800

Inversión extranjera 4’454.352 38’029.798 103’561.338 830.180 307.233 482.076 25’296.284 1’484.481 259.330 4’747.035 7’163.568 5’897.703 5’744.410 1’678.878 510 734 281.004 799 400 0 0

441’795.558

200’220.114

Gráfico: El Telégrafo / [email protected]

Redacción Economía

DESTACADO

[email protected]

El monto total de la inversión societaria en los primeros 4 meses del año asciende a $ 647’754.663: $ 62’189.725 por constitución y domiciliación de 2.365 compañías, y $ 585’564.938 por aumentos de capital en 599 empresas que existen. Un total de 2.964 empresas invirtió entre enero y abril del presente año. Según la Superintendencia de Compañías (SC), la inversión nacional en el período analizado fue de $ 441,7 millones y la extranjera directa llegó a $ 200’220.114. Mientras que en el mismo período del año pasado la nacional fue de $ 391’356.515 y la extranjera alcanzó $ 126’170.941. La inversión nacional creció el 12,8% en los primeros 4 meses del año con respecto al mismo período de 2013. Mientras que la inversión extranjera directa (IED) aumentó 60,2%. En lo que respecta a la inversión nacional, los sectores a donde se destinaron más recursos fueron el de comercio con $ 101’996.317, minas y canteras $ 90’735.353 y las industrias $ 86’958.884. Los recursos fueron inyectados por 2.789 empresas. La inversión foránea, realizada por 306 compañías, fue destinada al área de industrias, con un total de

ÍNDICES ECONÓMICOS Precio de venta

Vivienda

€ 1 = $ 1,3703

10,64%

16.491,31 valor 0,27% variación

$ 103’561.338, minas y canteras $ 38’029.798 y el comercio $ 25’296.284. La IED en Ecuador el año pasado fue de $ 549’398.633, que significó un 63,5% con relación a 2012 ($ 335’875.050). En el país se crearon 8.380 empresas en 2013, 59 más que en 2012 (8.321). Varios analistas económicos critican la poca inversión extranjera que capta Ecuador en comparación con otros países de la región. Sin embargo, para el Ejecutivo más que receptar IED lo que se busca es transferencia de tecnología. A inicios de año, el presidente de la República, Rafael Correa, manifestó que en los 3 años que le restan a su Gobierno se empeñará en buscar la transferencia de tecnología más que hipotecar el país con inversión extranjera. “Quién ha dicho que más inver-

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Nombre completo: Marie Noelle Landázuri Cargo actual: Gerenta general de KLM Ecuador Profesión: Ingeniera en Administración de Empresas Nacionalidad: Ecuatoriana Educación: Universidad Católica de Quito Experiencia laboral: Fue profesora de inglés por un año en un colegio de la capital

Redacción Economía [email protected]

KLM, Compañía Real Holandesa de Aviación, el 17 de julio cumplirá 60 años de servir al país sin interrupciones. Su gerenta en Ecuador, Marie Noelle Landázuri, en entrevista con EL TELÉGRAFO, destaca la importancia del mercado ecuatoriano y la infraestructura aeroportuaria y vial del país.

¿Cómo le va a la aerolínea en el mercado ecuatoriano? La prueba de lo bien que nos va es que ya llevamos 60 años en el país. Tenemos el privilegio de servir y conectar a Ecuador con Europa y el mundo. La contribución de Guayaquil es ahora más importante que nunca, a raíz de la implementación del vuelo directo a Ámsterdam (Holanda) -que fue hace 2 años-. En Guayaquil es donde mayor crecimiento tenemos.

¿Cuántos pasajeros movilizaron en 2013? El año pasado se movilizaron alrededor de 120.000 pasajeros, en el presente año esperamos transportar a más personas. El 2013 iniciamos con 5 vuelos, en junio pasamos a 6 y en noviembre a 7.

¿Cuántas aeronaves operan en Ecuador? El avión que opera en Ecuador es un 777-200ER y KLM cuenta con 15 aviones de ese tipo. Nosotros volamos a diario con ese avión que tiene capacidad para 318 personas. Esperamos consolidar este vuelo y en función de la demanda adaptaremos la oferta en caso de que sea necesaria. Hemos contribuido no solamente con la conectividad del país, sino también con la generación de empleo. Como empleados directos de

KLM tenemos 75 personas. También se ha generado trabajo para otras personas, como las que preparan las comidas.

¿Cuál es la ruta más utilizada? Tenemos mucho movimiento hacia Alemania porque servimos a más de 15 destinos en ese país. También a Inglaterra, no solo a Londres sino a muchas ciudades. La ventaja de KLM es que desde Ámsterdam se puede conectar a todo el mundo, a 236 destinos.

¿Qué opina de la infraestructura aeroportuaria que tiene el país? Se ha trabajado mucho en el área aeroportuaria, tanto en Quito como en Guayaquil, que son los únicos aeropuertos que puedo juzgar porque son a los que servimos. Por el momento Quito tiene su aeropuerto alejado de la ciudad. Digo por el momento porque la ciudad está creciendo y pronto la terminal será parte de la misma.

¿La conectividad a través de las carreteras también es importante para el desarrollo del sector? Los turistas que hemos transportado son muy gratos con el país. Resaltan el desarrollo turístico, las vías y, además, la gente. Lo que más resaltan son las carreteras que en los últimos años han mejorado y facilitan la movilización de un lugar a otro.

¿Qué perspectivas tiene la empresa este año? Queremos consolidar el vuelo directo Guayaquil-Ámsterdam, que sea rentable, que estemos en el top de la prioridad de nuestros clientes, lo cual estamos cerca de conseguirlo. La empresa realiza promociones que se dan en función de la oferta y la demanda.

Fuentes: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) / Banco Central del Ecuador (BCE) / Bolsa de Valores de Guayaquil (BVG)

Tasas de interés efectivas

Moneda Euro

Bolsas mundiales Dow Jones

La inversión de empresas nacionales creció el 12,8% en los primeros 4 meses del año.

sión extranjera es la que trae beneficios al país, eso es un mito. Hay inversión extranjera que quita más de lo que pone, por eso buscamos una inversión de calidad. No voy a hipotecar el país, pues para nosotros lo principal es la transferencia de tecnología”, destacó. Para el analista Juan Pablo Jaramillo, la inyección de recursos extranjeros es bueno siempre y cuando contribuya a incrementar el capital tecnológico, la infraestructura, la producción de un país y, por lo tanto, genere empleo. “¿Es bueno o es malo que los extranjeros sean los dueños del aparato productivo de un país en vías de desarrollo? La respuesta es simple, sería perjudicial si la inversión extranjera directa se constituye en un mecanismo de dominación para extraer riqueza de una economía cuyas instituciones políticas son fácilmente manipulables”, resaltó Jaramillo.

¿Quién es?

Inflación

Mensual al mes de Abril 2014

0.30% Consumo Normal

15,91%

Tendencia

Costos de víveres, por libra

Petróleo

Papa

Arroz

Carne

Tomate

Azúcar

Pescado

Cebolla

Lenteja

$ 0,35

$ 0,42

$ 3,00

$ 0,70

$ 0,45

$ 5,50

$ 0,70

$ 1,00

(de res)

Precio por barril

(picudo)

WTI Precio referenciales de mercado

$ 102,02

Precios de las canastas

Banano

Arroz

Azúcar

Soya

Cacao

$6

$ 0, 45

$ 33,06

$ 30

cada caja

Quintal en cáscara

Quintal

Quintal

$ 124,04

Básica Familiar nacional

Vital nacional

Salario básico Unificado

Brent

Quintal

$ 633,61

$ 453,63

$ 340

$ 109,75

ECONOMÍA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LOS EMPRESARIOS PUEDEN AUTOEVALUARSE POR MEDIO DE LA PÁGINA WEB DEL IESS

MINISTRO VISITÓ PLANTA

Sertecpet contrata a profesionales que se gradúan en el país

Hasta 10% del PIB se paga por riesgos de trabajo

La empresa tiene convenios de cooperación técnica, tecnológica y educativa con las mejores universidades del país y capacita a sus colaboradores.

ARCHIVO / EL TELÉGRAFO.

De las 3.940 empresas auditadas entre enero y abril más de 35 cumplen con el 80% de las normas de seguridad, 150 superan el 90%, pero otras que no llegan ni al 40%. El 6 de junio próximo se iniciarán los controles.

El trabajo en el sector eléctrico, petrolero y metalmecánico son los de más alto riesgo, según datos de la Dirección del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

Redacción Economía

DESTACADOS

[email protected]

Para disminuir el porcentaje de siniestralidad en las 550.000 empresas, entre pequeñas, medianas y grandes que funcionan en el país, las autoridades del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) y del Ministerio de Relaciones Laborales (MRL) han implementado el Sistema Nacional de Gestión para evaluar la situación actual de las compañías. El presidente del directorio del IESS, Hugo Villacrés, explicó que desde enero, cuando se firmó el convenio de cooperación con el MRL, se lleva adelante un muestreo en más de 3.000 empresas, que consiste en una autoevaluación por parte de las industrias, para conocer en qué estado se encuentra la aplicación de las normas de seguridad y salud en favor de los empleados. La muestra ha superado las expectativas, ya que hasta el 28 de abril se contabilizaron 3.940 compañías que se sometieron a la evaluación. “Es mejor prevenir que lamentar”, dijo el funcionario, al señalar que según las cifras entregadas por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), hasta el 10% del Producto Interno Bruto (PIB) de los países en vías de desarrollo puede gastarse por siniestralidad en lo que respecta a trabajo. “En Ecuador existen alrededor de 6.000 empresas, que son consideradas entre medianas y grandes, que tienen más de 50 trabajadores y tienen la obligación de auditarse. De este número más de 3.800 han sido auditadas y esperamos que todo el universo de empresas del país que es de 550.000 puedan auditarse en los próximos días”, acotó. El funcionario indicó que para

Más de 13.000 afiliados cobran pensión por accidentes laborales en el IESS. En Ecuador se cumple apenas el 2% de lo que se debería en esta materia, según la OIT. que las industrias puedan llevar adelante la autoevaluación deben ingresar a la página web de la entidad (www.iess.gob.ec), entrar a riesgos de trabajo con su número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) y responder las interrogantes que se presentan, lo cual tomará unos 30 minutos.

Proceso de auditoría Villacrés señaló que el MRL y el IESS entrarán en un proceso de auditoría presenciales a parir del 6 de junio, utilizando tecnología de punta, que le permitirá saber, en tiempo real, dónde está la gente auditando, cómo está la relación de los auditados con sus trabajadores, corregir procedimientos que permitan proteger protocolos para reducir la siniestralidad laboral, así como que la empresa sepa qué es lo que le falta por cumplir. En el IESS existen más de 13.000 pensionistas por riesgos de trabajo, personas que por falta de preven-

ción tuvieron accidentes y se acogieron al sistema de pensión.

Seguridad y salud El director de Riesgos de Trabajo del IESS, Luis Vásquez, quien elaboró el programa para las auditorias, señaló que la OIT estima que Ecuador cumple apenas el 2% de lo que debería en materia de seguridad y salud. Vásquez aseveró que los accidentes y enfermedades le cuesta el 10% del PIB al país. El PIB del Ecuador en 2013 fue de $ 66.879 millones, lo que equivaldría a un pago de alrededor de $ 6.687,9 millones, solo por riesgos de trabajo. Según la muestra, más de 350 empresas cumplen el 80% de las normas de seguridad (que es óptimo), más de 150 han acatado el 90% y otras han incumplido las normas de seguridad o no pasan del 40%. “Las enfermedades ocupacionales de cada 4 jornadas que se pierde, 3 son por enfermedad y una por accidente. Si se le diagnostica una enfermedad ocupacional, el 40% es crónica, el 10% por discapacidad y el 1% por fallecimiento”, acotó el técnico. Recalcó que es importante la prevención en los trabajos, ya que de los reportes de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la OIT, si hay el cuidado y el cumplimiento de las normas de seguridad se podría incrementar en 10% la productividad de una empresa. Indicó que una vez que se inspeccionen las empresas se les dará un plazo de 6 a 9 meses, depende de la situación de la industria, para que cumplan las normas de seguridad.

Normas de seguridad Para el ministro de Relaciones Laborales, Carlos Marx Carrasco, es

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una obligación del Estado velar por la seguridad y salud de los trabajadores, por lo cual es necesario que las compañías cumplan con lo que determinan las normas de seguridad para evitar accidentes. “El MRL ha trabajado conjuntamente con el IESS, en una materia que ha estado postergada y no se la ha tomado en cuenta para la importancia que le corresponde. Hay estudios internacionales que demuestran que es mejor prevenir que lamentar”, sentenció. Sin embargo, aún hay críticas de parte de trabajadores que consideran que las autoridades se enfocan en las empresas, pero se han olvidado de talleres y mecánicas en donde ocurren accidentes a diario.

Riesgos en trabajos Pedro Osorio, mecánico de profesión, trabaja en un taller en el sector Amaguaña, en el sureste de Quito, sostuvo que en su trabajo el riesgo es eminente a diario, porque es manual y en el que menos hay normas de seguridad. “Todos los días estamos en riesgo, hacemos trabajos manuales, puesto que siempre estamos trabajando con gasolina, diésel, soldamos, desmontamos motores de manera rústica, cargamos llantas, entre otras. Sin embargo, de este tipo de trabajo nadie se acuerda”, aseveró Osorio. Un pronunciamiento similar tiene Guadalupe, operaria de costura en un taller en el sur de la capital, al señalar que labora en un sitio pequeño donde hay algunas trabajadoras y no hay ventilación necesaria, por lo que siempre están con gripe o afecciones en la garganta por el polvo de las telas. “Sería bueno que se evalúen estos sitios de trabajo, que no cumplen con ninguna norma de seguridad y afecta a la salud”, manifestó.

El titular del Ministerio Coordinador de la Producción Empleo y Competitividad (Mcpec), Richard Espinosa, visitó las plantas de Servicios Técnicos Petroleros (Sertecpet S.A.), en la provincia de Orellana. La finalidad fue conocer la producción actual y analizar su potencial con miras a la sustitución selectiva de importaciones en suministros petroleros. Esta industria ecuatoriana direcciona su trabajo a una gran variedad de segmentos de las diversas industrias energéticas, como la petrolera, minera y de gas. Producen partes y piezas para la industria hidrocarburífera nacional e internacional. Espinosa indicó que el Gobierno apoya a empresas como Sertecpet, que tiene un gran número de colaboradores, la mayoría es de profesionales de las universidades del país. El crecimiento en inversión de Sertecpet ha sido 5 veces en el período 2008-2013. Los activos fijos han pasado de $ 6 millones a $ 28 millones, de 224 trabajadores actualmente cuenta con 1.800 empleados, de los cuales el 80% es de técnicos egresados de la Escuela Superior Politécnica del Chimborazo (Espoch).

BREVES Ecuador fomenta el desarrollo de las exportaciones

El Banco Internacional patrocinó la VI Convención de Exportadores ‘Tendencias del consumo mundial’, con el objetivo de fomentar el desarrollo de las exportaciones de Ecuador. El banco busca fomentar espacios de diálogo y reflexión sobre temas de actualidad, que permitan a empresarios y profesionales expandir sus conocimientos e insertarse en el mercado nacional e internacional.

El Salón del Cacao y Chocolate se realizará el próximo 22 de julio El Salón Internacional del Cacao y Chocolate Ecuatoriano abrirá sus puertas en su tercera edición, entre el 22 y 27 de julio de este año, en el Centro Cultural Simón Bolívar (MACC), en Guayaquil. El evento es organizado por el Ministerio de Cultura y Patrimonio, la Internacional Salpa FranciaEcuador, el Museo de EstrasburgoFrancia, Proyectos e Inversiones (PeI) y la Agroindustria Chocolatera Artesanal Chucululu. Participarán 50 expositores.

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GUAYAQUIL

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL NIVEL DE AGUA LLEGÓ HASTA 5 METROS EL DÍA DE LA TORMENTA

LOS INFRACTORES SON MULTADOS HASTA CON $ 3.400

Propaganda electoral aún no es retirada de las calles LYLIBETH COLOMA | EL TELÉGRAFO

Menor desaparecido se busca en un tramo de 500 m dentro de canal LYLIBETH COLOMA | EL TELÉGRAFO

La madre del pequeño Félix solicita ayuda a la Gobernación y el Cabildo para ampliar el perímetro de las investigaciones. La zanja se extiende por cerca de 2 km, aproximadamente. En el km 12,5 de la vía a Daule hay letreros de candidatos del PSC-Madera de Guerrero.

El 23 de marzo pasado concluyó el plazo de una ordenanza municipal que estipula que los partidos tienen 30 días para retirar sus rótulos. Los carteles de los candidatos que participaron de las elecciones del pasado 23 de febrero aún permanecen en postes y paredes de las calles de la ciudad. Las avenidas 25 de Julio, Francisco de Orellana, Isidro Ayora, Carlos Julio Arosemena, vía a Daule y calles del sector centro son los puntos donde aún se observan rótulos, la mayoría, del PSC-Madera de Guerrero.

La ordenanza municipal que regula la propaganda electoral establece que los partidos tienen 30 días para retirar la publicidad a partir del día de las elecciones, plazo que concluyó el 23 de marzo. En caso de que las organizaciones políticas no retiren sus letreros, el Municipio contratará una compañía de limpieza y los costos serán imputados a los infractores. Según los artículos 12 y 13 del estatuto, los sujetos políticos que incumplan con los parámetros permitidos para colocar la propaganda electoral se exponen a multas de 10 salarios básicos unificados ($ 3.400) y los propietarios de los bienes inmuebles a una multa de 5 salarios básicos unificados ($ 1.700).

La familia Venegas-Cordovilla colocó una cruz en el sitio que encontraron el cuerpo de uno de sus hijos en El Fortín.

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La búsqueda del pequeño de 6 meses que desapareció, en la tormenta del pasado 7 de mayo, en un canal de El Fortín aún no tiene resultados positivos. Miembros de la Infantería de Marina, el Grupo de Operaciones Especiales (GOE) de la Policía y del Grupo Especial de Ayuda Humanitaria (GEAH) hasta ayer recorrieron un tramo de 500 metros de la zanja. Se especula que Félix, hijo de Norma Cordovilla y Jhonny Venegas, podría estar en ese trayecto. La investigación de los hechos, realizada por las autoridades, señala que Norma, al ser golpeada por un árbol cuando era arrastrada por una corriente de agua, perdió contacto con sus 2 hijos a pocos metros de su vivienda, en el bloque 1 de El Fortín. Ariana, de 2 años, fue encontrada, aún consciente, cerca de 180 metros de distancia del lugar que cayó su casa por la fuerza de la lluvia. Posteriormente falleció en una casa de salud, mientras que Félix desapareció. El canal abierto, en el que Jhonny y Norma perdieron a sus vástagos, comienza a pocos metros de la av. Casuarina y termina en la av. Modesto Luque cubriendo un tramo, aproximadamente, de 2 kilómetros. La búsqueda se realiza desde el lugar que Norma vio por última vez a sus hijos hasta unos túneles ubicados cerca de la cooperativa Lincoln Salcedo. Hamilton Córdova, miembro de la Infantería de Marina a cargo de las labores de ayer, manifestó que es poco probable que el cuerpo del menor esté más lejos. Explicó que el nivel de agua, el día de la tormenta, alcanzó los 5 metros por sobre el fondo del canal. También hay señales de que una gran cantidad de basura llegó hasta

BREVES

Ubicación Vía a Daule

El Fortín Parque Samanes

Perimetral Espol

Urdesa ESTADIO

MODELO

Vía a la Costa PJ

Porte te

Av. Q uito

Redacción Guayaquil

DATOS La fuerte lluvia que cayó el pasado 7 de mayo en la ciudad dejó como saldo 5 personas fallecidas: 3 ahogadas y 2 electrocutadas por rayos. La Subsecretaría de Educación de Guayaquil suspendió las actividades escolares en los distritos educativos 7 (Los Vergeles) y 8 (Monte Sinaí) por las anegaciones presentadas en sectores del noroeste. La Secretaría de Gestión de Riesgos (SGR) informó que el pasado 2 de mayo entregó al Municipio porteño un informe en el que se advertía sobre los peligros por los asentamientos en zonas de riesgo.

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los túneles “y difícilmente el cuerpo del infante pudo atravesar ese obstáculo”. Sin embargo, Norma considera que el cuerpo de su hijo puede que haya llegado hasta la cooperativa Belo Horizonte, cerca de donde termina el canal abierto. Para ello, solicita ayuda a la Gobernación del Guayas y al Municipio para que faciliten maquinaria que permita extender la búsqueda hasta 1 km. “Si ya no lo hallan por aquí cerca, debe haber llegado más lejos”. Tanto Norma como Jhonny anhelan poder sepultar al menor de su prole. Hasta que llegue ese momento establecieron una tumba simbólica en honor a los pequeños desaparecidos. Una cruz fue ubicada en el mismo lugar que hallaron a Ariana, a casi 180 metros de la casa donde vivía y que fue destruida a causa de la corriente de agua. La familia afectada agradece la ayuda del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), de la el Gobernación y Cabildo por los kits de alimentación y limpieza, y enseres entregados para reponer las pertenencias perdidas. Mientras que, la vivienda que antes habitaba la familia VenegasCordovilla permanece destruida al pie del canal. La joven pareja ha manifestado que no la reconstruirán porque está en una zona de riesgo. Por el momento, tampoco contemplan demandar a los responsables de que la zanja fuera ampliada de 3 a 6 metros de ancho. Aquello, especulan los vecinos del sector, debilitó las bases de varias casas del sector. Jhonny también solicitó ayuda para poder costear los tratamientos de epilepsia que padece su esposa. Las personas que deseen contribuir pueden llamar al teléfono 0999487265.

Cabildo termina el cronograma de entrega de textos en colegios

Veinte barrios inscritos en concurso ‘Mejoremos nuestra cuadra’

El Municipio de Guayaquil concluye hoy, en los colegios Unión Nacional de Educadores y Vicente Rocafuerte, el cronograma de entrega de textos gratuitos para bachillerato. Los padres de familia deben acercarse con su cédula y copia del certificado de matrícula del estudiante a un local ubicado en la Av. San Jorge 127 y calle Primera Oeste, en la ciudadela Kennedy. La atención es desde las 08:00 hasta las 20:00. Se entregarán 230.000 textos a cerca de 83.000 estudiantes.

Veinte barrios de la ciudad, hasta el viernes pasado, se inscribieron para el concurso ‘Mejoremos nuestra cuadra’. Las inscripciones se receptan hasta hoy, las 17:00, en el Departamento de Proyectos Específicos del Municipio de Guayaquil (10 de Agosto y Malecón). Entre los barrios participantes se escogerá a 9 ganadores, entre los cuales se distribuirán $ 120.000. A los 4 primeros ganadores se les otorgará $ 20.000 a cada uno y habrá 3 premios de $ 10.000 y 2 de $ 5.000.

Continúan denuncias de invasión de autos en ciclovía de vía a la Costa

Comité de Riesgo en Posorja recibirá equipo de primeros auxilios

La Comisión de Tránsito del Ecuador, vía Twitter, receptó ayer nuevas denuncias de invasión del carril exclusivo para ciclistas, en el km 11,5 de la vía a la Costa, a la altura de la urbanización Belohorizonte. La infracción está considerada como contravención grave de primera clase y las personas que circulen por la ciclovía serán sancionadas con $ 102 de multa y menos 6 puntos en la licencia de conducir.

Al Comité de Gestión de Riesgo en Playa Varadero de Posorja se le entregará hoy, a las 11:00, el equipamiento necesario para responder ante eventuales emergencias que se presenten en la zona. Se le entregará camillas, botiquines y fijadores de cuello para primeros auxilios, también banderas con indicativos de emergencia en la playa y áreas de señalización para seguridad.

QUITO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ESTÁ PREVISTO QUE EL CUERPO DE EDILES SE VUELVA A REUNIR DE MANERA EXTRAORDINARIA ESTA SEMANA

BREVES

El Concejo subdividirá 4 comisiones y creará 3 más

El Gobierno garantiza normal abastecimiento de gas en la ciudad

JOHN GUEVARA/ EL TELÉGRAFO

La mesa creada la tarde del viernes pasado, tras la fallida sesión del órgano legislativo local, deberá definir quién dirigirá cada entidad, así como ajustar las competencias de cada una de ellas. Redacción Quito [email protected]

La reorganización del Concejo Metropolitano de Quito para adecuar su funcionamiento al aumento de 15 a 21 ediles tiene acuerdos básicos entre el bloque mayoritario de Alianza PAIS (11) y los de SUMAVive (9) y CREO (1). El primero de ellos es el de constituir 21 comisiones en reemplazo de las 15 anteriores, a fin de que cada representante presida uno de dichos organismos. La segunda determinación tiene que ver con el procedimiento que se seguirá para la reestructuración del órgano legislativo local. Así, la comisión interbloques que trabajó el tema antes de la posesión del alcalde Mauricio Rodas estableció la creación de 3 nuevos estamentos: Vivienda y Hábitat, Turismo y Fiestas y Relaciones Internacionales e interinstitucionales. Hay el acuerdo para que 4 comisiones preexistentes se subdividan, dando paso, por ejemplo, a la existencia del órgano de Educación y Cultura, por un lado, y de Deporte y Recreación, por el otro. De Planificación Estratégica, por una parte, y de Participación Ciudadana y Gobierno Abierto, por la otra. De Uso del Suelo y de Ordenamiento Territorial. En tanto que la Comisión de Conectividad y Competitividad se dividirá entre la primera, al tiempo que la segunda área será absorbida por Desarrollo Económico y Productivo. Estas se sumarán a Comercialización; Salud; Igualdad, Género e Inclusión social; Seguridad, Convivencia Ciudadana y Gestión de Riesgos; Desarrollo Parroquial; Presupuesto, Finanzas y Tributación; Áreas Históricas y Patrimonio; Propiedad y Espacio Público; Movilidad y, finalmente, Ambiente. Algo que aún está sujeto a negociación es quién presidirá cada área y cuáles de sus colegas lo acompa-

Los concejales Karen Sánchez, Patricio Ubidia (de espaldas), Jorge Albán (d) y Edy Sánchez, de AP, conversan durante la sesión del viernes.

DESTACADO

El bloque de AP busca que la Comisión de Desarrollo se ocupe de la economía popular y solidaria. ñarán en la tarea. Adicionalmente, hasta la mañana de viernes no existía acuerdo total sobre las funciones específicas de cada comisión. De acuerdo con el concejal Mario Guayasamín (Alianza PAIS), por ejemplo, su bloque buscaba que la entidad de Desarrollo Económico, Productivo y Competitividad se ocupe, de manera preferente, del sector de la economía popular y so-

lidaria. Y recordó que el 10 de abril pasado, el anterior Concejo Metropolitano estableció una ordenanza destinada al fomento de organizaciones tales como cooperativas, cajas de ahorro, emprendimientos productivos y asociaciones. Para ello, los ediles establecieron aquel día que todas la entidades que conforman el Municipio de Quito deben contratar bienes y servicios con este tipo de agrupaciones populares por al menos el 5% de sus presupuestos. Estaba previsto que este tipo de temas fuera abordado durante la sesión extraordinaria convocada por Rodas para la tarde del viernes, pero que debió ser suspendida debido a la existencia de errores de fondo y forma en la convocatoria. Entre los segundos, según hizo notar el concejal Carlos Páez (AP), estaba la ausencia de exposición de motivos para la convocatoria y las reformas propuestas por el nuevo

burgomaestre capitalino. Adicionalmente, habría errores en la redacción de los cambios propuestos, tanto en la parte jurídica como en temas de sintaxis. Por ello, tras la fallida sesión, el Alcalde y los jefes de bloque establecieron una nueva comisión para depurar estos detalles. Ese fue el segundo equívoco jurídico de la autoridad, que el jueves pretendió que los ediles designaran administrador general y procurador, contraviniendo al Cootad.

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El Ministerio de Recursos Naturales No Renovables y de la Agencia de Regulación de Control Hidrocarburífero desmintieron que no haya gas. Según dichas entidades, los problemas de distribución presentados en días pasados se debieron a las dificultades causadas por los deslaves registrados en las rutas de acceso a la ciudad. Precisamente para contrarrestar aquello, las autoridades dispusieron aumentar en 7.000 cilindros los despachos para la capital.

El Centro de Gestión de Movilidad cuenta con 49 parqueaderos

El Cabildo señalizó la zona periférica y los parqueaderos del Centro de Gestión de la Movilidad (CGM), ubicado al norte de Quito. En total, son 47 plazas comunes de estacionamiento y 2 espacios para personas con discapacidades y mujeres embarazadas los que fueron configurados.

Rodas asumió el poder simbólicamente en un evento popular

El nuevo alcalde de Quito, Mauricio Rodas, asistió la noche del viernes a un evento de carácter popular en la tribuna del sur. Dos dirigentes indígenas entregaron a Rodas un bastón de mando y un poncho, a nombre de las organizaciones populares.

FERNANDO SANDOVAL/EL TELÉGRAFO

EL MUNICIPIO DE QUITO INTENSIFICA EL MANTENIMIENTO EN 15 SECTORES

Lluvias exigen más obras viales La calle Humberto Albornoz permanecerá cerrada durante 75 días para cambio de asfalto. Las autoridades recomiendan el uso de rutas alternas. El Municipio ha intensificado su trabajo durante la temporada de lluvias. Desde el lunes 12 hasta el domingo 18 de mayo estaban programadas varias intervenciones en sectores como La Ecuatoriana, Conocoto, Alangasí, La Carolina, Cotocollao, entre otras zonas de la ciudad. En tanto que en el sector de Pam-

bachupa (Seminario Mayor), en el centro norte de Quito, la Empresa Pública Metropolitana de Movilidad y Obras Públicas (Epmmop) realiza trabajos de repavimentación en la calle Humberto Albornoz. El tramo intervenido se extiende desde la avenida Mariscal Sucre hasta la calle La Isla, lo que representa una inversión estimada de $ 270.000. El tiempo de la intervención en esa vía está calculado en 75 días, aunque puede variar de acuerdo con las condiciones climáticas. La rehabilitación consiste en el cambio de la carpeta asfáltica existente, trabajos de agua potable y al-

cantarillado y señalización horizontal y vertical. La Epmmop explicó que debido a las condiciones de la calle Humberto Albornoz, es necesario el cierre total de la vía. Las obras se ejecutarán en 2 partes. El tramo 1 se realizará desde la calle La Isla, hasta la calle Domingo Espinar. Como alternativa se puede circular por las calles Fray Gaspar de Carvajal, Selva Alegre, Domingo Espinar y continuar por la calle Humberto Albornoz. El tramo 2 empieza desde la calle Domingo Espinar, hasta la av. Mariscal Sucre. En este caso, las autoridades recomiendan usar la av. La Gasca.

La intervención en la calle Humberto Albornoz se extiende hasta la avenida Mariscal Sucre.

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ACTUALIDAD

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

CIENTÍFICOS Y ESTUDIANTES POLITÉCNICOS PARTICIPARÁN EN LA INVESTIGACIÓN DEL FONDO MARINO

El Orión emprende travesía para ampliar límites marítimos KARLY TORRES | EL TELEGRAFO

La información obtenida por los tripulantes del buque abrirá un nuevas oportunidades para el país. Durante 25 días permanecerán en alta mar, entre las islas Galápagos y la costa continental. Los miembros del equipo fueron despedidos con una ceremonia en la Base Naval Sur, en Guayaquil. Víctor Haz [email protected]

En el muelle de la Base Naval Sur en Guayaquil se alista un acto solemne. Son las 08:00 del martes 13 de mayo y bajo un sol abrasador, que penetra en la piel, personal de la Marina y un equipo de científicos esperan en formación el inicio de la ceremonia. Se trata del zarpe del buque científico Orión, con una trayectoria de 33 años, que permanecerá 25 días entre las islas Galápagos y la costa continental con el fin de levantar información sobre la extensión de la plataforma continental. El equipo científico está compuesto por personal del Instituto Oceanográfico de la Armada (Inocar) con experiencia en investigación del fondo marino y de la Secretaría Técnica del Mar (Setemar). Junto con ellos también va un grupo de estudiantes de la Escuela Superior Politécnica del Litoral (Espol). Para los jóvenes, como Mishell Muthre y Enrique Colmont, es la primera vez que se embarcan en un navío. Una aparente calma se dibuja en sus rostros, pese a la incomodidad causada por los rayos solares que caen con fuerza sobre ellos y casi que calcinan el pavimento. Ellos también están en formación con camisetas, gorras y jeans de color azul. El silencio y la espera aumenta la ansiedad de los muchachos, que empiezan a moverse de un lado a otro. Se acentúa el olor salobre que proviene del Estero Salado, a unos diez metros detrás de ellos. La selección del equipo científico y de estudiantes no fue al azar. Para esta travesía se capacitaron en Salinas -desde febrero- para el trabajo que harán en alta mar. Conocieron, de manera especial, el uso de un equipo llamado multihaz de aguas profundas, diseñado para un mapeo más preciso del fondo marino que permitirá estudiar en detalle la plataforma continental, más allá de las 200 millas náuticas. Ahora están listos para poner en práctica, en el mismo sitio, los conocimientos que adquirieron. Transcurren cerca de veinte minutos y al fin la espera termina. Empiezan a llegar al acto oficiales de la Armada, con sus impecables uniformes blancos; autoridades civiles, entre ellas el gobernador del Guayas, Rolando Panchana; e invitados especiales, todos con traje formal, como lo establece el protocolo. Toman su lugar frente a la formación de marinos y científicos, cobijados por carpas previamente colocadas en el sitio. Aunque no están a la intemperie, el calor en el interior de los toldos es potente. Esto se evidencia en los invitados, algunos usan folletos, que previamente se les entregó, como abanicos. Ni siquiera corre una tenue brisa. Se da la orden para el inicio de la ceremonia. Ingresan al recinto los portaestandartes del Pabellón Nacional y de la Armada acompañados por los acordes del Himno a la Ban-

El martes 13 de mayo, personal de la Marina, científicos y un grupo de estudiantes zarparon a bordo del buque Orión, que permanecerá 25 días en alta mar para el estudio del fondo marino.

dera, a cargo de la banda de la Marina, y se ubican entre dos escuadras de uniformados. A estos últimos, en cambio, parece que la inclemencia del tiempo no les hace mella. Se mantienen en posición firme y con fusil al hombro, siguiendo paso a paso el acto, como si sus cuerpos ya estuvieran curtidos por los años de entrenamiento militar. Toma la palabra el comandante general de la Marina, Luis Jaramillo Arias. Él explica el motivo de la expedición, la primera de cinco que realizará el Orión; cuatro en este año y una el próximo. Dice que la misión es de gran importancia para el país, ya que el territorio marítimo de Ecuador comprende una gran extensión de aguas interiores y aguas oceánicas. Con la información que se obtendrá se quiere demostrar ante la Comisión de Límites de la Plataforma Continental de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) que Ecuador puede extender sus fronteras marítimas. Con esto, actividades como la pesca, el turismo y el transporte marítimo serán las más beneficiadas. Pone énfasis en su discurso al señalar que el mar es una importante fuente de riqueza y por eso el Estado tiene la responsabilidad de conservarlo y protegerlo. Finalmente, hace una reseña de las actividades que la Armada ha realizado a través del buque científico, desde hace 33 años. El navío permanece acoderado en el muelle, listo para albergar a los tripulantes. No es de gran tamaño. Tiene 70 metros de eslora (longitud) y algo más de 10 metros

DATOS Se trata de la expedición 133 del buque científico, desde que fue adquirido por la Armada Nacional. En su trayectoria se han realizado tres expediciones a la Antártida (en 1988, en 1990 y en 1998), lo que contribuyó a la adhesión de Ecuador al Tratado Antártico. Participó con el buque alemán Sonne en un proyecto de investigación de nódulos de manganeso y sulfuros polimetálicos, en el área de Galápagos en 1983. Desde 1998 participa en cruceros oceanográficos regionales con buques de Colombia, Chile y Brasil. En septiembre de 2002 se efectuó un fondeo de las primeras boyas oceánicas en mar ecuatoriano para vigilar las condiciones oceánicas y atmosféricas del Pacífico.

de manga (ancho), pero es reconocido por su capacidad para navegar en condiciones difíciles, como las misiones en la Antártida, y por su tecnología. La ceremonia culmina. Duró algo menos de media hora, pero el protocolo continúa. Es el momento en que el comandante General de la Marina, que encabeza el grupo de oficiales y funcionarios, despide al equipo. Les estrechan las manos y les desean éxitos en la travesía. La ansiedad aumenta en los civiles, pero mantienen su formación. Apenas se inmutan por la presencia de cáma-

ras y fotógrafos. Solo leves sonrisas se les aprecia. No es una despedida emotiva. No hay familiares ni amigos que abrazar, ni lágrimas o melancolía. Es un acto solemne, con esa rigidez propia de los actos castrenses. El protocolo continúa, ahora sí, con el embarque del personal. Uno por uno suben al navío en cuyo interior cuenta con equipo de última tecnología, como el ecosonda multihaz, que permitirá realizar el levantamiento de información batimétrica en un ancho de 4 kilómetros del fondo marino. Los científicos y estudiantes, una vez a bordo del Orión, se dirigen hasta el puente de mando, que es donde el capitán dirigirá el navío. Allí permanecen mientras un grupo de tripulantes suelta las amarras del muelle. El astro rey atenúa un poco su fuerza, como si quisiera dar una tregua a los viajeros. Empieza a correr algo de viento y, lentamente, la nave se aleja del muelle. Se encienden los motores. La embarcación abre surcos en el ramal del Estero Salado. La oceanógrafa Sonia Recalde, el hidrógrafo Joel de la Rosa, entre otros miembros del equipo científico, levantan sus manos y las agitan en señal de despedida y son correspondidos por el personal del Inocar que los observa desde el muelle. La nave se desliza por las calmadas aguas del estero. Un último adiós es el que les ofrece la banda de la Armada Nacional al entonar el pasillo ‘Romance de mi destino’. Mientras el barco empieza a alejarse, el director del Inocar, capitán Juan Carlo Proaño, explica en deta-

lle que la expedición busca información sobre la morfología de la plataforma continental, concretamente en las cordilleras de Carnegie, de Cocos y de Colón, relieves que están en el fondo marino. “Es la primera campaña de extensión de la plataforma para poner ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU) nuestras pretensiones de ampliar la jurisdicción ecuatoriana en el mar”, insiste el uniformado. Finalmente, la nave toma velocidad. Desde el muelle, ya casi no se observa a la tripulación. Surca todo el estrecho ramal, rumbo al Sur, para buscar finalmente la salida hacia el Golfo de Guayaquil, que la lleva a mar abierto. En la base, los invitados se retiran. José Centanaro, secretario técnico del Mar (Setemar), hace unas últimas puntualizaciones: en total son 30 científicos -22 hombres y 8 mujeres- los que participan en la expedición y existen muchas expectativas sobre la información que recogerán. Aguardarán el retorno de la expedición para conocer los primeros datos de nuestro suelo marino y ver si el territorio marítimo de Ecuador se expande.

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ACTUALIDAD

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA ORDEN REGIRÁ MIENTRAS ESTÉ ACTIVA LA EMERGENCIA

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LA PRIMERA REUNIÓN FUE SOLO INFORMATIVA

El Estado analiza audiencia ante CorteIDH por Sarayaku CORTESÍA | MINISTERIO DE JUSTICIA

PNG suspende visitas a 2 playas de Galápagos EFE

La medida se aplica por el varamiento de un buque de carga en la isla San Cristóbal. El objetivo es precautelar la seguridad de los turistas y la comunidad local.

Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, afirmó que el Estado ecuatoriano es único e indivisible.

El refugio otorgado a tres prófugos en la comunidad retrasó el cumplimiento de la resolución otorgada por la Corte en 2012.

Trabajadores retiran la carga contaminante del barco Galapaface I que hoy cumple una semana de permanecer encallado.

Redacción Actualidad y Agencia EFE

DESTACADO

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Las autoridades ecuatorianas han suspendido las actividades turísticas en dos playas de la isla San Cristóbal, en el archipiélago de Galápagos, ante el riesgo que supone un buque carguero que encalló en esa zona el pasado 9 de mayo. La Dirección del Parque Nacional Galápagos (PNG), que administra la reserva marina y terrestre de la región, decidió suspender de manera temporal el acceso a Punta Carola y Cerro Tijeretas, de San Cristóbal, por considerar que se encuentran en la zona de influencia de eventual riesgo. El buque Galapaface I encalló en una zona cercana a Puerto Baquerizo Moreno, capital de San Cristóbal y de la provincia insular de Galápagos. Al momento, las autoridades realizan acciones para reflotarlo y sacarlo de la reserva marina. Pese a que se ha logrado evacuar el combustible y parte de la carga, la embarcación aún podría alojar remanentes de carburante en su tubería, lo que supondría una si-

Las autoridades quieren mantener a flote el barco Galapaface I y remolcarlo. tuación de riesgo en esa región protegida por el Estado. Ante el accidente del barco, las autoridades ecuatorianas declararon una situación de emergencia en todo el archipiélago como medida para proteger su frágil ecosistema. El PNG, que depende del Ministerio de Ambiente, precisó que Punta Carola y Cerro Tijeretas están próximos a Puerto Baquerizo Moreno y que son sitios de alta concurrencia de turistas y de la comunidad local. Además, a unos 150 metros de la playa de Punta Carola está varado

el Galapaface I, apunta el PNG en un informe. “La medida tomada por las autoridades ambientales busca prevenir cualquier tipo de riesgo sobre la seguridad humana, dado que la zona está intervenida para las labores de salvataje de la embarcación varada”, argumentó el texto. La suspensión de las actividades en esas dos playas -precisa el comunicado- se mantendrá hasta que la situación de emergencia decretada por el Ministerio del Ambiente haya sido superada. El pasado viernes, el director del PNG, Arturo Izurieta, informó que todos los esfuerzos se centran en reflotar la embarcación para que sea remolcada fuera del área protegida que abarca 132.000 kilómetros cuadrados de reserva marina y terrestre. “Se mantienen puestas las barreras flotantes de contención de hidrocarburos alrededor de la zona afectada y las barreras absorbentes para recolección de cualquier tipo de agente contaminante, en caso de que sea vertido por la embarcación”, añadió Izurieta.

Luego de la visita la semana pasada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), en Costa Rica, Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, analiza la posibilidad de solicitar una audiencia para hacer un seguimiento a la resolución a favor de la comunidad Sarayaku, que fue emitida en 2012 por ese tribunal. La funcionaria se reunió con Humberto Sierra, presidente de la CorteIDH; José Figueredo, su vicepresidente; y Pablo Saavedra, secretario ejecutivo del organismo. En la cita también estuvo Diego García, procurador general del Estado. La ministra lamentó que el cronograma de cumplimiento de la sentencia se suspendiera temporalmente, por la decisión del pueblo Sarayaku de dar refugio a tres personas (Jiménez, Villavicencio y Figueroa) sentenciadas por la justicia ecuatoriana. “Ya habíamos solicitado el proceso de extracción de la pentolita en la zona y las disculpas públicas que forman parte de la resolución”, dijo. Explicó que la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos solo refiere a la explotación y extracción petrolera en ese sector, pero en ningún momento menciona sobre la jurisdicción territorial. “Las autoridades tienen que velar por el orden público en todo el territorio ecuatoriano, y fuimos a defender el estado de derecho”. Por ello, en la reunión que mantuvo con los miembros de la CorteIDH, se proporcionó información sobre la situación actual del pueblo Sarayaku, así como material audiovi-

sual y notas periodísticas sobre el intento de la Policía de ingresar al pueblo Sarayaku, en el que se aprecia a sus miembros portando armas en actitud de custodia a los sentenciados. Indicó que hubo una tergiversación sobre el alcance de la sentencia de 2012, pues los sarayakus creyeron que se prohibía el ingreso a su territorio de cualquier autoridad. Para la ministra, la decisión de la comunidad indígena de acoger a los tres sentenciados deslegitima la lucha que tuvieron por tantos años para la reivindicación de sus derechos. “Ellos no pueden tomar deci-

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“Nuestra posición en la Corte fue en defensa del estado de derecho”, dijo Ledy Zúñiga. siones al margen del país, pues forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible”. En ese sentido, alertó que los falsos nacionalismos ponen en riesgo la convivencia pacífica en Ecuador. El último viernes, la Policía Nacional logró ingresar al territorio sarayaku para confirmar la presencia de Cléver Jiménez, Fernando Villavicencio y Carlos Figueroa, actualmente prófugos de la justicia. Sin embargo, sus dirigentes dijeron que ya no se encontraban en el sitio. Este fin de semana el liderazgo de los sarayakus fue renovado, lo que podría abrir las puertas del diálogo.

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OPINIÓN

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Editorial La responsabilidad histórica y política de la Conaie ahora

Nuevo Código Laboral (II) a propuesta de nuevo Código Orgánico de Relaciones Laborales da continuidad a 2 instrumentos jurídicos anteriores: la Constitución de 1929, pionera en recoger principios sociales, y el primer Código del Trabajo expedido en 1938, que concretó y amplió los principios de aquella Constitución. Estos 2 cuerpos legales reflejaron una época de necesaria lucha por superar al sistema oligárquico-terrateniente. El proyecto actual reconoce “todas las modalidades de trabajo, sea este autónomo o subordinado”, a las que señala en varios artículos (4 al 12); pero anuncia que regula “únicamente” al “trabajo bajo subordinación laboral y las relaciones laborales derivadas de este” (Art. 3). Apreciado de manera global, el nuevo proyecto reproduce los principios fundamentales ya conocidos: libertad de contratación, orientación pro-operario (las leyes se inclinan a favor de los trabajadores, algo que el empresariado tradicional aún no logra entender), salario mínimo, jornada máxima, extensión de la jornada, descansos obligatorios, protección a la mujer, prohibición al trabajo infantil y adolescente, derecho a la organización, huelgas, paros, contrato colectivo, conflicto colectivo, terminación del contrato, despido e indemnizaciones, riesgos laborales, seguridad y salud; además de afiliación obligatoria al seguro social, reparto de utilidades, fondo de reserva, jubilación, 13ª y 14ª remuneraciones. Además, incorpora, aunque bajo los principios ya conocidos, el trabajo agropecuario,

L Juan J. Paz y Miño C.

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La elección de Jorge Herrera advierte una continuidad en la dirección política del mayor movimiento indígena del Ecuador. En la conducción de Humberto Cholango hubo más sensatez y aperturas, cerrando ciertos fundamentalismos, lo que dio lugar a críticas desde algunos dirigentes que esperan que la única conducta sea la oposición radical. La Conaie es vital para darle ‘proteínas’ al tejido social, en la defensa de la Constitución y en el proyecto del

El reto mayor de ahora es trabajar, dialogar, debatir y proponer un proyecto de cambio con todo el país, sin sectarismos.

Por Calvin

acuícola; a domicilio, teletrabajo, doméstico; de la construcción; marítimo, lacustre y fluvial, a bordo de buques y embarcaciones, pescadores, tripulaciones aeronáuticas; artesanal, minero, maquila; de personas privadas de la libertad; sindicato por rama de actividad, sindicalización en el sector público. Como también ya se tenía, fija procedimientos, mediación laboral especializada, sanciones; operadores de justicia, procesos laborales, tribunales de conciliación y arbitraje. Sin embargo, más que de ‘Relaciones Laborales’ es un nuevo Código del Trabajo,

El proyecto actual anuncia que regula “únicamente” al “trabajo bajo subordinación laboral y las relaciones laborales derivadas de este” (Art. 3). que en esencia regula únicamente las relaciones de tipo capitalista, es decir, aquellas que están basadas en el trabajo asalariado. Solo que lo hace desde la óptica del capitalismo social, que en la esfera estrictamente económica, es un ‘modelo’ que está caracterizando a los gobiernos radicales de la Nueva Izquierda en América Latina (Ecuador, Bolivia y Venezuela), que unen a ello un Estado popular o ciudadano.

Más información en: http://bit.ly/10XUIWR

Buen Vivir. Su trabajo con el sector más excluido es neurálgico para generar un bienestar colectivo. Sus aportes no pueden pasar solo por oponerse a todo, sino por la plena construcción de una verdadera democracia. El reto mayor de ahora es trabajar, dialogar, debatir y proponer un proyecto de cambio con todo el país, sin sectarismos. EN LA WEB Ingrese a la sección Opinión a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés www.telegrafo.com.ec/opinion.html

El retorno de los independientes ada uno tendrá que hacerse responsable por los resultados electorales del pasado 23 de febrero. Ya las primeras sorpresas vienen con declaraciones de ser ‘independientes’; todo ese rollo discursivo de los años ochenta y noventa del siglo pasado. Recordemos cuántas veces los políticos neoliberales se autoproclamaWerner Vásquez Von Schoettler [email protected] ban independientes para forjar una opinión pública —en contubernio mediático privado— para parecer personas eminentemente técnicas, de buen corazón, preocupadas por los más pobres. El discurso de ser independiente es aquel que separa la lógica económica del de la política. Proclamarse independiente es la aspiración a que un ente superior dirija los destinos de la sociedad; ente que mágicamente distribuirá y redistribuirá lo que a bien tenga. ¿Cuál ha sido ese ente misterioso? El libre mercado. Aquella falacia conceptual-ideológica que vendieron a muchos países y que lo pagaron bien caro, endeudándose y privatizando lo que más pudieron. Esos viejos

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modos de hacer política aparecen con nuevos rostros jóvenes que a lo que más tienen miedo es al control a un enriquecimiento sin límites; que busca que el Estado en su modo central o territorial se contenga, se achique y que restrinja su capacidad de redistribución de la riqueza. Gramsci usaba un concepto: revolución pasiva, para dar cuenta de la dialéctica de restitución del viejo orden de la dominación. Esa restauración pasa por reivindicar el pasado moral, al cual siempre consideran que fue mejor que el presente; que hoy se vive en permanente pecado económico y hay que santificar el virtuosismo mercantil monetario. Con ese discurso ‘convencen’ a funcionarios a quedarse con la nueva autoridad… Lo central con la restauración es extirpar toda idea y praxis de radicalidad. Por eso llegan a hablar de justicia social, de inclusión, de participación, de respeto, de bajar impuestos… en fin, de ser independientes. Y ¿cómo es posible que esto aún suceda? porque el sistema capita-

lista imperante lo es en medida en que puede innovarse como tal y genera las condiciones para que aquellos independientes surjan. El sector de mayor disputa sigue siendo la clase media y sus estratos, que quieren una nueva sociedad, pero no modificar su patrón de consumo, sino consumir más, y si es importado, mejor. Si quieren redistribución de la riqueza es para que les toque más dinero para gastarlo, pero quieren pagar menos impuestos y, si es posible, evitarlos. Están de acuerdo con la disminución de la pobreza, pero que eso no implique ningún tipo de subsidios a los pobres. Sueñan con que el país firme rápido tratados de libre comercio para no tener que sacar visa y viajar por el Viejo Continente. No quieren que haya control sobre la especulación de bienes raíces para engordar sus propiedades, etc. Ya veremos si la disputa política está en bajar las multas o hacer de las ciudades los lugares de la restauración neoliberal.

OPINIÓN

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Nuevo Código de Trabajo (II) n cuanto al Fondo de Reserva (FR), se mantiene que el pago se realice mensualmente directamente por el patrono y queda a discreción del trabajador solicitar que se lo deposite en el IESS mensual o anualmente. Con la mensualización de la décima tercera y cuarta remuneraciones y del Fondo de Reserva se generarán varios efectos. En caso de un empleado privado con salario mínimo que mensualice, en el primer año, recibirá $ 396,66 al mes (340 más 56,66) y, en el segundo año, con la mensualización del FR cobraría $ 425 en total al mes. Aparentemente hubo un aumento del sueldo, pero realmente es un incremento del ingreso mensual y no del ingreso total. Sin embargo, en este caso, el salario real será mayor. Si la mayoría de empleados del sector privado mensualizara, el efecto sobre la economía será aumentar el gasto mensual de las familias y el nivel de actividad económica mensual. Si se mantiene, en el sector privado, el pago de dichas remuneraciones en diciembre, estos efectos serían más fuertes en el último trimestre. Respecto a remuneraciones, se define el salario digno como el costo de la canasta básica dividido por el número de perceptores del hogar. Según el INEC, el costo de dicha canasta, a marzo/2014, era de 632,19 dólares que dividido para 1,6 perceptores, generó un salario digno de $ 395,11. Para establecer dicho salario, por el lado de los ingresos, al sueldo mensual hay que aumentarle los décimos sueldos (total $ 396,66) y las utilidades. Esto es importante, pues, en el artículo anterior, mencionamos que no se pueden repartir utilidades si no se cumple con el pago de salario digno, lo cual sería obligatorio cuando entre en vigencia el nuevo código. Entre las nuevas figuras jurídicas que se introducen están el trabajo a domicilio que se entiende por aquella situación en que en una empresa le entrega

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Ec. Luis Rosero M.

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a una persona materias primas para que produzca un bien final y se los vende al trabajador; se reconoce, además, al teletrabajo como trabajo a domicilio. Las remuneraciones de estos tipos de trabajo serán fijadas por las comisiones sectoriales; también se norma la actividad de más de veinte tipos de trabajos específicos (agrícola, piscícola, de transporte, etc.). Si hay un cambio importante para el trabajador de la construcción es que antes estaba desprotegido y ahora tendrá cubiertos los derechos laborales y de seguridad social. Respecto a los artesanos, se incluye al maestro de taller, operario y aprendices como trabajadores que están sujetos al pago de las todas las obligaciones

Respecto a remuneraciones, se define el salario digno como el costo de la canasta básica dividido por el número de perceptores del hogar. contempladas en este proyecto de Código de Trabajo, con lo que se eliminan algunos de los beneficios y excepciones que tenían en Ley de Artesanos. ¿Pero qué pasará con los trabajadores del sector informal? Un aspecto importante de este proyecto es la protección laboral a la mujer embarazada que, si tiene contrato, no podrá se despedida y tendrá derecho al pago de la remuneración completa. Estos son los principales cambios hasta el Cap. I, Título IV.

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Cartas al Director Las cartas al Director tendrán una extensión máxima de 1.200 caracteres, en caso de exceder ese límite, nuestro diario se reserva el derecho de editarlas.

Países andinos están a un paso de erradicar la fiebre aftosa Los países andinos pasaron de tener 120 focos de fiebre aftosa en 2009 a cero desde 2012 en adelante, lo que los lleva a estar a un paso de erradicar completamente la enfermedad y más cerca de la seguridad alimentaria, señaló hoy la FAO. Durante el acto de cierre del proyecto de la FAO que apoyó a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú en alcanzar estos logros, el viceministro de Agricultura del Perú, César Sotomayor, señaló: “La experiencia de este proyecto nos ha servido para fortalecer las instancias de integración andina en beneficio último de los pequeños productores que verán incrementados sus ingresos y su calidad de vida”. Tito Díaz, oficial de Desarrollo Ganadero de la FAO, explicó que dicha organización apoyó a los países a consolidar sus zonas libres de la enfermedad y avanzar hacia el reconocimiento de nuevos territorios en los que se ha erradicado su presencia: “Los avances son contundentes. Se ha roto la presencia endémica de la enfermedad”. Según la FAO, estos resultados no solo contribuyen a mejorar el estatus sanitario de los países, sino que, además, fortalecen la seguridad alimentaria mediante una mayor disponibilidad de alimentos nutritivos, más ingresos para los pequeños productores y nuevas oportunidades para fortalecer el desarrollo rural. España, a través de Agencia Española para la Cooperación Internacional y el Desarrollo (Aecid), e Italia, a través de la Cooperación Italiana al Desarrollo, aportaron $ 7,2 millones de dólares al proyecto. José Hermoza, responsable de acción humanitaria de la Aecid, recalcó que los buenos resultados a nivel de los países también abren oportunidades de mercado a quienes se dedican a la exportación. María Santacreu

Boaventura de Sousa Santos, el intelectual que ‘defiende’ l texto ‘¿La Revolución ciudadana tiene quien la defienda?’, que circulara en días recientes, de autoría del intelectual de la democracia participativa más cercano a los movimientos sociales latinoamericanos, no ha dejado de causar cierta conmoción en los círculos intelectuales y políticos del Ecuador, no por la crítica en sí misma que ya había sido dada desde académicos criollos, sino por la autoridad de la que procede. El intelectual portugués, desde una posición “solidaria comprometida”, parte por calificar a estos gobiernos como “notables” porque se enfrentan al neoliberalismo y no exigen un sacrificio. Se centra en el Gobierno ecuatoriano calificándolo como el “caso más complejo”. De entrada manifiesta que este no puede ser considerado un gobierno de derecha, y destaca su afán redistribuidor y la estabilidad política que ha traído al país. Señala que el gobierno de Correa es “el gran modernizador del capitalismo ecuatoriano” por la centralidad que tiene el Estado, por el impulso de la soberanía, por su política social que trata de construir una sociedad “más moderna y equitativa”. Por ello, dice, no se construye un socialismo del siglo xxi, sino más bien un “capitalismo del siglo XXI”. No obstante, plantea que la concepción del gobierno es la de una sociedad “subdesarrollada”, inmadura diríamos, la cual no está preparada para “altos niveles de participación democrática y ciudadanía activa”. Todo este programa del Gobierno ecuatoriano, nos dice Boaventura de Sousa, choca con la Constitución de Montecristi. Para el Presidente y su gobierno, “la política tiene que asumir un carácter sacrificial, dejando de

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Mónica Mancero Acosta

[email protected] @MonicaMancero

lado lo que más valora para que un día pueda rescatarlo”, con esto se refiere al Yasuní. Los pueblos indígenas opuestos a esta explotación son vistos como “obstáculos al desarrollo” y los jóvenes ecologistas como “manipulados o inconsecuentes”. Esto explica que la participación ciudadana sea funcionalizada al Gobierno y sus intereses, y los adversarios políticos sean vistos como enemigos con el riesgo de que se quiera eliminarlos, todo lo cual lleva a una “demonización de la política”. Así la “sociedad civil es buena, siempre que no esté organizada”, entonces se “corre el riesgo de hacer la Revolución Ciudadana sin ciudadanos”. A pesar de esta implacable aunque lúcida argumentación, el intelectual de forma optimista cree que aún es posible que el Presidente pueda “rescatar la gran oportunidad histórica de llevar a cabo la Revolución Ciudadana que se propuso”, aunque con escaso margen de maniobra, puesto que “los verdaderos enemigos de la Revolución parecen estar cada vez más cerca del Presidente”. Señala tres medidas a ser implementadas de forma inmediata: “democratizar más la democracia”, lo que significa dialogar con los movimientos sociales, entre los cuales se encuentran los “infantiles” Yasunidos; “desmercantilizar la vida social” a través de fortalecer las formas diversas de economías alternativas, puesto que “la transición al postextractivismo se hace con cierto postextractivismo y no con la intensificación del extractivismo”; y la descolonización de lo público, es decir un Estado que promueva la interculturalidad y que elimine la injusticia originaria que pervive frente a los grupos indígenas. He ahí una ruta de acción que no sabremos si va a tener eco.

Director: Orlando Pérez Jefe de Editores: Karla Pesantes Editores Jefes: Néstor Espinosa Omar Jaén Elías Vinueza Editor Gráfico: Xavier Peña Merchán Editora Regional Quito: Geovanna Melendres Coordinador Regional Sur: Rodrigo Matute Coordinador Regional Centro: José Miguel Castillo Gerente General: Santiago León Guayaquil: Avenida Carlos Julio Arosemena km 1,5. PBX 2595700 Quito: San Salvador E6-49 y Eloy Alfaro. PBX 022522331 Cuenca: Av. José Peralta 1-111 y Cornelio Merchán. Edificio Onix planta baja. PBX: 07-4104021 / 07-4104020 Ambato: Avenida Los Shyris s/n e Imbabura, a dos cuadras del colegio Natalia Vaca. Telf. 03-2416036

Para información, sugerencias y suscripciones llámenos: 1800-TELÉGRAFO (1800-835347) [email protected]

Por su boca muere el pez l retorno de Crimea a Rusia se ve desde diferentes ángulos. “Hemos regresado al seno de la patria después de 23 años de ocupación, ahora somos soberanos”, dice un poblador de ese lugar, que ve en la primera visita de Putin a Sebastópol algo que ratifica dicha soberanía. Allí, Putin presidió una exhibición militar sin precedente en conmemoración del 69 aniversario del Día de la Victoria sobre la Alemania nazi y el 70 aniversario de la liberación de este importante puerto de Crimea de la ocupación nazi. El mandatario ruso, ante una entusiasmada multitud, pidió a los países del mundo respeto a la justicia histórica y al derecho de autodeterminación de los rusos. Su visita provocó las reacciones airadas de Jennifer Psaki, del D.E. de EE.UU., y de Rasmussen, S.G. de la OTAN, que la catalogaron de “provocadora e innecesaria”. Laura L. Magnuson, del Consejo de

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Rodolfo Bueno

[email protected]

Seguridad Nacional de EE.UU., declaró: “Nosotros no aceptamos la anexión ilegal de Crimea por Rusia”. Y uno se pregunta, ¿por qué tanta animadversión? Si todo este galimatías fue provocado por un acto ilegal de Jruchev, cuya real motivación se llevó a la tumba. La respuesta se puede leer en el artículo ‘Cómo Occidente presiona a Putin’, de la revista Newsweek 4.5.14, donde se detallan las consecuencias que las sanciones norteamericanas van a tener sobre la economía rusa. Dice que, según el Departamento del Tesoro, “estas sanciones no están diseñadas para obligarlo a salir de Crimea (se refieren a Putin), la cual casi hemos perdido, sino para actuar como profiláctico contra una futura agresión”. ¡Vaya, vaya! O sea que Crimea, ¡óigase bien!, casi la ha perdido EE.UU., o sea que todavía es casi de ellos. ¿Intentarán recuperarla?

En vano se desgañita la junta nazi de Kiev amenazando con la reconquista, disparando contra manifestantes pacíficos y quemando vivos en Odesa a los partidarios de un referéndum si Crimea no va a ser para ellos sino para sus amos. También se quedará sin pan ni pedazo la pobre Merkel, que se creía heredera de Hitler, no hay que olvidar que, para este líder alemán, Crimea era el origen de la Alemania aria y quería pasar allí sus últimos días luego de jubilarse de dictador. Otros que se quedaron con las narices largas fueron los judíos que allí quisieron construir Israel. Todos se equivocan de cabo a rabo, pues el verdadero dueño es quien tiene la plata, aunque sea falsa. No olviden que a ellos no les cuesta fabricar los dólares que necesitan, con ese dinero pueden comprar el mundo, no se diga Crimea que, por importante que sea, debe tener precio.

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MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

POCAS SON LAS INICIATIVAS PARA REVERTIR EL PROCESO

Punto de vista

El aire de Lima es el más contaminado de América

Maximiliano Pedranzini Ensayista, integrante del Centro de Estudios Históricos, Políticos y Sociales Felipe Varela de Argentina.

Review de la crisis venezolana

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Estudio de la OMS advierte sobre peligros en la capital peruana. En los sectores más pobres de la ciudad la situación es crítica, mientras que en San Isidro y Miraflores la contaminación disminuye por las áreas verdes y porque está frente al mar. Ubicación Ecuador

Detalle

PERÚ Océano Pacífico

Brasil

Lima Bolivia

Víctor Vimos Corresponsal en Perú

Según recientes cifras reveladas por la Organización Mundial de la Salud (OMS), de los 7 mil millones de personas que aproximadamente conforman la población mundial, apenas el 12% respira aire puro. El resto –la mayoría– se las tiene que ver a diario con un sinnúmero de problemas causados por los altos índices de contaminación. Claro que unos más que en otros: los pobladores de Nueva Delhi, Daca, Ulán Bator, Beijing, Ancara, entre otras, deben cargar con la preocupación de vivir en algunas de las ciudades más contaminadas del mundo. El problema sin embargo no es tan lejano: en la lista detallada por la OMS se remarca a la ciudad de Lima como la más contaminada de Latinoamérica. Este informe, que analiza a 1.600 ciudades en 91 países, utiliza como medida referencia el nivel de las partículas contaminantes PM 2,5 presentes en el aire, pues este tipo de moléculas afecta de forma directa a los pulmones. Su presencia de hasta 10 microgramos por metro cúbico de aire se considera “razonable”, siendo las medidas mayores a esta vistas como indicadores de contaminación. En el norte de Lima, uno de los segmentos de la ciudad con mayor presencia de industrias, los niveles de contaminación alcanzaron los 58 microgramos de estas partículas, es decir, superaron cerca de 6 veces el nivel “razonable” para la supervivencia humana, según la OMS. No es una noticia que sorprenda a muchos. La ciudad, poblada por cerca de 10 millones de habitantes,

En Lima, capital de Perú, la población es de 10 millones de habitantes y el gran sector industrial aumenta la contaminación.

DESTACADO

El Consejo Nacional de Ambiente reveló que cada año 6.000 personas mueren por males respiratorios. ostenta un promedio de vida de entre 69 y 79 años de edad, un número que parece garantizar la indiferencia ante este tema. Quizá por ello, en 2013, cuando las alarmas por una posible contaminación creciente se hacían escuchar en algunos espacios de la sociedad, las iniciativas para combatir estos problemas todavía eran escasas. En 2010, el índice de contaminación por Dióxido de Azufre (SO2) – producido por automotores–, se encontraba en 3,7 microgramos; 2 años después, alrededor de 21,2 mi-

crogramos por metro cúbico de aire reflejaba un incremento del 472,97% en su presencia atmosférica. Diariamente en Lima circulan alrededor de 2 millones de vehículos, cuyo promedio de antigüedad se establece en 14 años. La cifra explica en parte el aumento progresivo de la contaminación ambiental, la misma que, de acuerdo a la OMS, refleja también una serie de fallas en las medidas adoptadas para su mitigación. En un intento inicial por hacerle frente a este problema, en 2010, se aprobó la norma mediante la cual se prohíbe el expendio de diésel cuyas cantidades de SO2 superen las 50 partes por millón. Hasta hoy, cerca de 4 años después de emitido este mandato, las voces de expertos no se cansan de señalar que esta normativa no se cumple: la elección sigue siendo el diésel de pésima calidad, el más barato. Pero así como en el mundo, no todos los países cargan con partes iguales del problema, también en

Lima la situación es semejante: Santa Anita y Ate, 2 distritos fundados en los proceso de migración poblacional de fines del siglo pasado, son los lugares cuya contaminación es totalmente grave. Miraflores y San Isidro, en cambio, distritos cercanos al mar y considerados los más acomodados, muestran niveles de contaminación bajos, absorbidos en parte por la amplia presencia de vegetación. En 2006, el Consejo Nacional del Ambiente señaló que, aproximadamente unas 6 mil muertes anuales se justifican por problemas de índoles respiratorio-pulmonar.

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La crisis política que atraviesa Venezuela ha pasado a punto intermedio después del importante encuentro entre el Gobierno bolivariano y la oposición para mantener la paz social del país. Pero bien sabemos que todo lo acontecido en estos últimos tiempos no ha sido un fenómeno de la naturaleza ni del azar, sino que fue perpetrado desde los cuarteles del poder mediático en connivencia con el cónclave opositor al presidente Maduro, creando un clima de conspiración que habita en todo el territorio venezolano y que obedece a una multiplicidad de factores, tanto internos como externos. Este último espera apacible en el norte imperial esperando el momento para arrojarse a una hipotética invasión bélica. No obstante, la derecha ha demostrado históricamente no tener ese poder de movilización que caracteriza a los sectores populares, pero intenta captar la lógica de estos circuitos de movilización y para ello es necesario apropiarse de los símbolos de los sectores más progresistas. Disputar sus símbolos para incorporarse plenamente a las protestas organizadas por el establishment. Sin embargo, pese a observar muchos avances cualitativos en casi 15 años de Revolución Bolivariana, hay cuestiones estructurales que evidentemente no han sido atendidas y que mellan en la

La derecha ha demostrado históricamente no tener ese poder de movilización. realidad política actual. La contradicción latente con la oligarquía pro-imperialista en este contexto democrático ha impedido profundizar aspectos claves como la diversificación de su economía, el control estatal del mercado interno y la producción de bienes de consumo, pese a seguir manteniendo el monopolio del petróleo como principal recurso estratégico y sosteniéndose en dos pilares fundamentales: la política estatal y el amplio apoyo popular. Los desafíos de la democracia venezolana parecen franquear nuevamente los senderos oscuros de la sospecha y los “fiscales de la libertad de expresión” bajan los lineamientos procedimentales para desgastar a un gobierno legitimado por la voluntad popular desde 1999 con el comandante Hugo Chávez como líder y conductor. En este sentido, el poder económico confronta con el Estado y genera las condiciones para la ejecución de un “golpe suave”, sacando ventaja de las debilidades del Gobierno bolivariano. Pero como decía Simón Bolívar en su discurso a los pueblos del Río de la Plata el 12 de junio de 1818: “La República de Venezuela, cuando, cubierta de laureles, haya extinguido los últimos tiranos que profanan su suelo, entonces os convidará a una sola sociedad, para que nuestra divisa sea unidad en la América Meridional”. Una máxima que en estos tiempos ha sido interpretada de manera extraordinaria por el gran ‘Comandante de Nuestra América’.

MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ELLOS RECOGERÁN FIRMAS

BREVES

El MST hará campaña por Julian Assange ARCHIVO

El dirigente del Movimiento Sin Tierra de Brasil, Joao Paulo Rodrigues, visitó al fundador de WikiLeaks en Londres.

El australiano Julian Assange está próximo a cumplir dos años en la embajada de Ecuador.

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Colombia

BRASIL Perú

Brasilia Bolívia

Océano Atlántico

Paraguay Uruguay

Por Pablo Giuliano corresponsal en Brasil

El Movimiento Sin Tierra de Brasil (MST) organizará una campaña mundial para reclamar a Suecia y a Gran Bretaña la concesión de un salvoconducto para que Julian Assange, fundador de WikiLeaks, pueda viajar a Ecuador. Así lo anunció a EL TELÉGRAFO uno de los coordinadores del MST, Joao Paulo Rodrigues, quien el miércoles visitó a Assange en la sede diplomática de Ecuador en Londres, donde está refugiado hace cerca de 2 años. “A Assange se lo ve bien, activo intelectualmente. Lo que más me llamó la atención fueron los 5 policías británicos que están en la puerta de la embajada. Assange es un luchador contra el imperialismo y nos unimos a su causa”, indicó Rodrigues. El MST es el movimiento social más grande e influyente de Brasil, en reclamo de la reforma agraria y de la producción alimentaria a partir de la agricultura familiar, con el objetivo de reducir el impacto económico del monopolio de las empresas multinacionales de granos en el campo brasileño. Rodrigues estuvo 2 horas en la embajada ecuatoriana en Londres conversando con Assange. El australiano, fundador de WikiLeaks que el 19 de junio completará 2 años viviendo en el departamento diplomático ecuatoriano en Londres, garantizó que su salida pasa por Ecuador y no por ganar inmunidad con la posibilidad de obtener un escaño en el Parlamento de su país, Australia. “Él quiere ir a Ecuador, a ningún

otro lugar. Necesita que presionemos para lograr el salvoconducto”, detalló Rodrigues. El dirigente contó que el gran temor de Assange es ser detenido en Londres a pedido de la justicia de Suecia y ser extraditado a Estados Unidos para ser juzgado por la masiva revelación de documentos. Suecia pidió la extradición de Assange en el auge de las revelaciones de WikiLeaks por una denuncia de abuso sexual, que este niega y a la que vincula con una supuesta estrategia de Washington para lograr llevarlo ante la justicia norteamericana, una vez que pise las calles londinenses. Con WikiLeaks, 7 años atrás, Assange diseminó millones de documentos confidenciales de la diplomacia estadounidense, en el que revelaban escándalos de espionaje e injerencia en asuntos internos a nivel global por parte de Washington, incluso entre sus aliados más cercanos. El enviado del MST le entregó a Assange un póster firmado por los movimientos sociales de la Alianza Bolivariana de las Américas (Alba) con la frase ‘toda la solidaridad a los que combaten al imperio’ y con las fotografías de Assange, de Edward Snowden, asilado en Rusia tras revelar el espionaje de la Agencia Nacional de Seguridad, y de Chelsea Manning, condenada a 35 años de prisión por revelar datos confidenciales del Gobierno norteamericano. “Lo que haremos desde ahora a partir del MST, de Vía Campesina y de todos los movimientos sociales que actúen en forma internacional es presionar a nuestros gobiernos para que presionen a Suecia y Gran Bretaña y permitan el salvoconducto para que Assange se mude a Ecuador”, dijo Rodrígues. En forma simbólica, el MST ofreció a Assange uno de sus asentamientos en el campo brasileño como posible lugar de residencia. El objetivo a corto plazo es buscar una recolección de firmas para presentarla al Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU. Assange ofreció al MST el acceso a los millones de documentos de WikiLeaks.

Colombianos en Ecuador podrán escoger a su gobernante desde hoy

Combates se intensifican en la ciudad rebelde de Slaviansk en Ucrania

Milicia ocupa la sede del Legislativo en Libia tras enfrentamiento

Entre el 19 y 25 de este mes los colombianos que residen en Ecuador podrán votar en las elecciones presidenciales de ese país. Será la primera vez que dichas votaciones durarán una semana, únicamente en el exterior. Las votaciones en Ecuador se realizarán en los consulados de Quito, Nueva Loja, Santo Domingo, Esmeraldas, Tulcán y Guayaquil, además de una oficina en Cuenca.

Tropas ucranianas y milicias insurgentes combatieron en los accesos a la ciudad de Slaviansk, bastión de la rebelión prorrusa en el sureste de Ucrania . La nueva ofensiva del Ejército ucraniano contra los rebeldes empezó en la madrugada del sábado y continuó hasta la primera hora de ayer, aseguró a las agencias rusas el copresidente de la república de Donetsk, Miroslav Rudenko.

Una milicia de la ciudad libia de Zintán, situada en el suroeste de la capital, ha tomado el control de la sede del Parlamento, luego de enfrentamientos armados con las fuerzas de seguridad que protegen el edificio. Según fuentes de seguridad, los asaltantes pertenecen a la milicia Al Qaqaa, considerada contraria a la corriente islamita de la Asamblea Legislativa.

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MUNDO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

DIPLOMÁTICO IRÁ TAMBIÉN A LA CELAC, ONU Y OEA

BREVES Vietnam lanza operativo de seguridad para controlar ataques

Suizos rechazan salario básico y renovación de su flota aérea de guerra

Zona de los Balcanes sufre las peores inundaciones

Las principales ciudades de Vietnam amanecieron con un fuerte despliegue policial para controlar las manifestaciones antichinas, en las que han muerto 2 trabajadores chinos. Pekín ha evacuado a 3.000 nacionales.

En referendo, los suizos negaron el derecho a un sueldo mínimo legal y bloquearon una importante compra para renovar parcialmente la flota aérea de combate. Los suizos rechazaron un sueldo básico de 3.470 euros.

Serbia, Bosnia y Croacia sufrieron las peores inundaciones en un siglo, en las que han muerto 40 personas. La región balcánica vivió una situación de emergencia por la persistente subida de las aguas. Sus vecinos enviaron ayuda humanitaria.

Venezuela llevará su caso a la Unasur El canciller Elías Jaua denunciará ante este organismo la intervención de Estados Unidos en su país. EFE

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Elías Jaua (derecha) recibe al presidente palestino, Mahmud Abás, en Caracas.

Ubicación Caracas

Detalle

VENEZUELA Colombia

Guyana

Brasil

Agencia Prensa Latina Caracas

El Gobierno de Venezuela denunciará en la reunión ordinaria de la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur), las declaraciones injerencistas de voceros de Estados Unidos contra la nación suramericana. Así lo anunció el canciller, Elías Jaua. “Lo denunciaremos en la reunión de la Unasur, la semana próxima, en Ecuador, pero también ante la ONU, la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) y la Organización de Estados Americanos (OEA)”, explicó en entrevista televisiva. “Ante la Unasur demostraré con un expediente todas sus acciones injerencistas”, añadió el ministro de Relaciones Exteriores.

Para el funcionario es preocupante los acontecimientos internacionales de los últimos 3 años, que calificó de nueva estrategia de intervención sin aparecer, solo cuando todo parece inevitable. “Estados Unidos y la OTAN aparecen en países con situaciones extremas para dar a demostrar que van a salvar el país, por eso hay que intervenir”, indicó Jaua. “Es la llamada guerra de perros, injertar un conflicto entre los ciudadanos para después justificar la intervención”, añadió. Lo otro, agregó, es dirigir desde atrás o desde un tercer país un proceso de desestabilización, de derrocamiento y desintegración de un gobierno. En el caso de Venezuela, explicó, la nación suramericana está bajo una cobertura mediática en busca de justificaciones para una intervención. Venezuela, acotó, forma parte de esa búsqueda de perturbar todos los países emergentes, con un desarrollo propio independiente. “Lo vemos en Brasil, Argentina, ataques a su economía para neutralizar a los países que comenzaron a emerger”, subrayó.

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Fanático

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DJOKOVIC El serbio suma su 19° título Masters 1.000 en Roma. [18]

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KWESI APPIAH, EL PRIMER DT NEGRO QUE DIRIGE A GHANA [19] EN BOSNIA-HERZEGOVINA EL FÚTBOL DIVIDE AL PAÍS [20] FERNANDO SANDOVAL / EL TELÉGRAFO

COMPITIERON 570 DEPORTISTAS

Colombia, en la élite del BMX El Sudamericano de bicicross que se realizó en Quito tuvo aroma a café. Pajón y Oquendo se llevaron el oro. Redacción Fanático [email protected]

Karla Carrera fue la mejor deportista ecuatoriana que participó en el Campeonato Sudamericano de BMX que se disputó en la pista de la Universidad Internacional de Quito. Ella finalizó en la cuarta ubicación en la categoría junior damas, detrás de las ciclistas colombianas que ocuparon el podio. “Durante la etapa de clasificación traté de dar el máximo para sumar puntos, pero las competidoras de Colombia anduvieron muy bien y se posicionaron en los primeros lugares”. El triunfo fue para Andrea Escobar, del vecino país del norte. La ecuatoriana Doménica Azuero, quien es la mejor posicionada del mundo en junior damas, sufrió una caída y se golpeó la muñeca, lo que le impidió competir. No se sintió cómoda en la pista quiteña y decidió retirarse del Sudamericano, pese a ser la favorita para conseguir el oro. En la categoría élite varones, Emilio Falla fue el mejor ubicado de la delegación local. Participó en la final con los ocho mejores de Sudamérica y estuvo a punto de subir al podio. Hasta la última curva estaba en el tercer lugar, pero tropezó y no pudo ganar una presea.

Mariana Pajón, medallista de oro olímpica, se impuso en su categoría. La colombiana finalizó primera en las tres mangas clasificatorias y obtuvo la medalla dorada en la final de élite damas, como lo había hecho un día antes en el Latinoamericano. El oro sudamericano en élite varones también se lo llevó un ‘cafetero’: Carlos Oquendo. Este triunfo lo peleó hasta el final contra el brasileño Rogerio Dos Reis. La tercera y cuarta posición las ocuparon Gonzalo Medina y Sergio Salazar. Eduardo Falla, representante de la Federación Ecuatoriana de Ciclismo (FEC), dijo que durante el fin de semana concursaron 570 ciclistas de ocho países. “Este evento superó nuestras expectativas. Participaron bicicrosistas de la élite mundial. El gran nivel técnico mostrado brindó realce a las competencias”, afirmó.

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La colombiana Mariana Pajón se eleva con su bicicleta durante el Campeonato Sudamericano realizado el fin de semana en Quito.

Ecuador no pudo subirse al podio en balonmano

Jaramillo consigue 3ª dorada en Preolímpico de Atletismo en Cali

Equipo nacional y Guyana pelearán por tercer lugar en rugby

Veleristas afinan detalles para su estreno en Vargas

Los combinados de balonmano de Ecuador (damas y varones) no pudieron colgarse la medalla de bronce en la última jornada de esta disciplina, en los III Juegos Suramericanos de Playa que se efectúan en Vargas, Venezuela. Ambos cayeron ante Paraguay y Argentina, respectivamente.

La ecuatoriana Karla Jaramillo le dio una de las tres medallas de oro al país en el Campeonato Preolímpico de Atletismo en Cali, Colombia. Fue primera en los 5.000 metros marcha y continuó con la cosecha de preseas de la delegación nacional, que llevó 29 atletas al certamen. Las otras dos doradas las obtuvieron Kevin Jimbo y Stalin Rodríguez, en los 3.000 m y lanzamiento de martillo, respectivamente. Ecuador acumula -además de las tres de oro- una de plata y tres de bronce en el torneo. La plateada se la llevó Carlos Zumbana en lanzamiento de martillo, mientras que las de bronce fueron para Maribel Caicedo (3.000 m), Andrea Cornejo (1.500 m) e Inara Cortez (100 m vallas).

El seleccionado ecuatoriano de rugby masculino debutó con dos derrotas en los III Suramericanos de Playa en Vargas. Los dirigidos por Nicolás di Napoli cayeron 11-3 ante Venezuela y 11-2 frente al cuadro de Argentina. A pesar de las caídas, la ‘Tri’ luchará hoy por el bronce ante Guyana.

Los ecuatorianos Juan José Ferreti (izq.) y Jonathan Martinetti iniciarán hoy su participación en los III Juegos Suramericanos de Playa en Vargas (Venezuela). Los veleristas adecuaron sus embarcaciones de cara al estreno en el torneo, donde Ecuador es quinto con 1 de oro y 2 de plata.

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FANÁTICO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

EL CAMPEÓN ES EL ACTUAL NÚMERO 2 DEL MUNDO

Desde los pits

Djokovic destrona a Nadal en el Masters 1.000 de Roma

Julio Moreno, @JulioMorenoGP

Las imparables ‘flechas plateadas’

EFE

‘Nole’ se impuso por 4-6, 6-3 y 6-3 al español en la final del torneo italiano. Es la cuarta vez consecutiva que el serbio derrota a ‘Rafa’ y la tercera ocasión que gana este certamen.

La nueva generación de Fórmula 1 ciertamente trajo un nuevo dominador, Mercedes GP. Claro que los cuatro títulos de Sebastian Vettel han sido criticados por muchos porque su dominio y Red Bull Racing ha sido tan abrumador como la llave Michael Schumacher/Ferrari, pero para eso es que salimos a competir, para ganar. Ahora es el turno de Mercedes GP y, principalmente, de Hamilton. Actualmente compito en la Fórmula Renault 2.0 del Norte de Europa con Manor MP Motorsport, el mismo equipo que formó a Lewis en sus primeros tres años en el automovilismo, por lo que les puedo comentar que no solo es un tipo ganador y veloz, sino muy inteligente en competencia, madurez que alcanzó luego de algunas temporadas caóticas en McLaren, mayormente por ansiedad. Van cinco carreras, en todas la pole position y la victoria han quedado en poder de pilotos de Mercedes GP. Nico Rosberg ha sido el más constante, con una victoria y cuatro segundos lugares, pero los cuatro triunfos de Hamilton – que podrían ser cinco si el motor no se vuela en la segunda vuelta en Australia– lo colocan por delante en la general por apenas tres puntos. Hablando de esos triunfos, el GP de España fue hasta la fecha la mayor superioridad de Mercedes ante sus rivales. Tanta fue la ventaja que en las tres prácticas libres y en la clasificación que el rival más cercano estuvo a ocho décimas de las ‘flechas plateadas’, eso se llama aplastar a los demás. Si nos enfocamos en la carrera, Hamilton dobló hasta el séptimo lugar; además, le sacó 49 segundos a Daniel Ricciardo.

Todos estos datos los comento por la complejidad del Circuito de BarcelonaCatalunya. He probado ahí en varias ocasiones y es uno de los más complejos que existen. Conseguir un balance ideal del auto es difícil, porque se debe ser rápido en la curva 3 (a fondo en un F-1) y en la 16, que es entrando a la recta principal, pero la 5 y la 10 son muy técnicas y lentas, así que hay que llegar a un punto medio para no perder en ninguna parte. Si eso no es suficiente, el asfalto del circuito come llantas, las destruye si el balance es errado, por lo que tantos detalles y la cercanía a la perfección que muestran los Mercedes es de aplaudir. El resto de los equipos los ven a lo lejos y esa superioridad no debe durar mucho tiempo, aunque podría ser demasiado tarde. Red Bull y Renault poco a poco mejoran y creo que Ricciardo puede sorprender a Vettel. Dirán, ¿lo dijo en serio? Pues sí. El cuatro veces campeón nunca había sido presionado por un compañero de la forma que lo hace Daniel. Esto puede motivarlo y llevarlos a mejorar rápidamente. De nuestra parte, seguimos trabajando. Recientemente probamos en Silverstone, el mismo circuito donde corren los F-1, y mejoramos mucho. Terminamos segundos en ese test, donde será la próxima carrera del campeonato en poco más de una semana. No me quiero despedir sin agradecer a diario EL TELÉGRAFO por este espacio y poder compartir con todos ustedes, los fanáticos del mundo tuerca, lo que vive un piloto en la búsqueda del sueño de llevar a Ecuador a la Fórmula 1.

Djokovic celebra con champaña tras ganar el título; antes dibujó con su raqueta un corazón sobre la pista central, agradeciendo al público.

DESTACADO

El serbio Novak Djokovic, que se impuso ayer en la final del Masters 1.000 de Roma al español Rafael Nadal (4-6, 6-3 y 6-3) en dos horas y 19 minutos, consiguió su tercer título en el Foro Itálico, antesala de Roland Garros, el Grand Slam de la temporada sobre tierra batida. El serbio, número dos del mundo, que con el de ayer se apuntó su tercer título de la temporada (Indian Wells y Miami), se vio frente a Nadal por cuarta vez en la final de Roma. Nadal, que ha ganado siete veces el Masters capitalino, recibió un serio aviso a solo siete días del Abierto de Francia donde ‘Rafa’ ha ganado ocho veces, y el tenista de Belgrado aspira a conquistarlo por primera vez. Además, este es el cuarto triunfo consecutivo de ‘Nole’ sobre Nadal y el segundo del año. En los últimos meses del año pasado lo venció en Beijing y en el Torneo de Maestros, mientras en 2014 lo superó en el Masters 1.000 de Miami y ayer. Así, ‘Nole’ ya acortó la diferencia de enfrentamientos directos donde

El Abierto romano 2014 es también el título número 19 de Masters 1.000 para Djokovic. aún Nadal lo supera con 22 victorias a 19. El torneo de Roma 2014 es también el título 19 de Masters 1.000 para Djokovic en su carrera y el 44 en total, con el que iguala al austriaco Thomas Muster. El serbio ha vencido a Nadal en 2 de las 4 finales que han disputado entre ellos en el Foro Itálico (2011 y 2014), mientras que el español se impuso en las ediciones de 2009 y 2012. Por primera vez desde 2004 Nadal llegará a París con tres derrotas en la temporada de tierra batida europea (Montecarlo, Barcelona y Roma), eso sí, con 650 puntos de ventaja sobre el jugador serbio, que

en Roland Garros tendrá de nuevo opciones reales de desbancarle del número uno. Tras ganar el título, Djokovic dibujó con su raqueta un corazón sobre la pista central, tal y como hizo el brasileño Gustavo Kuerten en París al ganar la edición de 2001 agradeciendo al público su apoyo. “Este corazón es por vosotros y por mi país que sufre tanto en estos momentos”, señaló ‘Nole’ después. Luego estampó la clásica firma sobre la cámara, que en esta ocasión fue una dedicatoria para su país y también para Croacia y para BosniaHerzegovina, en alusión a las inundaciones de los últimos días que, por el momento, se han saldado con entre 30 y 40 muertos, según los últimos datos. Durante la ceremonia de entrega de trofeos, el serbio tuvo de nuevo palabras para su país y, además, afirmó que en Roma se siente “como en casa”. Por su parte, Nadal felicitó a Djokovic por haber ganado “uno de los torneos más bonitos del mundo” y aseguró que, de la misma manera que el serbio, volverá a estar presente en la próxima edición.

FOTO HISTORIA EFE

Agencia EFE [email protected]

Alrededor de 40 hinchas heridos fue el resultado de una avalancha ayer en el estadio El Sadar en Pamplona, Navarra (España), durante el encuentro Osasuna-Betis, cuando cedieron las vallas del sector sur del escenario.

FANÁTICO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

DEBUTARÁ EN UNA COPA DEL MUNDO DE MAYORES

KWESI APPIAH

En la línea del fútbol ofensivo Es el primer técnico de raza negra que dirige a su país natal, Ghana. Esta es la tercera incursión mundialista de los denominados ‘brasileños africanos’.

Redacción Fanático [email protected]

El fútbol vistoso, de gran habilidad y eficacia, mostrado en las Copas de África, le valió a Ghana el calificativo de los ‘brasileños africanos’. En abril de 2012, James Kwesi Appiah se convirtió en el primer técnico de raza negra en dirigir al seleccionado mayor de Ghana. Él tomó el mando en las eliminatorias africanas para Brasil 2014 luego de ser asistente técnico del serbio Milvan Rajevac en la Copa de África realizada en 2011. Los especialistas dan cuenta que Appiah es un técnico metódico y sencillo. Es un apasionado por el fútbol ofensivo, de ahí que el 4-4-2 es el módulo táctico al que rinde culto desde que comenzó en la dirección técnica hace 10 años. Lo catalogan como un hombre calmado, sin poses, pero con gran confianza en sus dirigidos. Su metodología tiene una combinación de trabajo constante y disciplina, enmarcados en el respeto mutuo. Cuando no logra esta amalgama, especialmente con jugadores indisciplinados, su reacción se refleja en la aplicación de la ‘ley del hielo’ que, incluso, le valió el apodo de ‘Matador silencioso’, por su forma de tratar a quienes no se ajustaron a sus reglas. La razón de aquel apodo obedece al respeto total que siente por ellos. “Pero siempre me aseguro de que todos y cada uno de ellos hagan lo correcto en el momento justo”, ha explicado el entrenador. Esa filosofía la experimentó desde su época de jugador como lateral izquierdo del club Asante Koptoko, donde jugó diez años, y más tarde en el seleccionado de su país, por el lapso de un lustro. El estratega vive el presente y no se detiene para mirar el pasado, por más doloroso que haya sido, como cuando Ghana dejó escapar la posibilidad de llegar a semifinales en el Mundial de 2010, en aquella tanda de lanzamientos penales frente a los uruguayos.

Ahora pretende escribir otra página de la historia del fútbol ghanés. Dice contar con determinados jugadores que le aportan calidad y experiencia; su retribución es la confianza y estímulos necesarios para ponerlos a tono de las circunstancias. Dada la calidad de los jugadores del seleccionado, lo determinante es la preparación mental con la exigencia de esfuerzo y superación para luchar por los colores del país. Fue muy inteligente y sutil al pedir la reincorporación de los jugadores Michael Essien y Kevin Prince Boateng, máximos referentes, exteriorizando una gran dosis de humildad al reconocer que los necesitaba cuando -por diversos motivos- ellos declinaron su participación en el combinado de su país y admitir que lo más difícil para el entrenador es manejar los egos de los grandes futbolistas. No oculta su satisfacción por haber encomendado al delantero central Asamoah Gyan la capitanía del elenco nacional, porque luego de tres años de haber estado con ellos, supo reconocer en el atacante a una persona apreciada en el grupo, que irradia un gran ánimo cuando la desmoralización hace presa de sus compañeros, además de ser uno de los mejores delanteros del mundo. Está convencido de que Ghana puede dar una agradable sorpresa, porque cuenta con excelentes jugadores y un banco de primera línea, animados por un país que, apartado de la politiquería, cuando se trata de fútbol, se olvida de ambiciones personales y se dedica a seguir al equipo. Porque el balompié es lo único capaz de unir a todos.

Datos PERSONALES Nombre y apellido James Kwesi Appiah Apodo Matador silencioso Nacionalidad Ghanés Fecha de nacimiento 30 de junio de 1960 Edad 54 años Lugar de nacimiento Kumani

PROFESIONALES

1

título como entrenador

DIRIGE A Selección de Ghana

PARTICIPACIÓN DE GHANA EN MUNDIALES Alemania 2006

Campeón All Africa Games 2011

Ghana

0

mundiales dirigidos

Selecciones nacionales que ha entrenado: Ghana Trayectoria (Entrenador) Black Stars 2008 Selección Sub-23 de Ghana 2011

Sudáfrica 2010

1º 2º 3º 4º 5º 6º 7º 8º 9º 10º 11º 12º 13º 14º 15º 16º 17º 18º 19º 20º 21º 22º 23º 24º 25º 26º 27º 28º 29º 30º 31º 32º

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FANÁTICO

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA JOVEN NACIÓN BALCÁNICA DISPUTARÁ POR PRIMERA VEZ EL CERTAMEN MÁS IMPORTANTE DE LA FIFA

El Mundial de Brasil tiene una cara oculta en Bosnia TOMADO DE HTTP://FUTBOLDECAFE.COM/

A diferencia del resto del planeta, en este país europeo la selección no une a la gente sino que la enfrenta. Musulmanes, serbios y croatas están confrontados en el aspecto político y el fútbol agudiza la situación de estos tres sectores que viven en el mismo espacio geográfico.

Alba Muñoz Tomado de Playground Magazine

Safet Sušić es para muchos el mejor futbolista bosnio de la historia, y el gol que marcó con el París Saint-Germain es un hito que muchos aficionados compatriotas recuerdan con orgullo. Sušić está hoy al frente de la selección de Bosnia-Herzegovina y acaba de cumplir otro sueño futbolístico: el equipo disputará su primer mundial en Brasil. El entrenador no oculta su emoción y cree que la Copa del Mundo significará mucho más que un éxito deportivo para su país, que sufrió la guerra civil más sangrienta de Europa desde el Holocausto: “Hace pocos años no podíamos imaginar a musulmanes, serbios y croatas apoyando al equipo, pero eso podría cambiar ahora”, le dijo recientemente a AP. Pero no es así. Durante las protestas de la ‘Primavera Bosnia’ en Sarajevo, en febrero pudieron verse banderas de las 3 etnias unidas contra la corrupción política: aquello prometía un paso adelante en la cohesión social del país. Sin embargo, este hecho histórico no volvería a repetirse en las celebraciones por clasificación al Mundial. Entonces la capital se llenó de banderas y cánticos propios de la comunidad musulmana.

Los hinchas bosnios apoyan fervientemente a su selección, pero cada etnia lo hace a su manera y lejos de las demás.

Ni rastro de hinchas serbios o croatas. A diferencia del resto del mundo, en Bosnia el fútbol es una de las herramientas que mantiene lejos la reconciliación entre las tres comunidades.

En Yugoslavia se jugaba mejor El sentimiento de Sušić es compartido por muchos bosnios de cierta edad que, como él, vivieron en la Yugoslavia comunista. De aquella época, además de la hermandad que se quebró por los nacionalistas que provocaron la guerra civil en la década de los 90, se recuerdan también los éxitos deportivos: cuando estaban uni-

dos, los yugoslavos eran imparables en los deportes de equipo. De hecho, la selección yugoslava de baloncesto es considerada la tercera mejor de la historia por el número de medallas conseguidas en Juegos Olímpicos, mundiales y campeonatos de Europa, tan solo por detrás de las selecciones de Estados Unidos y la Unión Soviética. Con cinco medallas de oro, fue el equipo que más veces conquistó el Mundial. Hoy los bosnios imaginan lo temible que sería la selección de fútbol si la República Federal no se hubiera disuelto en seis países balcánicos. Pero Bosnia-Herzegovina está muy

lejos de ser el país multiétnico y democrático que Occidente espera. Los acuerdos de paz de Dayton supusieron el fin de las hostilidades, pero afianzaron un sistema político rotativo que no hace más que legitimar la división territorial y los partidos de índole nacionalista. La guerra destruyó la industria, la economía no funciona y las fronteras que la limpieza étnica dibujó durante el conflicto ya son oficiales sobre el mapa: en la Federación ‘conviven’ musulmanes y croatas, y en la República Srpska viven los serbobosnios que ven a Serbia y no a Bosnia como su patria.

La disolución de su deporte ante el Mundial es una buena metáfora de todo lo que sucede allí.

Fútbol en clave nacionalista Bosnia-Herzegovina es un país donde la mitad de la población ondea las banderas de estados y equipos vecinos, Serbia y Croacia (de religión cristiana ortodoxa y católica, respectivamente). Por eso no es de extrañar que estas comunidades no vean en la selección nacional un equipo que las identifique y por eso tildan al equipo de Sušić como una formación islámica. De hecho, casi toda la plantilla, y su estrella Edin Dzeko (que juega para el Manchester City), es de bosnios musulmanes. Aunque muchos son los que dicen que las generaciones más jóvenes, que no vivieron la guerra directamente, no son tan reacias a la integración con otras etnias, lo cierto es que la educación diferenciada, los medios de comunicación en clave nacionalista y las vivencias familiares aún dificultan que esa idea tome fuerza. Si el desencanto político de los jóvenes podría ser una vía rápida para soluciones políticas multiétnicas en el futuro, el fútbol, que sí atrae a los hinchas más jóvenes, es más bien un freno. Cuando hay victorias, Banja Luka (la capital de la República Srpska) se llena de hinchas proserbios, las poblaciones croatas de Herzegovina celebran con motos de gran cilindrada y los ‘hooligans’ de Sarajevo causan destrozos en los tranvías de la ciudad. Todos gritan bien fuerte para que sus contrincantes políticos sepan de su pequeña victoria. Así es el fútbol.

LA SELECCIÓN YA SE ENCUENTRA EN QUITO

La ‘Tri’ respira por Caicedo y espera a Armando Wila Ambos salieron lesionados el sábado contra Holanda. ‘Felipao’ podrá jugar frente a México a fines de mayo. El otro atacante aguardará la ecografía. Las imágenes de los delanteros Felipe Caicedo y Armando Wila, tendidos en el suelo y retirados en camilla durante el empate 1-1 de la selección ecuatoriana contra Holanda el sábado pasado, preocuparon a todo el país a 24 días para el comienzo de la Copa del Mundo. Pero el médico de la Tricolor, Patricio Maldonado, confirmó que ‘Felipao’ sufrió una contusión a la altura del hueso iliaco junto a la cadera y que se recuperará en los próximos días. El problema del ariete de Universidad Católica es más complicado.

“Tenemos que ver qué pasa con el examen de ecografía porque es un problema muscular en los tibiales de la pierna derecha”, informó el galeno del ‘equipo de todos’. Ayer la ‘Tri’ regresó a Quito y los jugadores tendrán dos días de descanso antes de retornar a las prácticas en la Casa de la Selección. Desde el miércoles se empezará con el trabajo de preparación para los amistosos contra México e Inglaterra, ya con la nómina completa, con los arribos de Énner Valencia y Walter Ayoví, que ayer disputaban el título del Torneo Clausura mexicano. El presidente de la Ecuafútbol, el ingeniero Luis Chiriboga, destacó la labor realizada por la ‘Tri’. “Ecuador es un equipo maduro, con mucha experiencia y velocidad. Estos juegos nos sirven para tener claro quiénes serán los 23 futbolistas que llevaremos al Mundial”, dijo el dirigente.

SOCIEDAD

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EL INFORME DE HUMAN RIGHTS WATCH ‘LOS NIÑOS OCULTOS DEL TABACO’ REVELA DATOS RELEVANTES SOBRE TRABAJO INFANTIL

Miles de niños desde los 7 años trabajan en plantaciones de tabaco en EE.UU. WWW.DIARIOPALMBEACH.COM

La mayoría de los menores sufre de dolores de cabeza y mareos por intoxicación con la nicotina y los pesticidas. Incluso tienen afectaciones en la piel, pues no cuentan con herramientas ni vestuario adecuados. Muchos se protegen con bolsas de plástico. Agencia EFE

Miles de niños, la mayoría hijos de inmigrantes latinoamericanos, trabajan hasta 50 y 60 horas semanales en las plantaciones de tabaco de EE.UU., expuestos a la nicotina y los plaguicidas, así lo contempla el informe ‘Los niños ocultos del tabaco’ del grupo Human Rights Watch (HRW). El documento relata que a la mayoría de los pequeños se le paga el salario mínimo nacional de $ 7,50 la hora, que en una semana puede representar entre $ 375 y $ 400. Los menores sufren de vómitos, náuseas, dolores de cabeza y mareos mientras trabajan en las plantaciones. Estos síntomas están vinculados con la intoxicación por nicotina. El informe señala que los niños también sufren heridas con el uso de herramientas cortantes o maquinaria pesada cuando realizan sus labores diarias en las plantaciones. “Trabajamos casi todo el año”,

El 90% de plantaciones de tabaco se encuentra en Carolina del Norte, Virginia y Kentucky.

dijo Celia, quien empezó a laborar en plantaciones de Carolina del Norte cuando tenía 12 años y que tras muchos esfuerzos se graduó en la escuela secundaria. Ahora tiene 20 y trabaja en un banco. La Ley de Trabajo de EE.UU. li-

BREVES Conadis presenta hoy un diccionario de señas en formato digital

Chicos acuden con falda al colegio como medida de rechazo al sexismo

El Consejo Nacional de Igualdad de Discapacidades (Conadis) y la Federación Nacional de Sordos del Ecuador (Fenasec) presentan el Diccionario la Lengua de Señas Ecuatoriana en formato web. La idea es promover el acceso a la comunicación e información de personas que tienen problemas auditivos. El lenguaje de señas tiene una configuración gesto-espacial y percepción visual. La cita es hoy, a las 10:00, en el Conadis (Quito).

Un centenar de chicos jóvenes acudieron en falda al colegio en la ciudad de Nantes (oeste de Francia). Esta fue una original forma de protestar simbólicamente contra el sexismo. La manifestación fue apoyada por las autoridades educativas, pero criticada en las redes sociales, especialmente por miembros de organizaciones que se oponen al matrimonio homosexual, que fue legalizado en Francia desde mayo de 2013.

Casi 300 personas se sometieron a exámenes de audiometría

Estudios recomiendan un fármaco para reducir los contagios con VIH

El hospital León Becerra Camacho de Milagro (Guayas) realizó exámenes de audiometría a cerca de 300 personas, entre niños y adultos, quienes podrán obtener el carné de discapacidad. Consiste en un análisis acústico que se efectúa en pacientes que presentan disminución auditiva. El hospital, además, ha entregado audífonos para mejorar su calidad de vida de pacientes con deficiencia acústica elevada. En los últimos meses se han beneficiado 201 personas.

El Centro para el Control de las Enfermedades de EE.UU. aconseja a la población que tome el fármaco conocido por el nombre comercial de Truvada para disminuir las posibilidades de infectarse con el virus del VIH. Esto se concluyó luego de varios estudios realizados en los últimos años. La organización recomienda que sean medicados los gays y bisexuales que practican sexo sin preservativo, y los heterosexuales con parejas de alto riesgo de contraer la enfermedad.

mita la participación infantil en el trabajo, pero esta medida no se aplica en el sector de la agricultura. En 2011, el Departamento de Trabajo emitió regulaciones que buscaban restringir la labor infantil en la agricultura, pero las presiones

DESTACADO

Human Rights envió cartas a 10 compañías de tabaco para consultarles sobre el trabajo con menores. del sector privado llevaron en 2012 a la anulación de esas regulaciones. La legislación prohíbe comprar tabaco a menores de edad, pero sí permite que trabajen en este. Human Rights Watch envió cartas a 10 compañías tabacaleras estadounidenses e internacionales consultándoles sobre el trabajo con menores. Todas respondieron que en sus plantaciones cumplen con las leyes sobre trabajo infantil. El 90% del tabaco de EE.UU. se cultiva en Carolina del Norte, Ken-

tucky, Tennessee y Virginia. Los investigadores entrevistaron en estas ciudades a 141 menores de entre 7 y 17 años que trabajan para una industria que en 2012 tuvo una producción valorada aproximadamente en $ 1.500 millones. Los niños entrevistados por investigadores de HRW afirmaron que los dueños de las plantaciones no les dan vestuario ni herramientas de trabajo. Ellos deben protegerse con bolsas de plástico y guantes que no siempre evitan que la nicotina y los pesticidas causen daño en su piel.

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SOCIEDAD

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CAMPAÑA SUMA MÁS DE MIL PERSONAS

EL OBJETO DE ESTUDIO FUE EL AVE ‘PARAGUAS’ EN PELIGRO DE EXTINCIÓN

Jóvenes latinos debaten el uso responsable de internet TOMADO DE WWW.UAA.MX/

“Si la gente no conoce la naturaleza no la puede cuidar” CORTESÍA MÓNICA GONZÁLEZ

Por primera vez una ecuatoriana se hizo acreedora a un Oscar Verde otorgado por la Organización Whitley Fund For Nature, con sede en Londres. Mónica González comenta los pormenores del proyecto.

¿Quién es?

Nombre completo: Mónica González Profesión: Bióloga Educación: Universidad Central Edad: 53 Experiencia laboral: Directora de la Fundación para la Conservación de los Andes Tropicales

Redacción Sociedad

DESTACADO

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Es una apasionada por la conservación y eso lo demuestra cuando habla de la naturaleza. Mónica González se convirtió en la primera ecuatoriana en recibir el premio Whitley Award, de la organización Whitley Fund For Nature (WFN), luego de presentar un proyecto de conservación del pájaro ‘paraguas’ que regenera y mantiene el bosque ligado a una fuerte propuesta de educación ambiental. Los días para Mónica transcurren entre el trabajo de oficina para conseguir recursos que financien sus proyectos ambientales y su exposición en el campo, al que dedica al menos 18 días al mes. Es la directora de la Fundación para la Conservación de los Andes Tropicales (FCAT). Y desde esa trinchera se ha convertido en una luchadora por la conservación.

¿Cómo nace la idea de potenciar un proyecto sobre el ave ‘paraguas’? Empecé a trabajar en la reserva ecológica Mache Chindul (Esmeraldas) hace 9 años en un proyecto ambiental con 8 comunidades. Luego conocí a Jordan Karubian, es un científico que estaba interesado en investigar el pájaro paraguas y formamos desde ahí un equipo fuerte. Él en investigación y yo en educación ambiental sobre esta especie. Así nos involucramos en este maravilloso tema.

¿Cuál es la realidad de esta ave en el país, es una especie en peligro de extinción? Lamentablemente está en peligro de extinción en la zona del Chocó,

La iniciativa fue escogida entre 170 trabajos presentados por varios países del mundo. una de las más húmedas del mundo que viene desde Colombia hasta Ecuador. El Chocó forma parte de los 17 sitios en el mundo que son los más críticos para conservación. Trabajamos en esta zona con educación ambiental, desarrollo comunitario, investigación y conservación.

¿En qué consiste el proyecto que presentó y ganó un Oscar Verde? El proyecto tiene 4 objetivos. Nosotros trabajamos con bosque primario donde habita el ave ‘paraguas’ en más o menos 3.500 hectáreas. Nos hemos dado cuenta que hay fragmentos de bosque donde se han detectado estos pájaros. Planteamos hacer un mapa de esos fragmentos y un inventario de estas aves y otras. El segundo objetivo es trabajar en educación ambiental, dictar talleres a maestros, niños y adultos y promover una feria ambiental. Como tercer punto capacitaremos a 30 jóvenes de la zona en ecoturismo. Estamos pensando en capacitarlos para que reciban en sus casas a los turistas. También se los apoyará con huertos orgánicos a pequeña escala para que saquen los productos a la venta a las zonas más cercanas,

que son Quinindé o Santo Domingo. Finalmente, se promoverá la conservación para que la gente conozca su fragmento y cómo puede manejarlo para mejorar las plantaciones, la mayoría de cacao y banano.

¿A cuántas personas beneficiarán con este proyecto? Depende del objetivo. En el primero creemos que a unas 500 personas. En educación ambiental a 1.200 y en ecoturismo y conservación a unas 200.

¿Cuándo se cristalizará este proyecto? Este año. En este momento ya trabajamos, hemos buscado algo de financiamiento para empezar a hacer algunas actividades con el proyecto. Oficialmente empezaremos en un mes y en 6 meses presento mi primer informe. Se extenderá hasta junio de 2015.

El premio fue de $ 59 mil, ¿lo invertirá en el proyecto?

Un 32,5% de muchachos usa frecuentemente las nuevas tecnologías en América Latina.

El sitio web todoa1clic.com reúne opiniones sobre el resultado del uso de las nuevas tecnologías. Se aborda también la privacidad y el ciberbullying. La campaña ‘Todo a 1 clic’, lanzada por organizaciones de Latinoamérica y Google, hace un llamado a los jóvenes a reflexionar y compartir sus experiencias sobre el uso seguro y responsable de las tecnologías, informó la agencia EFE. Según la consultora comScore, los jóvenes entre 13 y 18 años representan el mayor porcentaje de usuarios de internet en América Latina (32,5%). Como parte de esta campaña se habilitó el sitio web (www.todoa1clic.com), en el que hay video y un sitio de foros. La campaña aborda temas que frecuentemente le ocurren a los jóvenes, como la publicación abierta de datos personales o imágenes, el ciberbullying y el grooming (chatear con adultos desconocidos). “El sitio es colaborativo, donde además de presentar el video que corresponde a la parte de concientización, incluye una parte donde los chicos puedan compartir sus experiencias, subir videos o comentarios”, explicó Florencia Bianco, gerenta de Comunicaciones Corporativas y Asuntos Públicos para Google Hispanoamérica. Cerca de mil jóvenes de Argentina, Colombia, Costa Rica, México, Perú, Paraguay y Uruguay, han participado de los foros ‘Todo a 1 clic’ entre abril y mayo de este año para intercambiar experiencias del uso de internet con responsabilidad. “La idea es mostrar las diferentes

situaciones a las que los jóvenes se enfrentan a diario, y como en cada una de estas ejercen su derecho a tomar decisiones por la que son responsables”, explicó Bianco. También aclaró que el modelo de campaña es participativa y, por ende, los discursos de prohibiciones o controles excesivos en internet no siempre son efectivos. El sitio web de la campaña es muy interactivo. En este consta un manifiesto escrito por varios jóvenes latinoamericanos en el que exponen algunas visiones. Por ejemplo, la creación de un código de ética del uso de internet, la protección de la imagen personal, el

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La campaña aborda temas que le ocurren a los jóvenes, como la publicación abierta de datos personales. uso de la tecnología para la investigación, la eliminación de mensajes violentos en las redes sociales, y la privacidad en red. El sitio web también abrió una página en Facebook y promociona su Twitter. La agencia de noticias informó que varias organizaciones de América Latina participan en esta iniciativa. Entre estas se encuentran la Asociación Chicos.net en Argentina, RedNATIC, Save the Children y la coordinación de la Fundación Paniamor, ubicada en Costa Rica.

BREVES El dinosaurio más grande del mundo vivió en zona de la Patagonia

La plataforma de Facebook se lanzará en lengua aymara

En la Patagonia (Argentina) varios paleontólogos descubrieron el dinosaurio más grande del mundo. Mide 40 metros de largo por 20 de alto. Según la medición de su fémur, el animal pesaba 77 toneladas que equivalen a 15 elefantes africanos.

Jaqi Aru, una comunidad virtual boliviana, pidió a Facebook que lance la red social en aymara. La petición fue aceptada con la condición de que se traduzca el 90% de contenidos. Quince voluntarios realizan la tarea.

Este valor es el presupuesto del proyecto, no es para la fundación, ni para mí, solo para el proyecto.

¿Qué significa este premio para usted? Es una oportunidad enorme. Estuve muy feliz porque nunca pensé en un premio personal, siempre quise que se reconozca el trabajo de tanta gente de la fundación y de la comunidad.

¿Hace falta educación ambiental? Es importante que la gente conozca, si la gente no conoce la naturaleza no la puede cuidar. Las campañas de educación ambiental las necesitamos a todo nivel.

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FILME GANADOR EN LA PRIMERA EDICIÓN DE LOS PREMIOS PLATINO Y EN LA CATEGORÍA MEJOR ACTRIZ EN FESTIVAL DE LA BERLINALE

Gloria, una analogía de la libertad Redacción Cultura [email protected]

Gloria (Paulina García) está buscando su escena principal en la vida, luego de que su familia la dejó como coprotagonista de las que fecundó. A sus 58 años intenta vencer la soledad que le quedó de su matrimonio roto hace 12, quizá antes, junto a todas las ganas de explorar su libertad con cada una de las situaciones que se le presentan. Gloria vive sola, tiene un trabajo de oficina, una señora que la ayuda con la limpieza y la mira con asombro cada que avanza en su cotidiana forma de salir de la rutina, y completa su tiempo rodeada de gente. Frecuenta un salón de baile para adultos. Ahí, en medio de la perorata de los conocidos, conoce a Rodolfo (Sergio Hernández), un hombre jubilado, mayor que ella. La seduce la idea de atraer a alguien y se deja seducir. Luego de pasar una noche juntos retoman las conversaciones. Gloria intenta completar con Rodolfo esa vida amorosa que había perdido y que el resto de su familia consolidaba de alguna manera. Aprovecha una reunión familiar para presentar a Rodolfo como su

Paulina García protagoniza a Gloria. Aquí en una de las escenas del filme.

pareja, reencontrarse con su exesposo, su nueva compañera y sus hijos. Recapitulan el pasado, se cuestionan las posibilidades de haberlo enfrentado de una manera distinta. Esa misma noche, sin aviso, Rodolfo desaparece, no contesta las llamadas y ella, indecisa, intenta dejar de lado su romance pero no puede hacerlo con su insistencia. Lo vuelven a intentar, pero esta vez Gloria se hace más cuestionamientos sobre su vida y las posibili-

dades que tiene de hacer la suya con él y sacarlo de sus propias ataduras. A pesar de todos los cambios que Rodolfo busca luego de haberse sometido a una gastroplastía no puede ser distinto. Rodolfo está atado a su pasado como uniformado de la dictadura que vivió Chile bajo el mando de Augusto Pinochet (1973-1990). No puede desviarse, de la forma lineal en la que ha estado acostumbrado a manejar su vida, a pesar de que reco-

DESTACADO

Rodolfo está atado a su pasado como uniformado de la dictadura que vivió Chile con Pinochet. noce sus problemas matrimoniales, y dice que está divorciado, no concibe dejar de proteger a su familia para estar con otros, por estar con Gloria. Sus hijas, aún dependen de “papá” y él está imposibilitado de cambiarlo. Es distinta, la dictadura dejó en ella secuelas de independencia, de una juventud que experimentó los límites y que a su edad, ya no existen y quiere arriesgarse a sobrepasarlos. Ahora ve las nuevas luchas de la juventud que la sucede, pero no deja la suya. Gloria es la analogía de la libertad, es un monólogo en la que una mujer que siguió las reglas se descubre a sí misma. El personaje de Gloria es eficaz

para otorgarle luz a las habilidades y formas de ser que no había descubierto, el espectador la acompaña en ese trayecto. Al final aprende que no solo a los hombres les gusta jugar a la guerra y busca su propia victoria. La trama de la película de Sebastián Lelio, que está en las carteleras de Quito y Guayaquil, no se escapa de encapsular la política chilena y sus secuelas. Va más allá de abordar la vida de una mujer madura y de presentar los miedos que llegan. Gloria, a pesar de la soledad que le queda y que es la opción por la que se decide, no termina siendo un personaje triste. Es más bien un personaje de poder, guiado por afrontar, y a la vez, eludir la realidad. Gloria es un experimento de la independencia que se rebasa a sí misma.

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UN JUEZ PUBLICA NUEVA OBRA LITERARIA

De Cataldo: El mal es más seductor que narrar el bien FOTO TOMADA DE SILVIAPASTORE.IT

FOTO TOMADA DE RODANDOCINE.COM

La película dirigida por el chileno Sebastián Lelio está en las salas comerciales de Quito y Guayaquil. Su trama apuesta por darle luz a una mujer que ha quedado en segundo plano por su familia y que experimenta rebasar los límites y hacer lo que no pudo por la represión con la vivió en su juventud.

El novelista compagina su vida en los tribunales con la producción de novelas.

La nueva novela del autor italiano se sitúa en Roma a principios de la década del 70 y retoma el papel del Libanés, personaje de su ópera prima. El juez y novelista Giancarlo de Cataldo, que retoma en su nueva novela, Roma criminal, el personaje del Libanés, protagonista de su aclamada ópera prima, Una novela criminal, explica en una entrevista que “contar el mal es más seductor que narrar el bien”. “La Roma de los años 70 es un escenario mítico y puedo decir con orgullo que en cierta medida lo inventé yo, porque se hizo popular con Una novela criminal, pues antes todos

pensaban que lo que sucedió en Roma en aquellos años eran historias del pasado, sin interés para ser contadas”, señala De Cataldo. Roma criminal (Roca Editorial) se sitúa en la capital italiana, a principios de la década del 70, donde Petro Proietti, El Libanés, protagonista de Una novela criminal, tiene 25 años y está en la cárcel. Todavía es un niño de la calle, pero ya empieza a pergeñar su gran plan: convertirse en el rey de la Roma oculta. De Cataldo escribe su novela desde el punto de vista del criminal: “Los malos me salen mejor, porque les puedo entregar a ellos todo mi lado oscuro. Al final de las novelas se sienten muy mal, pero yo me quedo muy bien y me ahorro mucho en psicoanálisis”, bromea el autor. (EFE)

CULTURA

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LA AHORA FUNCIONARIA DIRIGIÓ DURANTE 13 AÑOS EL ESPACIO OCHOYMEDIO

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BREVES

Dirigir la cultura más allá del arte, el reto de Andrade

Paul McCartney anula conciertos en Japón por motivos de salud

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Artistas y productores dan a conocer sus posturas respecto a los desafíos y expectativas que generan el nombramiento de la nueva Secretaria de Cultura del Municipio de Quito, nombrada por el alcalde en funciones, Mauricio Rodas.

El exbeatle Paul McCartney canceló un concierto previsto en Tokio, por segunda noche consecutiva, este domingo por culpa de un virus. El cantante británico, de 71 años, ya había tenido que anular su actuación programada en el estadio nacional para el sábado, al día siguiente de haber contraído el virus no especificado. McCartney había decidido actuar el domingo y el lunes para compensar la cancelación del sábado. Pero finalmente anuló todo tras no recuperarse de la dolencia. (AFP)

Dos filmes nacionales se proyectan hoy en Ochoymedio

Hoy en la cartelera de Ochoymedio se encuentran dos estrenos nacionales: Feriado y Saudade, de Diego Araujo y Juan Carlos Donoso, respectivamente. Ambas películas coinciden en tener como telón de fondo la crisis que enfrentó Ecuador en 1999. Las funciones se iniciarán a las 19:00.

Redacción Cultura

DATOS

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Tras la designación de Mariana Andrade como nueva secretaria de Cultura del Municipio de Quito, artistas y gestores culturales no han tardado en pronunciarse al respecto. Muchos consideran que a pesar de su larga trayectoria dentro de la administración, la creación artística y la gestión independiente, Andrade debe establecer un circuito entre la ciudadanía y los actores culturales. Valeria Andrade, subsecretaria de Arte y Creatividad del Ministerio de Cultura y Patrimonio, cree que uno de los mayores desafíos será articular su gestión con el Gobierno Central en busca de políticas culturales comunes que a la vez tengan un eco en el país. “Mariana viene del medio, conoce a sus protagonistas y tiene la oportunidad de establecer propuestas y proyectos que respondan a sus propias críticas. Ella siempre ha sido muy vocal con sus opiniones respecto a las instituciones públicas. Es el momento en el que puede actuar e incidir más allá de la crítica”, explica la subsecretaria. Por su parte, Cristian León, profesor investigador de la Universidad Andina Simón Bolívar, asegura que las virtudes y destrezas de Andrade en diferentes campos de las artes suplirán su falta de experiencia en la política pública; además de contar con un reconocimiento y respaldo del gremio artístico cultural. “Se vienen varias cosas complejas -afirma León-. En principio, hay todo un tema de repensar la estructura institucional. En el Gobierno Central se ha intentado hacer una reforma de todos los ministerios y algo de ese estilo no se ha hecho en el Municipio. Entonces poner la casa en orden es un gran reto. También hay una serie de procesos que están

Tras aceptar la invitación del alcalde electo, Mariana Andrade renunció a la dirección general del Cine Ochoymedio, que fundó en 2001 con un grupo de productores, realizadores y artistas. Entre sus planes está construir una ordenanza cultural que facilite la relación entre las instituciones y los gestores; y reactivar la infraestructura desplegada en la ciudad como los centros de desarrollo comunitario. El presupuesto de este año es $ 21 millones y tiene alrededor de 100 funcionarios, una cifra que se propone revisar una vez que asuma el despacho.

pasando en la ciudad, que van más allá de las artes. En los barrios, la producción de cultura comunitaria hay que atenderla y estimularla”. En la misma línea, Paulina Simon, programadora de Flacsocine, reconoce la labor de Mariana Andrade en la gestión cultural, producción y programación del medio, y apuesta por un desempeño beneficioso para la ciudadanía. “Quito está en un momento que demanda mucha gestión cultural porque se han desarrollado muchísimos espacios nuevos, se han recuperado algunos y se han fortalecido otros, como los centros de desarrollo comunitario, el teatro Capitol, el Museo de la Ciudad, Yaku, el Centro de Arte Contemporáneo, el mismo Qmandá, entre otros”, comenta Simon y agrega que el mayor reto de la nueva secretaria de cultura será “que estos espacios tengan mucha vida y programación de calidad y que estén aliados, funcionando como una red”.

Una apuesta por la continuidad Una de las mayores expectativas del sector cultural es que, además de impulsar nuevos proyectos, Andrade le dé continuidad a aquellos ya consolidados, potenciando sus ejes de acción. Eduardo Carrera Léon, co-director del programa de residencias artísticas y galerías de arte contemporáneo No-Lugar, considera que el cargo implica una responsabilidad directa con el modelo de gestión que la ciudad manejará en temas culturales, pero involucra un trabajo con el que ha tenido hasta hoy. “Mariana conoce el mundo de la cultura por dentro -dice Carrera-, las necesidades del medio, sus carencias y urgencias. Es importante que los modelos de gestión autónoma empiecen a ser considerados y reconocidos por las instituciones y autoridades. También es importante que esté en disposición de continuar procesos como los de las fundaciones Museos de la Ciudad y Teatro Sucre ya que han iniciado un trabajo responsable con los distintos actores y públicos”. Fernando Falconí (más conocido como Falco), artista, docente y coordinador de la plataforma autónoma de arte contemporáneo Cuarto Aparte, cree que la trayectoria de 20 años de Andrade demuestra su capacidad en el área cultural y su ‘espíritu emprendedor’. “Nuestro referente más cercano es el cine Ochoymedio, que ha sido un modelo no solo bueno sino necesario dentro de los circuitos de producción cinematográfica, más allá de los formatos comerciales; es decir estamos hablando de una visión y de una incidencia social”. Falconí considera que la designación es un aliciente luego de que no se haya visualizado un programa claro durante la campaña de Rodas.

“Si bien no teníamos claro si había un plan de cultura, ahora nos hace pensar que sí ha estado tomando en cuenta los procesos que se han venido dando en el plano artístico cultural. Esperemos también se dé una buena relación con otras instituciones como el Ministerio de Cultura. Creo que Mariana tiene la capacidad del diálogo y la escucha”.

Exposición de trabajos y premiación del concurso Paleta Propia

De lo privado a lo público Paola de la Vega, directora de Gescultura, considera que el gran reto de Andrade es saber manejar la cultura desde lo público, integrando voces distintas y optimizando los recursos, para lo cual será necesario generar debates democráticos, horizontales y colaborativos. “Lo primero que espero de la nueva administración es que las políticas culturales se concreten, que sean pensadas no solamente desde los artistas -que no son los únicos sujetos de derechos culturales- sino que implique a toda la ciudadanía. Hay que pensar a la cultura como algo muy amplio, que va más allá de un determinado espectáculo, con lo objetual, con el arte”. Los colectivos y organizaciones culturales independientes también dan su opinión sobre la designación de Andrade, más allá de las ideologías políticas. Esteban Ruiz, artista escénico, titiritero y miembro de La Karakola, Kasa de Konvivencia Artística, dice que a pesar de haber mantenido líneas distintas de trabajo (pues ellos trabajan desde lo comunitario) están abiertos a cualquier iniciativa en beneficio de la ciudadanía. “Tenemos nuestras propuestas claras. Más allá de la ideología lo que debe primar es la gente que recibe nuestro trabajo cultural. Estaremos pendientes de lo que se vaya dando en la secretaría, dejando un tiempo prudencial para que se pueda desarrollar el trabajo”.

El IEPI premia a los participantes del concurso Paleta Propia, una forma de introducir a colegiales en sus derechos y obligaciones en el campo de la Propiedad Intelectual. La exposición y premiación de trabajos será mañana en el loby bajo del Teatro Nacional, en Quito, a partir de las 08:00.

Martes de cine en la Alianza Francesa de Guayaquil

Mañana, a partir de las 19:00, se proyectará en la Alianza Francesa de Guayaquil (sede centro) La jugadora de ajedrez. Esta película, de Caroline Bottaro, aborda la vida de Hélène, quien un día observa a una pareja jugando ajedrez y queda fascinada. Aprende a jugarlo y se convierte en una de las jugadoras del momento.

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TECNOLOGÍA

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TODA LA INFORMACIÓN RECABADA ES PROCESADA POR COMPUTADORAS QUE SIMULAN LO QUE UN CONDUCTOR RESPONSABLE HARÍA

Google presume su smartcar AFP

El vehículo, que viene con piloto automático, funciona con un sistema que le permite detenerse inmediatamente ante la presencia de los peatones frente a él. Uno de sus mayores problemas es que no puede circular en lugares que no hayan sido mapeados por su empresa fabricante. Agencia AFP

DESTACADO

Estados Unidos

El gigante Google ultima los detalles de su nueva creación: un coche que se detiene para que los peatones crucen, respeta el semáforo y conduce en medio de un tránsito pesado. Todo sin nadie tras el volante. “Las computadoras tienen buenos tiempos de reacción. No se distraen, no tienen somnolencia, no se duermen y no conducen ebrias”, afirmó Dmitri Dolgov, uno de los responsables del proyecto, durante una presentación de prototipos para la prensa en el Computer History Museum de Mountain View (California, oeste). El Lexus blanco que se conduce solo realizó todas estas peripecias luego de que la empresa le ‘enseñara’ cómo conducen las personas, en un proyecto que comenzó hace cinco años. Así, gracias a un dispositivo colocado en el techo que utiliza tecnologías de radar y láser, el coche registra todo a su alrededor. Mientras que una cámara al frente del vehículo observa todo lo que está adelante. Toda la información recabada es procesada por computadoras a

Finalmente, pero no menos importante, es que el coche de Google estará conectado a internet.

El coche automático de Google fue presentado esta semana en Mountain View, California. El Lexus color blanco anduvo a lo largo de una vía cercana a las instalaciones de la empresa.

bordo del auto que están programadas para simular lo que un conductor responsable haría, pero a velocidades superhumanas. Finalmente, pero no menos importante, es que el coche de Google estará conectado a internet. Durante una prueba, en la que un periodista de la AFP viajó en el asiento trasero, uno de los parti-

cipantes del proyecto ocupó el asiento del conductor para asumir el control en caso de que fuera necesario tomar una repentina decisión durante su recorrido por Mountain View.

Respetar las señales y evitar accidentes El coche funciona utilizando

AUSTRONAUTAS YA FUERON ELEGIDOS PARA MISIÓN

INTERNET

NASA quiere remolcar un asteroide hasta la Luna

Los asteroides son rocas gigantes que viajan por el espacio sin rumbo fijo.

La agencia ya prepara -en ambientes simulados- a los dos escogidos para que en 2020 puedan aterrizar en la formación rocosa espacial. La NASA anunció que preparará a dos astronautas para que vivan en un pequeño asteroide que orbitará alrededor de la Luna, como parte de un experimento para que hagan tareas de exploración, perforen y recojan muestras que luego serán analizadas en la Tierra. Los científicos consideran que la roca podría revelar los secretos del universo, tales como la edad en la que se formó el sistema solar y sus orígenes.

La misión se llevará a cabo en 2020 y los astronautas Steve Bowen y Stan Love fueron designados para viajar, por lo que la semana pasada comenzaron a practicar en una piscina de 40 metros de profundidad en el Centro Espacial de Houston. Los astronautas no solo se están adaptando a la falta de gravedad, sino que también ensayaron con una maqueta de lo que será la cápsula Orión, que los trasladará a destino. Según los planes de la agencia espacial estadounidense, se ‘capturará’ un pequeño asteroide para remolcarlo y ponerlo sobre la órbita de la Luna. “Estamos trabajando en las técnicas y herramientas que podríamos utilizar algún día para explorar un pequeño asteroide”, explicó Love.

detalles de mapas digitales que muestran cómo supuestamente deben lucir las calles, para luego agregar variables del mundo real, como el tráfico. Así, el auto no puede funcionar en lugares que no hayan sido mapeados por Google y, por lo tanto, no disponga de detalles, tales como el límite de velocidad o la ubicación de las señales de tránsito, según el responsable del grupo de mapeo Andrew Chatham. “Google le dice al auto cómo luce el mundo vacío, luego el trabajo del programa es dilucidar qué es lo que está sucediendo”, explicó Chatham.

Los coches prototipo de Google han recorrido más de 100.000 millas en calles públicas, siempre con alguien listo para tomar el volante en caso de necesidad. Hasta el momento estos autos protagonizaron solo dos accidentes mientras se trasladaban en piloto automático. Sin embargo, en ambas oportunidades fue por haber sido embestidos desde atrás cuando se detuvieron ante señales de tránsito, según el director del proyecto Chris Urmson. “Estamos realmente convencidos de que hemos resuelto la mayor parte de este tema y podemos hacerlo funcionar”, manifestó Urmson respecto a su absoluta confianza en estos vehículos.

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El Telégrafo I Lunes 19 de mayo del 2014

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GUAYAS

EL ORO

BOLÍVAR

> COMERCIALIZACIÓN SE BUSCA PROFESORA DE MATEMATICAS EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8267 SE REQUIERE PSICOLOGA EDUCATIVA EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8266

> COMERCIALIZACIÓN

> TURISMO Y ALIMENTACIÓN

SE BUSCA CONTADOR-ADMINISTRADOR EN LA CIUDAD DE CALUMA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8147

SE NECESITA AUXILIAR DE RESTAURANTE EN LA CIUDAD DE MACHALA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7883

ORELLANA

> ACTIVIDADES DE SALUD

> SERVICIOS

SE BUSCA GINECOLOGA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7449

SE BUSCA ELÉCTRICO JUNIOR (B) EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7546

> SECTOR PÚBLICO

> SECTOR PÚBLICO

SE REQUIERE DIRECTOR TECNICO ZONAL DE VIGILANCIA EN LA CIUDAD DE IBARRA SE OFRECE $2001 - $2500 OFERTA-8275

SE NECESITA RECIBIDOR PAGADOR EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8207

SE BUSCA SALONEROS, CAMAREROS ETC EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7590

PICHINCHA SE NECESITA DOCENTES ELECTRICIDAD, ADMINISTRACIÓN, PSICOLOGÍA, TALENTO HUMANO, PARVULARIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7786

SE BUSCA COCINERO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7586

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS > CONSTRUCCIÓN

> TURISMO Y ALIMENTACIÓN

SE BUSCA AYUDANTE DE COCINA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7588

SE BUSCA OFICIAL DE SUELDA ELECTRICA EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7997

SE BUSCA SECRETARIA EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7884

SE REQUIERE DIRECTOR ADMINISTRATIVO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7967

SE BUSCA AUXILIAR DE OFICINA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7843

SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS

> TECNOLOGÍA

> SECTOR PÚBLICO

SE BUSCA TECNICO ELÉCTRICO EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8209

SE REQUIERE ASISTENTE DE GERENCIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8007

SE BUSCA AGENTE DE SEGURIDAD PRIVADA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7736

EMPLEOS FIJOS AZUAY > COMERCIALIZACIÓN

SE NECESITA ABOGADO ADUANERO EN LA CIUDAD DE HUAQUILLAS SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-7737

SE BUSCA SECRETARIA EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8040

> SERVICIOS

SE BUSCA EJECUTIV@S DE VENTAS EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8136

SE BUSCA INVENTARIADOR EN LA CIUDAD DE HUAQUILLAS SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7738

> FARMACÉUTICO Y QUÍMICO SE BUSCA MECANICO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7830 SE NECESITA ING QUIMICO EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7782 SE BUSCA ING. INDUSTRIALES EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7784 SE BUSCA PERSONAL DE PLANTA EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7831

> SERVICIOS SE BUSCA OPERARIO CARNICERO CON EXPERIENCIA EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8137 SE BUSCA SECRETARIA GENERAL EN LA CIUDAD DE CUENCA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7615

BOLÍVAR

SE REQUIERE JEFE FINANCIERO EN LA CIUDAD DE LA CONCORDIA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7655

SE REQUIERE ANALISTA DE ADQUISIONES (CATACOCHA) EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8249

GUAYAS > AUTOMOTRIZ SE BUSCA OPERADOR DE MAQUINA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7841

> ACTIVIDADES DE SALUD SE BUSCA LABORATORISTA CLINICO EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7451 SE BUSCA MEDICO ESPECIALISTA EN PEDIATRA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $2001 - $2500 OFERTA-7457

SE BUSCA VENDEDOR REPUESTOS DIESEL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7732

COTOPAXI

> SERVICIOS SE BUSCA INSPECTOR INTEGRAL EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8216 SE BUSCA ASISTENTE DE OFICINA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8241

> ACTIVIDADES DE SALUD

SE BUSCA ASISTENTE CONTABLE EN LA CIUDAD DE SAMBORONDON SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8202

SE BUSCA COORDINADORA DE MEDICINA EN EL TRABAJO EN LA CIUDAD DE LATACUNGA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8025

SE BUSCA EMPRENDEDORES CON EXPERIENCIA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8232

CHIMBORAZO > COMERCIALIZACIÓN SE NECESITA AUXILIARES / DEPENDIENTES DE FARMACIA EN LA CIUDAD DE CUMANDA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7716

> SECTOR PÚBLICO SE REQUIERE JEFE LOCAL DE PLANIFICACIÓN Y CALIDAD EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-7906 SE NECESITA COMUNICADOR SOCIAL EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-7910 SE REQUIERE DIRECTOR TECNICO ZONAL DE VIGILANCIA EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-8274

> SERVICIOS SE BUSCA OFICIAL OPERATIVO DE CARTERA E INVERSIONES EN LA CIUDAD DE RIOBAMBA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8076

EL ORO > SECTOR PÚBLICO

LOJA > ACTIVIDADES DE SALUD

SE NECESITA MEDICO EN LA CIUDAD DE GUARANDA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7704

SE BUSCA ASESOR DE EMPLEO-RED SOCIO EMPLEO EN LA CIUDAD DE TULCAN SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8114

SE NECESITA ASESOR MEDICO - IBARRA EN LA CIUDAD DE IBARRA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8169

> TRANSFORMACIÓN DE ALIMENTOS

> COMERCIALIZACIÓN

> SERVICIOS

> TECNOLOGÍA

ESMERALDAS

> SECTOR PÚBLICO

CARCHI

SE BUSCA ANALISTA DE ESTADISTICA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-7733

SE BUSCA INSPECTOR NOTIFICADOR EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7761 SE BUSCA GESTORA TELEFONICA EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7409 SE NECESITA AUXILIAR DE RECAUDADOR CON MOTO PROPIA EN LA CIUDAD DE ALFREDO BAQUERIZO MORENO (JUJAN) SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8006 SE BUSCA AUXILIAR DE LIMPIEZA HOMBRE CON DISCAPACIDAD EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7844

> TURISMO Y ALIMENTACIÓN SE BUSCA SECRETARIA EN LA CIUDAD DE DURAN SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8060

> TECNOLOGÍA SE BUSCA TECNICO EN REFRIGERACION EN LA CIUDAD DE GUAYAQUIL SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7840

IMBABURA

SE BUSCA LICENCIADA EN ENFERMERIA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8100

> TURISMO Y ALIMENTACIÓN SE BUSCA MESERO (A) CON EXPERIENCIA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7579 SE NECESITA EJECUTIVOS DE VENTAS EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7981 SE REQUIERE RECEPCIONISTAS CON DOMINIO DE INGLÉS EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7980

> AUTOMOTRIZ SE NECESITA MECANICO AUTOMOTRIZ EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7925

> CONSTRUCCIÓN SE NECESITA CONTADORA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7988

> COMERCIALIZACIÓN SE BUSCA VENDEDORES DE COBERTURA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7788 SE NECESITA ASISTENTES DE COMISARIA EN LA CIUDAD DE PUYANGO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7689 SE REQUIERE ANALISTA DE TALENTO HUMANO EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7729 SE BUSCA CONTADOR REGIONAL EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7675 SE REQUIERE ASISTENTE DE COMISARIA EN LA CIUDAD DE SARAGURO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7687 SE BUSCA BIOQUIMICO FARMACEUTICO EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-8171 SE BUSCA RECIBIDOR PAGADOR (MACARA) EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8206 SE NECESITA MEDICO GENERAL (CARIAMANGA) EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8210 SE REQUIERE ESPECIALISTA DE ESTADISTICA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7731 SE BUSCA ASISTENTES DE COMISARIA EN LA CIUDAD DE PALTAS SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7690 SE REQUIERE OFICINISTA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8194 SE REQUIERE ASISTENTES DE COMISARIA EN LA CIUDAD DE OLMEDO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7695 SE NECESITA VENDEDORA EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7911

> SERVICIOS

> METALMECÁNICA

SE BUSCA AYUDANTE EN ELECTROMECANICA EN LA CIUDAD DE IBARRA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7515

SE NECESITA ADMINISTRADOR EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7943

SE NECESITA ASESOR DE CRÉDITO JUNIOR Y SENIOR EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7890 SE REQUIERE JEFE DE TALENTO HUMANO EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8201

> SERVICIOS SE NECESITA ABOGADO (A) EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7952 SE REQUIERE DISEÑADOR GRAFICO EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7644

> SERVICIOS FINANCIEROS

> ACTIVIDADES DE SALUD SE BUSCA TRAUMATOLOGO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8045

> FARMACÉUTICO Y QUÍMICO SE NECESITA TECNICO EN MANTENIMIENTO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7960

SE BUSCA ANALISTA DE TALENTO HUMANO 1 EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8273

SE REQUIERE OPERARIO DE PRODUCCION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7727

SE BUSCA ANALISTA DE INFRAESTRUCTURA 2 (ARQUITECTO O ING. CIVIL) EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7982

SE BUSCA VENDEDOR DE LLANTAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7612

LOS RÍOS

SE REQUIERE SUPERVISORES PARA EMPRESA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8050

> SERVICIOS

SE NECESITA TÉCNICAS DE NEGOCIACIÓN EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8048

SE BUSCA RECAUDADOR EN LA CIUDAD DE QUEVEDO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7483 SE BUSCA INSPECTOR INTEGRAL EN LA CIUDAD DE QUEVEDO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7684

SE BUSCA CONTADOR (A) C.P.A EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8238 SE REQUIERE OPERARIO DE IMPRESION DIGITAL (TECNOLO EN DISEÑO GRAFICO) EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8245

MANABÍ > SERVICIOS SE REQUIERE ASESOR MÉDICO/ SALUD PAD EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8150

> PESCA ACUACULTURA Y MAR

SE BUSCA ASESOR COMERCIAL / PERFIL VISITADOR MEDICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7649 SE NECESITA VENDEDORES DE CAMPO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7853

SE REQUIERE ASISTENTE CONTABLE EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8115

SE BUSCA AUXILIAR CONTABLE C.P.A EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8228

SE BUSCA OPERADOR DE MONTACARGAS EN CAMARA DE FRIO EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8118

SE BUSCA PROFESIONALES EN EL ÁREA DE LA SALUD EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-8053

SE REQUIERE SUPERVISOR DE LINEA DE PRODUCCION EN LA CIUDAD DE MANTA SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8116

MORONA SANTIAGO > SERVICIOS SE REQUIERE CAJERO/A EN LA CIUDAD DE MACAS SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7972

SE NECESITA AUXILIAR DE RRHH EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7880 SE REQUIERE PERSONAL CON DISCAPACIDAD PARA PRODUCCIÓN (PIFO Y ALREDEDORES) EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7979

> ELECTRICIDAD, GAS Y AGUA

NAPO

SE BUSCA OBRERO ELECTRICO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7164

> SECTOR PÚBLICO SE BUSCA TECNICO EN REGISTRO Y CEDULACION PROVINCIAL 1 EN LA CIUDAD DE TENA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7983

SE BUSCA TECNICO ELECTRICO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7163

SE BUSCA TÉCNICO DE REGISTRO Y CEDULACIÓN 2 (ABOGADO) EN LA CIUDAD DE TENA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7985

SE BUSCA INGENIERO ELECTRICO EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7161

> TURISMO Y ALIMENTACIÓN

ORELLANA > METALMECÁNICA SE NECESITA COORDINADOR DE CALIDAD EN LA CIUDAD DE ORELLANA SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7815

> SECTOR PÚBLICO SE NECESITA JEFE DE SERVICIOS GENERALES EN LA CIUDAD DE LA JOYA DE LOS SACHAS SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7877

SE NECESITA ANALISTA DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8271 SE REQUIERE ANALISTA DE REMUNERACIONES E INGRESOS COMPLEMENTARIOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8270

> COMERCIALIZACIÓN

SE BUSCA OFICIAL DE NEGOCIOS EN LA CIUDAD DE LOJA SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7954

Los clasificados con este símbolo

Visite y regístrese en

PICHINCHA

SE REQUIERE COORDINADOR DE MARKETING EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7769

> MINERÍA SE BUSCA ASISTENTE DE PROYECTOS ELÉCTRICOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8080

> METALMECÁNICA

SE NECESITA MEDICO RESIDENTE EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1501 - $2000 OFERTA-8017 SE NECESITA ANALISTA DE ASESORIA JURIDICA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7869

SE BUSCA LIMPIEZA VEHICULAR EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7516 SE BUSCA ENDEREZADOR EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7581 SE REQUIERE CONTADOR DE COSTOS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7881 SE BUSCA ENCUESTADORES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8234 SE NECESITA ASISTENTE ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8212 SE REQUIERE ANALISTA DE LA INFORMACION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7639

> TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO SE BUSCA CONDUCTORES PROFESIONALES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7624

> TECNOLOGÍA SE BUSCA PROGRAMADOR WEB EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8042

SE BUSCA LIMPIEZA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8028 SE REQUIERE INVENTARIADOR EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7976 SE NECESITA ANALISTA DE GESTION DE SELECCION EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7942

SE BUSCA MECANICOS Y AUXILIAR DE TALLER MERCANICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8134 SE BUSCA ASESOR TÉCNICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8158

> TEXTILES Y CALZADOS

SE BUSCA ANALISTA DE ASESORIA JURIDICA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8035 SE BUSCA ANALISTA DE PLANIFICACION DE INFORMACION SEGUIMIENTO Y CONTROL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-8032 SE NECESITA ASISTENTE DE TALENTO HUMANO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8010 SE REQUIERE PSICOLOGO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7995

SE NECESITA ESPECIALISTA EN COMPRAS PUBLICAS EN LA CIUDAD DE RUMIÑAHUI SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7891

> VEHÍCULOS SE REQUIERE MECANICO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-7931

SANTA ELENA > SERVICIOS SE BUSCA ASESOR MÉDICO/SALUD EN LA CIUDAD DE SALINAS SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8155

SE BUSCA TECNICO DE MANTENIMIENTO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8109 SE NECESITA AUXILIARES DE ENFERMERIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8034 SE REQUIERE SERVICIOS GENERALES EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8112 SE BUSCA GUARDALMACEN EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-8023 SE NECESITA AUXILIARES DE ENFERMERIA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-8033

> SERVICIOS SE BUSCA INSPECTOR INTEGRAL EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7692 SE BUSCA INSPECTOR DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $751 - $1000 OFERTA-7694 SE BUSCA SERVICIO AL CLIENTE - CAJA EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8134 SE BUSCA TRABAJADOR DEL AGRO EN LA CIUDAD DE QUITO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7833

aplican para personas con discapacidad.

www.socioempleo.gob.ec

y busque el empleo de su interés según el código de OFERTA

UN SERVICIO DE

www.eltelegrafo.com.ec

> ENSEÑANZA SE REQUIERE INGENIERO EN SISTEMAS EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7939

> FARMACÉUTICOS Y QUÍMICOS SE BUSCA ASESOR COMERCIAL EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $371 - $500 OFERTA-8065

> SERVICIOS SE NECESITA GUARDIA DE SEGURIDAD EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7680 SE BUSCA ASISTENTE AGRÍCOLA CON LICENCIA TIPO B EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-8170 SE NECESITA GUARDIA DE SEGURIDAD EN LA CIUDAD DE SANTO DOMINGO SE OFRECE $340 - $370 OFERTA-7633

TUNGURAHUA > SECTOR PÚBLICO SE REQUIERE ARQUITECTO EN LA CIUDAD DE BAÑOS DE AGUA SANTA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7837 SE BUSCA INGENIERO ELECTRICO-ELECTRONICO EN LA CIUDAD DE BAÑOS DE AGUA SANTA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7802 SE NECESITA INGENIERO ELECTRICOELECTRONICO EN LA CIUDAD DE BAÑOS DE AGUA SANTA SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7798 SE REQUIERE AUXILIAR DE LA SECCIÓN TÉCNICA EN LA CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $501 - $750 OFERTA-7832 SE NECESITA ARQUITECTO EN LA CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7836 SE REQUIERE INGENIERO CIVIL EN LA CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7835 SE BUSCA ORGANIZACIONES LABORALES EN LA CIUDAD DE AMBATO SE OFRECE $1001 - $1500 OFERTA-7801

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

Justicia [email protected]

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AUDIENCIA El fiscal Galo Chiriboga en juicio de caso Carrión. [35]

DOS PROGRAMAS APOYAN A MÁS DE 5.000 EXCONSUMIDORES [34] COIP SANCIONA ADULTERACIÓN DE BEBIDAS Y ALIMENTOS [36] EN LA LEY DE TRÁNSITO NO SE ESTABLECE UN LÍMITE DE TIEMPO, POR ESO VARIOS CONDUCTORES CUMPLEN HASTA 1.800 HORAS DE TRABAJOS

Choferes infractores en labores comunitarias WILLIAM ORELLANA | EL TELÉGRAFO-

Desde 2011, unos 200 conductores han sido sancionados con el cumplimiento de horas de trabajo no remunerado, que incluye practicar manualidades, ayudar a controlar el tránsito vehicular, ofrecer capacitaciones en escuelas, colegios e instituciones educativas, como en repartos militares. Redacción Justicia [email protected]

“Cuando frené fue tarde, el señor se cayó, se pegó en la cabeza y unas horas más tarde murió de un derrame interno”, narró Carlos, quien cumple una sentencia de 240 horas de labor comunitaria en la Escuela de Educación Vial de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE). El ciudadano de 32 años recuerda con exactitud que eran las 07:10 del domingo 12 de junio de 2011 cuando ocurrió el accidente. Él conducía un bus de la línea 75A y el pasajero se bajó rápido, como si se hubiera quedado dormido y pasado del lugar que debía quedarse. “Ya no quiero saber nada de los buses, aunque en eso trabajé durante 12 años. Ahora laboro en una cooperativa de taxis. Valoro más la vida, nosotros solemos pensar que como vamos al volante somos dueño de la calle y no es así. Es una responsabilidad compartida entre conductores y peatones”, agregó. Carlos reveló que fue detenido 2 años después y llegó a un acuerdo con la familia de la víctima, pues reconoció que la culpa la había tenido su pariente y, por eso, el juez dictó la medida comunitaria. El conductor asiste de miércoles a domingo a cumplir con su sanción y eso le ha ayudado a tener más conciencia. “Hacemos trabajos manuales, los vigilantes nos enseñan las leyes de tránsito, muestran videos de las consecuencia de infringirlas, salimos a la calle a trabajar con los peatones, entre otras actividades”, contó Franklin B., quien fue detenido en marzo durante un patrullaje. Aquella vez este señor salió de su casa para lavar su carro y aprovechó para tomarse 4 cervezas. Cuando regresaba a su domicilio los uniformados lo detuvieron porque su aliento a licor. La sanción que le impuso el juez fue de 16 horas de labor comunitaria, aparte de los puntos menos en su licencia y la multa económica. “Ahora comprendo el peligro, no se puede beber si se va a conducir”, remarca. Alejandro Guaranda, subjefe encargado del curso de conductores comunitarios, indicó que desde 2011 han recibido a 200 choferes. No depende de ellos acogerse al recurso, sino de la decisión de un juez de Tránsito. La labor se cumple de acuerdo a

DESTACADO

Los conductores pueden cumplir su sentencia en horarios que no perjudiquen su trabajo o estudio. sus habilidades y horarios para que no afecten su subsistencia. La Ley de Tránsito, en su artículo 123, estipula que las penas aplicables a los delitos y contravenciones de tránsito son: reclusión, prisión, multa, revocatoria, suspensión temporal o definitiva de la licencia o autorización para conducir vehículos, reducción de puntos y trabajos comunitarios. No existe un límite en la cantidad de horas que se debe cumplir, ni mínimas, ni máximas. Por eso hay choferes que cumplen penas hasta de 1.800 horas por haber causado la muerte de su víctima. En el nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP) ya se establece que el servicio comunitario consiste en e1 trabajo personal no remunerado que se realiza en cumplimiento de una sentencia y que en ningún caso superará las 240 horas. En caso de infracciones sancionadas con penas de hasta 6 meses de restricción de libertad, el servicio comunitario no se realizará por más de 180 horas; en caso de contravenciones, no más de 120 horas. Michel Doumet, director ejecutivo de la Comisión de Tránsito del Ecuador (CTE), indicó que la labor de los conductores comunitarios es positiva, porque ayudan en los programas de educación vial. “Más allá de permanecer encerrados, son concienciados del riesgo de cometer infracciones. A fin del día nos ayudan a reducir los accidentes de tránsito en los que se pierden muchas vidas”, dijo el funcionario.

EN LA WEB Ingrese a la sección Justicia a través del código QR, que deberá escanear con su celular y que, al activarse, mostrará los temas de su interés

Personal de Educación Vial dicta charlas a los conductores para que conozcan los peligros de infringir la ley.

www.telegrafo.com.ec/Justicia.html

JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

ABUELA OFRECE TESTIMONIO SOBRE EL CAMBIO EN SU NIETO DE 16 AÑOS

2 programas apoyan a más de 5.000 exconsumidores Un proyecto nacional y otro local se enfocan en la recuperación de las personas que por su dependencia a las drogas perdieron la tranquilidad de vivir en familia y hasta la libertad. Hoy buscan recuperarse con estas iniciativas. EDUARDO ESCOBAR | EL TELÉGRAFO

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Redacción Justicia [email protected]

Durante 2013, ‘Alexandra’ vio transcurrir la vida de su nieto Érick, de 16 años, como un zigzag: bueno-malobueno, debido al uso de drogas. “Era un niño ejemplar, pero empezó a desobedecer y a estar enojado. Cuando me enteré de que consumía drogas lo engañé para llevarlo a un centro de rehabilitación, ahora es nuevamente un joven amoroso. Por eso le doy gracias a Dios”, dijo. Sobre las posibles causas que llevaron a Érick a consumir drogas, cree que, a más de la falta de control de los padres, influyeron las malas amistades. “Vivimos en la cooperativa Ficoa de Montalvo (norte de Guayaquil) y ahí venden eso (alucinógenos) por todas partes”. Del ingreso de Érick a la fundación Gosen, ubicada en la ciudadela Guayacanes, contó que en octubre de 2013, antes de que cumpliera 16 años, le dijo que iban a comprar ropa, pero lo llevó al lugar de rehabilitación. La psicóloga Jenny Díaz, directora del centro, reveló que hay casos de niños de 8 años que ya consumen drogas, lo que ocasiona daños en el sistema nervioso y producto de ello hay bajo rendimiento estudiantil y mal comportamiento. Ahora trabaja con 17 jóvenes de entre 12 y 18 años. Todos pasan por un diagnóstico y, de ser necesario, son internados con el consentimiento de un juez de la Niñez. Luego sigue el proceso de desintoxicación, el tratamiento médico y psicológico. Cuando están listos, inicia la fase ambulatoria, siempre con la participación de su familia. A esta tarea se han sumado los policías del Circuito Guayacanes, quienes periódicamente conversan con los chicos sobre las consecuencias legales que implica tener droga en sus manos, pues, dependiendo de la cantidad que porten, podrían ser procesados por tenencia ilegal de

La psicóloga clínica Jenny Díaz (centro) y el capitán Édison Quezada participan en una de las actividades de integración.

sustancias ilícitas. Como una estrategia de integración, los gendarmes practican deportes con los chicos, los domingos en la cancha del barrio y los martes en el parque Samanes. El jefe del Circuito, capitán Édison Quezada, informó que también colaboran en tareas preventivas y de capacitación con 14 unidades educativas representadas por unos 400 estudiantes.

DESTACADO

El proyecto de integración social del Consep acoge a beneficiarios en ocho ciudades.

Programa a nivel nacional También el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) comenzó este año el Programa de Integración Social, que trabaja con personas en recuperación tras el consumo de drogas o que son vulnerables a su uso, es decir, pequeños vendedores, algunos de los cuales estuvieron privados de la libertad. Sofía Vasco, gerente del proyecto, explicó que el fin es promocionar nuevas oportunidades para estas

personas. Dentro del paln hay 3 etapas: la primera trata los métodos a seguir; luego viene el trabajo con el personal de los centros de tratamiento y con los beneficiarios; y finalmente el acercamiento con asociaciones urbanas. “El objetivo es que las personas sean consideradas como tales, pero se requiere corresponsabilidad social. Brindamos capacitación, apoyamos a que terminen los estudios,

que conozcan cómo funciona el microemprendimiento, esto incluye la participación de hijos y cónyuges”, detalló Vasco. En Ecuador hay unos 5.000 beneficiarios en Guayaquil, Quito, Cuenca, Ibarra, Tena, Loja, Lago Agrio y Coca. El personal fijo de apoyo es de 7 especialistas, más unos 400 profesionales del Consep que están a disposición. Vasco indicó que el plan acoge también a expandilleros, trabajadoras sexuales y personas privadas de libertad sin agravantes. Todos trabajan en la parte académica, de formación, de relación familiar y de mejora de capacidades, para que, al momento de conseguir un trabajo, compitan como cualquier ciudadano. “El concepto de integración social no es meterlos a la sociedad, es brindar herramientas a todos sus miembros para que puedan coexistir”, definió Vasco.

DESDE 28 DE MAYO INICIARÁ EL PROCESO DE FORMACIÓN UNO DE LOS DETENIDOS FUE LIBERADO EN ENERO

Ministerio de Justicia brinda Juez dicta prisión preventiva capacitación sobre el COIP contra 2 presuntos usureros El Consejo de la Judicatura firmó un convenio para la educación del personal de los centros penitenciarios respecto al nuevo cuerpo legal. El Ministerio de Justicia y la Universidad Católica de Cuenca, sede Azogues, organizan el seminario ‘El Nuevo Código Orgánico Integral Penal’, dirigido a estudiantes y operadores de justicia. La capacitación se realizará el miércoles 28 y jueves 29

de mayo de 2014, de 17:00 a 20:30, en el paraninfo Marco Vicuña Domínguez, de la Universidad Católica de Cuenca. El objetivo es que los operadores de justicia conozcan el contenido del Código Orgánico Integral Penal. Ledy Zúñiga, ministra de Justicia, indicó que también se firmó un convenio con el Consejo de la Judicatura para la capacitación del personal administrativo de los centros penitenciarios, para que dominen a fondo la nueva normativa en el tratamiento a las personas privadas de la libertad.

Es el segundo proceso que se abre contra el colombiano W.C.M.C. En el primero fue sobreseído por la Jueza de Garantías Penales del Guayas. El sospechoso W.C.M.C., de nacionalidad colombiana y detenido junto a otros individuos por el presunto delito de usura, estuvo anteriormente acusado por la misma causa, pero fue liberado en enero de este año. Los dos aprehendidos guardan pri-

sión en la Regional Guayas. La captura de W.C.M.C. y D.F.G.R. se registró en instantes que supuestamente cobraban un préstamo al propietario de un local de reparación de equipos electrónicos. Tras la libertad de 39 presuntos usureros, en enero de 2014, la Fiscalía apeló la resolución de la magistrada alegando que no se valoraron los elementos de convicción. La Segunda Sala de lo Penal del Guayas deberá resolver el recurso presentado en la audiencia convocada para hoy, 19 de mayo.

JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

AUDIENCIA DE JUZGAMIENTO SE REINSTALA HOY EN CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

Punto de vista Paúl Córdova

Fiscal daría hoy alegato final en caso Carrión

¿Puede un reglamento suspender un derecho constitucional?

SANTIAGO AGUIRRE | EL TELÉGRAFO

Irregularidades en las contrataciones de obras originaron una acción penal, en la que están implicados 3 exfuncionarios del Ministerio del Deporte. En esta semana se tendría el fallo.

Exministro de Deportes, Raúl Carrión, antes de una de las audiencias realizadas en la Corte Nacional de Justicia.

Redacción Justicia [email protected]

La audiencia de juzgamiento por el presunto delito de peculado contra Raúl C., exministro de Deporte; el exasesor Fernando M. y Patricio C., exdirector de Gestión de Infraestructura Deportiva encargado, se reinstalará hoy, a las 08:30, en la Corte Nacional de Justicia, con la presencia del fiscal general de la Nación, Galo Chiriboga, quien presentaría su alegato final de esta causa. En los 2 días de audiencia, la Fiscalía presentó 11 testigos y 44 pruebas documentales que se anexaron al juicio. En la jornada judicial estuvo presente el ministro de De-

porte, José Francisco Cevallos. Hoy se continuarán receptando los últimos testimonios del Ministerio Público.

Antecedentes Un examen especial de la Contraloría practicado en la Secretaría Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación (Senader) y en el Ministerio del Deporte en los años 2006, 2007 y 2008, determinó indicios de responsabilidad penal en las contrataciones. A base del informe con indicios de responsabilidad penal se iniciaron las investigaciones de la Fiscalía que llevaron a la sindicación de los 3 exfuncionarios del Ministerio de Deporte.

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Para Chiriboga, el presunto peculado estaría en el incumplimiento de la Ley de Contratación Pública por la subdivisión de contratos de menor cuantía para construir obras deportivas en Morona Santiago e Imbabura en 2006 y 2008, cuando Raúl C. se desempeñaba como ministro del Deporte. La subdivisión de contratos se refiere a las obras estadio Tito Navarrete en Macas, Centro de Formación y Desarrollo de Deportes Colectivos en Carpuela, gimnasio de deportes de contacto en Sucúa y estadio Eddy Coello en Sucúa. Edwin Blum, defensa del procesado Raúl C., también presentará en el juicio las pruebas a favor de su cliente.

Todo reglamento y cualquier acto normativo debe adecuarse, de manera formal y material, a la Constitución. Por ello, una de las responsabilidades del servidor público es velar por cumplir con ese propósito al momento de su aprobación. La dimensión éticasustantiva del servidor (a) está en asumir su carácter transitorio en toda entidad pública, para comprender que su razón social está en crear condiciones de servicio a la comunidad con la finalidad de que puedan acceder a sus derechos. Los actos administrativos y normativos están obligados a profundizar el valor normativo del texto constitucional, no a reducir ese valor. Los reglamentos deben crear los ámbitos, requisitos y procedimientos necesarios para impregnar a todo el ordenamiento jurídico de los principios, valores y derechos constitucionales; deben dotar de los mecanismos más eficaces para hacer posibles esos derechos, no para suspenderlos. La producción legal de los organismos públicos debe ser complementada con las prácticas hermenéuticas y argumentativas de sus servidores con el interés de que permitan superar las interpretaciones formalistas y normativistas que reducen los reglamentos a esquemas culturales positivistas que no contribuyen para que el Estado cumpla con su verdadera misión constitucional: respetar y garantizar los derechos fundamentales. Hace falta la construcción de otras prácticas administrativas para que ciertos servidores entiendan que los derechos no surgen con una ley, ni tampoco nacen con el estricto cumplimiento de los requisitos de forma de un reglamento, menos aún en la observancia rigurosa de formalidades o aspectos de forma que no se encuentran contemplados en el texto constitucional. El constitucionalismo de los derechos exige que las entidades públicas revisen sus comportamientos en la perspectiva de que una norma no puede ser válida solamente por el hecho de estar vigente, sino porque realmente es justa en su aplicación,

esto es, que se corresponda con aquellos valores que la sociedad necesita, no aquellos que le parecen al servidor que cuenta con un poder temporal para decidir sobre una disposición específica. Ese constitucionalismo es también aquel que requiere de la razonabilidad y racionalidad de los funcionarios administrativos y judiciales para justificar y explicar una resolución al amparo de lo que los preceptos constitucionales, como mandatos de jerarquía superior, permiten o prohíben para la sociedad, más no necesariamente lo que un reglamento es capaz de exigir –de manera literal- desconociendo que puede estar en juego la afectación o profundización de un derecho. La aplicación de las fuentes del Derecho no consiste en la defensa institucional de los intereses o de los pareceres que le convienen a una entidad pública, o para incluir en un reglamento o informe jurídico aquellas justificaciones que no encontraríamos en las normas de jerarquía superior. El compromiso que adquiere un servidor público cuando ingresa a esa función está en obrar para profundizar la vigencia de los derechos y garantías, no en aprobar o utilizar reglamentos que los restrinjan, limiten o anulen. Todo el conjunto de fenómenos que se produce en las distintas materias del derecho requiere de nuevas metodologías, culturas y prácticas de las y los servidores para que su comportamiento no se agote en el entendimiento legalista de las normas, sino que cuenten con las capacidades para interpretar, aplicar y explicar las disposiciones legales hacia aquellas orientaciones que más favorezcan a los sujetos de derechos. Necesitamos racionalizar la aplicación del Derecho para que se convierta en una estrategia al servicio de las y los ciudadanos, no al servicio del poder. La argumentación y motivación jurídica de la administración pública deben enfocar hacia un mejor desarrollo de las complejas relaciones entre pluralismo, respeto a las libertades y autoridad para la organización de una sociedad democrática.

JUDICATURA DESTITUYE A 5 OPERADORES DE JUSTICIA

RECIBEN 6 HORAS DIARIAS DE CLASES EN PORTOVIEJO

Combate a la usura en Los Ríos

27 mujeres estudian la primaria dentro de cárcel

Los funcionarios judiciales de la provincia fluminense fueron separados de sus cargos por, presuntamente, estar vinculados en el delito de usura. El pleno del Consejo Nacional de la Judicatura destituyó a 5 funcionarios judiciales por estar, presuntamente, vinculados a actividades relacionadas con el delito de usura. El hecho, según un comunicado de la institución, fue notificado a la Fiscalía. La notaria Primera del cantón Ventanas, provincia de Los Ríos, Su-

lay Astoria Morante Centeno, fue sancionada por la simulación de una escritura, infracción determinada en el artículo 20, numeral 4 de la Ley Notarial. El pleno destituyó al juez Sexto de Garantías Penales de Ventanas, Jimmy Nicolás Iza Barahona, por error inexcusable, al haber sustituido la prisión preventiva en un delito de falsificación de documento público reprimido con reclusión. También fue removido el juez Noveno de lo Civil y Mercantil del cantón Ventanas, Manuel Antonio Calderón Salazar, y los jueces de la Segunda Sala Multicompetente de la

Corte Provincial de Los Ríos, Vilma Marcela Andrade Gavilánez y Jorge Luis Euvin Villacrés, por haber resuelto en contra de normas expresas en el mismo procedimiento. Los funcionarios destituidos serán reemplazados. Estas acciones se toman en la lucha que el Consejo de la Judicatura ha emprendido en contra de la usura. El Consejo de la Judicatura puso en marcha desde julio de 2013 el Plan de Combate contra la Usura. Por ello, las autoridades mantienen constantes investigaciones y operativos a escala nacional para erradicar esta práctica.

El proceso de enseñanza se basa en 4 módulos de las materias de Ciencias Naturales, Estudios Sociales, Matemáticas e Inserción de valores. Carmen E. no sabía leer ni escribir. Ahora ella aprende con otras 27 internas en la escuela José Ingeniero que funciona en el Centro de Rehabilitación Social Femenino de Portoviejo. Las reclusas están matriculadas en

el Programa Nacional de Educación Básica para jóvenes y adultos (EBJA), del Ministerio de Educación. El proceso de enseñanza se basa en 4 módulos que incluyen las asignaturas de Estudios Sociales, Ciencias Naturales, Matemáticas e Inserción de valores. “Las internas cumplen 6 horas de clases diarias, 3 en la mañana y 3 en la tarde. A través de esta modalidad contribuimos en su proceso de rehabilitación”, manfiesta Pilar Vera, directora de la escuela.

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JUSTICIA

El Telégrafo | lunes 19 de mayo de 2014

LA NUEVA NORMATIVA TIPIFICA LOS DELITOS CONTRA EL DERECHO A LA SALUD

TAMBIÉN LO CAPTURARON

COIP sanciona adulteración de bebidas y alimentos El nuevo Código Integral Penal endurece las penas para quienes participen en la cadena de producción, distribución o venta de productos para consumo humano adulterados y que hayan puesto en riesgo la salud o provocado muerte. COIP 71

Días

Para entrar en VIGENCIA Redacción Justicia [email protected] Adulterado

El 15 de julio de 2011 se declaró una emergencia nacional por consumo de licor adulterado con metano lo que causó la intoxicación de varias personas y que solo en la provincia de Los Ríos causó la muerte de 20. Hasta el 19 de septiembre de ese año fallecieron 51 personas en varias provincias, especialmente de la Sierra. Incluso durante la emergencia se atendieron a 771 personas por intoxicación de alcohol, de las cuales 306 fueron confirmadas que ingirieron licor adulterado y 14 perdieron la visión. Esto provocó además, de activar la emergencia sanitaria, una investigación que finalmente el 27 de septiembre de ese año logró la detención de Jaime U., supuesto propietario de la fábrica de licor donde se adulteró y causó las muertes. El acusado era el supuesto propietario de la fábrica de vinos Tentador, en la provincia de Tungurahua, quien fue detenido en el norte de Quito, en el sector la Ofelia, en las calles José Pérez Concha y De los Eucaliptos. El ministro del Interior, José Serrano, manifestó aquella ocasión que el hombre sería el responsable de 11 muertes suscitadas en Tungurahua. “En la fábrica clandestina que él tenía se habría mezclado el licor con metano”, aseguró. El funcionario, además, dijo que se indagó a 12 personas involucradas en esos casos que al final ocasionaron las 51 muertes. Este caso conmocionó al país y evidenció falencias de ley ya que a pesar de que el artículo 428 del Código Penal vigente, tipifica la adulteración de alimentos y productos destinados al consumo humano la pena fijada es de 3 meses a un año,

además para el agravante de muerte se tiene que recurrir a la figura de homicidio preterintencional. En el caso del sindicado finalmente fue sentenciado en mayo de 2013 a 5 meses de cárcel lo cual provocó la indignación de los familiares de las víctimas. El fiscal de Pichincha, José Luis Jaramillo, señaló que ahora esta norma en el COIP, que entrará en vigencia el 10 de agosto próximo, es completa “el verbo rector es claro, además de que castiga a todos quienes intervienen en la cadena de producción, distribución y venta de cualquier producto que haya sufrido adulteraciones o cambios en su estructura original de manera dolosa o cause la muerte o daño permanente a la salud”. El artículo 216 tipifica la Contaminación de sustancias destinadas al consumo humano “la persona que altere poniendo en riesgo, la vida o la salud, materias o produc-

DESTACADO

Ley sanciona incluso a quien no intervino adulterando pero tampoco verificó estado del producto. CIFRA

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años impone el COIP como pena a quien dolosamente altere la composición de alimentos o licores.

tos alimenticios o bebidas alcohólicas destinadas al consumo humano, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años”. “Con la misma pena será sancionada la persona que, conociendo de la alteración, participe en la cadena de producción, distribución, y venta o, en la no observancia de las normas respectivas en lo referente al control de alimentos”. “La comisión de esta infracción de manera culposa será sancionada con pena privativa de libertad de dos a seis meses”. El abogado Stalin López considera que esta norma es más específica en cuanto a la participación directa e indirecta de las personas que tengan responsabilidad en este tipo de infracciones, “la norma penal no se presta para confusiones porque establece el tipo penal encasillado en el tema del daño a la salud y por ende del derecho al buen vivir”.

Escolta de ‘El Chapo’ perteneció a grupo élite del Ejército Alias ‘El Cóndor’, era un hombre adiestrado en supervivencia, patrullaje, combate y dominaba el uso de armas especiales dentro del agua. El único escolta que acompañaba a Joaquín ‘El Chapo’ Guzmán cuando lo capturaron, era un hombre adiestrado por fuerzas especiales del Ejército mexicano y dominaba el uso de armas especiales dentro del agua. Carlos Manuel Hoo Ramírez, alias ‘El Cóndor’, permaneció 3 años y 3 meses en en la institución militar, pero en ese lapso logró entrar al equipo élite del 209 Grupo Anfibio de Fuerzas Especiales (GANFE), con sede en Culiacán, Sinaloa. Hoo Ramírez no desertó del Ejército, solo pidió su baja, y durante el período que perteneció a las fuerzas castrenses fue castigado en 4 ocasiones. Los miembros del Grupo Anfibio de Fuerzas Especiales, que fue creado en la década del 90 con la intención de contrarrestar el terrorismo y el narcotráfico, recibieron adiestramiento en selvas, aprendieron patrullaje y supervivencia, y conocieron de navegación marítima básica y avanzada. Fueron entrenados en reconocimiento y combate en áreas inhóspitas y climas extremos bajo cualquier situación y terreno, se informa en un video institucional de las Fuerzas Especiales de la Sedena. Con el entrenamiento que ‘El Cóndor’ recibió en el Ejército es natural que al salir de las fuerzas militares fuera reclutado por algún cartel del narcotráfico, en este caso el de Sinaloa, llegando a convertirse en un hombre de confianza para el narcotraficante más buscado por México y Estados Unidos.

Carlos Manuel Hoo Ramírez, alias ‘El Cóndor’, era escolta de ‘El Chapo’.

CORTESÍA

MUJER PRESUNTAMENTE LIDERABA BANDA QUE LLEVABA MIGRANTES A BRASIL

12 presos por trata de personas La banda formada por nacionales y extranjeros cobraba entre $ 5.000 y $ 10.000 por persona y trasladaba al mes cerca de de 220 migrantes. El juez de Flagrancia, Ismael Figueroa, dictó prisión preventiva contra 8 ecuatorianos y 3 haitianos, y medida cautelar de arresto domiciliario a un procesado haitiano, quien padece de una capacidad especial. Los individuos fueron detenidos en el operativo ‘Ilusiones’, realizado la noche del viernes 16 de mayo, en

Quito, Guayaquil, Durán y Huaquillas y procesados por el delito de tráfico ilegal de migrantes. La banda internacional cobraba entre $ 5.000 y $ 10.000 a personas principalmente originarias de Senegal, Haití y Cuba a quienes ofrecían llevarlas a Brasil usando a Ecuador como país de paso. De acuerdo a las investigaciones policiales, trasladaban mensualmente alrededor de 220 migrantes. La líder de la agrupación delictiva sería Silvia P.S. Ella traía al país a ciudadanos extranjeros que eran contactados vía internet, quienes ingresaban vía aérea por las

ciudades de Guayaquil y Quito. Eran hospedados en hoteles y hostales, para posteriormente trasladarlos a Huaquillas, provincia de El Oro, y llevarlos a Aguas Verdes, en la frontera de Perú, y finalmente trasladarlos a Brasil vía terrestre. Leonidas Lema, de la Fiscalía Especializada en Delincuencia Organizada Transnacional e Internacional (Fedoti) presentó como evidencias más de $ 15.000, pasaportes de ciudadanos de Haití y Senegal, libretas de ahorros de bancos locales, 2 computadoras, 1 pendrive, cartas de invitación de países y un vehículo.

El operativo se ejecutó en hoteles y viviendas de las provincias de Guayas, Pichincha y El Oro.

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

EXTRACTO

EXTRACTO DE LAS ESCRITURAS PUBLICAS DE CAMBIO DE DOMICILIO DEL CANTON RUMIÑAHUI AL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DE ESTATUTOS DE LA COMPAÑÍA EMPACMACHINE CIA. LTDA. 1. ANTECEDENTES.- La compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Primero del Distrito Metropolitano de Quito, el 13/12/2011, aprobada mediante Resolución No. 381 de 25/01/2012, e inscrita en el Registro Mercantil del Cantón Rumiñahui el 21/3/2012. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- Las escrituras públicas de cambio de domicilio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito, aumento de capital y reforma de estatutos de la compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. otorgadas el 5 de noviembre del 2013 ante el Notario Público del Cantón Rumiñahui y el 11 de abril del 2014 ante el Notario Primero del Cantón Rumiñahui, actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el Señor JOSE LUIS PAZMIÑO ARMENDARIZ en su calidad de gerente general, de nacionalidad ecuatoriana, de estado civil soltero, domiciliado en el Distrito Metropolitano de Quito. 4. CAMBIO DE DOMICILIO, AUMENTO DE CAPITAL, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD.SAS.14.001745 de 6 de mayo de 2014 aprobó el cambio de domicilio del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito; aumento de capital en USD 18.080.00, reforma de estatutos de la compañía EMPACMACHINE CIA. LTDA. y ordenó la publicación del extracto de las referidas escrituras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de domicilio referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de EMPACMACHINE CIA. LTDA., del Cantón Rumiñahui al Distrito Metropolitano de Quito a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escrituras públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

1. ANTECEDENTES.- La compañía CONSULSUAIDT S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Titular del cantón Nobol, el 7 de enero de 2013, aprobada mediante Resolución No. SC.IJ.DJC.G.13.0001123 de 23 de febrero de 2013, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 21 de marzo del 2013. 2. CELEBRACION Y APROBACION.- La escritura pública de cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y reforma del estatuto, fue otorgada el 14 de abril de 2014, ante el Notario Trigésimo Séptimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASDSAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014. 3. CAMBIO DE DENOMINACION SOCIAL, REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACION.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003068 el 9 de mayo de 2014, aprobó el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA y la reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de la oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 4. AVISO PARA OPOSICION.- Se pone en conocimiento del público el cambio de denominación social de la compañía CONSULSUAIDT S.A. por la de ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma del estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- La compañía se denominará "ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA" la misma que se regirá por las leyes del Ecuador, los presentes Estatutos Sociales y los Reglamentos que se expidieren";

Guayaquil, 9 de mayo de 2014

AB. MARIO BARBERÁN VERA ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

May. 19-20-21 (146253)

"ARTÍCULO TERCERO.- NACIONALIDAD Y DOMICILIO: La compañía tiene la nacionalidad ecuatoriana y su domicilio principal en la Provincia de Pichincha, cantón y ciudad de Quito, sin embargo podrá establecer sucursales o agencias en otros lugares del país y en el exterior con sujeción a las disposiciones legales" "ARTÍCULO SEXTO.- CAPITAL SUSCRITO.- El capital suscrito es de 18.480,00 (DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS) dividido en DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA (18.480) participaciones de un dólar americano cada una." Quito, 6 de mayo de 2014. Ab. Álvaro Guivernau Becker DIRECTOR REGIONAL DE ACTOS SOCIETARIOS Y DISOLUCION

May. 19-20-21 (146095)

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA LABMARSA LABORATORIOS MARINOS S.A. La compañía LABMARSA LABORATORIOS MARINOS S.A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del cantón GUAYAQUIL, el 14/05/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003183 el 14 de mayo de 2014. 1.- DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

EXTRACTO DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS DE CAMBIO DE NOMBRE DE LA COMPAÑÍA ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. POR EL DE TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. Y REFORMA DE ESTATUTOS 1. ANTECEDENTES.- La compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Noveno del Distrito Metropolitano de Quito, el 2 de Octubre de 2007, aprobada mediante Resolución No.07.Q.IJ.004098 de 10 de Octubre de 2007, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Quito el 17 de Octubre de 2007. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A. otorgada el 1 de agosto de 2013 ante el Notario Décimo Séptimo del Distrito Metropolitano de Quito y la aclaratoria y rectificatoria otorgada el 19 de marzo de 2014 en la misma notaría actos societarios aprobados por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD. SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014. 3. OTORGANTE.- Comparece al otorgamiento de las escrituras públicas antes mencionadas, el señor DIEGO FERNANDO SANTOS BURBANO DE LARA en su calidad de Gerente General. 4. CAMBIO DE NOMBRE, REFORMA DE ESTATUTOS Y PUBLICACIÓN.- La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC.IRQ.DRASD. SAS.14.001661 de 29 de abril de 2014 aprobó el cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A., la reforma de estatutos y ordenó la publicación del extracto de las referidas escrituras públicas, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros respecto al cambio de nombre referido, señalado en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO.A LA ACTIVIDAD PESQUERA EN TODAS SUS FASES TALES COMO: CAPTURA, EXTRACCIÓN, PROCESAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN DE ESPECIES BIOACUATICAS EN LOS MERCADOS INTERNOS Y EXTERNOS. Guayaquil, 14 de mayo de 2014 Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

En virtud de las mencionadas escrituras se reforma el artículo primero del Estatuto Social, referente a al nombre de la compañía, de la siguiente manera: "ARTÍCULO PRIMERO.- DENOMINACIÓN.- La denominación de la compañía es TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A... " En el artículo cuarto del Estatuto Social de la compañía, respecto de la actividad: "comercialización inmobiliaria de terceros" se entenderán incorporadas las disposiciones del Reglamento de Funcionamiento de Compañías que Realizan Actividades Inmobiliarias constantes en la Resolución de la Superintendencia de Compañías 14, Registro Oficial 146 de 18 de diciembre 2013, modificada el 28 de febrero de 2014. Quito, 29 de abril de 2014.

La compañía JUBILUSTRAVEL CIA. LTDA. se constituyó por escrituras públicas otorgadas ante el Notario Vigésimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el 13/03/2014 y el 24/04/2014, fueron aprobadas por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASD-SAS-14-001845 de 12/ Mayo/2014. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: A) A LA INTERMEDIACIÓN EN LA RESERVA DE PLAZAS Y VENTA DE BOLETOS DE TODA CLASE DE MEDIOS DE TRANSPORTE LOCALES E INTERNACIONALES; B) LA RESERVA, ADQUISICIÓN Y/O VENTAS DE ALOJAMIENTOS Y SERVICIOS TURÍSTICOS, BOLETOS O ENTRADAS A TODO TIPO DE MUSEOS…”

May. 19-20-21 (146185)

La compañía IMPORTADORA EIROS ANTON CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo del Cantón GUAYAQUIL, el 24/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14-0003143 de 13 de Mayo de 2014. 1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Participaciones 800 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: UNO.- LA ACTIVIDAD MERCANTIL COMO IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE ACEITE DE OLIVA, VINOS EN TODAS SUS VARIEDADES, EMBUTIDOS EN TODAS SU VARIEDADES Y MARCAS.... Guayaquil, 13 de Mayo de 2014 Ab. Mario Barberán Vera ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146275)

Quito, 12/Mayo/2014

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146259)

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DOMICILIO DE LA COMPAÑIA CONFICON S.A. DEL CANTÓN SAMBORONDÓN AL CANTÓN VINCES, PROVINCIA DE LOS RÍOS Y REFORMA DEL ESTATUTO. 1. ANTECEDENTES.- La compañía CONFICON S.A., se constituyó mediante escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo Suplente del cantón Guayaquil, el 18 de febrero de 2008, aprobada mediante Resolución No. 08.G.IJ.0001338 el 13 de marzo de 2008, e inscrita en el Registro Mercantil del cantón Guayaquil, el 10 de abril de 2008. 2. CELEBRACIÓN Y APROBACIÓN.- La escritura pública de cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, y reforma del estatuto, otorgada el 7 de abril de 2014, ante el Notario Trigésimo del cantón Guayaquil, ha sido aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución No. SC-INC-DNASD-SAS-14- 0002966 el 6 de mayo de 2014. 3. CAMBIO DE DOMICILIO, Y REFORMA DEL ESTATUTO Y PUBLICACIÓN.La Superintendencia de Compañías mediante Resolución No. SC-INC-DNASDSAS-14- 0002966 el 6 de mayo de 2014, aprobó el cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, y reforma del estatuto, y ordenó la publicación del extracto de la referida escritura pública, por tres días consecutivos, para efectos de oposición de terceros señalada en el Art. 33 de la Ley de Compañías y Reglamento de Oposición, como acto previo a su inscripción. 4. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de domicilio de la compañía CONFICON S.A. del cantón Samborondón al cantón Vinces, provincia de Los Ríos, a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y, además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez y/o accionante que reciba la oposición notificará a esta Superintendencia de Compañías, dentro del término de dos días siguientes, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. En el caso de no existir oposición o de no ser notificada en la forma antes indicada se procederá a la inscripción de la referida escritura pública de la indicada compañía; y, al cumplimiento de los demás requisitos legales. 5. REFORMA DEL ESTATUTO.- La reforma de estatuto se refiere a lo siguiente: "ARTICULO PRIMERO.- NOMBRE, NACIONALIDAD, DOMICILIO.- La compañía se denomina CONFICON S.A., es de nacionalidad ecuatoriana, y tiene su domicilio principal en el cantón Vinces, provincia de Los Ríos." Guayaquil, 6 de mayo de 2014 AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

EXTRACTO DE LA ESCRITURA PÚBLICA DE AUMENTO DE CAPITAL Y REFORMA DEL ESTATUTO DE LA COMPAÑÍA NUEVOS SISTEMAS, IMPORTACIONES Y MAQUINARIAS NSIM CIA. LTDA. Se comunica al público que la compañía NUEVOS SISTEMAS, IMPORTACIONES Y MAQUINARIAS NSIM CIA. LTDA., aumentó su capital social por CINCUENTA MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dividido en CINCUENTA MIL participaciones de UN DÓLAR cada una de ellas y reformó su estatuto por escritura pública otorgada ante el Notario Quinto del cantón Loja, el 14 de febrero de 2014. Fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14-0002894 el 2 de mayo de 2014. El capital social actual es CINCUENTA Y DOS MIL DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, dividido en CINCUENTA Y DOS MIL participaciones de UN DÓLAR cada una de ellas. Guayaquil, 2 de Mayo de 2014 AB. VÍCTOR ANCHUNDIA PLACES INTENDENTE NACIONAL DE COMPAÑÍAS

May. 18-19-20 (146316)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

(146300)

EXTRACTO

CASILLERO JUDICIAL No. 302

EXTRACTO

AVISO DE INSOLVENCIA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO PROVINCIA DE PICHINCHA

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA

LE HAGO SABER: Que dentro del juicio de Concurso de Acreedores No. 18563-2014, seguido por José Vicente Herrera Molina, se encuentra lo siguiente: Guayaquil, martes 16 de julio del 2013, las 16h53.VISTOS: Dr. José Sotomayor Terán, en mi calidad de Juez, avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la Acción de Personal No. 8549-DNP, que empieza a regir a partir del 1 de julio del 2013.- La demanda presentada por el Sr. JOSE VICENTE HERRERA MOLINA, se la califica de clara y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio de insolvencia.- En consecuencia, como de las copias certificadas acompañadas se desprende que el demandado, señor LUIS ENRIQUE PILAMUNGA TENESACA, no ha cumplido con lo ordenado en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Sexto de lo Civil de Guayaquil, dentro del juicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se declara que se presume la insolvencia del demandado y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- El fallido, dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al Síndico de Quiebra que se designará oportunamente.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de mayor circulación de esta localidad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para el efecto a los señores Jueces de lo Civil, de Inquilinato y del Trabajo de esta jurisdicción.- Remítanse las copias correspondientes a al Ministerio Público, para que, por sorteo, se determine al Agente Fiscal de lo Penal del Guayas que iniciará la indagación correspondiente, para cumplir con lo dispuesto en el Art. 509 del Código Civil, relativo a la calificación de la insolvencia del fallido.Oportunamente se convocará a junta de acreedores.- De conformidad con el Art. 510 del citado Código Procesal, se prohibe al fallido ausentarse del país sin autorización de esta Judicatura, para lo cual se oficiará al señor Jefe de Migración y Extranjería del Guayas.- Conforme al Art. 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria, si dentro del término de tres días paga la deuda o dimite bienes suficientes, para lo cual, cítese al demandado en la dirección indicada en la demanda.Guayaquil, miércoles 26 de febrero del 2014, las 8h47 Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual suprime los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que su causa que anteriormente correspondía al Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Guayaquil, actualmente le corresponde al Juez "O", DR. JOSE SOTOMAYOR TERAN, y la signatura del expediente que antes era 2013-0407, actualmente le corresponde el No. 2014-18563.

CAUSA No: CUANTIA: TRAMITE: ACTOR: DEMANDADO: CITACIÓN JUDICIAL A:

56797-2013-IE. INDETERMINADA VERBAL SUMARIO SUAREZ MERINO FERNANDO LENIN (PROCURADOR JUDICIAL DE CUEVA PACHECO DENNYS RAUL) HUG HUG GABRIELA HUG HUG GABRIELA

Quito, 16 de Abril del 2013, las 15h54 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, 16 de Abril del 2013, las 15h54.- Agréguese el escrito que antecede presentado por la parte accionante.- En lo principal, la demanda y el alcance a la demanda presentada por el Dr. FERNANDO LENIN SUAREZ MERINO en calidad de Procurador Judicial del señor DENNYS RAUL CUEVA PACHECHO, es clara, precisa y completa, por reunir los requisitos del Art. 67 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se acepta al trámite verbal sumario contenido en sección 23a, Art. 828 y subsiguientes del Código de Procedimiento Civil. Atendiendo a la demanda, y la documentación que adjunta; acorde con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado que la parte accionante, bajo juramento realizado ante la Judicatura declara que le ha sido imposible determinar la individualidad, domicilio actual o residencia habitual de la parte demandada y acompaña documentos de sus gestiones, se dispone que la citación al demandado, con el auto de calificación y la demanda, se haga por medio de la prensa, lo que se efectuará por intermedio de 3 publicaciones, que se las hará mediante término de ocho días por lo menos, entre la una y otra publicación, de conformidad con los Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, en uno de los medios de prensa de mayor circulación del país. Por Secretaria se conferirá el extracto para la publicación de la citación a la parte demandada. En el extracto de citación se advertirá al demandado, de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y de señalar casilla judicial o correo electrónico en esta ciudad de Quito para sus notificaciones, así como, que en caso de no comparecer dentro de veinte días después de la última publicación, podrá ser juzgada o declarada en rebeldía.- Tómese en casillero judicial y el correo electrónico señalado por la parte accionante.Actúe la Abg. Ivonne Espinoza, en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFÍQUESE. Lo que comunico a Usted para los fines legales pertinentes, previniéndole de la obligación de señalar casillero judicial dentro del perímetro legal de la Unidad Judicial Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del cantón Quito, al tenor de lo dispuesto en el Art. 75 del Código de Procedimiento Civil.-

Guayaquil, 8 de abril del 2014 Ab. Roberto Rodriguez Larrea Secretario (E)

Abr. 17; May. 5-19 (144038)

DIVORCIO POR CAUSAL NO. 2014-2084 CUANTIA: INDETERMINADA TRAMITE: VERBAL SUMARIO- DIVORCIO POR CAUSAL ACTOR: MAYORGA OÑA NELSON MARCELO DEMANDADA: AGUILERA PINA LAURA NOELIA CITACION JUDICIAL A: AGUILERA PINA LAURA NOELIA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Previo a proveer lo que en derecho corresponda, se dispone lo siguiente: 1) Que el actor en el término de 72h00 de estricto cumplimiento con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, bajo las prevenciones del artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.- NOTIFÍQUESE.- En mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito de la Provincia de Pichincha; previo el sorteo de Ley correspondiente y en virtud de la Resolución No. 116-2012 del Pleno del Consejo de la Judicatura y habiendo cumplido con lo dispuesto en decreto que antecede, AVOCO conocimiento de la demanda presentada por el señor NELSON MARCELO MAYORGA OÑA, la misma que por ser clara, completa y reunir los requisitos establecidos en la ley se admite a trámite en juicio verbal sumario contemplado en los Arts. 118 del Código Civil y 828 del Código de Procedimiento Civil.- De conformidad con lo previsto por el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, y la afirmación bajo juramento del actor de que le ha sido imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada, en concordancia con lo previsto en el Art. 119 del Código Civil, cítese a la demandada señora LAURA NOELIA AGUILERA PINA, mediante tres publicaciones por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito y mediando por lo menos un término de ocho días entre la una y la otra publicación.- Agréguese al proceso el escrito y la documentación acompañada.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por el compareciente, para recibir las notificaciones que le corresponda.- NOTIFIQUESE.- Agréguese al proceso los escritos que anteceden y que en ésta fecha me ha sido puesto a mi despacho, proveyendo los mismos dispongo: 1) Por secretaría, confiérase el extracto que solicita el actor a fin de que se procesa a realizar las publicaciones en la prensa, para los fines de ley.- NOTIFIQUESE.NOTIFIQUESE.- NOTIFIQUESE.- JUEZ/DR. GERMAN ALIRIO GRANDES ANALUISA.Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para futuras notificaciones en esta causa, en esta ciudad de Quito.

CERTIFICO.

Dr. Oswaldo Noboa León SUBDIRECTOR DE ACTOS SOCIETARIOS

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA IMPORTADORA EIROS ANTON CIA. LTDA.

(146283)

AL PÚBLICO:

5. AVISO PARA OPOSICIÓN.- Se pone en conocimiento del público el cambio de nombre de la compañía ESPECIALISTAS EN TERMINALES Y PARQUEADEROS ETP S.A. por el de TECHNOLOGICAL BUSINESS SERVICES TECBUSER S.A.; a fin de que quienes se creyeren con derecho a oponerse a su inscripción puedan presentar su petición ante uno de los Jueces de lo Civil del domicilio principal de la compañía, dentro de los seis días contados desde la fecha de la última publicación de este extracto y además, pongan el particular en conocimiento de la Superintendencia de Compañías. El Juez que reciba la oposición o el accionante, notificará o comunicará según el caso, a esta Superintendencia, dentro del término de dos días siguientes a partir de dicha recepción, juntamente con el escrito de oposición y providencia recaída sobre ella. Si no hubiere oposición o no fuere notificada esta Institución en la forma antes indicada, se procederá a la inscripción de las referidas escrituras públicas de la mencionada compañía y al cumplimiento de los demás requisitos legales.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA JUBILUSTRAVEL CIA. LTDA.

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURIDICO SOCIETARIO

En virtud de las escrituras públicas la compañía reforma los artículos segundo, tercero y sexto del estatuto social, de la siguiente manera: "ARTÍCULO SEGUNDO.- OBJETO SOCIAL: ...j) Fabricación, ensamble y comercialización de sistemas industriales a gas, eléctricas y a inducción; k) comercialización de ollas, sartenes y elementos para uso en cocinas de gas, eléctricas e inducción..."

EXTRACTO

EXTRACTO

DE LA ESCRITURA PUBLICA DE CAMBIO DE DENOMINACION DE LA COMPAÑIA CONSULSUAIDT S.A., POR LA DE ASESORES EN INGENIERIA Y AMBIENTE S.A. ASINGESA Y REFORMA DEL ESTATUTO.

37

Ab. Ivonne Espinoza Hidalgo SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL

Mayo. 5-19; Jun. 2 (145106)

DRA. XIMENA ESPINOSA BARRERA SECRETARIA

May. 5-19; Jun. 2 (145108)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

38

EXTRACTO

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN

EXTRACTO

EXTRACTO

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ECARTECOM S. A.

CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA NEGOSELDI S. A.

La compañía ECARTECOM S. A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el 15/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003114 el 12 de mayo de 2014.

La compañía NEGOSELDI S. A. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Octavo del cantón GUAYAQUIL, el 25/04/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASD-SAS-14- 0003113 el 12 de mayo de 2014. 1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

1.-

DOMICILIO: Cantón GUAYAQUIL, provincia de GUAYAS.

2.-

CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

2.-

CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00.

3.-

OBJETO: El objeto de la compañía es: A) AL ALQUILER, FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA, DISTRIBUCIÓN, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, ASESORÍA, CONSULTORÍA, FRANQUICIAMIENTO, REPRESENTACIÓN, ENSAMBLAJE, MAQUILA, ALMACENAMIENTO, DE TODA CLASE DE MAQUINARIAS (...)

3.-

OBJETO: El objeto de la compañía es: A) LA FABRICACIÓN, COMPRA, VENTA, IMPORTACIÓN, EXPORTACIÓN, REPRESENTACIÓN, CONSIGNACIÓN, ASESORÍA (...)

Guayaquil, 12 de mayo de 2014

Guayaquil, 12 de mayo de 2014

Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146317-2)

(146317-1)

CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA PRENURCORP CIA. LTDA... La compañía PRENURCORP CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Vigésimo Quinto del Distrito Metropolitano de Quito, el 14/03/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASDSAS-14-001812 de 09/Mayo/2014 con la siguiente modificación: En el artículo 8 del Estatuto se suprime la frase: "La Junta General podrá también ser convocada" y en lugar de ésta deberá decir: "La Junta Universal".- En el lit. g) del artículo 12 del Estatuto se reemplaza el artículo 48 y se lo sustituye por el artículo 44.- En el artículo 20 del Estatuto se reemplaza "aporte en especie" por "aporte en numerario". 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 400,00 Número de Participaciones 400 Valor US$ 1,00.

INMOSAMPIETRO S.A., EN LIQUIDACIÓN, De conformidad a lo establecido en los Arts. 393 de la Ley de Compañías, literal h) del Art. 27 del Reglamento pertinente, les convoco públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que quienes se consideren como tal presenten ante el suscrito liquidador, en la oficina ubicada en la Av. 18 de Septiembre No. E 4-76 y Av. Amazonas, Edificio Alamo, Oficina 603, sexto piso, de esta ciudad de Quito, en el término de veinte días contados desde la última publicación de este Aviso los documentos que acrediten sus derechos, previniéndoles que de no hacerlo se tomarán en cuenta solamente a los Acreedores que hayan presentado su reclamación y los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía. Quito, 9 de mayo del 2014 Consuelo Sampedro López LIQUIDADOR May. 19-20-21 (146025)

REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec

EXTRACTO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA CITACIÓN JUDICIAL: ACTOR: DEMANDADO: TRÁMITE: CAUSAL: CUANTÍA: Defensor del actor: Iniciado: Juicio No: Resp:

AL SRA. LEON TORRES MARIA DEL PILAR JACQUELINE CASTRO RUIZ OSCAR FIDEL SRA. LEON TORRES MARIA DEL PILAR JACQUELINE DIVORCIO Art. 110, nral. 11 inciso 2do del Código Civil INDETERMINADA DR. RICHARD SCHETINI LIMONGI El 5 DE DICIEMBRE DEL 2013 17203-2013-54788 KARLA BRIGIDA VIÑA CASTILLO

LA REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

CITACIÓN JUDICIAL A: BUENO MIRANDA JULIO CESAR DEMANDADO: BUENIO MIRANDA JULIO CESAR JUICIO ESPECIAL (INSOLVENCIA) No. 30-2014-OER ACTOR: MICHELENA GORDILLO MARCELO MANUEL AURELIO CUANTIA: INDETERMINADA JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, VIERNES 4 DE ABRIL DEL 2014, LAS 09H43 VISTOS: En lo principal y una vez que el accionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto en auto inicial se califica a la demanda que antecede de clara, precisa, completa y reúne los requisitos ley. Dese el trámite Especial. De la documentación aparejada por la parte actora se desprende que el demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR portador de la cédula de ciudadanía No. 1703023703 se halla inmerso en la disposición del numeral 1° del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se declara a lugar el concurso de acreedores. En consecuencia, se ordena la práctica de las siguientes diligencias: La ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y más documentos del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR que serán entregados al Síndico de Quiebra doctor Dr. Enrique Guayasamin, quien será notificado y posesionado en legal forma. Que se acumule todos los juicios seguidos en contra del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR por las obligaciones de dar o hacer, pudiendo los acreedores hipotecarios hacer valer sus derechos por separado. Se prohibe ausentarse del lugar del juicio, sin la autorización del Juez que conoce la causa. Que el demandado presente el balance de sus bienes, con la indicación del activo y pasivo, en el término de ocho días. Por Secretaria oficiese al señor Ministro Fiscal de Pichincha, a fin de que disponga que uno de los señores Agentes Fiscales investigue el presente estado de Insolvencia del demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR; y, de encontrar suficientes méritos ordene que un Juez de lo Penal califique el estado de Insolvencia, para esto adjúntese copias certificadas de todo lo actuado. El demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR queda de hecho en interdicción de administrar sus bienes, debiéndose comunicar este particular a: la Superintendencia de Bancos y Seguros, Central de Riesgos, Dirección General de Migración, al Ministerios de Relaciones Exteriores y a la Oficina de Pasaportes, a los señores Registradores de la Propiedad y Mercantil del cantón Quito, Contralor General del Estado, al Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, a los Notarios Públicos, al Ministerio de Relaciones Laborales, a la Cámara de Comercio de Quito, para que se abstengan de celebrar contratos o registrarlos en sus casos, limitando de algún modo el dominio de los bienes del demandado. Hágase conocer al público en general un extracto de la demanda y el presente Auto de calificación mediante publicación en uno de los diarios de mayor circulación de la ciudad. Atento el juramento rendido por el accionante y de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil se dispone citar al demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR, por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se editan es esta ciudad de Quito. El demandado BUENO MIRANDA JULIO CESAR podrá oponerse al presente juicio pagando lo señalado o dimitiendo bienes equivalentes a la deuda, en el término de tres días luego de citado. Agréguese a los autos la documentación adjunta. Téngase en cuenta la autorización conferida a su Abogado Patrocinador, correo electrónico y casilla judicial para sus notificaciones. Cítese y Notifíquese y Cítese F) Dr. Paúl Narváez Narváez -Juez. Lo que comunico y CITO para los respectivos fines de ley, previniéndole la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones. Dr. Luis Fernando Serrano Meneses SECRETARIO JUZGADO VIGÉSIMO QUINTO CIVIL DE PICHINCHA

May. 15-16-19 (146072)

Lo que comunico para los fines de Ley, previniéndoles de las obligación de señalar Casillero Judicial en esta ciudad de Quito a fin de recibir posteriores notificaciones en la presente causa. ABG. KARLA VIÑA CASTILLO SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

Abr. 21; May. 6-19 (144127)

TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO PRIMERA SALA CITACIÓN JUDICIAL POR LA PRENSA La práctica de la diligencia a los demandados AMPARO DE LOS ANGELES CANTUÑA ESPÍN, EDWIN MARIO TIPÁN ANDRANGO, JUAN BENITO MOROCHO YANCHAPAXI, JUAN CARLOS REAL ESPINOSA, JAIRO EFRÉN COLLAGUAZO PAILACHO, SEGUNDO VÍCTOR ARELLANO MOROCHO Y ALEX PATRICIO TIPÁN QUISAGUANO, dentro del juicio contencioso administrativo propuesto por el Carlos Andrade Faini, en contra del Director Regional del Trabajo, Ministerio de Relaciones Laborales y Procurador General del Estado, entre lo cual se ha dictado la providencia que se transcribe a continuación y el extracto de la demanda: EXTRACTO DE DEMANDA ACTOR: CARLOS ANDRADE FAINI DEMANDADO: Director Nacional de Trabajo y Ministro de Relaciones Laborales JUICIO: Contencioso Administrativo No. 17801-2009-20371-MP OBJETO: Impugnación CUANTÍA: Indeterminada DOMICILIO DE ACTOR: Casilla Judicial No. 540 del Palacio de Justicia de Quito PROVIDENCIA: TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- PRIMERA SALA.- Quito, 01 de diciembre del 2009.- Las 10h05.- Agréguese al proceso el escrito que antecede.- La demanda presentada por el señor CARLOS ANDRADE FAINI, en calidad de gerente general y representante legal de la Empresa Eléctrica Quito S.A., en contra de la DIRECTORA REGIONAL DEL TRABAJO Y MEDIACIÓN LABORAL DE QUITO DEL MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES, Dra. María Belén Jaramillo Álvarez. MINISTRO DE RELACIONES LABORALES, Richard Espinoza Guzmán y PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, por reunir los requisitos formales previstos en los Arts. 30 y 31 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, se la acepta al trámite establecido en el Capítulo Cuarto ibídem.- En consecuencia, se ordena citar a los demandados con el contenido de esta demanda y providencia recaída en ella, en el lugar señalado para el efecto en la demanda, a fin de que, en el término de veinte días la contesten y propongan las excepciones de las que se crean asistidos.- Dentro del mismo término la autoridad administrativa correspondiente, remita a esta Sala el expediente administrativo debidamente foliado y enumerado.- Por manifestar bajo juramento el actor desconocer el domicilio de los señores Amparo de los Angeles Cantuña Espín, Edwin Mario Tipán Andrango, Juan Benito Morocho Yanchapaxi, Juan Carlos Real Espinoza, Carlos Efrén Collahuazo Paillacho, Segundo Víctor Arellano Morocho y Alex Patricio Tipán Quisaguano, de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, cíteseles por la prensa en uno de los periódicos de mayor circulación nacional, por tres días en fechas distintas, para lo cual por Secretaría se entregará al interesado el extracto correspondiente en la forma legal, se les concede el término de quince días para que contesten la demanda y propongan las excepciones de que se crean asistidos, de conformidad con lo que establece la ley de la materia.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado por el actor para futuras notificaciones.- Cítese y notifíquese. f) Dr. Jaime Enríquez Yépez, Juez de la Primera Sala.

Dentro del Juicio De DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL, recaída por sorteo en esta judicatura, presentada por ADELA ELIZABETH CAURITONGO VILLALOBOS en contra de ALFREDO CEPEDA USHCA, SE LE HACE SABER -SE ENCUENTRA LO SIGUIENTE: Guayaquil, 25 de Febrero del 2.014 a las 12H21. VISTOS: En mi calidad de juez segundo adjunto de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil, por disposición de la Dirección General del Consejo de la Judicatura, legalmente posesionada y en virtud del sorteo que antecede y puesta en mi despacho el día de hoy; avoco conocimiento de la presente causa. En lo principal la demanda de DIVORCIO LITIGIOSO POR CAUSAL, recaída por sorteo en esta judicatura, presentada por ADELA ELIZABETH CAURITONGO VILLALOBOS en contra de ALFREDO CEPEDA USHCA, por reunir los requisitos determinados en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil por completa, se la califica de clara, precisa y por reunir los demás requisitos legales se la admite al tramite de juicio verbal sumario.- En virtud a la afirmación efectuada por la actora se dispone que se cite al demandado señor ALFREDO CEPEDA USHCA, por la prensa por medio de tres publicaciones que se harán en un periódico de mayor circulación que se edita en esta ciudad, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y 119 del Código Civil, mediando ocho días entre una y otra publicación, así como en uno de la capital de la provincia donde se celebro el matrimonio advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer o juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación y la obligación de señalar casillero judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será declarado rebelde.- elabórese los respectivos extractos de publicación.- Agréguese a los autos los documentos que presenta.- Téngase en cuente la casilla judicial y el correo electrónico que señala para sus futuras notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- NOTIFÍQUESE Y CÍTESE.Abg. Mary Esther Arévalo S. SECRETARIA JUZGADO SEGUNDO ADJUNTO NIÑEZ y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON

Dr. Román Barros Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO

JUICIO: Verbal Sumario No. 36670-2014, (número anterior 219-2012) ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A. CUANTÍA: $ 9.000 dolares.

NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146320)

EXTRACTO CONSTITUCIÓN DE LA COMPAÑÍA GALAPAGOS BEST OPTION S.A. GABEOPSA. La compañía GALAPAGOS BEST OPTION S.A. GABEOPSA se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Público del Cantón SANTA CRUZ, el 13/03/2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-INC-DNASDSAS-14-0002810 el 29 de abril de 2014.

2.- CAPITAL: Suscrito US$ 800,00 Número de Acciones 800 Valor US$ 1,00; Capital Autorizado: US$ 1.600,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: LA COMPAÑÍA TENDRÁ POR OBJETO DEDICARSE A: A) AL FOMENTO Y DESARROLLO DEL TURISMO NACIONAL E INTERNACIONAL, MEDIANTE LA INSTALACIÓN Y/O ADMINISTRACIÓN Y/O REPRESENTACIÓN DE AGENCIAS DE VIAJES, OPERADORAS DE VIAJES Y TURISMOS, RESTAURANTES, CAFETERÍAS, CLUBES O CUALQUIER OTRA MODALIDAD PERMITIDA POR LA LEY. (...) Guayaquil, 29 de abril de 2014. Ab. Melba Rodríguez Aguirre ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía.

Ab. 22; May. 6-19 (144280)

(146322)

Función Judicial República del Ecuador UNIDAD JUDICIAL ESP. PRIMERA DE FMNA DE LA PROV. DE SANTA ELENA CUIJ: 240162014000766 NUMERO DE CAUSA: 776/2014 JUEZ: VICTOR ECHEVERRIA [UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA EXTRACTO DE CITACIÓN

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA CUARTA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A LA SEÑORA SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA EXTRACTO: CAUSA: INCIDENTE DE REBAJA DE PENSION DE ALIMENTOS Nro. DE JUICIO: 2013-1323-MZ ACTOR: ALEXIS XAVIER VERNAZA RAMOS DEMANDADA: SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA CUANTÍA: INDETERMINADA JUEZA: DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA, JUEZA ENCARGADA

Atentamente, DIOS, PATRIA Y LIBERTAD

EXTRACTO DE LA PROVIDENCIA: Mediante auto inicial de fecha 17 de abril del 2014, a las 08h39, dictado por el señor DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO, Juez de la Unidad Judicial Especializada Primera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Provincia de Santa Elena, AVOCO CONOCIMIENTO de la presente causa de TENENCIA, propuesta por el señor VERA FLORES JOSE MANUEL, en contra de BARRETO PAZ VENECIA BELEN, la misma que por ser clara, completa, precisa, ya que reúne los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 67, 68 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de juicio contencioso General de Tenencia.- En lo principal, Por haber declarado la actora el desconocimiento del domicilio del demandado y la imposibilidad de determinar su lugar de residencia, bajo juramento y apercibimiento de las penas de perjurio ante este despacho, se dispone citar por la prensa a BARRETO PAZ VENECIA BELEN, de conformidad al art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a usted para los fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones y que de no hacerlo, podrá ser considerado o declarado rebelde. Santa Elena, a 17 de abril del 2014

PROVIDENCIA DEL 25 DE MARZO DEL 2014: ".. VISTOS: En cumplimiento a la Resolución No.0199-2013 publicada en el S.R.O. No. 195 de 05 de Marzo de 2014, expedida por el Peno del Consejo de la Judicatura, DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA, en mi calidad de Jueza de ésta Unidad Judicial Especializada Cuarta de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito: avoco conocimiento de la presente causa, agréguese al proceso los escritos e informe de liquidación que anteceden, despachando los mismos dispongo: 1) Tómese en cuenta las nuevas designaciones de abogado defensor y casilla judicial señaladas por Alexis Xavier Vernaza Ramos para recibir futuras notificaciones. 2) Hágase conocer de esta providencia al anterior abogado defensor. 3) Previo a proveer lo que en Derecho corresponda, póngase en disposición de la parte contraria lo adjuntado por el Dr. Washington Casame, a fin que se pronuncie jurídicamente en el término de 72 horas. 4) Póngase en conocimiento de las partes procesales la liquidación efectuada por el Liquidador asignado a este Despacho que antecede por el término de 48h00 horas, a fin de que las partes realicen las observaciones matemáticas pertinentes. 5) Se conmina al demandado a realizar el pago por concepto de pensiones alimenticias exclusivamente en la cuenta virtual del Banco de Guayaquil asignada a la actora en la presente causa. 6) Se recuerda al demandado que debe pagar los 5 primeros días de cada mes, de conformidad con el Art. Innumerado 14 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 7) La demandad de incidente de rebaja de pensión alimenticia es clara y reúne los demás requisitos legales, en tal virtud, se la acepta a trámite, conforme lo dispuesto en el Art. Innumerado 42 de la Ley Reformatoria del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia. 8) CÍTESE en legal y debida forma con el contenido de la demanda y auto recaído a la demandada SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil vigente se dispone citar por la prensa, mediante tres publicaciones que se harán en fechas distintas en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Quito ya que con juramento declara el actor que le es imposible determinar la residencia actual de la demandada y de sus hijos en común. 9) Se previene a SILVIA ALEXANDRA LÓPEZ VINTIMILLA de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para posteriores notificaciones.- NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-" f) DRA. ANA MARÍA HIDALGO SANTAMARÍA. JUEZA ENCARGADA.Lo que comunico a usted. Para los fines legales consiguientes, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para sus posteriores notificaciones dentro del perímetro de ley.

DRA. EUGENIA GARCIA FERNANDEZ SECRETARIA RELATORA (E)

AB. PININA NIEVE MOREIRA CORNEJO SECRETARIA]

Dra. MIRIAN RODRIGUEZ NOGALES SECRETARIA

TRIBUNAL DISTRITAL No. 1 DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.- PRIMERA SALA.- Quito, martes 29 de noviembre del 2011, las 14h55. En virtud de la Acción de Personal No. 3382-DP-DPP de 14 de noviembre de 2011, emitida por el Director Provincial de Pichincha del Consejo de la Judicatura y por licencia de la Jueza Titular Dra. Raquel Lobato de Sancho, actúa y avoca conocimiento de la presente causa No. 20371-S.O, el Dr. Nelson Oswaldo Troya Pazmiño, Conjuez de la Primera Sala como Juez Encargado.- En lo principal téngase en cuenta la petición de rectificación, en la demanda consta como demandado el señor “Carlos Efrén Collaguazo Pailacho”, siendo el nombre correcto del demandado Jairo Efrén Collaguazo Pailacho.- La defensa se ha sustituido por fallecimiento del doctor Ernesto López Freire y tómese en cuenta al nuevo defensor doctor Alfredo Mila Dután.- Notifíquese. f) Dr. Nelson Troya Pazmiño, Conjuez de la Primera Sala. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- Previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio para futuras notificaciones dentro del perímetro legal de esta ciudad de Quito.

May. 15-16-19 (146082)

A: BARRETO PAZ VENECIA BELEN, se le hace saber lo siguiente: ACTOR: VERA FLORES JOSE MANUEL DEMANDADA: BARRETO PAZ VENECIA BELEN JUICIO: No. 0776-2014 CONTENCIOSO GENERAL TENENCIA CUANTIA: INDETERMINADA JUZGADO: UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA PRIMERA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA PROVINCIA DE SANTA ELENA JUEZ: DR. VICTOR HUGO ECHEVERRIA BRAVO EXTRACTO DE LA DEMANDA: El actor fundamentada en el Art. 110 numeral 11 inciso segundo del Código Civil Ecuatoriano, acude mediante demanda, para que su autoridad, declare con lugar la demanda de Juicio Contencioso General de Tenencia, que en razón de que declara bajo juramento que me es imposible determinar la individualidad o residencia, se sirva disponer se lo cite, tal como se determina en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.

May. 6-19-30 (145258)

(144287)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO CE CITACIÓN A: ALFREDO CEPEDA USHCA

AB. BELGICA VIZUETA TOMALA SECRETARIA

Quito, 09/Mayo/2014.

1.- DOMICILIO: Cantón SAN CRISTÓBAL, provincia de GALÁPAGOS.

PROVIDENCIA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, miércoles 9 de abril del 2014, las 15h18.- Por cuanto se ha dado cumplimiento a lo ordenado en decreto inmediato anterior: En mérito al juramento rendido por el accionante OSCAR FIDEL CASTRO RUIZ, de la imposibilidad de determinar la individualidad y residencia de la señora MARIA DEL PILAR JACQUELINE LEÓN, pese a sus investigaciones, averiguaciones y de conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, CÍTESE, a la señora MARIA DEL PILAR JACQUELINE LEÓN; por medio de la prensa en uno de los diarios de amplia circulación de la ciudad de Quito y de la ciudad de Guayaquil (lugar celebración del matrimonio), para lo cual confiérase extracto correspondiente.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. f).- DRA. DELICIA DE LOS ANGELES GARCES ABAD, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA ESPECIALIZADA DE FAMILIA.

3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "UNO. ALQUILER DE ESPACIOS FÍSICOS, ORGANIZACIÓN, PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN DE TODO TIPO DE EVENTOS. DOS. IMPORTACIÓN, COMPRA, VENTA Y DISTRIBUCIÓN DE PRODUCTOS DE CONSUMO MASIVO..."

A: JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el Juicio DE DECLARATORIA DE PATERNIDAD Y FIJACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA No. 2014-3018, presentada por CAROLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE, en contra del señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO. ACTOR: CAROLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE.- DEMANDADO: JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO.- OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante resolución declare la paternidad y fije pensión alimenticia a favor del menor materia de esta causa.- CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, viernes 28 de marzo del 2014, las 13h01. En mérito de la declaración juramentada que antecede realizado por la accionante, dando cumplimiento a lo ordenado en decreto de fecha 25 de marzo del 2014; a las 13H23.- La demanda de Declaratoria de Paternidad y Fijación de Pensión Alimenticia, propuesta por la señora CARLINA ESTEFANIA NIVELO LANCHE por los Derechos que representa de sus hija KIMBERLY ARIANNA NIVELO LANCHE, de 3 años de edad, en contra del señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO, la misma que por ser clara, precisa, completa, reúne los requisitos de ley, se la admite al trámite Contencioso Oral.- Se fija provisionalmente la Pensión Alimenticia, en la cantidad de $92.48, correspondiente al 1er Nivel, 27.20 % del S.B.U., más los beneficios de Ley, a favor de la niña KIMBERLY ARIANNA NIVELO LANCHE, pensión que deberá ser cancelada por el demandado, los cinco primeros días de cada mes mediante depósitos realizados en Banco de Guayaquil en una cuenta que se asignará por medio de tarjeta en la Oficina de apertura de cuentas, debiendo la señorita pagadora de esta unidad judicial, aplicar estrictamente la indexación legal, de conformidad a lo dispuesto en los artículos innumerados 31 y 43 del Código de la Niñez y Adolescencia.- Dando así cumplimiento conforme a lo previsto en el innumerado 9 de la Ley Reformatoria al Título V , libro segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia publicado Código de la Niñez y Adolescencia, publicado en el Registro Oficial Nª 643 del Martes 28 de Julio del 2009.- En lo principal Cítese al demandado señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los diarios de mayor circulación a nivel nacional (El Telégrafo), de conformidad con lo que señala el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, publicaciones que se harán cada una de ellas en fecha distinta, advirtiéndole de la obligación que tiene el demandado de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde.- Que la actuaria del despacho proceda a elaborar el extracto de citación de conformidad a lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil.- Agréguese a los autos los recaudos que acompaña.- Atendiendo el anuncio de pruebas de la parte actora, ofíciese en el sentido solicitado en el literal c) , d) del numeral 13 del formulario de demanda.- La prueba de ADN, se ordenará una vez que el demandado haya sido citado en legal y debida forma.- Como medida cautelar se dispone oficiar al Jefe de Migración del Guayas, a fin de se le prohíba la salida del país al demandado señor JONATHAN JEFFERSON COELLO FRANCO portador de la cédula de ciudadanía No. 120717890-4, debiéndose comunicar de esta prohibición a todos los puestos fronterizos del país.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado N° 399, y el correo electrónico señalado en la demanda, así como la autorización que le confiere a su Abogado patrocinador.- Intervenga la Ab. Bélgica Vizueta Tómala, en calidad de secretaria del despacho.- Que la actuaria del despacho elabore el extracto respectivo.- NOTIFÍQUESE. OFÍCIESE Y CÍTESE.- CUANTIA: Dos mil cuatrocientos dólares. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Hugo Leonel Menéndez Guillen, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS Y AB. Bélgica Vizueta Tomala SECRETARIA QUE CERTIFICA. Guayaquil, 2 de Abril del 2014.-

May. 16-19-20 (146169)

OBJETO DE LA DEMANDA: Demanda el pago de los siguientes valores: la suma de los 7.06,90 dólares de los Estados Unidos de Norteamérica, los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del director del Banco Central, las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberá incluir los honorarios del abogado que patrocine. AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, martes 3 de abril del 2012, las 08h07. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el ABOGADO GERSON VLADIMIR HARO MERINO, EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con el instrumento que acompaña, legitimándose su intervención en la presente causa, por reunir los requisitos de Ley, se la califica de clara, completa y precisa, razón por lo que se la admite al trámite del Juicio Verbal Sumario.- En consecuencia se dispone citar con el contenido del escrito de demanda y auto en ella recaído a ZOILA OROZCO CALDERON, en el lugar indicado para el efecto.- Agréguense al proceso los anexos presentados.- Cítese a la demandada en el lugar indicado en la demanda y al actor por los derechos que representa en la casilla judicial No. 2259.- HÁGASE SABER.- F) AB. CARLOS SALMON MORGNER, JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, lunes 1 de abril del 2013. El escrito que antecede, presentado por el actor, agréguese a los autos.- Atendiendo lo solicitado en el escrito presentado el 21 de Agosto del 2012, a las 14h40, se ordena citar por la prensa en el Diario El Telégrafo a la demandada ZOILA AZUCENA OROZCO CALDERON, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil ya que el actor declara bajo juramento que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada.- Entréguese el extracto correspondiente.Notifiquese. F) JUAN LOPEZ MALDONADO JUEZ TEMPORAL.- A continuación.- Guayaquil, lunes 5 de mayo del 2014, las 11h30. Avoco conocimiento de la presente causa en mérito de la acción de personal No. 85510-DNP, del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual suprime los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado Octavo de lo Civil, actualmente le corresponde al Juez H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 219-2012, actualmente le corresponde el No. 36670-2014, por lo que en adelante deberá dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H, con el nuevo número de expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos los escritos presentados por el accionante.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 y correo electrónico [email protected] que señala para futuras notificaciones.- En lo principal se dispone se elabore y entregue el extracto de citación como se encuentra ordenado en providencia que antecede.- Notifíquese.- F) VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, JUEZA H DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declarará en rebeldía. Guayaquil, 5 de Mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146193)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN A.- CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE Se le hace saber: Que en esta Unida Judicial Civil con sede en la ciudad de Guayaquil, antes Juzgado 9 de lo Civil de Guayaquil, mediante sorteo de ley, le ha tocado conocer la causa Nº 30456/A/2014 (antes 787/A/2013) Verbal Sumario, seguido en su contra por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, en su calidad de Procurador Judicial, extracto es el siguiente. OBJETO DE LA DEMANDA: que el deudor pague la suma de $.14.297,71, más los intereses, las expensas y las costas procesales. CUANTÍA DE LA DEMANDA: $.25.000 JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. AUTO RECAÍDO EN LA DEMANDA: GUAYAQUIL VIERNES 20 DE DICIEMBRE DEL 2013, LAS 14H59. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO, en su calidad de Procurador Judicial, tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara legitimada su intervención, en contra de CARLOS ALBERTO CONTRERAS CAICHE, se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio VERBAL SUMARIO.- En tal virtud cítese al demandado en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados, los que mediante secretaria podrán ser desglosados dejando copias certificadas en el expediente.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559, la dirección de correo electrónico [email protected] señalada para futuras notificaciones, así como la autorización que le concede a sus Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese...- f.) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- GUAYAQUIL, JUEVES 24 DE ABRIL DEL 2014, LAS 14H51.- Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder determinar la residencia y ha realizado todas las averiguaciones para determinar la residencia de la parte demandada, cítesela por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- .) Abg. Carlos Alvarado Chávez, Juez.- Lo que comunico para los fines de ley consiguientes, indicándole que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil debe señalar casilla judicial en esta ciudad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 56 de la Ley de Comercio Electrónico debe señalar correo electrónico, para las correspondientes notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación, caso contrario se sustanciará la causa en rebeldía. Lo que comunico para los fines consiguientes. Guayaquil, de Mayo del 2014.Abg. Ana Cárdenas Veloz Secretaria Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146193-4)

Se pone en conocimiento del público, que se han extraviado los títulos en sucres correspondientes a 10.907 acciones Tipo B, emitidos por la compañía CEPSA S.A. a nombre del señor Diego Hernán León Guarderas. (146260)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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BANCO D-MIRO: LIBRETA extraviada # 49608 cta. ahorros Banco D-MIRO, pertenece al Sr. CEME SANCHEZ YANNI WILLINGTON. Particular que se comunica para los fines de ley. (146374)

CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. informa al público en general que los Comprobantes Provisionales de Depósito "CPD", de la siguiente numeración, quedan anulados por haberse extraviado: 1.269163 CREDIFE DESARROLLO MICROEMPRESARIAL S.A. no se responsabiliza del uso que las personas pudieran darle a los documentos antes señalados.

(146304)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: VICTOR GUERRERO PROAÑO JUICIO: VERBAL SUMARIO No. 21.196.2014, (número anterior (823-2012) ACTOR: AB. GERSON VLADIMIR HARO, PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO. CUANTÍA: USD. $ 5.060.34

JUZGADO SÉPTIMO ADJUNTO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

Lo que comunico a usted para los fines de Ley, advirtiéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones dentro de los veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, caso contrario se los tendrá o se lo declararán en rebeldía. Guayaquil, 26 de marzo de 2014. AB. ABEL UNDA FRANCO SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL COR II PROVINCIA DEL GUAYAS

May. 19-20-21 (146193-2)

VISTOS: Una vez que la parte actora ha dado cumplimiento con lo dispuesto en el decreto que antecede se procede a la calificación de la demanda.- En lo principal la demanda que antecede, presentada DORA FRANCISCA SUAREZ GOMEZ en contra de JOSÉ DANILO MAYORGA SUAREZ y LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA, la misma que por ser clara, precisa y completa, se la admite al trámite en juicio especial de Tutela, conforme a lo establecido en los Art. 370 del Código Civil y 106 numeral, 6 del Código de la Niñez y Adolescencia, pues reúne los requisitos contemplados en los Art. 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil.- Cítese a los demandados José Danilo Mayorga Suarez, mediante exhorto o cartas rogatorias, en el lugar que se indica en la demanda; y, a Leticia Verónica Mora Consuegra, por la prensa, toda vez que bajo juramento la actora declara desconocer la individualidad y residencia de la demanda, y así lo ha declarado en acta bajo juramento; consecuentemente cítesela en uno de los diarios de amplia circulación nacional (Universo, Expreso ó Telégrafo) que se editan en esta ciudad de Guayaquil, conforme lo establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil; advirtiéndole a la demandada de la obligación que tiene de comparecer a este proceso y señalar casillero judicial en esta ciudad de Guayaquil, dentro de los 20 días posteriores a la tercera y última publicación, y en caso de no comparecer al proceso será declarada en rebeldía.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 1112 y el correo electrónico [email protected], que señala la actora para sus notificaciones.- Agréguese la documentación que adjunta para que formen parte del proceso.- Notifíquese.- (f) Ab. Juan López Maldonado, juez (e) del Juzgado Séptimo Adjunta de Familia, Mujer Niñez y Adolescencia.- Lo que comunico a usted para los fines de ley.Guayaquil, 25 de abril del 2014 Ab. Rubén Núñez Pineda SECRETARIO ADJUNTO DEL JUZGADO SÉPTIMO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ V ADOLESCENCIA DEL GUAYAS

May. 6-19-30 (145269)

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DEL CAUSANTE MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA LES HAGO SABER: Que a esta judicatura ha tocado conocer el juicio que mediante resorteo ha sido signado con el No. 51101-2014 (Antes 654-2008), seguido por CARLOS JHONNY ARBELAEZ DOMÍNGUEZ contra los herederos de la señora MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA, se encuentra lo siguiente: OBJETO DE LA DEMANDA: Se declare en sentencia la PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIA ADQUISITIVA DE DOMINIO del bien inmueble que se demanda. AUTO INICIAL: Guayaquil, 19 de septiembre de 2008, a las 16h03. VISTOS. Avoco conocimiento en el presente juicio en mérito de la acción de personal No. 1262- OPD del 02-09-08 emitida por la delegación del Consejo Nacional de la Judicatura. En lo principal, la demanda que antecede presentada por CARLOS JHONNY ARBELAEZ DOMÍNGUEZ contra los herederos de la señora MARIA JUANA ESTELA CALDERON TIGUA, reúne los requisitos determinados en artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en Juicio Ordinario. En mérito a la afirmación que bajo juramento hace la parte actora de desconocer la individualidad o residencia de los demandados se ordena citarlos por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad de Guayaquil, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, para que dentro del término de quince días propongan las excepciones dilatorias y perentorias de que se crean asistidos las mismas que se resolverán en sentencia. Inscríbase la demanda en el registro de la Propiedad conforme lo determina el artículo 1.000 del antes citado cuerpo legal. Cuéntese con el señor Alcalde ABG. JAIME NEBOT SAADI y el y Procurador Síndico Municipal DR. MIGUEL HERNÁNDEZ TERAN. Hágase Saber f) AB. CARLOS SALMON MORGNER JUEZ OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL, ENCARGADO DEL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley.- SIGUE LA PROVIDENCIA.- Guayaquil, miércoles 23 de abril del 2014, las 12h01. El escrito presentado por la parte actora agréguese a los autos. Por secretaria confiérase el extracto de citación por la prensa conforme se solicita en el escrito que se manada a agregar.- Notifíquese.- f) AB. CENTENO RODRIGUEZ RAFAEL LUIS, JUEZ. JUEZ: AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ E (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL Lo que comunico a usted para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar Casilla Judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será considerado o declarado en rebeldía. Guayaquil, 30 de abril de 2014 Ab. Gonzalo Córdova Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR

(145489)

SE LE HACE SABER: Que dentro del juicio de insolvencia N° 2014-12041, seguido por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se encuentra lo siguiente.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Danilo Terán Caicedo Juez de la Unidad Judicial Civil, con sede en Guayaquil.CUANTÍA: Indeterminada OBJETO DE LA DEMANDA: Declarar la insolvencia del demandado y como consecuencia de ello disponer el concurso de acreedores. AUTO INICIAL.- Guayaquil, martes 24 de septiembre del 2013, a las 13h55.- VISTOS: Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora con el cual ratifica las gestiones realizadas por la Abogada Andrea Duque Moreno, en el escrito de fecha 22 de agosto del 2013, a las 15h43.- En virtud de lo anterior la demanda, presentada por el Abogado GERSON VLADIMIR HARO MERINO, en su calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO, personería que se declara legítima en virtud de la escritura pública adjunta, por reunir los requisitos de los Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite correspondiente.- En mérito de los recaudos adjuntos a la demanda, se viene en conocimiento que en el juicio Verbal Sumario, seguido en el Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayas, No. 2011-A-357, seguido por PACIFICARD S.A., contra GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, por sus propios derechos, librado el mandamiento de ejecución, esta no ha pagado el valor de USD 10.658,55 ( diez mil seiscientos cincuenta y ocho 55/100 dólares de los Estados Unidos de América), ni han dimitido bienes equivalentes, dentro del término señalado como aparece de los documentos acompañados.- En tal virtud, al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del cuerpo de leyes antes citado, se presume la insolvencia del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR y como consecuencia de ello, se declara haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose que el demandado dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con la indicación de activo y pasivo, la ocupación y depósito de sus bienes, así como de los libros, correspondencia y más documentos del concursado y ordenándose que por una sola vez, se ponga en conocimiento del público en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso y/o Extra esta declaratoria. Se ordena la acumulación de pleitos seguido contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, para lo cual de inmediato remítase atentos Oficios a los señores Jueces de lo Civil de Guayaquil. Se dispone que los bienes del concursado sean entregados al Abogado Washington Cabrera Valencia, en su calidad de Síndico de Quiebra. Por el estado del concursado, éste se encuentra en interdicción de administrar sus bienes. Diríjase atento Oficio al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Notarios, a las Instituciones del Sistema Financiero, Cooperativas de Ahorro y Crédito de esta ciudad y los Juzgados de Inquilinato, Laborales y Penales. Oportunamente se señalará día y hora para la junta de Acreedores. Se advierte a la demandada que no puede ausentarse del lugar del juicio sin autorización de la Judicatura, debiendo Oficiarse en este sentido al Dirección de Migración y Extranjería la prohibición de salida del país de la demandada. En virtud de la declaración bajo juramento que hace el actor donde manifiesta que le es imposible determinar el actual domicilio del demandado GABELA SAENZ DE VITERI SIMÓN BOLIVAR, se dispone citarlo por la prensa de conformidad con lo establecido en el Art. 82 de Código de Procedimiento Civil. El Secretario del Despacho elabore el extracto respectivo a fin de que sea citado el accionado y que sea en los siguientes diarios El Universo, El Telégrafo y/o Expreso de esta ciudad de Guayaquil (...).- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DEL JUZGADO UNDÉCIMO DE LO CIVIL.- SIGUE.-Guayaquil, viernes 17 de enero del 2014, las 11h12.- En virtud de la Resolución No. 167 de fecha 30 de Octubre del 2013, emitida por el Pleno del Consejo Nacional de la Judicatura, pongo en conocimiento de las partes, que la presente causa 09311-2013-526 ha sido reasignada, siendo el nuevo número para su consiguiente tramitación en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, el 09332-2014-12041.Intervenga la abogada Bonnie Alexandra Carrión Zamora, Secretaria del Despacho designada por la Delegación Provincial del Consejo de la Judicatura según comunicación electrónica remitida por la Jefe de Personal de fecha 17 de Octubre del 2013.- Hágase saber.- f) AB. DANILO TERÁN CAICEDO, JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.- Lo que cito a Usted, para los fines legales consiguientes, advirtiéndole de la obligación de que tiene que señalar casilla judicial para sus notificaciones posteriores dentro del término correspondiente.Guayaquil, viernes 11 de abril del 2014 Ab. Bonnie Alexandra Carrión Zamora SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL DE GUAYAQUIL (K)

May. 19-20-21 (146193-3)

JUZGADO TERCERO DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL GUAYAS EXTRACTO DE CITACIÓN ACTORA: DEMANDADO: CAUSA: TRAMITE: CUANTÍA: JUEZ:

MARÍA ELIZABETH MORA SABANDO EMIGDIO OSEALDO RIASCO BAQUE 225-2014 DIVORCIO LITIGIOSO VERBAL SUMARIO INDETERMINADA AB. ERIKA MEDINA AGUILERA

La presente demanda por ser clara, precisa, completa y reunir los requisitos de Ley CALIFÍCASE SE CLARA Y COMPLETA de conformidad a lo determinado en el Art. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil. Cítese al demandado por cuanto la actora declara bajo juramento desconocer la individualidad o residencia de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 tercer inciso y Art. 119 inciso dos y tres del Código de Procedimiento Civil. Lo que comunico a Ud. para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y de señalar casillero judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de éste aviso, caso contrario será considerado o declarado rebelde. Guayaquil, 28 de Abril del 2014 AB. MARIA TERESA MOLINA MAZZINI Secretaria del Juzgado Tercero de la Familia, Niñez y Adolescencia del Guayas May. 6-19-30 (145241)

EXTRACTO

A: LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA Le Hago Saber: En mérito del sorteo de ley, este Juzgado avocó conocimiento de la demanda de Tutela No. 1184-2013, cuyo extracto es el siguiente. ACTORA: DORA FRANCISCA SUAREZ GOMEZ DEMANDADOS: JOSÉ DANILO MAYORGA SUAREZ y LETICIA VERÓNICA MORA CONSUEGRA. OBJETO DE LA DEMANDA: Tutela AUTO INICIAL: 27 de Marzo del 2014, las 08h14

OBJETO DE LA DEMANDA: Señor VICTOR GUERRERO PROAÑO en calidad de deudor, para que mediante sentencia, sea condenado a pagar a mi representada PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACÍFICO las siguientes valores: La suma de USD. $ 5.060.34 (CINCO MIL SESENTA 34/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; Las expensas judiciales de conformidad con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil y las costas procesales en las que se deberán incluir los honorarios del abogado que patrocine. AUTO DE CALIFICACIÓN: Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h49. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra GUERRERO PROAÑO VICTOR, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acompañados agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.- f) Ab. Eduardo Seminario Vinueza, JUEZ QUINTO DE LO CIVIL.- A continuación.- Guayaquil, 12 de agosto del 2013 las 10h44. Agréguese a los autos el escrito presentado. En mérito de la afirmación bajo juramento del actor de desconocer el domicilio actual del demandado, se ordena citarlo por la prensa de conformidad con el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es, mediante tres publicaciones en el Diario EL TELEGRAFO de esta ciudad. Notifíquese f) DR. JULIO MIGUEL AREVALO RIVERA JUEZ QUINTO DE LO CIVIL, Guayaquil, jueves 20 de marzo del 2014, las 16h48. VISTOS: VISTOS.- En virtud de la resolución número 167-2013, aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura el treinta de octubre del dos mil trece, mediante el cual se suprime los Juzgados Civiles del cantón Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, la misma que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", se informa a las partes que su causa que anteriormente correspondía al JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DEL CANTÓN GUAYAQUIL, actualmente le corresponde al número 09332-2014-211.196, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ "E" con su nuevo número de expediente y solo como dato adicional de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención. En lo principal, agréguese a los autos el escrito de fecha 13 de marzo del 2014, a las 08h48 presentado por el Procurador Judicial de PACIFICARD S.A. COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CRÉDITO Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, proveyendo lo solicitado se dispone que el Extracto de Citación para publicar por la prensa la citación al demandado Víctor Guerrero Proaño, sea enviada a la casilla judicial 2259. Tómese en consideración el correo electrónico señalado [email protected]. Notifíquese.- f) LUIS RAFAEL CENTENO RODRIGUEZ, JUEZ "E" (E) DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL.

JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

EXTRACTO DE CITACIÓN

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO TRIGÉSIMO DE LO CIVIL DE DURAN

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ANSELMO SANCHEZ GOMEZ Y BLANCA JANETH JARAMILLO CASTRO.SE LE HACE SABER: Dentro del Juicio Ordinario de (P.E.A.D.) No. 709-2013, seguido por BOSCO JOEL IDROVO FERNANDEZ en contra de ANSELMO SANCHEZ GOMEZ Y BLANCO JANETH JARAMILLO CASTRO, cuyo extracto de citación y auto recaído en ella es del tenor siguiente:Durán, Lunes 10 de Marzo del 2014, las 10h53.- VISTOS: La demanda de Prescripción Extraordinaria Adquisitiva de Dominio presentada por BOSCO JOEL IDROVO FERNANDEZ, por reunir los requisitos que manda la ley, se la califica de clara, completa y precisa y consecuentemente, se la acepta al trámite de Juicio ordinario. Cítese a los demandados ANSELMO SÁNCHEZ GÓMEZ y BLANCA JANETH JARAMILLO CASTRO, corriéndole traslado con la copia de la demanda y el auto recaído, por la prensa, en un periódico de amplia circulación que se editen en la ciudad de Guayaquil, (El Universo, El Telégrafo y Expreso), por no existir diarios en esta localidad, de Conformidad con lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para que dentro del término de quince días proponga las excepciones dilatorias y perentorias de las que se creyeren asistidos. Cuéntese con el señor Alcalde y Procurador Síndico de este cantón, a quienes se los citará en sus despachos, por ser de conocimiento públicos sus domicilios, inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad de este cantón, conforme lo dispone el art. 1000 del Código de Procedimiento Civil. Cítese y notifíquese. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Esp. Luis Argudo Romero.CUANTÍA: USD$ 15.213,17 Lo que comunico a Uds., previniéndoles de la obligación que tienen de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario serán tenidos o declarados rebeldes.- Duran, 08 de Mayo del 2014.Ab. José Sotomayor Coronel Secretario (E) del Juzgado 30º de lo Civil y Mercantil de Durán

May. 15-16-19 (146069)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA SE HACE SABER AL PÚBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE TRAMITA EL JUICIO ESPECIAL DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL No. 424-2014-A.C.H.L., PROPUESTO POR EL SEÑOR AB. JORGE LUIS ALARCON CORDOVA, REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL MALPASO S.C.C. EXTRACTO ACTOR: JUICIO: CAUSA: CUANTÍA: TRAMITE: ABOGADO:

ABG. JORGE LUIS ALARCON CORDOVA, REPRESENTANTE DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL MALPASO S.C.C. ESPECIAL DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL No. 424-2014-A.CH.L. INDETERMINADA ESPECIAL JORGE LUIS ALARCON CORDOVA

JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- QUITO, 13 de mayo del 2014, las 10h16.- VISTOS: Avoco conocimiento en calidad de Juez Titular del Juzgado Segundo de lo Civil de Pichincha en virtud de la acción de personal N° 2953-DNP de 25 de Julio del 2012; y posesionada el 01 de Agosto del 2012. En lo principal, la petición que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, por lo que se la acepta al trámite especial, en consecuencia, hágase saber al público mediante la publicación de un extracto de la escritura de constitución de la Sociedad Civil y Comercial denominada MALPASO S.C.C., petición y este Auto por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación de este Cantón.- Téngase en cuenta el casillero señalado.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña.- Actúe el Dr. Patricio Calderón como Secretario Encargado en virtud de la Acción de Personal No. 875-DP-DPP del 12 de Febrero de 2014. NOTIFIQUESE. f).- DRA. VIVIANA PILA AVENDAÑO, JUEZA SEGUNDA DE LO CIVIL DE PICHINCHA. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY, RECORDÁNDOLE LA OBLIGACIÓN QUE TIENE DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN EL LUGAR DEL JUICIO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES.- CERTIFICO.DR. PATRICIO CALDERON TOAPANTA SECRETARIO ENCARGADO

(146190)

JUICIO N. 422-2014 LR DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL DENOMINADA TOLAS S.C.C. DOMICILIO: CASILLERO JUDICIAL N.751 DR. JORGE ALARCON CORDOVA CUANTÍA: INDETERMINADA PRIMERA: COMPARECIENTES: Comparecen a la celebración de la presente escritura de constitución de sociedad civil y comercial, denominada TOLAS S.C.C.", todos por sus propios derechos, los señores, José Ribadeneira Fernández Salvador, casado, y, Juan José Ribadeneira Terán, casado, mayores de edad, de nacionalidad ecuatoriana, con domicilio en está ciudad de Quito, hábiles para contratar y obligarse y manifiestan su voluntad de constituir como en efecto lo hacen, una sociedad civil que se denominará TOLAS S.C.C. SEGUNDA: CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL Y COMERCIAL TOLAS S.C.C. Los comparecientes, todos por sus propios derechos, constituyen la sociedad civil comercial denominada "TOLAS S.C.C. la misma que se regirá por lo establecido en la presente escritura pública, las disposiciones pertinentes del título XXVI, del libro IV del Código Civil Ecuatoriano y supletoriamente por la Ley de Compañías, en lo que fuere aplicable.- TERCERA.- DURACIÓN.- La sociedad que se constituye tendrá una duración de diez años, a partir de la fecha de inscripción de la presente escritura en el Registro Mercantil del cantón Quito, pudiendo ser disuelta o prorrogada de conformidad con lo establecido en la cláusula décima sexta de estos estatutos y por lo dispuesto en el Título XXVI del Libro IV del Código Civil.- CUARTA: OBJETO DE LA SOCIEDAD.- El objeto principal de la sociedad será la promoción, construcción, comercialización y venta de departamentos, oficinas, locales comerciales, en general al negocio inmobiliario. Además la sociedad tendrá la capacidad amplia y suficiente de que gozan los sujetos de derecho de conformidad con las leyes, pudiendo ejecutar cualquier operación, acto o negocio jurídico.- En general podrá celebrar toda clase de actos y contratos permitidos por la ley, asociarse con otras personas cuya actividad sea similar o complementaria a la suya, pudiendo incluso participar como accionista en sociedades anónimas o como socia de compañías de responsabilidad limitada.- QUINTA.- NACIONALIDAD DOMICILIO.- La sociedad que se constituye es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio principal estará ubicado en el Distrito Metropolitano de Quito, pudiendo abrir sucursales o agencias en cualquier lugar del Ecuador o del exterior, por resolución de la Asamblea General de Socios.- SEXTA DEL CAPITAL SOCIAL.- El capital social de la sociedad es de diez mil dólares pagados en numerario, dividido en diez mil participaciones de un dólar cada una, capital que ha sido suscrito y pagado en su totalidad.- SÉPTIMA: DERECHOS, OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS FRENTE A TERCEROS Y A LA SOCIEDAD.- En cuanto no hayan sido expresamente modificados por esta escritura de constitución, los derechos, obligaciones y responsabilidad de los socios frente a Terceros y la Sociedad, se regulará por lo establecido en el Título XXVI, libro IV del Código Civil, además de los derechos, obligaciones y responsabilidades de los socios que constan en otras cláusulas de esta escritura, se estipulan unánimemente los siguientes: a) Los socios pueden intervenir en la administración de la sociedad, sea desempeñando la Presidencia, la Gerencia General o cualesquier otra función establecidas, cuando sean elegidos para dichas funciones por la Asamblea General de Socios o por medio de su participación en dicha Asamblea General de Socios, en la que gozarán de derecho al voto a prorrata de sus participaciones en el capital de la sociedad.- b) La responsabilidad de los socios frente a terceros por actos o contratos de la sociedad, será exclusivamente a prorrata de su interés social y limitado al monto de su aportación social.- c). El fallecimiento de uno de los socios no será causa de disolución de la sociedad.- Los sucesores nombrarán un mandatario común que ejercerá los derechos y obligaciones de todos ellos en la Sociedad.- Si no hicieren este nombramiento en el plazo de sesenta días contados a partir del fallecimiento del socio, los administradores de la Sociedad podrán pedir a un Juez de lo Civil del respectivo cantón, el que con anuencia de los sucesores procederá al nombramiento una persona de su libre elección.- d). Los socios quedan privados de su derecho a renunciar a la Sociedad, excepto ceder sus aportaciones en la forma prevista en la Ley y estos Estatutos.- e). Los socios quedan facultados para ceder sus participaciones mediante el simple endoso de las mismas, pero siguiendo el procedimiento señalado en el literal f) siguiente, hecho éste que será notificado al Gerente General de la sociedad, a fin de que anote la razón de la cesión en el Libro de Participaciones de la Sociedad.- Se considerará como legítimo portador de las a quien aparezca como tal en el Libro de Participaciones y tendrá en consecuencia derecho a participar en las Asambleas Generales con todos los derechos y obligaciones que se establecen para los socios.- f) Solo por mayoría de los socios se podrá aumentar el capital social, en cuyo caso, cada uno de los socios tendrá derecho preferencial, a prorrata de sus participaciones sociales.- Este derecho de preferencia deberá ejercerlo dentro de los sesenta días posteriores a la resolución de aumento, caso contrario revertirá a los otros socios automáticamente.- De igual manera, la cesión de las participaciones de los socios será conocida en Asamblea General y tendrán derecho preferencial en la cesión, los socios de la sociedad, a prorrata de sus participaciones; pero si en sesenta días consecutivos el o los socios no ejercen este derecho, el cedente podrá ofrecer a terceros aceptados por unanimidad de la Asamblea General.- g) Cualesquiera de los socios podrá impugnar en el plazo de treinta días de la fecha del acuerdo o resolución, que no haya sido tomado por unanimidad, las decisiones de los organismos administrativos de la Sociedad; si tales decisiones fueren contrarias a lo estipulado en esta escritura o a la legislación vigente o lesionare los intereses de la sociedad en beneficio de uno o mas socios.- En estos casos el recurrente se presentará ante uno de los jueces de lo civil del respectivo cantón donde se domicilie la sociedad, acreditando no haber participado en la decisión materia de la impugnación y precisando la cláusula contractual o disposición legal infringida.- La tramitación de este litigio se hará por la vía verbal sumaria y siempre quedarán a salvo los derechos adquiridos por terceros de buena fe en virtud de actos o contratos realizados en ejecución de la decisión materia de la litis.- Los acuerdos tomados por unanimidad podrán ser reveidos por la Asamblea General a petición de cualquiera de los socios, siempre que tales acuerdos hayan infringido la Ley o estos Estatutos.- Pero no podrán reveer decisiones que afecten a la sociedad de una u otra manera.- h). Las pérdidas y beneficios de los negocios sociales corresponden a los socios a prorrata de su contribución al capital social de la Sociedad y limitado a dicho aporte.- OCTAVA: Administración de la Sociedad, Representación Legal.- La administración de la Sociedad se llevará a cabo por la Asamblea General de Socios, por el Presidente y por el Gerente General.- El Presidente y el Gerente General, separadamente, tendrá la representación legal de la Sociedad.- NOVENA: de la Asamblea General de Socios.- La Asamblea General de Socios es el órgano supremo y sus decisiones tomadas de conformidad con lo estipulado en esta escritura son obligatorias para la Sociedad y los socios.- Los socios podrán concurrir por si mismos o por intermedio de un mandatario a las Asambleas.- El mandato por una Asamblea se otorgará

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por instrumento privado dirigido al representante legal de la sociedad, excepto cuando haya otorgado poder general o especial mediante escritura pública.- Cada año, dentro de los tres primeros meses, deberá reunirse la Asamblea General Ordinaria de Socios, a fin de aprobar el balance y escuchar el informe del Gerente General correspondiente al ejercicio que finalizó y de Comisario.- La Asamblea General Extraordinaria se reunirá en cualquier momento cuando fuere debidamente convocada y a fin de tratar los aspectos señalados para dicha Asamblea.- La Asamblea General Extraordinaria o la Universal de socios se entenderá convocada y válidamente constituida en cualquier lugar dentro del territorio nacional para tratar cualquier asunto, siempre y cuando estén presentes la totalidad de los socios y por unanimidad decidan instalarse en Asamblea, así como tratar los aspectos señalados por el Presidente de la Asamblea y, una vez concluida la misma, todos los socios suscriban la respectiva acta.- DÉCIMA: CONVOCATORIAS.- La convocatoria para Asamblea General podrá hacerse por intermedio del Presidente o del Gerente General, actuando conjuntamente o por separado.- Las convocatorias se harán en forma verbal y personal a cada socio.- Solo por imposibilidad de convocar así, se hará comunicación escrita dirigida a cada socio o por intermedio de la prensa, por un aviso en uno de los periódicos de mayor circulación de la ciudad del domicilio de la Sociedad con una anticipación, en ambos casos, de por lo menos diez días a la fecha fijada para la celebración de la Asamblea.- UNDÉCIMA: Decisiones de la Asamblea.- Quórum para la Asamblea General.- Para que una decisión de la Asamblea General sea obligatoria se requerirá el voto afirmativo de un número de socios que represente, el cincuenta y uno por ciento del capital social de la Sociedad concurrente a la Asamblea.- Para que pueda constituirse válidamente la Asamblea General, deberá hallarse presente o estar debidamente representados el número de socios que representen en cincuenta y uno por ciento del capital social.- DUODÉCIMA: Autoridades de la Asamblea.- Actas.- La Asamblea será presidida por el Presidente de la Sociedad y actuará como secretario el Gerente General de la misma o la persona que en cada caso designare la Asamblea.- En caso de ausencia de uno o ambos funcionarios, los concurrentes designarán un Presidente y un Secretario ocasionales.- Corresponderá a las autoridades que hayan actuado, formar y legalizar un expediente de cada Asamblea, en la que deberá incluirse copia de la convocatoria, lista de socios asistentes, minutas de las deliberaciones y todos los documentos que hayan sido conocidos por los socios de la Sociedad así como los aspectos que fueron tratados y aprobados.- DÉCIMA TERCERA: Atribuciones de la Asamblea General.- La Asamblea General ejercerá las atribuciones conferidas en estos Estatutos y además las siguientes: a). Conocer y resolver todo asunto relativo a las actividades de la Sociedad.- Sin embargo, sus resoluciones respecto a asuntos que correspondan al Presidente y al Gerente General, podrá referirse únicamente al examen de la conducta de estos funcionarios de la Sociedad y no perjudicaran en ningún caso a terceras personas.- b). Nombrar, reemplazar y remover al Presidente, Gerente General y otros administradores, señalará la función que desempeñarán, sus atribuciones y el periodo para el que son elegidos.- c) Conocer y aprobar cuentas, balances, e informes anuales que deben presentar los administradores o cuando así lo requiera la Asamblea.d) Resolver acerca de la distribución de beneficios sociales e) La Asamblea General solo podrá conocer y resolver de los asuntos que hayan constado en la convocatoria correspondiente o que se hayan aprobado tratar cuando fuere una Asamblea Universal.- DECIMA CUARTA: Del Presidente. El Presidente, quien durará cinco años en su cargo, ejercerá la representación legal de la compañía en forma individual al Gerente General, tendrá por atribuciones y responsabilidades las que se señalan en los Estatutos o las que le confíe la Asamblea General de Socios; DECIMA QUINTA: Del Gerente General.- El Gerente General, quien durará cinco años en su cargo, ejercerá la administración y representación legal de la Sociedad en forma individual al Presidente, para cuyo efecto debe ceñirse a lo estipulado en estos Estatutos, al Código Civil y, supletoriamente a la Ley de Compañías.- El Gerente General, en especial, tiene las siguientes atribuciones y deberes: a) Es responsable de la buena administración y gestión de los negocios sociales y del inmediato y exacto cumplimiento de las resoluciones de la Asamblea General.- b) Le corresponde todo acto de gestión administrativa, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación económica alguna.- c) Puede decidir, bajo su exclusiva responsabilidad, sobre la realización y ejecución de todo acto o contrato por el cual la Sociedad adquiera derechos u obligaciones, así como otorgar garantías y vender e hipotecar inmuebles libremente.- d). Dentro de los primeros sesenta días del año presentará, suscrito conjuntamente con el Contador de la Sociedad, los informes, balances, cuentas e inventarios anuales o en cualquier momento, cuando así lo solicitare la Asamblea General.- DÉCIMA SEXTA: Disolución y Liquidación de la Sociedad.- Además de lo estipulado en otras cláusulas de esta escritura y lo determinado en el Código Civil, la sociedad se disolverá, sea al vencimiento de su plazo o (y) por resolución unánime de la Asamblea General.- DÉCIMA SÉPTIMA: Integración y pago del capital.- El cuadro de integración y pago del capital social queda como a continuación se detalla: Nombre de los Socios José Ribadeneira F. Juan Ribadeneira T. TOTAL:

Capital Suscrito 5.000 5.000 10.000

Capital Pagado 5.000 5.000 10.000

Número de Particip. 5.000 5.000 10.000

Disposición Transitoria.- Se autoriza al abogado Jorge Luis Alarcón Córdova con matrícula profesional 17-2003-226 del Foro de Abogados para que efectúe todos los trámites tendientes al perfeccionamiento de la constitución de la Sociedad, quedando facultado para suscribir y presentar la petición de aprobación de esta escritura de constitución ante uno de los Jueces de lo Civil de Pichincha, y suscriba todo cuanto documento sea necesario en el trámite. JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, martes 13 de mayo del 2014, las 15h41. VISTOS: La competencia de la presente causa se ha radicado en esta Judicatura, según consta de la razón de sorteos que antecede, por lo que avoco conocimiento de la misma, en calidad de Juez Encargado, en virtud de la Acción de Personal N. 703 DP-DPP de 4 de febrero del 2014. En lo principal la demanda que antecede es clara, precisa y reúne los demás requisitos de Ley. En consecuencia publíquese por una sola vez el extracto de la escritura de Constitución de Sociedad Civil y Comercial denominada TOLAS S.C.C., y esta providencia en uno de los periódicos de mayor circulación nacional que se edita en esta ciudad de Quito. Agréguese al proceso la documentación acompañada. Téngase en cuenta el casillero judicial y correo electrónico señalados. Actúen el Dr. Luis Ron Villavicencio, en calidad de Secretario, encargado en virtud del oficio N. 226-07-CRH-CNJ-ES de 5 de marzo del 2007.NOTIFÍQUESE. f) Juez. Lo que ponga en su conocimiento para los fines de Ley. Dr. Luis Ron Villavicencio SECRETARIO (E)

(146188)

AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA METAL MANCHENO S.A. METALMANSA “EN LIQUIDACION”

AVISO DE REQUERIMIENTO A LOS ACREEDORES DE LA COMPAÑÍA INMOBILIARIA Y AGRICOLA ANTENOR ALEJANDRO S.A. INMOANTEAGRO "EN LIQUIDACIÓN"

En atención a lo que dispone el Art. 393 de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los acreedores de la Compañía en mención, a fin de que quienes se consideren con tal derecho, presenten ante el suscrito Liquidador, en la calle Baquerizo Moreno No. 916 y Víctor Manuel Rendón, 3er. Piso, Of. 3-A, en esta ciudad de Guayaquil, en el termino de VEINTE DIAS contados desde la última publicación de este aviso, los documentos que acrediten su derecho, previniéndoseles que de no hacerlo, se tomaran en cuenta solamente a los acreedores que hayan presentado su reclamación y a los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la Compañía.

En atención a lo que dispone el artículo trescientos noventa y tres de la Ley de Compañías, requiero públicamente a los Acreedores de la compañía en mención, a fin de que, quienes se consideren como tales, presenten los documentos que acrediten sus derechos, ante el suscrito Liquidador en el local social de la compañía ubicado en la Urbanización Ciudad Celeste, S1.12, Mz. 5, Conjunto La Ría, de esta ciudad de Guayaquil, en el término de veinte días contados a partir de la última publicación de este aviso, previniéndoles que de no hacerlo, no se los tomará en cuenta en la liquidación pues sólo se considerará a los acreedores que hayan probado su calidad; y, a todos los que aparezcan reconocidos como tales en la contabilidad de la compañía con la debida justificación.

Guayaquil, Mayo 15 del 2014

Guayaquil, 15 de Mayo de 2.014

KAIFO CRISTOBAL MANCHENO LAINES C.C.No. 1708037708 LIQUIDADOR PRINCIPAL DE LA COMPAÑÍA

May. 17-18-19 (146287)

ANTENOR AVILÉS ESPINOZA LIQUIDADOR PRINCIPAL

May. 19-20-21 (146297)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN DEMANDADO: CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET. LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer el Juicio Verbal Sumario No. 40732-2014. ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DE PACIFICARD S. A., COMPAÑÍA EMISORA Y ADMINISTRADORA DE TARJETAS DE CREDITO, GRUPO FINANCIERO BANCO DEL PACIFICO. TRAMITE DE JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 40732-2014. OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con el Arts. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio; artículo 828 del Código de Procedimiento Civil y disposiciones del Código Civil a fin de que sea condenada al pago de lo adeudado. JUEZA DE LA CAUSA: AB. MARIA ISABEL VALDIVIEZO DE LUCCA, JUEZA “H” DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 30 de agosto del 2012, las 16h14. VISTOS: En virtud de al acción de personal N° 4163-UARH-KZF de fecha 8 de agosto del 2012, avoco conocimiento de la presente causa.- En lo principal la demanda que antecede presentada por el Abg. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO en su calidad de Procurador Judicial, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- En consecuencia cítese con la demanda y el auto inicial a la demandada CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET en el lugar señalado en la demanda. Agréguese a los autos los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución, luego de la citación a la demandada, dejando fotocopia certificada en autos, los mismos que luego de la citación del demandado.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señala, esto es la N° 1513 NOTIFÍQUESE.- f) Ab. Omar Aguiar Pérez Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, martes 18 de junio del 2013, las 18h42. Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 6303 UARH-KZF del 21 de Noviembre del 2012.- Póngase en conocimiento de la parte actora la razón sentada por el citador judicial Jhon Roberto Carchi Artieda.- Notifíquese.- f) Ab. Juan López Maldonado Juez Temporal.- A continuación JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP del 1 de julio del 2013.- Agréguense a los autos el escrito que antecede por cuanto el accionate, bajo juramento declara que le es imposible determinar la individualidad y residencia de la señora CLAUDINE MARIE ITURRALDE THORET, se dispone citarla por la prensa, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo hacerse las publicaciones en EL DIARIO de mayor circulación.- Tómese en cuenta el correo electrónico para futuras notificaciones patrocinio_consultoria_legal@ hotmaiI.com.- Cítese y Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez.- A continuación CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 15h58. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP de fecha 26 de junio del 2013, que rige a partir del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL, que funciona en el “Centro Judicial Florida Norte”, se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 4182012, actualmente le corresponde el No. 40732-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo Número de Expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión, señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos el escrito presentado por el Ab. Gerson Haro Merino por los derechos que representa de la compañía PACIFICARD S.A., en calidad de Procurador Judicial.- Cúmplase con lo ordenado en providencia de fecha jueves 5 de diciembre del 2013, las 11h40.- Notifíquese.- f) Ab. María Isabel Valdiviezo De Lucca Juez de la Unidad Judicial Civil.CUANTÍA: USD 8,000.00 Lo que comunico a usted para los fines de ley consiguiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se la declarara rebelde, la casilla deberá ser señalada en esta ciudad de Guayaquil.Guayaquil, 8 de mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 19-20-21 (146196-1)

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS SE LES HACE SABER: Qué en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sustanciar el juicio VERBAL SUMARIO Nº 4367-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador Judicial de Banco del Pacífico S.A., contra Geovanny Fernando Mariscal Cárdenas, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON HARO MERINO en calidad de Procurador judicial de Banco del Pacífico S.A. DEMANDADO: GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL Y MERCANTIL M CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

CITACIÓN - EXTRACTO

CITACIÓN - EXTRACTO

A: ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ.SE LE HACE SABER QUE dentro del Juicio Verbal Sumario N° 31034-2014, seguido por PACIFICARD S. A., contra ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ se encuentra lo siguiente: CUANTÍA: $10.000,00.FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y fundamenta su demanda en el Art. 828 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, miércoles 19 de febrero del 2014, las 17h31.- La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino en calidad de procurador judicial de Pacificard S.A., en virtud del poder adjunto y por el cual se declara legitimada su intervención, se la califica de clara, precisa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Cítese a Andrea María Lapentti Menéndez, en el lugar indicado en la demanda, para lo cual se remitirán las boletas a la Oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización a su abogado defensor. SIGUE LA PROVIDENCIA.- Guayaquil miércoles 9 de abril del 2014, las 15h35.- En vista de la declaración bajo juramento, que hace la parte actora, quien manifiesta mediante escrito de fecha 4 de abril del 2014, que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada ANDREA MARIA LAPENTTI MENENDEZ, cítese por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. La Secretaria elabore y entregue -a través de la casilla judicial- el correspondiente extracto de citación para su publicación en uno de los periódicos de amplia circulación de este lugar.JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-MLo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 10 del 2014. -

A: MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO.SE LE HACE SABER QUE dentro del juicio Verbal Sumario N° 29903-2014, seguido por BANCO DEL PACIFICO S. A., contra MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO se encuentra lo siguiente: CUANTIA: Indeterminada. FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO: El actor comparece y fundamenta su demanda en el numeral 828 del Código de Procedimiento Civil.AUTO INICIAL: GUAYAQUIL, martes 18 de febrero del 2014, las 14h26.VISTOS: La demanda presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de procurador judicial de BANCO DEL PACIFICO S.A., se la califica de clara, precisa y completa razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario. Téngase por legitimada su intervención.- Cítese a Marcia Jannet Cervantes Romero, para lo cual remítanse las boletas a la oficina de Citaciones.- Tómese en cuenta la casilla judicial y correo electrónico señalados para notificaciones, así como la autorización, a su abogado defensor. Desglósese... SIGUE LA PROVIDENCIA: Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 08h56.- Agréguese a los autos la razón sentada por el citador judicial y escrito que antecede.- En vista de las diligencias investigativas que se han hecho para tratar de ubicar el domicilio o residencia de la demandada y la declaración bajo juramento que hace la parte accionante, quien manifiesta que le ha sido imposible determinar la residencia de la demandada MARCIA JANNET CERVANTES ROMERO, cítese a ésta por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Víctor Hugo Medina Zamora Juez de la Unidad Judicial Civil y Mercantil con Sede en Guayaquil-MLo que comunico a usted para los fines legales consiguientes advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para recibir futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación del presente aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 14 del 2014. -

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZO SECRETARIA (E)

AB. ROSANNA MARTINEZ ERAZO SECRETARIA (E)

May. 19-20-21 (146195-2)

May. 19-20-21 (146195-1)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

A. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO Se le hace saber que este despacho le ha tocado conocer el juicio de INSOLVENCIA N° 12769- 2014 seguido por PACIFICARD S. A. contra Wilson Efren Orellana Astudillo, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR. PACIFICARD S.A. DEMANDADO. WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO FUNDAMENTO DE LA DEMANDA. La parte actora fundamenta su demanda de conformidad al Art. 519 del Código de Procedimiento Civil. AUTO INICIAL.- Guayaquil, 2 de diciembre del 2013, las 15h22 VISTOS: La demanda presentada por PACIFICARD S.A., contra WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por reunir los requisitos de ley, se la admite al trámite correspondiente.- De las copias acompañadas se desprende que el ejecutado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, no ha pagado el crédito ni ha dimitido bienes, por la que fue requerido en el mandamiento de ejecución, se presume la insolvencia del demandado al tenor de lo establecido en los Artículos 507 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se declara que ha lugar el concurso de acreedores en contra del demandado, se ordena que el fallido dentro del término de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo; la ocupación y depósito de sus bienes, libros correspondencia y documentación que deberán ser entregados al Síndico de Quiebras que se acumulen los pleitos que se siguen en contra del fallido.- Se concede al fallido el término de tres días conforme el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, para que pueda oponerse a la insolvencia.- Cítese al demandado WILSON EFREN ORELLANA ASTUDILLO, por la prensa de conformidad con lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el actor ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio del demandado.JUEZ DE LA CAUSA. AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ "L" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.Lo que comunico a usted para fines de ley, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para futuras notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o tenido como rebelde. Guayaquil, abril 17 del 2014

A: MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 09332-2014-9474, seguido por PACIFICARD S.A. contra MlRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, cuyo extracto es el siguiente: Guayaquil, lunes 13 de agosto del 2012, las 10h52. VISTOS:- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 3786-UARH-KZF, de fecha 24 de Julio del 2012.- La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A., en su calidad de Procurador Judicial, la misma que la justifica con el instrumento público que acompaña, contra HOJAS CABRERA MIRNA CRISTINA, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley.- Consecuentemente, se la admite para sustanciarla en juicio verbal sumario y se ordena citar a la accionada en el domicilio señalado para el efecto, entregándole copias certificadas de la demanda y auto recaído en la misma.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259 que señala para recibir sus notificaciones; así como la autorización profesional que le concede a su abogado patrocinador.- Hágase saber.- f) AB. BECKER SALINAS BUENAÑO, JUEZ TEMPORAL ENCARGADO DEL JUZGADO DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, jueves 17 de abril del 2014, las 08h25.- Atendiendo lo requerido por el actor en su escrito de fecha 26 de julio del 2013, de las 13h12, y en virtud al reconocimiento de firma que antecede.- Se ordena citar por la prensa a la demandada MIRNA CRISTINA HOJAS CABRERA, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto el accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de la accionada.- Hágase saber.- F) AB. ROBERTO ANGULO LUGO, JUEZ L - DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario será considerado rebelde. Guayaquil, 17 de Abril del 2014

Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.CUANTÍA: US $7.500,oo (SIETE MIL QUINIENTOS DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez "P" de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía.Guayaquil, Abril 30 del 2014 Ab. Roberto Rodríguez Larrea SECRETARIO (E) DE LA UNIDAD CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146193-5)

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. AVISO DE REMATE LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 25 de Abril de 2014; Las 9h59, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-228-2002, se ha señalado para el día MIÉRCOLES 2 DE JULIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que tenga lugar el remate del bien inmueble consistente en un solar ubicado en la calle 14, entre la avenida 1 y avenida 2 de la ciudad de Manta, Cantón Manta, Provincia de Manabí.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. UBICACIÓN El inmueble se encuentra dentro de los siguiente linderos y medidas: POR EL FRENTE Calle Eugenio Espejo, con once metros, POR ATRÁS con propiedad del Sr. Dr. Jorge Cevallos Murillo con nueve metros, POR EL LADO DERECHO con propiedad de los herederos de don Aquiles Rodríguez con diecinueve metros y POR EL LADO IZQUIERDO con la parte del solar y casa que se adjudica mediante sentencia de Partición Extrajudicial al coheredero Cristóbal Ricardo Carrera Santana con veintidós metros, con un área total de 201,30 m².2. DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN DEMANDADO: MAXIMO OSWALDO GARCIA PINARGOTE. LE HAGO HABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer el juicio Verbal Sumario No. 536822014. ACTOR: JUAN CARLOS LOPEZ BUENAÑO EN CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL DEL BANCO DEL AUSTRO S. A. TRAMITE DE JUICIO VERBAL SUMARIO NO. 53682-2014 OBJETO DE LA DEMANDA: De conformidad con el Arts. 1 y 3 numeral noveno del Código de Comercio y disposiciones contenidas en el Código Civil Arts. 1561 y 1567 a fin de que sea condenado al pago de lo adeudado. JUEZA DE LA CAUSA AB. MARIA ISABEL VALDIVIESO DE LUCCA JUEZA "H" DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL. JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, miércoles 6 de enero del 2010, las 09h38. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el señor Abg. JUAN CARLOS LOPEZ BUENAÑO, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario.- En consecuencia cítese con la demanda y al auto inicial al demandado MAXIMO OSWALDO GARCIA PINARGOTE en calidad de deudor y THOMAS HANISCH RAMOS en el lugar señalado en la misma.- Agréguese a los autos los documentos acompañados ordenándose su desglose y devolución, dejando fotocopia certificada en autos.- Tómese en cuenta la casilla judicial que señala esto es la N° 1928.- Hágase saber f) Dr. Carlos Salmon Juez.- A continuación CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL. Guayaquil, miércoles 30 de abril del 2014, las 16h44. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 85510-DNP de fecha 26 de junio del 2013 que rige a partir del 01 de julio del 2013.- Conforme a la Resolución No. 167-2013, emitida por el Consejo de la Judicatura el 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados Civiles de Guayaquil, y crea la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL, que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte'', se informa a las partes que la causa que anteriormente correspondía al Juzgado OCTAVO DE LO CIVIL actualmente le corresponde al JUEZ _ H: VALDIVIEZO DE LUCCA MARIA ISABEL, y la signatura de expediente que antes era 1117-2009, actualmente le corresponde el No. 53682-2014, por lo que en adelante deberán dirigir sus escritos indicando que corresponde al JUEZ H: con el nuevo número de Expediente, y solo como dato adicional, de manera clara y que no cause confusión señalar el que no cause confusión señalar el anterior número de causa, para su correspondiente atención.- Agréguese a los autos la razón sentada por Gabriel Alejandro Rios Salazar.- RAZON: Siento como tal que no procedo a citar a GARCIA PINARGOTE MAXIMO OSWALDO, por cuanto CDLA ALAMOS NORTE MZ 01 BLOQUE PORTON DEL ALAMO BL "E" DPTO E 1 PLANTA BAJA, ME INDICARON NO CONOCER AL DEMANDADO MOTIVO POR EL CUAL NO SE CITO. Guayaquil, a veinte y nueve de octubre del dos mil trece.- Agréguese a los autos el escrito Procuración Judicial y anexos presentados por Sandra de la Rosa Romero en calidad de Procuradora Judicial del Banco del Austro S. A.- En virtud de la procuración judicial presentada téngase por legitimada su intervención dentro de la presente causa.- Proveyéndolo se dispone citar por la prensa al demandado señor García Pinargote Maximo Oswaldo para lo cual elabórese el respectivo extracto de citación, mismo que deberá, ser publicado en unos de los diarios de mayor circulación de la ciudad, ya sea Diario EL TELEGRAFO; EXPRESO O UNIVERSO de acuerdo a lo establecido en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta la autorización que la confiere a los Abogados se mencionan que el escrito que se provee a fin de que presenten cuantos escritos sean necesarios para su defensa.- Sígase notificando en la casilla judicial No. 1928 que señala, para el efecto.- Notifíquese.- f) Ab. Maria Isabel Valdiviezo De Lucca Juez de la Unidad Judicial Civil.CUANTÍA: USD 2,728.82. Lo que comunico a usted para los fines de ley consiguiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casilla judicial y correo electrónico para posteriores notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario se lo declarara rebelde, la casilla deberá ser señalada en esta ciudad de Guayaquil.Guayaquil, 8 de mayo del 2014 Ab. Jorge W. Alejandro Lindao SECRETARIO JUZGADO OCTAVO DE LO CIVIL DEL GUAYAS 4-5-09

May. 16-19-20 (146226)

Características generales del terreno: Es un solar medianero, su forma irregular, la topografía es plana, sobre el se implanta una edificación tipo bodega de construcción inconclusa. La construcción se encuentra adosada hacia el lindero derecho y tiene cerramiento parte del lindero derecho y el lindero posterior. En la parte frontal hay una puerta con perfiles metálicos y malla galvanizada, en la parte lateral izquierda tiene patio pavimentado y en la parte posterior derecha el piso es tierra rellenada. El lindero izquierdo es abierto con acceso al otro 50% de la propiedad adjunta. 3. CARACTERÍSTICAS DE LA CONSTRUCCIÓN Este solar tiene en su interior una construcción tipo bodega, la misma que tiene una parte con cubierta y el resto no tiene. La parte cubierta esta cercada con paredes de ladrillo y mampara de madera. 4. INFRAESTRUCTURA DEL SECTOR Tiene todos los servicios básicos como: agua potable, alcantarillado sanitario y fluvial, energía eléctrica, servicio telefónico, tvcable, recolección de basura; las calles y avenidas del sector son pavimentadas en buen estado con aceras y bordillos. 5. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR Es el centro de la ciudad de Manta, caso comercial, financiero, comercial y turístico de la urbe, esta el precio a una cuadra del Malecón Jaime Chávez Gutiérrez. En el sector encontramos los principales bancos, además la Plaza Cívica, El parque de la Madre, Municipio de Manta, Palacio de Justicia, Empresa de Agua Potable, CNT, CFN y colegios. 6. RESUMEN DEL AVALÚO: Terreno Bodega Patio pavimentado Valor Avalúo Total

201,30 m2 89,60 m2 72,80 m2

Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146195-4)

May. 19-20-21 (146195-3)

OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi representada los siguientes valores: a) El capital adeudado de US $5,297,53; b) Los intereses estipulados en el contrato de tarjeta de crédito y los de mora que se ocasione hasta el momento del pago; c) La restitución de los gastos que van a ser efectuados por Banco del Pacífico S.A. acorde a lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil: y, d) Las costas judiciales, donde se deberán incluir los honorarios correspondientes a nuestros patrocinadores por la defensa brindada a mi representada en la presente causa. AUTO INICIAL: Guayaquil, jueves 28 de marzo del 2013, las 11h14.- VISTOS: La demanda propuesta por BANCO DEL PACÍFICO S.A., debidamente representada por su Procurador Judicial Abg. GERSON HARO MERINO, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra GEOVANNY FERNANDO MARISCAL CARDENAS.- En lo principal la demanda precedente, por ser clara, precisa y completa, y reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite verbal sumario.- Cítese al demandado con la copia de la demanda y este auto, en el lugar señalado para el efecto.- Agréguese a los autos los documentos adjuntos.- Tómese en cuenta el casillero judicial No. 4087 así como el correo electrónico [email protected] que señala la parte actora y la autorización que da a sus abogados defensores.- Cítese y Notifíquese.Guayaquil martes 29 de abril del 2014, las 14h16.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora de fecha 23 de abril del 2014, las 15h52 y vista el acta de declaración Juramentada y por cuanto el accionante bajo el juramento de ley indica que es imposible determinar la individualidad o residencia del demandado Geovanny Mariscal Cárdenas, se dispone citarlo por la prensa en el diario El Telégrafo de esta ciudad, conforme determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Hágase saber.-

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

$ 367,85 $ 120,00 $ 15,00

$ 74,048.21 $ 10,752.00 $ 1,092.00 $ 85.892,21

7. VALORACIÓN TOTAL: OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS 21/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por las dos terceras

partes del valor del avalúo del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada publicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Aníbal Vallejo Espinel, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2335. y 2359, CELULAR 0991543935.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.- Los postores deberán presentar acompañando a su solicitud de calificación los siguientes documentos en originales o copias certificadas por notario: 1.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del Registro Único de Contribuyentes; 2.- Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de Vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; 3.- Certificado actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, acerca de que el encontrarse el postor al día en el cumplimiento de obligaciones y deberes como contribuyentes; 4.- Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en el punto 2; 5.- Certificado de referencias crediticias actualizado; 6.- Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP) en donde conste que el postor ni sus representantes legales se encuentran en la base de datos reservada de esa institución; y, 7.- Ultima planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, o, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el remate en particular, de conformidad con la Resolución número JB-2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva.- El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 11 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.- Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 25 de Abril de 2014.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA Mayo. 6-19-30 (145225)

EXTRACTO JUDICIAL JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA CITACION JUDICIAL A: MARCO POLO VALENCIA CALDERON ACTOR: NELY ELENA CALDERON ALVAREZ DEMANDADO: MARCO POLO VALENCIA CALDERON y DRA. MARIANA DURAN SALGADO JUICIO: ORDINARIO No. 26-2013-HCH. TRAMITE: ORDINARIO OBJETO: Demanda se declare la falsedad de la Escritura Pública de Compraventa. CUANTÍA: INDETERMINADA PROVIDENCIAS: JUZGADO DECIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, jueves 21 de febrero del 2013, las 16h10.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede es completa, clara, precisa y reúne los demás requisitos de ley, por lo que declarándosela procedente se la admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.Cuéntese en la presente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Cuéntese con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Alvarez, a quien se le hará conocer a través de la Oficina de Citaciones, para lo cual remítase las copias respectivas.- Incorpórense al proceso la documentación acompañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, viernes 18 de octubre del 2013, las 15h50.- VISTOS: Agréguese al proceso las razones de citaciones y escritos presentados.- Atenta la petición que antecede y de conformidad con el Art. 70 del Código de Procedimiento Civil, se acepta la reforma a la demanda en el sentido que se deja de contar como accionada con la Sra. Elvia Mercedes Calderón Álvarez, en consecuencia: Avoco conocimiento de la presente causa en calidad de Jueza Titular de esta Judicatura, mediante Acción de Personal No. 2937-DNP, de fecha 25 de Julio del 2012 y en virtud del sorteo de ley.- La demanda que antecede y reforma son completas, claras, precisas y reúnen los demás requisitos de ley, por lo que declarándoselas procedente se las admite a trámite, en juicio Ordinario.- En consecuencia, con la demanda, reforma y presente providencia córrase traslado al señor Marco Polo Valencia Calderón, por el término de quince días, a fin de que la conteste o proponga todas y cada una de las excepciones tanto dilatorias como perentorias de las que se creyere asistido, bajo apercibimiento en rebeldía.- Cítese al demandado Marco Polo Valencia Calderón, en la dirección señalada para el efecto, de esta ciudad de Quito.- Cuéntese en la presente causa con la Dra. Mariana Durán Salgado, a quien se le hará conocer de esta demanda y reforma mediante Deprecatorio dirigido a uno de los señores Jueces de lo Civil de la Provincia de Cotopaxi con residencia en la ciudad de Latacunga.- Incorpórense al proceso la documentación acompañada.- Tómese en cuenta la cuantía y el casillero judicial señalado por la actora, para sus notificaciones posteriores, así como el nombramiento y la autorización manifestada en favor de su defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE. F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. JUZGADO DÉCIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. QUITO, martes 29 de abril del 2014, las 09h19.- En lo principal, en mérito del juramento rendido por la actora, sobre la imposibilidad de determinar la residencia, paradero o domicilio del demandado, cítese con el contenido de la demanda, auto inicial, reforma y presente providencia al demandado señor Marco Polo Valencia Calderón, por la prensa, mediante tres publicaciones, en uno de los periódicos de amplia circulación de esta ciudad de Quito, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual se entregará el extracto correspondiente.- NOTIFÍQUESE.- F) Dra. Verónica Jaramillo Huilcapi, Jueza. Lo que comunico a Ud., para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar Casillero Judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro legal.Certifico.ATENTAMENTE DR. LUIS CHULDE RUANO SECRETARIO (E)

May. 19-20-21 (146258)

EXTRACTO CONSTITUCION DE LA COMPAÑÍA ECUA-KIPS IMPORTADORA CIA. LTDA. La compañía ECUA-KIPS IMPORTADORA CIA. LTDA. se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Décimo Octavo del Distrito Metropolitano de Quito, el 17 de Abril de 2014, fue aprobada por la Superintendencia de Compañías, mediante Resolución SC-IRQ-DRASDSAS-14-001855 de 13 de Mayo de 2014. 1.- DOMICILIO: Distrito Metropolitano de Quito, provincia de PICHINCHA. 2.- CAPITAL: Suscrito US$ 10.000,00 Número de Participaciones 10.000 Valor US$ 1,00. 3.- OBJETO: El objeto de la compañía es: "EL OBJETO DE LA COMPAÑÍA ES LA IMPORTACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN AL POR MAYOR Y MENOR DE MATERIALES Y EQUIPOS PARA LA INDUSTRIA PETROLERA, PRODUCTOS QUÍMICOS INDUSTRIALES BÁSICOS Y RESINAS SINTÉTICAS, ASÍ COMO SOFTWARE..." Quito, 13 de Mayo de 2014 Dr. Román Barrios Farfán ESPECIALISTA JURÍDICO SOCIETARIO NOTA: Este extracto deberá publicarse en un periódico de mayor circulación en el domicilio principal de la compañía. (146263)

UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL.LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a este Juzgado el Juicio No. 30942-2014, seguido por AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, cuyo extracto es el siguiente: GUAYAQUIL, 26 de Junio del 2009, a las 15h26. VISTOS:- La demanda con el escrito complementario y documentos acompañados que antecede presentada por la AB. LAURA LEON LUCAS, en su calidad de Procuradora Judicial del FIDEICOMISO MERCANTIL MUTUALISTA PICHINCHA CUATRO, FIMUPI CUATRO, la misma que la justifica con el instrumento público que adjunta, contra ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL; es clara, precisa y completa porque reúne los requisitos de ley.- Por cuanto el Contrato de Prestamos con Amortización Gradual presentado así como la obligación que éste contiene prestan mérito ejecutivo, se la admite al trámite del juicio ejecutivo y consecuentemente se ordena que ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL cumplan la obligación reclamada o proponga excepciones dentro del término de tres días.- f) AB. PEDRO IRIARTE SUAREZ JUEZ DUODÉCIMO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 29 de abril del 2014, las 10h12.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura No. 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013 mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil y se crea la "Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil", que funciona en el "Centro Judicial Florida Norte", a la causa No. 572-2009-Y que correspondía al Juzgado Duodécimo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se le ha reasignado el No. 09332-201430942, de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, por lo tanto, en lo posterior las partes litigantes deberán dirigir sus escritos al Juez _L. Abg. Roberto Napoleón Angulo Lugo de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignado.- Avoco conocimiento de la presente causa en virtud de la acción de personal No. 10766-DNTH-SAF de fecha 27 de septiembre del 2013 que rige a partir del 02 de Octubre del 2013, suscrita por la Dirección Nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura.- Se ordena citar por la prensa a los demandados ITALO RAMÓN ROBLES TIGUA y CECILIA ISIDORA DEL PESO MENOSCAL, mediante tres publicaciones que se harán en uno de los diarios, El Universo, Expreso, o El Telégrafo que se editan en esta ciudad de Guayaquil, de acuerdo a lo preceptuado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la accionante ha afirmado bajo juramento que le es imposible determinar su actual domicilio o residencia de los accionados.- Intervenga como Secretaria encargada del juzgado la Abogada Magali Hidalgo Sánchez, mediante acción de personal No. UAR-3111 que rige a partir del 27 de marzo del 2014.- Hágase saber.- f) AB. ROBERTO ANGULO LUGO JUEZ L_ DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN GUAYAQUIL.Particular que pongo en su conocimiento para los fines de Ley, previniéndoles de la obligación que tienen de señalar casillero judicial para futuras notificaciones que le corresponda y de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso; caso contrario serán considerados rebeldes. Guayaquil, 08 de Mayo del 2014. Abg. Magaly Hidalgo Sánchez SECRETARIA ENCARGADA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL

May. 19-20-21 (146257)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

CASILLA # 4087 REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

EXTRACTO DE CITACIÓN A: RONALD SALVATIERRA VITERI. LE HAGO SABER: Que en el Juicio Especial de Insolvencia # 2014- 43956, seguido por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A.-, se encuentra lo siguiente: JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Gustavo Sánchez Cárdenas Juez de la Unidad Judicial de lo Civil de Guayaquil. OBJETO DE LA DEMANDA: Por sentencia se declare la Insolvencia del fallido.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, viernes 4 de abril de 2014, las 17h00.- VISTOS: A).- Avoco conocimiento de la causa, en fundamento de la Acción de Personal No. 1421-DNTH-SAF del 26 de febrero del 2014, como JUEZ CIVIL-G de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil, de la Corte Provincial del Guayas. B).- Agréguese a los autos el escrito así como los anexos que adjunta.- La demanda que antecede presentada por el Ab. Gerson Haro Merino, en calidad de Procurador Judicial de PACIFICARD S.A., conforme lo justifica con los documentos que acompaña, se la califica de clara, precisa y por reunir los requisitos de los Arts. 67, 68 y 519 del Código de Procedimiento Civil, se la admite al trámite de Juicio de Insolvencia. C).- En consecuencia, y por cuanto de las copias certificadas que se presentan, se desprende que RONALD PAUL SALVATIERRA VITERI, en adelante "El fallido", requerido que ha sido por el Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, en la ejecución que se le siguiera para que pague o dimita bienes equivalentes al crédito adeudado que asciende a la cantidad de $ 7,672,70USD. no lo ha hecho dentro del término que se le concedió para el efecto, presúmase su insolvencia, y por lo mismo declarase haber lugar al concurso de acreedores, ordenándose la ocupación y depósito de los bienes, libros, correspondencia y documentos, conforme el Art. 509 del C.P.C. D).- Previo a ordenar citar al El fallido por la prensa, la parte actora en cualquier día y hora hábil, comparezca a rendir juramento conforme el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, en el deber de garantizar la Tutela Judicial Efectiva de los derechos de legítima defensa del mismo, conforme al Art. 23 del Código Orgánico de la Función Judicial. E).- Una vez citado el demandado, la Actuaria sentará la razón correspondiente sobre su oposición o no conforme el Art. 521 del C.P.C., que en caso de ser negativa se continuará con el procedimiento de: e1) hacer saber al público por medio de una publicación que se hará en uno de los diarios matutinos de mayor circulación que se editan en esta ciudad, la declaratoria precedente, para lo cual la actuaria elaborará y entregaré el extracto correspondiente.- e2) Intervendrá el Ab. Washington Cabrera V., en calidad de Sindico de Quiebras de este Cantón, a quien se notificará la demanda y esta providencia en el casillero judicial No. 614, a fin de que dentro de 72 horas exprese si acepta o no el cargo en referencia y presentará su informe en el término de 15 días luego de citado el demandado, a quien las partes podrán contactar al celular 0985046560.- e3) Se acumularán los pleitos que se sigan contra El fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil.- e4) Se oficiará al señor Ministro Fiscal de esta localidad, para que designe un Agente Fiscal que indague sobre la insolvencia, conforme el Art. 508 del Código de Procedimiento Civil y si corresponde el enjuiciamiento Penal.- e5) Se hará conocer el contenido de esta providencia a Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Seguros, Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador.- e6) Se notificará al Sr. Registrador Mercantil y de la Propiedad de este cantón para que anote el inicio de la acción de insolvencia contra el fallido en el Registro de Interdicciones a su cargo.- e7) Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores. F).- Como medida cautelar, previo a la citación del demandado, se ordena que El fallido no podrá ausentarse del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería, así como a la Policía Nacional, a fin de que se sirvan auxiliar en el cumplimiento de esta medida conforme el principio de colaboración con la Función Judicial, determinado en el Art. 30 del C.O.F.J. G).- Tómese en cuenta la casilla judicial No. 4087 y correo [email protected], que señala la parte actora, así como la designación de los Abogados que formula. H).- Sin perjuicio de lo anterior, en el término de 3 días la parte actora cumpla con lo dispuesto en el último inciso del Art. 327 del C.O.F.J. I).- Actúe la Ab. Jenny Pizarro Tapia, secretaria encargada mediante acción de personal No.3198UARH-KZ. J).- Cúmplase y notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, martes 6 de mayo del 2014, las 17h16.- Agréguese a los autos los escritos presentados por la parte actora, así como los anexos que adjunta, en atención a los mismos y por cuanto la parte actora, declara bajo la gravedad del juramento que le es imposible determinar la residencia e individualidad del demandado RONALD SALVATIERRA VITERI, cíteselo por medio de uno de los Diarios de mayor circulación que se editen en el País, acorde con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual la Actuaria del despacho, confiera el respectivo extracto de publicación por la prensa.- Notifíquese.- f) DR. SANCHEZ CARDENAS GUSTAVO, JUEZ.Lo que comunico a Usted para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene que señalar domicilio judicial para sus futuras notificaciones, dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este extracto, caso contrario se lo considerará en rebeldía. LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. GUAYAQUIL, 07 DE MAYO DEL 2014.Ab. Jenny Pizarro Tapia Secretaria de la Unidad Judicial Civil con sede en el Cantón Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-2)

A: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR LE HAGO SABER: Que por sorteo de ley ha tocado conocer a esta Judicatura el Juicio de Insolvencia # 24696-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: PACIFICARD S.A. DEMANDADA: JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR CUANTÍA: INDETERMINADA AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 5 de febrero del 2014, las 10h36. VISTOS.- En mérito de la razón actuarial, avoco conocimiento de la presente causa.- Por la Resolución Del Consejo de la Judicatura N° 167-2013 de fecha 30 de Octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la presente causa N° 0748-2013 que correspondía al Juzgado Cuarto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante resorteo que consta en foja 26 de los autos, se le ha reasignado con el N° 24696-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo en lo posterior las partes dirigir sus solicitudes al Juez “D” Ab. Rafael Centeno Rodríguez, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil con el nuevo número reasignado. La demanda que antecede, presentada por PACIFICARD S.A., debidamente representado por su Procurador Judicial, Abogado Gerson Haro Merino, conforme lo acredita con el instrumento público que acompaña y se declara legitimada su intervención, la misma que por reunir los requisitos legales, previstos en los Arts. 67 y 68 del Código de Procedimiento Civil, por lo tanto se la admite al trámite.- Como de la xerocopias certificadas acompañadas se desprende que la demandada JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR, no ha pagado la suma de $ 10,743.62, requerida con el mandamiento de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, se presume la insolvencia de la indicada demandada al tenor de lo establecido en el numeral primero del Art. 519 del Código de Procedimiento Civil (Codificado: R.O.-S No. 58 12-VII-2005) y, por lo mismo hay lugar al Concurso de Acreedores. Consecuentemente, se dispone que la demandada, dentro de ocho días, presente el balance de sus bienes, con indicación del activo y pasivo; y que se ocupen y depositen sus bienes del fallido, así como sus libros documentos y correspondencia, debiendo hacerse cargo de los mismos uno de los Síndicos de Quiebra, a quien se notificará la demanda y esta providencia, a fin de que dentro de veinticuatro horas, exprese si acepta o no el cargo en referencia; que se acumulen los pleitos que se sigan contra el demandado por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse en este sentido a los señores Jueces de lo Civil, Trabajo e Inquilinato y que se oficie a uno de los señores Jueces de lo Penal de esta provincia, para que se califique la insolvencia; se advierte al demandado que no puede ausentarse del lugar del territorio nacional sin autorización del suscrito Juez de conformidad con lo dispuesto en el Art. 510 del Código de Procedimiento Civil, debiendo oficiarse en este sentido a Migración y Extranjería. Que se publique esta providencia una vez ejecutoriada, en el en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad; mediante oficios. Hágase conocer el contenido de esta providencia a Servicios Civil y Desarrollo Institucional y Notarios Públicos de este cantón, Contralor General de la Nación, Interventor de la Zona de Contraloría, Superintendencia de Bancos y Seguros. Notifíquese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón para que anote el estado de insolvencia de la demandada en el Registro de Interdicciones a su cargo.- Oportunamente, se señalará día y hora para la primera Junta de Acreedores.- Previo a citar a la demandada, JOSIE KATHERINE FLORES VILLAMAR conforme lo solicitado, el actor o su Procurador Judicial justifique el agotamiento de las diligencias emprendidas, para poder declarar bajo juramento la afirmación de que es imposible determinar la individualidad o residencia de quien deba ser citado, de conformidad con la resolución No. 020-10-SEP-CC, del registro oficial No. 228 del 5 de julio del 2010, expedida por la Corte Constitucional. La demandada dentro del tercer día después de haber sido citado de cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 521 del Código de Procedimiento Civil.- Téngase en cuenta el casillero judicial No. 4087 y correo electrónico señalado, así como las autorizaciones que le confiere a sus Abogados Patrocinadores. Notifíquese.- Otra providencia. Guayaquil, jueves 10 de abril del 2014, las 09h07. Agréguese a los autos el escrito y anexos que anteceden. Se reforma y se amplía el auto inicial, en los siguiente puntos: 1.- Que la suma requerida con el mandamiento de ejecución dictado por el Juez Quinto de lo Civil es de $ 25,369.94. 2.- Que además de los oficios ordenados en el auto inicial, se oficie también con la declaratoria de fallida a la Superintendencia de Compañías, Comisión de Tránsito del Ecuador y al Registro Mercantil de Guayaquil. En mérito de los documentos adjuntos, en los cuales la parte accionante justifica el agotamiento de las diligencias emprendidas, se dispone citar a la demandada Josie Katherine Flores Villamar, mediante tres publicaciones en uno de los diarios de mayor circulación de esta ciudad (Universo, Expreso o Telégrafo), de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil. Elabórese el respectivo extracto de citación. Notifíquese. f.-) Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil. JUEZ DE LA CAUSA:- Ab. Rafael Centeno Rodríguez, Juez D de la Unidad Judicial Civil.Ab. Jhonny Coppiano Zambrano Secretario Guayaquil, abril 15 del 2014

May. 19-20-21 (146196-3) REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL REPÚBLICA DEL ECUADOR UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: GISELLA MARIA LEONOR GOMEZ BOLOÑA. SE LES HACE SABER: Que en esta Unidad por sorteo de Ley, ha correspondido conocer y sustanciar el juicio VERBAL SUMARIO N° 8488-A-2014, seguido por GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en calidad de Procurador Judicial, contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON HARO MERINO p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora Y Administradora De Tarjetas De Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, en calidad de Procurador Judicial. DEMANDADO: Gisella Maria Leonor Gomez Boloña. OBJETO DE LA DEMANDA: Para que en sentencia sea condenada a pagar a mi representada los siguientes valores a) La suma de US $10.881,79 (Diez Mil Ochocientos Ochenta y Uno 79/100 Dólares de los Estados Unidos de América); b) Los intereses de mora calculados a la tasa máxima permitida por la regulación del Directorio del Banco Central; c) Las expensas judiciales de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil; y d) Las costas procesales en la que se deberán incluir los honorarios de mi abogado patrocinador.AUTO INICIAL: Guayaquil, lunes 5 de marzo del 2012, las 11h11.- VISTOS: La demanda que antecede presentada por Gerson Vladimir Haro Merino en su calidad de Procurador Judicial de Pacificard S.A., conforme lo justifica con el poder acompañado contra Gisella Maria Leonor Gomez Boloña, por reunir los requisitos determinados en los Art. 67 y 1013 del Código Procesal Civil, se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite de ley en la vía verbal sumaria. Cítese al demandado con el contenido, de la demanda y este auto en el lugar señalado en la demanda, debiendo remitirse el expediente a la Oficina de Citaciones. Agréguese a los autos la documentación acompañada al libelo. Cuéntese con la casilla judicial No 2259 que señala para sus notificaciones y la autorización que otorga a su patrocinador.- Notifíquese.- Guayaquil, martes 18 de marzo del 2014, las 11h43.- En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 103-A-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 32 de los autos, de fecha 10 de enero del 2014, se le ha reasignado el N° 8488-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Forme parte del proceso el escrito que presenta la parte actora el 13 de marzo del 2014, las 16h30; atendiendo lo solicitado en el escrito que antecede, el accionante Gerson Vladimir Haro Merino por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico, comparezca a este despacho judicial el día 27 de marzo del 2014, a las 11h00 para que declare ante esta autoridad, bajo juramento y con las advertencias respecto al delito de perjurio, sobre la imposibilidad de determinar la residencia de la demandada Gisella María Leonor Gomez Boloña, acorde a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Por vacaciones del Secretario Abg. Roberto Rodríguez Larrea, actué el Abg. CHRISTIAN OSWALDO CRIOLLO ESCALANTE Secretario del JUEZ “O” en mérito al MEMORANDO N° 0004-UJC-LPAP-2014.- Notifíquese.- Guayaquil, jueves 24 de abril del 2014, las 16h46.- Agréguese a los autos el escrito precedente.- Atendiendo lo solicitado, Cítese a la parte demandada por la prensa, publicaciones que se realizarán en el diario El Telégrafo, acorde lo que dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, dado la afirmación bajo juramento que hace el accionante que le es imposible determinar la individualidad o residencia de la demandada Gisella María Leonor Gómez Boloña.- Notifíquese.FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Amparado en lo previsto en el Art. 1 y 3 numeral 9 del Código de Comercio y Art. 828 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y en todas las disposiciones de Código Civil referentes de la mora.CUANTÍA: US $12.500.oo (DOCE MIL QUINIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía. Guayaquil, Abril 28 del 2014 Ab. Roberto Rodríguez Larrea Secretario (e) de la Unidad Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-4)

EXTRACTO DE CITACIÓN A: NANCY SALDARRIAGA CORONEL. HAGO SABER: Que mediante sorteo de Ley le ha tocado conocer a esta Unidad Judicial Civil el juicio de Insolvencia N° 28065-2014, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacífico DEMANDADA: NANCY SALDARRIAGA CORONEL. OBJETO DE LA DEMANDA: Se sirva declarar la Insolvencia de la Nancy Saldarriaga Coronel, y que consecuentemente hay lugar al concurso de acreedores.AUTO INICIAL: Guayaquil, miércoles 17 de octubre del 2012, las 17h12.- VISTOS: La demanda que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, p.l.d.q.r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico, calidad que la justifica con el poder que obra de autos, contra NANCY SALDARRIAGA CORONEL por reunir los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil se la califica de clara y precisa razón por lo cual se la admite al trámite de juicio de Concurso de Acreedores.- En consecuencia, como de las fotocopias certificadas acompañadas conferidas por la secretaria del Juzgado Primero de lo Civil de Guayaquil, se desprende que la demandada antes nombrada, no ha cumplido con pagar los valores determinados en el mandamiento de ejecución dictado por el señor Juez Primero de lo Civil de Guayaquil, dentro del inicio que se le siguiera, ni ha dimitido bienes equivalentes para el embargo, se declara que se presume la insolvencia de la demandada y se decreta haber lugar al concurso de acreedores.- La fallida dentro de ocho días presente el balance de sus bienes con indicación del activo y pasivo, sus libros, correspondencia y demás documentos que serán entregados al sindico de quiebra Abogado Washington Cabrera.- Publíquese esta declaratoria en uno de los diarios de mayor circulación de los que se editan en esta dudad.- Acumúlense los pleitos que se sigan en contra del fallido por obligaciones de dar o hacer, debiendo oficiarse para tal efecto a los señores jueces de lo Civil, Inquilinato y Trabajo de este Cantón.- Remítanse las copias correspondientes a la Oficina de Sorteos del Ministerio Fiscal a fin de que uno de los señores Agentes Fiscales califique la insolvencia de la fallida.- Oportunamente se convocará a Junta de Acreedores. Prohíbase a la fallida señora Nancy Saldarriaga Coronel, ausentarse de este lugar sin permiso del Juzgado, para lo cual se manda a oficiar a las Autoridades de Migración correspondiente.- Notifíquese a los señores notarios y Registrador de la Propiedad del Cantón Guayaquil, haciéndoles conocer el estado de insolvencia de la fallida.- Conforme al articulo 521 del Código de Procedimiento Civil, el deudor podrá oponerse a esta declaratoria pagando la deuda o dimitiendo bienes suficientes.Cítese a la accionada en la dirección señalada en la demanda para el efecto.- Agréguense los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial No. 559 que señala el accionante para sus notificaciones y la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Cítese y notifíquese.- Guayaquil, miércoles 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Incorpórese al proceso el escrito, así como los anexos que en copia simple presenta GERON VLADIMIR HARO MERINO, p. l. d. q. r. de PACIFICARD S.A., Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito Grupo Financiero Banco del Pacifico. Dada la afirmación que hace bajo el juramento de ley la parte actora, en la que manifiesta que le es imposible determinar la residencia de la demandada Nancy Saldarriaga Coronel cítesela por la prensa, de conformidad con lo que determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, esto es mediante tres publicaciones, las mismas que se efectuara en el Diario El Telégrafo, que se edita en esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.- Guayaquil, miércoles 7 de mayo del 2014, las 17h02.- VISTOS: En mérito de la Resolución del Consejo de la Judicatura N°. 167-2013 de fecha 30 de octubre del 2013, mediante la cual se suprimen los Juzgados de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, creándose la Unidad Judicial Civil con sede en el cantón Guayaquil, a la causa N° 565-B-2012, que le correspondía al Juzgado Vigésimo Octavo de lo Civil y Mercantil de Guayaquil, mediante reasignación que obra a fojas 35 de los autos, de fecha 10 de Febrero del 2014, se le ha reasignado el N° 28065-2014, de la Unidad Judicial Civil con sede en este cantón Guayaquil, debiendo las partes dirigir sus solicitudes por el momento al Juez “P” Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil, con el nuevo número de causa reasignada.- Agréguese a los autos los escritos presentados el 23 de julio del 2013 y 27 de marzo del 2014 por el Ab. Gerson Vladimir Haro Merino, por los derechos que representa de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero Banco del Pacifico.- Por cuanto de una revisión minuciosa del proceso se constata que no se ha citado a la demandada Nancy Saldarriaga Coronel, pues lo que se ha elaborado y publicado en el diario El Telégrafo es un aviso al público, con el que se pretende justificar que se ha citado a la demandada, dejándosela en estado de indefensión, en mérito de lo cual se declara la nulidad de todo lo actuado a partir de la foja 23 del expediente, disponiendo que el señor Actuario elabore y confiera el debido extracto de citación por la prensa tal como está ordenado en providencia de fecha 19 de diciembre del 2012, las 11h43.- Notifíquese.FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: De conformidad con lo establecido en el Art. 519, N° 1 del Código de Procedimiento Civil CUANTÍA: Indeterminada. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Jorge Luzarraga Hurtado, Juez “P” de la Unidad Judicial Civil con Sede en el Cantón Guayaquil.Particular que comunico a usted para que comparezca a juicio dentro de veinte días posteriores a la tercera y últimas publicación de este aviso, señalando casillero judicial para las notificaciones, caso contrario será declarado en rebeldía. Guayaquil, Mayo 8 del 2014 Abg. Roberto Rodríguez Larrea Secretario (e) de la Unidad Judicial Civil de Guayaquil

May. 19-20-21 (146196-5)

EXTRACTO DE CITACIÓN JUZGADO DÉCIMO QUINTO DE LO CIVIL Y MERCANTIL DEL GUAYAS CON SEDE EN EL CANTÓN DAULE Juicio No. 949-2013 A: MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS SE LE HACE SABER: Que en este Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil de Daule, le correspondió conocer el Juicio de Nulidad de Escritura No. 0949-2013 seguido por LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME contra MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS y JENNY DEL PILAR CAMPOZANO FIGUEROA, cuyo extracto es el siguiente: ACTOR: LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME. DEMANDADO: MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS y JENNY DEL PILAR CAMPOZANO FIGUEROA. DEMANDA: El actor demanda que en sentencia se declare la nulidad de la escritura de compraventa y el contrato que la contiene. AUTO RECAIDO: Daule, 26 de Febrero del 2014, las 12h17. VISTOS: La demanda que antecede, presentada por LORENZO ARCADIO BUSTAMANTE GAME, por reunir los requisitos de ley, se la califica de clara y precisa, admitiéndola al trámite de juicio ordinario.- Por cuanto el accionante, ha declarado bajo juramento que le es imposible determinar la residencia de la demandada MARINA PAOLA BUSTAMANTE ROSAS, se ordena citarla por la prensa en la forma establecida en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, las mismas que se harán en un diario de amplia circulación de los que se editan en la ciudad de Guayaquil (El Universo, El Telégrafo o Expreso), por no existir diarios que se editen en esta localidad. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Carlos Enrique Eras Vela. TRÁMITE: Ordinario. Cuantía: Indeterminada. Lo que cito a usted para los fines de Ley y le prevengo la obligación de señalar domicilio y comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado o tenido rebelde. Daule, 25 de Marzo del 2014 Ab. Olger Coronel Ibarra Secretario del Juzgado Décimo Quinto de lo Civil y Mercantil del cantón Daule

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EXTRACTO JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO, PROVINCIAL DE PICHINCHA

SE PONE EN CONOCIMIENTO DEL PUBLICO EN GENERAL QUE EN ESTA JUDICATURA SE ENCUENTRA TRAMITÁNDOSE LA INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA SOLICITADA POR EL SEÑOR JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS. JUICIO: INSCRIPCIÓN DE ESCRITURA NO. 2014-0220-PP ACTOR: SEÑOR JORGE ANÍBAL YANEZ VARGAS. DOMICILIO JUDICIAL: 3277 DR. EDISON REYES REYES CUANTÍA: INDETERMINADA OBJETO: CONCURRO ANTE USTED SEÑOR JUEZ Y SOLICITO SE ORDENE LA INSCRIPCIÓN DE LA ESCRITURA DE FECHA 18 DE JULIO DEL 2012, ANTE EL DR. FERNANDO POLO ELMIR, NOTARIO VIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO.En el Distrito Metropolitano de Quito, capital de la República del Ecuador, hoy día miércoles dieciocho de Julio del año dos mil doce, ante mi, doctor FERNANDO POLO ELMIR, Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito, comparecen; por una parte y en calidad de adjudicador el Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, representado por los señores ALDO FRUCTUOSO HERAS SEGARRA, de estado civil casado en su calidad de Presidente; EDISON GUSTAVO REYES REYES, de estado civil casado en su calidad de Vicepresidente; y, SEGUNDO ALFREDO LLANO TOAPANTA, de estado civil casado en su calidad de Tesorero, conforme consta del nombramiento otorgado por el Ministerio de Bienestar Social antes, hoy Ministerio de Inclusión Económica y social y de la autorización conferida por la Asamblea General del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche que se adjunta como documentos habilitantes; y, por la otra parte y en calidad de adjudicatario los cónyuges señores: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, casado con la señora Celia Isabel Navarrete Flores, por sus propios derechos. Los comparecientes son de nacionalidad ecuatoriana, mayores de edad, domiciliados en esta ciudad de Quito, legalmente capaces para contratar y obligarse, a quienes de conocerlos doy fe, bien instruidos por mí el Notario en el objeto y resultados de esta escritura pública, a la que proceden de conformidad con la minuta que me presentan para que eleve a escritura publica, cuyo tenor literal es el siguiente: SEÑOR NOTARIO.- En el registro de escrituras públicas a su cargo, sírvase incorporar en su protocolo, una de ADJUDICACIÓN, al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA: COMPARECIENTES.- Comparecen al otorgamiento del presente instrumento público por una parte y en calidad de adjudicador el Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, representado por los señores ALDO FRUCTUOSO HERAS SEGARRA, de estado civil casado en su calidad de Presidente; EDISON GUSTAVO REYES REYES, de estado civil casado en su calidad de Vicepresidente; y, SEGUNDO ALFREDO LLANO TOAPANTA, de estado civil casado en su calidad de Tesorero, conforme consta del nombramiento otorgado por el Ministerio de Bienestar Social antes, hoy Ministerio de Inclusión Económica y social y de la autorización conferida por la Asamblea General del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche que se adjunta como documentos habilitantes; y, por la otra parte y en calidad de adjudicatario los cónyuges señores: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, casado con la señora Celia Isabel Navarrete Flores, por sus propios derechos. Todos los comparecientes son mayores: de edad y domiciliados en esta ciudad de Quito, SEGUNDA: ANTECEDENTES.- a).- Mediante escritura pública celebrado el dos de Julio de mil novecientos ochenta y uno ante el Doctor Jorge Machado Cevallos, Notario Primero del Cantón Quito, e inscrita el treinta de julio de mil novecientos ochenta y uno, donde los señores Víctor Julio Herrera y Ana María Proaño dieron en venta al señor; Jorge Anibal Yánez Vargas quien adquirió en estado civil soltero y noventa y tres personas más un predio situado en la ex hacienda El Besterio de la Parroquia de ChiIlogallo, del Distrito Metropolitano de Quito Provincia de Pichincha, b).- El Concejo Metropolitano de Quito el catorce de mayo de mil novecientos noventa y siete, expidió la Ordenanza Municipal número tres dos tres dos, de Reconocimiento Legal y celebración de escrituras individuales a favor de los posesionarios de los lotes Virgen del Quinche, la misma que se halla protocolizada el diez de julio de mil novecientos noventa y siete ante el Notario Vigésimo Segundo del Cantón Quito, inscrito en el registro de la Propiedad el uno de Noviembre del dos mil uno: c).- Los compradores al integrar a los noventa y cuatro compradores del predio antes descrito, conforman el Comité Barrial Pro mejoras Virgen Quinche, el mismo que fue aprobado por el Ministerio de Bienestar Social y mediante aprobación de Asamblea General Extraordinaria de cuatro de marzo del dos mil uno, la misma que se halla protocolizada el veinte y uno de noviembre del dos mil uno, ante el Notario Vigésimo Séptimo del Cantón Quito Dr. Fernando Polo Elmir, autorizaron al Presidente, Vicepresidente y Tesorero para que otorguen escritura individuales de fraccionamiento y adjudicación a favor de los socios del Comité, aclarando que el predio total tiene una superficie de treinta u cinco mil cuatrocientos noventa y tres metros cuadrados, un área útil de veinte y cinco metros cuadrados área comunal mil seiscientos doce metros cuadrados y área afectada por el oleoducto de cinco mil trescientos cuarenta metros cuadrados; d).- la Directiva del Comité Barrial Virgen del Quinche de conformidad con la autorización conferida por la Asamblea General, la Ordenanza Municipal número tres mil doscientos treinta y dos, el plano aprobado y el certificado otorgado por el señor Registrador de la Propiedad del Cantón Quito que les acredita ser propietarios de derechos y acciones, por medio del presente instrumento legalizan el fraccionamiento en noventa y cuatro lotes. Los linderos generales del predio son los siguientes: NORTE.- Con predios del Barrio Virgen del Quinche número Dos: SUR: Propiedad de la familia Camacho. ESTE.- Barrio el Beaterio Alto y, OESTE.- Barrio Beaterio Bajo. TERCERA.- ADJUDICACIÓN.El adjudicatario señor: JORGE ANIBAL YANEZ VARGAS, por sus derechos y acciones equivalentes a la noventa y cuatroava parte del predio total se le adjudica el lote de terreno signado con el número CINCUENTA de la parcelación del Comité Barrial Pro mejoras Virgen del Quinche, con todos sus usos costumbres, entradas, salidas, así como las construcciones de vivienda, conexiones de agua potable, luz eléctrica, canalización y más servidumbres anexas que fueron realizadas con el dinero de su propio peculio, sin reserva de clase alguna, QUINTA: LINDEROS.- los linderos del lote de terreno número CINCUENTA son los siguientes.- POR EL NORTE.- en una extensión de veinte metros con lote de Franklin Mejía: AL SUR.- en una extensión de veinte metros, con lote de Angela Luz Banda: AL ESTE.- en una extensión de once punto dieciséis metros con calle C; y, AL OESTE.- en diez punto setenta metros, con Zona de Protección del Oleoducto, Con una superficie total de DOSCIENTOS QUINCE METROS CUADRADOS. SEXTA: CUANTIA La presente adjudicación del lote de terreno número CINCUENTA, se la fija en TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES DOLARES, SEPTIMA: GASTOS.- Los gastos de la presente escritura y su posterior inscripción en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito, corren a cuenta de los adjudicatarios. OCTAVA AUTORIZACIÓN.- Se autoriza a los adjudicatarios para que inscriban la presente escritura en el Registro de la Propiedad correspondiente, NOVENO: ACEPTACIÓN.- Los comparecientes acepten la presente escritura por ser hecha a su propio beneficio. Usted señor Notario se servirá ordenar que se agregue las demás cláusulas de estilo para la plena valides del instrumento público, HASTA AQUÍ LA MINUTA, que queda elevada a escritura Pública, la misma que se encuentra firmada por el doctor Edison Reyes con matricula profesional numero seis mil seiscientos doce del Colegio de Abogados de Pichincha.- Para la celebración de la presente escritura publica, se observaron todos los preceptos legales del caso: y, leída que les fue a los comparecientes integramente por mi el Notario, se ratifican en ella y firman conmigo en unidad de acto, de todo lo cual doy fe.JUZGADO SEPTIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, jueves 13 de marzo del 2014, las 14h19. VISTOS: Avoco conocimiento en la presente causa, en mi calidad de Juez Encargado, mediante acción de personal No. 5501-DP-DPP, de 01 de Noviembre del 2013. La demanda que antecede es clara, completa y reúne los demás requisitos de ley. Publíquese por una sola vez un extracto de la escritura pública que se pretende inscribir, de la petición y esta providencia por la prensa en uno de los diarios de mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, de conformidad con lo previsto por el Art. 11 de la Ley de Registro e Inscripciones. Cítese al señor Registrador de la Propiedad de este cantón en el lugar que se indica. Agréguense al proceso los documentos que se acompañan. Téngase en cuenta el casillero judicial señalado por la compareciente. NOTIFÍQUESE. DR. LUIS EDUARDO TAIPE GUANOLUISA JUEZ ENCARGADO

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA EXTRACTO JUDICIAL AL PUBLICO EN GENERAL SE PONE EN CONOCIMIENTO Y POR ÚNICA VEZ LO SIGUIENTE: ACTORA MONICA TERESITA TOPON JADAN. DEMANDADO: JEFE PROVINCIAL DE REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN DE PICHINCHA. JUICIO DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA No. 291-2014. TRAMITE: ESPECIAL CUANTÍA: indeterminada. FUNDAMENTO LEGAL: Art. 89 DE LA LEY DE REGISTRO CIVIL IDENTIFICACIÓN Y CEDULACIÓN ABOGADO DEFENSOR: LUIS ALFONSO LUCERO CASILLA JUDICIAL No. 1123 JUZGADO DÉCIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de abril del 2014, las 15h35. VISTOS: La competencia de esta causa, se ha radicado en esta Judicatura mediante el sorteo respectivo, por lo tanto, avoco conocimiento de la misma en mi calidad de Jueza Titular de esta judicatura.- En lo principal, la demanda presentada es clara, precisa y reúne los requisitos de ley, declarándosela procedente se la acepta al trámite especial.- Publíquese el extracto de la demanda y de esta providencia por la prensa, por una sola vez, en uno de los periódicos de mayor circulación y que se editan en esta ciudad de Quito. Al efecto, confiérase el extracto respectivo. Cítese en legal y debida forma al señor Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación, en el lugar que se señala para el efecto.- Cuéntese con la opinión del señor Agente Fiscal Distrital de Pichincha.- Agréguese al proceso los documentos aparejados a la demanda.- Téngase en cuenta el casillero judicial señalado para sus notificaciones; así como la autorización conferida a su abogado defensor.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.- F) DRA. LIZBETH RON CADENA JUEZA. DR. PAUL ANDRES TAPIA SECRETARIO E

RESOLUCIÓN EXTRACTO CAUSA: No. DE JUICIO: ACTORA: CUANTÍA: JUEZA:

INTERDICCIÓN 2013-45879 DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA INDETERMINADA DRA. LUCY JACQUELINE ESTUPIÑAN SANCHEZ

CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, martes 8 de abril del 2014, las 16h49.- VISTOS: La señora Dra. SILVANA LILIAN MASSON PUMA, comparece ante esta UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA del Cantón Quito; y manifiesta: Mi hermano MASSON PUMA WALTER PATRICIO, sufre actualmente una enfermedad que le incapacita totalmente para realizar sus actos y contrato, pues los facultativos que le han examinado han manifestado "Se ha establecido un diagnóstico de Esquizofrenia Paranoide, que le imposibilita en sus funciones y facultades psíquicas y físicas..." Adjunto en una foja útil el certificado médico psiquiátrico, otorgado por el Director Dr. Edison Toscano, de conformidad a lo presupuesto en los arts. 752 y 753 del Código de Procedimiento Civil.- Con el antecedente mencionado y por cuanto es indispensable designar una persona para que lo represente en todos sus actos solicitamos se proceda a declararle en INTERDICCIÓN, para lo cual se designará un curador interino, insinuando para el efecto a su hermana DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA.- Solicita se nombre facultativos para que informen de la realidad y naturaleza de la incapacidad, y en fin se cumplan con todas las exigencias del caso determinados en la citada disposición legal, de lo cual se sentará en acta y por existir justo motivo, se ordenará la interdicción provisional; para lo cual se contará previamente con la vista de uno de los señores Agentes fiscales del Distrito de Pichincha.- Solicita que la demanda se publique en la prensa.Siendo el estado de la causa el de resolver, para hacerlo se considera: PRIMERO.- A la presente causa se le ha dado el trámite inherente a la misma, sin advertir omisión de solemnidad sustancial, por lo que se declara su validez procesal.- SEGUNDO.- De conformidad con lo establecido en el Art. 752 del Código de Procedimiento Civil, se ha llevado a cabo el examen psicosomático, en la persona del señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO Audiencia que consta a fs. 138 del Expediente.- A fs. 140 a 142 el informe Único que presentan las facultativas Dra. Elizabeth Goyburo, médica y la Psicóloga Silvia García, peritos acreditadas por el Consejo de la Judicatura y servidoras judiciales de la Unidad Técnica de la Unidad Judicial Tercera de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Cantón Quito; informe que en sus conclusiones dice que: "1. Que al tener el señor Masson una enfermedad mental de tipo progresivo, como la esquizofrenia paranoide, con presencia de ansiedad e ira no focalizada, requiere del cuidado de terceros y de medicación continua"; el mismo informe sugiere: "Que la entidad de atención Instituto Psiquiátrico Sagrado Corazón de Jesús mantenga el manejo y tratamiento que se viene realizando con el paciente.- TERCERO.- La señora DRA. SILVANA LILIAN MASSON PUMA parte actora en la presente causa ha solicitado la interdicción de su hermano señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO, acción que ampara el Art. 481 del Código Civil en concordancia con el artículo 464 de la ley sustantiva civil.- CUARTO.- Del informe medico legal y del análisis realizado por esta Judicatura, se desprende que en efecto el señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO tiene una enfermedad mental de tipo progresivo, esquizofrenia paranoide, con presencia de ansiedad e ira no focalizada, y que por tanto, requiere del cuidado de terceros y de medicación continua.- Esta discapacidad limita significativamente el funcionamiento intelectual y la conducta adaptativa. Por tanto, no es capaz de valerse por sí mismo, vivir independientemente, razonar y emitir juicios; tampoco puede manejar sus bienes.- Por estas consideraciones y fundamentado en los artículos 367, 478 del Código Civil y 752 y 753 del Código de Procedimiento Civil, LA SUSCRITA JUEZA RESUELVE: SE DECLARA LA INTERDICCIÓN PROVISIONAL del señor MASSON PUMA WALTER PATRICIO; y, conforme el Art. 484 numeral cuarto del Código Civil, nombrase Curadora Interina a su hermana señora SILVANA LILIAN MASSON PUMA, quien de aceptar el cargo se posesionará previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, para lo que oportunamente se señalará día y hora; de conformidad con los artículos 483 y 468 del Código Civil y Art. 754 del Código de Procedimiento Civil, se dispone que esta resolución se la inscriba en el Registro de la Propiedad del Cantón Quito y se la publique por la prensa, en uno de los periódicos de mayor circulación de esta ciudad de Quito.- Confiérase copias suficientes para el efecto.Notifíquese.- f) Dra. Lucy Jacqueline Estupiñan Sánchez, Jueza de la Unidad Judicial. Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. ABG. JACQUELINE VINUEZA GARZÓN SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL

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Gobierno Provincial del Guayas

CONVOCATORIA PÚBLICA El Gobierno Provincial del Guayas en su calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr) y la empresa IMPORTADORA INDUSTRIAL AGRÍCOLA DEL MONTE S.A. INMONTE, en cumplimiento con lo establecido en la Legislación Ambiental Ecuatoriana contenido en la Disposición Final Segunda, del Decreto Ejecutivo 1040, publicado en el Registro Oficial No. 332, del 08 de mayo de 2008, invitan al público en general y en especial a los moradores ubicados en el área de influencia a la revisión del Borrador del Estudio de Impacto Ex - Post y Plan de Manejo Ambiental para la "Operación, mantenimiento y abandono de la empresa IMPORTADORA INDUSTRIAL AGRÍCOLA DEL MONTE S.A. INMONTE", ubicado en la urbanización Las Brisas, manzana C1, solar No 1 en la vía Durán Babahoyo, Cantón Durán, Provincia del Guayas, que estará a disposición de la comunidad en la siguiente página web institucional del Gobierno Provincial del Guayas www.guayas.gob.ec/medioambiente, y en la página web institucional de la empresa importadora industrial Agrícola Del Monte S.A. Inmonte, www.delmontecuador.com, desde el lunes 19 de mayo hasta el jueves 29 de mayo de 2014. Observaciones, inquietudes y/o comentarios serán receptados hasta el jueves 29 de mayo del 2014, al correo electrónico [email protected] de la Dirección de Medio Ambiente del Gobierno Provincial del Guayas. Ing. Pedro Idrovo Triviño Representante Legal Importadora Industrial Agrícola Del Monte S.A. Inmonte

Ing. Roberto Urquizo Calderón Director de Medio Ambiente GOBIERNO PROVINCIAL DEL GUAYAS

May. 19-22 (146175)

SUC. EL EMPALME

JUZGADO PRIMERO DE COACTIVAS DEL BANCO NACIONAL DE FOMENTO, SUCURSAL EL EMPALME CITACIÓN JUDICIAL

Lo que comunico a Uds. para los fines de legales: y, de la obligación que tiene de señalar casilla judicial dentro del perímetro legal, en la forma establecida por la Ley. ATENTAMENTE, DR. MARIO ENRIQUE YANEZ URBANO SECRETARIO JUZGADO SÉPTIMO DE LO CIVIL

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PERDIDA DE CERTIFICADO Certificado de Inversión Extraviado No. 5925501253490 emitido por Banco Solidario perteneciente a Darío Xavier Pérez Gallegos telf. 3228484. Comunico para Fines Legales. Ab. 7-28; May. 19 (143235)

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Juicio Coactivo No. 278-2010 ACTOR: BANCO NACIONAL DE FOMENTO, SUCURSAL EL EMPALME DEMANDADO: RAMON HECTOR FARIAS ROSADO (FALLECIDO) y su apoderado especial ANGEL ARTIDORO FARIAS SANCHEZ. OBJETO DE LA DEMANDA: VALORES VENCIDOS DEL PAGARE 271363032309 CUANTÍA: US$ 12.000,00 (DOCE MIL 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). De conformidad a lo dispuesto en providencia con fecha 16 de Abril del 2014; a las 11H40, en la que se ordena citar a los herederos y presuntos herederos del fallecido señor RAMON HECTOR FARIAS ROSADO, con el objeto de hacer valer sus derechos, por desconocer sus domicilios y de conformidad a lo que establece el Art. 82 tercer inciso, del Código de procedimiento Civil, ordeno que se cite por la prensa por tres ocasiones distintas en uno de los periódicos de mayor circulación de la Capital de la provincia del Guayas. JUEZ DE LA CAUSA: Ab. Diomedes Zambrano Choez, Juez Delegado de Coactivas. Lo que comunico a usted para los fines de Ley, a fin de prevenirles de la obligación de señalar domicilio judicial para sus notificaciones, así como la de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso. El Empalme, 06 de Mayo de 2014 Ab. Mayra Cielo Salazar Zambrano SECRETARIA AD-HOC

May. 9-14-19 (145631)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABI MONTECRISTI

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA AVISO JUDICIAL Se pone en conocimiento del público en general en esta Judicatura se tramita el juicio de Rectificación de la Partida de Nacimiento. Actora: Marco Tulio Nieto Cabrera Demandado: Director Provincial del Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha Juicio: Especial No. 191-2014-CVM Objeto: Rectificación la partida de nacimiento del actor Cuantía: Indeterminada Fundamento Legal: Arts. 61 de la Ley de Registro Civil, Identificación y Cedulación Fecha de Inicio: 28 de abril del 2014 PROVIDENCIA JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA. Quito, lunes 28 de Abril del 2014, las 13h36. VISTOS: Agréguense al proceso los escritos y anexos que anteceden. En lo principal, una vez que el actor ha dado cumplimiento a lo ordenado en providencia inmediata anterior, se califica la demanda presentada por Marco Tulio Nieto Cabrera de clara, precisa y de reunir los demás requisitos establecidos por Ley, por lo que se la admite al trámite sumario.- Consecuentemente, en virtud de lo que dispone el Art. 89 de la Ley de Registro Civil, con el contenido de la demanda y este auto, córrase traslado al Director Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha, quien deberá ser citado en la dirección indicada por el demandante en el libelo inicial, debiendo para el efecto enviar las boletas respectivas a la oficina de citaciones. Publíquese un extracto de la demanda presentada y éste auto en uno de los periódicos de mayor circulación que se editan en ésta ciudad de Quito conforme dispone la norma legal invocada.- Hecho que sea, con todo lo actuado, óigase al señor Agente Fiscal de lo Penal de Pichincha. Téngase en cuenta el casillero judicial para que reciban sus notificaciones.- Notifíquese.- Ab. Oscar Lanata Alava, Juez (E) Lo que comunico al público en general para fines de Ley. Quito, 13 de Mayo del 2014 DR. RODRIGO ESCOBAR HERRERA SECRETARIO (E) DEL JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE PICHINCHA

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CASILLA JUDICIAL No. 3902 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL EXTRACTO DE CITACIÓN A: PÚBLICO EN GENERAL. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de APERTURA DE SUCESION HEREDITARIA No. 09201-2013-12673 (con numeración anterior 09207-2013-3928; y numeración vieja de Juzgado 23 de lo Civil No. 09323-2012-0316, que por resorteo le ha tocado conocer a este despacho en esta Unidad Judicial Norte de FMNA de Guayaquil, proceso seguido por TOVAR OCHOA WILSON GIOVANNY en contra de MORALES AGUIRRE ELENA GARDENIA.ACTOR OFENDIDO: ACURIO BRITO FABIAN HUMBERTO. AUTO: Juicio No. 2012-0316 JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Guayaquil, lunes 8 de abril de 2013 las 08h57. VISTOS: Atenta la acción de personal No. 379-UARM-NVP, de fecha 17 de enero de 2013, avoco conocimiento de la presente causa.- Habiéndose cumplido con lo ordenado en providencias anteriores, la demanda que antecede presentada por WILSON GEOVANNY TOVAR OCHOA, se la califica de clara, precisa y completa por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite a trámite.- En mérito de la acta de inscripción de defunción que en consta inserta en la posesión efectiva acompañada en copia certificada, se ha acreditado el fallecimiento del que en vida fuera su padre, señores PEDRO ENRIQUE TOVAR AGUIRRE, hechos ocurridos en esta ciudad de Guayaquil.- el 21 de Agosto 2006, por lo que se declara abierta la sucesión intestada desde la fecha de su fallecimiento, debiendo publicarse esta declaratoria en uno de los diarios de amplia circulación. Procédase a la facción del inventario y avalúo de los bienes dejados por el causante.- En vista de la declaración bajo juramento, que hace el actor, quien manifiesta que desconoce y le ha sido imposible determinar la individualidad y lugar de residencia de los los herederos conocidos y desconocidos del causante por la prensa de conformidad con el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, debiendo el Secretario encargado del Despacho, elaborar y entregar el correspondiente extracto de citación.- Agréguense a los autos los documentos acompañados.- Tómese en cuenta el casillero judicial que señalan los accionante y la autorización que da a su abogada defensora.- Actúe el Ab. Christian Criollo Escalante, en su calidad de secretario encargado del Juzgado Vigésimo Tercero de lo Civil de Guayaquil, en mérito de la Acción de Personal No. 2666-UARH-AOR Notifíquese.-Juicio No. 2012-0316 JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL DE GUAYAS. Martes 10 de septiembre de 2013 las 11h24. Vistos: Conforme lo determina la resolución No. 058-2.013 del Pleno del consejo de la judicatura de fecha mayo 18 del 2.013. ARTÍCULO UNICO.- Todas las causas activas y pasivas, en materia de Familia Niñez y Adolescencia que se iniciaron con anterioridad a la creación de las Unidades Judiciales o Juzgados Únicos de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, conocidas por los jueces de lo Civil de la Función Judicial, pasaran previo sorteo, a conocimiento de las y los jueces de la Familia Niñez y Adolescencia, en concordancia con la ampliación expedida en la resolución 80-2013 y la ampliación de lo dispuesto en los mismos establecidos en la Resolución DPCJ-60602013 de fecha 18 de agosto del 2013, me inhibo de seguir sustanciando la presente causa, por lo tanto el señor secretario de la judicatura envié el proceso Al módulo de resorteo respectivo para que se dé cumplimiento con lo dispuesto en dicho artículo. Hágase saber y Cúmplase. Juicio No. 2013-12673. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL NORTE DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. Guayaquil, lunes 14 de abril del 2014, las 10h22. Agréguese a los autos el escrito presentado por el actor Sr. WILSON TOVAR OCHOA, proveyendo lo solicitado se dispone que intervenga la actuaria del despacho a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el Art. 82 de Código de procedimiento Civil.- CÚMPLASE Y HÁGASE SABER.Lo que comunico a usted para los fines de Ley advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio dentro de los veinte días posteriores a la última publicación y la de señalar casilla judicial para futuras notificaciones, en caso contrario será tenido o declarado rebelde. CUANTÍA: Indeterminada.- Particular que comunico a Ud., para los fines de Ley.Guayaquil, miércoles 16 de abril del 2014.Ab. Viviana M. Segura Ronquillo SECRETARIA ENCARGADA

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Al desaparecido MARCO IVAN CHINGA MERO, se le hace saber que en este Juzgado por sorteo de ley ha correspondido el conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE MUERTE PRESUNTA, cuyo extracto y auto inicial es el siguiente: ACTOR: SRA. JESSENIA DEL ROCIO MANZANO ZAMORA. DEMANDADO: MARCO IVAN CHINGA MERO. TRAMITE: ESPECIAL JUICIO No. 238-2013 ABOGADO DEFENSOR: ABG. ROBERTH LOOR NIETO Y JORGE VILLACRESES GUILLEN OBJETO DE LA DEMANDA: Que el día 17 de marzo del año 2012 mi cónyuge que corresponde al nombre de MARCO IVAN CHINGA MERO, por su trabajo como pescador zarpo en el barco denominado “TUNA 1” DESDE Puerto Atún de Punta Blanca de Jaramijó con destino a varios lugares en la costa Ecuatoriana. Como es de conocimiento público señor Juez, el día 3 de abril del 2012 aproximadamente a las 23H50, dicha embarcación barco denominado "TUNA 1" sufrió un naufrago a 180 milla de las costas de las Islas Galápagos y después de las gestiones de búsqueda, solo fueron rescatados vivos 14 tripulantes 4 fallecidos y declarados como únicos desparecido mi esposo MARCO IVAN CHINGA MERO.- Tanto la Marina, la FAE del ejercito emprendieron continuar búsqueda durante el lapso de una semana consecutiva, sin lograr localizar a mi cónyuge de nombres MARCO IVAN CHINGA MERO, esto es desde el 17 de marzo del 2012 hasta la fecha, se desconoce el paradero de mi cónyuge. Tripulante de la embarcación denominada "TUNA 1" de tal modo que ha transcurrido más de un año desaparecido.- Con los documentos que adjunto justifico ser esposa del señor MARCO IVAN CHINGA MERO.- Habiendo transcurrido más de un año a la fecha y no haber sido encontrado mi cónyuge MARCO IVAN CHINGA MERO pese a las continuas búsquedas que se ha realizado en forma privada y con la ayuda de los Entes Estatales que he mencionado ni existir dato alguno, se estime que mi cónyuge antes mencionado a fallecido. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. FABRICIO MENENDEZ MACIAS, JUEZ TITULAR DEL JUZGADO DECIMO SEGUNDO DE LO CIVIL MANABI-MONTECRISTI, Quien en providencia de fecha Montecristi, 19 de junio del 2013, las 15h15... En esta virtud como de la documentación que se acompaña se ha justificado que se desconoce el paradero del señor MARCO IVAN CHINGA MERO, habiendo realizado las diligencias posibles para averiguarlo: y, luego de haber transcurrido más de 6 meses desde que tuvo la noticia de la existencia del desaparecido se dispone citar al señor MARCO IVAN CHINGA MERO, en la forma prevista en el numeral 2 del Artículo 67 del Código Civil esto es por 3 veces en el Registro Oficial y en uno de los Diarios de mayor circulación nacional por intervalo de un mes entre cada dos citaciones.- Ofíciese al señor Director del Registro Oficial de la ciudad de Quito, haciéndole conocer que se ha ordenado la publicación de la demanda de muerte presunta del señor MARCO IVAN CHINGA MERO, a fin de que ordene a quien corresponda se proceda a realizar la misma, en el Órgano oficial para los efectos de ley.- Cuéntese en la presente causa con el señor Agente Fiscal cantonal, quien deberá ser notificado por el señor citador que cuenta esta judicatura... Se la hace saber que de no comparecer al proceso dentro del término de veinte días contados desde la tercera y última publicación, podrá ser declarado en rebeldía. Cúmplase y Notifíquese.- fdo.) ABG. FABRICIO MENENDEZ MACIAS, JUEZ DÉCIMO SEGUNDO DE LO CIVIL DE MANABIMONTECRISTI. Montecristi, 26 de junio del 2013 AB. YONSI PARRALES PIVAQUE SECRETARIA (E) JUZGADO XII DE LO CIVIL DE MANABI-MONTECRISTI

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EXTRACTO DE CITACIÓN

"La compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGIA E INFORMATICA ECUASETI S. A., se constituyó por escritura pública otorgada ante el Notario Trigésimo del Distrito Metropolitano de Quito, el 27 de marzo de 2014".

Dr. Oswaldo Noboa León SUBDIRECTOR REGIONAL DE ACTOS SOCIETARIOS DE LA INTENDENCIA REGIONAL DE QUITO (146328)

AB. ANGELITA MEJIA VILLACRES SECRETARIA

May. 19-30; Jun. 12 (146277)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA - ECUADOR - SACHA

EXTRACTO - JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: ENMA LUCELINA MACIAS CEDEÑO ACCIONANTE: EBARISTO BIENVENIDO CEVALLOS MENDOZA DEMANDADA: ENMA LUCELINA MACIAS CEDEÑO CAUSA: DIVORCIO CONTENCIOSO TRAMITE: VERBAL SUMARIO PROCESO: No. 488-2013 JUEZ: DR. JAIME ESPIN FERNANDEZ DEMANDA: CEVALLOS MENDOZA EBARISTO BIENVENIDO, ecuatoriano, 49 años de edad, cedula 080123387-5 casado, c.c. 140020379-8, domiciliado en el Cantón Joya de los Sachas, Provincia Orellana, comparezco y demando el Divorcio: Fundamento de Hechos, soy Casado, con MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA, en el Cantón Orellana, Provincia de Orellana, el 12 de diciembre del 2008. Es mi deseo de no vivir con la prenombrada señora, he sido objeto de continuos malos tratos he injurias graves. Mi vida conyugal es imposible. Los fundamentos de derecho en que baso mi demanda son los artículos 110, numeral tercero, del Código Civil. El trámite es VERBAL SUMARIO. La cuantía es indeterminada. Me ha sido imposible determinar la residencia de la demandada por lo que conforme al juramento rendido sobre la imposibilidad de determinar la residencia, pido a su Autoridad se sirva citar a MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA, por medio de la prensa, conforme lo determina el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, notificaciones que me correspondan las recibiré en la casilla judicial N° 27 y autorizo al Ab. Roberto Chang Franco. PROVIDENCIA.JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA.- La Joya de los Sachas, a miércoles 19 de febrero del 2014, a las 08h50.- VISTOS.- Avoco conocimiento de la presente causa en mí calidad de Juez Titular de esta Judicatura.- En lo principal, la Demanda de DIVORCIO CONTENCIOSO presentada por el señor, CEVALLOS MENDOZA EBARISTO BIENVENIDO, es clara, completa y reúne las demás requisitos exigidos por la Ley, en consecuencia se la admite a trámite en la vía de juicio Verbal Sumario.- Se dispone citar a la señora MACIAS CEDEÑO ENMA LUCELINA en el lugar que el actor indica, entregándole copia de la demanda, auto de calificación recaído en la misma y advirtiéndole de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad Joya de los Sachas para que reciba posteriores notificaciones que le correspondan, en caso de no comparecer continuará el trámite de la causa y se la declarará en rebeldía.- Tómese en cuenta la procreación NO hijos y la inexistencia de bienes susceptibles de partición.- Téngase en cuenta el casillero judicial N° 27 señalado por el actor para recibir posteriores notificaciones que le correspondan y la autorización concedida a su Defensor Abogado Roberto Chang Franco.- Agréguense a los autos los documentos anexos a la demanda. PROVIDENCIA.JUZGADO DE LO CIVIL DE ORELLANA. La Joya de los Sachas, jueves 8 de mayo del 2014, a las 11H57.--.... en el auto de calificación de la demanda no se mandó a publicar por la prensa enmendado el error se dispone que el extracto de la demanda y el auto de calificación de la misma sea publicado en el Diario El Telégrafo que se edita en la ciudad de Quito, conforme establece el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y Art. 119 del Código Civil, citando a la demandada Enma Lucelina Macías Cedeño.- CUMPLASE, CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.LO QUE COMUNICO A USTED PARA LOS FINES DE LEY. Abg. Oscar Goya Macías SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DE LA JOYA DE LOS SACHAS ORELLANA

CASILLA: 4040 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR FAMILIA MUJER NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

EXTRACTO DE CITACIÓN A: LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL No. 20137331, presentado por KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO, en contra de LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA. ACTOR: KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO DEMANDADO: LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA OBJETO DE LA DEMANDA: Concurro ante usted señor Juez y demando a mi cónyuge el señor LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA, el divorcio a fin de que en sentencia, aceptando mi demanda, se declare disuelto el vinculo matrimonial que me une a él y a la vez disponga su marginación en el acta de matrimonio respectiva en el Registro Civil, debiendo oficiarse para el efecto al señor Director del Registro Civil de la ciudad de Guayaquil. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL.- Guayaquil, lunes 01 de abril del 2013, las 09h11.- VISTOS: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SANCHEZ, en mi calidad de Jueza de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, de la Unidad Judicial 4 de la Ciudad de Guayaquil, por disposición del Consejo de la Judicatura de Transición; y, en virtud de lo dispuesto en el Art. 171 y 234 del Código Orgánico de la Función Judicial; y, el respectivo sorteo que antecede AVOCO, conocimiento de la demanda de DIVORCIO POR CAUSAL presentada por KERLY ERIKA RIVERA CHONILLO, contra de su cónyuge LUIS JACOBO BELTRAN MOSQUERA, con sus respectivos anexos. Conforme a lo manifestado por la parte actora y previo a proveer conforme a derecho, se dispone que, de acuerdo a las advertencias sentadas por la ex Corte Suprema de Justicia en el Prontuario de Resoluciones N° 2, página 129, cuanto por la Corte Constitucional en su resolución publicada en el Suplemento del Registro Oficial N°228 del lunes 5 de julio del 2010, con las prevenciones de orden legal, comparezca a una de las Salas de la Unidad Judicial especializada de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia No. 4 del cantón de Guayaquil, ubicado en Córdova y Mendiburo, el 08 de abril del 2013 a las 13H45, a fin de que SE elabore la respectiva acta en LA QUE LA PARTE ACTORA, bajo juramento y conociendo sobre la penas de perjuro y falso testimonio, EXPRESARA que diligencias, investigaciones o averiguaciones ha hecho en orden DE DETERMINAR el actual domicilio o residencia de la parte demandada, PUNTUALIZANDO ADEMAS, que a pesar de dichas diligencias HA SIDO IMPOSIBLE determinar el domicilio o residencia de la parte demandada.- Tómese en cuenta el casillero 4040 y correo electrónico [email protected] señalado por la parte accionante y la autorización concedida a su abogada patrocinadora.- Intervenga en calidad de actuario de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, el abogado Juan Javier Fajardo.- NOTIFÍQUESE.- Agréguese a los autos el escrito presentado por la actora de fecha 3 de Abril del 2014 a las 09h52.- En lo principal, una vez cumplida la diligencia que antecede y por ser el estado de la causa, cúmplase con la diligencia d citación a la demanda de conformidad a lo dispuesto en el Art. 82 del Código de procedimiento Civil, para el efecto elabórese el correspondiente extracto a fin que se pueda cumplir con la diligencia.- Continúese con la casilla judicial y el correo señalados para las notificaciones.- NOTIFIQUESE, CUMPLASE Y CITESE.CUANTÍA: INDETERMINADA.JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SANCHEZ, UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN GUAYAQUIL, Y EL ABG. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO, QUE CERTIFICA.Guayaquil, 08 de mayo del 2014

Señalamiento que se publicará por tres veces, en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, y por tres carteles que se fijarán en tres de los parajes más frecuentados de la cabecera de la Parroquia en que esté situado el bien.- La publicación de los avisos se hará mediando ocho días, por lo menos, de uno a otro, y del último de ellos al día señalado para el remate.- De conformidad con lo establecido en el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, las posturas se presentarán ante el Secretario del Juez que ordenó el remate, desde las trece horas hasta las diecisiete horas del día señalado para el remate, y deberán estar firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión.- De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio; para lo cual, las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, deberán acudir a ésta Judicatura hasta treinta días antes del remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos el día MIERCOLES 21 DE MAYO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.-No se aceptarán ofertas a plazo por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución.- En mérito a lo establecido en los Artículos 466 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas que no vayan acompañadas, por lo menos, del 10% del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los US $ 10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).- Los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos, entregados por el secretario y un certificado en el que conste que el oferente no está registrado por delitos de narcotráfico emitido por el CONSEP, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.- Conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar, por ser SEGUNDO SEÑALAMIENTO de remate. En virtud de la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, en su parte pertinente indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen a plazos de hasta ocho años para el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo.- La Adjudicación se la realizara se la realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil, y el bien inmueble se entregara en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio del bien inmueble materia del remate, serán de cuenta del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación.- De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono serán con cargo de los coactivados.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del Distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia de División Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, Sucursal Quito, al teléfono 2562360- 560888 ext. 4478, Departamento de Coactiva.

Abg.Fabricio Terán Dávila SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL Abr. 15-30; May. 19 (143694)

AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 8 de abril del 2014; por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 036-2013, se ordenó el remate del bien mueble embargado, señalándose para el efecto, el día JUEVES 19 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles Juan León Mera N19 y Av. Patria, piso 17, de la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano. vehículo automotor con chasis cabinado de 7.5 toneladas de capacidad de carga, motor a diesel 5.307 c.c. Euro 2 Norma INEN NTE 2207:98, marca HINO, modelo: FC4JJUA, año 2008, motor JO5CTF19206, chasis: VIN:9F3FC4JJU9XX14423, color amarillo y negro, RAMV: T00804144, clase Omnibus, placas PUK-0936. AVALUO: $ 65.751,75 SESENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y UNO 75/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.- Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día JUEVES 19 DE JUNIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en la Avenida 9 de Octubre # 200 y Pichincha, segundo piso, de esta ciudad de Guayaquil. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día LUNES 2 DE JUNIO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso que el día del remate, la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos, las tasas, servicios y demás serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional o al teléfono 256 4900 ext. 4493, Departamento de Coactiva.- Quito, 8 de abril del 2014.Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Dr. Eduardo Sandoya Sánchez SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL

Abr. 21; May. 06-19 (143962)

AVISO DE REMATE Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 31 de marzo del 2014; a las 08h25, por el señor Juez Nacional de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 52-2012, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el día JUEVES 12 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito.

Ab. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO

(146335)

REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTÓN GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN A: JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ. LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD Nº 2014-2231 seguido por SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO en contra de JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ ACTOR: SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO DEMANDADO: JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ OBJETO DE LA DEMANDA: Que la señora Jueza mediante Sentencia declare LA SUSPENSION DE PATRIA POTESTAD al DEMANDADO JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ. AUTO INICIAL: CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS.- UNIDAD JUDICIAL SUR DEL CANTON GUAYAQUIL.: VISTOS: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SÁNCHEZ de conformidad con lo que prescribe el artículo 234 del Código Orgánico de la Función Judicial, avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez la de la Unidad Judicial sur Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Guayaquil.- En lo principal, la demanda de SUSPENSIÓN DE PATRIA POTESTAD presentada por SOFIA NATALY VILLACIS HURTADO es clara, precisa, completa y reúne los requisitos de admisibilidad que establece la Ley, por lo que se la admite al trámite establecido en el procedimiento contencioso general oral de conformidad con el artículo 271 y siguientes del Código de la Niñez y Adolescencia.- CITESE con la copia de la demanda y esta providencia a la parte demandada, JUAN CARLOS ESLAVA TELLEZ, en el lugar que se indica en libelo de demanda, para lo cual, se remitirá los folios a la Oficina de Citaciones de esta Unidad Judicial.- Previniéndole al demandado de la obligación que tiene de señalar casilla judicial para sus notificaciones, bajo prevenciones de tramitar la causa en rebeldía.- Hecho que sea, realícese la audiencia de Conciliación y contestación a la demanda a la que concurrirán las partes en virtud del principio de inmediación previsto en los artículos 75 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador en forma personal, o por Procuración Judicial que contenga poder amplio y suficiente, y que contenga cláusula especial para transigir; audiencia en la que de conformidad con el principio de concentración constante en el artículo 168 numeral 6 de la norma constitucional señalada, se presentará prueba instrumental y otros medios de pruebas.- Téngase en cuenta la casilla judicial # 1822 señalada por la parte accionante así como la autorización que le confiere a su abogado patrocinador.- Notifíquese.CUANTÍA: Indeterminada JUEZ DE LA CAUSA: AB. MARICELA ALONDRA PROAÑO SÁNCHEZ, JUEZA DE LA UNIDAD JUDICIAL SUR DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS Y ABOGADO ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA, SECRETARIO.- QUE CERTIFICA. GUAYAQUIL, 25 DE MARZO DEL 2014.AB. ANGEL ALFREDO TROYA ACOSTA SECRETARIO (E)

May. 19-30; Jun. 12 (146289)

AVALÚO: CUATROCIENTOS DIEZ Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON23/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USD $ 418.654,23), las características podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo.

En el extracto de la escritura constitutiva de la compañía SERVICIOS ESPECIALIZADOS DE TECNOLOGIA E INFORMATICA ECUASETI S. A., publicado en el Diario El Telégrafo el 8 de Mayo de 2014, se ha deslizado un error en cuanto al número de Notaría donde se otorgó la escritura pública de constitución, siendo lo correcto:

LE HAGO SABER: Que por sorteo ha tocado conocer el juicio de DIVORCIO POR CAUSAL N° 2014-2288, seguido por GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES en contra de YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE, se encuentra lo siguiente:

AUTO INICIAL: Forme parte del expediente, el Acta de Declaración Juramentada, y en mérito de la razón Actuarial que antecede y por sorteo de ley, puesta en mi despacho en la presente fecha; Abg. VICTORIA TOTOY CEVALLOS Jueza Titular, de la Unidad Judicial Especializada de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, Norte, antes Unidad Judicial, tercera, por el traspaso de esta unidad, mediante resolución, emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, N.- 118-2013, del 13 de septiembre del 2013, y legalmente nombrada, mediante acción de personal n.- 10791-DNTH-SBS, del 27 de septiembre del 2013.- En lo Principal.- Avoco conocimiento de la demanda que antecede de DIVORCIO POR CAUSAL, presentada por el señor, GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES, contra su cónyuge de su cónyugue señora YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE, se la califica de clara, precisa y completa, por reunir los requisitos de ley, razón por la cual se la admite al trámite del juicio verbal sumario, (divorcio).- En consecuencia, cítese, por la prensa toda vez que el actor ha declarado bajo juramento ante el suscrito desconocer su actual residencia o domicilio y que a pesar la diligencias e investigaciones realizadas no le fue posible determinar el domicilio o residencia de la parte demandada; en el modo establecido en el Art. 82 del C.P.C. en concordancia con el inciso segundo del Art. 119 del Código Civil en uno de los siguientes diarios: El Universo, El Telégrafo, Expreso. La actuaria del despacho elabore los extractos de citación.- Téngase en consideración que el accionante declara que dentro del matrimonio, no han procreado hijos, así como tampoco han adquirido bienes de ninguna naturaleza.- Cumplida la citación ordenada se le hace saber a la demandada de la obligación que tiene de señalar casillero judicial en esta ciudad de Guayaquil para futuras notificaciones, en un término de 72 horas, de realizada la última citación, bajo prevenciones de Ley que de no comparecer se procederá en rebeldía.- Adviértase la casilla judicial y correo electrónico, señalado para el efecto, así como la autorización judicial conferida al profesional del derecho mencionado.- Agréguese los documentos que acompaña.- Que intervenga la abogada Angelita Mejía Villacrés, en su calidad de actuaria del despacho, de esta Unidad Judicial Norte.- Hágase saber.- Notifíquese, Cítese.

CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE A REMATARSE: Lote de terreno numero 1, producto de la partición de un lote de terreno rural ubicado en el sector río Alpayacu y río Tigre, parroquia y cantón Mera, provincia de Pastaza cuyos linderos y dimensiones con los siguientes; NORTE: en cuatrocientos cinco metros con César Quiroz; SUR: en cuatrocientos cuatro metros con ochenta y siete centímetros con camino de ingreso de cinco metros de ancho; ESTE: en cincuenta metros con cero tres centímetros con vía Mera-río Anzu; OESTE: en ciento veinte y seis metros con trece centímetros con el señor César Camino.- La superficie total aproximada del lote de terreno es de treinta y cinco mil cuarenta metros cuadrados con treinta y dos decímetros cuadrados (35.040,32m2).

Lo que comunico al público, para los fines de Ley.-

FE DE ERRATAS

A: YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE

OBJETO DE LA DEMANDA: Que el señor Juez mediante Sentencia declare disuelto el vínculo matrimonial que une a la señora YARISSA YAJAIRA ESPINOZA BONE con el señor GILBERT HUMBERTO LOPEZ MORALES.- De conformidad a lo establecido en el Art. 110, segundo inciso, numeral 11 del Código Civil vigente.

Pongo en conocimiento del público, que en Auto dictado el 4 de abril del 2014, a las 11h55, por el señor Juez Delegado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, dentro del Juicio Coactivo No. 219-2010, se ordenó el remate del bien inmueble embargado, señalándose para el efecto, el VIERNES 20 DE JUNIO DEL 2014, el que se llevará a cabo desde las 13h00 hasta las 17h00, en la Secretaría de este Despacho, en el Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, de la ciudad de Quito .

Quito D.M., 10 de abril del 2014.

Quito, 15 de Mayo de 2014 REPÚBLICA DEL ECUADOR CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL NORTE DEL CANTÓN GUAYAQUIL

AVISO DE REMATE

May. 19-30: Jun. 12 (146336)

Complejo turístico ubicado en un solar conformado por varios lotes que forman un solo cuerpo y edificación situado en el punto denominado “Pititig el Salado”, en el camino que lleva a las aguas termales del Salado, de la jurisdicción urbana de la parroquia Matriz, cantón Baños de Agua Santa, provincia de Tungurahua, con una superficie de nueve mil doscientos metros cuadrados; cuyos linderos y dimensiones son los siguientes: NORTE: Propiedad del señor Cicerón Pérez, en ciento veinte y siete metros sesenta centímetros; SUR: Varios propietarios en dos linderos, uno de ciento nueve metros y el otro de sesenta y dos metros; ESTE: Avenida El Salado, en cuarenta y cuatro metros sesenta centímetros y otra alineación a varios propietarios con sesenta y dos metros; y, OESTE: Borde de acequia en dos alineaciones una con cincuenta y dos metros cuarenta centímetros y otra con cincuenta metros veinte centímetros. ÁREA TOTAL DE: NUEVE MIL DOSCIENTOS METROS CUADRADOS 9.200 m² AVALUO: USD. USD $ 2.378. 232,65 (DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS CON 65/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).Las características y demás especificaciones podrán ser apreciadas en el Informe de Avalúo que consta en el proceso.Se fija como PRIMER SEÑALAMIENTO de REMATE para el día JUEVES 12 DE JUNIO DEL 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00, tal como lo dispone el Art. 458 del Código de Procedimiento Civil, reformado en el Suplemento publicado en el Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011, el mismo que tendrá lugar en la sala del Juzgado de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, ubicada en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de esta ciudad de Quito. De acuerdo a la reforma del artículo 457 del Código de Procedimiento Civil, publicado en el Suplemento-Registro Oficial No. 583 del 24 de noviembre de 2011, los postores deberán ser calificados con quince días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio. Las personas naturales y/o jurídicas que deseen participar en el remate, se les recomienda acudir a esta judicatura dentro del plazo de treinta días antes de la fecha de remate para que se realice la calificación respectiva, para el efecto el secretario de coactiva entregará los formularios correspondientes para que en base a la información reportada por parte de las personas interesadas, sean calificadas por la Corporación Financiera Nacional para que puedan participar en la presentación de posturas el día del remate. En tal virtud los interesados deberán retirar la documentación correspondiente a partir de la primera publicación en la prensa y entregar todos los documentos hasta el día VIERNES 16 DE MAYO DEL 2014.- La Corporación informará oportunamente a los postores sobre el resultado de la calificación.- No se aceptarán ofertas por los postores que no hubieren sido previamente calificados por la institución, salvo el caso que el día del remate, la oferta que se presente sea de contado.- Las posturas y mejoras se presentarán por escrito dirigidas al Juez de Coactiva de la Corporación Financiera Nacional, en las que se indicará la casilla judicial para las notificaciones de Ley, y deberán ser firmadas por el postor y un abogado en el libre ejercicio de la profesión, adjuntando copia de la cédula de ciudadanía o de identidad del interesado y copia de la credencial del abogado que le patrocina. Las posturas deberán ser presentadas personalmente por el abogado que patrocina al interesado o por el postor o conjuntamente el postor con su abogado patrocinador. No se admitirán posturas tachadas, corregidas o ininteligibles, así como las que no vayan acompañadas, por lo menos, del diez por ciento del valor total de la oferta, el que se consignará en dinero o en cheque certificado por el banco o en cheque girado por el banco a la orden de la Corporación Financiera Nacional; si el diez por ciento que se consigna sobrepasa los USD $10.000,00 (DIEZ MIL, 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) los postores deben suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por el CONSEP, tampoco las que fueren presentadas antes de las trece horas o después de las diecisiete horas del día señalado para el remate. Por tratarse de PRIMER SEÑALAMIENTO conforme a lo previsto en el Art. 468 del Código de Procedimiento Civil, tampoco se admitirán posturas por menos de las dos terceras partes del valor del avalúo de la cosa que se va a rematar.- En virtud a la reforma del Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, publicada en el Suplemento - Registro Oficial # 583 del 24 de Noviembre del 2011,en su parte pertinente del inciso segundo indica que se podrá aceptar posturas en las cuales se fijen plazos de hasta ocho años, en el caso de remate de bienes inmuebles, siempre y cuando se ofrezca el pago de, por lo menos, el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas y que el capital se pague anualmente en cuotas iguales durante el plazo. De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 461 del Código de Procedimiento Civil, antes de cerrarse el remate, el deudor puede librar sus bienes, pagando la deuda, intereses y costas.- El remate del bien inmueble se lo realizará de conformidad con lo dispuesto en el primer inciso del artículo 1773 del Código Civil y se lo entregará en el estado en que se encuentre.- Todos los gastos de protocolización e inscripción y demás que se hagan para la transferencia de dominio de los bienes inmuebles materia del remate, serán por cuentas del adjudicatario, condición que se hará constar en la respectiva publicación. Así mismo, las costas y gastos que se generen a partir de la fecha en que se dicte el correspondiente auto de adjudicación, serán a cargo del adjudicatario. De igual forma se hará constar que los impuestos municipales, prediales, las tasas, servicios de luz, agua, teléfono y condominio (en caso de que sean bienes que se encuentren en propiedad horizontal) serán con cargo al coactivado.- Si fuera una persona natural que resultare ser la adjudicataria de los bienes a rematarse deberá contratar un seguro de desgravamen, siempre y cuando se rematare el bien a plazos.- De conformidad a lo establecido en el artículo 32 de la Ley Orgánica de la Corporación Financiera Nacional, dicha Institución puede hacer posturas con imputación al valor de su crédito, sin necesidad de depositar el diez por ciento de su valor, aún cuando hubiere tercerías coadyuvantes, en este caso, se contará con uno de los Agentes Fiscales del distrito, quien representará para este exclusivo efecto, al propietario de la cosa materia del remate, para lo cual ofíciese a la Gerencia Regional Administrativa, a fin de que tenga conocimiento del remate que se va a efectuar.- La Actuaria del despacho, elabore el aviso correspondiente que se publicará por tres ocasiones en un periódico de la Provincia en que se sigue el juicio, y en su falta, en uno de los periódicos de la Provincia cuya capital sea la más cercana, mediando por lo menos ocho días entre cada publicación y desde la última con relación a la fecha del remate, debiendo tener en consideración que en los avisos no se hará constar el nombre del deudor. Así mismo, proceda a fijar los carteles de remate en los tres parajes más frecuentados de la cabecera de la parroquia en que esté situado el bien referido, conforme a lo dispuesto en el Art. 456 del Código de Procedimiento Civil.- Hecho vuelvan los autos para proveer lo que corresponda.- Cualquier información adicional solicitarla a la Corporación Financiera Nacional, oficina principal Quito, ubicado en las calles Juan León Mera N19-36 y Av. Patria, décimo séptimo piso, de la ciudad de Quito, o al teléfono 2564900 ext. 2470, Departamento de Coactiva.- Quito, 18 de abril del 2014. Lo que comunico al público, para los fines de Ley.Ab. Francisco Alvear Montalvo SECRETARIO DEL PROCESO CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL

Abr. 21; May. 6-19 (144246)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

REPÚBLICA DEL ECUADOR AVISO JUDICIAL DE REMATE JUZGADO VIGÉSIMO DE LO CIVIL DE PICHINCHA Se pone en conocimiento del Público en general que el día 19 de junio del dos mil catorce, desde las trece horas (13h00), hasta las (17h00), diecisiete horas en la Secretaria del Juzgado Vigésimo de lo Civil de Pichincha, se procederá al remate del bien inmueble embargado, dentro de la causa cuyas característica y demás especificaciones se detallan a continuación. JUICIO EJECUTIVO 464-2009- L.A 1. UBICACIÓN POLÍTICA DEL BIEN INMUEBLE. • Provincia: Pichincha • Cantón: Rumiñahui • Parroquia: San Rafael. • Sector El Triángulo • Calles: Av. General Enríquez e Isla San Cristóbal No. 229 • Edificio: "El Prado" • Oficina: Cuatro. 2. ÁREA Y LINDEROS DEL TERRENO Y OFICINA NÚMERO CUATRO. ÁREA Y LINDEROS GENERALES EDIFICIO EL PRADO NORTE: Con la carretera Quito - Sangolquí, en cuarenta y cuatro metros, treinta centímetros. SUR: Con el lote número once de la Lotización San Rafael, en treinta y nueve metros treinta centímetros. ESTE: Con calle Quinta Transversal, en treinta y siete metros diez centímetros. OESTE: cuarenta centímetros. SUPERFICIE: Mil quinientos veinte metros cuadrados ÁREA Y LINDEROS DE LA OFICINA CUATRO, N+ 6.12 En siete metros noventa y cinco centímetros, cielo banda; circulación peatonal y estacionamientos comercio veinte veinte y seis y veinte y siete. SUR: En cinco metros sesenta y cinco centímetros, con losa inaccesible y departamento número tres. ESTE: En diez y nueve metros ochenta y dos centímetros, con cielo losa inaccesible, estacionamientos comercio, porch acceso dos y banda de circulación peatonal. OESTE: En diez y nueve metros cuadrados setenta decímetros cuadrados, pozo de luz, oficina dos, hall privado y departamento tres. ARRIBA: En una superficie de ciento diez y seis metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, con terraza comunal. ABAJO: En una superficie de ciento diez y seis metros cuadrados ochenta decímetros cuadrados, local comercial siete - B y circulación peatonal. SUPERFICIE: Ochenta y siete punto cuarenta y cinco metros cuadrados. NORTE:

DESCRIPCIÓN: ÁREA

ESTACIONAMIENTO NÚMERO QUINCE N+ 0.00 Trece punto cuarenta y nueve metros cuadrado

DESCRIPCIÓN: ÁREA:

LAVADO Y SECADO NÚMERO ONCE N+ 9.00 Dieciséis punto doce metros cuadrados

enlucido, un lado con cerramiento de malla, con una lavandería pequeña en hormigón. Obras del conjunto: El conjunto cuenta con cerramiento en los cuatro lados, tiene puerta eléctrica, centralina de gas y cuenta también con una cisterna y equipo de bombeo de agua. 5. REDES DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA URBANA. Cuenta con todos los servicios, agua potable, alcantarillado, energía eléctrica, tv por cable y teléfono. 6. CÁLCULO DEL AVALÚO. Calculo del lote: CÁLCULO DEL M2 DEL LOTE EN ESTUDIO Valor del metro cuadrado 132.19 Producto de factores de influencia 1.04 Valor del metro cuadrado del lote en estudio 137.86

DESCRIPCIÓN LOTE

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. AVISO DE REMATE AL PÚBLICO LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 23 de Abril de 2014; las 11h28, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-008-2013, se ha señalado para el día LUNES 23 DE JUNIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que se lleve a efecto el remate del bien inmueble consistente en un lote de terreno signado con el número sesenta y uno, matricula numero CUMBA0002677, situado en la Parroquia Cumbayá, Cantón de Quito, de la Urbanización Cooperativa de Vivienda del Colegio Médicos de Pichincha, que se encuentra embargado dentro de esta causa.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. LINDEROS Y MESURAS El bien inmueble se encuentra circunscrito dentro de los siguientes linderos y medidas: cuyos linderos del lote de terreno número sesenta y uno son los siguientes: NORTE: Calle A con 22.50 ml; SUR: Propiedad de la familia Barahona con 26.50ml; ESTE: con lote # 62 con 28,85ml; OESTE: Con Lote Comunal con 24,70ml, con 25.00 mts, con una superficie total de seiscientos treinta y dos metros cuadrados. 2. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN Se trata de una vivienda de dos plantas, tiene una edad de vida de la construcción de 20 años aproximadamente, con acabados de materiales de construcción tipo medio-alto, es de hormigón armado, piso de mármol colores blanco y negro, alfombra y cerámica importada, paredes de mampostería, recubrimiento con cerámica importada, losa de entrepiso, puertas de madera tamboreada, closet madera panelada, anaqueles panelada, ventanas de aluminio y vidrio bronce, cubierta de losa plana sobre tejas tipo artesanales, instalaciones eléctricas y sanitarias empotradas, piezas sanitarias marca American Estándar y grifería American Estándar, pintura interior y exterior de caucho, mesón de cocina mármol, piezas eléctricas marca Veto, calentador de agua, jacuzzi. 3. CONFIGURACIÓN Y TOPOGRAFÍA El solar tiene forma irregular y es de topografía con pendiente positiva con relación a la calle, Ubicación Esquinero. 4. CUADRO DE ÁREAS

Terreno Condominio: Planta Baja Planta Alta Patio Terraza Garaje Cuarto de Servicio

632.00 m2 290.00 m2 238.00 m2 233.00 m2 157.00 m2 80.00 m2 12.50 m2

5. INFRAESTRUCTURA URBANA La infraestructura urbana que posee este inmueble son los siguientes: energía eléctrica, telefónica, agua potable, alcantarillado, Calles, Seguridad privada, Aceras y bordillos, transporte Urbano. 6. DISTRIBUCIÓN DE AMBIENTES El inmueble materia de la presente valoración tiene la siguiente distribución: PLANTA BAJA: Hall recibidor, sala principal, sala familiar, bar, baño para visitas, comedor, cocina, comedor diario, despensa, cuarto de lavandería, estudio, salón de juegos, baños sauna, hidromasaje, baño; PRIMER PISO: Hall, dormitorio principal con área de antesala, vestidor y baño, 3 dormitorios con baño y vestidor cada uno. ÁREA EXTERIOR: Garaje y terraza, bodega, cuarto para empleada con baño, patio posterior. 7. RESUMEN DEL AVALÚO:

P. TOTAL 209542.28

COSTO DEL LOTE DE ACUERDO A PORCENTAJE DE ALÍCUOTA DE LA OFICINA NÚMERO CUATRO DESCRIPCIÓN U CANTIDAD P. UNITARIO P. TOTAL LOTE m2 61.28 137.86 8447.86

Calculo del costo de la construcción: Valoración construcción usada Oficina Cuatro 87.45 m2 Vida útil 65 Costo directo 300 $ Edad 10 F. Multiplicador 1.3 E. Conservación Intermedia Costo Construcción 390 V. Residual 0.10 Área útil 87.45 m2 E% 15.38 Factor K 0.9 Valor D 0.1602 Área Construida 97.1666667 Depreciación 0.85582 32431 Valor nuevo 37895 Valor Actual Valoración construcción nueva

13.49 m2 Vida útil 80 Edad 1.3 E. Conservación 104 V. Residual 13.49 E% 0.9 Valor D 14.99 Depreciación 1558.84 Valor Actual

Estacionamiento 15 Costo directo F. Multiplicador Costo Construcción Área útil Factor K Área Construida Valor nuevo Lavado y secado 11 Costo directo F. Multiplicador Costo Construcción Área útil Factor K Área Construida Valor nuevo

16.12 m2 Vida útil 100 Edad 1.3 E. Conservación 130 V. Residual 16.12 E% 0.9 Valor D 17.91 Depreciación 2328.44 Valor Actual

65 10 Intermedia 0.1 15.38 0.1602 0.85582 1334 65 10 Intermedia 0.1 15.38 0.1602 0.85582 1993

Cisterna, sistema de bombeo, centralina de gas, puerta eléctrica Valor de nuevo 15000 gbl 604.76

AVISO DE REMATE LE HAGO SABER: Que en providencia dictada el 25 de Abril de 2014; las 14h10, por la Ab. María Auxiliadora Soria, Juez de Coactiva del Banco del Pacífico S. A., en el juicio coactivo No. BP-011-2012, se ha señalado para el día LUNES 7 DE JULIO DE 2014, desde las 13h00 hasta las 17h00 para que tenga lugar el remate del bien inmueble consistente en un terreno que se encuentra ubicado en las calles Aguilera y Simon Bolívar de la ciudad Bahía de Caráquez del Cantón Sucre, Provincia de Manabí, que se encuentra embargado dentro de esta causa.CARACTERÍSTICAS DEL INMUEBLE: 1. TIPO DE INMUEBLE El inmueble objeto del presente remate es un solar esquinero sin numero, con cerramiento, puerta metálica de ingreso peatonal, en su interior tiene una construcción hacia la parte Suroeste, con un patio en estado natural y otra parte con piso de hormigón simple, dos paredes que circundan las dos calles del inmuebles, su ingreso por cualquiera de las dos calles, esta ubicado a una cuadra del Malecón – tras el Museo del Banco Central del Ecuador, y cerca de la Capitanía del Puerto de Bahía. 2. LINDEROS Y DIMENSIONES Se encuentra dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE O FRENTE: la calle Aguilera con 34.14 metros.- POR EL FONDO O ATRÁS: con propiedades del Banco Central con 30.50 metros.- COSTADO IZQUIERDO: calle Bolívar con 18.41 metros.- POR EL COSTADO DERECHO: con propiedad de la señora Bessy Santos de Calvert con 16.83 metros.- Con una superficie de 569.25 metros cuadrados. 3. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL SECTOR Es un predio urbano, ubicado en sector residencial y comercial, de clase media, frente a las calles Aguilera y Simon Bolívar, tras el Museo del Banco Central del Ecuador, y cerca de la Capitanía del Puerto de Bahía, frente al parque Nejares y donde termina la Ave. Simon Bolívar. 4. INFRAESTRUCTURA URBANA Cuenta con los servicios básicos: Agua potable, red de energía eléctrica, red de alcantarillado y fluviales, alumbrado público, red telefónica, calles asfaltadas, aceras y bordillos, recolección de basura, trasporte publico. 5. RESUMEN DEL AVALÚO:

Valor Físico

4. CARACTERÍSTICAS MATERIALES DEL INMUEBLE. La oficina número Cuatro: ESTRUCTURA: la estructura es en pórticos en hormigón armado. CUBIERTA: Losa en hormigón armado. ENTREPISO: Losa de hormigón armado. PAREDES: En bloque, enlucidas y pintadas. CIELO RASO: Estucado y pintura. PISOS: Parquet en madera de Teca, lacado. PISO EN BAÑOS y COCINA: En cerámica nacional. PUERTAS: En madera y lacadas. VENTANAS: De aluminio y vidrio, con protección de puertas de madera. PIEZAS SANITARIAS: Inodoro y lavamos tipo nacional color blanco, con grifería. Estacionamiento Número quince, es cubierto, ubicado en el N+- 0.00, el piso es en cemento y en dos de sus lados tiene cerramiento de muro. Lavado y secado Número once, ubicado en el N+ 9.00, piso losa de hormigón armado, cerramiento tres lados con mampostería de bloque

COSTO DEL LOTE CANTIDAD P. UNITARIO 1520.00 137.86

U m2

REPUBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A.

44810.74

FACTOR DE COMERCIALIZACIÓN VALOR AVALÚO

1.01

45231.51

VALOR DEL AVALÚO OFICINA NÚMERO CUATRO: CUARENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO 51/100 DÓLARES.

Resumen del Avalúo CONCEPTO ÁREA M2 VALOR M2 SOLAR S/N 569,25 M2 151.93 CONSTRUCCIÓN UNA PLANTA 64,32 M2 84.33 PARED FRONTAL ESQUINERA 44,14 M2 GLOBAL VALOR TOTAL

TOTAL $ 86,486.16 $ 5,424.11 $ 1,540.98 $93,451.25

6. VALORACIÓN TOTAL:

Por tratarse del primer señalamiento se receptarán posturas desde aquellas que cubran por lo menos la dos tercera parte del Avalúo pericial Aprobado; y, con ellas se consignarán el diez por ciento de ley, en efectivo o en cheque certificado a órdenes del Juzgado. Lo que comunico a usted para los fines de ley. DRA. MERCY CRIOLLO BENAVIDES SECRETARIA

May. 6-19; Jun. 6 (145195)

Concepto Terreno Solar # 61 Construcción Planta Baja Planta Alta Terraza Garaje Cuarto Servicio Patio Cerramiento VALOR TOTAL

Resumen del Avalúo Dimensiones/Unidad V/Unitario

NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UNO 25/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA

Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada pu-

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blicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Néstor Fernández García, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2335. y 2359, CELULAR 0994633983.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.Los postores deberán presentar acompañando a su solicitud de calificación los siguientes documentos en originales o copias certificadas por notario: 1.- Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del Registro Único de Contribuyentes; 2.- Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de Vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; 3.- Certificado actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, acerca de que el encontrarse el postor al día en el cumplimiento de obligaciones y deberes como contribuyentes; 4.- Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en el punto 2; 5.- Certificado de referencias crediticias actualizado; 6.- Certificado otorgado por el Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (CONSEP) en donde conste que el postor ni sus representantes legales se encuentran en la base de datos reservada de esa institución; y, 7.- Ultima planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, o, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el remate en particular, de conformidad con la Resolución número JB-2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva.- El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 16 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.-Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 25 de Abril de 2014.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA Mayo. 6-19-30 (145215)

P. Total

632.00 m2

165,00

104.280,00

290.00 m2 238,00 m2 157.00 m2 80.00 m2 12.50 m2 233.00 m2 76.00 m2

484.68 479.57 25.51 183.67 224.48 20.41 81.63

140.557,20 114.137,66 4.005,07 14.693,60 2.806,00 4.755,53 6.203,88 $ 391.438,94

8. VALORACIÓN TOTAL:

TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO 94/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA Diligencia que se llevará a cabo en la Sala del Despacho del Juzgado de Coactiva, ubicado en el tercer piso del Edificio Matriz del Banco del Pacífico S.A., calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo de la ciudad de Guayaquil. No se admitirán posturas que no cubran por lo menos las dos terceras partes del valor del avalúo, del bien que se remata, se preferirán las posturas que sean de contado. El Actuario del despacho elabore el aviso de remate respectivo, que se publicará por tres veces en unos de los diarios que se edite en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas, mediando por lo menos ocho días, entre cada publicación y del ultimo de ellos al día señalado para el remate.- El señor Gonzalo Beltrán Torres, Depositario Judicial, dará a los interesados las facilidades que el caso requiere, debiéndose comunicar al teléfono 2566010 ext. 2367. y 2359, CELULAR 0991279157.- De conformidad con lo dispuesto en los Arts. 457, 458 y lo dispuesto en la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, que reforma los Arts. 457 y 458 del Código de Procedimiento Civil; Los postores deberán ser calificados con 15 días de anticipación a la realización del remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio.- Los postores deberán acercarse al Juzgado de Coactiva del Banco del Pacifico S.A., ubicado en la calle Francisco de Paula Icaza No. 200 y Pedro Carbo, a efecto de solicitar los requisitos necesarios para postular a la diligencia de remate, de conformidad con la Resolución número JB2013-2534 publicado en el Registro Oficial #69 del jueves 29 de Agosto de 2013, los cuales se presentarán por escrito ante el Juez de Coactiva, indicando dentro del mismo, el domicilio judicial del postor (casilla judicial).El Juez de Coactiva una vez receptada la documentación y verificada esta, notificará al domicilio judicial señalado, si cumplen con los requisitos para postularse en la diligencia de Remate a realizarse, conforme consta en líneas anteriores. Se les conmina que concurran a esta judicatura a presentar los requisitos para proceder a la calificación como postores hasta el 2 de Junio de 2014.- De acuerdo al Art. 466 del Código de Procedimiento Civil vigente, no se admitirán posturas que estén tachadas o corregidas y las que no vayan acompañadas por lo menos del 10 % del valor total de la oferta, el mismo que se consignará en dinero efectivo de curso legal o en cheque certificado aceptado por el respectivo Banco y girado a la orden del Juez de la causa, tampoco se admitirán las ofertas que fueren presentadas antes de las 13H00 y después de las 17H00, del día señalado para Remate.- De conformidad con el Art. 457 del Código de Procedimiento Civil, no se admitirán posturas en que se fijen plazos que excedan los ochos años, contados desde la fecha del remate, ni los que no ofrezcan el pago de por lo menos el interés legal, pagadero por anualidades adelantadas, los impuestos prediales, tasas, otros tributos, expensas, etc, que se encuentren pendientes de pago, así como los gastos de trasferencia de dominio. Se previene a los postores que de conformidad con lo dispuesto en la Ley para Reprimir el Lavado de Activos si el valor que se consigna con motivo del 10% de su oferta es de Cinco mil 00/100 dólares de los Estados Unidos de América o más, deberá suscribir, obligatoriamente, el formulario de licitud de fondos exigido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- El inmueble se vende como cuerpo cierto de conformidad con el Art. 1773 del Código Civil.- El bien inmueble se vende en las condiciones que se encuentra actualmente, y no habrá reclamo alguno a futuro.- El consumo de energía eléctrica, de agua potable e impuestos municipales serán de cargo del adjudicatario.- Los gastos de transferencia corren por cuenta del adjudicatario.-Tratándose de una entidad del Sistema Financiero, el Juez de Coactiva, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Junta Bancaria.- Lo que pongo en conocimiento para los fines legales consiguientes.Guayaquil, 23 de Abril de 2013.Dr. Floresmilo Vargas Acosta SECRETARIO DE COACTIVA

Mayo. 6-19-30 (145214)

REPÚBLICA DEL ECUADOR JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

EXTRACTO DE CITACIÓN

REPÚBLICA DEL ECUADOR CASILLA No. 2259 CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DEL GUAYAS UNIDAD JUDICIAL CIVIL E CON SEDE EN EL CANTÓN GUAYAQUIL

A: JUAN GAVILANES JIMENEZ. LE HAGO SABER: Que por sorteo de Ley, ha tocado conocer a esta judicatura el Proceso JUICIO 222-2012-A VERBAL SUMARIO seguido por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A., EN SU CALIDAD DE PROCURADOR JUDICIAL en contra de GAVILANES JIMENEZ JUAN, cuyo extracto as el siguiente: ACTOR: GERSON VLADIMIR HARO MERINO, POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA DEL BANCO DEL PACIFICO S.A. DEMANDADO: GAVILANES JIMENEZ JUAN. JUEZ DE LA CAUSA: ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, Juez Noveno de lo Civil de Guayaquil.OBJETO DE LA DEMANDA: Que en sentencia se declare con lugar la demanda por vía verbal sumario. Guayaquil, miércoles 25 de abril del 2012, las 16h26. VISTOS: Atento a la Acción de Personal N° 4239-UARH-KZF de fecha 8 de Agosto del 2011, avoco conocimiento de la presente causa.- La demanda que antecede presentada por GERSON VLADIMIR HARO MERINO, por los derechos que representa del BANCO DEL PACIFICO S.A., en su calidad de Procurador Judicial tal como lo justifica con el instrumento público que se acompaña, con lo cual se declara Legitimada su intervención, contra JUAN GAVILANES JIMENEZ se la califica de clara y precisa, reúne los requisitos de ley por lo que se la admite al trámite en juicio verbal sumario.- En tal virtud cítese a la demandada en la dirección que se indica en la demanda con copia de este auto y la demanda.- Agréguese a los autos los documentos acompañados.- Téngase en cuenta la casilla judicial señalada así como la autorización que le concede a su Abogados patrocinadores.- Cítese y notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Guayaquil, viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01. Como el actor declara bajo la gravedad del juramento el no poder individualizar o determinar la residencia de JUAN GAVILANEZ JIMENEZ, cíteselo por la prensa según lo estipulado en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil.- Notifíquese.- F. ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO LO CIVIL DE GUAYAQUIL.- Guayaquil, miércoles 20 de febrero del 2013, las 15h46. Se aclara la providencia de viernes 1 de febrero del 2013, las 11h01, en el sentido que el nombre correcto del demandado es JUAN GAVILANES JIMENEZ, en lo demás estese a lo ordenado.- Notifíquese.- f.- ABG. CARLOS ALVARADO CHAVEZ, JUEZ NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL. Lo que comunico a usted para los fines de ley, previniéndole de la obligación que tiene de comparecer a Juicio y señalar casillero judicial para sus notificaciones dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso, caso contrario será considerado rebelde. Guayaquil, 6 de marzo del 2014

A: VITERI CARVAJAL CARLOS SE LE HACE SABER: Que ha correspondido conocer a esta judicatura el Juicio que por resorteo ha sido signado con el No. 21197-2014 (antes 81-2012) que sigue AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, contra VITERI CARVAJAL CARLOS, se ha dispuesto lo siguiente. OBJETO DE LA DEMANDA: En sentencia se condene al pago del valor adeudado, mas los intereses legales, intereses de mora expensas judiciales y costas procesales. JUEZ DE LA CAUSA: AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E) AUTO INICIAL: "Guayaquil, viernes 3 de febrero del 2012, las 08h51. VISTOS: La demanda que antecede presentada por el AB. GERSON VLADIMIR HARO MERINO en calidad de Procuradora Judicial de PACIFICARD S.A. Compañía Emisora y Administradora de Tarjetas de Crédito, Grupo Financiero BANCO DEL PACIFICO, conforme lo acredita con el Poder acompañado contra VITERI CARVAJAL CARLOS, reúne los requisitos determinados en los artículos 67 y 1013 del Código de Procedimiento Civil, por lo que se la califica de clara y precisa y se la admite al trámite en la vía Verbal Sumaria. Cítese a la demandada, en el domicilio señalado a quien se le advierte la obligación de señalar casillero judicial para notificaciones caso contrario será considerado rebelde. Los documentos acompañados agréguense a los autos, los que se ordena desglosar dejando copias certificadas en autos. Téngase en cuenta la casilla judicial No. 2259. Hágase Saber.-. f) AB. EDUARDO SEMINARIO VINUEZA JUEZ TEMPORAL.- SIGUE LA PROVIDENCIA.- "Guayaquil, miércoles 7 de mayo del 2014, las 14h07. "VISTOS: Avoco conocimiento en el presente juicio en mérito de la acción de personal No. 4334 UARH MCM de abril 30 del 2.014.- En mérito a la afirmación que bajo juramento hizo la parte accionante de desconocer la individualidad o residencia del demandado CARLOS AUGUSTO VITERI CARVAJAL, se ordena citarlo por la prensa en la forma prevista en el artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, citación que deberá realizarse en el diario El Telégrafo de esta ciudad de Guayaquil.- Notifíquese.-" F.) AB. PABLO CONDO MACIAS, JUEZ_E (E) Lo que comunico a usted para los fines de Ley correspondiente, advirtiéndole de la obligación que tiene de comparecer a juicio y señalar Casilla Judicial dentro de los veinte días posteriores a la tercera y última publicación de este aviso de citación, caso contrario será considerado o declarado en rebeldía.Guayaquil, 12 de mayo del 2014

Dra. Leticia Ortega López Msc. SECRETARIA (E) JUZGADO NOVENO DE LO CIVIL DE GUAYAQUIL

Ab. Gonzalo Córdova Alvarado SECRETARIO DE LA UNIDAD JUDICIAL CIVIL DE GUAYAQUIL CORTE PROVINCIAL DEL GUAYAS

EXTRACTO DE CITACIÓN

May. 19-20-21 (146195-5)

UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO REPÚBLICA DEL ECUADOR www.funcionjudicial-pichincha.gob.ec Juicio No: 17203-2014-8040

Casilla No: 5482

EXTRACTO JUDICIAL CITACIÓN JUDICIAL A: JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA ACTOR: JULIO ENRIQUE VALLEJO MALDONADO DEMANDADA: JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA TRÁMITE: DIVORCIO POR CAUSAL NO. 17203-2014-8040 CUANTÍA: INDETERMINADA. CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA. Quito, jueves 8 de mayo del 2014, las 16h10. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Jueza de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha, en virtud de la Resolución No. 116-2012, dictada por el Pleno del Consejo de la Judicatura, de fecha 11 de septiembre del 2012, publicada en el Registro Oficial No. 810 de 16 de octubre de 2012. La demanda de divorcio presentada por Julio Enrique Vallejo Maldonado, se la califica de clara, precisa, completa y que reúne los demás requisitos de ley señalado en el Art. 67 del C.P.C.; por lo tanto, se la acepta a trámite en la vía del juicio verbal sumario.- CÍTESE a JACINTA MARLENE EMILIA CARVACHE REINA, conforme lo dispone el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil, por cuanto la parte actora ha declarado bajo juramento desconocer el domicilio de la parte demandada, mediante tres publicaciones mediando ocho días por lo menos entre la una y la otra, en un periódico del lugar del juicio y de la capital de la provincia donde se celebró el matrimonio con un extracto de la demanda y este auto, conforme señala el Art. 119 del Código Civil. Si contados 20 días desde la ultima publicación la parte demandada no compareciere se sustanciará la causa en rebeldía. Tómese en cuenta la cuantía, domicilio judicial y autorización hecha al Dr. Carlos Villacís Agréguese al proceso la documentación adjunta.- Actúa el Dr. Rene Barba en calidad de Secretario.- Cítese y notifíquese.- f). Dra. Gyna Solís Viscarra JUEZA. LO QUE LLEVO A SU CONOCIMIENTO Y LE CITO, PREVINIÉNDOLES DE LA OBLIGACIÓN DE SEÑALAR CASILLERO JUDICIAL EN ESTA CIUDAD DE QUITO PARA RECIBIR SUS NOTIFICACIONES. Dr. Rene Barba SECRETARIO JUDICIAL

May. 19-30; Jun. 12 (146242)

May. 19-20-21 (146195-5)

UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE QUITO CITACIÓN JUDICIAL A: SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCIA EXTRACTO CAUSA: DISOLUCION DE LA SOCIEDAD CONYUGAL No. DE JUICIO 2013-53403 DEMANDADO/A SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCIA ACTOR/A INES DOLORES AZA MORILLO CUANTÍA INDETERMINADA JUEZ/A DR. CARLOS AREVALO ESTRADA JUEZ DE LA UNIDA JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO CORTE PROVINCIAL DE JUSTICIA DE PICHINCHA.- UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- “...Quito, miércoles 23 de abril del 2014, las 11h26.- VISTOS: Avoco conocimiento de la presente demanda, en mi calidad de Juez de la Unidad Judicial Especializada Tercera de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de Quito, provincia de Pichincha, amén del sorteo electrónico de Ley, habiendo dado cumplimiento a la providencia inmediata anterior, en lo principal.- (i) La demanda presentada por la señora Inés Dolores Aza Morillo, es clara y reúne los demás requisitos de Ley, por lo que se lo admite al trámite legal correspondiente, (ii) De conformidad con lo previsto en el Art. 82 del Código de Procedimiento Civil y al juramento rendido por la actora de la imposibilidad de determinar la individualidad, residencia y/o domicilio, se dispone citar al demandado señor SEGUNDO JOSE MARIA TANA GARCÍA, por la prensa en uno de los diarios mayor circulación que se edita en esta ciudad de Quito, mediando ocho días entre cada publicación. La parte demandada dará cumplimiento al art. 814 de la Codificación del Código de Procedimiento Civil, se advierte la obligación de comparecer a juicio bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía, con fundamento en el art. 56 de la Ley de Comercio Electrónico, Firmas Electrónicas y Mensajes de Datos, art. 75 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, señale domicilio judicial electrónico en un correo electrónico, de un-a abogado-a-, para futuras notificaciones.- (iii) Cuéntese con la actora en el domicilio señalado, casilla judicial, así como la autorización dada a su abogada patrocinadora.- (iv) Agréguese los documentos adjuntos.- (v) Actúe la Doctora Jesica Alexandra Von Lippke Navarrete, en su calidad de Secretaria.- [Disolución de la Sociedad Conyugal No. 2013-53403-CAE].- Cítese y Notifíquese...." f).- DR. CARLOS AREVALO ESTRADA JUEZ DE LA UNIDAD JUDICIAL ESPECIALIZADA TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO Lo que comunico a usted, para los fines de Ley, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio o casilla judicial para posteriores notificaciones dentro del perímetro de Ley. Atentamente: DRA. JESICA ALEXANDRA VON LIPPKE NAVARRETE SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL TERCERA DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTÓN QUITO

May. 19-30; Jun. 12 (146252)

El Telégrafo I lunes 19 de mayo del 2014

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BANCO DEL PACIFICO MATRIZ BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011517891; Beneficiario: VACA WATSON GUILLERMO ROBERTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-1)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027188035; Beneficiario: MOLINA TORRES CESAR ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-2)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042240883; Beneficiario: GUZMAN ANTEPARA MARIA KARINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-3)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039003361; Beneficiario: MAXIMI SALTOS MARIA DOLORES. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-4)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010618031; Beneficiario: QUINONEZ ACOSTA ASTERIA AURORA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-5)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038315750; Beneficiario: HUNGRIA VALLEJO EUDOCIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-6)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041855256; Beneficiario: MORAN VITERI GEORGINA ESTHER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-7)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038957345; Beneficiario: MIELES BRAVO ANA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-8)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039379396; Beneficiario: ARGUELLO PENAFIEL EDUARDO EFRAIN O CUEVA ALTAMIRANO ERICKA ESTEFANIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039373983; Beneficiario: SOTOMAYOR LINCH RICARDO GABRIEL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040037762; Beneficiario: BARZOLA OLVERA SIMON BOLIVAR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-14)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042101147; Beneficiario: HARO PROAÑO PRISCILA JAZMIN. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-13)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038610655; Beneficiario: TORRES MARCIAL SUSANA ELVIRA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-12)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LA LIBERTAD

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1019194412; Beneficiario: QUIMI REYES WILBERTO EUSEBIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040410536; Beneficiario: VERA CEVALLOS DOLORES MARTHA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-10)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040673464; Beneficiario: CAMPOZANO ARIAS LUIS ALBERTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-9)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039203597; Beneficiario: SOLEDISPA ALVAREZ IVAN ERNESTO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-20)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010674764; Beneficiario: TORRES CASTILLO MARJORIE MARISOL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-21)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1007967527; Beneficiario: LARA GUAMAN ELIZABET. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-22)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011754133; Beneficiario: ROSALES ESCOBAR MATILDE DEL CARMEN O/ DELIA MARIA ESCOBAR MALAVE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040332144; Beneficiario: ARRIOLA BAJAÑA CARLOS EDUARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-24)

(146155-16)

(146155-11)

(146155-15) BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010678042; Beneficiario: CAAMANO PERROTTA RODRIGO REP. CAAMANO PEREZ MARIA CECILIA MNR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

(146155-17)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040055248; Beneficiario: YUGCHA QUISATASIG LEONIDAS BASILIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

(146155-18)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027419037; Beneficiario: ORTEGA ROSINES FRIDA NORA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-19)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027363678; Beneficiario: RAMIREZ HERRERA BERTHA CATALINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-32)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1008825033; Beneficiario: YVONNE STIG VISHART GUZMAN. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-31)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041010108; Beneficiario: MERA ESPINOZA SOFIA GUADALUPE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-30)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041215915; Beneficiario: SUAREZ CHANABA JUAN EMILIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-29)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040571327; Beneficiario: JARRIN LOPEZ JONATHAN ALEXIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-28)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010763848; Beneficiario: ORTEGA FREIRE KARLA ALEXANDRA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-27)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039750337; Beneficiario: VITE CASTILLO JANETH DEL ROCIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-26)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039571378; Beneficiario: ARAUJO BAYONA MARITZA LUCIANA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-25)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1001977768; Beneficiario: MUNOZ ESPIN CARLOS RICHARD. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-33)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1039531767; Beneficiario: CASTILLO JARRIN JAIME EDUARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-34)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011874988; Beneficiario: CHINGA GONZALEZ JEFFREY ARMANDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-35)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042006120; Beneficiario: ROMERO LOPEZ OMAR XAVIER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-36)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041913116; Beneficiario: PIMENTEL ANDRADE ANA CRISTINA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-37)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1026911687; Beneficiario: CRESPO VIVAR LUCIA MARIETA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-38)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027526895; Beneficiario: OBANDO MONTENEGRO JOSE ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-39)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042677750; Beneficiario: LEON TOALA STEVEN ORLANDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-40)

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL LA LIBERTAD

(146155-48)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011511818; Beneficiario: PINCAY CEVALLOS LUIS GEOVANNY. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-47)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041534905; Beneficiario: NIVELO ALVARADO BRUNO RENATO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-46)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038637901; Beneficiario: ALBINO GARCIA BEATRIZ ANA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-45)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040341089; Beneficiario: CANESSA ECHANIQUE VICENTE ENRIQUE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-44)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1001244752; Beneficiario: SALAZAR MAGALI MARTILLO DE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-43)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010857559; Beneficiario: PINEDA CALDERON JACQUELINE LUISA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-42)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041397290; Beneficiario: VELASTEGUI SANTILLAN JORGE LUIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-41)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1042140250; Beneficiario: RONQUILLO MITE ADRIANA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-49)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040325008; Beneficiario: GONZALEZ MORAN KATHERINE PAOLA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-50)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1010972358; Beneficiario: PEREZ CHIRIGUAYA WILSON TIBURCIO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-51)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038238977; Beneficiario: MOSQUERA LAMILLA VANESSA MARIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-52)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040245802; Beneficiario: MONTIEL VASCONES LILIANA ELIZABETH. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-53)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027312305; Beneficiario: PENA PILLIGUA JOSE LUIS. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-54)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038799014; Beneficiario: CANTOS ARTEAGA JAVIER LEONARDO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-55)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040023583; Beneficiario: ARANA MACIAS CARLOS MNR / MACIAS FRANCO ANA NOEMI RPTE. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL PLAYAS

(146155-63)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040868648; Beneficiario: RANGEL MARURI MARLENE DEL PILAR. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-62)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1038733048; Beneficiario: ESPANA CETRE ALBERTO AMERICO. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-61)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1011983698; Beneficiario: KUSIJANOVIC LOOR OLIVIA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-60)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041998146; Beneficiario: ESTEVES RIVADENEIRA KATHERINE ELIZABETH. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-59)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1027376303; Beneficiario: PACHECO ALVARADO LENIN MANUEL. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-58)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1041906683; Beneficiario: SANTOS TORRES OSWALDO JAVIER. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor. (146155-57)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 8796 A 8796; Cta. Cte. No. 1474839; Girador: LLAGUNO ZEA CESAR ING. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-1)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1618 A 1618; Cta. Cte. No. 7367279; Girador: LEON VARGAS ZULLY SUGEY. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-2)

BANCO DEL PACIFICO QUEVEDO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 539 A 541; Cta. Cte. No. 7341822; Girador: VALENCIA ROBLES EDISON O BUSTAMANTE PALACIO KATHERINE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 5032 A 5032; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-16)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4903 A 4919; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-15)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4940 A 4944; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-17)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4952 A 4962; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-18)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 3021 A 3320; Cta. Cte. No. 7340974; Girador: PEROMUN S A. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-32)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1724 A 1724; Cta. Cte. No. 4853695; Girador: MUNIVE PALMA TAMARA MELINA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-31)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 169 A 169; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-33)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 168 A 168; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-34)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 143 A 143; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-35)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 153 A 153; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-36)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 150 A 150; Cta. Cte. No. 7503377; Girador: GOYES RUIZ CHRISTIAN ALEXANDER. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-37)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2786 A 2786; Cta. Cte. No. 872245; Girador: HURTADO MARIN GIL BLAS. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-38)

BANCO DEL PACIFICO BABAHOYO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 197 A 220; Cta. Cte. No. 5042992; Girador: SUCRE MARTINEZ KATTY KARINA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 3772 A 3772; Cta. Cte. No. 2495187; Girador: YCAZA ISABEL GOMEZ BEJARANO DE. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-39)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 22716 A 22717; Cta. Cte. No. 2757931; Girador: MEJIA GIRALDO JORGE FEDERICO O/ JESSIE MARIUXI ROMERO ZEA -J.M.G.. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-40)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1779 A 1779; Cta. Cte. No. 6495117; Girador: COOP. DE TRANSPORTE DE PASAJEROS EN TAXIS GLENDA ALCIVAR DE BUCARAM. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-41)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1040890058; Beneficiario: GONZALEZ FIGUEROA TANIA GISELLA. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a anular la siguiente Libreta de Ahorros No. 1019242786; Beneficiario: POZO GUALE SARA JUOY. De no haber quien se oponga dentro de los días posteriores a la última publicación, dicha Libreta quedará anulada sin responsabilidad para el Banco emisor.

BANCO DEL PACIFICO SUCURSAL QUEVEDO

(146155-23)

(146155-56)

BANCO DEL PACIFICO MATRIZ

May. 19 (146158-42)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 255 A 255; Cta. Cte. No. 2698285; Girador: HERRERA YANEZ ELSA MARIA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-4)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 163 A 171; Cta. Cte. No. 7439938; Girador: CORONEL CEDENO NUBE JAZMIN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-5)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 183 A 183; Cta. Cte. No. 7439938; Girador: CORONEL CEDENO NUBE JAZMIN. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-6)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 56 A 56; Cta. Cte. No. 7498284; Girador: CASTRO CEDENO CARLOS FERNANDO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-7)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 11961 A 11965; Cta. Cte. No. 1010147; Girador: MENESES GALLARDO MARIA ANTONIETA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-8)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4924 A 4925; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-14)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 681 A 681; Cta. Cte. No. 2819503; Girador: RODRIGUEZ CASSANELLO MANUEL MARIO O/MALDONADO ESPINOZA MADIL MARYORI. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-13)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2532 A 2532; Cta. Cte. No. 2120542; Girador: JARRIN RIVADENEIRA FRANCISCO ANTONIO O/ SUBIA ROSERO ANA CRISTI. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-12)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 25 A 25; Cta. Cte. No. 7527276; Girador: GUERRERO DUARTE VICTOR GUSTAVO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-11)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1253 A 1260; Cta. Cte. No. 2208547; Girador: MANZANO CAMPOS GLENDA BEATRIZ. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-10)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 11968 A 12010; Cta. Cte. No. 1010147; Girador: MENESES GALLARDO MARIA ANTONIETA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-9)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4758 A 4764; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-19)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 4938 A 4938; Cta. Cte. No. 4219112; Girador: ORTIZ MONTESDEOCA CARLOS BOLIVAR. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-20)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 506 A 506; Cta. Cte. No. 7443218; Girador: BIEDMA RAUL ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-21)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 503 A 504; Cta. Cte. No. 7443218; Girador: BIEDMA RAUL ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-22)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 2375 A 2400; Cta. Cte. No. 4915194; Girador: JARRIN DUENAS OCTAVIO FRANCISCO O ARAUZ VARGAS MARIA PIA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-23)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1233 A 1233; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-24)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 813 A 815; Cta. Cte. No. 7522142; Girador: FERTIAGRACORP S.A.. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-29)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 316 A 316; Cta. Cte. No. 7480377; Girador: AGUINO BOCCANEDES JOSE ANTONIO. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-28)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 50 A 51; Cta. Cte. No. 7338643; Girador: VARGAS BOCCANEDES ALEX GABRIEL. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-27)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1263 A 1264; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-26)

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 1225 A 1225; Cta. Cte. No. 5044014; Girador: BOLONA DUNN CESAR ANDRES /O/ BALDEON MARTINEZ OLGA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad. May. 19 (146158-25)

May. 19 (146158-3)

BANCO DEL PACIFICO QUEVEDO

BANCO DEL PACIFICO: AL PUBLICO Comunica que se va a proceder a la ANULACIÓN DE FORMULARIO (S) DE CHEQUE (S) SIN FIRMAR No. 612 A 612; Cta. Cte. No. 7247664; Girador: SOLEDISPA FRANCO GENNY ALEXANDRA. Esta comunicación la hacemos para prevenir al público de cualquier uso indebido que pudiera darse a los formularios de cheques antes mencionados. Por lo tanto nuestra institución los declara sin ningún valor, y por consiguiente no asume ninguna responsabilidad.

May. 19 (146158-30)

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